Licitación ID: 4284-84-LE20
REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CUNCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Construcción de locales, plantas comerciales o industriales 1 Unidad
Cod: 72131601
REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Municipalidad de Cunco
R.U.T.:
69.191.000-8
Dirección:
Pedro Aguirre Cerda Nº 580
Comuna:
Cunco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-11-2020 17:30:00
Fecha de Publicación: 06-11-2020 14:08:53
Fecha inicio de preguntas: 06-11-2020 14:10:00
Fecha final de preguntas: 18-11-2020 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-11-2020 17:24:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-12-2020 13:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-12-2020 13:00:00
Fecha de Adjudicación: 01-02-2021 13:19:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno 13-11-2020 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- a) Identificación del Proponente, según formato Anexo Nº 1. b) Declaración Jurada Simple, según formato Anexo Nº 2. c) Respuestas a Consultas, Aclaraciones y/o Modificaciones, emitidos por la Unidad Técnica, si lo hubiese. d) En caso de persona jurídica, deberá adjuntar: - Nómina de sus integrantes con el porcentaje de participación en la misma, firmada por el representante legal o “Inscripción al ROL único tributario” con nombres de los integrantes y participación de los mismos y sus cédulas de identidad respectivos; - Copia de vigencia de ésta, con fecha de emisión no superior a 30 días anterior al último día de postulación de antecedentes emitida por parte del Conservador de Bienes raíces respectivo; o certificado de vigencia emitido a través de www.tuempresaenundia.cl dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en caso de ser una empresa generada a través de esta plataforma. e) En caso de persona natural, deberá adjuntar: copia de la cédula de identidad. f) Acuerdo para la creación de la UTP (Unión Temporal de Proveedores). En caso el oferente realice una Unión Temporal de Proveedores, debe adjuntar acuerdo para la creación de UTP, debiendo cumplir con las solemnidades establecidas en el punto “CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO – Requisitos para contratar al proveedor adjudicado”, solo en el evento que la referida UTP sea adjudicataria de la obra. Este será uno de los Requisitos de Admisibilidad para las UTP, además, deberá adjuntar las respectivas cédulas de identidad o rol único tributario de los participantes de la UTP, según sea procedente.
Documentos Técnicos
1.- a) Plazo, formato Anexo N°5. La oferta debe expresarse en días corridos: - Plazo Máximo 80 días corridos - Plazo Mínimo: 50 días corridos Las ofertas fuera de estos plazos quedarán automáticamente inadmisibles. Además, se deberá adjuntar una programación en la ejecución de las partidas (Carta Gantt) por días, la cual debe ser presentada el formato Microsoft Project, registrando fecha de inicio y fecha de término, además de la ruta crítica. b) Experiencia del Proponente, según Anexo N°6, para lo cual se deberá presentar Certificados de recepción de obras con entidades públicas que indiquen a lo menos: • Nombre del contrato • Nombre del mandante • Monto contratado • Identificación fecha de inicio y duración Se contabilizarán certificados emitidos por: Jefe de servicio, Inspección de obras, DOM o unidad técnica. No serán contabilizados: certificados emitidos por empresas particulares, órdenes de compra, contratos, constancias o similares. c) Comportamiento contractual anterior, este factor se evaluará de acuerdo a las anotaciones relativas a comportamiento negativos del oferente, en el registro a que se refiere el artículo 96 bis del Reglamento de compras públicas.
 
