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GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas regirán el proceso de llamado a Licitación Pública a través del portal electrónico Mercado Público (www.mercadopublico.cl), para el “SERVICIO DE TRANSPORTE DE PARVULOS Y LACTANTES JARDÌN INFANTIL Y SALA CUNA ANTU RAYEN, CHACAICO, COMUNA DE ERCILLA”, destinado a niños y niñas.
Estos términos establecen las condiciones y procedimientos que deben respetarse en la presentación de las ofertas, garantía adjudicación, contrato, ejecución de los servicios y forma de pago.
a) Las Bases Administrativas de Licitación Pública, los antecedentes complementarios, la aceptación de las Bases Administrativas de Licitación Pública y la oferta del adjudicatario, formarán parte integrante del contrato a suscribirse entre el Oferente y la I. Municipalidad de Ercilla, para todos los efectos legales que procedieren. Para todo efecto de trámites administrativos de la presente licitación, la totalidad de la documentación que presente el oferente deberá corresponder a persona natural o jurídica que estén relacionadas con la materia de la propuesta de la presente Licitación Pública.
b) Formarán parte de las presentes Bases, la siguiente documentación:
Bases Administrativas y Técnicas.
Decreto que aprueba Bases
Anexos
Consultas, respuestas y aclaraciones. Actas de Apertura.
Decreto de Adjudicación. Orden de Compra
Contrato de arrendamiento de Servicio de Transporte Escolar. Todo otro documento que forme parte de la Licitación.
c) Normativa aplicable:
1. Ley orgánica Constitucional de Municipalidades, N" 18.695 y sus modificaciones.
2. Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
3. Decreto Nº 250 del Ministerio de Hacienda de 09.03.2004, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886.
4. Decreto N° 38 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta el Transporte Remunerado de Escolares.
5. Decreto N’ 38 de 2003 del Ministerio de Transportes y La Ley N' 19.831, normas que reglamentan el transporte Remunerado de escolares y crea el Registro Nacional de Servidores de Transporte Escolar Remunerado.
6. DFL N° 1 de 2002 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo.
7. DFL N° 1 de 2007 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290 sobre Tránsito.
Todos los documentos de garantía de ser exigidos en las presentes (BA), deberán ser tomados “Pagaderos a la vista, de fácil cobro e irrevocables” con instituciones financieras o bancarias con sucursal en la región de la Araucanía
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OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR
Podrán participar en la propuesta, personas Naturales o Jurídicas que cumplan con las exigencias de las presentes Bases Administrativas y las Bases técnicas, y que no se encuentren sujetas a las inhabilidades y prohibiciones del Articulo N°4 de la Ley 19.886.
Podrán participar en la propuesta, personas naturales y/o jurídicas que tengan como giro comercial actividades relacionadas directamente con la materia de la propuesta estando debidamente autorizado por el SII y que estén además debidamente habilitados en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (www.mercadopublico.cl) y Chileproveedores al momento de la emisión de la orden de compra.
Los transportistas que postulen a la presente licitación pública deberán acreditar que son propietarios del vehículo ofrecido mediante el Certificado de Dominio Vigente de este o de lo contrario presentar un Poder de Explotación o Contrato de Arriendo, Digital legalizado ante Notario en el caso que el vehículo pertenezca a un tercero (Dicho documento en el caso de ser Adjudicado el Proveedor deberá presentar en Original).
No podrán participar en las adquisiciones y propuestas de la Municipalidad de Ercilla o su Departamento de Educación, los oferentes que tengan las calidades descritas en la letra "b" del Articulo Nº54 de la Ley Nº18.575, de "Bases Generales de Administración del Estado", es decir, personas naturales que posean la calidad de cónyuge, hijo, adoptado, o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, respecto de algún funcionario de la Municipalidad de Ercilla, de grado superior o equivalente a jefatura, o sus autoridades, sea este el Alcalde o sus Concejales, de conformidad a la prohibición establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.088.
No podrán participar sociedades de personas de las que formen parte funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra "b' del Articulo Nº 54 de la Ley Nº 18.575, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o ellas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de las sociedades antedichas.
En caso de modificación de la Persona Jurídica, sea de su naturaleza, composición social y/o representación, deberá informarse oportunamente a la entidad licitante el cumplimiento a cabalidad de todas las exigencias previstas en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, y que no se verifica inhabilidad alguna conforme Artículo 4° ley 19.886.
