Licitación ID: 4366-10-LE25
ILUMINACIÓN PISTA DE PATINAJE MUNICIPAL QUILLÓN
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLON
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
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Productos o servicios
1
Alumbrado público 1 Unidad
Cod: 39111603
Considera la instalación 4 postes cónicos de acero galvanizado de 12 metros de altura, en cada uno se instalarán 3 reflectores led de 600 watts, además de 3 luminarias tipo vial de 90 watts y 4.000, Según EE.TT.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ILUMINACIÓN PISTA DE PATINAJE MUNICIPAL QUILLÓN
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El proyecto considera la instalación 4 postes cónicos de acero galvanizado de 12 metros de altura, en cada uno se instalarán 3 reflectores led de 600 watts, además de 3 luminarias tipo vial de 90 watts y 4.000, por último, instalación de 8 luminarias solar led de 40 watts -5.400 lum. La ubicación de los postes cónicos se obtuvo mediante los resultados de los cálculos lumínicos realizados mediante Dialux, donde muestran la proyección de iluminación con 12 focos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLAN
R.U.T.:
69.141.400-0
Dirección:
18 De Septiembre 250
Comuna:
Quillón
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-06-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-05-2025 13:42:00
Fecha inicio de preguntas: 29-05-2025 15:30:00
Fecha final de preguntas: 31-05-2025 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-06-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-06-2025 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-06-2025 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-07-2025 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°13, 13.1.-
Documentos Técnicos
1.- Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°13, 13.1.-
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°13, 13.2.-
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Apertura Técnica Según Bases Administrativas Especiales Punto N°17, Apertura Técnica 50%
2 Apertura Económica Según Bases Administrativas Especiales Punto N°17, Apertura Económica 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: I. Municipalidad de Quillón
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La Unidad Técnica, podrá adjudicar el servicio cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Andrea Núñez Benítez
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores2@quillon.cl
Nombre de responsable de contrato: Ricardo Neira Arias
e-mail de responsable de contrato: directorsecplan@quillon.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2206600-640
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Quillón
Fecha de vencimiento: 01-12-2025
Monto: 5 %
Descripción: Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°15, 15.1.-
Glosa: Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°15, 15.1.-
Forma y oportunidad de restitución: Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°15, 15.1.-
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Para conceptos de evaluación se considerará hasta el segundo (2º) dígito decimal y en caso de empate por parte de dos o más oferentes, luego de la evaluación económica, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio de Experiencia del contratista, en caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio de Valor de la oferta, de persistir el empate, será oferente que obtenga el mayor puntaje el criterio de Tiempo de Ejecución.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Según Bases Administrativas Especiales Punto N°11 "CONSULTAS"

Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y Punto N°9 de las presentes BAE.

Según Bases Administrativas Especiales Punto N°12 "RESPUESTAS A LAS CONSULTAS"

Las respuestas a las consultas serán efectuadas por el portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y Punto N°9 de las presentes BAE. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones son parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.

Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las Bases Administrativas, Planos de arquitectura e ingeniería y Especificaciones Técnicas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.

De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.

La Municipalidad de Quillón, podrá a su propia iniciativa o en respuesta a consultas realizadas por los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl, realizar aclaraciones, con el sentido de enmendar, rectificar o complementar las presentes Bases de licitación, con la dictación del Decreto Alcaldicio correspondiente, el que será informado en el portal del sistema de información y contratación pública.

De modificarse las Bases mediante Decreto Alcaldicio se podrá postergar la o la fecha de aperturas de las mismas y ampliar el plazo para consultas y respuestas, con el objeto de dar un plazo razonable a los oferentes para el estudio de las modificaciones.