Documentos Económicos
1.- a) Presupuesto detallado, conforme Anexo Nº3, donde solo se podrán ofertar precios enteros y estará debidamente firmado por el representante legal y escaneado en formato pdf. b) Análisis de precios unitarios, en formato pdf, debidamente firmado, y en formato Excel, los que deben coincidir con el presupuesto detallado. c) Propuesta Económica, según formato Anexo Nº4, debidamente firmado por el proponente. d) Documento digital “presupuesto detallado” en formato .xls (planilla Excel) o planilla de cálculo en donde la comisión pueda verificar que la suma de las unidades y los totales concuerde con el total final, así como también de los porcentajes presentados. Este documento deberá ser igual al formato firmado por el contratista. (Subir a la plataforma el documento digital modificable en concordancia con el presupuesto firmado por el oferente, para comprobar que el presupuesto esté cuadrado). e) Copia digitalizada de la garantía por seriedad de la oferta. f) Documento que compruebe un patrimonio de, por lo menos un 20% del presupuesto oficial de las obras. Se aceptarán balances, balances auditados, certificados bancarios, etc. (*patrimonio = activos – pasivos). El documento debe dar cuenta de la situación económica de la empresa, con fecha no superior a 60 días del cierre de la licitación. Todos los valores se expresarán en moneda nacional incluyendo el I.V.A. No se aceptarán enmiendas del presupuesto a menos que la comisión expresamente lo solicite (en formulario, no así en el Portal Mercado Público que debe un valor neto).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se evaluará dependiendo de la diferencia existente entre el precio máximo ofertado y el precio mínimo ofertado; y la relación de estos con el capital disponible indicado en las presentes bases. PUNTAJE=100 x[(Precio Mínimo Ofertado)/(Precio Ofertado)] x Porcentaje de Ponderación 20%
2 Comportamiento contractual anterior Este factor se evaluará de acuerdo a las anotaciones relativas a comportamiento negativos del oferente, en el registro a que se refiere el artículo 96 bis del Reglamento de compras públicas. Oferente sin anotaciones 100 puntos Oferente con 1 comportamiento deficiente 80 puntos Oferente con 2 comportamientos deficiente 60 puntos Oferente con 3 comportamiento deficiente 40 puntos Oferente con 4 comportamientos deficientes 20 puntos Oferente con 5 o más comportamientos deficientes 0 puntos PUNTAJE=[Puntaje Otorgado*Porcentaje de Ponderación] La Municipalidad, sobre la base de circunstancias fundamentadas técnicamente, podrá aceptar cualquier propuesta, aunque no sea la de menor valor, o desechar todas ellas, cuando ninguna sea conveniente a los intereses municipales. La comisión de evaluación, se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar fuera de bases a aquellos oferentes en que la referida información resulte ser falsa, incongruente, inconsistente o discrepante. En caso que alguna de las obras que el oferente presente, y ésta no tenga una calificación positiva por parte del mandante, la comisión de evaluación se reserva el derecho de descontar la experiencia presentada y/o declarar fuera de bases al participante 10%
3 Cumplimiento formal de la Oferta Se evaluará con puntaje máximo en el criterio si se presenta toda la documentación de forma correcta, sin enmiendas, correcciones, o aclaraciones que sean solicitadas por el portal. Si, por el contrario, no presenta toda la documentación, no obtendrá puntaje. La comisión se reserva el derecho de solicitar al oferente nuevos antecedentes aclaratorios, pero sin asignación de puntaje en este criterio. Presenta toda la documentación 100 puntos No presenta toda la documentación 0 puntos PUNTAJE=[Puntaje Otorgado*Porcentaje de Ponderación] 10%
4 Visita a terreno Se considera visita a terreno donde se ejecutará el proyecto, para lo cual, cada oferente deberá dirigirse en primera instancia a la oficina de SECPLAN de la Municipalidad de Cunco ubicada en Pedro Aguirre Cerda n°600 el día y hora indicado en www.mercadopublico.cl. Posterior al cierre, el acta será firmada por los proponentes antes de salir a terreno. Los oferentes deberán disponer de los medios de transporte respectivo para trasladarse al lugar de la obra. El municipio no proporcionará transporte para los oferentes. Para acceder a la inscripción en el acta de visita a terreno deberá presentar la siguiente documentación, la que será anexada al expediente de licitación y no será devuelta: PERSONA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (exclusivamente formato papel) Jurídica Carta simple firmada por representante legal en favor del asistente. (En caso de asistir el representante legal, se reemplaza por fotocopia de documento que lo acredite) Fotocopia Cedula identidad de quien asiste (sea repr 10%
5 Experiencia de los Oferentes Se contabilizarán los certificados presentados en cada una de las ofertas y que cumplan con lo establecido en el art 16.3. Cada certificado se calificará por tramo de monto contratado de acuerdo a la tabla a), multiplicado por la cantidad de contratos en ese rango. El puntaje de cada oferente será la sumatoria de los puntos obtenidos por cada contrato y puntaje de acuerdo a tramo consignado en la tabla b) TABLA A) Tramos puntos por tramo cantidad de contratos puntos parcial (a) (b) (a) x (b) = (c) menos de 10 millones 0 desde 10mill y hasta 30mill 3 mayor a 30mill y hasta 60mill 6 mayor a 60mill 15 total puntos Σ = TABLA B) TOTAL PUNTOS PUNTAJE OTORGADO Σ entre 0 y hasta 9 10 Σ entre 10 y hasta 30 30 Σ entre 31 y hasta 54 60 Σ 55 o más 100 Dicho puntaje se ponderará con el porcentaje de criterio de evaluación PUNTAJE TOTAL=[Puntaje Otorgado*Porcentaje de Ponderación] 30%
6 Oferta Plazo Se evaluará bajo el criterio de menor plazo con la siguiente ecuación de cálculo: PUNTAJE=100 x [ (Menor Plazo Ofertado)/(Plazo Ofertado) ] x Porcentaje de Ponderación El plazo ofertado será fijo y no se otorgará aumento del mismo sino por razones específicamente justificadas. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 45000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Denisse Vivallo Rios
e-mail de responsable de pago: denissevivallo@municunco.cl
Nombre de responsable de contrato: Ramon Candia Llancafil
e-mail de responsable de contrato: rcandia@municunco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2200115-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El contratista queda obligado a cumplir con toda la legislación laboral, previsional vigente y de subcontrataciones, contenida en el código del Trabajo y leyes complementarias. Contratista y Subcontratistas deberán cumplir con toda la legislación labora
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Cunco
Fecha de vencimiento: 27-01-2021
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: La garantía deberá ser tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Cunco, por un monto equivalente a $200.000, con una vigencia mínima establecida por la fecha de cierre de recepción de ofertas aumentado en 60 días corridos. Se debe indicar la glosa: Para Caucionar la Seriedad de la Oferta del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”. Deberá ser ingresada junto a una carta de presentación dirigida al Alcalde, mencionando que proyecto está caucionando y con la misma glosa descrita en el párrafo anterior. La garantía de seriedad de la oferta, será el único documento que antes de la fecha y hora de cierre de la licitación, deberá presentarse a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad.
Glosa: Para Caucionar la Seriedad de la Oferta del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”. Deberá ser ingresada junto a una carta de presentación dirigida al Alcalde, mencionando que proyecto está caucionando y con la misma glosa descrita en el párrafo anterior. La garantía de seriedad de la oferta, será el único documento que antes de la fecha y hora de cierre de la licitación, deberá presentarse a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía deberá ser tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Cunco, por un monto equivalente a $200.000, con una vigencia mínima establecida por la fecha de cierre de recepción de ofertas aumentado en 60 días corridos. Se debe indicar la glosa: Para Caucionar la Seriedad de la Oferta del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”. Deberá ser ingresada junto a una carta de presentación dirigida al Alcalde, mencionando que proyecto está caucionando y con la misma glosa descrita en el párrafo anterior. La garantía de seriedad de la oferta, será el único documento que antes de la fecha y hora de cierre de la licitación, deberá presentarse a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Cunco
Fecha de vencimiento: 22-03-2021
Monto: 5 %
Descripción: El proponente adjudicado, deberá presentar dentro del mismo plazo para suscribir el contrato o, en su caso, dentro del mayor plazo que se le hubiere otorgado, Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, extendida a la orden del Mandante, por un monto igual al 5% del contrato y el plazo igual al plazo del contrato más 90 días corridos, garantía que caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que para él, emanen del contrato hasta que se verifique a recepción provisoria. Se debe indicar la glosa: Para Caucionar el fiel cumplimiento de contrato, del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”. Será de exclusiva responsabilidad del contratista proceder al reemplazo de la Garantía vigente, cuando ello proceda en razón de modificaciones en el monto o plazos del contrato. La falta de cumplimiento de esta obligación dentro del mismo plazo que se le hubiere otorgado para suscribir la modificación de contrato, facultará a la Unidad Técnica para no dar curso a la modificación de contrato respectiva, mientras no se presente la nueva Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Sin perjuicio de ello, su falta de presentación dentro del plazo que otorgare la Unidad Técnica, se considerará incumplimiento grave del contrato y autorizará a la Unidad Técnica para poner término anticipado a éste, procediendo a hacer efectiva la Garantía vigente.
Glosa: Para Caucionar el fiel cumplimiento de contrato, del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”. Será de exclusiva responsabilidad del contratista proceder al reemplazo de la Garantía vigente, cuando ello proceda en razón de modificaciones en el monto o plazos del contrato. La falta de cumplimiento de esta obligación dentro del mismo plazo que se le hubiere otorgado para suscribir la modificación de contrato, facultará a la Unidad Técnica para no dar curso a la modificación de contrato respectiva, mientras no se presente la nueva Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Sin perjuicio de ello, su falta de presentación dentro del plazo que otorgare la Unidad Técnica, se considerará incumplimiento grave del contrato y autorizará a la Unidad Técnica para poner término anticipado a éste, procediendo a hacer efectiva la Garantía vigente.
Forma y oportunidad de restitución: El proponente adjudicado, deberá presentar dentro del mismo plazo para suscribir el contrato o, en su caso, dentro del mayor plazo que se le hubiere otorgado, Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, extendida a la orden del Mandante, por un monto igual al 5% del contrato y el plazo igual al plazo del contrato más 90 días corridos, garantía que caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que para él, emanen Será de exclusiva responsabilidad del contratista proceder al reemplazo de la Garantía vigente, cuando ello proceda en razón de modificaciones en el monto o plazos del contrato. La falta de cumplimiento de esta obligación dentro del mismo plazo que se le hubiere otorgado para suscribir la modificación de contrato, facultará a la Unidad Técnica para no dar curso a la modificación de contrato respectiva, mientras no se presente la nueva Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Sin perjuicio de ello, su falta de presentación dentro del plazo que otorgare la Unidad Técnica, se considerará incumplimiento grave del contrato y autorizará a la Unidad Técnica para poner término anticipado a éste, procediendo a hacer efectiva la Garantía vigente.
    Otras Garantías
Beneficiario: Municipalidad de Cunco
Fecha de vencimiento: 28-02-2022
Monto: 5 %
Descripción: Verificada la Recepción Provisoria sin Observaciones de la obra, como requisito para que se curse el último Estado de Pago, el contratista deberá presentar una Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, que caucionará la buena ejecución de la misma, la que deberá ser tomada por el contratista y extendida a la orden de la entidad, por un monto igual al 5% de lo contratado y plazo mínimo igual a 365 días corridos desde la recepción provisoria. Se debe indicar la glosa: Para Caucionar la correcta ejecución de las obras, del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”. En caso de que así lo desee, el contratista podrá presentar una garantía que al reverso indique que garantiza “EL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y CORRECTA EJECUCION DE LAS OBRAS”, el que reemplazará los documentos de los puntos “GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO” y “GARANTÍA POR CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS”, de las presentes Bases y tendrá las mismas condiciones que éstos, pero con una vigencia que resulte de la suma de los plazos estipulados para ambas garantías. La Municipalidad podrá solicitar la Certificación de Autenticidad de los documentos de garantía ante la institución bancaria emisora. La Municipalidad se obliga a solicitar al oferente que mantenga vigente las garantías desde el inicio hasta la liquidación del contrato y se aceptarán garantías tomadas por terceros. El oferente será responsable de la renovación de las garantías ante la eventualidad de existir una modificación en los montos y plazos del contrato. Estas deberán ser ingresadas como requisito para la tramitación de dicha modificación. En el caso de que el contratista no presentare los reemplazos de las garantías solicitadas, las garantías vigentes serán automáticamente cobradas a nombre de la Municipalidad de Cunco.
Glosa: Para Caucionar la correcta ejecución de las obras, del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”. En caso de que así lo desee, el contratista podrá presentar una garantía que al reverso indique que garantiza “EL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y CORRECTA EJECUCION DE LAS OBRAS”, el que reemplazará los documentos de los puntos “GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO” y “GARANTÍA POR CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS”, de las presentes Bases y tendrá las mismas condiciones que éstos, pero con una vigencia que resulte de la suma de los plazos estipulados para ambas garantías.
Forma y oportunidad de restitución: La Municipalidad podrá solicitar la Certificación de Autenticidad de los documentos de garantía ante la institución bancaria emisora. La Municipalidad se obliga a solicitar al oferente que mantenga vigente las garantías desde el inicio hasta la liquidación del contrato y se aceptarán garantías tomadas por terceros. El oferente será responsable de la renovación de las garantías ante la eventualidad de existir una modificación en los montos y plazos del contrato. Estas deberán ser ingresadas como requisito para la tramitación de dicha modificación. En el caso de que el contratista no presentare los reemplazos de las garantías solicitadas, las garantías vigentes serán automáticamente cobradas a nombre de la Municipalidad de Cunco.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En caso de empate entre los oferentes, se optará por aquel que presente máximo puntaje en el criterio de evaluación con mayor porcentaje de ponderación, de persistir el empate, se considerarán los demás factores sucesivos en orden de ponderación y si no utilizar el azar como regla de clausura.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los Oferentes que estimen que existen dudas en los antecedentes de la licitación, podrán formular todas las consultas y aclaraciones que estimen pertinentes, las que sólo se realizarán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo que se establezca en el cronograma. Las respuestas y/o aclaraciones que se entreguen ante las consultas de los participantes determinan el alcance y sentido de las Bases, y forman parte de estas.

