Licitación ID: 4284-20-LE20
CONVENIO SUMINISTRO ABARROTES, FRUTAS Y VERDURAS ALIMENTACIÓN RESIDENTES ELEAM, AYEN RUCA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CUNCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Harina de trigo 1 Unidad
Cod: 50221102
Aceite 1 LT Aceitunas 100grs 100 GR Arroz 1 KG Arvejas 1 KG Arvejas congeladas 1 KG Azúcar 1 KG Azúcar flor 1 KG Bebidas sin azúcar 1 LT Bombillas desechables 100 UN Cabellos de ángel 1 KG Café de cebada 170grs 1 UN Café Nescafé o equivale  

2
Verduras congeladas 1 Unidad
Cod: 50101539
Zapallo Italiano 1 KG Betarragas 1 KG Plátanos 1 KG pepino dulce 1 KG Papas 1 KG Cebollas 1 KG Zanahoria 1 KG Acelga 1 KG Morrón 1 UN Ajo 1 UN Perejil 100 GR Cilantro 100 GR Zapallo camote 1 KG cerezas 1 KG ciruela 1 KG mandarina 1 KG  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONVENIO SUMINISTRO ABARROTES, FRUTAS Y VERDURAS ALIMENTACIÓN RESIDENTES ELEAM, AYEN RUCA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CONVENIO SUMINISTRO ABARROTES, FRUTAS Y VERDURAS ALIMENTACIÓN RESIDENTES ELEAM, AYEN RUCA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Municipalidad de Cunco
R.U.T.:
69.191.000-8
Dirección:
Cólico Sur 1035, Cunco, Región de la Araucanía
Comuna:
Cunco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-02-2020 16:35:00
Fecha de Publicación: 03-02-2020 17:47:00
Fecha inicio de preguntas: 03-02-2020 17:50:00
Fecha final de preguntas: 06-02-2020 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-02-2020 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-02-2020 16:36:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-02-2020 16:36:00
Fecha de Adjudicación: 24-02-2020 17:01:20
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- • Formulario sobre identificación del oferente. • Garantía de seriedad de la oferta.
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- • Oferta técnica y económica: deberá ser presentada en el portal www.mercadopublico.cl y deberá adjuntar toda aquella información que permita evaluar la propuesta de acuerdo a lo especificado en las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega según bases adjuntas 30%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios según bases adjuntas 20%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 38400000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Subir Ofertas en Valores Netos • Dado que la presente licitación es Convenio de suministro, la oferta deberá subirse al Portal Mercadopúblico.cl por un valor referencial de Un peso 1.- y el valor de los ítems será detallado en documento anexo Listado
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Denisse Vivallo Rios
e-mail de responsable de pago: denissevivallo@municunco.cl
Nombre de responsable de contrato: Matias Baeza
e-mail de responsable de contrato: mbaeza.eleam@municunco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2573544-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado será el único responsable del cumplimiento de la responsabilidad contraída en este proceso de licitación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Cunco
Fecha de vencimiento: 15-06-2020
Monto: 1 %
Descripción: VER BASES ADJUNTAS
Glosa: VER BASES ADJUNTAS
Forma y oportunidad de restitución: VER BASES ADJUNTAS
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Cunco
Fecha de vencimiento: 26-02-2021
Monto: 5 %
Descripción: VER BASES ADJUNTAS
Glosa: VER BASES ADJUNTAS
Forma y oportunidad de restitución: VER BASES ADJUNTAS
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso de empate, resolverá el Alcalde.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán formular sus preguntas, dudas o solicitar aclaraciones de las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas y bases técnicas, dentro del plazo establecido en las mismas bases.

En caso de existir consultas, éstas se recibirán por el portal www.mercadopublico.cl, y se responderán por el mismo medio en el plazo señalado en las bases, por parte del encargado administrativo del proceso licitatorio en la Municipalidad.

Dichas preguntas y aclaraciones serán publicadas en el sistema, sin que se publiquen los nombres de las personas que las hayan efectuado.

