Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Cobertura radial” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Experiencia del oferente en el área de la Licitación”. De mantenerse la oferta, se adjudicará al oferente que hay ingresado sus antecedentes primero a plataforma Mercado Público.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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3.2 Detalle de bienes a licitar: |
Servicio de difusión regional
● Programa de lunes a viernes de 1 hora reloj con cobertura provincial y en estudios en la comuna de Cunco. La municipalidad proporcionará el locutor.
Difusión de las actividades municipales
● Todas las actividades organizadas por el municipio solicitadas por sus direcciones.
Entrevistas a autoridades y funcionarios municipales
● Espacios para entrevistar al alcalde, directores/as y funcionarios/as del municipio, quienes compartirán información sobre las labores realizadas y los proyectos que sean de interés para la comuna de Cunco, u otros temas de interés municipal.
Colaboración con instituciones no municipales
● Espacios a instituciones como Carabineros de Chile, Hospital de la comuna, funcionarios gubernamentales, bomberos, empresas o instituciones privadas que contribuyan al bienestar de la comunidad.
Realizar réplicas de acuerdo a la contingencia regional
● En caso de que surjan contingencias que involucren al municipio a nivel regional, se brindarán espacios para que las autoridades correspondientes puedan dar respuesta a las inquietudes de la población y aclarar cualquier situación que se requiera.
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Otras Consideraciones: |
Todos los proveedores que participen de esta licitación, deberán presentar obligatoriamente la siguiente información:
a) Antecedentes administrativos:
- Formulario N° 1. Identificación del Oferente
- Formulario N° 2. Declaración Jurada del Oferente
- Formulario N° 3. Declaración jurada simple años de experiencia
- Formulario N° 4. Declaración jurada simple cobertura
- Formulario N°5 Datos de transferencia
b) Antecedentes Técnicos y Económicos:
- Formulario N°6 Oferta Técnica y Económica: Indicar características técnicas de los servicios ofertados.
- Plazo de Entrega.
3.1 Otras Consideraciones:
Los oferentes deberán tomar en cuenta lo siguiente:
a) Las ofertas deberán respetar fielmente las Especificaciones Técnicas, detallas en anexo N°6 de esta licitación.
b) Se adjuntan los Formularios N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 los cuales deberán ser subidos al portal en forma digital, completo y firmado por quien corresponda. El oferente que no cumpla este requisito, será declarado inadmisible
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8. ENTREGA DEL SERVICIO |
Una vez que haya entrado en vigencia el contrato respectivo El oferente, deberá coordinar con la Unidad de Comunicaciones en conjunto con la Unidad a Cargo del requerimiento, la fecha y forma en que serán requeridos los servicios, y se hará efectiva, sólo a través del envío de la Orden de Compra por parte de la Municipalidad de Cunco la que deberá corresponder a los días de entrega ofrecidos en la propuesta.
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10. RESOLUCIÓN DE EMPATE. |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Cobertura radial” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Experiencia del oferente en el área de la Licitación”. De mantenerse la oferta, se adjudicará al oferente que hay ingresado sus antecedentes primero a plataforma Mercado Público.
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11. PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN |
El oferente adjudicado será el único responsable del cumplimiento de la responsabilidad contraída en este proceso de licitación.
El oferente no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
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DEL CONTRATO. |
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la total tramitación de la resolución adjudicataria, el Proponente Adjudicado deberá suscribir el contrato, el que deberá ser autorizado ante un Ministro de Fe y constituir la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, previo requerimiento de la Unidad licitante.
Todos los gastos que se deban incurrir por concepto de firmar ante Ministro de Fe y constitución de las boletas de garantía, deben ser costeados por el oferente adjudicado.
El Contrato comenzará a regir a partir de la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiendo ser prorrogado hasta por doce meses más, solamente si la Municipalidad de Cunco considera que el servicio se debe mantener, que se dispone de financiamiento y si los resultados de los informes de evaluación, así lo ameritan.
La Municipalidad de Cunco, se reserva el derecho a modificar el contrato, pudiendo aumentarse el monto de este no más allá de un 30% del monto “originalmente pactado” en caso se aumenten o disminuyan los productos de acuerdo a demanda entregando aviso por escrito al oferente, con a lo menos 30 días de anticipación. -
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16. DE LA RECEPCION |
Una vez que haya entrado en vigencia el contrato respectivo El oferente, deberá coordinar con la Unidad de Comunicaciones en conjunto con la Unidad a Cargo del requerimiento, la fecha y forma en que serán requeridos los servicios, y se hará efectiva, sólo a través del envío de la Orden de Compra por parte de la Municipalidad de Cunco la que deberá corresponder a los días de entrega ofrecidos en la propuesta.
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18. CAUSALES Y MONTOS DE LAS MULTAS |
La Municipalidad de Cunco aplicará multas en caso de incumplimiento del proveedor, en donde se aplicarán las siguientes sanciones:
Incumplimiento en el plazo de entrega ofertado por el proveedor, se aplicarán las siguientes sanciones: Por cada día hábil de atraso se aplicará una multa equivalente al 1% del precio neto, de las cantidades que se entreguen atrasadas con un tope por incumplimiento 10 días hábiles. Si existe uno o más productos que no sean entregados, respecto de éstos, se aplicará el tope de multa por incumplimiento, esto es 10 días hábiles, equivalente al 10% de los productos que no se entreguen Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran correctamente sellados, en perfecto estado de conservación, con problemas en sus envoltorios o que sean diversos en cuanto a gramaje, marca, modelo u otro al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega. En todo caso, las multas no podrán superar el 10% del valor neto total de la orden de compra contrato. Superar cualquiera de los topes indicados es causal de término anticipado.
La multa deberá ser pagada en efectivo, en la Tesorería Municipal, previo informe del Encargado del Contrato, aprobado por Decreto Alcaldicio, sin el pago señalado no se dará curso al pago de los servicios o productos contratados. El proveedor podrá apelar a las multas de acuerdo a los recursos existentes en la Ley N°19.880. Los plazos de notificación serán los establecidos en Art. 45, 46 y 47 de la Ley 19.880 que “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
17.1 Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a EL PROVEEDOR mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde.
La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado.
Si EL PROVEEDOR no informa los descargos dentro del plazo concedido para tal efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al PROVEEDOR a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl e informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Se deja expresa constancia que, en caso de notificación mediante correo electrónico, se tendrá por notificada la resolución al día hábil siguiente al de su envío, comenzado a computarse el plazo para presentar recurso de reposición, en consecuencia, desde el día hábil siguiente a dicha notificación.
Conforme lo señalado en el artículo 46 de la Ley 19.880, el indicado decreto deberá ser notificado si así lo hubiese solicitado en su oferta al PROVEEDOR a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl de lo contrario se efectuará mediante carta certificada, informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880
Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal
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18 DEL PAGO |
Se emitirá una orden de compra por el total del servicio.
Se pagará contra factura, emitida mensualmente, la cual deberá generarse a nombre de la Municipalidad de Cunco, Rut. N° 69.191.000-8, domicilio Pedro Aguirre Cerda N°600, Cunco. Para quien se adjudique deberá emitir una factura mensual correspondiente al pago proporcional por los servicios realmente prestados, corroborado con la emisión de un CD de respaldo.
El pago de la factura se realizará mediante transferencia electrónica en un plazo no superior a 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción de los bienes, una vez recepcionado conforme los bienes y/o servicios por parte de la Unidad Requirente.
En caso que el servicio no sea prestado, se deberá efectuar el descuento correspondiente en la facturación mensual, de acuerdo a los valores presentados por el oferente en Formulario N°6 de las presentes bases.
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