La Unidad Técnica, tendrá la responsabilidad de coordinar el proceso de respuestas y/o aclaraciones, y será la que dé respuesta a las consultas que se efectúen por el portal. Los proponentes serán responsables de revisar las respuestas emitidas y presentarlas dentro de la oferta.

Las consultas que se efectúen de otra forma que la señalada en el párrafo anterior, se entenderán por no efectuadas y por lo mismo, no serán contestadas, ni consideradas.

Aclaraciones:

La Municipalidad, podrá efectuar modificaciones a las Bases y/o Especificaciones para precisar el alcance, complementar, rectificar, corregir, reemplazar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro, y dificulte el proceso de formulación de ofertas. De igual forma, se entenderá que estas aclaraciones determinan el alcance y sentido de las Bases, y forman parte de estas.

Estas aclaraciones se pondrán a disposición de los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, y serán aprobadas mediante acto administrativo.

Para dar cumplimiento cabal a lo señalado anteriormente, si ello fuere necesario, la Municipalidad podrá postergar la fecha fijada para la apertura de las ofertas antes del cierre de la licitación. La nueva fecha de apertura será comunicada a los interesados a través del Portal www.mercadopublico.cl y quedará respaldada con el acto administrativo que lo sustente.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El oferente dispondrá de un plazo de 24 horas para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases contemplan, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.

 

20.2   De los reclamos y observaciones

El proponente podrá formular los reclamos conforme a lo señalado en el artículo 33º del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios.

 

20.3   Ausencia de proponentes

Si no se presentaren proponentes, la Comisión certificará esta circunstancia en Acta, informando de ello a objeto de que el representante de la Unidad Técnica proceda a declarar desierta la licitación y se inicie eventualmente un nuevo proceso de compra
de la Adjudicación
La propuesta de adjudicación será remitida por la Comisión al Alcalde, quien aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en las Bases y en el Reglamento. La Municipalidad, adjudicará una oferta mediante acto administrativo debidamente notificado mediante la plataforma www.mercadopublico.cl. Para estos efectos se publicará la información respecto del proceso de evaluación, tal como informes técnicos, cuadros comparativos, etc., mediante el acta de apertura y evaluación de las propuestas, emitido por la Comisión designada mediante decreto exento. Igualmente, los oferentes no adjudicados, podrán realizar consultas respecto de la adjudicación, ya sea directamente a la Municipalidad o a través del observatorio de la Dirección de Compras, para cuyo efecto la Municipalidad dispondrá de un plazo de 48 horas para contestar. Resolución de Empates: c Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en el portal Mercado Público, se deberá dictar un decreto exento fundado que fije la nueva fecha, el que se publicará en la página www.mercadopublico.cl.
Comunicación de la adjudicación o rechazo a los proponentes
Una vez aprobada la adjudicación por parte del Alcalde, se procederá a tramitar el decreto de adjudicación para posteriormente subirlo junto al acta de evaluación y a la orden de compra al portal Mercado Público, momento en que se verificará si el contratista está inscrito en el registro electrónico de ChileProveedores. A contar de aquel instante, se presume que el adjudicatario, en su caso y los demás proponentes, tomaron conocimiento de lo resuelto. Resuelta la adjudicación, la devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se realizará a partir del día posterior al acta de apertura y que dé cuenta de la inadmisibilidad del solicitante, no así de los oferentes admisibles, en cuyo caso la devolución de la garantía se realizará previa solicitud por escrito del oferente o por correo electrónico a nosses@municunco.cl cc: rcandia@municunco.cl y con posterioridad a la firma del contrato.
Condiciones previas a la suscripción del contrato
Requisitos para contratar al proveedor adjudicado 1. Estar inscrito en el portal Chile Proveedores. Si el oferente adjudicado no está inscrito en el Registro electrónico oficial de la Administración Chile Proveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la adjudicación, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de la Ley de Compras Públicas. De no hacerlo en el plazo indicado, se podrá revocar la adjudicación al oferente, para que el municipio a través de decreto, adjudique a otro oferente. 2. En el caso particular de las UTP. Éstas deberán acompañar en forma previa a la suscripción del contrato, documento que formaliza la unión estableciendo, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Unidad Técnica y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Esto se presentará según el caso: a. Para contratos inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores, deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. b. Para contratos sobre 1.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. c. Certificado de deudas previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, para acreditar si el proveedor adjudicado no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Plazo para la presentación de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: El proponente adjudicado tendrá un plazo de 05 días hábiles contados desde la emisión de la orden de compra en el portal para aceptarla, y 15 días hábiles contados desde esa fecha, para hacer ingreso de la garantía por fiel cumplimiento del contrato; extendida en la forma, monto y plazo que se indica en las Bases Administrativas; a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad de Cunco. En caso que por el tipo de garantía adquirida se requiera más tiempo para su emisión, se deberá informar a la Unidad Técnica, a través del departamento licitante, el tiempo que se requiere para su emisión, adjuntando informe suscrito por la institución financiera que la extiende. Plazo para Suscribir el Contrato: Luego de la entrega del contrato por parte del municipio, el proponente adjudicado tendrá 03 días hábiles para autorizar su firma ante notario u oficial civil. No será exigible la firma de contrato por parte de la Unidad Técnica, mientras el contratista no lo haya suscrito por su parte o no haya dado cumplimiento a las condiciones previas a su suscripción. READJUDICACION Efectos de la no aceptación de la orden de compra, suscripción de contrato o de la no presentación de La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro de plazo: Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del reglamento de compras públicas, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Municipalidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos. Además, procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta del incumplidor. Aumento de Plazo para la suscripción del Contrato: Sólo por razones de interés Municipal, de fuerza mayor o a solicitud fundada del adjudicatario, calificada por la Unidad Técnica, esta última se reserva la facultad de ampliar, por una sola vez y por el mayor plazo, el tiempo indicado para suscribir contrato y/o para la presentación por parte del adjudicatario de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si la Unidad Técnica, hubiere ampliado por una vez el plazo para suscribir contrato y/o para los demás efectos antes señalados, así se lo hubiere comunicado al adjudicatario y, no obstante ello, dentro del nuevo o mayor plazo el adjudicatario no concurriere a suscribir el contrato y/o no presentare la respectiva la Garantía, se presumirá el desistimiento de su propuesta, y la Unidad Técnica, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, podrá adjudicar la licitación al Oferente que le siga en puntaje o resolver llamar a una nueva licitación, procediéndose a hacer efectiva la Garantía del incumplidor. La Unidad Técnica se reserva la facultad de solicitar al proponente, persona jurídica, copia simple o autorizada de los documentos legales que acrediten su existencia, vigencia, modificaciones, representación y otros que estime necesarios.
Forma y contenido del Contrato
El contrato redactado por la Unidad Técnica, constará en instrumento privado que se firmará en 4 ejemplares y contendrá, a lo menos, las siguientes menciones: - Denominación de la obra; - Referencia a la licitación y aceptación de la propuesta; - Individualización de la persona natural o jurídica con quien se contrata la ejecución; - Constancia de los Poderes de Representación de quien actúa, en el caso de que se trate de personas jurídicas, escritura pública o certificado de vigencia; - Individualización de los antecedentes y expresión de que las Bases Generales, Especificaciones o Bases Técnicas, planos, anexos, las aclaraciones y documentos emitidos en ellas y los antecedentes que conforman la propuesta del oferente, forman parte integrante del contrato, para todos los efectos legales; - Monto o valor del contrato a suma alzada; - Plazo de ejecución e inicio de cómputo del plazo; - Garantías en su caso; - Multas
de las Garantías

Garantía de Seriedad de la Oferta

La garantía deberá ser tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Cunco, por un monto equivalente a $200.000, con una vigencia mínima establecida por la fecha de cierre de recepción de ofertas aumentado en 60 días corridos.