No podrán participar empresas o personas a las cuales la Municipalidad haya puesto término anticipado a algún contrato.
No podrán participar personas naturales o jurídicas que tengan Juicios laborales pendientes y respecto de la cual, la Municipalidad de Ercilla, tenga la calidad de responsable solidario o subsidiario.
No podrán participar personas naturales o jurídicas que tengan Juicios civiles pendientes con la Municipalidad de Ercilla. Respecto de esta inhabilidad de una persona jurídica se entenderá que es aplicable a sus cesionarios o continuadores legales.
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IDENTIFICACIÓN DEL SERVICIO |
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IDENTIFICACIÓN DEL SERVICIO
El tipo de servicio que se está licitando es la entrega de transporte escolar remunerado para párvulos. Para estos efectos, se entenderá por servicio de transporte escolar remunerado, el traslado de 32 preescolares desde sus localidades de residencia de origen hasta el establecimiento educacional y viceversa, DEBE VENIR CON AUXILIAR.
El servicio deberá ser exclusivo para los niños y niñas beneficiarios del sistema educacional en la comuna, no podrá incluir a otras personas bajo ningún pretexto.
Los vehículos con que se postule sólo podrán estar asociados o adscritos a un único servicio. En consecuencia, no podrá adjudicarse con un mismo vehículo dos o más recorridos. En caso que el oferente postule con un mismo vehículo a dos recorridos y resulte propuesto luego de realizar evaluación, será adjudicado sólo en aquella donde califique con mayor puntaje. El regreso a sus domicilios será programado en el jardín Infantil, no pudiendo superar el tiempo de viaje los 60 minutos.
Comprende la prestación de los servicios de transporte para los Párvulos según se detalla:
Prestación del servicio de lunes a viernes (días hábiles), a partir de Abril de 2022, dependiendo de la fecha de suscripción del contrato, hasta el 31 de enero de 2023.
Sector rural -Chacaico Alto pasado tres esquina.
-chacaico.
-Shnaker al llegar a los Seitz.
-Quilaco hacia adentro.
-Chiquitoy interior.
-Fundo el Cielo.
-Pancho Curamil.
-Butaco.
-Collico.
-Huañaco.
Los vehículos que sean postulados a la Licitación deberán cumplir con los siguientes requisitos al momento de la postulación:
I) Cumplir con la vigencia de lo establecido en los Decretos Nº 38 de 1992 y N° 38 de 2003, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, vigente (Crea y Reglamenta el Registro Nacional de Transporte Remunerado de Escolares), además del color y accesorios que la normativa impone en el caso de furgones.
II) al tratarse de Buses o Minibuses para transporte de personas y/o escolares, todos deberán estar en perfectas condiciones de uso en cuanto a la calidad, año de fabricación exigida y accesorios establecida en la normativa, situación que será verificada por la Comisión en el momento de firmar contrato adjudicatorio y señalar todo accesorio o condición especial de cada vehículo que puede ser susceptible de considerar por la Comisión en caso de igualdad con otro oferente.
III) Contar con revisión técnica Clase A vigente, conforme lo prescribe el D.F.L. N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones suscrito en conjunto con el Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.290, de Tránsito.
IV) Contar con Seguro Obligatorio de Accidentes Personales vigente y adicionales.
Al momento de realizar las ofertas y durante la vigencia del contrato, los oferentes deberán acreditar que los conductores de transporte Escolar remunerado posean la Licencia de Conducir Clase A1 establecida en la Ley 18.290 o A3 establecida en la Ley 19.495 en su caso, conforme a lo que establece la normativa vigente. Si el oferente presenta otra Licencia de los conductores que no habilita a la prestación de los servicios licitados, quedará automáticamente fuera de ella.
V) Original del certificado de antecedentes para fines especiales emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha de emisión que no exceda los 60 días de cada conductor y auxiliar.
En la postulación deberá identificarse a lo menos un conductor y auxiliar por vehículo.
El o los conductores propuestos, no podrán tener anotaciones en el certificado de antecedentes para fines especiales que se presente al momento de la postulación.
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INSPECCION VISUAL OBLIGATORIA: |
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INSPECCION VISUAL OBLIGATORIA:
Posterior a la fecha de cierre de las ofertas, se realizará la inspección visual obligatoria de él o los vehículos ofertados, esta inspección será realizara por la comisión evaluadora con la finalidad de asignar puntaje en criterio “Calidad”, firmándose en dos copias un “Acta de inspección visual” entre la comisión y el oferente quedando uno en cada poder.