Se comunicará este hecho y los nuevos plazos mediante el portal del sistema de información y contratación pública www.mercadopublico.cl.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Según Bases Administrativas Especiales, Punto N°17 y N°23.-
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Según Bases Administrativas Especiales Punto N°17.1 "FORO INVERSO"
Pacto de integridad
Según Punto N°13, 13.1, letra m)  Punto N°17

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LA PARTICIPACIÓN
Podrán participar en esta licitación, los contratistas y/o profesionales competentes, en el rubro del área de la construcción, de acuerdo a la Ley de Urbanismo y Construcción, Ley General de Servicios eléctricos y sus reglamentos, reglamento de la superintendencia de electricidad y combustible, Comprende la ejecución de instalaciones de alumbrado, teléfonos, citófonos equipos de radio, télex y en general, instaladores que se encuentre acreditado ante la SEC vigente, otorgado por la Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Combustibles (SEC), que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, y que estén inscritos en el registro de la Ley de Compras Públicas (Chile proveedores) al momento de su adjudicación, para efectuar los trabajos correspondientes a su categoría, que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas Especiales y Especificaciones Técnicas, y que estén habilitados en el registro de la Ley de Compras Públicas (Chile proveedores) al momento de su adjudicación. Según los establecido en el Reglamento de la Ley de Compras, Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión, constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en caso de ser adjudicados y a la firma del contrato, deberán presentar documento que adquiere el carácter de escritura pública de la constitución y Nombramiento de un representante o apoderado común. La vigencia de esta unión Temporal de Proveedores, no podrá ser inferior al plazo contractual. Sin perjuicio de lo expresado, en caso de resultar adjudicado éste, el Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores deberá ser otorgado por escritura pública ante notario público chileno, de conformidad con lo establecido en las presentes bases. La Unión Temporal de Proveedores, debe encontrarse dentro de lo regido por el “Párrafo 2” de la Unión Temporal de Proveedores, en los artículos del N°180 al N°184 del Decreto N°661. Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados en el numeral 13.1. Según lo definido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, sólo se encuentran habilitados para ejecutar obras de construcción, reconstrucción, alteración, modificación y reparaciones de edificios y la urbanización de ciudades, los profesionales competentes como personas naturales y aquellas sociedades que actúen, a través de un profesional competente. Por ello, en los casos de personas naturales, estos deben tener la calidad de Profesional Competente del área de la construcción, es decir, poseer uno de los siguientes títulos: Ingeniero civil eléctricos, Ingeniero Civil, Ingeniero eléctrico, Ingeniero de ejecución en electricidad con licencia clase A o B, encontrándose acreditado ante la SEC. Los registros de contratistas, deberán ser acreditados por el contratista mediante un certificado actualizado. Este documento no podrá tener una fecha de emisión superior a 30 días corridos antes de la fecha de apertura económica de la propuesta, siendo estos de carácter obligatorio, y el no contar con ellos la municipalidad dejará automáticamente fuera de bases al oferente. Pudiendo ser uno o más de los siguientes registros:  Registro Contratista MOP  Registro Contratista MINVU
VISITA A TERRENO
Este llamado a licitación, NO contempla visita a terreno. Sin embargo, en el portal www.mercadopublico.cl, se publicará un documento en formato KMZ e imagen referencial del sector, junto a un video o fotos con los alcances del proyecto.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La Propuesta a Suma Alzada se deberá efectuar en portal www.mercadopublico.cl, antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en formatos Word, Excel, Jpg o Pdf. No se aceptará otro tipo de formato. Por lo que, dado el caso la municipalidad dejará fuera de bases al proponente. La oferta se presentará en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses. Las propuestas, documentos formularios anexos y todo otro antecedente deberán presentarse en idioma español (o con traducción) y con los valores en moneda nacional, indicando claramente el valor neto y el de los impuestos (IVA). En este contexto, se debe explicitar que el monto de la oferta en el portal debe ser Neto; sin embargo, en la oferta económica e itemizado debe ser con impuesto incluido. 13.1 Archivo documentación Administrativa - Técnica, deberá incluir: a) Formulario Anexo 1 Identificación del Oferente, según formato, firmado por su representante legal. b) Formulario Anexo 2 Declaración Jurada simple, según formato, debidamente firmado por su representante legal. c) Fotocopia de Cedula de Identidad del Oferente y/o Representante Legal Persona Natural: d) Formulario tramitado de iniciación de actividades del SII, en Original o copia, y presentar fotocopia del título profesional o certificado de título que lo califica como profesional competente, de acuerdo a la ley de urbanismo y construcción. Persona Jurídica: e) Copia del RUT de la empresa. f) Certificado de vigencia de la sociedad emitido por el conservador de bienes raíces correspondiente. