Licitación ID: 4335-1-LE20
SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE TRAUMATOLOGÍA
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD DEL MAULE HOSPITAL DE LINARES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Personal médico temporal 7 Unidad
Cod: 80111606
SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE HALLUX VALGUS NO GES  

2
Personal médico temporal 1 Unidad
Cod: 80111606
SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE ARTRODESIS DE TOBILLO NO GES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO INTERVENCION QUIRÚRGICO DE TRAUMATOLOGÍA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
CORREO DE FECHA 14.01.2020 UNIDAD LISTA DE ESPERA
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
ABAST-SERVICIOS-CL
R.U.T.:
61.606.917-9
Dirección:
Avda. Brasil #753, Linares
Comuna:
Linares
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-01-2020 18:00:00
Fecha de Publicación: 16-01-2020 17:42:29
Fecha inicio de preguntas: 16-01-2020 18:00:00
Fecha final de preguntas: 17-01-2020 18:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-01-2020 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-01-2020 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-01-2020 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-01-2020 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- -BASES ADMINISTRATIVAS -ANEXO I -ANEXO II
Documentos Técnicos
1.- -BASES TÉCNICAS -ANEXO III -ANEXO IV -ANEXO V
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO REQUISITOS TÉCNICOS En lo referente a la evaluación Técnica de estos servicios se solicitará se envíe necesariamente lo siguiente por ser requisitos específicos para evaluación en Unidades Clínicas: Cumplimiento de los Requisitos Técnicos Completo Incompleto No lo Envía Anexo Nº IV Equipo Quirúrgico 100 50 0 Anexo N° V Centro de Derivación 100 50 0 Nota: Se deberá adjuntar una carta de convenio entre el oferente y centro de derivación al que se hace referencia en el Anexo V. 10%
2 Precio Para las ofertas el puntaje asignado se determinará utilizando la siguiente fórmula = Precio Menor/P. evaluado x 100 x porcentaje asignado El valor indicado por el proveedor, será el único monto válido para el cálculo, y será de su responsabilidad, poner énfasis en el adecuado ingreso de la oferta. 50%
3 EVALUACIÓN TÉCNICA b.1. Experiencia Quirurgica (15%) A través de los datos ingresados en el anexo IV, se deberá obtener la siguiente información: • Certificado de Inscripción en el registro de prestadores individuales de la Superintendencia de Salud (De esta forma puede Certificar Título y Especialidad) • Experiencia en área de servicio postulante En el caso en que la especialidad no sea reconocida en el registro de prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud, se podrá adjuntar certificado CONACEM En el caso de los Médicos Extranjeros podrán postular: • Como médicos generales en la especialidad que ostentan adjuntando para ello la autorización de la Seremi de Salud que les faculta para trabajar como médicos. • Como especialistas en la especialidad que ostentan adjuntando para ello el certificado otorgado por CONACEM De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente: Experiencia Quirurgica del Equipo Quirúrgico Puntaje Equipo Quirúrgico presenta documentación que acredite 30%
4 CUMPLIMIENTO REQUERIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y ECON Cumplimiento de los Requisitos Técnicos Completo Incompleto No lo Envía Anexo Nº I Identificación del Oferente y Anexo Nº II Declaración Jurada 100 50 0 Anexo Nº III Oferta Económica 100 50 0 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DE LINARES
Monto Total Estimado: 7850000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días “El Hospital de Linares se exceptúa del pago a 30 días por ser parte de un Servicio de Salud, según Ley 21.131”.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ANA FLOR BARROS SOTO
e-mail de responsable de pago: abarros@hospitaldelinares.cl
Nombre de responsable de contrato: CONSTANZA MUÑOZ PARRA
e-mail de responsable de contrato: cmunozp@hospitaldelinares.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-73-2566531-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS

 BASES ADMINISTRATIVAS

  “SERVICIO INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE TRAUMATOLOGÍA NO GES”

HOSPITAL DE LINARES

ID 4335-1-LE20

Especificación: SERVICIO INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE TRAUMATOLOGÍA NO GES

ID Licitación: 4335-1-LE20

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato:

  • 7  Intervenciones quirúrgicas de Hallux Valgus No GES
  • 1 Intervención quirúrgica de artrodesis tobillo NO GES

Unidad Técnica: Traumatología adulto

Unidad Administrativa: Unidad Lista de Espera

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta

Tipo Adjudicación: Adjudicación Múltiple, con emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: en Pesos Chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

I.- ESPECIFICACIONES ADMINISTRATIVAS

1.- GENERALIDADES:

La entidad mandante, Hospital de Linares, con domicilio en Avda. Brasil Nº 753, de Linares, requiere contratar  SERVICIO INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE TRAUMATOLOGÍA NO GES

Que revisado el catálogo electrónico del portal de Compras Públicas se ha constatado que los servicios requeridos no se encuentran disponibles  a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

Las presentes Bases Administrativas establecen y rigen las condiciones para establecer un convenio de suministro el cual provea de “SERVICIO INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE TRAUMATOLOGÍA NO GES” al Hospital de Linares .

              La Licitación contempla el Servicio intervención quirúrgico de  7  Intervenciones quirúrgicas de Hallux Valgus No GES y 1 Intervención quirúrgica de artrodesis tobillo NO GES.

              El proceso de la presente Licitación Pública se regirá íntegramente por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, además por sus Especificaciones Técnicas y Bases Administrativas debidamente aprobadas.

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar sus propuestas a esta Licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran las bases, eventuales respuestas a las consultas formuladas por los proveedores y aclaraciones, si las hubiere.

El presente llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, esto es www.mercadopublico.cl, se efectuará a través del mismo, el proceso completo de postulación y selección de ofertas, adjudicación y contratación, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso dicho portal, toda la documentación se encontrará disponible gratuitamente en dicho sitio electrónico a fin de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.

Podrán presentar ofertas en esta licitación aquellas personas naturales y/o jurídicas que acrediten su situación financiera e idoneidad técnicas conforme lo establece la Ley Nº 19.886 y su reglamento, cumpliendo con los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación.

El oferente adjudicado en esta licitación deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores del portal www.mercadopublico.cl, o en su defecto, proceder a su inscripción en el plazo máximo de 5 días, en conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 16 de la Ley Nº 19.886. Los oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en los articulos 463 y siguientes del Codigo Penal, dentro de dos años previos, quedarán excluidos de la presente licitación.

1.1.‑       Mandante:

               NOMBRE                                              Hospital de Linares

               DOMICILIO                                          Av. Brasil # 753 LINARES

1.2.-      Unidad Administrativa                                                                                                                                          

               DEPARTAMENTO                              Lista de Espera

             DOMICILIO                                       Av. Brasil # 753. Linares

1.3.-      Unidad Técnica

               DEPARTAMENTO                             Traumatología adulto

             DOMICILIO                                       Av. Brasil # 753. Linares

2.- ETAPAS Y PLAZOS:

Se establece el siguiente calendario de actividades a realizar durante el período de licitación en las fechas, plazos, horas, etc. Esta información sólo podrá ser modificada por la Unidad Técnica mediante comunicación por escrito (aclaraciones) a todos los proponentes. –

Etapa

Fecha

Hora

Publicación

16-01-2020

18:00

Inicio de Preguntas

16-01-2020

18:00

Final de Preguntas

17-01-2020

18:30

Publicación de Respuestas

20-01-2020

10:00

Cierre de Recepción de Ofertas

21-01-2020

18:00

Acta de Apertura Electrónica

21-01-2020

18:00

Adjudicación

24-01-2020

18:00

 3.- PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OFERENTE:

                Los interesados deberán presentar su propuesta en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora de cierre publicada en el portal:

-          Anexo I Identificación de oferente.

