de la Adjudicación |
La adjudicación de la propuesta será efectuada por el Alcalde, de acuerdo a la evaluación de las propuestas y al presupuesto asignado, mediante resolución fundada. En caso de empate, resolverá el Alcalde. La correspondiente devolución del documento bancario de garantía de seriedad de la oferta, se efectuará una vez firmado el contrato y entregado el documento bancario de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado. En el caso de los proveedores no adjudicados, se devolverán una vez notificada la resolución de adjudicación. En el caso de haber un segundo proveedor mejor evaluado, esta garantía se devolverá una vez firmado el contrato. Dichas garantías podrán ser retiradas previa coordinación telefónica. La garantía será devuelta sin reajustes ni intereses, ni costo alguno para la Municipalidad.
La adjudicación podrá ser dejada sin efecto:
● Si el oferente no concurre a la firma del contrato, dentro de los plazos fijados para ello en estas bases.
● Si el oferente no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de suscribir.
● Si el oferente adjudicado adquiere un conflicto de intereses con la Municipalidad, de aquellos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886
● Si el oferente no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del contrato
En todos estos casos, previa resolución fundada, la Municipalidad hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y podrá adjudicar la presente licitación, al siguiente oferente mejor evaluado que haya participado en la licitación y que hubiere cumplido con los requisitos exigidos, o bien, declarar desierta la licitación, según mejor convenga a los intereses municipales.
Por la naturaleza del servicio a contratar, es muy probable que se presenten situaciones NO PREVISTAS dentro de los detalles de cada línea de adjudicación. Estas situaciones, en el evento que el valor del producto no exceda de las 10 UTM, se resolverán de manera fluida y eficiente a precio acordado y según las características del mismo. Se debe presentar por parte del proveedor del servicio que se adjudicó, el contrato de suministro respectivo, una cotización del producto requerido (NO PREVISTO). El encargado de la unidad compradora, previo a la autorización de la comisión de compra, acompañará dos cotizaciones de terceros proveedores las que serán referenciales para determinar el valor promedio de mercado y que éste no exceda el 20% del referido valor y procederá a emitir la orden de compra respectiva.
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del Contrato |
El contrato se celebrará con el oferente que resulte adjudicado, en un plazo no superior a 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la respectiva notificación de la resolución de adjudicación. Si no se suscribiera dentro de este término, por causas imputables al proveedor, la Municipalidad dejará sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor. En tal caso, se hará efectivo el documento bancario de garantía de seriedad de la oferta. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad podrá mediante resolución fundada, ampliar el plazo de suscripción del contrato.
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de las Garantías |
Municipalidad queda facultada para hacer efectiva la citada garantía en caso de incumplimiento grave del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, de forma administrativa, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. También se considerará incumplimiento, el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones contraídas en virtud del contrato.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda ejercer para exigir el término anticipado del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. En caso de incumplimiento del proveedor en el pago de una multa impuesta conforme a las presentes bases, y ante la imposibilidad de descontar de futuros pagos, se descontará el monto de la misma de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y en caso que el contrato subsista, se procederá a la devolución del saldo contra entrega de una nueva garantía de acuerdo al artículo siguiente.
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renovación de las Garantías |
En el caso que habiéndose efectuado el cobro del documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, en conformidad a las disposiciones anteriores, una vez hechos los descuentos correspondientes por multas u otro concepto que corresponda según estas bases, se procederá a devolver el saldo al proveedor contra entrega de un nuevo documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, el que debe cumplir las mismas características y ser del mismo monto y vigencia que los especificados en estas bases para el documento original. El plazo para la entrega de este nuevo documento es de 5 días hábiles contados desde la notificación al proveedor del cobro de la garantía anterior, aplicándosele una multa por día de atraso, según lo señala el articulado referente a multas. La negativa a la entrega de esta nueva garantía, será considerada una infracción grave del contrato, si no efectúa la entrega del nuevo documento en el plazo de 10 días. Es decir, es una obligación esencial, que conlleva al término anticipado de contrato.
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del Pago |
El pago será efectuado por la Municipalidad en su respectivo domicilio, y de acuerdo a las órdenes de compra emitidas, 30 días contados desde la fecha de recepción de la factura correspondiente, la que deberá indicar los valores desglosados y cumplidos todos los requisitos necesarios. La recepción conforme de los bienes, deberá ser acreditada por el Director administrativo del ELEAM.
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de la entrega |
Los proponentes deberán ofertar sus servicios o productos entregados y puestos en la ciudad de Cunco, específicamente en ELEAM Ayen Ruca, ubicado en calle Colico Sur 01035 de Cunco. Por lo tanto, se entiende que el valor ofertado incluye implícitamente el flete hasta la dirección indicada en el presente artículo 44.
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Plazo de ejecución del convenio |
El plazo para el presente servicio, es hasta el 31 de Diciembre de 2021, y podrá ser prorrogable hasta por 12 (doce) meses más, previa evaluación de las condiciones del comportamiento del proveedor adjudicado y de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias vigentes, tal como se señala en la Ley N° 19.886 para licitaciones entre 100 y 1.000 UTM.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán formular sus preguntas, dudas o solicitar aclaraciones de las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas y bases técnicas, dentro del plazo establecido en las mismas bases. En caso de existir consultas, éstas se recibirán por el portal www.mercadopublico.cl, y se responderán por el mismo medio en el plazo señalado en las bases, por parte del encargado administrativo del proceso licitatorio en la Municipalidad.
Dichas preguntas y aclaraciones serán publicadas en el sistema, sin que se publiquen los nombres de las personas que las hayan efectuado. El documento referente a las “respuestas” se entenderá formar parte integrante de las presentes bases administrativas y posterior contrato, siendo exclusiva responsabilidad de todos los oferentes, interiorizarse de su contenido, no pudiendo alegar a posteriori el desconocimiento de las mismas. En caso de detectarse por la Municipalidad la necesidad de efectuar aclaraciones o correcciones que requieran modificar las bases técnicas o anexos, los cambios que sean necesarios podrán ser efectuados hasta antes del cierre de recepción de ofertas, y deberá extenderse el plazo de recepción de las mismas por un mínimo de 5 días, todo mediante la correspondiente resolución fundada y notificando a los oferentes por el portal www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Si la Municipalidad determina que una oferta no cumple con los requerimientos de la licitación, procederá a rechazarla fundadamente y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente.
La Municipalidad podrá, si así lo estima a su solo arbitrio, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl
Si existiese discrepancia de los montos expresados en palabras y en números, de la oferta técnica y económica, prevalecerá el monto en palabras.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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