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación. g) Certificado de Poder Vigente del representante legal, emitido por el conservador de bienes raíces correspondiente. El certificado no podrá tener una antigüedad superior a 60 días contados desde la fecha de apertura técnica de la licitación. h) Copia de Escritura Pública de la sociedad, cuyo objeto tenga como giro principal el de construcción o afín (esencial). i) Declaración jurada de Unión Temporal de Proveedores (UTP), cuando corresponda. j) Documento que certifique la Inscripción vigente del Registro de Contratista, extendido con una antigüedad no superior a 30 días corridos de la fecha de la Apertura técnica, por el Registro correspondiente. k) Patente Municipal vigente, que indique rubro de acuerdo a lo señalado en el Punto Nº4 de las presentes Bases. l) Copia firmada por el oferente de foro de preguntas y respuestas de la licitación, expuesta en el portal www.mercadopublico.cl. m) Programa de Integridad según lo establecido en dictamen N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°17 de las presentes Bases Administrativas Especiales. n) Declaración jurada simple de los trabajadores involucrados en el proceso de compras públicas, que acredite que se encuentran en conocimiento del programa de integridad de la empresa. o) Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, emitido dentro de los 30 días anteriores al acto de apertura técnica de la propuesta. p) Formulario Anexo 3 Nómina de obras en ejecución y terminadas durante los últimos 4 años con características similares a la Obra Licitada, ejecutadas por la empresa, no subcontratos, señalando: - Nombre de la Obra. - Monto. - Nombre Entidad Requirente. - Número de contacto mandante. - Año. - N° Obras ejecutadas. En tal sentido, se deberá acreditar, a través de certificados emitidos por los mandantes (no se considerarán, órdenes de compra, recepciones, facturas, etc. por obras realizadas), en los cuales se señale claramente monto del contrato y de preferencia la calificación obtenida. Sin perjuicio de lo anterior la falta de dichos certificados, facultará a la municipalidad para desestimar dicha nómina. q) Formulario Anexo 3.1 Nómina de obras en ejecución y terminadas durante los últimos 4 años con características similares a la Obra Licitada, lideradas por el jefe de obras (residente) propuesto en la presente licitación pública, señalando: - Nombre de la Obra. - Monto. - Nombre Entidad Requirente. - Número de contacto mandante. - Año. - N° Obras ejecutadas. En tal sentido, se deberá acreditar, a través de certificados emitidos por los mandantes (no se considerarán, órdenes de compra, recepciones, facturas, etc. por obras realizadas), en los cuales se señale claramente monto del contrato y de preferencia la calificación obtenida. Sin perjuicio de lo anterior la falta de dichos certificados, facultará a la municipalidad para desestimar dicha nómina. 13.2 Archivo Propuesta Económica, deberá incluir: a) Formulario Anexo 4 Oferta, según formato, firmado por su representante legal. b) Formulario Anexo 5 Plazo de Ejecución de la Obra, días corridos. c) Formulario Anexo 6 Programa de trabajo, indicando los tiempos necesarios (semanas) para el desarrollo de las obras (según itemizado de presupuesto detallado). d) Formulario Anexo 7 Nómina Personal Técnico de la Obra y mano de obra a contratar: Se deberá indicar el Personal Técnico y cantidad de mano de obra calificada y No calificada que se utilizará para el desarrollo y dirección de las Obras, señalando además sueldo líquido mensual a percibir. Además, se debe acompañar fotocopia simple del título o del certificado de título profesional del encargado de la obra (Residente), el que deberá tener la calidad de Profesional competente de la Construcción, al tenor de la normativa vigente: Ingeniero civil eléctricos, Ingeniero eléctrico, Ingeniero de ejecución en electricidad con licencia clase A o B, encontrándose acreditado ante la SEC. e) Formulario Anexo 8 Programa de Inversión, de acuerdo a los Estados de Pago, considerados en punto Nº23 de las presentes Bases y Programa de Trabajo. El último estado de pago, no podrá ser inferior al 10% del monto del contrato. f) Formulario Anexo 9 Presupuesto detallado por partida, según itemizado de presupuesto oficial entregado por la Municipalidad de Quillón. Estos datos podrán presentarse en el modelo entregado por la municipalidad u otro similar, siempre y cuando éste respete el desglose, orden y unidad de medida de las partidas del Formato anexo adjunto. El presupuesto no permite la agregación de partidas ni cambio de nombres o unidades, si se detectase, se procederá a invalidar la oferta presentada. El valor de la oferta deberá coincidir con el valor total que determine la suma del presupuesto detallado. Los oferentes deberán, además, indicar el valor neto de su oferta, a través del portal Mercado Publico. Aquel oferente cuya oferta en el portal de mercado público difiera de la oferta presentada en el Formulario Oferta (FORMATO Nº7), se respetará el valor indicado en plataforma. Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases. Para la presentación de las ofertas, los oferentes deberán cumplir con la totalidad de los requerimientos obligatorio especificados en las presentes bases. En consecuencia, aquellos oferentes que no cumplan con estos requerimientos serán evaluado con el puntaje mínimo Además, los errores u omisiones de tipo aritmético que pudiere contener la oferta que efectúe el oferente en el estudio de la propuesta, no alterarán la suma alzada indicada en ella. Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase y deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales. La municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado, a través del mismo medio.