-          Anexo II Declaración Jurada.

-          Anexo III Oferta Económica.

-          Anexo IV Equipo Quirúrgico

-          Anexo V Centro de Derivación

4.- ACLARACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES:

En conformidad con el artículo 40 inciso 1º de las bases del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886  el Hospital de Linares podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes se correspondiere  a través del Sistema de Información.  Las ofertas deberán ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en las presentes Bases.

5.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y CRITERIOS DE EVALUACION:

El valor a cobrar deberá ser ingresado en el portal y deberá ser ajustado a las especificaciones técnicas y a las presentas bases administrativas.

Junto a lo anterior, el oferente deberá incluir cualquier archivo adjunto que acredite los criterios de evaluación, los cuales serán evaluados, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:

a)      Precio (50%): Para las ofertas el puntaje asignado se determinará utilizando la siguiente fórmula = Precio Menor/P. evaluado x 100 x porcentaje asignado

El valor indicado por el proveedor, será el único monto válido para el cálculo, y será de su     responsabilidad, poner énfasis en el adecuado ingreso de la oferta.

b)      Evaluación Técnica (30%)

b.1. Experiencia Quirurgica (15%)

A través de los datos ingresados en el anexo IV, se deberá obtener la siguiente información:

  • Certificado de Inscripción en el registro de prestadores individuales de la Superintendencia de Salud  (De esta forma puede Certificar Título y Especialidad)
  • Experiencia en área de servicio postulante

En el caso en que la especialidad no sea reconocida en el registro de prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud, se podrá adjuntar certificado CONACEM

En el caso de los Médicos Extranjeros podrán postular:

  • Como médicos generales en la especialidad que ostentan adjuntando para ello la autorización de la Seremi de Salud que les faculta para trabajar como médicos.
  • Como especialistas en la especialidad que ostentan adjuntando para ello el certificado otorgado por CONACEM

De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente:

Experiencia Quirurgica del Equipo Quirúrgico

Puntaje

Equipo Quirúrgico presenta documentación que acredite experiencia.

Primer Cirujano, acredita a lo menos 3 años de experiencia como Traumatólogo, deseable con formación en Pie. El Segundo cirujano acredita experiencia como traumatólogo.

100 puntos

Equipo Quirúrgico NO presenta documentación que acredite experiencia.

Primer Cirujano, No acredita a lo menos 3 años de experiencia como Traumatólogo, deseable con formación en Pie. El Segundo cirujano No acredita experiencia como traumatólogo

0 puntos

b.2 Certificación de Especialidad (15%)

Para la determinación del puntaje en este subcriterio, se obtendrá de la información que el Oferente presente en el Anexo IV, avalada por la documentación de respaldo que adjunte.

El Equipo Quirúrgico debe estar acreditado mediante los Certificados correspondientes de Acreditación de Especialidad, otorgado ya sea por una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, deberán además estar acreditados por la Superintendencia de Salud, dichas acreditaciones que se presenten deberán encontrarse vigentes. Si dentro del Equipo Quirúrgico, está incorporado algún médico extranjero, éste debe tener acreditado su título y especialidad en Chile de acuerdo a la legislación vigente.

De acuerdo a lo anterior, se evaluará de acuerdo a lo siguiente:

Certificación de Especialidad

Puntaje

El Oferente presenta documentación que acredite la Certificación de Especialidad e inscripción en Superintendencia de Salud del total del equipo Quirúrgico

100 puntos

El Oferente NO presenta documentación que acredite la Certificación de Especialidad e inscripción en Superintendencia de Salud del total del equipo Quirúrgico

0 puntos

c)       Cumplimiento de los Requisitos Técnicos (10%)

En lo referente a la evaluación Técnica de estos servicios se solicitará se envíe necesariamente lo siguiente por ser requisitos específicos para evaluación en Unidades Clínicas:

Cumplimiento de los Requisitos Técnicos

Completo

Incompleto

No lo Envía

Anexo Nº IV Equipo Quirúrgico

100

50

0

Anexo N° V Centro de Derivación

100

50

0

Nota: Se deberá adjuntar una carta de convenio entre el oferente y centro de derivación al que se hace referencia en el Anexo V.

d)      Cumplimiento de los Requisitos Administrativos y Económicos (10%)

Cumplimiento de los Requisitos Técnicos

Completo

Incompleto

No lo Envía

Anexo Nº I Identificación del Oferente y Anexo Nº II Declaración Jurada

100

50

0

Anexo Nº III Oferta Económica

100

50

0

6.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Evaluación Técnica”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Técnicos”. Si persiste aun el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Administrativos”.

Solo en caso de subsistir empate entre dos o más ofertas en todos los criterios de evaluación antes señalados, se “adjudicará” al Proveedor con el que el Hospital de Linares mantiene contrato de suministro vigente, en consideración al conocimiento y experiencia que como usuarios se tiene del proveedor y al comportamiento contractual de éste.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl

7.- MODIFICACIONES A LAS BASES

Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.  Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

En caso de ser necesaria modificaciones los plazos indicados en el número 2 de estas bases se podrán ampliar hasta por 5 días hábiles.

8.- CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

                Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.

9.- COMISIÓN EVALUADORA

La comisión que realizará la evaluación para la adjudicación, estará constituida por: Sra. Caroline Beals Campos, RUT N° 9.160.178-8, Subdirectora de Gestión Administrativa; Dr. Francisco Azócar Zubicueta, RUT N° 7.268.809-0, Subdirector de Gestión Clínica; Sra. Claudia Parra Castillo, RUT N° 15.153.598-4, Enfermera Unidad Lista de Espera; Sra. Gema Campos Henriquez, RUT N°15.442.388-5, Enfermera referente  Lista de Espera; Srta. Ana Barros Soto, RUT N° 9.555.721-K, Jefe de Finanzas; Sra. Yesica Muñoz Garrido, RUT N° 14.549.260-2 Jefe de Abastecimiento; o en su defecto, las personas que subroguen dichos cargos.

La comisión evaluadora quedará reflejada en la Resolución de Publicación de Licitación.

Se prohíbe que los integrantes concedan reuniones a oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares, durante la evaluación salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio a través de las Bases.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán abstenerse de recibir donativos mientras la integran.

10.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA

La adjudicación se realizará conforme a los criterios de evaluación establecidos en el punto 5 de las “Especificaciones Administrativas” de las presentes Bases. Se contendrá en una Resolución Interna en la cual se incorporará el acta debidamente firmada.