Se debe indicar la glosa:

Para Caucionar la Seriedad de la Oferta del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”.

Deberá ser ingresada junto a una carta de presentación dirigida al Alcalde, mencionando que proyecto está caucionando y con la misma glosa descrita en el párrafo anterior. La garantía de seriedad de la oferta, será el único documento que antes de la fecha y hora de cierre de la licitación, deberá presentarse a través de la Oficina de Partes de la Municipalidad.

30.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:

El proponente adjudicado, deberá presentar dentro del mismo plazo para suscribir el contrato o, en su caso, dentro del mayor plazo que se le hubiere otorgado, Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato,  extendida a la orden del Mandante, por un monto igual al 5% del contrato y el plazo igual al plazo del contrato más 90 días corridos, garantía que caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que para él, emanen del contrato hasta que se verifique a recepción provisoria.

Se debe indicar la glosa:

Para Caucionar el fiel cumplimiento de contrato, del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”.

Será de exclusiva responsabilidad del contratista proceder al reemplazo de la Garantía vigente, cuando ello proceda en razón de modificaciones en el monto o plazos del contrato. La falta de cumplimiento de esta obligación dentro del mismo plazo que se le hubiere otorgado para suscribir la modificación de contrato, facultará a la Unidad Técnica para no dar curso a la modificación de contrato respectiva, mientras no se presente la nueva Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Sin perjuicio de ello, su falta de presentación dentro del plazo que otorgare la Unidad Técnica, se considerará incumplimiento grave del contrato y autorizará a la Unidad Técnica para poner término anticipado a éste, procediendo a hacer efectiva la Garantía vigente.

30.3 Garantía de Correcta Ejecución de las obras:

Verificada la Recepción Provisoria sin Observaciones de la obra, como requisito para que se curse el último Estado de Pago, el contratista deberá presentar una Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, que caucionará la buena ejecución de la misma, la que deberá ser tomada por el contratista y extendida a la orden de la entidad, por un monto igual al 5% de lo contratado y plazo mínimo igual a 365 días corridos desde la recepción provisoria.

Se debe indicar la glosa:

Para Caucionar la correcta ejecución de las obras, del Proyecto: “REPOSICION MULTICANCHA Y MEJORAMIENTO PATIO NT1 Y NT2 LICEO ARTURO VALENZUELA LOS LAURELES, COMUNA DE CUNCO”.

En caso de que así lo desee, el contratista podrá presentar una garantía que al reverso indique que garantiza “EL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y CORRECTA EJECUCION DE LAS OBRAS”, el que reemplazará los documentos de los puntos “GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO” y “GARANTÍA POR CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS”, de las presentes Bases y tendrá las mismas condiciones que éstos, pero con una vigencia que resulte de la suma de los plazos estipulados para ambas garantías.

La Municipalidad podrá solicitar la Certificación de Autenticidad de los documentos de garantía ante la institución bancaria emisora.

La Municipalidad se obliga a solicitar al oferente que mantenga vigente las garantías desde el inicio hasta la liquidación del contrato y se aceptarán garantías tomadas por terceros. El oferente será responsable de la renovación de las garantías ante la eventualidad de existir una modificación en los montos y plazos del contrato. Estas deberán ser ingresadas como requisito para la tramitación de dicha modificación.

En el caso de que el contratista no presentare los reemplazos de las garantías solicitadas, las garantías vigentes serán automáticamente cobradas a nombre de la Municipalidad de Cunco.

