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1. Aspectos que los oferentes deben considerar |
a) El oferente debe ser persona Natural o Jurídica que emita facturas (Contribuyente de 1º Categoría) o UTP Unión Temporal de Proveedores. El adjudicatario del proceso se deberá encontrar Hábil en Chileproveedores, o se deberá habilitar en el plazo estipulado en la presente Ficha de Licitación. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor de la unión se deberá encontrar habilitado.
b) Este Municipio se reserva el derecho de:
- No adjudicar la Licitación si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados.
- Modificar las cantidades a adquirir.
- Revocar la Licitación.
- Devolver los productos despachados si no son según lo solicitado y ofertado. En este caso, el flete de devolución lo costeará el proveedor, debiendo efectuar reposición o emisión de nota de crédito.
c) Se entenderá que el proponente acepta y cumple todas las condiciones estipuladas en la presente Licitación por el solo hecho de ofertar.
d) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser Aceptada por el adjudicatario.
e) No se adjudicará a oferente inhábil en Chileproveedores, otorgándose un plazo de 15 días hábiles para realizar la habilitación; si transcurrido este plazo no se ha habilitado, el Municipio readjudicará de acuerdo al orden de prelación de los oferentes. No obstante lo anterior, si sólo se presentara un oferente, inhábil en Chileproveedores, la Municipalidad podrá otorgar un plazo discrecional para que se habilite como Proveedor del Estado.
f) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores.
Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario
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2. Forma de pago |
El proveedor podrá emitir factura por cada entrega parcial, una vez la unidad Técnica haya verificado la cantidad de kilogramos recepcionados, el cumplimiento de las etapas de secado, molienda, envasado, condiciones sanitarias requeridas y la entrega de los informes de análisis correspondientes, cuando proceda.
1) El proveedor adjudicado deberá emitir para cada entrega parcializada, un documento de ingreso y la guía de despacho correspondiente, asegurando la firma de recepción conforme por parte la unidad solicitante. Las guías de despacho deberán respaldar las facturas correspondientes.
2) Se procederá al pago vía transferencia electrónica, desde el ingreso de las facturas en Oficina de Partes de la Municipalidad o envío de esta al mail facturacion@nacimiento.cl, dentro de los siguientes 30 días corridos, previo VB e informe de la unidad técnica. En el evento de que el oferente y/o adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, la Facturación deberá ser emitida por la Razón Social oferente de la Licitación Pública. La transferencia electrónica se realizará a la Cuenta Bancaria de la Razón Social Adjudicataria del proceso licitatorio.
3) En caso de que el proveedor no entregue la totalidad o parte de los productos o servicios, o si la factura contiene errores, la Municipalidad se reserva el derecho de reclamarla ante el Servicio de Impuestos Internos. En tal situación, el proveedor deberá emitir la correspondiente nota de crédito para anular la factura reclamada y proceder con la emisión de una nueva factura corregida, si corresponde.
4) El servicio se pagará conforme a los kilogramos efectivamente procesados de acuerdo al valor unitario ofertado por kilogramo en el Anexo N°5
5) En ningún caso los pagos efectuados podrán exceder el monto total adjudicado.
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3. Cancelación de la orden de compra |
La Orden de compra podrá ser cancelada en los siguientes casos:
a) Mutuo acuerdo entre el Proveedor y la Municipalidad.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas.
c) Incumplimiento del plazo de entrega de los productos.
d) Los productos no corresponden a lo ofertado a través del Portal www.mercadopublico.cl
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4. Readjudicación |
La Licitación Pública podrá ser readjudicada al oferente siguiente en orden de puntaje del cuadro comparativo, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de dos días hábiles desde su envío.
b) Si el adjudicatario rechaza la orden de compra.
c) Si la orden de compra es cancelada.
d) La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio.
e) La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente Licitación.
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5. Resolución de empates |
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En el evento de
que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más
proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en
condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente
con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de
prelación), de los criterios/subcriterios de evaluación que resulten
aplicables:
1° Criterio de
desempate: Oferta Económica; 2° Criterio de desempate: Experiencia del
Oferente; 3° Criterio de desempate: Idoneidad de equipo profesional; 4°
Criterio de desempate: Proximidad geográfica para efectos operativos; 5°
Criterio de desempate: Programa Integridad; 6° Criterio de desempate: Cumplimiento
de requisitos formales.
Finalmente, en
caso de persistir el empate, se adjudicará la propuesta que ingresó primero en
el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora
registradas en éste.
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6. Multas |
Por incumplimiento, la municipalidad podrá aplicar las siguientes multas:
1.- Por incumplimiento de ejecución de la jornada en la fecha acordada : 2% por día hábil de atraso.
2.- Por incumplimiento de ejecutar los procesos (deshidratado, molienda, envasado) según lo establecido: 5% por cada incumplimiento detectado.
3.- Por Incumplimiento en los plazos de procesamiento o entrega de informes de análisis.
: 1% por día hábil de atraso.
4.- Por incumplimiento con las condiciones de inocuidad y calidad requeridas.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN Y APELACIÓN DE MULTAS
a) APLICACIÓN:
*La aplicación de la multa se hará administrativamente, descontándose del pago respectivo
*La multa se calculará sobre el valor neto de la Orden de Compra o de los productos entregados fuera de plazo y no podrá exceder el 30% del total del contrato.