El documento referente a las “respuestas” se entenderá formar parte integrante de las presentes bases administrativas y posterior contrato, siendo exclusiva responsabilidad de todos los oferentes, interiorizarse de su contenido, no pudiendo alegar a posteriori el desconocimiento de las mismas.

En caso de detectarse por la Municipalidad la necesidad de efectuar aclaraciones o correcciones que requieran modificar las bases técnicas o anexos, los cambios que sean necesarios podrán ser efectuados hasta antes del cierre de recepción de ofertas, y deberá extenderse el plazo de recepción de las mismas por un mínimo de 5 días, todo mediante la correspondiente resolución fundada y notificando a los oferentes por el portal www.mercadopublico.cl.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Si la Municipalidad determina que una oferta no cumple con los requerimientos de la licitación, procederá a rechazarla fundadamente y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente.

La Municipalidad podrá, si así lo estima a su solo arbitrio, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl

Si existiese discrepancia de los montos expresados en palabras y en números, de la oferta técnica y económica, prevalecerá el monto en palabras.

de la Adjudicación
Formulada la proposición de la comisión de evaluación, el Alcalde procederá a resolver la licitación, aceptando la o las ofertas que hayan obtenido el mejor puntaje conforme a los criterios de evaluación, adjudicando la oferta o declarando inadmisible o desierta la licitación, según proceda en conformidad a estas bases. Sin perjuicio del plazo señalado en el sistema para efectuar la adjudicación, ésta podrá ser postergada fundadamente por parte de la Municipalidad, hasta por un plazo máximo de 15 días adicionales a la fecha original de adjudicación, mediante la dictación del correspondiente Decreto Alcaldicio, que se comunicará a los oferentes en el portal www.mercadopublico.cl. La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar total o parcialmente, cualquiera de las ofertas presentadas, o rechazarlas todas. Igualmente, podrá adjudicar la propuesta, conjuntamente a más de un proponente o por partidas separadas, de acuerdo a lo que resulte más conveniente para los intereses municipales. Asimismo, podrá declarar desierta la propuesta, aún antes de su apertura. El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas: Artículo 28. ADJUDICACIÓN MULTIPLE: Los oferentes podrán efectuar sus ofertas respecto de todo o parte de los insumos requeridos en la presente licitación. En consecuencia, la Municipalidad, en caso de adjudicar esta licitación, lo hará a uno o más oferentes por todo o parte de las partidas licitadas. Artículo 29. RESOLUCION DE ADJUDICACIÓN: Decidida la adjudicación en conformidad a los artículos anteriores, la Municipalidad dictará uno o más decretos conteniendo la adjudicación respectiva, notificándola al o los oferentes adjudicados y los oferentes no adjudicados, a través del portal www.mercadopublico.cl., la que se entenderá plenamente notificada 24 horas después de su publicación. En conjunto con la resolución de adjudicación, se publicará la evaluación de las ofertas efectuada por la comisión de evaluación, que contiene los resultados individuales de los oferentes, y señalando los fundamentos para haber declarado inadmisible la oferta de alguno de los oferentes. Artículo 30. PAUTA DE EVALUACION: La comisión evaluadora deberá estudiar las ofertas, de acuerdo a la siguiente pauta de evaluación.
Causales para dejar sin efecto la adjudicación
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto: 1.-Si el oferente no concurre a la firma del contrato, dentro de los plazos fijados para ello en estas bases. 2.-Si el oferente no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de suscribirlo; 3.-Si el oferente adjudicado adquiere un conflicto de intereses con la Municipalidad, de aquellos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886. 4.-Si el oferente no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato. En todos estos casos, previa resolución fundada, la Municipalidad hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y podrá adjudicar la presente licitación, al siguiente oferente mejor evaluado que haya participado en la licitación y que hubiere cumplido con los requisitos exigidos, o bien, declarar desierta la licitación, según mejor convenga a los intereses municipales.