DE LAS GARANTÍAS
Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”. b) Las Garantías deberán ser tomadas por el oferente, a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. RUT: 69.141.400-0. Deberán entregarse con el nombre del proyecto. c) Las Garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "el fiel cumplimiento de contrato" o "correcta ejecución", según corresponda con la glosa: “Iluminación Pista De Patinaje Municipal, Comuna De Quillón”. d) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del contratista y será éste el responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. e) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. f) No se aceptarán garantías tomadas por terceros. 15.1.- Garantía de fiel cumplimiento de contrato: El proponente que se adjudique la oferta deberá presentar la garantía mencionada en las presentes Bases Administrativas Especiales, en un plazo de 9 días hábiles, posterior a la adjudicación de la oferta en el portal, por una que garantice el "Fiel Cumplimiento del Contrato", por un monto equivalente al 5% del valor total de la oferta con una vigencia del plazo contractual aumentado en 60 días. La que debe ser ingresada por oficina de partes antes de las 13:00 horas del día indicado como plazo máximo de su recepción. La garantía deberá ser a la vista e irrevocable. Asimismo, podrá ser presentada electrónicamente, procurando lo indicado en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberá ser enviada a la casilla de correo electrónico de Oficina de partes de la municipalidad oficinadepartes@quillon.cl con copia a secretariasecplan@quillon.cl y apoyoabastecimiento@quillon.cl En caso de existir aumento de plazo, la garantía del fiel cumplimiento del contrato, deberá reemplazarse o renovarse contemplándose el mayor plazo. En tal sentido, la empresa contratista deberá ingresar la nueva boleta con al menos 05 días hábiles de anticipación a la expiración al plazo original. La Municipalidad estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de sus obligaciones por parte del prestador de servicio. En tal sentido, se puede hacer efectiva para efectuar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, para cubrir multas y sanciones aplicadas al contratista; todas ellas tendrán el carácter de irrevocable. El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Municipalidad, derivada directa o indirectamente de la presente licitación y contrato correlativo. De existir tal demanda o acción legal, la Municipalidad queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía. La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad correspondiente. La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.O. 15.2.- Garantía de correcta ejecución de las obras: Una vez ejecutada conforme las obras, sin observaciones, la empresa deberá entregar un documento de garantía por el 5% del precio total del contrato, para garantizar la "Correcta Ejecución de las Obras". La vigencia de esta garantía será de un año contados desde la fecha de consignada en el acta de Recepción Provisoria conforme de las obras, aumentado en 90 días a partir de la fecha de recepción provisoria sin observaciones, emitida por el municipio. Nota: En el caso que la entidad donde se tome el documento, no incorporara la glosa en el documento de garantía, el contratista deberá solicitar a la entidad emisora le entregue un certificado o documento similar que acredité que no incorpora glosa en el documento y los motivos. Para esta salvedad el contratista, además, deberá presentar una carta firmada por el Representante Legal, donde relacione el instrumento de garantía con la glosa de ésta, según corresponda “Fiel Cumplimiento del Contrato” y/o “Correcta Ejecución de la Obra”. Una vez recibida la garantía se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio que apruebe el Acta de Recepción Provisoria, pudiendo desde esta instancia proceder a presentar la solicitud de cancelación del último Estado de Pago. La I. Municipalidad podrá verificar la autenticidad del instrumento de garantía con la entidad bancaria correspondiente. La garantía de correcta ejecución de la obra se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, a través de oficina de partes de la municipalidad, previa presentación de informe favorable por parte del I.T.O.
ADJUDICACIÓN
Se debe precisar, que sólo se podrá adjudicar a los proponentes cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública. La adjudicación, no podrá superar los 10 días hábiles, contados desde la apertura económica de las ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl.
DE LA READJUDICACIÓN
La Municipalidad podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación, en caso de que el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. El proceso podrá repetirse hasta el último proponente admisible evaluado. Lo anterior, se efectuará por resolución fundada y podrá realizarse también en aquellos casos de término anticipado de contrato, sin perjuicio de las facultades generales de la Municipalidad para llamar a un nuevo proceso licitatorio según las reglas legales y reglamentarias aplicables.
DEL CONTRATO
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl. Respecto de la contratación de las obras, se deberá suscribir el contrato con la Unidad Técnica, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha del acto administrativo que aprueba la adjudicación. De no poder cumplirse dicho plazo será facultad del municipio evaluar las situaciones que dieron origen al no cumplimiento, pudiendo ser mayor por causas justificadas, como por ejemplo que la contratación deba ser aprobada por concejo municipal. Si el oferente no suscribe el contrato o no acompaña el documento de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo señalado, la Municipalidad podrá a adjudicar el servicio a otro de los oferentes o llamar a nueva Licitación, según lo estime conveniente la Municipalidad. 20.1. Entrega de Terreno La entrega de terreno se deberá realizar dentro de los siguientes 10 días hábiles, a partir de la emisión de la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior el inicio de las obras, no podrá exceder los 5 días corridos desde el acto de la entrega de terreno, salvo que se produzca un retraso administrativo municipal justificado o caso fortuito calificado por la ley vigente. De no cumplirse con el plazo estipulado la I. Municipalidad de Quillón, por causa atribuible al contratista, podrá hacer efectivas las garantías administrativas y dar término anticipado al contrato, según corresponda.