* Si ocurriera un caso fortuito o de fuerza mayor, el proveedor deberá comunicar inmediatamente por escrito al correo electrónico licitacionesdaf@nacimiento.cl la imposibilidad de cumplir con el plazo ofertado.
b) APELACIÓN:
*Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico, otorgándoles un plazo de 3 días hábiles para que presente su apelación al señor Alcalde, vía carta ingresada al correo electrónico fabiola.castro@nacimiento.cl. Dicha apelación deberá indicar de forma explícita la causal a la que hace referencia su apelación, los fundamentos y antecedentes que la respaldan.
*Las apelaciones que se basen en fuerza mayor o caso fortuito solo serán admitidas si la comunicación del hecho se realizó conforme a lo dispuesto anteriormente, en el punto a) APLICACIÓN.
*El proveedor recibirá un correo electrónico con el resultado del análisis de la apelación y el Decreto Alcaldicio que aprueba o rechaza la solicitud.
c) RECURSO DE REPOSICIÓN:
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto Alcaldicio, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La Municipalidad tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado, lo cual será formalizado a través de un nuevo Decreto Alcaldicio.
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7. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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8. Contrato |
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El servicio, se formalizará mediante la Orden de Compra que hará las veces de Contrato por tratarse una adquisición de bienes y servicios menor a 100 utm, la cual deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, y el proveedor no cumple con las obligaciones contraídas en el plazo ofertado, la Municipalidad podrá solicitar su cancelación, entendiéndose definitivamente cancelada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
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9. Plazo y forma de entrega |
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La Unidad Técnica SECPLAN coordinará el traslado del orujo de uva hacia el proveedor adjudicado desde las localidades de los viticultores.
El servicio considera procesar una cantidad
estimada total de hasta 1.000 KG de orujo de uva cepa país, los cuales serán
entregados al proveedor por la unidad técnica de forma parcializada, mediante un total estimado de 3 entregas. Cada entrega dará origen a la emisión de una orden de ingreso o documento equivalente, por parte del proveedor y su retiro deberá realizarse con la emisión de guía de despacho, documentos que deberán indicar claramente la cantidad de kilogramos trasladados.
El producto final deberá ser envasado en sacos de papel con protección
anti humedad de 20 Kg, debidamente identificados. El almacenamiento deberá
realizarse bajo condiciones sanitarias adecuadas en las dependencias del
proveedor adjudicado, hasta su retiro por parte de la Municipalidad.
El proveedor deberá realizar análisis
microbiológicos tanto del orujo fresco (previo a los procesos de deshidratado y
molienda) como del orujo deshidratado, considerando los parámetros indicado en
el Punto 2.4 de los términos de referencia adjuntos. Asimismo, deberá realizar
el análisis de humedad y los demás análisis fisicoquímicos indicados en los
Puntos 2.5 y 2.6 de los términos de referencias.
La duración de la contratación es de hasta 6 meses,
contados desde la fecha de inicio del servicio y su ejecución se realizará en coordinación con la unidad técnica.
La municipalidad emitirá una Orden de Compra considerando el máximo estimado de 1.000 kilogramos, sin embargo, la cantidad no constituye obligación de entrega total, por cuanto, dependerá de la disponibilidad real de los viticultores. En consecuencia la cantidad entregada podrá ser inferior pero no superior. Para efectos del pago, la Orden de Compra quedará sujeta al ajuste interno que corresponderá conforme a los kilogramos, efectivamente entregados y procesados.
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10. ADJUDICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE ELLA |
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Se adjudicará al oferente con el mayor puntaje, en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio, el que será publicado en www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitado. Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a través del correo electrónico licitacionesdaf@nacimiento.cl La Municipalidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
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11. Comisión de Apertura y Evaluación de Ofertas |
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley N°19.886, la conformación de una Comisión Evaluadora resulta obligatoria únicamente en licitaciones cuya evaluación revista gran complejidad o cuyo monto supere las 1.000 UTM, circunstancias que no concurren en la presente licitación. En consecuencia, la apertura y evaluación de las ofertas será realizada por funcionarios del Departamento de Compras y Suministro, quedando el proceso debidamente respaldado mediante la documentación correspondiente, suscrita por la Jefatura respectiva y por el Alcalde.
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12. Subsanación de Errores u Omisiones Formales |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la Municipalidad, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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13. Solicitud de Certificaciones o Antecedentes Omitidos |
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La Municipalidad tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.
Para dichas subsanaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la Municipalidad, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. La Municipalidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar y responder adecuada y oportunamente las solicitudes de antecedentes omitidos o aclaraciones disponibles en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes. Cabe indicar que no se puede corregir o complementar lo que se respondió en primera instancia a través de dicho sistema de aclaraciones.
Lo dispuesto en las cláusulas 9.12 y 9.13 sólo podrá permitirse cuando la Municipalidad haya considerado el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales” como uno de los criterios a utilizar en la evaluación de las ofertas, esto de conformidad con el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas, al cual estará afecto el oferente que subsane su oferta.
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