1. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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2. Readjudicación |
La Licitación Pública podrá ser readjudicada al oferente siguiente en orden de puntaje del cuadro comparativo, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de dos días hábiles desde su envío.
b) Si el adjudicatario rechaza la orden de compra, no suscribe contrato o éste no es caucionado correctamente.
c) La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio.
d) La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente Licitación.
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3. Multas |
La Municipalidad aplicará las siguientes multas por los incumplimientos que se señalan:
1. 10% por incumplimiento en especificaciones técnicas.
2. Por incumplimiento del plazo de ejecución, la Municipalidad aplicará una multa de 2% por cada día hábil de atraso, que se calculará sobre el monto neto del o los servicios que incurrieron en la falta. El plazo de ejecución se contabilizará según lo dispuesto en el N°4.2. de las presentes Bases.
3. La aplicación de la multa se hará administrativamente.
4. El tope de aplicación de la multa será el 50% del valor neto de la orden de compra. En caso de superar este tope se evaluará el Término Anticipado del Contrato.
Sobre apelación:
Se podrá realizar sólo por los siguientes motivos:
- Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, o bien aquellas relacionadas con incumplimiento de bases o cálculo erróneo por parte del Municipio.
- Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico entregándole un plazo de 2 días hábiles para que presente su apelación, dirigida al señor Alcalde, vía carta ingresada en Oficina de Partes o vía correo electrónico.
- La apelación será analizada y su resultado se informará vía correo electrónico al Proveedor dentro de 10 días hábiles.
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4. Resolución de empates |
En el evento de producirse un empate, entre dos o más oferentes, éste se resolverá adjudicando la oferta más conveniente a los intereses municipales, considerando el criterio de evaluación que tiene una mayor ponderación. De persistir el empate, se considerará la oferta más conveniente a los intereses municipales en el siguiente criterio.
De persistir el empate se dirimirá en base a otros aspectos contenidos en la oferta que resulten convenientes al interés del Municipio.
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5. Aspectos a considerar por los proponentes |
a) Este Municipio se reserva el derecho de:
- No adjudicar la propuesta si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados.
- Revocar la licitación.
- Modificar la cantidad a adjudicar o no adjudicar todas las líneas publicadas.
- Modificar la fecha de adjudicación.
b) Se entenderá que el proponente acepta todas las condiciones estipuladas en la presente contratación por el solo hecho de ofertar.
c) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra.
d) No se contratará a oferente inhábil en Chileproveedores, otorgándose un plazo de 15 días hábiles para realizar la habilitación; si transcurrido este lapso no lo ha hecho, el Municipio readjudicará de acuerdo al orden de prelación de los oferentes. No obstante lo anterior, si sólo se presentara un oferente, inhábil en Chileproveedores, la Municipalidad podrá otorgar un plazo discrecional para que se habilite como proveedor del Estado.
e)La evaluación de las ofertas se realizará por la totalidad de las líneas , a excepción de aquellas que no sean ofertadas por todos los proponentes, las que tendrán una evaluación por separado.
f) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores.
Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario
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6. Pago |
Se procederá al pago, vía transferencia electrónica, contra envío de Factura al mail facturacion@nacimiento.cl de Oficina de Partes de la Municipalidad, la que deberá ser emitida una vez prestados todos los servicios contratados, dentro de los siguientes 30 días corridos, previa recepción conforme del Departamento solicitante. En el evento de que el oferente y/o adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, la Facturación deberá ser emitida por la Razón Social oferente de la Licitación Pública.
La Factura deberá adjuntar las Actas de entrega de vehículos en el taller y retiro de estos una vez reparados, suscritas por el Prestador de Servicios y funcionario municipal responsable, que para este caso es el Encargado de Movilización y Talleres Municipales.
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7. Condiciones de Entrega |
1. Los servicios de mantención y reparación se deberán realizar en el Taller del Adjudicatario, en el plazo de entrega comprometido en la oferta y será la Municipalidad a través de su Unidad Técnica: Movilización y Bodega, quien trasladará y dispondrá del vehículo en el Taller.
2. El Prestador de Servicios deberá velar que cada servicio esté garantizado, según lo dispuesto en las Bases N°4 Documentos Técnicos N°1.
3. Todos los trabajos deberán ser garantizados por un mínimo de 3 meses.
4. La entrega del vehículo en el Taller y retiro de éste una vez reparado será respaldada con un Acta que deberá ser suscrita en dos copias, por el Prestador de Servicio y funcionario Municipal responsable del vehículo, quedando una copia en poder del Prestador. La copia del Acta deberá adjuntarla a la Factura una vez que realice todas las reparaciones contratadas.
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8. Contrato |
a) Se suscribirá un Contrato de Prestación de Servicios, el cual deberá ser caucionado por el Adjudicatario con; Vale a la Vista, póliza de seguro, depósito a plazo etc, según lo dispuesto en el número 8 de las presentes Bases.
b) La Unidad Técnica será la Unidad de Movilización y Bodega Municipal.
c) El plazo para presentar la garantía es 5 días hábiles contados desde la adjudicación en el Portal MercadoPublico.cl.
d) El incumplimiento del plazo en la entrega de la garantía, facultará a la Municipalidad a readjudicar la adquisición al siguiente proponente del cuadro comparativo de ofertas.
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9. Causales de cobro de garantía de fiel cumplimiento |
a) Incumplimiento de obligaciones laborales y sociales del adjudicatario para con sus trabajadores.
b) Cuando el proveedor no pague las multas aplicables y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
c) Cuando por causa atribuible al proveedor se haya puesto término anticipado al contrato.
d) Por incumplimiento de obligaciones impuestas en bases y contratos.
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10. Término anticipado del Contrato |
a) Las contenidas en el Art. 77 Decreto N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
b) Otras causas establecidas en las presentes Bases.
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