10.1.‑    La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

10.2.-  Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con el Hospital de Linares para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentación, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que se pudiesen requerir durante la evaluación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

10.3.- El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando esta no resulte conveniente a sus intereses. Para declarar desierta la presente Licitación se requerirá Resolución fundada que así lo disponga, publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

10.4.‑    Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado público. Se deja constancia que los antecedentes adjuntos a las ofertas no serán devueltos. El mismo procedimiento será aplicado a los proveedores que no resulten adjudicados.

10.5.‑    El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar  inadmisible la o las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. La declaración de inadmisibilidad de la presente licitación, se efectuará por Resolución fundada, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl.

10.6.‑    El Hospital de Linares, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses de acuerdo a los criterios de evaluación antes señalados.

10.7.-    EL Hospital de Linares, se reserva el derecho de adjudicar en el caso de que existiera un oferente que cumpla con las expectativas.

10.8.‑    La entidad licitante se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 41 inciso 2° del reglamento de la Ley N° 19.886.

11.- DEL RECHAZO DE TODAS O ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS

11.1.-La Comisión y el Mandante se reservan la facultad de rechazar todas o algunas de las ofertas realizadas, declarando desierta la Licitación total o parcialmente si se considera que no satisfacen propósito o los requerimientos técnicos de la Licitación; si se estima que no son convenientes a los interés locales, si las disponibilidades presupuestarias fueran insuficientes, atendidos sus montos o por otras razones técnicas o presupuestarias que se expresarán en la Resolución fundada que así lo resuelva, la que será puesta en conocimiento de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl

                La calificación de las causas precedentemente señaladas, será facultad de la Comisión y Mandante y el rechazo de las ofertas fundado en alguna de ellas, no dará derecho a reclamo ni indemnización alguna.

11.2.- Causales para Declarar Desierta la Licitación

La Comisión Evaluadora podrá declarar desierta la Licitación por las siguientes causales:

-          Que no se presenten oferentes.

-          Que lo ofertado no resulta conveniente a los intereses del Hospital de Linares.

-          Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone el Hospital de Linares.

-          Que sólo se presente un oferente y que cuyos precios no sean convenientes para el Hospital.

La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será calificada exclusivamente por la Comisión y el Mandante.  Esta declaración deberá ser efectuada mediante una Resolución fundada, que deberá ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

12.- VALIDEZ DE LA OFERTA

                Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital de Linares podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.

13.- VIGENCIA DE LA OFERTA

La vigencia de la oferta presentada a través del Portal Mercado público, será hasta el 31 de Enero de 2020

14.- READJUDICACIÓN

                Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no acepta la orden de compra,  no puede prestar el servicio o entregar los bienes adjudicados, no entrega los antecedentes legales para contratar, se desiste de firmar el contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde notificada la adjudicación, la entidad licitante podrá, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje al adjudicatario inicial, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la Licitación.

15.- FECHA DE ADJUDICACIÓN (aplazamiento)

                Si por causas no imputables al Hospital de Linares, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indica en las Bases para Adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, lo cual no podrán exceder los 5 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.

16.- GARANTÍAS (Exigencias comunes)

                No aplica

17.- DEL CONTRATO

17.1.- Formalización del Contrato

Para las adjudicaciones cuyo monto sea menor a 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor; cuando se trate de adjudicaciones cuyo monto sea mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor, siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y, por último en el caso de las adjudicaciones mayores a 1000 UTM el contrato se formalizará mediante la suscripción del mismo, de acuerdo a los requisitos y condiciones que se expresan en los puntos que a continuación se indican.

18.- DERECHO A EXIGIR CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El Hospital de Linares podrá aplicar medidas de sanción económica en aquellos casos justificados en que la empresa no cumpla con la calidad del servicio ofrecido en su propuesta inicial.

18.1.- La Amonestación: corresponde a un registro escrito y firmado por ambas partes, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por el adjudicatario, en atención a su importancia, no está afecta a sanción directa. La acumulación de dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados ameritará una multa de 1 UTM.

18.2.- La Multa: deja de manifiesto una falta cometida por la empresa, de gravedad leve, moderada o mayor, en que incurra, cada vez que el adjudicatario no dé cumplimiento a cualquiera de las obligaciones contempladas en las presentes bases, especificaciones, a su oferta o en el contrato. El monto de cada multa, dependerá de la gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:

18.2.1.- Multa Leve: será considerada LEVE aquella situación originada por una falta, que no origine riesgos graves a pacientes o funcionarios del Hospital, originados por la empresa. La multa LEVE será de 1 a 2 UTM. Sin que la enumeración taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa leve son:

- Por comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente del personal del contratista hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. 1UTM.

- Cada vez que el contratista acumule dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados. 2 UTM.

- Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función. 2UTM.

18.2.2.- Multa Moderada: será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo la integridad física o moral, directa o indirectamente a pacientes, personas o a la Institución o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será de 3 a 5 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa MODERADA son:

- Utilización deficiente de implementos indispensables, o falta de elementos para vigilancia: 3 UTM.

- Utilización de las instalaciones, equipos y/o plata física en objetivos que no sean los convenidos: 5 UTM.

18.2.3.- Multa Grave: será considerada GRAVE, aquella situación que ocasiones daño económico, moral o físico al Hospital de Linares, a su personal o pacientes, según corresponda, como así mismo el incumplimiento grave de las obligaciones estipuladas en el contrato, todo lo cual podrá ser causal de término de contrato. La multa GRAVE será de 6 a 10 UTM.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multa GRAVE son:

- Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados. 10 UTM.

- Utilización de personal no calificado. 7 UTM.

- Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en la institución. 10 UTM

- El Supervisor o Coordinador del Contrato llevará un registro de reclamos para los casos señalados anteriormente.

- La aplicación de multas según detalle de cuadro, facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato.

Sanción

Cantidad de veces aplicada

Amonestación

5

Multa Leve

4

Multa Moderada

3

Multa Grave

2

19.- MULTA POR ATRASO

Por cada día hábil de atraso en la entrega o tiempo de respuesta, se cobrará una Multa del dos por cien (2 %) del valor neto del producto o servicio requerido, según respectiva Orden de Compra, y aplicable a las cantidades o servicios que se entreguen atrasadas, con un tope de 10 días hábiles.

El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y el plazo de entrega estipulado en su oferta, contado desde la aceptación de la orden de compra, la que deberán materializarse por el oferente dentro del plazo de 24 horas, contados desde la fecha de su emisión.

20.- EXCEPCIÓN DE APLICACIÓN DE MULTA POR ATRASO CALIFICADO:

En aquellos casos en que los plazos de entrega se vean afectados exclusivamente por un hecho fortuito o por una causa mayor, que el adjudicatario se vio imposibilitado de prever o que pudiendo haberlo previsto le fue imposible evitarlo, estará obligado a notificarlo al supervisor o coordinador del contrato (señalar nombre y cargo), por escrito.

En la mencionada notificación, el adjudicatario deberá indicar además, los planes de contingencia adoptados y el nuevo plazo de entrega al que se compromete.

