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PLAZOS |
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El plazo de ejecución y entrega de los diseños contratados, será el ofertado por el consultor adjudicado, a contar de la fecha del contrato y hasta la fecha última de recepción de proyectos por parte del SERVIU (hasta la fecha se ha informado el 30 de septiembre de 2020, sin embargo, está sujeto a cambio) cualquiera de las alternativas que expire primero, plazo que incluye el ingreso y aprobación de los proyectos al SERVIU Araucanía.
El plazo mínimo a ofertar será de 45 días corridos y máximo 60 días corridos. Toda oferta fuera de este tramo queda automáticamente fuera de bases.
Si los proyectos tuvieren observaciones por parte del SERVIU, el encargado de la elaboración del proyecto, deberá subsanarlas y obtener su aprobación final a la brevedad y hasta el plazo que el SERVIU indique. Solo se recibirá conforme y procederá al pago cuando el diseño se encuentre aprobado sin observaciones y sea entregado formalmente a la Municipalidad.
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Adjudicacion de la propuesta |
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ARTÍCULO 13: ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
Sólo podrán adjudicarse contratos cuyas ofertas hayan sido recibidas a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
La Comisión de Apertura y Evaluación será conformada por 3 funcionarios municipales, designados mediante decreto exento.
En caso de ausencia de algún miembro de la comisión, participará quien lo subrogue.
La comisión, deberá concurrir a la admisibilidad y la evaluación de las ofertas, levantar las actas correspondientes, concurriendo en dichas actuaciones administrativas personal y directamente. Podrá, asimismo, realizar la admisibilidad y la evaluación en un solo acto ininterrumpido o separadamente, de acuerdo a la cantidad de oferentes y la magnitud de las ofertas.
Esta Comisión, presentará al Alcalde la propuesta de adjudicación de la oferta que obtenga el mejor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación de la licitación, considerando solamente los participantes declarados admisibles en la apertura. Una vez aprobada la adjudicación por parte del Alcalde, se procederá a tramitar el decreto de adjudicación para posteriormente publicarlo, junto a la orden de compra al portal Mercado Público, momento en que se verificará si el contratista está inscrito en el registro electrónico de Chile Proveedores y revisar sus antecedentes registrados por este medio.
Dado lo anterior, al momento de adjudicación el proveedor deberá estar hábil para contratar con el Estado y estar obligatoriamente inscrito en el portal Chile Proveedores. Si el oferente adjudicado no está inscrito en el Registro electrónico oficial de la Administración Chile Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación, de acuerdo a lo estipulado en el portal Mercado Público, de no hacerlo en el plazo indicado, se podrá revocar la adjudicación al oferente, para que el municipio a través de decreto, adjudique a otro oferente.
El resultado de la propuesta será publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
Asimismo, la Municipalidad de Cunco se reserva el derecho de aumentar o disminuir la cantidad de aceras en diseño en hasta un 30% en caso de ser necesario. El costo será consensuado de acuerdo a los metros lineales, cantidad de mecánicas de suelo y precio ofertado en primera instancia.
La municipalidad de Cunco, se reserva el derecho de contratar los servicios de ingeniería por la totalidad o parte de las calles señaladas en los términos técnicos de referencia adjuntos, o en el caso de que las ofertas superen el presupuesto oficial.
El proponente favorecido deberá firmar el contrato correspondiente y protocolizarlo dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación oficial de la adjudicación (publicación en portal www.mercadopublico.cl). En el caso de que el oferente favorecido desiste o se negare a suscribir el contrato dentro del plazo estipulado, la Municipalidad podrá hacer efectivo el Vale Vista de seriedad de la oferta.
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Modalidad de pago |
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En ningún caso se considera emitir Anticipo.
El primer estado de pago contempla un 30% del monto contratado por proyecto ingresado al SERVIU IX Región para su revisión y aprobación; y el segundo estado 30% una vez ingresada la subsanación de las primeras observaciones y el último estado de pago correspondiente al 40%, se efectuará cuando dichos diseños sean aprobados sin observaciones por parte del SERVIU IX Región y sea entregado formalmente a la Municipalidad. La Municipalidad podrá autorizar Estados de Pago Parciales, por cada Proyecto que sea aprobado por SERVIU, cuando la aprobación del algún proyecto se retrase, por causas no imputables al proponente, previo informe por escrito del mismo y la documentación que así lo respalde.
Todos los productos, planos, informes etc, deberán ser firmados por profesionales competentes.
Cabe destacar que el Estado de Pago, no se hará efectivo si la Contraparte Técnica no aprueba el Informe con los productos esperados en cada etapa.
En caso de que el Consultor no de cumplimiento a las obligaciones salariales con sus trabajadores, se retendrá el Estado de Pago correspondiente, hasta que el consultor subsane dicho incumplimiento, sin perjuicio de lo anterior, se podrá hacer válida la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato.
