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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “CALIDAD TÉCNICA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PLAZO DE ENTREGA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PROGRAMA DE INTEGRIDAD” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Al correo encargadadeabastecimiento@quillon.cl, con copia a bodega@quillon.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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A través del foro de preguntas y respuestas aclaratorias.
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1.- Generalidades |
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Las Bases Administrativas Especiales constituyen el marco referencial, administrativo y técnico, para la presente Licitación y se complementan con las eventuales aclaraciones y otros antecedentes que regulan la Licitación Pública para la “SUMINISTRO ARTÍCULOS DE ASEO E HIGIENE, PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN”, a realizarse en la comuna de Quillón. Los recursos para la contratación de dichos servicios, será de cargo de la Ilustre Municipalidad de Quillón.
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2.- Definiciones |
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Para todos los efectos de estas bases, los términos utilizados que se indican a continuación tienen el significado que en cada caso se precisa:
a) Adjudicatario: Es el Oferente cuya oferta ha sido aceptada por la Municipalidad de Quillón para ejecutar el proyecto denominada “SUMINISTRO ARTÍCULOS DE ASEO E HIGIENE, PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN”, de acuerdo a lo solicitado.
b) Bases: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el proceso de ejecución del proyecto y a la cual queda sometida la relación del Municipio y el Oferente. Comprenden las Bases Administrativas Especiales, Especificaciones Técnicas, anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
c) Convenio Suministro: Es un tipo particular de contrato mediante en el cual el proveedor se compromete a realizar en el tiempo una serie de prestaciones periódicas, determinadas o indeterminadas, a cambio del pago de un precio, que puede ser unitario o por cada prestación periódica.
d) Días: Siempre significa días corridos, salvo que específicamente en las bases se indique lo contrario.
e) Especificaciones Técnicas: Son el conjunto de características que condicionan al proveedor en la elaboración de la propuesta.
f) Garantías Administrativas: Se refiere seriedad de la oferta, al fiel cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de las obras que se materializarán a través de cualquier documento bancario que garantice el cumplimiento de obligaciones en dinero y que tenga como finalidad indemnizar en el caso del no cumplimiento de la obligación.
g) I.T.S: Inspección Técnica de Servicio, quienes a su vez podrán ser asesoradas (os) por otros funcionarios municipales competentes relacionados con el servicio.
h) Mandante: Ilustre Municipalidad de Quillón.
i) Municipalidad: Corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a la cual le corresponde la administración de una comuna cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
j) Oferente: Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para participar en la Propuesta Pública y que se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores del Estado.
k) Oferta o Propuesta: Es el conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el Oferente, las que deberán ajustarse a los antecedentes exigidos.
l) Unidad Técnica: Unidad encargada fundamentalmente de la gestión del Proceso Licitatorio.
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3.- Aplicación de normas de derecho |
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La presente licitación y su consecuente contrato se regirán exclusivamente por las presentes bases, anexos, oficios y enmiendas que formen parte del mismo y que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación hasta la fecha de respuesta de las aclaraciones.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia.
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios correspondientes a la comuna de Quillón, ciudad donde las partes fijan su domicilio.
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4.- Condiciones de la licitación |
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4.1.- Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de licitación contenido en portal mercado público. Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
4.2.- Reglamentación
a) Las disposiciones contenidas en el Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024 del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024.
b) Ley Nº20.123, y Reglamento que regula el trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de empresas de servicios transitorios y el contrato de servicios transitorios.
c) Ley N° 19.496, que Establece las normas sobre protección de los derechos de los consumidores, y normativa relacionada.
d) Además, todos los productos adjudicados dentro de las categorías detalladas en el Formulario Técnico Económico de las presentes bases, deben cumplir con todas las normativas chilenas vigentes, respecto a su fabricación, etiquetado, comercialización, transporte, distribución y almacenaje, pertinentes a los productos químicos que pudiesen encontrarse dentro del marco de las materias licitadas, o bien, las autorizaciones de uso y disposición y certificados, documentos o manuales de internación, según corresponda, para el caso de los productos importados.
En lo referido a la normativa vigente, se debe cumplir según corresponda, entre otras con:
- D. S. N°43, de 2016, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
- D.S N° 3, de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Control de los Productos Farmacéuticos de Uso Humano.
