Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el subcriterio "CALIDAD TECNICA DE LOS BIENES/SERVICIOS'', de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el subcriterio "PLAZO DE ENTREGA", y~ finalmente de continuar el empate se utilizará el criterio "CUMPLIMIENTO DE REQUSITOS FORMALES".
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Corrección de errores u omisiones |
La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; y se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal de Mercado
Público.
La Municipalidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, el plazo para la presentación de dichos antecedentes será de 48 hrs. contados desde el requerimiento efectuado a través del portal de Mercado Publico,
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Consultas y aclaraciones |
Consultas sólo a través del Foro de la licitación.
Será obligatorio para el Proponente bajar, desde el Portal Chile Compra, el archivo que contiene las respuestas a consultas y aclaraciones o rectificaciones (las hubiere), las cuales se entenderán conocidas por todos los Oferentes que participen en la presente propuesta. Copias de estas respuestas a consultas y/o aclaraciones, firmadas por el Proponente, deberán ser incluidas en Apartado Documentos Administrativos que se exige subir el día, lugar y hora señalada en las Bases Administrativas Especiales, haya o no efectuado consultas.
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Adjudicación |
La Municipalidad podrá adjudicar en una fecha distinta a la estipulada dentro del plazo obligatorio, cuando por razones de orden técnico y/o administrativo no sea posible cumplir con dicho plazo, lo que se resolverá mediante Decreto Alcaldicio fundado el que deberá ser subido al Portal.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del reglamento de la ley 19.886.
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READJUDICACION |
Si el respectivo adjudicatario desiste de su oferta, no entrega los antecedentes solicitados para contratar, no entrega la garantía para caucionar el fiel cumplimiento de contrato, no firma el respectivo contrato, no demuestra su habilidad para contratar con el Estado, a través de ChileProveedores o no haga entrega de documentos que lo acrediten, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación, notificando además de esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas y haciendo efectiva la garantía, de seriedad de la Oferta.
En este caso, la Municipalidad se reserva la facultad de adjudicar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación obtenida, Je siga en puntaje y así, sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Municipalidad, se estime conveniente no readjudicar la licitación, conforme a lo señalado en el Art. 41 del Reglamento de Compras Públicas.
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Del contrato |
El contrato será formalizado con la aceptación de la Orden de Compra emitida por la I. Municipalidad de Cunco, a través del Portal Mercadopúblico.cl.
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Del pago |
Se cancelará contra factura, la cual deberá emitirse a nombre de la Municipalidad de Cunco, Rut. N° 69.191.000-8, domicilio Pedro Aguirre Cerda N°580, Cunco.
El pago de la factura se realizará mediante Transferencia en un plazo no superior a 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme los bienes y/o servicios por parte de la Unidad Requirente.
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Factoring |
Para el evento que el adjudicatario de Ja presente licitación proceda a ceder el crédito expresado en la factura, deberá dar fiel cumplimiento a lo establecido en· la Ley Nº
19 .98311 Ley que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a Copia de la Factura". De esta cesión se deberá notificar personalmente al jefe de Servicio que efectúa la licitación, en un plazo no mayor a 48 horas hábiles siguientes de su celebración, sin perjuicio de procederse, en el plazo que corresponda y con las formalidades establecidas en la Ley antes nombrada, a la notificación de la cesión del crédito una vez que se emita la factura que dé cuenta de éste. Para estos efectos, se deberá notificar al Sr Alcalde Don Alfonso Coke Candia o quien lo subrogue. El plazo para reclamar (El Municipio) del contenido de la factura será de 30 días.
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De las multas |
La Municipalidad de Cunco aplicará multas en los siguientes casos: Si el proveedor adjudicado no entregare el producto o servicio contratado en el día fijado para ello, pagará a la Municipalidad una multa del 1/100 (uno por ciento) por día corrido de atraso, sobre el valor total contratado en esa oportunidad según la orden de compra. La multa deberá ser cancelada en efectivo, en la Tesorería Municipal, previo informe del Encargado del Contrato, aprobado por Decreto Alcaldicio, sin el pago señalado no se dará curso al pago de los servicios o productos contratados.
El atraso reiterado en la entrega de los productos ofrecidos facultara a la Municipalidad para hacer efectiva la garantía del Contrato.
El proveedor podrá apelar a las multas de acuerdo a los recursos existentes en la Ley Nºl9.880. Los plazos de notificación serán los establecidos en Art. 45, 46 y 47 de la Ley 19.880 que "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado".
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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