Si el oferente no se presenta en el plazo establecido para la “inspección visual”, será evaluado en criterio “Calidad” sub criterio “Estado del vehículo” con puntaje 0.
Este documento deberá ser firmado por el oferente o en caso de ser un tercero deberá acompañar un poder simple que autorice dicho acto.
La fecha y hora será informado en calendarización en página web www.mercadopublico.
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JARDÍN INFANTIL ANTURAYEN |
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JARDÍN INFANTIL Y SALA CUNA ANTU RAYEN
Horario de retiro de niños desde sus casas: 08:00 horas aproximadamente.
Horario de retorno: desde las 16:30 horas el primer recorrido y desde las 17:00 horas el segundo recorrido.
Será responsabilidad de la Directora del Jardín Infantil y Sala Cuna Antü Rayen, supervisar y controlar semanalmente y entregar mensualmente informe y la bitácora con el desplazamiento del vehículo.
Nota: Si en algún momento se presentara la necesidad de tener que retirar los párvulos a su hogar antes del horario establecido se informará al Conductor, esto solo sucederá en caso de una emergencia o imprevisto.
El adjudicatario deberá tener un letrero triangular en el techo que diga “ESCOLARES” (letrero tipo) y una luz intermitente (baliza amarilla), de forma visible en el techo, para usar mientras los niños suben o bajan del vehículo.
Lo solicitado en capacidad por el establecimiento es de 36 cupos.
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PRESUPUESTO DISPONIBLE POR RECORRIDO DIARIO A CANCELAR AÑO 2022. |
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PRESUPUESTO DISPONIBLE POR RECORRIDO DIARIO A CANCELAR AÑO 2021.
El Presupuesto disponible para el servicio de Transporte de Párvulos del Jardín Infantil y Sala Cuna Antü Rayen es el total $65.000.- considerando valor de recorrido diario ida y regreso, el cual se cancelará de manera mensual según los días trabajados e informados, pago que se realizará, con financiamiento JUNJI, a partir del mes abril de 2022 al 31 enero de 2023.
El valor contemplado total de para esta licitación es $13.000.000 aproximadamente, para los diez meses.
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PRESENTACION DE LAS OFERTAS |
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PRESUPUESTO DISPONIBLE POR RECORRIDO DIARIO A CANCELAR AÑO 2021.
El Presupuesto disponible para el servicio de Transporte de Párvulos del Jardín Infantil y Sala Cuna Antü Rayen es el total $65.000.- considerando valor de recorrido diario ida y regreso, el cual se cancelará de manera mensual según los días trabajados e informados, pago que se realizará, con financiamiento JUNJI, a partir del mes abril de 2022 al 31 enero de 2023.
El valor contemplado total de para esta licitación es $13.000.000 aproximadamente, para los diez meses.
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APERTURA Y EVALUACION DE LAS OFERTAS: |
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APERTURA Y EVALUACION DE LAS OFERTAS:
La Comisión de Apertura estará integrada por los siguientes Funcionarios Municipales, o quien subrogue:
• Director de Control
• Administradora Municipal
• Jefe Departamento Educación
• Secretaria municipal (Ministro de fe)
Donde se levantará un acta de apertura, revisando que las ofertas hayan sido ingresadas correctamente y con toda la documentación requerida en las presentes Bases.
La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes Funcionarios Municipales, o quien subrogue:
▪ Director de Control
▪ Administradora Municipal
▪ Jefe Departamento Educación
▪ Secretaria municipal (Ministro de fe)
Se aplicarán los criterios de evaluación para determinar el puntaje de cada oferta. El Informe final de la evaluación, reflejará el resultado de las evaluaciones de cada oferta válidamente ingresada.
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Criterios de evaluación de las ofertas |
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Criterios de evaluación de las ofertas:
▪ 30% OFERTA ECONÓMICA: Se otorgará mayor puntaje a la oferta más económica, decreciendo proporcionalmente hasta la más onerosa.
▪ 30% EXPERIENCIA: La que demuestre mayor experiencia en el servicio requerido decreciendo proporcionalmente hasta la de menor experiencia. Se Requiere presentar Certificado de experiencia emitido por la entidad
▪ Pública o establecimiento Educacional que contrató los servicios de transporte escolar.
EXPERIENCIA PUNTAJE
4 años y más 30
3 años 20
2 años 10
1 año 5
Sin Experiencia 0
▪ Los oferentes que no presenten documentación que acredite de experiencia, serán calificados con 0 puntos.