SUPERVISIÓN
La ejecución de la obra será supervisada por un Inspector Técnico de Obras (I.T.O) nombrado por la Municipalidad de Quillón, cualquier duda que surja de la interpretación de los antecedentes, así como los problemas que se deriven de su aplicación durante el transcurso de la obra, deberán ser expuestos a la Unidad Técnica, la que deberá resolver los problemas de orden técnico exclusivamente, correspondiéndole a la asesoría jurídica resolver aquellos de índole legal. El Inspector Técnico de la Obra, designado por el Municipio, no podrá autorizar cambios en el proyecto, limitando su función a informar a la autoridad competente de la Municipalidad, respecto al grado de cumplimiento por parte de la empresa ejecutora del proyecto. Para los efectos de consignar observaciones o plantear dudas se mantendrá en la obra y bajo custodia del contratista un Libro de Inspección denominado "Libro de Obras".- Los trabajos defectuosos o efectuados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por el supervisor, deberán ser corregidos por el Contratista según sus indicaciones, sin que signifique mayor obra ni mayor costo para el Mandante. Cabe señalar que la obra podrá ser visitada por profesionales del mandante y/o del organismo financista, como también de otro profesional de la administración del estado, quienes será meros observadores del proceso, sin que signifique su visita inspección técnica del contrato ni aceptación o rechazo de algún elemento o partida. 22.1. Letrero de obra Se debe considerar la instalación de un letrero indicativo de las obras, en un lugar visible, dentro de 10 días corridos, contados desde la emisión del acta de entrega de terreno y, sólo podrá ser retirado después de obtenida la Recepción Municipal Definitiva de las obras o, cuando así lo determine el mandante, a través de la Dirección de Obras Municipal. El costo que implique la instalación y confección de letrero debe estar individualizado en las partidas de presupuesto ofertadas. El responsable de verificar la correcta instalación será el I.T.O. nombrado a través del respectivo acto administrativo de la Unidad Técnica. Se tendrá consideración con los plazos en aquellos letreros en que sea necesaria la visación del organismo que financia la obra. Los plazos que no se considerarán dentro de los 10 días corridos no serán contabilizados desde la presentación de la propuesta grafica al ITO hasta su validación. 22.2. Contratación Mano de Obra Local Se debe considerar a lo menos un 55 % del total de la cantidad de mano de obra local (no calificada), información que se obtendrá del Certificado de contratación, emitido por oficinas de Intermediación laboral de Quillón (OMIL). La OMIL, de no contar con porcentaje solicitado de mano de obra local emitirá Certificado de No disponibilidad Laboral. En la supervisión de este acto, el I.T.O considerará un contrato por persona, por periodo total de ejecución, como también contratos parciales (partidas o sub partidas).
ESTADOS DE PAGOS
El precio del Contrato se cancelará en estados de pagos mensuales, de acuerdo a los avances fiscos de las partidas efectivamente ejecutadas sin observaciones y en concordancia al presupuesto presentado, considerando el Programa de Inversión entregado por el oferente (Formulario Anexo N°8), y haber presentado la documentación previamente exigida en el Art. 26 de las presentes bases y previo informe favorable del I.T.S. Los estados de pagos serán ingresados en oficina de partes los días 20 de cada mes o en día hábil siguiente. Para dar curso a cada estado de pago el contratista deberá acompañar los siguientes documentos en original más dos copias, en tres carpetas separadas y ordenadas en el orden con los siguientes documentos mínimos: a) Carta conductora dirigido al Sr. Alcalde, solicitando el estado de pago. b) Carátula Tipo MOP con timbre y firma de la Unidad Técnica, el que deberá incluir el avance físico de la obra en porcentajes, incluir nombre y código del proyecto. c) Detalle de partidas con nombre y firma del ITO responsable de la supervisión de la obra. incluir nombre y código del proyecto. d) Certificado vigente de la Inspección del Trabajo (F30-1) que acredite el cumplimiento del