- D.S. N° 298, de1 995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, y sus modificaciones posteriores.
- D.S. N° 148, de 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
- D.S. N° 594, de 2000 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, y sus modificaciones posteriores.
- D.S. N° 12, de 1985, del Ministerio de Minería, que aprueba el Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos.
- D. S. N° 6, de 2009, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud, y sus modificaciones posteriores.
- D. S. N° 160, de 2009, del Ministerio de Economía, que aprueba el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, y sus modificaciones posteriores.
- D. S. N° 157, de 2007, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Pesticidas de Uso Sanitario y Doméstico.
- NCh. 382 Of. 2017, de Mercancías Peligrosas.
- NCh. 2190 Of. 2019, de Transporte Terrestre de Mercancías Peligrosas.
- NCh. 1411/4 Of. 2001, de Prevención de Riesgos – Parte 4: Señales de Seguridad para la Identificación de Riesgos de Materiales.
- NCh. 2245 Of. 2015, de Hoja de Datos de Seguridad de Productos Químicos.
e) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
4.3.- Orden de Prelación
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de prelación de la documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
• Prelación administrativa
1) Bases administrativas especiales, anexos y enmiendas
2) Los oficios, aclaraciones e instructivos emitidos por la municipalidad.
3) Contrato.
• Prelación técnica
1) Aclaraciones.
2) Descripción técnica del producto a adquirir.
3) Propuesta técnica del oferente
La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl Además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del Proveedor por el mismo medio, según calendario contenido en el portal.
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5.- Del servicio |
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La presente licitación pública, considera un contrato de suministro de artículos de aseo e higiene, para abastecer stock de bodega y disponer de insumos para el aseo diario de dependencias municipales. Esto, desde la fecha de firma de contrato, con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, según formulario de propuesta técnica económica, que se adjunta.
El oferente deberá cumplir con todo lo especificado en las Especificaciones Técnicas y las aclaraciones que acompañan a la presente licitación.
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6.- Del precio y cantidad |
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El precio contemplado para cada producto será propuesto por cada oferente, en su respectiva oferta.
El valor ofertado por producto debe ser acorde a los valores promedio del Mercado Nacional, los que no podrán en ningún caso superar un 30% por sobre los de mercado, considerando en ellos, la entrega de los productos dentro de la comuna de Quillón.
La presente licitación se encuentra detallada por un formulario de propuesta Técnica - Económica. Cabe destacar que es necesario que el o los proponentes interesados oferten el 100 % de los productos, considerando como mínimo 2 y máximo 3 marcas por producto para promediar el precio total.
El presupuesto referencial estimado para la presente Licitación es de $32.396.851.- (Treinta y dos millones trescientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta y un pesos), impuestos incluidos.
Cabe mencionar, que la Municipalidad de Quillón, no está en la obligación de comprar el 100% de los productos, como tampoco a utilizar el 100% del presupuesto disponible, sino, que estará sujeto a realizar compras en función de sus necesidades y requerimientos.
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7.- De los plazos |
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El plazo contemplado para el servicio de Contratación de “SUMINISTRO ARTÍCULOS DE ASEO E HIGIENE, PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALIDAD DE QUILLÓN”, tendrá una vigencia a contar desde la firma del contrato, hasta el 31 de diciembre del 2025.
El plazo de entrega de los productos de cada solicitud, será propuesto por el oferente en el Formulario Anexo “Plazo de Entrega”, el que no podrá ser igual o inferior a 2 días hábiles ni igual o mayor a 10 días hábiles.
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8.- De la participación |
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Podrán participar en la propuesta todas las personas naturales o jurídicas que sean proveedores del servicio requerido o rubro solicitado y que cumplan con las exigencias que se indican en las presentes BAE, además de encontrarse debidamente inscritos y habilitados en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
8.1.- Inhabilidades para participar: no podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que cuenten con inhabilidades para pertenecer al Registro de Proveedores, según señala el Capítulo X, Artículos contenidos en el Párrafo 7 de la Ley 19.886.
Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que el oferente declara que al momento de la presentación de la propuesta no se encuentra afecto a alguna de estas circunstancias.
