Licitación ID: 4375-4-LP21
Servicio de alojamiento para pacientes oncológicos
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 217
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Casas residenciales 2500 Día
Cod: 30222501
Reserva de alojamiento, alimentación y transporte de pacientes oncológicos autovalentes, derivados a tratamiento en la región metropolitana, en base a habitación compartida. De acuerdo a lineamientos técnicos adjuntos.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de alojamiento para pacientes oncológicos
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Las presentes bases, tienen por objetivo la adquisición mediante llamado a licitación pública de un servicio de alojamiento, alimentación y traslado de pacientes oncológicos derivados a tratamiento en Instituciones en la región metropolitana, durante un periodo de 12 meses, solicitado por C.R. del Cáncer mediante correo electrónico del 22.12.2020
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Abastecimiento General
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martin 1436 Bodegas de Abastecimiento General
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-02-2021 17:00:00
Fecha de Publicación: 22-01-2021 10:53:37
Fecha inicio de preguntas: 22-01-2021 11:01:00
Fecha final de preguntas: 25-01-2021 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-01-2021 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-02-2021 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-02-2021 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 01-04-2021 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta: Formulario Nº1 Declaración jurada sin conflicto de intereses. (*) Formulario Nº2 Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo. (**) Formulario Nº3 Declaración jurada de socios. Formulario Nº4A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores. (*) Formulario Nº4B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores. (**) Formulario Nº5 Declaración jurada causales inhabilidad. Formulario Nº6 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica. Formulario Nº7 Presentación de Oferta Económica Formulario Nº8 Identificación del Oferente Formulario Nº9 Aceptación de Condiciones Formulario Nº10 Declaración Unión Temporal de Proveedores (solo si corresponde) Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios (*) (**) Se adjunta uno o el otro. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente. El oferente deberá presentar garantía seriedad de la oferta física a través de oficina de partes del Hospital ubicada en San Martín N° 1436, Concepción. En el caso de ser en formato digital, ésta debe ser adjunta en la oferta que realice a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los documentos administrativos. El plazo de recepción de la garantía, es hasta el día de cierre de recepción las ofertas a las 15:01 hrs. DOCUMENTO DE SERIEDAD DE LA OFERTA, SOLO DEBE ENTREGARSE EN OFICINA DE PARTES SI ES QUE SE TRATA DE UN DOCUMENTO BANCARIO, EN CASO DE SER PÓLIZA DE SEGURO, CERTIFICADO DE FIANZA, ESTOS DEBEN SER ENVIADO POR CORREO ELECTRONICO INDICADO EN BASES ADMINISTRATIVAS Y ADEMAS ADJUNTARLO EN PROPUESTA. NO SE ACEPTARÁN DOCUMENTOS DE SERIEDAD DE LA OFERTA, QUE VENGAN EN EL MISMO BULTO DE LAS MUESTRAS. ES RESPONSABILIDAD DE CADA PROVEEDOR, DERIVAR ESTA DOCUMENTACIÓN POR LO CANALES YA DESCRITOS.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente: 6.2.1 La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4. 6.2.2 Proveedor deberá presentar ficha técnica del servicio que ofertará indicando lo que se solicita en EETT. Requisito Obligatorio y Excluyente. 6.2.3 Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. 6.2.4 El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados). 6.2.5 Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación). 6.2.6 Deben adjuntar fotografías y planos de las instalaciones: habitaciones, baños, sala de estar, transporte, etc.
 