En todo caso, la calificación de excepción de aplicación de multa por atraso, recaerá siempre en el supervisor o coordinador del contrato.  

21.- PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:

En casos de incumplimiento por parte del adjudicatario, de cualquiera de las obligaciones consagradas en las Bases de Licitación, especificaciones, en su oferta o en el contrato, se procederá a dictar Ordinario que contendrá el incumplimiento y la normativa infringida, y que será notificado al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada, con la finalidad de que en un plazo de 10 días hábiles, manifieste sus descargos en relación al incumplimiento y acompañe todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recepcionados los descargos presentados dentro del plazo legal conferido, la Entidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción de los mismos, para acogerlos total o parcialmente o rechazarlos y formular la aplicación de la multa, todo lo cual, se materializará mediante la dictación de Resolución fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada al adjudicatario.

Respecto a la mencionada Resolución fundada, el adjudicatario, una vez notificado, tendrá un plazo de 5 días hábiles, para presentar Recurso de Reposición y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez vencido el referido plazo y habiendo presentado recurso, la Entidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, a contar de la presentación del mismo, para acogerlo total o parcialmente o para rechazarlo y hacer efectiva la aplicación de la multa, mediante Resolución Fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada.  

En lo referente a las notificaciones en forma personal, estas se entenderán válidamente practicadas, cuando el respectivo comunicado o resolución, sean entregadas, por un funcionario de la entidad, al adjudicatario o al o los representantes legales de la empresa adjudicada, según sea el caso, bajo recepción de firma conforme o de estampado que dé cuenta de la negativa de realizar dicha acción.

En lo referente a las notificaciones por medio de carta certificada y dirigidas al domicilio que el adjudicatario hubiera informado en documentos del proceso licitatorio, estas se entenderán válidamente practicadas, a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.     

En lo que respecta a la Resolución fundada emanada de la autoridad máxima de la Entidad y que instruye la aplicación de multa o exonera de la misma al adjudicatario, se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.-

22.- DEL COBRO DE LAS MULTAS:

Válidamente notificada la Resolución fundada que instruye la aplicación de multas, cualesquiera sean éstas, ya sea por atraso o por infracción a la calidad del servicio, el monto podrá ser rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá a cobrar la multa directamente al adjudicatario, para lo cual, éste dispondrá de un plazo de 10 días hábiles.

El no pago de la multa en el plazo establecido, faculta a la Entidad para hacer el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si es que la hubiere.

23.- ORDEN DE COMPRA:

23.1.-    Las Órdenes de Compra serán Generadas por la Unidad de Abastecimiento, del Hospital de Linares, con cargo al presupuesto definido para esta institución quien además será considerado como ente técnico para la presente licitación.

23.2.-    La Orden de Compra emitida a través del portal, deberá ser aceptada por el oferente dentro del plazo de 24 horas.

23.3.-    El adjudicatario facturará o emitirá boleta de honorarios posterior a la entrega y recepción conforme de los servicios, la que debe llevar la nómina de pacientes intervenidos y Vº Bº de la Unidad Técnica correspondiente o quien lo subrogue.

23.4.- La factura o Boleta de Honorarios deberá estar emitida a Nombre de Hospital de Linares, Rut: 61.606.917-9, cuya dirección es Avda. Brasil # 753 de Linares, Giro Servicios.

Sólo corresponde facturar a la persona o empresa cuyo nombre figura en la Resolución de adjudicación en caso contrario no se cursará el respectivo pago.

23.5.-    El proveedor adjudicado y que cuente con una orden de compra emitida, deberá aceptar esta en el portal www.mercadopublico.cl, la no realización de esta acción significará el rechazo de la orden de compra y postergación del pago.

24.- FORMA DE PAGO:

24.1.- El pago lo realizará el Hospital de Linares, a través del Departamento de Finanzas, CONTRA FACTURA una vez vencido el plazo de 45 días desde la recepción conforme (El Hospital de Linares se exceptúa del pago a 30 días por ser parte de un Servicio de Salud, según Ley 21.131); a través de transferencia electrónica a cuenta bancaria informada por el adjudicatario. El hospital de Linares deberá certificar la conformidad en la entrega del producto o servicio.

24.2.-    Para el proceso de pago, se define como responsable a Ana Flor Barros Soto, Jefe de Finanzas del Hospital de Linares, Correo Electrónico abarros@hospitaldelinares.cl, en cuanto a consultas y recepción de solicitudes.

25.- FACTORING

El HOSPITAL DE LINARES, aceptará que el oferente u oferentes adjudicados entreguen su facturación a empresas de factoring o aquellas que presten servicios similares, lo anterior siempre y cuando cumplan con los puntos requeridos a continuación, que tienen por objeto resguardar la correcta aplicación y pago a quien corresponda de los montos adeudados por los servicios recibidos y en los tiempos que el HOSPITAL DE LINARES se ha comprometido a pagar, se detalla a continuación este proceder:

  • La verificación de recepción conforme de las facturas que se pretende recibir en Factoring, por las empresas del rubro, se deberá realizar comunicándose, ya sea por vía telefónica o correo electrónico, con el Jefe de Finanzas, del Hospital de Linares, al fono 73-2566553 o al Correo electrónico abarros@hospitaldelinares.cl.
  • En el caso que el proveedor oferente opte por entregar sus facturas para que sean Factorizadas, deberá informar a la empresa de factoring, que ésta realice el envío de las copias de Facturas Factorizadas, debidamente legalizadas ante notario, a la oficina de partes del Hospital de Linares, Avda.  Brasil N° 753, Linares, antes de 10 días de vencido el plazo para la cancelación de dichos documentos, (45 días desde recepción conforme).
  • En caso de haber recibido copias de Documentos factorizados, el Hospital de Linares, originará el pago del o los documentos adeudados a nombre de la empresa que los haya recibido en Factoring. No teniendo deuda alguna con el proveedor, prestador de los servicios requeridos. La vía de cancelación será a no mediar otra cosa, el pago Directo en Caja.

25.1.-    Se recuerda a los proveedores que, las facturas que se presenten por la realización de Servicios o Ventas al Hospital de Linares, deberán contar en la Copia Ejecutivo Cedible, claramente con la identificación y otros datos del Receptor de la misma, que para estos efectos es el Encargado de la unidad técnica Requirente, siendo los documentos que cumplan con este requisito, los únicos que podrán ser sometidos a procesos de cobranza y posterior devolución, previa cancelación.

25.2.-    Todo Documento de Cobro ejecutivo cedible, de factura que haya sido pagada, deberá ser devuelto por el proveedor o empresa de factoring, en un plazo no mayor de 15 días, contados desde la fecha del pago, a la Oficina Partes del Hospital de Linares, Avda.  Brasil Nº 753, Linares.

26.- PRELACIÓN DE DOCUMENTOS:

En caso de discrepancia o discordancia entre los diferentes antecedentes de la licitación, prevalecerán unos sobre otros, conforme al orden de prioridad siguiente:

1)            Las aclaraciones y respuestas a consultas de la licitación

2)            Las bases administrativas y técnicas. (Considerándose para este efecto, complementarias y no excluyentes)

3)            Oferta del Proveedor

4)            La ley 19.886.