▪ 40% CALIDAD TÉCNICA DEL VEHICULO: Se otorgará mayor puntaje a la oferta según las siguientes tablas de evaluación dependiendo el factor a evaluar, el que presente el vehículo de mejores condiciones, capacidad y año de fabricación, decreciendo proporcionalmente hasta el que tenga las condiciones más desfavorables. Pauta según tabla a,b,c.
▪ a) Estado del vehículo 25 %
Estado de los neumáticos Bueno 5 Pts.
Regular 2 Pts.
Malo 0 Pts.
Estado del tapiz de los asientos Bueno 5 Pts.
Regular 2 Pts.
Malo 0 Pts.
Cinturón de seguridad Posee 5 Pts.
No posee 0 pts.
Aire Acondicionado Posee 5 Pts.
No posee 0 Pts.
Sillas de auto que cumplan con la ley, minino de 6 sillas. Posee 5pts
No Posee 0pts
b) Capacidad del vehículo 5 %
Capacidad de pasajeros (Capacidad ofertado x 20) / Capacidad máximo ofertado.
c) Año del vehículo 10 %
Año de Fabricación Puntaje Ponderado
2018 a 2016 20
2015 a 2013 15
2012 a 2010 10
2009 a 2006 5
2005 e inferior 0
En caso de empate entre dos o más oferta primará criterio “Económico”, en segundo lugar primara criterio Cumplimiento de los requisitos técnicos del vehículo año, de persistir el empate entre dos o más ofertas, primará el criterio “Experiencia” y si aún persistiera el empate primará Disponibilidad de servicios adicionales.
La Municipalidad de Ercilla, por su parte, se reserva el derecho de resolver la licitación en los siguientes términos:
a) Adjudicar al oferente que haya obtenido el mayor puntaje, a la oferta más conveniente a sus intereses técnicos y económicos, aunque no sea la oferta más económica: enmarcado dentro de la calidad del servicio ofertado y la disponibilidad presupuestaria.
b) La Municipalidad podrá declarar inadmisibles las ofertas si éstas no cumplen los requisitos establecidos en las bases.
c) La Municipalidad podrá declarar desierta la licitación en el caso de que no se presenten oferentes.
d) La municipalidad podrá revocar la licitación hasta la etapa anterior a la adjudicación, por motivos fundados.
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Garantía del Fiel Cumplimiento del Contrato |
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Garantía del Fiel Cumplimiento del Contrato
Los Oferentes deberán presentar una Garantía de fiel cumplimiento del contrato consistente en una boleta de garantía o documento válidamente autorizado por mercado público como garantía de liquidez inmediata por un monto correspondiente al 5% del monto total del contrato. Dicho documento deberá ser emitido a nombre de la Municipalidad de Ercilla, Rut 69.180.600-6 y tener una vigencia de hasta 60 días luego de finalizado al contrato), cuyo texto podrá señalar “Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato por Contratación Servicio de Transporte de Párvulos del Jardín Infantil y ANTU RAYEN.”
tomado a nombre de la Municipalidad Ercilla Rut 69.180.600-6, su vigencia será el plazo del contrato aumentado en 60 días.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato se devolverá al adjudicatario, a su solicitud, una vez tramitado satisfactoriamente el pago final de los servicios.
Para la Devolución de la garantía, el Contratista deberá presentar el Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales del último mes de prestación de servicio, en el caso que no lo hubiese presentado en el pago respectivo.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá ser entregada físicamente en formato y en sobre cerrado en la oficina de partes del Departamento de Educación Municipal, ubicado en Caupolicán Nº434 de 08:30 a 14:00 hrs y de 14:45 a 17:30 hrs de lunes a viernes, antes de la firma del respectivo contrato.
Para caucionar el correcto, oportuno y fiel cumplimiento del contrato, se exigirá como garantía de fiel cumplimiento del contrato, cualquiera de los siguientes documentos (con las características que en cada caso se indican):
• Además debe contener: lugar y fecha de otorgamiento, nombre y Rut del Tomador 'oferente", vigencia a la fecha indicada en la sección “Naturaleza y Montos de las garantías”, y glosa señalando que Garantiza el fiel cumplimiento del contrato “CONTRATACIÓN SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR, nombre del establecimiento y recorrido”, (de no poder incorporar estos parámetros se debe adjuntar un documento complementario con lo indicado con nombre y firma del oferente).