Documentos Económicos
1.- 6.3.1 Las ofertas que superen el presupuesto disponible se declararán inadmisibles 6.3.2 La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido. 6.3.3 La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en el Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases. 6.3.4 En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la prestación de servicios licitada, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº8 6.3.5 Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. 6.3.6 EN COMPROBANTE DE OFERTA DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO SE DEBE INDICAR EL MONTO TOTAL NETO POR EL SERVICIO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON LO SOLICITADO EN EL FORMULARIO N°7. EN CASO CONTRARIO SERA DECLARADA INADMISIBLE.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Este Ítem será evaluado mediante el PRECIO MINIMO OFERTADO donde los puntajes serán asignados con la siguiente fórmula: Puntaje= (Precio mínimo ofertado)/(Precio Oferta)*70 Para el cálculo del puntaje por Precio, se utilizará la información indicada en el formulario N°7 70%
2 Inclusión Se debe informar en el formulario N°7 y ser demostrado mediante certificado y/o credencial SENADIS, que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con algún tipo de discapacidad. Cumple y acredita 5 puntos No cumple y/o no acredita 0 pto 5%
3 Experiencia Este Ítem será evaluado mediante LA MAYOR EXPERIENCIA OFERTADA donde los puntajes serán asignados con la siguiente fórmula: Puntaje= (Experiencia analizada)/(Mayor experiencia)*20 Se debe informar en el formulario N°7, la experiencia en la cantidad de servicios realizados, los que deberán ser respaldados órdenes de compra, resoluciones o contratos, otro documento no será evaluado. Si se presentan varias órdenes de compra o certificados pertenecientes a un mismo contrato o resolución, se considerará como un solo trabajo realizado. En el caso de la UTP se considerará la experiencia del oferente indicado en el Formulario N°10. Se evaluara la cantidad de proyectos de similares características entre los años 2011 y 2020. 20%
4 Cumplimiento de documentación y requisitos formale RANGOS PUNTAJE Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre 5 puntos. Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud 1 punto. No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud Oferta inadmisible 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: presupuesto referencial HGGB
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, no excediendo las 2000 UTM
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Loreto Rodriguez Neira
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: Jocelyn Martinez Delgado
e-mail de responsable de contrato: jomartinez@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-3270758-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE
Fecha de vencimiento: 28-05-2021
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá entregar una boleta, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por cada oferta presentada, la que podrá ser tomada por uno o varios integrantes o por un tercero, por un monto de $500.000.- en pesos chilenos, pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación, en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martín 1436, Concepción, con un plazo de entrega hasta el día y hora de cierre de la licitación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El oferente deberá adjuntar dicho documento en su oferta a través del portal Mercado público. El Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción hará efectiva el total de la garantía en el evento de que el proveedor adjudicado incurre en alguna de las causales para dejar sin efecto la adjudicación, según lo indicado en la cláusula “De la Adjudicación”.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto "Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta de Servicio de alojamiento para pacientes oncológicos ID: 4375-4-LP21."
Forma y oportunidad de restitución: A los participantes se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, será endosada por Contabilidad y devuelta a la dirección del proveedor, adjuntando en sobre cerrado la garantía endosada por el Director. Se establece el mismo plazo para el evento de declararse desierta la licitación o inadmisible las ofertas, contados desde la resolución respectiva. Lo anterior en conformidad de lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 250, Ministerio de Hacienda 2004, Reglamento de la Ley 19.886. Dicho plazo puede ampliarse en caso de re adjudicación en 60 días corridos respecto de la segunda oferta mejor evaluada.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE
Fecha de vencimiento: 30-06-2022
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero, por un monto de 10% del valor total adjudicado (IVA incluido) en pesos, pagadera a la vista de carácter irrevocable con vigencia mínima que exceda en 60 días corridos después de la fecha de término del contrato. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, ubicada en San Martín 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida, la garantía electrónica deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el punto 39 N°1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de las Bases Administrativas de la propuesta. La fecha indicada de vencimiento en el portal es estimativa. Documento deberá ser en pesos. El Servicio podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta de Servicio de alojamiento para pacientes oncológicos ID: 4375-4-LP21."
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se les devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Generalidades

Las presentes Bases Administrativas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación y Orden de Compra, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público.  El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.

De la Obligación de Confidencialidad
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:

          

1)      Oferta económica

2)       Experiencia

3)      Cumplimiento de documentación y requisitos formales

4)       Inclusión 

 


Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Modalidad de Pago

El pago se realizará contra factura, previa recepción conforme de encargado de Bodega de Servicios, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura, (Según Ley N°21.131).