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9.- Calendario de la licitación |
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En la siguiente tabla se detalla los plazos máximos de cada proceso de licitación.
ACTIVIDAD PLAZO
Fecha de Publicación Dentro del 2 días contados desde la total tramitación del decreto que aprueba el llamado a licitación.
Fecha inicio de preguntas 2 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:30 hrs.
Fecha cierre de preguntas Dentro de 2 días posteriores a la fecha de Inicio de Preguntas en el portal ww.mercadopublico.cl, hasta las 15:30 hrs.
Fecha Publicación de Respuesta Dentro de 1 día posterior al cierre de Preguntas hasta las 19:00 hrs.
Fecha de cierre de recepción de ofertas 10 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 15:00 Hrs.
En caso que la fecha de cierre de recepción de la oferta corresponda a un día sábado, domingo o festivo, será reemplazado por el día hábil siguiente.
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10.- Consultas |
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Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°9 de las presentes Bases.
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11.- Respuestas a las consultas |
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Las respuestas a las consultas serán efectuadas únicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones es parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las bases administrativas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
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12.- Presentación de la oferta |
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La Propuesta a participar en la presente Licitación Pública, se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf, los que deberán ser firmados por el representante legal.
“En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl se deberá presentar por el valor total de todos los productos ofertados, de no ser así, quedará fuera de bases.
12.1 Archivo documentación Administrativa deberá incluir:
a) Formulario Anexo N°1, Identificación del Oferente.
b) Formulario Anexo N°2, Hoja Declaración Jurada simple.
c) Patente municipal vigente.
d) El oferente deberá incluir un Programa de Integridad según lo establecido en dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°16, letra d) de las presentes Bases Administrativas Especiales.
e) Declaraciones Juradas simples de Trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad (la no presentación de estas no será causal para declarar al oferente FUERA DE BASES).
12.2 Archivo documentación técnica y económica deberá incluir:
f) Formulario Anexo N°3 Propuesta técnica - económica, con detalle de productos y aclaraciones (en caso que corresponda), Modelo, marca y código.
g) Formulario Anexo N°4, Plazo de Entrega
Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases.
La falta de cualquier documento o la entrega de información parcial en cualquiera de ellos, faculta a la municipalidad para declarar al proponente fuera de bases, lo mismo en el caso que se modifique la unidad de medida del servicio ofertado.
Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura, con salvedad de aquellos oferentes que no cuenten con equipamiento tecnológico podrá ser completa a mano con letra imprenta de manera clara y legible y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales.
La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
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13.- Apertura de la licitación |
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La apertura de la propuesta será en la fecha y horario definido en el cronograma de licitación expuesto en portal www.mercadopublico.cl. Y calendario expuesto en el punto 9 de las presentes bases.
El acto de apertura electrónica de la presente licitación se realizará en una sola etapa, esto es, se procederá a abrir tanto la oferta técnica, la oferta económica y Anexos exigidos. Dicho proceso se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Servicio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previo certificado de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público.
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14.- Errores u omisiones detectados durante la evaluación |
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La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
El plazo para la corrección de estas omisiones será de 2 días hábiles, contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante.
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15.- Garantías |
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Para esta licitación no se requiere garantías, Artículo 121 del reglamento de la Ley 19.886.
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16.- Evaluación de las ofertas |
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Los integrantes de la comisión de evaluación, serán sujetos pasivos según lo dispuesto en la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, por el periodo que dure el proceso de evaluación y estará constituida por los Siguientes funcionarios o quienes subroguen:
NOMBRE UNIDAD
Jazmín Jara Fernández Secretaria Control Interno
Andrea Núñez Benítez Encargada de Pago a Proveedores
Paula Stuardo Ulloa Encargada de Bodega Municipal
Beatriz Zúñiga Valenzuela Profesional Técnico Dideco, en calidad de asesora
Edgardo Carlos Hidalgo Varela Secretario Municipal, Ministro de Fe
Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
Para todos los efectos legales, en caso de ausencia de algún integrante titular, pasa a formar parte de la comisión respectiva quien corresponda, o quienes los subroguen o designen. De no poder conformarse dicha comisión por falta de más de la mitad de los integrantes, será quien determine el señor Alcalde mediante Decreto Alcaldicio, los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
Vale decir que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del Decreto N°661, del 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda que, que aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024, los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación. Se evaluarán los siguientes aspectos:
N° CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1 PRECIO 30%
2 CALIDAD TÉCNICA 30%
3 PLAZO DE ENTREGA 20%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD 10%
5 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 10%
CRITERIO PUNTAJE
a) Precio 35%
b) Calidad Técnica Detalle de la Oferta 50 % 30 %
Calidad del producto 50 %
c) Plazo de entrega 20%
d) Programa de integridad 10%
e) Cumplimiento de los requisitos Formales 5%
a) Precio (Ponderación 35%)
Para la evaluación de este criterio se considerará el valor total, según valores señalados en el Formulario Propuesta Técnica Económica.