De los estados de Pago
Los trabajos serán pagados de acuerdo al avance físico de las obras, y no se cursará más de un estado de pago al mes. El estado de pago deberá cursarse previa aprobación de la I.T.O. Además, el último estado de pago no deberá ser inferior al 20% del monto total del contrato y se cancelará una vez que la obra obtenga Recepción Provisoria sin observaciones. En caso de que se presente un único Estado de Pago, por decisión del oferente o por plazo de ejecución menor a un mes, se deberá adjuntar todo lo solicitado en el presente ítem, incluido el certificado de Recepción Provisoria sin observaciones. No se consideran retenciones en ningún caso y de ningún tipo, a menos que lo indique el convenio de traspaso de recursos, si corresponde. El estado de pago, será ingresado a través de la oficina de partes de la Municipalidad de Cunco, previa revisión de la documentación por la I.T.O. y deberá contener los siguientes documentos para cada estado de pago: 1. Carta del contratista, dirigida al señor Alcalde solicitando la cancelación del Estado de Pago correspondiente. 2. CARÁTULA TIPO MOP, con firma de la I.T.O. responsable de la supervisión de la obra, cuyo formato será proporcionado por la Municipalidad previa solicitud del contratista. 3. Factura que deberá presentar el contratista, debidamente visada por la Unidad Técnica, extendida a nombre de la Municipalidad de Cunco, RUT 69.191.000-8, domicilio Pedro Aguirre Cerda Nº600, Cunco, o de la entidad mandante que corresponda, en caso de otra fuente de financiamiento o financiamiento mixto. Solo se debe confeccionar la factura, una vez que los demás documentos del estado de pago sean aprobados formalmente por la I.T.O. 4. Formulario de DETALLES DE PARTIDAS con nombre y firma de la I.T.O. responsable de la supervisión de la obra. Este formulario será proporcionado por la Municipalidad. Deberá ser totalmente concordante con el presupuesto ofertado. No se aceptarán estados de pagos con variaciones de las cantidades de obra o precios unitarios diferentes a lo ofertado. En caso de errores o diferencias, se devolverá el estado de pago al contratista para el reingreso corregido, en caso de existir una adulteración de los precios, unidades de medida, cantidades, porcentaje de gastos generales y utilidades ofertados. 5. Certificado F30-1 de la Inspección Provincial del Trabajo en original, denominado “CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES” (Ley de Subcontrataciones), que certifique que no hay reclamo laboral pendiente y que las cotizaciones previsionales del personal se encuentren al día. 6. Copia de las planillas de pago de cotizaciones previsionales por el personal que trabajó en la obra en el período correspondiente al estado de pago y sólo en caso del primer estado de pago, no se exigirá adjuntar estas planillas, pero estas deberán adjuntarse en el estado de pago siguiente, junto a las que correspondan a ese período de pago.En caso de existir un subcontrato para el desarrollo de una partida o especialidad, el contratista deberá presentar dicho contrato y exigir a quien subcontrate el pago de leyes sociales y la presentación del CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES de los trabajadores que dependan de quien el contratista subcontrate igualmente. 7. Liquidaciones de sueldo de cada uno de los trabajadores que se desempeña en obra, en original o legalizado ante ministro de fe. 8. Set de al menos 6 fotografías a color, que den cuenta del avance físico de la obra. 9. Copia de los contratos de los trabajadores en Obra, que den cuenta de la veracidad del número total de personas que fueron contratadas para la ejecución de las obras, el que debe ser coincidente con el número de personas a contratar mencionada en la oferta. 10. Copia de las cédulas de identidad de todos los trabajadores de la Obra, que fueron contratados para la ejecución de las mismas, ésta deberá coincidir con la cantidad de contratos. 11. Planilla resumen con la información contractual de los trabajadores, donde se indicará a lo menos: Nombre del trabajador, fecha de inicio del contrato, fecha de término del contrato, remuneración bruta y tipo de contrato. El formato se deberá solicitar a la I.T.O. y se deberá presentar impreso en el Estado de Pago y remitir vía correo electrónico en formato editable a la I.T.O. 12. Check List de documentos adjuntos en el E.P. a ingresar por oficina de partes, previamente visado por la I.T.O 13. Con el primer Estado de Pago, se deberá adjuntar, además: 14. Una fotografía clara y legible del letrero de obra. 15. Contrato y Resolución o Decreto Alcaldicio que lo aprueba; Acta de Entrega de Terreno, en su caso; La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Programación Financiera de la obra. 16. Con el último Estado de Pago, se deberá adjuntar, además: 17. Finiquito de todos los trabajadores contratados en la obra (con contrato por obra o anexo de contrato individualizándola). Si el contrato tuviera una duración superior a 30 días, se exigirá la firma autorizada de las partes ante Ministro de Fe. Por último, en caso de desvinculación de algún trabajador previo al término de las obras, se deberá presentar el finiquito en el Estado de Pago correspondiente. 18. Acta de Recepción Provisoria sin observaciones de la Obra; La Garantía de Buena Ejecución y solicitud de devolución de La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato (si correspondiere). 19. Copia de los proyectos de Accesibilidad Universal (solo si procede) 20. Planos As Build, si correspondiere. 21. Otro indicado en Especificaciones Técnicas u otro antecedente del proyecto. En caso de que el contratista presente certificado de la Inspección del Trabajo, en el cual se refleje deudas previsionales, no se dará curso al estado de pago, hasta que sea totalmente regularizada la situación. La Factura se emitirá a nombre de la Municipalidad de Cunco y deberá ser ingresada a través de un Oficio conductor a la Oficina de Partes, para su respectivo registro y derivación al Inspector Técnico de Obra. El estado de pago, será pagado por el Municipio, dentro de los 30 días corridos de presentado este, siempre y cuando no falte ningún antecedente o no presente alguna observación de cualquier índole. Para dar curso al estado de pago, el Contratista debe pagar previamente las multas imputadas y la Dirección de Finanzas, deberá certificar que estas se encuentran enteradas en arcas Municipales. Salvo respecto de aquellas licitaciones en las que las multas vengan debidamente descontadas en el estado de pago cursado por el organismo que financia la obra. El Mandante, no tendrá responsabilidad alguna por la demora en solventar un Estado de Pago, originada en no haberse presentado oportunamente por el contratista la factura, certificados y documentos que se indican en los números anteriores o no haberse adjuntado por la Unidad Técnica los antecedentes que lo conforman o deben adjuntarse a él, o si los documentos no estuvieren debidamente suscritos por el representante de la Unidad Técnica o el Inspector Técnico, en su caso. Con todo, no será exigible parte alguna del pago mientras no se encuentre totalmente tramitada la resolución o Decreto de la Unidad Técnica que aprueba el contrato o las modificaciones a éste en que tales pagos se originen.
Factorización
Sólo una vez que el contratista haya solicitado la gestión del estado de pago respectivo y éste estado de pago se encuentre aprobado por el I.T.O., el contratista podrá emitir la factura correspondiente, la que ingresará por oficina de partes. Posteriormente, y ante la eventualidad, que el contratista celebre un contrato de Factoring o una cesión de crédito, éste deberá comunicarlo por escrito a través de la oficina de partes dirigido al I.T.O., dentro de las 48 horas siguientes a su suscripción. En el caso que el contratista no de aviso oportunamente, dentro del plazo antes establecido, la unidad técnica podrá descontar y sin previo aviso, del estado de pago siguiente, una multa de 1 UTM por cada día de atraso en dicho aviso. A su vez el municipio, o la unidad financiera, únicamente cumplirá los contratos de Factoring o de cesión suscritos por el contratista, cuando no existan obligaciones laborales ni previsionales o multas pendientes. Se deja constancia que la aceptación por parte del municipio, deberá efectuarse en la oportunidad correspondiente y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura. Conforme a ello, será obligatorio considerar que el plazo para que el municipio, pueda reclamar en contra del contenido de una factura, conforme al artículo 3 de la referida ley, se establece en 8 días corridos siguientes a su recepción. Solo en caso de que los proyectos sean financiados por el Gobierno Regional de la Araucanía, el contratista deberá notificar de la factorización a este Organismo, dentro de las siguientes 48 horas de celebrada la cesión, será ingresada a través de Oficina de Partes del Gobierno Regional.
Inicio de las obras, aumentos de plazo y obras extraordinarias