mes inmediatamente anterior, el cual no debe tener reclamos laborales, ni incumplimientos laborales, este certificado no será exigible en el primer estado de pago y siempre que no cuente con trabajadores en el mes anterior. e) Nómina de Trabajadores del mes inmediatamente anterior, firmada por el contratista. f) Contratos de trabajo de sus trabajadores, anexos, liquidaciones de sueldo e imposiciones del mes inmediatamente anterior g) En el caso de Subcontratistas deberá adjuntar una nómina de subcontratistas y sus trabajadores firmadas por ambas partes, el contrato de la prestación del servicio de subcontratistas, el F30-1 del mes inmediatamente anterior asociada a la obra y el contratista, además de lo señalado en párrafo anterior de todos los trabajadores del subcontratista. h) Set fotográfico de al menos 6 imágenes de avance de la obra, será obligatorio que una de ellas sea una fotografía clara y legible del letrero de obras instalado. i) En el primer estado de pago, se deberá remitir: - Copia del contrato de ejecución de Obras - Copia de garantía de fiel cumplimiento de contrato y certificación bancaria de autenticidad - Acta de entrega de terreno - Carta de apertura, acta de adjudicación y decreto respectivo - Decreto que nombra al ITO del proyecto - Acreditación con certificaciones de la dirección del trabajo que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Las fechas de ingreso del Estado de Pago a través de oficina de partes municipal serán los días 20 de cada mes, o el día hábil siguiente, el cual será internamente derivado al I.T.O. designado para su revisión y verificación en terreno. Una vez validado el Estado de Pago por el ITO, se procederá a solicitar al Contratista la emisión de la Factura correspondiente, la que deberá ser ingresada por oficina de partes municipal. La factura será emitida a nombre de la I. Municipalidad de Quillón, Rut 69.141.40-0 considerando incluir en su glosa, N° de estado de pago de la obra, nombre del proyecto “ILUMINACIÓN PISTA DE PATINAJE MUNICIPAL, COMUNA DE QUILLÓN”. Consideraciones especiales: El último estado de pago no podrá ser inferior al 10% del monto del contrato. Donde la Unidad Técnica deberá adjuntar el acta de recepción con y sin observaciones con el correspondiente acto administrativo que la aprueba, garantía de correcta ejecución y respectiva certificación bancaria de autenticidad. Los estados de pago serán considerados como un abono parcial que efectúa el Mandante durante el curso de los trabajos, y sólo tendrá el carácter de un anticipo concedido al Contratista a cuenta del valor de la obra; en ningún caso se estimará este anticipo como la aceptación de la cantidad y calidad de obra ejecutada por el Contratista, al cual corresponde dicho abono. El contratista tendrá la posibilidad de factorizar las facturas correspondientes a los estados de pago, siempre y cuando hubieren sido autorizados por el ITO, posterior a su visación y se dé cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del decreto N°661 que aprueba el reglamento de la ley 19.886: “Factoring. Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de Factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”. Para efectuar la operación de Factoring, el contratista o proveedor deberá solicitar autorización por escrito a la Municipalidad, mediante presentación ingresada en la Oficina de Partes Municipal, dirigida al ITO, Administrador Municipal y la DAF, con a lo menos 30 días de anticipación a la ejecución de la operación. El Sr. Administrador Municipal dará la autorización a la operación de Factoring previo informe favorable emitido por el ITO respectivo, certificando que se practicó debida notificación al municipio y que no existen obligaciones ni multas pendientes. La empresa contratista o proveedora, en caso de requerir una operación de factorización deberá notificar a la Empresa de Factoring respectiva, acompañando copia del contrato, de las presentes BAE, así como la autorización emitida por el Sr. Administrador Municipal. OBSERVACIÓN: La municipalidad pagará las facturas debidamente cursadas en un plazo máximo de 30 días contados a partir del día de ingreso por Oficina de partes de la municipalidad.