Descripción Puntaje
Mínimo ofertado 100
Segundo mínimo ofertado 80
Tercer mínimo ofertado 50
Cuarto mínimo y precios sucesivos 10
b) Calidad Técnica (Ponderación 30%) Formulario Anexo N°3
b).1 Detalle de la Oferta Obtendrá el mayor puntaje, aquella propuesta, que presente la oferta con mayor cantidad de detalles en Formulario N°3 Propuesta técnica-económica. (Ponderación 50%).
- Modelo
- Marca
- Código, (de no contar con código de fábrica, deberá crear código propio de su negocio).
Descripción Puntaje
Oferta el 100% de productos y las características de cada uno 100
Oferta el 100% de productos, presentando la 2da mayor cantidad de características 80
Oferta el 100% de productos, presentando la 3ra mayor cantidad de características 60
Oferta el 100% de productos, presentando la 4ta mayor cantidad de características 40
No indica detalles o no oferta todos los productos Fuera de bases
b).2 Calidad del producto
Se considerará las propuestas que presenten la totalidad de los productos establecidos en Formulario N°3 Propuesta técnica-económica, donde el mayor puntaje lo obtendrá el o los proponentes que presenten la mayor cantidad de marcas. (Ponderación 50%):
Descripción del Criterio Puntaje
Presenta la totalidad de productos con marcas (mínimo 3 por producto o 270 promedio total) 100
Presenta la totalidad de productos, siendo la 2da mayor cantidad de ellos con marcas (mínimo 2 por producto o entre 200 y 269 promedio total) 60
Presenta la totalidad de productos, siendo la 3ra mayor cantidad de ellos con marcas (mínimo 2 por producto o entre 120 y 199 promedio total) 30
Presenta la totalidad de productos, siendo la menor cantidad de ellos con marcas (mínimo 1 por producto o entre 90 y 119 promedio total) 10
Presenta la totalidad de productos, pero menos de 90 de ellos con marca;
No presenta la totalidad de productos (menos de 90) Fuera de Bases
c) Plazo de Entrega (ponderación 20%)
Se dará prioridad al proveedor que realice la total entrega dentro de los plazos establecidos en días hábiles contados desde la aceptación de la orden de compra emitida, la que deberá ser aceptada en un plazo no superior a 24 horas. Formulario Anexo N°4.
TIEMPO PUNTAJE
Menor plazo de entrega 100
2do menor plazo de entrega 70
3er menor plazo de entrega 50
4to menor plazo de entrega 20
Menos de 2 y mayor a 10 días Fuera de bases
d) Programa de integridad (ponderación 10%)
El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen de la Contraloría General de la República N°E370752 de 2023.
La evaluación del Programa de Integridad se realizará según el conocimiento de éste por parte de sus trabajadores, según el siguiente detalle:
DETALLE PUNTAJE
Cuenta con programa de integridad, y es conocido por todo su personal. 100
Cuenta con programa de integridad, y no es conocido por todo su personal.
No presenta programa de integridad. 0
La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada simple u otro documento que acredite la toma de conocimiento por cada uno de sus trabajadores.
NOTA: Se considerará como personal al representante legal de la empresa, y a todos sus trabajadores.
La no presentación de las declaraciones juradas dará por entendido que el Programa de Integridad no es conocido por sus trabajadores.
e) Cumplimento de los requisitos formales (ponderación 5%)
DETALLE PUNTAJE
El oferente que ingrese su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos. 100
El oferente que haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, y que los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas, en virtud del artículo 56, Párrafo 7, Capítulo IV, del Reglamento de la Ley 19.886 50
El oferente que no haya presentado los requisitos formales. Fuera de Bases
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio Precio. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Calidad Técnica. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Plazo de Entrega. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Programa de integridad y por último, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de los requisitos formales.