Los documentos de pago que acompañen al Estado de Pago deberán venir a nombre de:
MUNICIPALIDAD DE CUNCO
RUT: 69.191.000-8
PEDRO AGUIRRE CERDA Nº 580
GIRO: SERVICIO PÚBLICO
Los documentos a presentar para el pago serán:
• Factura y/o Boleta Honorarios (según corresponda).
• Oficios Serviu y el diseño respectivo en formato digital.
• Listado de participantes en exposiciones ciudadanas con nombre, Run y firma.
• Archivador con copias impresas de los proyectos + Soporte Digital (último estado de pago).
• Cualquier otro antecedente que la Contraparte Técnica estime pertinente.
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excepciones |
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En caso de existir problemas externos al proponente como, por ejemplo, terrenos que no son bien nacional de uso público, terrenos de particulares, o terrenos de ferrocarriles o Invía, etc, el consultor deberá agotar todas las instancias para lograr la aprobación técnica de los mismos. En caso de existir problemáticas de subdivisión, donaciones y documentación legal (notario y Conservador de Bienes Raíces), el consultor deberá informarlo por escrito a través de la oficina de partes de la Municipalidad y para trabajar en conjunto la normalización de estos terrenos.
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Inspeccion y supervision de los diseños |
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Unidad Técnica: La labor de la Unidad Técnica, estará asignada a la dirección de la Secretaría de Planificación Comunal o en su defecto a cargo del funcionario Municipal designado para el efecto mediante Decreto Exento, quien dispondrá de facultades para inspeccionar y supervisar la elaboración de los Diseños.
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MULTAS |
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Si el Consultor no entregase los Diseños en las fechas convenidas y establecidas en el 30° llamado del programa de Pavimentación Participativa, la Municipalidad podrá aplicar sin mayor juicio, Multas.
En caso de no entregar los proyectos aprobados, se cobrará la garantía en custodia por fiel cumplimiento de contrato.
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por atraso |
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El atraso en la elaboración de los diseños, que en ningún caso podrá sobrepasar el 25% del plazo contractual, facultará al Municipio para resolver administrativamente con Cargo el Contrato.
La multa por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo de cada una de las etapas será equivalente a 1/1000 del valor total del contrato.
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Por incumplimiento de Instrucciones de la contraparte técnica |
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Si el consultor no cumpliere una instrucción de la Contraparte Técnica podrá aplicar, dependiendo la falta, una multa de 1/1000 sobre el monto del contrato, por cada día que no se haya subsanado la observación una vez cumplido el plazo establecido por la contraparte técnica.
Si el contratista no apela o si la apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida el mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago según la gravedad del caso, y previa notificación hecha con 10 días hábiles de anticipación al contratista, poner término anticipado al contrato por causas imputables a éste.
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Requerimientos y otros |
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20.1 DEL CONTRATO
En este acto, el Proponente hará entrega de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato en los términos que establecen en las presentes Bases Administrativas.
El oferente adjudicado deberá celebrar el contrato dentro de los 5 días corridos siguientes a la notificación de adjudicación en el portal, la no comparecencia a este acto se considerará como desestimada la oferta, por su parte el municipio, se reserva el derecho de adoptar las medidas que sean más convenientes a sus intereses y para el resguardo de la inversión Fiscal, readjudicando la Licitación o declarándola DESIERTA.
Si el adjudicatario no pudiese cumplir con dicho plazo por razones de fuerza mayor, deberá presentar una solicitud de prórroga. Será facultad del Alcalde aceptar o no dicha solicitud.
Por su parte, el Municipio, se reserva el derecho de prorrogar la firma del contrato debido a causas de fuerza mayor, informando debidamente al oferente adjudicado.
Serán parte integrante del Contrato, las presentes Bases y todos los antecedentes que componen esta licitación.
Para efectos del Contrato que se derive de la presente Licitación Pública, los Contratistas y Subcontratista deberán cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley Nº 20.123 y su Reglamento, que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.
Del mismo modo deberán cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley 16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios.
El incumplimiento por parte del contratista a mantener las condiciones de su oferta y las obligaciones que le imponen las Bases Administrativas o las que asume al suscribir el Contrato respectivo, dará derecho a la Municipalidad para resolver administrativamente con cargo a dicho contrato, e informar al Registro que corresponde.
20.2 CESIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicatario no podrá bajo ninguna circunstancia ceder, transferir, aportar o subcontratar el contrato total o parcialmente.
20.3 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Por ausencia sin justificación de la consultora por un plazo superior a 1 semana sin causa justificada.
Si el adjudicatario no cumple con lo establecido en el contrato o en los Términos de Referencia.
Si el adjudicatario no cumple el contrato en los plazos y condiciones establecidas.
Si se demostrara que el adjudicatario presentó información o documentación falsa.
Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra.
Término de la sociedad.
Entrega de 02 o más informes parciales deficientes catalogados así por la contraparte municipal y debidamente justificados.