DE LAS MODIFICACIONES
Toda modificación de contrato, o situaciones no previstas, eventualidades que podrían requerir una modificación del proyecto “Aprobado”, deberá ser autorizada por la Unidad técnica mandante de la obra. En los casos que exista la necesidad, la disponibilidad presupuestaria y el visto bueno de la Unidad Técnica, se podrá autorizar, una modificación de contrato que disminuya o aumente cantidades de obras existentes en la oferta del contratista. Ante un eventual aumento en el valor del contrato, éste no podrá ser superior al 30% del monto previamente contratado. Así mismo, de existir la necesidad contar con una(s) partida(s) adicional(es) que sean necesarias para la conclusión de la obra, entendiéndose como tal la ejecución de partidas distintas de aquellas estudiadas en la licitación, o condiciones de interpuestos por los organismos sectoriales, excluyéndose todas aquellas que son del buen arte de construir para ejecutar las partidas contratadas, tampoco será motivo de obra extraordinaria aquellas omitidas en el estudio de la propuesta. Los aumentos y disminuciones de obras deberán presentarse en un formato presupuesto, uno para aumento, uno para disminución, el (o los) cual(es) serán construido con los precios unitarios del contrato, las cubicaciones resultantes y los porcentajes de utilidad y gasto general al presupuesto de la oferta. Las obras extraordinarias se presentarán en un formato presupuesto separado, el cual se construirá con las partidas necesarias, numeradas correlativo al presupuesto del contrato. Su precio unitario deberá ser respaldado por un análisis de precios unitarios (A.P.U.), las cubicaciones necesarias para la ejecución de lo planteado evitando unidades globales y los porcentajes de utilidad y gasto general idénticos al presupuesto de la oferta. No podrá ejecutarse las partidas de aumento u obras extraordinarias antes que estas sean autorizadas. Su ejecución sin autorización no dará derecho a su cobro. 24.1 Aumentos de Plazo La ejecución de aumentos de obra y obras extraordinarias darán derecho al contratista a solicitar un aumento de plazo, el cual no podrá superar un 20% del plazo original de la obra. Los aumentos de plazos que solicite el contratista por alguna situación ajena a la normalidad del contrato, los plazos necesarios que puede solicitar deben ser calificados por fuerza mayor o caso fortuito calificados por la ley vigente, debiendo acompañar la documentación necesaria que lo acredite y califique, sin objeciones. No es motivo para de solicitar aumento de plazo el retraso en la entrega de un producto adquirido tardíamente. 24.2 Paralizaciones Se entenderá por paralización una detención del plazo contractual, el cual suspende los trabajos quedando la obra bajo resguardo y costo del contratista por un tiempo determinado y de común acuerdo, el cual deberá ser solicitado por el contratista y aceptado por el mandante, previo informe técnico. Las paralizaciones podrán ser aceptada por las partes cuando por motivo de una modificación cuyo visto bueno deba darlo un organismo externo, o bien en virtud de un permiso o autorización sea necesario esperar un pronunciamiento, y este sea fundamental para dar cumplimiento al contrato y, además, sea ingresado por el contratista con antelación. No será autorizado una paralización de la obra si el contratista en el último 10% de su plazo contractual presente las solicitudes de permisos o autorización a los organismos, lo cual se interpretará como un trámite tardío pudiendo rechazase por la I.T.O. mediante correo electrónico o libro de obras. Cada solicitud que ingrese el contratista deberá ser analizada por el I.T.O. el cual evacuará un informe que considere y analice la solicitud y documentos solicitados, comprobatorios y adicionales, revisando la pertinencia técnica, económica y con las presentes Bases para emitir un informe en el cual evidencie las consideraciones y recomiende o no la autorización. Posteriormente deberá enviar el informe junto a la solicitud del contratista a SECPLAN. La SECPLAN deberá solicitar autorización y visación de la modificación del proyecto, siempre y cuando no se encuentre en ejecución la obra, obteniendo la aprobación de la modificación del proyecto mediante Resolución del organismo financiero, será informado mediante correo electrónico o memo al I.T.O. validando o no la compatibilidad de la modificación con lo planteado. La modificación será tramitará según las condiciones que establezca el convenio suscrito. Una vez con todos los vistos buenos se solicitará al contratista el ingreso de la actualización de la garantía, en cuanto a monto y/o plazo, y se firmará una modificación de contrato incluyendo un presupuesto modificatorio que actualice las cantidades y/o partidas, si corresponde, para luego dictar el Decreto Alcaldicio. Una vez dictada la resolución se procederá a publicar en el portal www.mercadopublico.cl
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá mantener a cargo de la obra al profesional competente, según la O.G.U.C., y será quien asumirá la responsabilidad y representación del contratista para hacer efectivas las instrucciones impartidas por la Inspección Técnica de la Obra y proporcionar los antecedentes e informes que requiera. En este contexto, el profesional propuesto en la oferta deberá ser quien asuma dicha función en primera instancia, a menos que el municipio rechace dicha proposición, pudiendo ser reemplazado posteriormente solo por otro profesional que acredite una calidad profesional y de experiencia superior. El profesional deberá considerar permanencia en la obra durante la jornada laboral El Municipio se reserva el derecho de rechazar a este profesional si lo estima conveniente, como garantía para la correcta ejecución de los