1. Aspectos que los oferentes deben considerar |
a) Este Municipio se reserva el derecho de:
- No adjudicar la propuesta si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados.
- Modificar la fecha de adjudicación.
- Cancelar la Orden de Compra si el Adjudicatario no cumple con el plazo de entrega comprometido.
- Revocar la licitación.
b) Se entenderá que el proponente acepta y cumple todas las condiciones estipuladas en la presente licitación por el solo hecho de ofertar.
c) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser Aceptada por el adjudicatario.
d) No se adjudicará a oferente inhábil en Chileproveedores, otorgándose un plazo de 15 días hábiles para realizar la habilitación; si transcurrido este plazo no lo ha hecho, el Municipio readjudicará de acuerdo al orden de prelación de los oferentes. No obstante lo anterior, si sólo se presentara un oferente, inhábil en Chileproveedores, la Municipalidad podrá otorgar un plazo discrecional para que se habilite como Proveedor del Estado.
e) El oferente deberá cumplir con las exigencias técnicas publicadas, las propuestas que no se ajusten a las ee.tt. serán rechazadas.
f)Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores.
Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
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2. Readjudicación |
La Licitación Pública podrá ser readjudicada al oferente siguiente en orden de puntaje del cuadro comparativo, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de dos días hábiles desde su envío.
b) Si el adjudicatario rechaza la orden de compra, o no suscribe el Contrato o no presenta la garantía de fiel cumplimiento de éste.
c) La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio.
d) La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente Licitación.
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3. Forma de Pago |
Se procederá al pago vía transferencia electrónica, contra envío de Factura al mail facturacion@nacimiento.cl de la Municipalidad, dentro de los siguientes 30 días corridos, contra presentación de informe fotográfico de los trabajos realizados por el Contratista. Asimismo también se adjuntará informe de recepción por parte de la Inspección Técnica del Servicio. La Factura será emitida una vez terminado el servicio. En el evento de que el oferente y/o adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, la Facturación deberá ser emitida por la Razón Social oferente de la Licitación Pública.
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4. Multas |
Si el Servicio se entregara con posterioridad al plazo contractual, se aplicará al contratista una multa por cada día de atraso igual al 2 % (dos por ciento) del monto neto total del Contrato. Asimismo el Municipio aplicará multa por incumplimiento de las Especificaciones Técnicas del Servicio igual 1 % (uno por ciento) del monto neto total del Contrato, por cada evento detectado. En ambos casos el tope de la multa será un monto no superior al 10 % total del Servicio. Estas multas se descontarán por vía administrativa, las cuales son apelables.
La multa estará respaldada por Informe preparado por la Unidad Técnica (Dirección de Construcciones).
Sobre apelación:
Se notificará al Encargado del Servicio mediante correo electrónico
informándole de la sanción correspondiente, otorgándole un plazo de 1 día hábil para que presente su apelación, la cual deberá ser dirigida al señor Alcalde, vía carta ingresada en Oficina de Partes del Municipio o vía correo electrónico.
La apelación será analizada y su resultado se informara vía correo electrónico al Proveedor dentro de los 5 días hábiles ingresada en Oficina de Partes del Municipio.
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5. Resolución de empates |
En el evento de producirse un empate, entre dos o más oferentes, éste se resolverá adjudicando la oferta más conveniente a los intereses municipales, considerando el criterio de evaluación que tiene una mayor ponderación, en este caso el Precio. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio de evaluación Experiencia. Si el empate se mantiene se dirimirá en bases a otros aspectos contenidos en la oferta y que resulten convenientes al interés del Municipio.
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6. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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7. Contrato |
El oferente favorecido deberá suscribir un Contrato con la Ilustre Municipalidad de Nacimiento deberá ser caucionado según lo dispuesto en el punto 8 de las presentes Bases. Si el contratista no suscribiese el contrato en el plazo señalado o no presentase la garantía de fiel cumplimiento, la Municipalidad podrá dejar sin efecto el Decreto de Adjudicación, en cuyo caso podrá adjudicarse a la siguiente oferta mejor evaluada. De ser necesario y previo Vº Bº del Alcalde se podrán realizar modificaciones al Contrato tales Como disminuciones o aumentos del servicio y aumentos de servicios extraordinarios. En caso de realizarse modificaciones al contrato por aumentos o disminuciones de servicio y aumento de servicios extraordinarios, los montos asociados a estos no podrán ser superiores al 30% del monto total del contrato y serán calculados proporcionalmente a los precios de la oferta y/o cotización adicional, en caso de ser necesario, lo que deberá ser informado por la Unidad Técnica al Alcalde para su respectiva aprobación.
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8. Otras cláusulas |
Las contenidas en los Términos de Referencia adjuntos.
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