5)            El reglamento de la ley 19.886.


BASES TÉCNICAS

SERVICIO DE SALUD DEL MAULE

HOSPITAL DE LINARES

SUB DIRECCIÓN DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

UNIDAD DE ABASTECIMIENTO

BASES TÉCNICAS

COMPRA DE “SERVICIO INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE TRAUMATOLOGÍA NO GES”

ID 4335-1-LE20

Especificación: SERVICIO INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS DE TRAUMATOLOGÍA NO GES

ID Licitación: 4335-1-LE20

Mandante: Hospital de Linares.

Duración del contrato: 7  Intervenciones quirúrgicas de Hallux Valgus No GES

                                          1 Intervención quirúrgica de artrodesis tobillo NO GES

Unidad Técnica: Traumatología adulto

Unidad Administrativa: Unidad Lista de Espera

Tipo de Adquisición: Licitación Pública, igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM.

Tipo de Convocatorio: Abierta

Tipo Adjudicación: Adjudicación Múltiple, con emisión automática de Orden de Compra.

Moneda: en Pesos Chilenos.

Etapa del Proceso: En una Etapa.

 

1.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

 Las especificaciones técnicas para cumplir con el requerimiento de cada producto, son las siguientes:

-          Anexo III Oferta Económica.

-          Anexo IV Equipo Quirúrgico

-          Anexo V Centro de Derivación

  1. GENERALIDADES

El gran número de pacientes en lista de espera NO GES y los largos tiempo de espera han generado en la población un gran deterioro en la calidad de vida de los usuarios del sistema de salud, lo que repercute en todas las esferas del desarrollo de la población. Esta situación repercute además en una sensación de desamparo y de injusticia para las personas que no cuentan con posibilidades  de acceder a otras vías de financiamiento para la atención, es por lo anterior que el ministerio de salud ha generado  una estrategia de resolución de lista de espera.

HALLUX VALGUS

El hallux valgus, o juanete, es la desviación en valgo del primer ortejo con una desviación en varo del primer metatarsiano. El 90% de los pacientes son mujeres, siendo las limitaciones más frecuentes el dolor medial sobre la prominencia ósea, el dolor plantar bajo la cabeza de los metatarsianos y la aparición de ortejos en garra. El antecedente genético y el uso de calzados en punta son los factores asociados más importantes en el origen de este cuadro. La decisión de tratamiento está relacionada exclusivamente con la limitación que esta deformidad produce en el/la paciente. Es frecuente que pacientes que no acostumbran usar calzado ajustado nunca tengan síntomas, aunque tengan un hallux valgus grave. Por el contrario, personas que por su trabajo deben usar calzado formal/ajustado, pueden tener un juanete doloroso incluso con deformidades leves. Formas no quirúrgicas de tratamiento no corrigen el juanete. Las únicas maneras de aliviar los síntomas son utilizando zapatos anchos y/o plantillas en caso de metatarsalgia. La corrección quirúrgica se realiza mediante osteotomías, realineando la estructura ósea. Existen múltiples técnicas, las que se utilizan dependiendo de la severidad del cuadro y de la experiencia del cirujano. La cirugía tiene resultados satisfactorios en aproximadamente el 85% de los casos con alivio del dolor y de la deformidad como objetivos. El riesgo de complicaciones es del 15% aproximadamente, siendo las principales la recidiva de la deformidad, la presencia de osteosíntesis sintomática e infección superficial. El riesgo de recidiva aumenta en casos de deformidades graves, siendo la gran mayoría de las recidivas leves en magnitud y no siempre requieren cirugía.

 

ARTROSIS DE TOBILLO.

La artrosis es una enfermedad degenerativa que afecta a las articulaciones. Consiste en el desgaste paulatino del cartílago de la articulación y puede aparecer en cualquier zona del cuerpo, incluyendo el pie. El cartílago es una especie de manta protectora que cubre los extremos de los huesos y su deterioro depende de algunos factores, además del tiempo y la edad.

Este desgaste progresivo favorecido por el uso de la articulación y la edad puede generar dolor e incluso puede derivar en invalidez, aunque no siempre es así. La artrosis está considerada como una enfermedad crónica y no hay cura posible, aunque sí se puede llegar a controlar y existen progresos óptimos con el tratamiento adecuado.

Los síntomas de la artrosis de pies son varios. Los más habituales tienen que ver con la rigidez del miembro, dolor, hinchazón, dificultad para andar o capacidad de movimiento limitada, así como los llamados espolones o prominencias óseas. El médico debe hacer un examen exhaustivo en busca de estos y otros factores a través de una exploración física, resonancias magnéticas o rayos X, incluso un estudio de la marcha resulta efectivo para determinar su alcance.

El tratamiento de esta afección puede ser médico ó quirúrgico dependiendo del grado de deterioro que el paciente presente.

La Artroscopia de Tobillo puede utilizarse en casos no muy severos para retirar los osteofitos que limitan la movilidad del tobillo, además de realizar una sinovectomía (quitar la sinovial inflamada) y regularizar la superficie de cartílago irregular. Es una intervención ambulatoria y mínimamente invasiva que no cierra puertas a otras intervenciones mayores, pero de la que no debe esperarse una resolución completa de los síntomas sino solamente una mejoría parcial.

En los pacientes jóvenes con artrosis severa de tobillo la técnica quirúrgica de elección sigue siendo la Artrodesis de tobillo, es decir, la fijación de la articulación. El resultado es muy bueno para quitar dolor, pero se pierde la flexoextensión del tobillo, que queda en la posición más favorable para caminar. La prótesis de tobillo, a la que nos referimos a continuación, puede ser implantada, con mejor movilidad, pero el riesgo de aflojamiento y movilización o desgaste de los componentes es alto si se realiza una actividad física importante y durante años. La elección entre artrodesis o prótesis debe ser por el paciente tras una completa y clara información del cirujano.

  1. OBJETIVO

Las presentes Bases Técnicas de licitación tienen objeto brindar a la población una atención especializada oportuna, que permita responder a las demandas del sistema de garantías, reducir los tiempos de espera y así mantener y elevar los niveles de salud de la población.

  1. RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE

Será responsabilidad del Adjudicatario realizar las intervenciones quirúrgicas en condiciones óptimas y seguras, esto según los plazos y las condiciones especificadas en las presentes bases.

Durante el desempeño de sus funciones en el Hospital de Linares, el Adjudicatario estará obligado a resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura; en caso de daño, pérdida, mal uso y/o desperfecto de los bienes dispuestos, éstos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral a los recursos del adjudicado y/o sus pagos.

El Adjudicatario estará obligado a proporcionar las facilidades, informes y datos que le sean requeridos para el ejercicio de estas fiscalizaciones, las que podrán hacerse efectivas mediante revisión de inventarios, exámenes, visitas inspectivas, y demás medios previstos por las normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados.

