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Resolución de Empates |
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según bases adjuntas
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
según bases adjuntas
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales,
siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal de Mercado
Público.
La Municipalidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas
certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, el plazo para la
presentación de dichos antecedentes será de 48 hrs. contados desde el requerimiento
efectuado a través del portal de Mercado Publico.
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de la adjudicacion |
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La Municipalidad podrá adjudicar en una fecha distinta a la estipulada dentro del plazo
obligatorio, cuando por razones de orden técnico y/o administrativo no sea posible cumplir
con dicho plazo, lo que se resolverá mediante Decreto Alcaldicio fundado el que deberá ser
subido al Portal.
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de la Re adjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario desiste de su oferta, no entrega los antecedentes solicitados
para contratar, no entrega la garantía para caucionar el fiel cumplimiento de contrato, no
firma el respectivo contrato, no demuestra su habilidad para contratar con el Estado, a
través de Chile Proveedores o no haga entrega de documentos que lo acrediten, la entidad
licitante podrá
dejar sin efecto la adjudicación, notificando además de esta situación a la Dirección de
Compras y Contrataciones Públicas y haciendo efectiva la garantía de seriedad de la Oferta.
En este caso, la Municipalidad se reserva la facultad de adjudicar al oferente que, de
acuerdo al resultado de la evaluación obtenida, le siga en puntaje y así, sucesivamente, a
menos que, de acuerdo a los intereses de la Municipalidad, se estime conveniente no
readjudicar la licitación, conforme a lo señalado en el Art. 41 del Reglamento de Compras
Públicas.
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13.DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL |
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El orden de prelación para la interpretación de las normas del contrato será el siguiente:
a) Las presentes Bases sus anexos y enmiendas posteriores en el caso que la hubiere;
b) Aclaraciones de la licitación si las hubiese y fueran acogidas a través del portal Chile
compra;
b) El texto del Contrato;
c) La oferta presentada por el oferente y los documentos aclaratorios o complementarios
suscritos e intercambiados entre ambas partes, con posterioridad a la adjudicación y
antes de la firma del Contrato.
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del contrato |
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Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la total tramitación de la resolución
adjudicataria, el Proponente Adjudicado deberá constituir la garantía de Fiel Cumplimiento
de Contrato, previo requerimiento de la Unidad licitante y suscribir el contrato
correspondiente.
Todos los gastos que se deban incurrir por concepto de firmar ante Ministro de Fe y
constitución de las boletas de garantía, deben ser costeados por el oferente adjudicado.
El Contrato comenzará a regir a partir de la fecha de adjudicación y hasta el 31 de
diciembre de 2023, pudiendo ser prorrogado hasta por seis meses más, solamente si la
Municipalidad de Cunco considera que el servicio se debe mantener, que se dispone de
financiamiento y si los resultados de los informes de evaluación, así lo ameritan.
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de la entrega |
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Una vez que haya entrado en vigencia el contrato respectivo El oferente, deberá coordinar
con la Unidad de Inventario y Bodega en conjunto con la Unidad a Cargo del
requerimiento, la fecha y forma en que serán entregados los bienes y/o servicios, y se hará
efectiva, sólo a través del envío de la Orden de Compra por parte de la Municipalidad de
Cunco la que deberá corresponder a los días de entrega ofrecidos en la propuesta y no podrá
demorar más de una semana en este proceso.
El precio por bien incluye el traslado de los bienes adjudicados hasta la localidad de Cunco.
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de las garantías |
según bases adjuntas
Forma y Momento de Restitución: Terminado el contrato, se procederá a la devolución de
dicha garantía, dentro el plazo de 30 días y una vez emitido informe de recepción y término
conforme del servicio prestado por el plazo estipulado.
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del Pago |
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Se cancelará contra factura, la cual deberá emitirse a nombre de la Municipalidad de
Cunco, Rut. N° 69.191.000-8, domicilio Pedro Aguirre Cerda N°600, Cunco.
El pago de la factura se realizará mediante transferencia a los datos indicados en el anexo 4, no superior a 30 días hábiles, , contados desde la fecha de recepción de los bienes, una vez recepcionado conforme los bienes y/o servicios por parte de la Unidad Requirente.
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del Factoring |
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Para el evento que el adjudicatario de la presente licitación proceda a ceder el crédito
expresado en la factura, deberá dar fiel cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº
19.983"Ley que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a Copia de la Factura". De
esta cesión se deberá notificar personalmente al Jefe de Servicio que efectúa la licitación,
en un plazo no mayor a 48 horas hábiles siguientes de su celebración, sin perjuicio de
procederse, en el plazo que corresponda y con las formalidades establecidas en la Ley antes
nombrada, a la notificación de la cesión del crédito una vez que se emita la factura que dé
cuenta de éste. Para estos efectos, se deberá notificar al Sr Alcalde Don Alfonso Coke
Candia o quien lo subrogue. El plazo para reclamar (El Municipio) del contenido de la
factura será de 30 días.
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CAUSALES Y MONTOS DE LAS MULTAS |
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La Municipalidad de Cunco aplicará multas en los siguientes casos:
Si el proveedor adjudicado no entregare el producto o servicio contratado en el día fijado
para ello, pagará a la Municipalidad una multa del 1/100 (uno por ciento) por día
corrido de atraso, sobre el valor total contratado en esa oportunidad según la orden de
compra. La multa deberá ser cancelada en efectivo, en la Tesorería Municipal, previo
informe del Encargado del Contrato, aprobado por Decreto Alcaldicio, sin el pago señalado
no se dará curso al pago de los servicios o productos contratados.
El atraso reiterado en la entrega de los productos ofrecidos facultara a la Municipalidad para
hacer efectiva la garantía del Contrato.
MUNICIPALIDAD DE CUNCO
ADMINISTRACIÓN
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El proveedor podrá apelar a las multas de acuerdo a los recursos existentes en la Ley N°19.
880.Los plazos de notificación serán los establecidos en Art. 45, 46 y 47 de la Ley 19.880
que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado”.
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20.DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL |
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El orden de prelación para la interpretación de las normas del contrato será el siguiente:
c) Las presentes Bases sus anexos y enmiendas posteriores en el caso que la hubiere;
d) Aclaraciones de la licitación si las hubiese y fueran acogidas a través del portal Chile
compra;
b) El texto del Contrato;
c) La oferta presentada por el oferente y los documentos aclaratorios o complementarios
suscritos e intercambiados entre ambas partes, con posterioridad a la adjudicación y
antes de la firma del Contrato.
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CAUSALES DE TÉRMINO DEL CONTRATO |
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Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de la ley 19.886 y las Bases
Administrativas, podrá poner término anticipado al contrato en los siguientes casos:
Incumplimiento en cuanto a la calidad de los productos entregados.
Por acuerdo mutuo entre las partes con un plazo de 30 días sin derecho a
indemnización o reclamo alguno.
La Municipalidad podrá poner término al contrato con un aviso previo de 30 días, sin
especificaciones de causa ni indemnización alguna, en los siguientes casos:
a. Si se disolviese la empresa Adjudicataria.
b. Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
c. Por tres atrasos injustificados en la entrega de los productos o por la suspensión de
la entrega sin previo aviso.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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