Licitación ID: 4375-37-LE23
ARTÍCULOS DE GASFITERIA PARA BAÑOS CAA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO, Abastecimiento General
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 114
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Estanque del WC 20 Unidad
Cod: 30181515
Fluxometro externo entrada posterior similar y/o equivalente modelo NIBSA. Ver ETT adjunta.  

2
Tubería de bronce 60 Unidad
Cod: 31231308
CODO BRONCE SO / HE 3/8 X 1/2 similar y/o equivalente modelo NIBSA. Ver ETT adjunta.  

3
Apoyos del brazo del inodoro para personas con discapacidad física 12 Unidad
Cod: 42211612
BARRA APOYO BAÑO MINUSVALIDOS 60 CM SIMILAR Y/O EQUIVALENTE JETECH. Ver ETT adjunta.  

4
Grifos 60 Unidad
Cod: 40141702
LLAVE PARA LAVATORIO MANUAL SIMILAR Y/O EQUIVALENTE MODELO PLUMBER. Ver ETT adjunta.  

5
Asientos de inodoro 50 Unidad
Cod: 30181512
TAPA ASIENTO W.C ELONGADO PLÁSTICO SIMILAR Y/O EQUIVALENTE BEMIS. Ver ETT adjunta.  

6
Conductos flexibles 60 Unidad
Cod: 40141901
FLEXIBLE PARA AGUA DE 30 CM DE 3/8 HI X 1/2 HI SIMILAR Y/O EQUIVALENTE CORSOVAL. Ver ETT adjunta.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARTÍCULOS DE GASFITERIA PARA BAÑOS CAA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de efectuar licitación pública “ARTICULOS DE GASFITERIA PARA BAÑOS CAA”, con la finalidad de contar con los materiales necesarios para realizar el mantenimiento tanto preventivo como reparativo de los baños ubicados en edificio CAA.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Unidad de compra:
Abastecimiento General
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martín 1436 Concepcion
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-03-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 14-03-2023 10:20:08
Fecha inicio de preguntas: 14-03-2023 10:30:00
Fecha final de preguntas: 16-03-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-03-2023 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-03-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-03-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 18-04-2023 17:28:39
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Documentos Administrativos El oferente, deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta: 1. Formulario Nº1A Declaración jurada sin conflicto de intereses. 2. Formulario N°1B Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo 3. Formulario Nº2 Declaración jurada por prácticas antisindicales 4. Formulario Nº3 Declaración jurada de socios. 5. Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores. 6. Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores 7. Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad. 8. Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica. 9. Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica 10. Formulario Nº8 Identificación del Oferente 11. Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones 12. Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
1.- a) La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4. b) Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. c) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados). d) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación). e) Se debe considerar, que el HGGB se reserva el derecho de poder solicitar cambios de productos, en caso de que no cumplan con lo requerido y/o no estén en las condiciones adecuadas para su usabilidad, según la necesidad de la unidad requirente. f) Al momento de postular es requisito obligatorio, que el proveedor en su oferta económica Formulario N°7, deba señalar si cuenta con una política de cambios, en caso de que despachados los productos no fuesen según lo requerido o no se ajusten a lo solicitado, indicando si es en días hábiles o corridos. El proveedor deberá realizar los respectivos cambios en los casos particulares que sea necesario y justificado por la unidad que solicito el requerimiento de compra.
 
2.- Sera obligatorio y excluyente adjuntar fichas técnicas o fotografías de referencia de lo ofertado, donde deben indicar las medidas y el material del producto, para poder evaluar el cumplimiento de lo solicitado por la unidad requirente, puesto que al ser materiales para la mantención y reparación de baños ya existentes en el establecimiento, las medidas ofertadas deben coincidir con lo requerido en licitación, para así poder ajustarse a las piezas y espacios del baño.
 
Documentos Económicos
1.- a) La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por los productos que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido. b) La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases. c) En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la compra de lo licitado, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La oferta económica del proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7. d) Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. e) En caso que exista contradicción entre el valor de la oferta publicada en el Portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en el Portal. Lo anteriormente expuesto, es sin perjuicio de la facultad del Hospital regulada en el punto 26 de las presentes bases, respecto a la posibilidad de solicitar que se salven errores producidos al ofertar.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Presentación oportuna antecedentes administrativos - Cumple con los requisitos formales y técnicos de las presentes bases antes del día y hora de cierre=5 Pto. – Cumple con los requisitos formales y técnicos de las presentes bases dentro del nuevo Plazo de 48 Horas, contados desde la solicitud= 2 Pto. – No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 Hrs, contados desde la solicitud= Inadmisible 5%
2 Precio A menor precio, mejor puntaje. Fórmula= (menor precio ofertado/precio evaluado) x 70 70%
3 Plazo de Entrega A menor plazo, mayor puntaje. Para asignar los puntajes por plazo de entrega, se utilizará la siguiente fórmula: Puntaje=("Menor plazo entrega ofertado)/(plazo entrega  Oferta)x25 *Plazo de entrega se considera en días hábiles desde él envió de la orden de compra. 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto HGGB
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, no excediendo las 1.000 UTM
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Loreto Rodriguez Neira
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: Lisette Garcés Carrasco
e-mail de responsable de contrato: abgejecutivo@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2722993-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
De las Modificaciones y Término Anticipado del Contrato

De las modificaciones:

Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento).