  1. CONTRAPARTE TÉCNICA Y SUPERVISIÓN TÉCNICO-ADMINISTRATIVA

Para todos los efectos operativos de Fiscalización y Control Técnico-Administrativa se faculta al Encargado de Lista de Espera como Administrador de Contrato, quien será el encargado de llevar, a nombre del establecimiento, la relación operativa cotidiana con el Adjudicatario y será al mismo tiempo el responsable de emitir los informes mensuales de conformidad, que serán base para la revisión y cancelación de los estados de pago emitidos.

Para efectos de la presente Licitación Pública se entenderá actuando como Fiscalizador y Control Técnico a  médico de especialidad de traumatología Dr. Andrés Peña, quien podrá efectuar a nombre del establecimiento inspecciones técnicas o solicitar informes de operatividad, para resguardar que se dé cumplimiento a las presentes bases técnicas.

  1. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

        Para fiscalizar el correcto cumplimiento del contrato, el Adjudicatario deberá proporcionar al Administrador del Contrato, toda la información que este requiera, estando éste expresamente facultado para efectuar visitas inspectivas, revisar procedimientos y recabar todo antecedente que estime pertinente, debiendo dársele todas las facilidades del caso.

  1. DEL PROCEDIMIENTO

Los pacientes a intervenir quirúrgicamente por el Adjudicatario serán seleccionados por el Administrador del Contrato de la nómina de registro de lista de espera quirúrgica SIGTE al 31 de Diciembre de 2018.

El profesional no médico de la empresa adjudicada  será responsable de citar a los pacientes que serán intervenidos en base a la nómina enviada por el Administrador del Contrato debiendo acreditar al menos 2 citaciones formales en casos de inasistencias.

  • La unidad de lista de espera, generará una nómina de pacientes a intervenir, correspondiente a SIGTE al 31 de diciembre de 2018.-
  • El adjudicatario no podrá elegir unilateralmente los pacientes a operar, ya que se le entregará una nómina con pacientes rutificados y en el caso que alguno de ellos no pueda ser operado, deberá justificar en ficha clínica el motivo de la exclusión del paciente, en este caso solo se aceptaran causales clínicas y atribuibles al paciente.
  • El monto debe incluir equipo médico y no medico
  • Se deberá considerar consulta Pre- quirúrgica, intervención, control post-operatorio, alta y visita en sala y atención en caso de urgencias y complicaciones derivadas de la cirugía.
  • En caso de que por motivos clínicos o personales de los pacientes, no sea posible contar con pacientes de reposición se cancelara solo las intervenciones realizadas.
  • El plazo máximo para cumplir con el total de los pacientes a intervenir es el 31 de enero de 2020.

La Unidad de Lista de Espera enviará al Adjudicatario, con copia a Enfermera referente Lista de espera traumatología en planilla Excel vía correo electrónico, todos los pacientes a resolver con los siguientes datos: RUT, Nombre, Problema de Salud, El Adjudicatario deberá registrar en dicha planilla la fecha de cirugía según corresponda, y remitir semanalmente el 1er día hábil de cada semana al correo electrónico del Administrador del Convenio.

Las Intervenciones Quirúrgicas deberán ser registradas en Ficha Clínica con formulario de Protocolo Operatorio otorgado por Plataforma “Pabellón” de Sismaule, remitiendo diariamente a la Oficina de Registros Lista de Espera, a la Administradora del contrato, a Enfermera Referente Lista Espera traumatología  Adulto NO GES y a la jefa de Unidad GRD, un informe vía correo electrónico de las intervenciones efectuadas. Las Fichas Clínicas de los pacientes resueltos, deberán encontrarse disponible de ser necesaria su revisión. El registro en SIGTE de las cirugías realizadas será de exclusiva responsabilidad de la Unidad de Lista de Espera a través de su Oficina de Registros.

                                                                                                                      

El Primer Cirujano deberá contactarse con Enfermera Supervisora de C.R. Pabellón y Recuperación de Anestesia, una semana antes a la cirugía correspondiente, para coordinar lo que respecta a instrumental quirúrgico a utilizar y cirugías a realizar.  

En caso de complicaciones médicas derivadas o relacionadas con la cirugía practicada por el Adjudicatario, el paciente será hospitalizado en el Hospital de Linares según complejidad del problema clínico, con cargo al Adjudicatario. Será el Administrador del Contrato quien informe vía correo electrónico al Subdirector de Gestión Clínica.

Cualquier dificultad de tipo administrativo que se presentare, será resuelta por el Administrador del Contrato. Si se trata de un problema relacionado con la salud de algún paciente, derivado del procedimiento quirúrgico, será el referente técnico  (en horario hábil), en caso de corresponder a horario inhábil será el médico o enfermera de turno  el encargado de canalizar la atención; a través del Servicio de Urgencia se efectuará el ingreso del paciente, el cual será evaluado por cirujano de turno, quien determinará si la emergencia es atribuible a la cirugía y quien corresponda informará mediante correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación  al adjudicatario respecto al caso, dicha notificación será informada  a la Subdirección de Gestión Clínica y al Administrador del contrato, el tiempo de reacción por parte del oferente, ante dicha emergencia no debe ser superior a 4 horas, desde la notificación. Por lo anterior el Jefe del equipo debe indicar fono y correo electrónico para informar dichas situaciones. El Cirujano a cargo deberá acudir al establecimiento a fin de dar resolución a la emergencia o en su defecto indicar los Centros de Derivación al cual será trasladado el paciente en atención a su gravedad, cuyo costo de traslado será responsabilidad del Adjudicatario.

El Adjudicatario asumirá todas las responsabilidades legales que emanen del aspecto técnico del procedimiento quirúrgico y se atendrá a lo que la Ley sanciona para estos casos.

El adjudicatario será jurídicamente responsable del manejo y protección del paciente desde la intervención quirúrgica y hasta su alta definitiva Por consiguiente, las partes dejan expresamente establecido que el Hospital de Linares no estará obligado, en virtud del Convenio respectivo, al pago de indemnizaciones que resulten de las demandas interpuestas en contra del EQUIPO MÉDICO, por los servicios,  materia del mencionado Convenio.      

         Asimismo, cualquier acto que se pueda caracterizar como evento adverso en el proceso quirúrgico,  aun cuando no se configure negligencia médica, será de exclusiva responsabilidad jurídica y administrativa del Adjudicatario así como su mayor costo también. Entendiéndose por evento adverso: “Lesión o complicación no intencional que tiene por resultado la discapacidad del paciente al momento del alta, muerte o aumento de días de hospitalización provocada por el manejo en la atención de salud más que por enfermedades subyacentes

En las cirugías de Hallux Valgus y artrodesis de tobillo No GES, los proveedores adjudicados se responsabilizan por las acciones u omisiones tanto de sus servicios como de sus dependientes, respondiendo de las resultas de los juicios que por estos motivos se hayan originado sea que la demanda se funde en las normas de la responsabilidad civil extracontractual contenidos en el Título XXV del Libro Cuarto del Código Civil,  o sobre falta de servicios a que se refieren las normas contenidas en el Art. 4º de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

  1. ESPECIFICACIONES TECNICAS

Las presentes Bases establecen las disposiciones que regirán la licitación “Contratación de SERVICIO Intervenciones Quirúrgicas de Traumatología No GES”, para contratar 7 Hallux Valgus y 1 artrodesis de tobillo, que el Hospital de Linares deberá adquirir mediante la presente licitación, las cuales deberán ser efectuadas en Enero de 2020, a pacientes beneficiarios legales del Fondo Nacional de Salud FONASA, que pertenecen a su jurisdicción.