Plazo de Ejecución: Será el ofertado por el proponente, considerando las características técnicas de la misma, y acorde a la propuesta técnica que adjunte en su oferta. Se entenderá en días corridos sin deducción de días feriados ni festivos. Entrega de Terreno: Una vez firmado el contrato por las partes y totalmente tramitada la resolución o Decreto que lo aprueba, la Unidad Técnica informará al contratista la fecha en que se hará el acta de Entrega de Terreno. En la fecha fijada y comunicada al contratista se levantará un Acta de Entrega de Terreno, en que constará la verificación del emplazamiento de la obra, la entrega de otros antecedentes y el punto de origen del trazado de la obra. Iniciación de los Trabajos: El contratista deberá iniciar los trabajos en la fecha que indique el acta de entrega de terreno, y donde comenzarán a correr los días ofertados por el mismo. En caso de incumplimiento, se aplicará lo indicado en los puntos “MULTAS” y “CAUSALES DE TERMINACIÓN INMEDIATA Y ANTICIPADA DEL CONTRATO” de las presentes bases. Aumentos de plazo: No se otorgará aumento de plazo para ejecución de obras o partidas ofertadas, a menos que sea por efecto de eventos de fuerza mayor, como: Diluvio, zona de catástrofe, terremoto, inaccesibilidad por rutas, eventos climáticos extraordinarios, etc. En caso de darse las condiciones excepcionales antes indicadas, el contratista podrá solicitar aumento del plazo de ejecución de la obra. La solicitud de aumento de plazo, debidamente fundada, deberá ser ingresada por el contratista a la oficina de partes dirigida a la I.T.O. No se aceptarán solicitudes de aumentos de plazos aludiendo retrasos en el ingreso de los permisos. Sobre la solicitud de aumento de plazo, recaerá informe del Inspector Técnico, el que se pronunciará sobre los fundamentos invocados. Fundado en el referido informe, la Unidad Técnica le informará al contratista la aceptación o rechazo de su solicitud de aumento de plazo, mediante comunicación estampada en el libro de obras o al correo electrónico fijado por el oferente, indicando, en caso favorable, el mayor plazo que considera prudente otorgar. Para formalizar el referido aumento será necesario otorgar el correspondiente anexo de contrato de aumento de plazo, el que deberá ser aprobado mediante Decreto Exento, notificado a las partes y otorgar una nueva garantía que incorpore el plazo aumentado, salvo que la garantía no tenga fecha de expiración. Será, de resorte exclusivo de la Unidad Técnica autorizar el otorgamiento o rechazo de la solicitud de aumento de plazo, sin derecho a reclamación ni ulterior recurso para el contratista, aun cuando éste resuelva en contra de lo informado y propuesto por el Inspector Técnico, en razón del interés municipal. La fuerza mayor será calificada por el Inspector Técnico, de acuerdo a lo prescrito en el Reglamento para Contratos de Obras Públicas vigente. Suspensión temporal del contrato. Las partes contratantes, por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito, hechos no imputables a la responsabilidad del adjudicatario o no advertidas al momento de iniciar los trabajos y que impliquen alguna alteración importante que requiera la autorización de organismos externos, podrán acordar como medida provisional la suspensión temporal del contrato, que podrá extenderse por todo el periodo que considere salvar dicha circunstancia. En tal caso las partes suscribirán el respectivo convenio que suspenda temporalmente el contrato y sus efectos, el que será aprobado mediante decreto exento. Acordada la suspensión, el contratista deberá acreditar la suscripción de los finiquitos respectivos o la suspensión de la relación laboral, si fuera procedente. Salvada la situación que dio origen a la suspensión temporal del contrato, las partes deberán suscribir un instrumento que declare tal situación y determine el plazo para el término de las obras, el que deberá ser aprobado mediante decreto. El contratista deberá acreditar la contratación de la mano de obra necesaria para terminar las obras en el plazo programado y las demás obligaciones impuestas en las bases para dar curso a cualquier estado de pago. Obras Extraordinarias y Disminución de Obra: Sólo en casos especiales, plenamente justificados, y ya sea por sugerencia del contratista o por necesidades inherentes a la realidad en obra, el Municipio podrá otorgarle al contratista disminución de obra, así como también autorizar obras Extraordinarias, no presupuestadas al inicio de las obras, pero que son necesarias para el correcto término y funcionamiento futuro de los espacios intervenidos. La solicitud de disminución de obra y Obras Extraordinarias, técnicamente fundadas, deberá ser ingresada por el contratista a la oficina de partes de la Unidad Técnica con todos los antecedentes que respalden la modificación y siempre que el plazo del contrato no esté vencido. La solicitud de modificación por obras extraordinarias y/o disminución de estas, deberá ser acompañada con la respectiva solicitud de aumento de plazo para realizar las faenas, la que aprobada se materializará en un anexo de contrato de aumento y/o disminución de obras y plazos, el que deberá ser aprobado mediante Decreto Exento. Cuando las Obras Extraordinarias impliquen un aumento en el monto contratado, deberá requerirse el certificado de disponibilidad presupuestaria de la Dirección de Finanzas de la Municipalidad y la aprobación de la Comisión de Compras. Las Modificaciones de obra serán detalladas en el libro de obras, además de acompañar una breve reseña de las modificaciones en el estado de pago respectivo, indicando las razones y argumentos, cantidades y costos detallados y si fuese necesario de imágenes para graficar la situación. Será, de resorte exclusivo de la Unidad Técnica, autorizar el otorgamiento o rechazo de la solicitud de aumento y/o disminución de obra u Obras Extraordinarias, la que aprobada se materializará en un anexo de contrato de aumento y/o disminución de obras y plazos, el que deberá ser aprobado mediante Decreto Exento. Los Aumentos de obras se calcularán y contratarán de acuerdo a los precios unitarios del presupuesto contratado, incluidos los mismos porcentajes de Gastos Generales y Utilidades. Cuando se trate de Obras Extraordinarias y se deba determinar los precios a pagar, la Unidad Técnica y Contratista, deberán agotar todos los medios para llegar a un entendimiento antes de solicitar la conformidad respectiva, para lo cual la Unidad Técnica podrá solicitar cotizaciones externas para llegar a un valor de mercado. La Unidad Técnica podrá solicitar al contratista Obras extraordinarias de hasta un 30% del monto contratado originalmente, las que se calcularán y contratarán de acuerdo a los precios unitarios del presupuesto contratado.
De la supervisión técnica de la obra
La Unidad Técnica designará un Inspector Técnico de Obra (I.T.O.): Funcionario Municipal, designado mediante Decreto, quien será responsable de supervisar técnica y directamente las obras velando por la correcta ejecución de las mismas, en sus distintas etapas y hasta su total terminación, así como de controlar el cabal y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contratista emanadas del contrato suscrito con la primera, sin perjuicio de las demás funciones que expresamente le entregan las presentes Bases. Durante el desarrollo de los trabajos, cualquier duda que surja de la interpretación de los antecedentes, así como de los problemas que se deriven de su aplicación durante el transcurso de la obra, deberán ser expuestos a la I.T.O., la que deberá resolver los problemas tanto de carácter técnico como de carácter legal. El o los funcionarios que asuman la supervisión técnica serán personal y administrativamente responsables de las actuaciones que realicen y de los documentos que emitan o suscriban. Funciones, Atribuciones del Inspector Técnico y obligaciones del contratista: El contratista deberá someterse a las órdenes e instrucciones que el Inspector Técnico de la Obra le imparta, por escrito, a través del Libro de Obras, correo electrónico o mediante documento oficial de la entidad contratante y que se ajustarán al marco del contrato. Su incumplimiento dará lugar a la aplicación de lo indicado en los puntos “MULTAS” y “CAUSALES DE TERMINACIÓN INMEDIATA Y ANTICIPADA DEL CONTRATO” de las presentes Bases Administrativas. El contratista, tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptados por el Inspector Técnico. El Inspector Técnico podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de faenas, de los materiales que fueran rechazados por mala calidad, cuando considere que existe peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra. El contratista deberá cumplir con el retiro, a su costo. La falta de acatamiento de esta orden debe ser sancionada con la aplicación de una multa, según lo indicado en el punto “MULTAS” de las presentes bases. Corresponderá al Inspector Técnico, visar los Estados de Pago que deba presentar el contratista, aceptarlos, rechazarlos o efectuar las observaciones que éstos le merecieren, habida consideración de los documentos y antecedentes técnicos del contrato y de la obra. Libro de Obras: El contratista deberá mantener el Libro de Obras en la obra, que consistirá en un libro foliado, en original y dos copias. Será obligación del contratista (a través del jefe o encargado de obras) y del Inspector Técnico, mantenerlo al día. En él se describirán los adelantos o avances que se realicen, se consignará toda información relevante de la obra y se dejará constancia, además, de: a) Las órdenes que dentro de los términos del contrato se impartan al contratista. b) Las observaciones de la Inspección Técnica acerca de la forma en que se ejecutan los trabajos. c) De las observaciones que merezcan las obras al efectuarse la recepción provisoria de ellas. d) De los demás antecedentes que exigiere la entidad licitante. e) De las observaciones que pudieren estampar los profesionales que participaron en la elaboración del diseño o proyecto y que visitaren la obra a requerimiento de la I.T.O., Mandante o de la Unidad Técnica. Toda anotación que se estampe en el Libro de Obras deberá ser firmada por quien la efectúa. Este Libro de Obras se mantendrá bajo custodia y a cargo del Contratista. En lo demás, en relación al Libro de Obras, se estará a las normas sobre la materia contenidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones vigente. Reclamos del Contratista: El contratista podrá reclamar ante el representante de la Unidad Técnica, por escrito y dentro del plazo de dos días hábiles, de las órdenes que en el curso de los trabajos le impartiere el Inspector Técnico, sea sobre la obra misma o sobre otros aspectos del contrato. El reclamo será puesto en conocimiento del Inspector Técnico, para que informe por escrito respecto de él, dentro del plazo de 02 días desde que el informe le hubiere sido requerido. La Unidad Técnica, resolverá breve y sumariamente el reclamo, dentro del plazo de 10 días hábiles, comunicando por escrito lo resuelto al contratista. La presentación del reclamo no suspende los efectos de la instrucción de la I.T.O. ni los plazos del contrato vigente, salvo que la Unidad Técnica, en el evento de acoger el reclamo y por razones fundadas, estime prudente extender el plazo, el que no podrá ser superior a aquel que la programación proyect enviada por el contratista y aprobada por la I.T.O. determine para corregir la instrucción de la I.T.O. y solo en el evento que el plazo del contrato se encuentre vencido. Si el contratista no reclamare en la forma antes descrita o si su reclamo fuere rechazado y se resistiere a acatar la orden impartida por el Inspector Técnico, se aplicará una multa según lo indicado en el punto “MULTAS” de las presentes bases. El contratista estará obligado a acompañar a los funcionarios que la Unidad Técnica designe para visitar o inspeccionar la obra y a suministrarles los instrumentos, herramientas y otros medios que permitan a estos funcionarios hacer una revisión prolija de las obras en ejecución. Comunicación entre la Unidad Técnica, Inspector Técnico y el Contratista: Toda comunicación del contratista con la Unidad Técnica o al Inspector Técnico deberá realizarse exclusivamente y por escrito a través de la Oficina de Partes de la primera, dirigida al representante de ésta y toda comunicación de órdenes, instrucciones, recomendaciones u observaciones del Inspector Técnico al contratista se hará mediante documento oficial de la Unidad Técnica y/o a través del Libro de Obras, sin perjuicio de que el Contratista solicite que las notificaciones se practiquen a su correo electrónico.