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FORMA DE PAGO |
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FORMA DE PAGO
A) FORMA DE PAGO:
El precio del servicio deberá coincidir con el valor de adjudicación de la licitación y, se pagará en forma mensual de acuerdo al servicio efectivamente realizado para los cuales se contrata el servicio, el cual se pagara durante los 30 días corridos posteriores a la entrega oficial por parte del transportista de la factura correspondiente. En los casos que el proveedor tengo personal bajo su subordinación y dependencia, además deberá acompañar la información solicitada correspondiente al pago de imposiciones del chofer y auxiliar, así como el formulario Nº 30-1 de la Dirección de del Trabajo y liquidaciones de sueldos. Se entiende por servicio efectivamente realizado el traslado diario de los alumnos durante el periodo del mes completo.
La factura deberá ser presentada y/o ingresada en oficina de Adquisiciones del Departamento de Educación (Caupolicán 434 Ercilla). El pago de dicho documento se realizará a través de Oficina de Finanzas, previo certificación de conformidad de los servicios por parte del Director y/o profesor encargado del Establecimiento Educacional.
Cualquier causa de fuerza mayor o caso fortuito no imputable al transportista, no implicara el descuento por el servicio no realizado, salvo en aquellas ocasiones en que oficialmente por correo electrónico u otro medio se les informe que se suspenderán las clases.
La Directora encargada del Jardín, deberá señalar si durante el mes hubo algún tipo de impedimento de origen externo o fuerza mayor, ajeno de responsabilidad del transportista que le impida la prestación del servicio. Si la causa de la no realización del servicio sea responsabilidad del transportista, se realizará los descuentos correspondientes por los días de servicio no prestado, el cual se calculará de acuerdo al punto N° 16. DE LOS INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATO Y SUS SANCIONES.
Las facturas deberán ser extendidas a:
Nombre: Municipalidad de Ercilla
Rol Único Tributario: 69.180.600-6
Giro: Administración Pública
Dirección: Caupolicán 434, Ercilla
Glosa: Servicio de transporte escolar de “Nombre establecimiento” correspondiente al “mes” “año”, “cantidad de días” “MiniBus , Furgón, etc” “placa patente”.
B) FACTORING:
El municipio cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring subscritos por el contratista, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo señalado y dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de prestaciones de servicios.
El proveedor deberá emitir factura según la normativa vigente, la que será recepcionada por el Inspector Técnico del Contrato o en su defecto por el funcionario responsable de la adquisición del servicio en el Departamento de Educación. En conjunto, el proveedor deberá acompañar con la factura el respectivo certificado de conformidad y Formulario 30 deudas previsionales
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VEHÍCULO DE REEMPLAZO |
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VEHÍCULO DE REEMPLAZO.
En caso que el vehículo contratado presente alguna falla mecánica, el transportista deberá de informar de aquella situación de manera inmediata al Establecimiento y reemplazarlo por otro vehículo de similares características contando siempre con el RENASTRE (Registro Nacional de Transporte Escolar Remunerado el cual debe contener entre otros Característica técnicas, permisos y autorizaciones correspondientes para este tipo de servicio). El plazo para realizar el reemplazo no debe superar en 2 horas desde el momento en que ocurra el desperfecto. Respecto a lo anterior el transportista deberá entregar un informe a la Inspección Técnica del establecimiento, con copia para el departamento de educación en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el percance con toda la documentación que acredite las condiciones técnicas del vehículo, las cuales se mencionan en el punto 7.2 de la presente bases administrativas.
El remplazo de vehículo por falla mecánica no puede superar un plazo de 20 días hábiles, superando este plazo el transportista deberá presentar un nuevo furgón con características similares o superiores a las del ofertado, no pudiendo el vehículo ser de menor año y capacidad a las del ofertado.
Si el transportista requiere reemplazar al conductor o auxiliar del servicio pactado, debe solicitarlo en no menos de 24 horas antes del comienzo de la ejecución de éste, presentando la documentación indicada en los apartados del punto 9 respectivamente a la Inspección Técnica del establecimiento con copia al departamento de educación municipal. Las respectivas modificaciones deben ser actualizadas en la cartola del vehículo contratado demostrándolo con dichas cartolas o en su defecto con la solicitud de cambio de Chofer, en un plazo no superior de 48 horas.
El no dar cumplimiento a lo mencionado en los dos puntos anteriores en los plazos correspondientes, se considerará falta grave y se aplicarán las multas mencionadas según el apartado 16 de este documento.
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