Productos no considerados en las líneas
Por la naturaleza del servicio a contratar, es muy probable que se presenten situaciones NO PREVISTAS dentro de los detalles de cada línea de adjudicación. Estas situaciones, en el evento que el valor del producto no exceda de las 10 UTM, se resolverán de manera fluida y eficiente a precio acordado y según las características del mismo. Se debe presentar por parte del proveedor del servicio que se adjudicó, el contrato de suministro respectivo, una cotización del producto requerido (NO PREVISTO). El encargado de la unidad compradora, previo a la autorización de la comisión de compra, acompañará dos cotizaciones de terceros proveedores las que serán referenciales para determinar el valor promedio de mercado y que éste no exceda el 20% del referido valor y procederá a emitir la orden de compra respectiva.
del Contrato
Artículo 34. DOCUMENTACIÓN INTEGRANTE DEL CONTRATO: El contrato considerará como partes integrantes del mismo, todos los documentos establecidos en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos y oferta del proveedor. Artículo 35. PLAZO DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se celebrará con el oferente que resulte adjudicado, en un plazo no superior a 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la respectiva notificación de la resolución de adjudicación. Si no se suscribiera dentro de éste término, por causas imputables al proveedor, la Municipalidad dejará sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor. En tal caso, se hará efectivo el documento bancario de garantía de seriedad de la oferta. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad podrá mediante resolución fundada, ampliar el plazo de suscripción del contrato. Artículo 36. DOCUMENTACIÓN A PROPORCIONAR: PERSONAS NATURALES: El oferente adjudicado, persona natural, deberá proporcionar para la firma del contrato, copia de su cédula nacional de identidad. PERSONAS JURÍDICAS: El oferente adjudicado, persona jurídica, proporcionará para la firma del contrato, original o copia de los siguientes documentos a petición del Municipio: 1.-Rol Único Tributario (R.U.T.); 2.-Certificado de vigencia de la sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, extendido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato; 3.-Escritura en que conste la personería del representante legal del oferente, con expresa mención de sus facultades, las cuales deberán contener las de percibir y contratar, con certificado de vigencia, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato. CAPÍTULO II: DOCUMENTO DE GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Artículo 37. CARACTERISTICAS: A.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Con la finalidad de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, y sin perjuicio del caso de incumplimientos y multas por los cuales sea necesario proceder al cobro del documento, el proveedor, al momento de suscribir el contrato, deberá presentar un documento en garantía que cumpla con las características señaladas en las presentes bases, a favor de la Municipalidad de Cunco, por el monto, glosa y vigencia indicadas a continuación. MONTO: 5% valor total del contrato. VIGENCIA: No inferior a 90 días corridos después de la fecha de término de contrato. GLOSA: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato”. BENEFICIARIO: Municipalidad de Cunco, RUT.: 69.191.000-8. Artículo 38. CONDICIONES: Las garantías deben ser en moneda nacional, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y no tener cláusulas condicionantes para su cobro. Se recuerda que no se aceptarán garantías con condiciones o pagaderas dentro de un plazo determinado. Una vez recibido el documento de garantía de cumplimiento de contrato, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta. Artículo 39. COBRO DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: La Municipalidad queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. También se considerará incumplimiento, el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones contraídas en virtud del contrato. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda ejercer para exigir el término anticipado del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. En caso de incumplimiento del proveedor en el pago de una multa impuesta conforme a las presentes bases, y ante la imposibilidad de descontarla de futuros pagos, se descontará el monto de la misma de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y en caso que el contrato subsista, se procederá a la devolución del saldo contra entrega de una nueva garantía de acuerdo al artículo siguiente. Articulo 40. RENOVACIÓN DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO: En el caso que habiéndose efectuado el cobro del documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, en conformidad a las disposiciones anteriores, una vez hechos los descuentos correspondientes por multas u otro concepto que corresponda según estas bases, se procederá a devolver el saldo al proveedor contra entrega de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, el que debe cumplir las mismas características y ser del mismo monto y vigencia que los especificados en estas bases para el documento original. El plazo para la entrega de este nuevo documento es de 5 días hábiles contados desde la notificación al proveedor del cobro de la garantía anterior, aplicándosele una multa por día de atraso, según lo señala el articulado referente a multas. La negativa a la entrega de esta nueva garantía, será considerada una infracción grave del contrato, si no efectúa la entrega del nuevo documento en el plazo de 10 días. Es decir es una obligación esencial, que conllevaría al término anticipado de contrato. Artículo 41. DEVOLUCION GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO: Al proveedor se le devolverá el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, una vez cumplido el plazo de vencimiento de la garantía, siempre en conformidad con el acta firmada en calidad y cantidad por el supervisor del contrato.