Los oferentes deberán planificar la realización de las prestaciones de tal manera que el horario de los profesionales que realizan las consultas y controles no coincida con su horario de realización de las intervenciones quirúrgicas. Cabe hacer presente que para la programación de las actividades pre y postoperatorias puede considerarse los días de lunes a domingo, cuyo día deberá ser consensuado entre el proveedor y el establecimiento y el horario no podrá programarse antes de finalizada su jornada laboral contratada, considerando no intervenir el normal funcionamiento de la Unidad de Cirugía.

Es importante destacar que todo el equipo quirúrgico debe  realizar las actividades fuera de su horario laboral contratado en cualquier institución pública, incluyendo contratados en jornada diurna y turnos rotativos.

Las intervenciones quirúrgicas deberán ser realizadas en el Hospital de Linares, en Pabellones Quirúrgicos los días lunes a viernes desde las 17:00 hrs, sábado y domingo desde las 08:00 según disponibilidad de pabellones quirúrgicos.

Los oferentes deben asegurar que todos los profesionales que se presentan en su oferta, del presente llamado a la licitación, participen posteriormente en la ejecución de las actividades y asegurar además la continuidad en la atención del paciente por lo que, el profesional que efectúa los controles evaluación pre y postoperatoria, debe ser parte del equipo que participó en la intervención quirúrgica, es por esto que en Anexo IV de las presentes bases, se deberá especificar el rol que ejecutará cada profesional que forma parte del equipo.

El profesional que actúa como cirujano o el jefe del equipo médico, que deberá ser consignado también en Anexo IV, será responsable de verificar, que todos los documentos que se detallan se encuentren firmados y timbrados, al momento de realizar la intervención quirúrgica: Consentimiento informado, evaluación pre anestésica, protocolo operatorio, epicrisis médica y egreso hospitalario, además de los requerimientos de recetas u otro documento asociado a la atención, junto con ello deberá registrar en la ficha clínica todos los antecedentes relacionados a la intervención quirúrgica y las evaluaciones previas y posteriores al procedimiento.

El Hospital de Linares se hace responsable de la entrega de los pacientes en lista de espera para cirugía de Hallux Valgus y artrodesis de tobillo  NO GES, los profesionales médicos no podrán participar en la elección de los pacientes a intervenir y en caso de que uno de los pacientes entregados en la nómina no pueda ser operado, se deberá justificar debidamente la necesidad de complementar estudio y de excluir la conducta quirúrgica, la nómina  formará parte de estas bases. Los pacientes que sean confirmados como portadores de patología a licitar y que se le programe resolución quirúrgica serán derivados al adjudicatario con exámenes preoperatorios.

  1. DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR

LA OFERTA ECONÓMICA DEBE CONSIDERAR:

9.1.- Consulta médica preoperatoria: la cual debe contemplar la evaluación clínica y de los exámenes de los pacientes que permita la asegurar el éxito de la intervención quirúrgica y deberá cumplir con el registro de los documentos definidos por la institución, de ser realizado fuera de la dependencia del establecimiento, el adjudicatario deberá enviar copia de dicha atención para ser anexada en la ficha clínica.

9.2.- Consulta médica preoperatoria anestésica: El paciente deberá ser evaluado por médico anestesista del equipo quirúrgico de acuerdo a normativa vigente de evaluación preanestésica, quien deberá completar Formulario Evaluación Preanestésica y otorgar indicaciones preoperatorias al paciente.

9.3.- Todas las intervenciones deben corresponder a técnica tradicional codificada en FONASA.

9.4.- No se podrá utilizar dos pabellones simultáneos a menos que se cuente con 2 equipos para dichas cirugías y se haya coordinado con la supervisora de pabellón para contar con el instrumental necesario.

9.5.- En un mismo acto quirúrgico se calculará para el pago el 100% de la de mayor valor y a 50% la segunda       ( esto de acuerdo a normativa FONASA).

9.6.- Control post-operatorio y alta Médica

9.6.1- Intervención quirúrgica de Hallux Valgus  que al menos deberá considerar:

      9.6.1.1.- Modalidad hospitalizado.

      9.6.1.2.-Tratamiento quirúrgico del hallux valgus      

      9.6.1.3.- Profilaxis preoperatoria según normativa vigente de atenciones asociadas a la atención de salud.

     

9.6.3.- Intervención quirúrgica de artrosis de tobillo la que al menos deberá considerar:

      9.6.3.1.- Modalidad hospitalizado.

      9.6.3.2.- artrosis de Tobillo, tratamiento quirúrgico.

      9.6.3.3.- Profilaxis preoperatoria según normativa vigente de atenciones asociadas a la atención de salud.

9.7.- El recurso humano requerido para el servicio a contratar incluye:

9.7.1 Servicio Intervención Quirúrgica de Hallux Valgus.

9.7.1.1.- Médico Traumatólogo Primer Cirujano, acredita a lo menos 3 años de experiencia como Traumatólogo, deseable con formación en Pie. El Segundo cirujano acredita experiencia como traumatólogo. En su oferta técnica, el oferente debe presentar el equipo de profesionales y sus eventuales reemplazos, que participarán en el desarrollo del servicio requerido. Cada uno de ellos, deberá acreditar su condición de especialistas, ya sea por parte de una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas y deberá estar acreditado por la Superintendencia de Salud.

En caso que el segundo cirujano corresponde a un médico extranjero que no cuente con título de especialidad, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente en un Hospital público.

En el caso de los Médicos Extranjeros podrán postular:

  • Como médicos generales en la especialidad que ostentan, debiendo acreditar su contratación en un hospital público
  • · Como especialistas en la especialidad que ostentan adjuntando para ello el certificado otorgado por CONACEM

El oferente deberá presentar en la licitación el nombre y antecedentes del Jefe (a) del Médico del Equipo de profesionales que realizarán las prestaciones, el cual debe tener experiencia en las intervenciones quirúrgicas licitadas y debe participar en las actividades del equipo en forma permanente.

9.7.1.2.- Médico anestesiólogo: Profesional debe acreditar su condición de especialista, ya sea por parte de una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, acreditado por la Superintendencia de Salud.

En el caso de los Médicos Extranjeros podrán postular:

  • Como médicos generales en la especialidad que ostentan, debiendo acreditar su contratación en un hospital público
  • · Como especialistas en la especialidad que ostentan adjuntando para ello el certificado otorgado por CONACEM

9.7.1.3.- Arsenalera: Capacitado para cirugía de Traumatología, deberá presentar copia simple de Título de Arsenalera, acreditada por la Superintendencia de Salud.

9.7.1.4.- Técnico Paramédico: Capacitado en rol de pabellonero, deberá presentar copia simple de Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior, acreditada por la Superintendencia de Salud.