trabajos. Esta medida podrá hacerla extensiva a cualquier trabajador. Respecto al cumplimiento de la Ley de subcontratación el contratista deberá incluir desde su segundo mes calendario de ejecución la entrega de la siguiente documentación mínima cada 15 o día hábil siguiente, ingresando por oficina de partes municipal la siguiente información, en una copia: • Nómina de Trabajadores del mes inmediatamente anterior, firmada por el contratista. • Contratos de trabajo de sus trabajadores, anexos, liquidaciones de sueldo e imposiciones del mes inmediatamente anterior. • En el caso de Subcontratistas deberá adjuntar una nómina de subcontratistas y sus trabajadores firmadas por ambas partes, el contrato de la prestación del servicio de subcontratistas, además de lo señalado en párrafo anterior de todos los trabajadores del subcontratista. • Registro de Entrega de EE.PP.PP. • Listado de capacitaciones, entrega de reglamento interno de higiene y seguridad, con registro de entrega por cada trabajador. El no ingresar con esta documentación el contratista podrá ser caudal de no tramitación del estado de pago próximo, sin derecho a reclamaciones.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Como norma general el contratista estará obligado a usar materiales de primera calidad en la ejecución de la obra; dar cumplimiento a las leyes sociales, proporcionar los elementos de protección y seguridad al personal que utilice, y responder por los accidentes que puedan ocasionarse en el desarrollo de la obra, ya sea relacionados con los operarios o terceras personas. a) Mantener en la obra, una carpeta para que pueda ser usada y revisada en las visitas de monitoreo, con la siguiente documentación, en original o fotocopia: • Contrato de Ejecución de Obra • Carta Gantt • Oferta y Presupuesto detallado por partidas • Programa de trabajo • Especificaciones Técnicas y Planos • Libro de Obras. b) Cumplir con todas las exigencias que durante el desarrollo de la obra le formule la I.T.O., y que formando parte de las exigencias mínimas establecidas en la legislación, normas y bases no hubiesen sido observadas por la comisión de licitación revisora de la oferta. c) Resguardar por la preservación y entregar al municipio, los materiales que surjan durante el desarrollo de la obra como resultado de las demoliciones de instalaciones existentes. También, será su responsabilidad la restitución, sin costo alguno para el mandante, de cualquier instalación que se vea afectada por la ejecución de la obra sin estar expresamente estipulado en la documentación otorgada al contratista. Todo aquello no definido en las especificaciones técnicas adjuntadas deberá regirse por bases técnicas generales, en caso de discordancia entre estas primará la de mayor conveniencia a este municipio. d) Entregar al municipio, al término de la obra, una carpeta de planos actualizados con todas las modificaciones, aprobadas oportunamente, que se hubieren efectuado en el curso del desarrollo de los trabajos.
DE LAS MULTAS
La obra deberá estar completamente ejecutada en todos sus detalles dentro del plazo ofertado por el contratista, contados desde la fecha consignada en el acta de entrega de terreno. En caso de no cumplir con lo establecido en las BAE la Municipalidad queda facultada para aplicar multas: TIPO CAUSAL MONTO Grave -No cumplir con los requisitos, condiciones o especificaciones establecidas en las Presentes BAE. -No dar cumplimiento a lo normado en el punto N°22.1, respecto del Letrero de Obras. -No dar cumplimiento a lo normado en el punto N°23, respecto del proceso de Factoring. -No acatar órdenes sobre las obras u otros aspectos del contrato, imparta por escrito la I.T.O. (*) -Por día de atraso del plazo de ejecución del contrato. 5 UTM por evento Moderada -En el caso de generar deterioro a causa o con ocasión de los trabajos realizados a la infraestructura (**) -No cumplir con las obligaciones de legislación laboral -Por incumplimiento del % mínimo de mano de obra local, sin justificación validada por el ITO 3 UTM por evento Leve -La no exhibición o la falta de libro de obras en la obra respectiva, cada vez que el I.T.O lo requiera. -No cumplir con mantener vigentes documentos de garantías respectivos, además del Termino Anticipado de Contrato. 1 UTM por día (*) Dichas órdenes deberán ser cumplidas, o apeladas, por el contratista, en un plazo máximo de 5 días. (**) Si fuese así se exigirá la reposición en igual capacidad, cantidad y materialidad de los activos dañados con la finalidad de restablecer y/o mejorar las condiciones iníciales de entrega de las obras, además se aplicará multa estipulada en tabla precedente. Para todos los efectos se considerará como día de término de la obra, el día anterior (sin multa) de la Recepción de la Carta informativa con este contexto por la Oficina de Partes de la Unidad Técnica. Será el ITO, quien se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas o salvedades, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar la buena calidad y totalidad del servicio según día de inicio requerido. Las multas que se apliquen a la empresa adjudicada, no podrán exceder el 30% del valor total del contrato. En el caso donde las multas superen el margen indicado, la Municipalidad estará facultada para dar término anticipado al contrato. Procedimiento de multas: 1.- Emisión de informe por incumplimiento en la entrega del servicio, del ITS y/o quien le subrogue o designen. 2.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación. 3.- Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS. 4.- Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico. 5.- Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario Anexo N°1), acerca de la resolución de la multa.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.