Del Término Anticipado del Contrato:

Por otro lado, el Hospital Regional, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:

1)    Que el valor total de las multas supere el 50% del valor neto de la orden de compra.

2)    Según lo estipulado en punto 32:

a)    Una vez alcanzado el tope de 20 UF por atraso en el  plazo de entrega, se procederá a dar término anticipado de contrato.

b)   Una vez alcanzado el tope de 30 UF en multas por no cumplimiento de las especificaciones técnicas, se procederá a dar termino anticipado de contrato.

3)    Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

4)    Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

5)    En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.

6)    Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.

7)     En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:

       
A) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia.  De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

B) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

C) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

D) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

E) Disolución de la UTP.


8)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

9)    Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes

a)  No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.

b)  Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:

En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8 detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.

En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.

El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.

Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.




Multas y Sanciones

El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

a) Si los productos entregados, no cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas, el hospital deberá aplicar una multa de 1 UF, por despacho entregado con productos erróneos, además el proveedor deberá gestionar el cambio de los productos. El tope de las multas será 30 UF, cuando se cumpla este límite se considerará una falta grave, por lo que le hospital deberá gestionar el termino anticipado de contrato.

b)   El no cumplimiento del plazo de entrega de lo ofertado, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor, obligara al Hospital Guillermo Grant Benavente aplicar una multa de 0.5 UF por cada día de atraso, con un tope de 20 UF,  cuando se cumpla este límite se considerará una falta grave, por lo que le hospital deberá gestionar el termino anticipado de contrato.

En toda sanción, el Hospital Guillermo Grant Benavente deberá considerar las siguientes reglas:

  1. Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.
  2. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
  3. El  Hospital Regional podrá descontar las multas detalladas precedentemente contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital Regional consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
  4. Si no existiere documento de garantía o pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de quince (15) días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital Regional. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El Hospital Regional podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
  5. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital Regional para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
  6. Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. Una vez superado el 50% de multas se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose las garantías respectivas en los casos que proceda.
  7. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor.




De la Comisión de Evaluación y Adjudicación

La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:

  1. Jefa Abastecimiento General
  2. Jefe del Departamento Infraestructural
  3. Jefe CR Operaciones

Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercado público, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue.

Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda.



GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
De la Obligación de Confidencialidad
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
CLAUSULA DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

a)   Precio

b)   Plazo de entrega

c)   Presentación oportuna de antecedentes administrativos

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionara la propuesta que ingreso primero en el portal mercado público, de acuerdo a lo indicado en el comprobante de ingreso de la oferta.



Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones  contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

7.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Este párrafo es sin perjuicio de las obligaciones que el proveedor tuviese en virtud de la ley de transparencia.


MODALIDAD DE PAGO

El pago se efectuará a los 30 días corridos desde recepcionada conforme la factura.

La Tesorería General de la República recibirá y procesará las órdenes de pago de las facturas de proveedores del estado, que prestaron servicios o proveyeron bienes. Dichos pagos se realizarán en forma virtual de acuerdo a las órdenes de pago emitidas por DIPRES. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de la página de la Tesorería General de la República, de la siguiente forma: página Web WWW.TGR.CL > instituciones y proveedores > proveedores > Pago a Proveedores del Estado > INGRESAR A MIS PAGOS

La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente, RUT 61.602.189-3, Dirección San Martin Nº1436, Concepción. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA ORDEN DE COMPRA QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE, ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA Y CORREO ELECTRÓNICO PARA LA NOTIFICACIÓN.

El plazo para facturar una guía despacho es hasta el décimo día del mes siguiente de efectuado el servicio, siempre que se señale como periodo tributario el que corresponda a la realización de dicha operación, según lo dispuesta en el artículo 55 de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. En cada estado de pago se deberá adjuntar las respectivas facturas previamente visadas por la Administradora del Contrato. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados. Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:

   

   

   

   

Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos:

1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega.

2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”.

Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.



DEFINICIONES
  • Director: Sr. Claudio Baeza avello

•        Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, VIII región.

•        Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente.

•        Unidad Técnica: Unidad de Abastecimiento General.

UNIDAD TECNICA
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin 1436, Concepción, Unidad de Abastecimiento General
DOCUMENTOS DE LICITACION

Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:

-  Las presentes Bases Administrativas. 

-  Las consultas y respuestas.

-  Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.

-  Los Formularios.

-  La oferta adjudicada.

-  La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.

- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente y que haya sido oportunamente publicado a través del sistema de información.

El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación.

El Hospital Regional podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.  Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital Regional a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.

DE LOS PROPONENTES

Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases.

Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Servicio, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación.

El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile al momento de contratar.

INGRESO DE OFERTAS EN EL PORTAL

Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación.

MODIFICACION DE DOCUMENTOS DE LA LICITACION

El Hospital  podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.

El Hospital Regional deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación en 10 días corridos desde la toma de razón de la resolución que apruebe la modificación respectiva,  lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.

Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital Regional a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl

VALIDEZ DE LA OFERTA

a)   La oferta tendrá una vigencia de 90 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta.

b)   No obstante cualquier declaración, las ofertas técnicas y económicas que se presenten, se entienden tener vigencia de 150 días corridos, desde la fecha de apertura. Si el HGGB no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 90 días corridos. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.

DE LA PRECALIFICACION DE LAS OFERTAS

Serán los Profesionales miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.

FUNCIONES DE LA COMISION

a)  Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.

b)  Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.

c)   Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.

d)  De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. 

e)  Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital Regional.

f)    En el caso de presentarse la situación regulada en el artículo 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue.

g)  Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.

h)  En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital Regional, para que éste asesore como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14, ya sea invitando a un abogado que asista a la sesión de la comisión o pidiendo formalmente un pronunciamiento jurídico al departamento.

i)    Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente,   podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital Regional no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la Oferta Inadmisible.


DE LA ADJUDICACION

Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Simple, aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación y que haya ofertado por la totalidad de las líneas, emitiendo al efecto la Resolución Exenta de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.

El Hospital Regional declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.

La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital Regional dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:

  • Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
  • Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato en el plazo indicado en el punto 5 y 34.
  • Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.

En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital Regional podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.

El Hospital Regional tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).

Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Hospital Regional podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.

El HGGB se reserva el derecho de: 

  1. Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas.

  1. De adjudicar parcialmente o disminuir cantidades si de la evaluación y modificaciones presupuestarias que se estiman pertinentes.

  1. Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas. 

  1. La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.

  1. Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.

El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través del sistema de informaciones en la plataforma de mercado público, conforme al artículo 33 del reglamento de la ley de compras Públicas (Decreto 250)

Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico de Jefe Unidad de Abastecimiento General mlizama@ssconcepcion.cl y a responsable del proceso de compra Lisette Garcés Carrasco al mail abgejecutivo@ssconcepcion.cl

AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS

Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a los intereses del Hospital Guillermo Grant Benavente y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.

Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN

El  Hospital Regional respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.

Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.

PROCEDIMIENTO APLICACION SE SANSIONES

En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto.

A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos).

Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda.

En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en los respectivo formulario N°8 o en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público.

En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.




Vigencia y renovación.

Vigencia: inmediata, desde el envío de la orden de compra.

Con todo, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción pondrá término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa previa aprobación de la central de esterilización, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a las bases administrativas.

Renovación: No se contempla renovación.

DEL CONSUMO
El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta. El HGGB podrá adquirir hasta un 30% más del presupuesto total adjudicado.
DE LA RECEPCION

El proveedor deberá entregar los productos adjudicados de la presente licitación en la bodega de mantención, ubicada en san Martin 1436, Concepción, en zócalo subterráneo hospital, para lo cual debe considerar lo siguiente:

  • El Horario de entrega es dentro de la jornada laboral de lunes a viernes desde las 08:00 a 14:30 hrs (horario continuado), el despacho se debe realizar previa coordinación con ejecutiva de compras Srta. Lisette Garcés de la Unidad de Abastecimiento General, la cual se encuentra encargada de la presente licitación, cuyo correo es abgejecutivo@ssconcepcion.cl y número de contacto 41-2722993.

Si el adjudicatario no da cumplimiento a la entrega de los bienes adquiridos se considerará como no entregado, facultando al servicio para aplicar las sanciones establecidas en el punto 32 “Del Incumplimiento del Proveedor y sus Sanciones” y el término anticipado, según lo dispuesto en el punto 38 “Del Término Anticipado del Contrato”. Los productos deberán ser recepcionados conforme por la Bodega de mantención, mediante acta de recepción, documento requerido para proceder con el respectivo pago, el cual deberá ser firmado por la encargada/o de bodega, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta.





Del contrato y de la orden de compra

En caso de que la adjudicación sea Menor a 1.000 UTM, no se generara contrato y se formalizara el proceso con el solo envió de la orden de compra, la cual se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico, para ambos casos.

No se generara contrato y se formalizara el proceso con el solo envió de la orden de compra.

De la política de cambio
El proveedor en su oferta económica Formulario N°7, deberá incluir una política de cambios en caso que despachados los productos no fuesen lo requerido o no se ajusten a lo solicitado, para lo cual el proveedor deberá realizar los respectivos cambios en los casos particulares que sea necesario y justificado.