Pago de factura será mediante transferencia electrónica, la cual se generará una vez recepcionados los bienes o servicios. Para dar cumplimiento a este sistema de pago, los bienes o servicios deberán estar entregados en las bodegas de Abastecimiento General ubicado en calle San Martín 1436 concepción., El Hospital Clínico Regional Gmo. Grant Benavente, se libera de toda responsabilidad del pago de las facturas si la mercadería o el servicio no se entregaran con sus respectivas Guías de Despacho o copia de factura, y/o si hubiese disconformidad entre lo facturado y lo recepcionado.

Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de un link denominado "Pago de proveedores" habilitado en la página WEB del Hospital Regional de concepción. Se señala que esta será la forma de informar a los proveedores respecto del pago de las facturas, no pudiéndose suspender el despacho aduciendo el no conocer el detalle de que facturas fueron canceladas.

 

Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital.

En razón de ello se requiere que los archivos XML sean enviados  desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema.

Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados.

Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente:

           

           

         

           

 

Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII.

 

En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.

En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°10, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.


Definiciones

Director: Sr. Alejandro Torche Vélez

* Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción

* Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente.

* Unidad Técnica: Abastecimiento General

Unidad técnica
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. Unidad Abastecimiento General
Documentos de la Licitación
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
De Los Proponentes
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El oferente y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
Ingreso de las Ofertas en el Portal

Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl  (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.

Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación.

En el caso de las garantías, planos, antecedentes  legales, muestras y demás antecedentes que no estén  disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad Licitante de manera física, de acuerdo a lo que establezcan en cada caso las Bases.
Modificación de los Documentos de la Licitación
El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
Validez de la Oferta

a)   La oferta tendrá una vigencia de 90 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta.

b) No obstante cualquier declaración, las ofertas técnicas y económicas que se presenten, se entienden tener vigencia de 150 días corridos, desde la fecha de apertura. Si el HGGB no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 90 días corridos. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.
De la Comisión de Evaluación y Adjudicación

La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:

1. Enfermero Coordinador CR del cáncer.

2. Enfermera Coordinadora de Radioterapia.

3. Jefa de Servicio Social

4. Jefe Unidad de Abastecimiento General.

Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación.


En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue.

Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda.

De La Precalificación De Las Ofertas Por Parte De La Comisión

Serán los miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación.




Funciones de la comisión:

 
a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.

b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”. 

c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.

d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. 

e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital. 

f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue.

g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. 

h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital, para que éste dirima como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.

i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo


Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible. Las aclaraciones podrán ser reiteradas máximo 2 veces.
De la Adjudicación

Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación simple; aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.

 

El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:

a)   Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.

b)   Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases.

c)    Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato.

d)   Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.

 

En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.

 

El Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).

Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el HGGB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento.

 El HGGB se reserva el derecho de: 

  1. Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas.
  2. De adjudicar parcialmente o disminuir cantidades si de la evaluación y modificaciones presupuestarias que se estiman pertinentes.
  3. Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas. Omitidos
  4. La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue.
  5. Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes.

 

El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.


Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Jefe de la Unidad Abastecimiento General y al responsable del proceso de compra nicole.castillo@ssconcepcion.cl y jomartinez@ssconcepcion.cl.
Aumentar o Disminuir Partidas
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores. Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Del Factoring y Prohibición de Cesión
El HGGB respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
De los criterios de evaluación
El Hospital se reserva el derecho de no adjudicar a la oferta que obtenga el más alto puntaje si esta correspondiere a un Proveedor mal calificado por la Unidad que solicita los artículos licitados, según informes enviados a esta Oficina de Abastecimiento, dichos informes deberán reflejar el historial de mal comportamiento de ese Proveedor, en cuanto a calidad, oportunidad, no despacho de mercadería u otros aspectos que impidan el normal funcionamiento de la unidad solicitante.
Del Contrato

1.       Una vez adjudicada la propuesta; se elaborará el contrato por Unidad Abastecimiento General, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta.

