1. Aspectos que los oferentes deben considerar |
a) Este Municipio se reserva el derecho de:
- No adjudicar la Licitación si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados.
- Modificar las cantidades a arrendar.
- Revocar la Licitación.
- Devolver los baños químicos arrendados si no son según lo solicitado y ofertado. En este caso, el flete de devolución lo costeará el proveedor, debiendo efectuar reposición o emisión de nota de crédito.
b) Se entenderá que el proponente acepta y cumple todas las condiciones estipuladas en la presente Licitación por el solo hecho de ofertar.
c) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser Aceptada por el adjudicatario.
d) No se adjudicará a oferente inhábil en Chileproveedores, otorgándose un plazo de 15 días hábiles para realizar la habilitación; si transcurrido este plazo no se ha habilitado, el Municipio readjudicará de acuerdo al orden de prelación de los oferentes. No obstante lo anterior, si sólo se presentara un oferente, inhábil en Chileproveedores, la Municipalidad podrá otorgar un plazo discrecional para que se habilite como Proveedor del Estado.
e) Los proponentes deberán ceñirse estrictamente a las especificaciones de los productos publicados, las ofertas que no lo hagan serán rechazadas.
f)
EN LA EVALUACIÓN SE CONSIDERARÁN TODAS LAS OFERTAS RECIBIDAS, QUE CUMPLAN CON LAS BASES.
g) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores.
Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario
|
|
|
2. Forma de pago |
Se procederá al pago vía transferencia electrónica, contra entrega de Factura en Oficina de Partes de la Municipalidad o envío de esta al mail facturacion@nacimiento.cl, dentro de los siguientes 30 días corridos.
La Factura deberá ser emitida por mes vencido y se pagará, previa recepción conforme del Departamento solicitante.
En el evento de que el oferente y/o adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, la Facturación deberá ser emitida por la Razón Social oferente de la Licitación Pública.
La transferencia electrónica se realizará a la Cuenta Bancaria de la Razón Social Adjudicataria del proceso licitatorio.
|
|
|
3. Cancelación de la orden de compra |
La Orden de compra podrá ser cancelada en los siguientes casos:
a) Mutuo acuerdo entre el Proveedor y la Municipalidad.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas.
c) Incumplimiento del plazo de entrega de los productos.
d) Los productos no corresponden a lo ofertado a través del Portal www.mercadopublico.cl
|
|
|
4. Readjudicación |
La Licitación Pública podrá ser readjudicada al oferente siguiente en orden de puntaje del cuadro comparativo, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de dos días hábiles desde su envío.
b) Si el adjudicatario rechaza la orden de compra.
c) La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio.
d) La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente Licitación.
|
|
|
5. Resolución de empates |
En el evento de producirse un empate, entre dos o más oferentes, éste se resolverá adjudicando la oferta más conveniente a los intereses municipales, considerando el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación que tiene una mayor ponderación. Si el empate persiste se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, según la siguiente mayor ponderación. De persistir el empate se dirimirá a menor precio ofertado.
|
|
|
6. Multas |
En caso de incumplimientos, la Municipalidad aplicará las siguientes multas:
a) Retraso en el horario de instalación de los baños, 2% sobre el valor mensual por evento.
b) Realizar descarga o limpieza a los baños en el lugar de funcionamiento, se descontará un 10% sobre el valor mensual por evento.
La provisión de los baños deberá se cumplida a cabalidad en los días establecidos, en caso de incumplimiento, el Jefe del Departamento de Rentas y Patentes redactará un Informe visado por la Directora de Administración y Finanzas, donde expondrá la situación y justificará la multa a aplicar.
El tope de la multa será 2 U.T.M.
Las multas se descontarán por vía administrativa en la Factura o con cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato, según corresponda.
La aplicación de la multa se formalizará mediante Decreto Alcaldicio.
Apelación a la multa:
Se podrá realizar sólo por los siguientes motivos:
- Caso fortuito
- Fuerza mayor
- Incumplimiento de Bases de Licitación de parte del Municipio.
- Cálculo erróneo del monto de la multa.
a) Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico, otorgándoles un plazo de 2 días hábiles para que presente su apelación al señor Alcalde, vía carta ingresada en Oficina de Partes o por correo electrónico.
b) Dicha apelación deberá indicar de forma explícita la causal a la que hace referencia y los fundamentos que la respaldan.
c) La apelación será analizada y su resultado se informará vía correo electrónico al Proveedor una vez sea resuelta.
|
|
|
7. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
8. Contrato |
El oferente favorecido deberá suscribir un Contrato con la Ilustre Municipalidad de Nacimiento. Si el adjudicatario no suscribiese el contrato; la Municipalidad podrá readjudicar la Licitación a la siguiente oferta mejor evaluada.
De ser necesario y previo Vº Bº del Alcalde se podrán realizar modificaciones al Contrato tales como disminuciones o aumentos del servicio y aumentos de servicios extraordinarios.
En caso de realizarse modificaciones al contrato por aumentos o disminuciones de servicio y aumento de servicios extraordinarios, los montos asociados a estos no podrán ser superiores al 30% del monto total
del contrato y serán calculados proporcionalmente a los precios de la oferta y/o cotización adicional, en caso de ser necesario, lo que deberá ser informado por la Unidad Técnica al Alcalde para su respectiva aprobación..
|
|
|
9. Término Anticipado del Contrato |
Se aplicarán las causales de terminación anticipada contenidas en el Artículo 77 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda: Los Contratos administrativos regulados por el Reglamento de la Ley de Compras podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o
las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Disolución de la empresa adjudicada.
5. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la Empresa. Se entenderá por
incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las
obligaciones correspondientes al suministro de los servicios, que importe una vulneración a los
elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de
responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a Municipalidad un perjuicio significativo en el
cumplimiento de sus funciones.
6. No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento, si
correspondiera .
7. Término de la personería por causas distintas a la quiebra. En este caso, se cancelarán las obligaciones
legales pendientes del contratante, devolviendo el saldo en caso de haber excedentes.
|
|
|