16.2.- Comportamiento contractual
Cuando el oferente haya sido contratado anteriormente por este municipio, se evaluará la experiencia de esta entidad con respecto al comportamiento contractual que presentó el proponente.
Entonces, si el proponente cumple con las condiciones para adjudicarse el proyecto, pero, presenta multas por atrasos o término anticipado de contrato, se facultará a la municipalidad para desestimar la eventual adjudicación y proceder con la segunda mejor opción.
16.3.- Foro inverso
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.
Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 48 horas, contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes. Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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17.- De la adjudicación |
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Se debe precisar, que sólo se podrá adjudicar al proponente cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la DCCP.
17.1 Consideraciones Generales
La oferta económica debe ser presentada en valores netos sin decimales.
Serán descartados de la evaluación:
Las ofertas completas de los proveedores que no presenten junto con su oferta una patente comercial o industrial, conforme a las condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, si correspondiere.
Las ofertas de los proveedores que no indiquen el plazo de entrega.
Los productos para los que no se complete el campo “Código”, en el Formulario N°3 Propuesta Técnica – Económica.
Los productos que no correspondan a marcas registradas en INAPI o Unibrander.
Cualquier producto cuyo previo corresponda a un error evidente (en que el precio incluya signos, errores de tipeo o digitación, valores 0, 1, 99999999, 1111111, o cualquier otro monto que refleje un valor evidentemente erróneo).
Anomalías, falsificaciones o de adulteración de la documentación presentada.
Oferta que postule por menos del 100% de los productos.
Las ofertas que no presenten el valor total de la suma de todos los productos ofertados.
Lo anterior, reserva al mandante el derecho de solicitar información adicional, para efecto de realizar la evaluación de la oferta y comprobación de los antecedentes señalados en la propuesta.
Se deja expresa constancia que el proveedor es el responsable del correcto ingreso del precio de los productos y que el sólo hecho de participar de esta licitación implica la aceptación de la totalidad de las condiciones señaladas anteriormente.
Las Órdenes de Compra, serán emitidas acorde a los requerimientos de la Municipalidad, las que dependerán de la necesidad del servicio, estas deberán ser aceptada, por el proveedor, las primeras 24 horas de su emisión, su no aceptación durante el periodo mencionado, se entenderá por rechazada.
17.2 Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:
1. Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°18, último párrafo, de las presentes bases;
2. No se inscribe en el Registro de Proveedores dentro del plazo señalado en las presentes bases, si procede;
3. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado;
4. No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N°12 de las presentes bases;
5. De conformidad con lo señalado en la cláusula N°18 de estas bases, si no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación;
6. Si el producto o servicio adjudicado perdió la certificación, registro, autorización u otro antecedente exigido en estas bases de licitación. En este caso operará la readjudicación cuando se produzca la situación anteriormente señalada.
7. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación;
8. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 20 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo.
La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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18.- Del contrato |
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Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl. Respecto de la adjudicación del servicio, se deberá firmar el contrato dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, con la Unidad Técnica, de no poder cumplirse dicho plazo será facultad de municipio evaluar las situaciones que dieron origen al no cumplimiento, pudiendo ser mayor por causas justificadas, como por ejemplo que la contratación deba ser aprobada por concejo municipal.
Para la firma del contrato, el adjudicatario deberá presentarse con los respectivos documentos:
-Fotocopia Cédula Identidad Representante Legal de la Empresa.
-Vigencia de la Empresa (si corresponde).
Si el oferente no suscribe el contrato en el plazo señalado, la Municipalidad podrá adjudicar el servicio a otro de los oferentes que hayan sido evaluados con un tope de 70 puntos o llamar a nueva Licitación, según lo estime conveniente la Municipalidad.