2.       Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 30 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 30 días corridos más.

3.       Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.

4.       El contrato entrará en vigencia a contar de la total Resolución aprobatoria de contrato, acto que permitirá el envío de la orden de compra.


De la orden de compra
La orden de Compra será emitida una vez que sea totalmente tramitada la resolución de adjudicación o se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato entre las partes . Se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 Horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico.
Del consumo

El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta.

El HGGB podrá adquirir hasta un 30% más del presupuesto total adjudicado.



De la recepción
Los bienes deberán ser recepcionados conforme por Bodega de Servicios de Abastecimiento General mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por Enfermera Enlace Macro Red Oncológica.
Término anticipado del contrato

De las modificaciones:

Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento).

Del Término Anticipado del Contrato:

Por otro lado, el Hospital, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:

1)      Que el valor total de las multas supere el 50% del valor neto del convenio.

2)      Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3)      Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

4)      En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.

5)      Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.

6)      En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:

a)      La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia.  De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

b)      Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

c)      Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

d)      Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

e)      Disolución de la UTP.

7)      Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

8)      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes

a)      No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.

Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO:

En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 7, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo.

En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación.

Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.  

El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.

El término del contrato por la causal establecida en el numeral 8 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno.

Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.


REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
7.1. PERSONA NATURAL 7.1.1. Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar mediante Formulario N° 6 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad del art. 4 inciso 2 de la ley 19886: -‘‘Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del convenio, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. ’’ El adjudicado debe NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 2 parte final ley 19.886, en el cual se establece que "Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.” Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas” 1. Estar Inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl). 2. Debe acompañar los siguientes documentos: • Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad. • Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al Art. 4 inciso 8 de la ley 19.886. • Certificado de Título Profesional y Especialidad legalizado ante Notario. • Certificado Registro de Prestadores Individuales de Salud, vigente. 7.2. PERSONA JURÍDICA 7.2.1. Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar mediante Formulario N° 6 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad del art. 4 inciso 2 de la ley 19886: -‘‘Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del convenio, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. ’’ 7.2.2. Requisitos para ser contratado: El adjudicado debe acreditar a través de los Formularios 1, 2, 3 Y 4 NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”. No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). 1. Estar Inscrito y habilitado en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl). 2. Documentos persona jurídica: • Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa. • Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 8° de la ley 19.886. • Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393. • Copia Legalizada de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones. • Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días. • Certificado de Vigencia de Poder. • Certificado de Título Profesional y Especialidad legalizado ante Notario, para cada médico. • Certificado Registro de Prestadores Individuales de Salud, vigente, para cada médico. 7.3. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar mediante Formulario N° 6 NO haber incurrido en la siguiente causal de inhabilidad del art. 4 inciso 2 de la ley 19886: -‘‘Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del convenio, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. ’’ Requisitos para ser contratado: 1.- El adjudicado debe acreditar a través de los formularios (incluyendo el N°6) diseñados para estos efectos el NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad: a).- Estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 8 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b)del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”. b).- No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393). Como lo indica el artículo 67 bis. Decreto N°250 del año 2004: Unión Temporal de Proveedores: “Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento”. 2.- Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores debe estar Inscritos y habilitados en Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile (www.chileproveedores.cl). 3.- Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores deben acompañar los siguientes documentos: - Fotocopia Legalizada del acuerdo ya sea un instrumento privado o una escritura pública, según corresponda en donde conste la Unión Temporal de Proveedores. - Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 8° de la ley 19.886. - Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393. - Copia Legalizada de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones, en caso que corresponda. - Certificado de Vigencia de Sociedad, en caso que corresponda, no superior a 30 días. - Certificado de Vigencia de Poder. Para tener en cuenta los documentos de UTP anteriormente mencionados • Instrumento privado en el que conste la unión, si la contratación es igual o mayor a 1000 UTM el acuerdo en que conste la UTP deberá materializarse por escritura pública.(inciso 2 y 3 del art. 67 bis del decreto 250/2004 correspondiente al reglamento de compras públicas) • Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica. • En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio. 7.4 OTROS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA, UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES) 1. En ningún caso la entrega de los Servicios se podrá iniciar con anterioridad a la total tramitación resolución y aprobación del contrato. 2. Los respectivos contratos podrán ser objeto de revisión por ambas partes indistintamente, a la mitad del período vigencia indicado en el artículo anterior, de manera de comunicar a la otra parte la intención de no perseverar en éste, por cambios objetivos en las condiciones del mercado o los intereses institucionales. En este caso, no se hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato 3. EL ADJUDICATARIO", desde el momento de la adjudicación de "LA LICITACIÓN" en el portal mercado Público y antes del plazo para la firma de Contrato, deberá acreditar, antes de 15 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación, su habilitación para contratar con la Administración del Estado presentando la inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, requisito indispensable para la firma del Contrato. En caso contrario se procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta. 4. Todos los gastos, derechos e impuestos que se originen con motivo de la celebración del Contrato, serán de cargo exclusivo de "EL ADJUDICATARIO", en adelante "EL PROVEEDOR". En consecuencia, "EL HGGB" no pagará, en caso alguno, impuestos, tasas, derechos fiscales, notariales u otros vinculados al Contrato y a los actos que de él se deriven. 5. El Contrato podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que no se alteren sus cláusulas esenciales, los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de "LOS OFERENTES", debiendo dictarse la respectiva resolución complementaria o aclarativa, según sea el caso, la cual necesariamente debe ser tomada de razón por Contraloría, formando parte integrante del Contrato.
Vigencia y renovación.

