Se deberá privilegiar en primera instancia aquella oferta que presente mayor puntaje. En caso de haber empate en el puntaje máximo final al aplicar la pauta de evaluación publicada, la Comisión de Evaluación deberá, sobre la base de condiciones objetivas, privilegiar los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1.- En el criterio “Experiencia”. Se privilegiará al oferente que haya presentado mayor cantidad de certificaciones por obras viales ejecutadas.
2.- Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta el menor “precio”, en el factor precio.
3.- Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta menor plazo en el criterio “plazo”.
4.- Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta mayor cantidad de trabajadores de la comuna ofertados, en el criterio “Acciones de inclusión”.
5.- Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta menor cantidad de infracciones en el criterio “Comportamiento contractual”.
6.- Finalmente, si persiste el empate, se considerará aquella oferta que haya hecho su ingreso en primero lugar a la plataforma de mercado público.