9.7.1.5.- Técnico Paramédico: Auxiliar de anestesia, deberá presentar copia simple de Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior, acreditada por la Superintendencia de Salud.

               

9.7.3 Servicio Intervención Quirúrgica de Artrosis de tobillo.

 

9.7.3.1.- Médico Traumatólogo: Primer Cirujano, acredita a lo menos 3 años de experiencia como Traumatólogo, deseable formación en pie. El Segundo cirujano acredita experiencia como traumatólogo. En su oferta técnica, el oferente debe presentar el equipo de profesionales y sus eventuales reemplazos, que participarán en el desarrollo del servicio requerido. Cada uno de ellos, deberá acreditar su condición de especialistas, ya sea por parte de una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas y deberá estar acreditado por la Superintendencia de Salud.

El oferente deberá presentar en la licitación el nombre y antecedentes del Jefe (a) del Médico del Equipo de profesionales que realizarán las prestaciones, el cual debe tener experiencia en las intervenciones quirúrgicas licitadas y debe participar en las actividades del equipo en forma permanente.

En caso que el segundo cirujano corresponde a un médico extranjero que no cuente con título de especialidad, deberá acreditar que cuenta con contrato vigente en un Hospital público.

En el caso de los Médicos Extranjeros podrán postular:

  • Como médicos generales en la especialidad que ostentan, debiendo acreditar su contratación en un hospital público.
  • ·      Como especialistas en la especialidad que ostentan adjuntando para ello el certificado otorgado por  CONACEM

9.7.3.2.- Médico anestesiólogo Profesional debe acreditar su condición de especialista, ya sea por parte de una Universidad reconocida por el Estado o la Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas, acreditado por la Superintendencia de Salud.

En el caso de los Médicos Extranjeros podrán postular:

  • Como médicos generales en la especialidad que ostentan, debiendo acreditar su contratación en un hospital público.
  • ·      Como especialistas en la especialidad que ostentan adjuntando para ello el certificado otorgado por  CONACEM

9.7.3.3.- Arsenalera: Capacitado para cirugía de Traumatología, deberá presentar copia simple de Título de Arsenalera, acreditada por la Superintendencia de Salud.

9.7.3.4.- Técnico Paramédico: Capacitado en rol de pabellonero, deberá presentar copia simple de Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior, acreditada por la Superintendencia de Salud.

9.7.3.5.- Técnico Paramédico: Auxiliar de anestesia, deberá presentar copia simple de Título de Técnico en Enfermería de Nivel Superior, acreditada por la Superintendencia de Salud.

9.8.- Prescripción de Fármacos:

      Se solicitará al Equipo Médico tener registrada su firma en el libro destinado a ello en la Unidad de Farmacia, con el fin de cumplir la reglamentación vigente para la prescripción de los medicamentos requeridos para la preparación quirúrgica, la cirugía y terapia post operatoria.

      Los medicamentos prescritos deberán corresponder a lo existente en el arsenal del Hospital de Linares. Para la prescripción de medicamentos sujetos a control legal, se deberá seguir estrictamente el reglamento que norma la dispensación de estos fármacos.

9.9.- Prescripción de Certificado y licencia Médica

      El adjudicatario deberá proporcionar certificado y licencia médica a los pacientes sometidos a operación de Hallux valgus, artrodesis  de tobillo NO GES, según la complejidad de cada caso.-

9.10.- Control Post Operatorio:

 9.10.1.-               Realizar controles de seguimiento según indicación de cirujano, control de resultado biopsia si corresponde y los que sean necesarios hasta el alta médica. Los cuales deberán ser efectuados posterior al horario funcional contratado del profesional y  de acuerdo a la disponibilidad de personal y box del cdt.

9.10.2.- Tratamiento y control de complicaciones propias del acto quirúrgico, las cuales deben ser consideradas consultas postoperatorias, hasta que el paciente este clínicamente en condiciones de ser dado de alta.

9.10.3.- Consulta postoperatoria no programada: Frente a la eventual complicación presentada por un paciente operado, médico cirujano  debe asegurar la asistencia a consulta postoperatoria no programada en un tiempo de reacción no mayor a 4 horas, posterior a la notificación por parte del referente técnico de Hospital de Linares (en horario hábil Referente técnico Lista de Espera NO GES, en horario inhábil enfermera o Médico de turno), para lo cual además debe registrar en la epicrisis de alta dos fonos de contacto.

9.10.4.- Atención diaria de los pacientes que se encuentren hospitalizados por motivos de la intervención, además asegurar la atención médica en días festivos, sábados y domingos. Para ello, el proveedor deberá informar el nombre del profesional médico responsable de esta atención y proporcionar número telefónico de contacto.

9.11.5.- Centro de Derivación: Frente a la eventual derivación a un centro de mayor complejidad, para el manejo de alguna complicación postoperatoria, será responsabilidad del oferente la coordinación del traslado del paciente a la entidad informada en Anexo V.

  1. EL HOSPITAL DE LINARES SE OBLIGA A:

10.1.- Efectuar exámenes preoperatorios de laboratorio (Hemograma, uremia, glicemía, creatinemia, orina completa, pruebas de coagulación, tiempo de protrombina), electrocardiograma los cuales serán adjuntados en ficha clínica de modo tal que el adjudicatario tenga acceso a ellos al momento de efectuar la consulta de evaluación anestésica, estos exámenes tienen validez clínica de 6 meses.

10.2.- En el caso de la ecografía y radiografías la vigencia debe ser de 1 año.

10.3.- Proporcionar la infraestructura de Pabellones Quirúrgicos.

10.4.-  La instalación permanente equipos,  que permita la ejecución del acto quirúrgico, previa coordinación con la enfermera supervisora del pabellón del Hospital de Linares

10.5 La instalación permanente de mango de isquemia que se usa exclusivo en cirugía, que permita la ejecución del acto quirúrgico

10.6.- Ropa de Pabellón estéril desechable.

10.7.- Proporcionar los Instrumental, insumos y fármacos  necesarios para la realización de las actividades quirúrgicas, de acuerdo al uso promedio, previamente establecido con el enfermera supervisora de pabellón Hospital de Linares.

10.8.- Servicio de Esterilización para instrumental quirúrgico: Hospital de Linares dispondrá de servicio de esterilización del material reesterilizable, para lo cual el adjudicatario debe considerar que este servicio tomará un máximo de 2 horas. En tal caso el adjudicatario deberá considerar la utilización de material propio, éste deberá ser entregado el día anterior antes de las 12.00 hrs. en la Unidad de Esterilización.

10.9.- Box de Atención: El cual estará implementado con lo necesario para llevar a cabo la atención. De ser necesaria la utilización de algún otro instrumental que posea Hospital de Linares, solo Médico Jefe del Consultorio de Especialidades se encuentra facultado para autorizar su uso; adjudicatario deberá asumir compromiso de buen uso según se establece en estas bases técnicas.

10.10.- Dispondrá de personal no médico de apoyo al proceso quirúrgico NO EXCLUSIVO: Se dispondrá de 1 enfermera, 1 Técnicos de Enfermería Y 1 Auxiliar de Servicio.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.