Vigencia: El convenio tendrá una vigencia de 12 meses, a contar de la total tramitación de la resolución de adjudicación o se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato entre las partes. Con todo, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción pondrá término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa previa aprobación, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a las bases administrativas.

Renovación: No se contempla renovación.









Especificaciones Técnicas.

LINEAMIENTOS TÉCNICOS DEL SERVICIO REQUERIDO

 

“Servicio de alojamiento, alimentación y transporte, para pacientes oncológicos autovalentes,

pertenecientes a Macro red oncológica Sur, que requieran tratamiento en Santiago por un periodo

de 12 meses, se estima 2500 días durante la vigencia del convenio”.

 

OBJETIVO:

 

El objetivo de la propuesta es entregar una solución de alojamiento, alimentación y transporte, para

pacientes oncológicos y 1 familiar que los acompañe. Ambos autovalentes, derivados del HGGB

Concepción, debido a que el paciente requiere tratamientos de cirugía, radioterapia, quimioterapia,

inmunoterapia, exámenes u otros, y no cuentan con hospedaje, alimentación, transporte en la

Región Metropolitana, ya sea por no contar con ayuda familiar o los recursos pecuniarios que le

permitan solventar el gasto.

 

REQUISITOS:

 

A)  RESIDENCIAS

 

Consideraciones Generales

 

1. Adjuntar protocolo sanitario y actualizado COVID-19 (prevención, sintomatología, qué hacer en

caso de tener contacto o casos COVID-19, limpieza y desinfección de espacios y superficies, gestión

de residuos, vajilla y ropa de cama, medidas protección de salud de los trabajadores, entre otros).

En caso de contagio o contacto estrecho, informar durante las primeras 24 horas de ocurrido el

hecho, al administrador del convenio.

2. Adjuntar protocolo de emergencia en caso de accidentes (caídas, cortes, golpes, entre otros) y

en caso de descompensaciones del paciente (desmayos, alza de presión, hipoglicemia, crisis de

pánico, entre otros). En caso de ocurrir un evento como este, se debe informar al administrador

del convenio, durante las primeras 24 horas.