PLAZO DE ENTREGA Y PAGO
Los servicios contratados serán para las fechas que el municipio solicite a través de la respectiva orden de compra, y de acuerdo a lo señalado en las especificaciones técnicas. Artículo 43. El pago será efectuado por la Municipalidad en su respectivo domicilio, y de acuerdo a las órdenes de compra emitidas, 30 días contados desde la fecha de recepción de la factura correspondiente, la que deberá indicar los valores desglosados y cumplidos todos los requisitos necesarios. La recepción conforme de los bienes, deberá ser acreditada por el Director(a) del ELEAM. Artículo 44. FLETE: Los proponentes deberán ofertar sus servicios o productos entregados en la ciudad de Cunco, específicamente en ELEAM Ayen Ruca, ubicado en calle Colico Sur 01035 de Cunco.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Artículo 45. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. Por resolución fundada, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato en virtud de las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por la Municipalidad. 3. Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Por la incapacidad del adjudicado para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 6. Por la no solución por el adjudicado, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte de la Municipalidad. 7. El rechazo de la orden de compra. El aviso de término anticipado, se hará por carta certificada despachada al domicilio registrado por el proveedor en el contrato, con quince (15) días corridos de antelación a la fecha en que se desea terminar el contrato. El término anticipado del contrato, no obsta a que se proceda a cobrar el documento bancario de garantía de fiel cumplimiento del contrato, e inicie las acciones legales que sean procedentes, cuando la causal de término anticipado sea imputable al contratante. Artículo 46. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Ante la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita al Alcalde o a quién éste designe, dentro de las 48 horas hábiles siguientes de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido y adjuntando los antecedentes que fundamenten su presentación. El Alcalde, resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, sea rechazándola o aceptándola. En este último caso, se aumentará el plazo de entrega por el tiempo que dure el imprevisto, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes y las circunstancias que se deriven del caso fortuito o fuerza mayor. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases sólo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento del referido aumento. La Municipalidad exigirá al proveedor afectado la entrega de un nuevo documento bancario de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a la vigencia del documento de garantía original y al número de días del aumento otorgado, entre otros, lo cual deberá constar en la misma resolución fundada que resuelva la petición formulada por el proveedor. Para estos efectos, deberá atenerse al concepto de fuerza mayor y caso fortuito que contempla el artículo 45º del Código Civil.