Si se pone término anticipado del contrato, el Municipio podrá hacer efectivas las garantías en custodia y retenciones pertinentes si hubiere. A continuación, se iniciará un nuevo proceso de contratación.
20.4 PERMISOS
Será de responsabilidad y cargo del adjudicatario todos aquellos permisos, autorizaciones, seguros y derechos necesarios y que aseguren la buena ejecución de los trabajos.
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Recepción de los diseños |
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El Consultor, una vez finalizado los Diseños deberá dar aviso mediante carta ingresada en la Oficina de Partes de la Municipalidad, la cual señalará la fecha de término en concordancia con el Informe de la Unidad Técnica.
El Consultor deberá entregar dos copias impresas de cada proyecto completo debidamente archivado, aprobados por el SERVIU IX Región y respaldo digital de Memorias, Especificaciones Técnicas, cubicaciones, presupuestos, planos y todo documento ingresado para la aprobación de éste.
Los diseños deberán contar con la aprobación previa de la Municipalidad.
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Ampliación del plazo |
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La ampliación o aumento de plazo podrá realizarse siempre y cuando la causal sea de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente justificado y calificado por la Unidad Técnica para posterior sea autorizada por el Sr. Alcalde. Se el que deberá ser solicitado formalmente con a lo menos 10 días antes del vencimiento del plazo de cada etapa.
Se entenderá como fuerza mayor o caso fortuito cuando concurran las siguientes causales:
• Que se produzca el atraso en forma independiente a la voluntad del consultor
• Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
• Que el hecho sea insuperable.
• Que se produzca imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.
Solo en el caso excepcional, el municipio podrá declarar paralización del contrato en caso de que existan las condiciones ajenas al consultor para llevar adelante el contrato.
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Factorizacion |
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Sólo una vez que el contratista haya solicitado la gestión del estado de pago respectivo y éste estado de pago se encuentre aprobado por la Contraparte Técnica, el contratista podrá emitir la factura correspondiente. Posteriormente, y ante la eventualidad, que el contratista celebre un contrato de Factoring o una cesión de crédito, éste deberá comunicarlo por escrito a través de la oficina de partes dirigido a SECPLAN, dentro de las 48 horas siguientes a su suscripción. En el caso que el contratista no de aviso oportunamente, dentro del plazo antes establecido, la unidad técnica podrá cursar una multa de 1 UTM por cada día de atraso en dicho aviso, el que deberá ser enterado en arcas municipales antes de que el municipio pague el siguiente estado de pago de forma íntegra.
A su vez el municipio, únicamente cumplirá los contratos de Factoring o de cesión suscritos por el contratista, cuando no existan obligaciones laborales ni previsionales o multas pendientes.
Se deja constancia que la aceptación por parte del municipio, deberá efectuarse en la oportunidad correspondiente y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura. Conforme a ello, será obligatorio considerar que el plazo para que el municipio, pueda reclamar en contra del contenido de una factura, conforme al artículo 3 de la referida ley, se establece en 30 días corridos siguientes a su recepción, lo cual deberá constar por escrito en el contrato de ejecución de obras que suscriba la Unidad Técnica y el contratista. De cualquier forma, las presentes bases y lo descrito en ellas son parte integrante del contrato en sí.
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Pärticipacion ciudadanas |
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El Consultor deberá comprometer una visita a cada comité de pavimentación, donde expondrá el proyecto para su aprobación por parte de los beneficiarios previo al primer ingreso a Serviu.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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VISITA A TERRENO |
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En vista de las medidas establecidas por el gobierno con respecto al COVID-19, no se realizará visita a terreno. No obstante, se subirá adjunta a esta licitación, la ubicación de los lugares a intervenir en formato KMZ. Será total responsabilidad del oferente al momento de ofertar, tener conocimiento de los lugares a diseñar.
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CONSULTAS, ACLARACIONES y RESPUESTAS |
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Las consultas deberán ser realizadas únicamente a través del Portal Mercado Público, en donde también se emitirán las aclaraciones y respuestas pertinentes. Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes en la página web www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la calendarización del portal Chilecompra. Se citará cada consulta sin hacer mención del participante que la haya formulado y luego se dará la respuesta respectiva. Transcurrido el plazo indicado en el sistema, la Municipalidad se desentenderá de las consultas, siendo asumidas éstas bajo la responsabilidad del Proponente.
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APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura de antecedentes será electrónica, se realizará el día y hora señalado en el cronograma de licitación. Si en la apertura de los antecedentes, los documentos que forman parte de la presente licitación, se encuentran incompletos, ilegibles o mal extendidos, o si los documentos no se presentan firmados de puño y letra por el proponente o representante legal, en tales situaciones la comisión podrá solicitar el reingreso de los documentos al oferente a través de Mercado Público, resolviendo las observaciones que la comisión haya presentado para invalidar los documentos presentados inicialmente.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación, las propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que, una vez iniciado este proceso, no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
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