de las Multas
Para todos los efectos, primará la regla que, una vez informadas las multas por parte de la inspección Técnica al contratista, éste deberá pagar la multa al Municipio ANTES de cursar el respectivo estado de pago. No procederá bajo ninguna circunstancia el pago parcial o total en caso de incumplimiento de este punto. En el caso de que la multa supere el monto a cancelar del estado de pago, el Municipio podrá dar término unilateralmente y cobrar las garantías correspondientes. Luego, el cobro de multas aplicaría en los siguientes casos, sin que la numeración sea taxativa: 1. Si el Contratista no entregare la obra el día fijado para su terminación, pagará a la Municipalidad una multa 1/1000 (uno por mil) por día corrido de atraso, sobre el valor total contratado. La aplicación de la multa se formulará por escrito por parte del ITO y la notificará al contratista, quien dispondrá de tres días hábiles para formular sus descargos, efectuados éstos o habiendo transcurrido dicho plazo sin realizarlos, el ITO remitirá al Alcalde los antecedentes para su resolución. 2. En caso de constatar en visita a terreno por parte de la I.T.O. la no existencia del libro de obras, se cursará una multa administrativa de 1 UTM calculada a la fecha de la visita. 3. Si ocurriese el evento de que el Contratista se atrase por más de un 10% en días corridos del plazo establecido en la entrega de la obra, la I.T.O. podrá proponer el término del contrato previo aviso por escrito al Contratista, quien dispondrá de 3 días hábiles para formular sus descargos, los que serán remitidos al Alcalde para su resolución. En el evento de rechazarse la justificación presentada por el contratista, se procederá a realizar la liquidación del contrato y a hacer efectivo el cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de lo contrario, si no se procediere a la liquidación, seguirán corriendo las multas por los días de atraso, las que en ningún caso superarán el 5% del monto total del contrato, evento en el cual necesariamente se liquidara el contrato. 4. En caso de que el contratista informe el término de obras y en efecto se constate por la ITO, que las mismas no están finalizadas, el contratista deberá cancelar una multa de 2 U.T.M., lo que debe ser consignado en el libro de obras. Sin perjuicio de lo anterior, la multa por atraso será cobrada de forma normal. 5. La I.T.O. posee la facultad de cobrar multas por desobediencia a las instrucciones emitidas por el contratista, por el atraso de más de tres días en acatarlas o por la utilización de materiales y/o cualquier elemento constructivo que no corresponda a los especificados sin su autorización o sin autorización del arquitecto proyectista de la obra. El desobedecer una instrucción se multará con el cobro de 1/1000 (uno por mil) sobre el valor total contratado, más los cargos que deriven de la reparación o reposición de lo indicado en el contrato. Si la falta se mantiene, o si de forma reiterada se desobedecen las instrucciones, o si la gravedad de la falta lo amerita, se podrá proceder con el término anticipado del contrato. 6. Ante la eventualidad que el contratista celebre un contrato de Factoring o una cesión de crédito, y éste no lo comunique por escrito a través de la oficina de partes dirigido al I.T.O. dentro de las 48 horas siguientes a su suscripción, la unidad técnica podrá cursar una multa de 1 UTM por cada día de atraso en dicho aviso. Por último, la aplicación de las multas se realizará, previa audiencia del afectado, sin forma de juicio y serán pagadas antes de cursar el estado de pago correspondiente. En caso de no aceptar el cobro de multas, el Municipio deberá ejecutarla mediante el cobro de las garantías del contrato y eventualmente demandas respectivas.
Obligaciones del contratista
Controles de Calidad: Para aquellos trabajos que así lo requieran e indique en las Especificaciones Técnicas del proyecto, deberán efectuarse informes y controles de calidad, los que serán convenidos directamente por el contratista y aprobados por el Inspector Técnico de la obra. Ensayos: Serán de cargo del contratista todos los permisos, autorizaciones, empalmes, ensayos, y análisis necesarios para el debido control material de la obra, requeridos por la Inspección Técnica e indicados en las Especificaciones Técnicas del proyecto, dentro de los marcos del contrato. Letreros: En el lugar donde se ejecuta la obra, deberá instalarse un letrero de identificación de la obra. Su contenido, dimensiones y características serán indicados al contratista por la Unidad Técnica previa consulta formal. El costo y elaboración del letrero será de exclusivo cargo del contratista y previo a su instalación, deberá ser aprobada la ubicación por el Inspector Técnico de la obra. Mano de Obra: El contratista estará obligado a contratar personal idóneo y calificado para la ejecución de los distintos trabajos que considere la obra. El Inspector Técnico estará facultado en todo momento para exigir la inmediata remoción, por causa fundada, de cualquier miembro del personal contratado por el contratista para la obra. El personal que se emplee en la ejecución de las obras a que se obliga el contratista, deberá ser contratado por éste mediante contrato por obra o anexo de contrato individualizando la obra. Por lo tanto, la mano de obra contratada dependerá y estará subordinado solo al contratista en sus relaciones de trabajo y no tendrá vínculo alguno de tipo laboral, con la Unidad Técnica. En caso de que el contratista celebre contratos con terceros, para ejecutar mediante subcontratación una porción de la obra contratada o ciertas partidas de ella, la suma de las partidas a ejecutar bajo esta modalidad no puede superar el 30% del monto del contrato celebrado en primera instancia entre el contratista y el Municipio. El contratista estará obligado, en el evento que los trabajos requieran mano de obra no calificada, a la contratación de esta de la zona donde se ejecuten las obras, y extraído de la Oficina de Intermediación Laboral, OMIL de Cunco. En caso de no existir interés de trabajar por parte de personas inscritas en la OMIL o no hubiese personas disponibles, el contratista podrá contratar personas de otras comunas, previo certificado de OMIL municipal que dé cuenta que no existen personas interesadas en sus registros. Coordinación de Faenas: El contratista quedará obligado a permitir la coordinación y ejecución de trabajos paralelos que complementen la obra, si fueren necesarios, y de otras obras que la Unidad Técnica hayan contratado y cuya ejecución fuere compatible, en el mismo predio, área o emplazamiento, sin que esto le dé derecho a pagos extraordinarios o aumentos de plazo. Supervisión Personal de las Obras: El contratista se obliga a supervisar y administrar, personalmente la ejecución de los trabajos contratados, y a dirigirlos, ciñéndose estrictamente a las especificaciones técnicas y al Programa de Trabajo. Asimismo, se obliga a velar por la fiel interpretación de los antecedentes del proyecto y obra, y de las estipulaciones contractuales que lo relacionan con la Unidad Técnica. Jefe de Obras: La Unidad Técnica podrá exigir, estableciéndolo así en las Bases Administrativas, cuando lo estime necesario atendida la magnitud y características de las obras, que los contratistas mantengan un Arquitecto, Constructor Civil, Ingeniero Constructor o un Técnico en Construcción a cargo de la obra que se contrata. Mantención Actualizada de Antecedentes y Documentos: El contratista se obliga a mantener y actualizar a lo menos cada quince días los estados y gráficos de avance de la obra y a mantener al día el Libro de Obra. Asimismo, se obliga a presentar oportunamente los estados de pago para su visación y financiamiento, con sus antecedentes, conforme a las Bases Administrativas. Obligaciones Legales: El contratista queda obligado a cumplir con toda la legislación laboral, previsional vigente y de subcontrataciones, contenida en el código del Trabajo y leyes complementarias. Contratista y Subcontratistas deberán cumplir con toda la legislación laboral, con la legislación relativa a la Ley Nº 20.123 y Reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el contrato de trabajo de Servicios Transitorios. Será responsabilidad de la municipalidad velar y certificar a través de la I.T.O., el íntegro cumplimiento de lo anterior. Los Contratistas y Subcontratistas deberán cumplir con la normativa vigente relativa al reglamento para la Aplicación del Artículo 66 bis de la Ley Nº 16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios. Será responsabilidad de la Municipalidad velar y certificar a través del I.T.O. el cabal cumplimiento de lo anterior. Daños a Terceros: Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de la obra se cause a terceros será de exclusiva responsabilidad del contratista. La Unidad Técnica, no pagará al contratista ningún tipo de gastos provenientes de daños o indemnizaciones a terceros. El Contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena y asumirá la responsabilidad de subsanar cualquier daño que en opinión del Inspector Técnico de la Obra sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencia de ellas. En su defecto, la Municipalidad podrá hacer efectiva la garantía que se encuentre vigente. En caso de ser necesario, el contratista deberá contratar seguros respecto a las obras de ejecución. El plazo de responsabilidad de los seguros o responsabilidad del contratista contra daños a terceros, vence junto con la recepción parcial de obras sin observaciones. Esto último podrá ser exigido en las Bases Administrativas. Accidentes del Trabajo: Es obligación del contratista dar fiel cumplimiento a todas las normas legales vigentes en materia de accidentes del trabajo. Planos de Construcción: Será obligación del contratista realizar los planos de construcción del total de las obras ejecutadas, si así se exigiere en las Bases Administrativas o en las Especificaciones Técnicas. Se debe contemplar la