CAPÍTULO IV: DE LA APLICACIÓN DE MULTAS
Artículo 47. FUNDAMENTOS DE MULTAS: Las multas se aplicarán por resolución fundada ante los incumplimientos del proveedor, según lo señalado al respecto en estas bases. Artículo 48. MONTOS DE LAS MULTAS: En casos de incumplimiento, de acuerdo al plazo de entrega del proveedor adjudicado, se multará con un 15% por cada día de atraso del valor de la orden de compra. La aplicación de esta multa se efectuará al monto total de la orden de compra administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se deducirá de los pagos que se encuentren pendientes. La notificación de la multa al proveedor se hará en la forma y dentro del plazo establecido en el artículo siguiente de las presentes bases. Artículo 49. RESOLUCIÓN QUE APLICA MULTAS: La resolución que imponga una multa, deberá ser notificada al proveedor mediante carta certificada. Efectuada esta notificación, el proveedor tendrá un plazo fatal de 5 (cinco) días hábiles, para pagar la multa correspondiente o solicitar que el valor de la misma sea deducido de la factura que se presente para pago, mediante una nota de crédito por el monto total de la multa. Asimismo, podrá solicitar reconsideración conforme al artículo siguiente de estas bases. En caso de silencio, se procederá a cobrar para estos efectos el documento de fiel cumplimiento de contrato. Artículo 50. RECONSIDERACIÓN: Notificada una multa, el proveedor podrá además, solicitar su reconsideración dentro del mismo plazo anteriormente señalado, debiendo hacerlo por escrito. La Municipalidad se pronunciará con los antecedentes a la vista dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración. El proveedor recurrente deberá acompañar los antecedentes que sirvan de fundamento a su reconsideración, para mejor resolver y mientras esta reconsideración se encuentre pendiente no se efectuará el cobro de la multa. Artículo 51. DERECHOS E IMPUESTOS: Todos los gastos de certificaciones, copias autorizadas y otros similares, como también los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contrato, y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. Artículo 52. FACTORING: Para el evento que el adjudicatario de la presente licitación proceda a ceder el crédito expresado en la factura, deberá dar fiel cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 19.983"Ley que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura". De esta cesión, se deberá notificar personalmente al Jefe de Servicio que efectúa la licitación, en un plazo no mayor a 48 horas hábiles siguientes a su celebración, sin perjuicio de procederse, en el plazo que corresponda y con las formalidades establecidas en la Ley antes nombrada, a la notificación de la cesión del crédito una vez que se emita la factura que dé cuenta de éste. Para estos efectos, se deberá notificar al Señor Alcalde de Cunco Don Alfonso Coke Candia o quien lo subrogue. El municipio, tendrá un plazo de 30 días para reclamar del contenido de la factura. Artículo 53. FIJACIÓN DEL DOMICILIO Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES: Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Cunco y se someten a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. ABARROTES. CARACTERISTICAS: Los abarrotes deberán encontrarse en perfecto estado, sin abolladuras, roturas ni exceso de polvo u otra característica que afecte la calidad del alimento contenido en el envase. Los productos alimenticios deberán tener un mínimo de 6 meses de vigencia antes de su vencimiento desde la fecha de entrega, a excepción de los productos lácteos y huevos que deberán tener un mínimo de 1 mes de vigencia antes