3. Adjuntar protocolo de seguridad (demarcación de zonas de seguridad, vías de escapes,

señaléticas tanto escrita como en imagen), certificado por Prevencioncita de riesgo.

4. Adjuntar minuta de alimentos de lunes a domingo para pacientes oncológicos.

5. Extintores visibles, 1 cada 100 mts², con mantenciones vigentes, estar debidamente señalizados.

6. Botiquín de primeros auxilios básico

7. Escaleras con antideslizantes y pasamanos por ambos lados.

8. Certificación vigente de sanitización de baños y cocina, dos veces al año.

9. Certificación vigente de Fumigación, dos veces al año.

10. Control de ruidos ambientales y acústicos.

11. Acceso telefónico a disposición del paciente, e idealmente acceso a wifi.

12. Áreas verdes de libre desplazamiento, iluminados, resguardados y señalizados.

13. Luces de emergencia durante la noche en pasillos, baños, vías de evacuación y zona de

seguridad, con carga suficiente o equipo electrógeno de respaldo para que siempre estén

disponibles.

14. Certificado de aprobación SEC para electricidad y combustibles del lugar.

 

 

Consideraciones Específicas

 

1.-Habitaciones

 

Recomendable dos personas por habitación, manteniendo al menos 2 metros

Distanciamiento.

Camas de una plaza o plaza y media.

Ropa de cama adecuada a la estación: stock mínimo: 1 a 2 sábanas, 1-2 frazadas, 1-2

Almohadas.

Iluminación, natural y artificial adecuadas para el espacio.

Adecuada ventilación, de preferencia proporcionada por las ventanas que se abrirán por lo

menos en un 50%. Con protección aquellas que queden expuestas a la calle.

Espacios cálidos y agradables, ambientados con una decoración acorde.

Espacios limpios, ordenados, en buen estado (pintura, decomurales, tabiquería, piso, etc.)

Clóset o locker o cómoda por cada habitación para ubicación de la ropa suficiente para cinco

días.

 

2.-Comedor

 

Mesas y sillas suficientes para permitir adecuado servicio de alimentación al Nº de personas

atendidas, manteniendo el distanciamiento 2 metros entre ellos.

Máximo dos turnos de rotación para la alimentación de los residentes.

Espacio amplio con ventilación e iluminación favorable.

Dispensadores con alcohol gel para residentes, en el comedor con señalética de higiene de

manos.

 

3.-Sala de Estar: lugar de esparcimiento que favorece actividades recreativas, tales como lectura,

televisión, radio, etc.

Espacio amplio con ventilación e iluminación favorable, sillones y/sillas lavables, con

distanciamiento de 2 metros cada una.

 

4.-Baños: 1 baño equipado por cada 6 personas como máximo.

Seguros e higiénicos con superficies lisas, lavables y antideslizantes.

Tonos y decoración adecuada.

Espejos en buen estado, adosado a la pared.

Adecuada ventilación con sistema de extracción o ventilación natural por ventana

 

Los Baños deben incluir:

Ducha con manillas de seguridad, antideslizantes, agua caliente, lavamanos e inodoro y una

instalación cómoda, amplia y de uso fácil.

Calefón fuera del baño.

 

5.-Pasillos:

Contarán con luz natural y/o artificial permitiendo un tránsito seguro.

Amplios

Despejados

Tonos claros y decoración agradable.

Dispensadores con alcohol gel con señalética de higiene de manos

Luces de emergencia

 

6.-Cocina:

Piso y muros de cerámica en sitios húmedos.

Refrigerador

Freezer

Cocina

Campana o Extractores de Aire

Lava platos

Set de ollas y sartenes acorde a las necesidades

Vajilla y cubierto completos, en cantidad suficiente

Hervidor eléctrico y/o tetera, horno microondas, juguera, entre otros electrodomésticos

Despensa para alimentos no perecibles, con llave.

Vasos, bandejas, pocillos de postre, ensaladeras varias.

Utensilios menores.

Estos elementos, solo serán utilizados por la manipuladora. Si un paciente requiere calentar o

preparar algún alimento, debe solicitarlo a esta persona.