Si durante el plazo del contrato del servicio, la Municipalidad requiere contratar servicios conexos, o realizar la prórroga al contrato vigente por el tiempo que conlleve a un nuevo proceso de Licitación, siempre que el monto de dicha prórroga no supere las 1.000 UTM,
y si la empresa proveedora manifieste estar de acuerdo, se podrá realizar, formalizando la relación contractual de ésta, a través de la emisión de un anexo de contrato y posterior emisión de órdenes de compra, según sea la necesidad del servicio.
Si por cualquier causa que sea imputable al adjudicatario el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá el desistimiento de la oferta, pudiendo la entidad licitante readjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, de conformidad con la cláusula N°17.2 “Readjudicación”.
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19.- Prohibición de cesión |
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El Proveedor no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
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20.- Procedimiento de entrega |
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Será responsabilidad del proveedor, considerando que el precio ofertado deberá incluir el valor del flete o traslado de los productos requeridos puestos en la Municipalidad de Quillón, u otro lugar de la comuna dependiendo de las necesidades del servicio, previa coordinación con la unidad solicitante y el (la) encargado (a) de bodega municipal a los teléfonos 422207114 – 422206643.
Si, por error involuntario se recibe un producto el cual no cumple con el modelo, marca, código y valor de lo solicitado, tendrán un plazo de 24 horas para el cambio del producto, de no entregar lo requerido en el plazo mencionado, se anulará orden de compra y se procederá a la aplicación de multa, las que se detallan en el punto 26 de las presentes Bases.
Horario de atención de la Bodega Municipal es el siguiente:
Lunes a jueves de 8:30 h a 13:00 h y de 15:00 h a 17:00 h
Viernes de 8:30 h a 13:00 h y de 15:00 h a 16:00 h
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21.- Supervisión |
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El Servicio, será supervisado por una Contraparte Técnica, nombrada por la Municipalidad de Quillón, responsabilidad que recaerá en un funcionario de la unidad mandante (dirección o departamento que solicita el servicio), quien tendrá la función de revisar los productos recibidos, junto a esto, las correcciones que procedan. La Inspección Técnica del servicio extenderá un informe que respalde el resultado de la recepción, el que será entregado a la Unidad de Compras en un plazo no superior a 3 días hábiles, una vez que se haya recibido la totalidad de los productos.
La Municipalidad será representada ante el adjudicado para efectos de fiscalización de los servicios, por la Inspección Técnica del Servicio (I.T.S). Las atribuciones de la I.T.S., serán, esencialmente, controlar el cumplimiento de los términos establecidos en la propuesta y en el contrato.
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22.- Obligaciones y responsabilidades del proveedor |
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El proveedor, deberá ejecutar los servicios de acuerdo a la oferta presentada en su oferta y a la calidad de servicio exigida en estas bases. En caso de duda primará el criterio de la Municipalidad.
Será responsabilidad del proveedor, cumplir con el 100% de lo estipulado en el contrato de suministro de Artículos de escritorio y papelería. Por lo que, ante cualquier eventualidad o percance para la ejecución de éste, será el proveedor el encargado de restituir el o los productos, solucionar los problemas, según corresponda y siempre que la causa del inconveniente sea ajena a la responsabilidad de la Municipalidad.
El Proveedor, deberá presentar en el período de vigencia del presente Contrato suministro, Patentes Comerciales Vigentes por cada período de renovación de éstas (Semestralmente), Las que deben ser entregadas en oficinas de Partes de la I. Municipalidad de Quillón.
Se deja en claro que el proveedor es el único responsable del personal contratado y de velar por su correcto desempeño. En tal sentido, debe mantener los contratos del personal vigente, sus remuneraciones canceladas y sus cotizaciones previsionales y de salud; en general, debe dar cumplimiento a todas las leyes laborales, previsionales, de seguridad y tributarias vigentes.
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23.- De las modificaciones |
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Las condiciones de los servicios se estipulan en las especificaciones técnicas y en la hoja de oferta, estas son inamovibles, la oferta es a precio fijo y no corresponderá pagar mayores servicios ejecutados por el Proveedor, aun cuando exista cualquier error en los estudios realizados.
Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor, podrá actualizar el valor de los productos adjudicados, en los siguientes casos:
• En caso de estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional declarado por Decreto Supremo, sólo en caso de variación de precios, considerando el porcentaje de alza de los productos relacionados al mercado nacional en esa situación, el que no podrá exceder del 50% más de su valor y debiendo ser el aumento de los precios, corroborado y justificado con antecedentes comparativos, con a lo menos 3 cotizaciones de distintos proveedores.