de su vencimiento desde la fecha de entrega. El listado de insumos requeridos se presenta a continuación: ID PRODUCTO CANTIDAD UN 1001 Aceite 1 LT 1002 Aceitunas 100grs 100 GR 1003 Arroz 1 KG 1004 Arvejas 1 KG 1005 Arvejas congeladas 1 KG 1006 Azúcar 1 KG 1007 Azúcar flor 1 KG 1008 Bebidas sin azúcar 1 LT 1009 Bombillas desechables 100 UN 1010 Cabellos de ángel 1 KG 1011 Café de cebada 170grs 1 UN 1012 Café Nescafé o equivalente 170grs 1 UN 1013 Canela molida 100 GR 1014 Carne vegetal 1 KG 1015 Cereales 1 KG 1016 Champiñón en conserva 100 GR 1017 Bebida probiótica 1 UN 1018 Choclo congelado 1 KG 1019 Chuchoca 1 KG 1020 Chuño 1 KG 1021 Crema litro 1 LT 1022 Curry 100 GR 1023 Dulce de membrillo 100 GR 1024 Durazno conserva 100 GR 1025 Duraznos conserva Regimel o equivalente 100 GR 1026 Endulzante 100 ML 1027 Eneldo 100 GR 1028 Esencia de naranja 100 ML 1029 Esencia de pan de pascua 100 ML 1030 Esencia de vainilla 100 ML 1031 Espirales 1 KG 1032 Flan en polvo 100 GR 1033 Flan en polvo light 100 GR 1034 Frutos secos mix 100 GR 1035 Galletas variedades 100 GR 1036 Garbanzos 1 KG 1037 Hamburguesa de soya 100 GR 1038 Harina blanca 1 KG 1039 Harina tostada 1 KG 1040 Hojarasca alfajores 100 GR 1041 Huesillo 1 KG 1042 Huevos color 1 UN 1043 Jalea en polvo 100 GR 1044 Jalea en polvo light 100 GR 1045 Jamón sándwich laminado 100 GR 1046 Jugo de limón 100 ML 1047 Jugo néctar 1,5 litros 1 UN 1048 jugo polvo sin azucar 100 GR 1049 jugo sin azúcar 1,5 lt. 1 UN 1050 Jurel 100 GR 1051 Ketchup 100 GR 1052 Lasaña precocida 100 GR 1053 Leche condensada 100 GR 1054 Leche en polvo 1 KG 1055 Leche evaporada 100 ML 1056 Leche líquida 1litro 1 UN 1057 Leche sin azúcar 200cc 1 UN 1058 Lentejas 1 KG 1059 Levadura en polvo 100 GR 1060 Maicena 100 GR 1061 Manjar 1 KG 1062 Margarina 100 GR 1063 Mayonesa 1 KG 1064 Mermelada 100 GR 1065 Mermelada light 100 GR 1066 Miel 1 KG 1067 Mostaza 100 GR 1068 Mote, trigo. 1 KG 1069 Nestum o equivalente 100 GR 1070 Nuez moscada 100 GR 1071 Orégano entero 100 GR 1072 Palmitos 100 GR 1073 Pan de completo 1 UN 1074 Pan de molde grande 100 GR 1075 Pan de pascua 100 GR 1076 Pan hallulla 1 KG 1077 Pan marraqueta 1 KG 1078 Pasas 100 GR 1079 Pie de limon 1 UN 1080 Polvo de hornear 100 GR 1081 Porotos 1 KG 1082 Porotos negros 1 KG 1083 Porotos verdes congelados 1 KG 1084 Primavera, ensalada congelada 1 KG 1085 Queso crema 100 GR 1086 Queso laminado 100 GR 1087 Romero 100 GR 1088 Saborizante de frutilla en polvo 100 GR 1089 Sal 1 KG 1090 Salsa de tomate 100 GR 1091 Sémola 100 GR 1092 Tallarines 87 100 GR 1093 Te 100un 1 CJ 1094 Te de hierba 1 CJ 1095 Torta 30 porciones 1 UN 1096 vasos desechables 1 UN 1097 Yerba mate 1 KG 1098 Yogurt batido vaso 1 PORCION 1099 Yogurt bolsa 1lt. 1 LT 1100 Yogurt vaso light 1 
 ID PRODUCTO CANTIDAD UM 5001 Zapallo Italiano 1 KG 5002 Betarragas 1 KG 5003 Plátanos 1 KG 5004 pepino dulce 1 KG 5005 Papas 1 KG 5006 Cebollas 1 KG 5007 Zanahoria 1 KG 5008 Acelga 1 KG 5009 Morrón 1 UN 5010 Ajo 1 UN 5011 Perejil 100 GR 5012 Cilantro 100 GR 5013 Zapallo camote 1 KG 5014 cerezas 1 KG 5015 ciruela 1 KG 5016 mandarina 1 KG 5017 naranja 1 KG 5018 albahaca 100 GR 5019 porotos granados 1 KG 5020 apio 1 UN 5021 Lechuga escarola 1 UN 5022 palta 1 KG 5023 Manzana 1 KG 5024 pera 1 KG 5025 Repollo 1 UN 5026 Repollo morado 1 UN 5027 Pepino ensalada 1 UN 5028 Brocoli 1 UN 5029 Tomate 1 KG 5030 Cochayuyo 1 KG 5031 espinacas 1 KG 5032 Sandia 1 UN 5033 piña 1 UN 5034 frutilla 1 KG 5035 durazno variedades 1 KG 5036 uvas 1 KG 5037 melon 1 UN 5038 choclo 1 UN 5039 coliflor 1 UN 5040 ciboulet 100 GR 5041 champiñon natural 100 GR
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.