entrega de los planos y documentos técnicos de todas las especialidades que se ejecuten y presenten a las autoridades respectivas durante los trabajos. Deben presentarse debidamente timbrados y visados por la autoridad competente. En caso de que se realizasen modificaciones durante el desarrollo de los trabajos, que alteren el proyecto de arquitectura, el contratista deberá entregar planos de arquitectura debidamente firmados actualizados y en relación al proyecto construido. El formato y número de copias se indicará en las Bases Administrativas, en las Especificaciones Técnicas o se informará a través del Libro de Obras con anterioridad a la recepción provisoria. Limpieza y extracción de escombros y material sobrante: Una vez terminada la obra y como requisito para que se proceda a su Recepción Provisoria, el contratista deberá limpiar y dejar libre de escombros y materiales sobrantes el área en que se ejecutaron los trabajos. El contratista deberá acreditar que los residuos fueron depositados en un lugar autorizado, según el tipo de residuos Otras Obligaciones del Contratista: Será obligación del contratista asegurar el tránsito por las vías públicas que haya necesidad de desviar o modificar a causa de los trabajos en ejecución, y será de su exclusivo cargo los perjuicios que se ocasionen a terceros por esta causa. Será, igualmente, obligación del contratista, una vez finalizados los trabajos, rellenar, o extraer escombros, según sea el caso. El contratista no podrá dañar obras de arte existentes en el sector, ni especies naturales protegidas, caminos o puentes existentes en el sector. Cualquier deterioro que ocasionare deberá ser reparado a su costa. Leyes y Reglamentos Complementarios: Integran y Complementan las presentes bases: a) La Ley General de Urbanismo y Construcciones, su Ordenanza y demás Ordenanzas Municipales y Sanitarias aplicables. b) El Reglamento General sobre instalaciones domiciliarias de Alcantarillado y Agua Potable. c) La Ley General de Servicios Eléctricos y Reglamentos de la Dirección General de Servicios Eléctricos y Combustibles (SEC). d) Todas las normas del Instituto Nacional de Normalización relacionadas con la construcción, vigentes a la fecha de apertura de propuesta. e) Ley N°19.886 “Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, promulgada el 11.07.03, Ministerio de Hacienda. Y todas las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes para obtener la recepción y funcionamiento de la obra licitada. Accidentes: Los accidentes fortuitos que deterioren o derriben la obra o que ocasionen pérdida de materiales, serán soportados exclusivamente por el contratista, salvo que la obra haya sido recibida definitivamente. En todo caso, si el perjuicio tiene su origen en algún defecto de construcción o de los materiales empleados en ella será responsable el contratista, dentro del plazo legal. Permisos: Las licencias y/o permisos que se requieren de otros organismos para la ejecución de las Obras que se contraten, serán de cargo del contratista. El proponente favorecido con el contrato deberá iniciar oficialmente y en un plazo no superior a 10 días hábiles contados desde la firma del contrato los trámites de los permisos para la ejecución de las obras (permisos de edificación, derechos de aseo, derecho ocupación de vía pública, rotura de pavimentos, etc.), en los Servicios respectivos (MOP, SERVIU, SEC, Dirección de Obras Municipal, etc.), lo que implica que se soliciten al mismo tiempo las correspondientes Inspecciones Técnicas a estos Servicios, según corresponda. CAPITULO VIII: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS: Cabe tener presente que, de acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, es la Dirección de Obras el ente encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, por tanto, encargada de fiscalizar la ejecución de las obras hasta el momento de recepción de ellas. Así, las indicaciones formales que desde dicho departamento emanen deberán ser acatadas y ejecutadas a cabalidad. Luego, es necesario distinguir la Recepción Provisoria, detallada en las presentes bases, de la Recepción de Obras Municipales. La primera es el acto administrativo que consiste en la recepción de los trabajos de acuerdo a lo estipulado en el contrato suscrito con la Unidad Técnica, y los antecedentes que lo complementan. La segunda es el acto administrativo llevado a cabo ante la Dirección de Obras Municipales (D.O.M), y que tiene por objeto hacer valer lo indicado en la LGUC, OCUG, Plan Regulador y Ordenanzas Locales, siendo la D.O.M quien autoriza la utilización de las obras ejecutadas. En particular, la L.G.U.C. indica, en relación a la solicitud de Permiso de Edificación: “Artículo 116º.- La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General (…)” Y presenta las siguientes excepciones en la O.G.U.C.: “Artículo 5.1.2. El permiso no será necesario cuando se trate de: 1. Obras de carácter no estructural al interior de una vivienda. 2. Elementos exteriores sobrepuestos que no requieran cimientos. 3. Cierros interiores. 4. Obras de mantención. 5. Instalaciones interiores adicionales a las reglamentariamente requeridas, sin perjuicio del cumplimiento de las normas técnicas que en cada caso correspondan, tales como: instalaciones de computación, telefonía, música, iluminación decorativa, aire acondicionado, alarmas, controles de video, y otras. 6. Piscinas privadas a más de 1,5 m del deslinde con predios vecinos. 7. Instalación de antenas de telecomunicaciones. (…)”
Recepción provisoria
Única y exclusivamente cuando las obras se encuentren totalmente finalizadas, el contratista solicitará por escrito la recepción de las obras a la I.T.O., (solicitud que deberá ingresar en la oficina de Partes de la Municipalidad de Cunco), la que deberá verificar el Fiel Cumplimiento de los Planos y Especificaciones Técnicas del Contrato y comunicarlo, dentro del plazo de 10 días y por escrito a la Unidad licitante, indicando en él, la fecha en que el contratista puso término a la obra. En el caso que el contratista informe por escrito que las obras se encuentran terminadas y se verifique lo contrario por parte del Municipio o cualquier ente fiscalizador, el contratista asumirá la multa determinada en el artículo “MULTAS” de las presentes bases. La Recepción de las obras se efectuará por una comisión designada por la autoridad competente mediante Decreto Exento, la que estará integrada, a lo menos, por un profesional o técnico del área de la construcción, que no haya actuado como Inspector Técnico de la obra, sin perjuicio de que, además, este último pueda integrarla. La comisión deberá constituirse en la obra en un plazo no superior a 10 días hábiles administrativos, contados desde la fecha del Decreto que Nombra Comisión Receptora. El día y hora fijado para la recepción, deberá ser comunicado al contratista por parte de la I.T.O., para que concurra al acto si así lo desea. Una vez verificado por la comisión el cabal cumplimiento del contrato, ésta dará curso a la recepción y levantará un “Acta de Recepción Provisoria sin Observaciones” que será firmada por los miembros asistentes, por el I.T.O. y por el contratista si lo desea, la que deberá aprobarse mediante Decreto Exento. Además, se deberá consignar en dicha acta, la fecha de entrega del terreno y si corresponde días de atraso que tuviese el contratista y/o su calificación conforme a lo dispuesto en las presentes bases. Si el contratista no estuviere de acuerdo con el texto propuesto, deberá formular sus observaciones en el término de 2 días hábiles administrativos. La Comisión consignará como fecha de término de las obras, la fecha que haya indicado la I.T.O.
Recepción provisoria con observaciones
Si en la recepción de las obras, la comisión determina que los trabajos observan defectos fácilmente reparables, recepcionarán las obras con reserva levantando un "Acta de Recepción Provisoria con Observaciones", detallando éstas y fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costo los trabajos requeridos. El plazo adicional no podrá exceder del 10% del plazo contractual y no estará afecto a multas. Si la obra no se encuentra terminada y el trabajo faltante excede una reparación menor, la comisión levantará un acta rechazando la recepción provisoria; en este evento se aplicarán las multas por días de atraso hasta que la I.T.O. determine que la obra está en condiciones de ser visitada por la comisión para la recepción provisoria. El Inspector Técnico de la Obra, deberá certificar el cumplimiento o subsanación de las observaciones formuladas por la comisión dentro del plazo fijado para ello. Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la Comisión procederá a su recepción y a levantar el “Acta de Recepción Provisoria sin observaciones” dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas y de la fecha de término real de las obras. Si la Comisión establece, una vez cumplido el plazo otorgado para subsanar las observaciones, que la obra no ha sido terminada, dejará constancia de ello en un informe y al contratista le serán aplicadas las multas por atraso a contar de la fecha original en que ingresó la notificación de término de la obra. Este informe se notificará a través del Libro de Obra. El contratista una vez que considere haber terminado la obra contratada, deberá requerir nuevamente la Recepción Provisoria en la forma señalada precedentemente.
Recepción definitiva
La Recepción Definitiva será solicitada por el contratista mediante carta dirigida al Sr. Alcalde y en un plazo no menor a 12 meses corridos desde la fecha del acta de recepción provisoria sin observaciones. Se efectuará de la misma forma señalada en la Recepción Provisoria, procediendo la I.T.O. a efectuar la liquidación del Contrato, la que deberán ser aprobadas por Decreto Exento, el que además ordenará la devolución de las garantías correspondientes. La Comisión de Recepción Definitiva de la Obra, verificará básicamente lo siguiente: a) Buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a ejecución defectuosa). b) La calidad de los materiales empleados (que no hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados).
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Visita a terreno
Se realizará visita a terreno no obligatoria pero evaluada en la fecha estipulada en el portal www.mercadopublico.cl. Los detalles de dicha visita son descritos en la sección “Criterios de evaluación de ofertas”. fijada para el dia Viernes 13 de noviembre a las 10:00 Hrs
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.