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24.- Estados de Pago |
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El precio del Contrato se liquidará mediante 1 estado de pago por cada entrega realizada y aprobada en forma satisfactoria, según requerimientos y concordada con la Unidad Mandante, quien emitirá el informe técnico del servicio respectivo, indicando que se ha ejecutado el 100% del servicio solicitado y realizado en el plazo correspondiente, de acuerdo a los valores convenidos y lo comprendido en las presentes BAE y EE.TT. (Formulario propuesta técnica-económica).
Para dar curso al estado de pago el proveedor del servicio deberá acompañar Factura Electrónica en original a nombre de:
Nombre : I. Municipalidad de Quillón
RUT : 69.141.400-0
Giro : Servicio Público
Dirección : 18 de septiembre N°250, Quillón
Una vez autorizado el estado de pago, el proveedor tendrá la posibilidad de factorizar las facturas, siempre y cuando el ITS hubiere acreditado la recepción conforme al 100% y dentro del plazo correspondiente, dándose cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del Reglamento de la ley 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.
OBSERVACIÓN: La Municipalidad sólo pagará las facturas debidamente cursadas, en un plazo de 30 días posterior al ingreso de la factura junto a la entrega de los productos en bodega municipal o en forma digital al correo encargadadeabastecimiento@quillon.cl
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25.- Obligaciones y responsabilidades del proveedor |
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El proveedor será responsable de entregar el servicio ofertado según bases técnicas requeridas en los plazos pactados en la oferta.
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26.- De las multas |
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Si el oferente no cumpliera con los Productos ofrecidos de acuerdo a lo detallado en Formulario N°3 Propuesta Técnica Económica, la Ilustre Municipalidad de Quillón quedará facultada para aplicar multas, de acuerdo a los criterios, detallados en la siguiente tabla:
TIPO DETALLE VALOR
Leve
Plazo de entrega
Se aplicará por cada día hábil de atraso respecto a la fecha de entrega ofertada y/o acordada en la orden de compra que contiene los productos que se entregan con atraso. 1 UTM
Que producto venga defectuoso
Grave Entrega de producto, que no corresponde a las características ofertada en la Propuesta. 2 UTM
Entrega productos defectuosos o con deterioro
No da cumplimiento a lo estipulado en las BAE y el Formulario Propuesta Técnica - Económica
2 UTM
por evento
(*) Será responsabilidad del oferente realizar su reposición en el plazo estipulado por la Unidad Técnica, el cual no podrá exceder de 2 días hábiles, lo que no lo exime de la aplicación de multas indicada en la tabla precedente.
Si el producto que se entrega es de menor calidad a lo señalado en cada orden de compra o si se presenta con defectos, el proveedor tendrá un plazo de 48 horas para el cambio del producto, lo que no lo exime de la aplicación de multas.
De no entregar lo requerido en el plazo dispuesto para ello, la sanción pasará a ser grave
Sólo se aceptará un máximo de tres eventualidades de reposición de productos, ya sea por defecto, o producto errado, en una cuarta eventualidad, se procederá a término de contrato anticipado del convenio de suministro.
La formalidad para la aplicación de las multas señaladas en la tabla anterior, se notificará al proveedor a través del correo electrónico una vez recibido el Informe de la Inspección Técnica.
La reiteración de una falta será sancionada con la duplicación de la multa y de mantenerse una conducta reiterada de las deficiencias otorga la facultad para poner término al contrato según lo estipulado en el punto anterior de las presentes Bases.
Será el ITS, quien se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas o salvedades, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar la buena calidad y totalidad del servicio según día de inicio requerido.
Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del estado de pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en la factura más próxima.
En el caso donde las multas superen el margen indicado, la Municipalidad estará facultada para dar término anticipado al contrato.
Procedimiento multas:
1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen.
2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación.
3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS.
4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.
5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
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27.- Término anticipado del contrato |
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Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y su reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1.- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2.- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3.- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4.- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5.- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento.
6.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7.- Las demás establecidas en la ley, en la respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
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28.- Del domicilio y juridicción aplicable |
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Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Quillón y prorrogan la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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