 

7.-Alimentación:

La manipulación y conservación de los alimentos, se regirá por el Reglamento Sanitario de

los Alimentos Decreto Supremo 977/96 y sus actualizaciones, que se encuentran vigentes

actualmente.

Se debe asegurar 4 comidas diarias por persona y en caso de pacientes diabéticos,

considerar colación adicional.

 

Horarios Programado de Alimentación Rango de horarios

- Desayuno: 06:45 a 09:30 a.m.

- Colación:10:00 a 11:00 a.m.

- Almuerzo: 12:30 a 14:30 p.m.

- Once-Cena: 18:00 a 20:30 p.m.

 

* Flexibilidad horaria para pacientes que sean sometidos a terapias extraordinarias y/o

tratamiento prolongado, que requieran alimentación fuera del horario programado.

 

* Alimentación especial (régimen común, hiposódico, hipocalórico, liquido, hídrico, etc) para

pacientes que lo requieran.

* Control semanal por parte de nutricionista del hogar respecto de las condiciones de la cocina,

utensilios, las minutas. Informes que podrían ser solicitados por el establecimiento.

En relación al Menú: Debe contemplar equilibrio dietético, variedad, presentación y

satisfacción; prevaleciendo productos naturales, pocos condimentados, de acuerdo a

régimen indicado.

Asegurar la disposición de todas las comidas diarias de los usuarios, independiente de

horario de ingreso al hogar.

 

8.-Aseo e Higiene General

Se realizará aseo general por lo menos una vez al día y luego cuando sea necesario. Éste

constará de:

Limpieza de pisos y baños con solución desinfectante

Barrido o aspirado diario.

Eliminación del polvo de muebles y artefactos eléctricos.

Limpieza y desinfección de manillas e interruptores.

Se deberá realizar cambio de sábanas y fundas cada vez que ingrese una persona nueva y a

lo menos 1 vez en la semana en un mismo paciente.

 

9.-Servicios de Lavandería y planchado

El oferente deberá lavar y planchar todos los textiles de uso general, tales como sábanas,

manteles, cortinas, etc. Este servicio puede ser interno o externo a la institución.

 

10.-Disposición de Basuras

La basura domiciliaria, se dispondrá en recipientes con tapa y en bolsas plásticas de fácil

manejo.

Además, contará con un lugar especial donde almacenar las basuras en espera de su retiro,

con capacidad máxima de acumulación de 3 días, que permanecerá cerrado y cuidado de

vectores.

 

11.- Reglamento Interno

La residencia contará con un reglamento interno aprobado por el referente técnico de la unidad

requirente.

 

B)  TRANSPORTE

 

Servicio que puede ser interno o externo a la institución, debe contar con chofer e idealmente

acompañado con personal auxiliar, que de asistencia a pacientes que lo requieran. Por lo general se

requerirá en horarios diurnos, pero podría ocurrir la necesidad de ser en horario inhábil, en caso

que el usuario lo solicite y/o se descompense.

 

El transporte debe tener las siguientes características:

 

Vehículo tipo furgón básico

Máximo 10 años de antigüedad.

Capacidad de asientos para 12 personas

Climatización

Asientos cómodos

Espacio adaptado para trasladar a minusválido (silla de ruedas).

Espacios amplios y limpios (Asegurar aseo interior al finalizar la jornada y desinfección de

manillas)

Regido por el “Reglamento al Transporte Privado de Pasajeros, D.S 80/2004”

Presentar los documentos del vehículo al día: permiso de circulación, seguro obligatorio,

revisión técnica.

El chofer de acuerdo a la ley 20.584 debe contar con identificación mediante el uso de

credencial que menciones su nombre, cedula de identidad, función laboral. Además,

licencia acorde al traslado de pasajeros.

 

C)  PERSONAL

 

Perfil General

Debido al nivel de compromiso con el paciente oncológico para estas residencias, debe ser

primordial contar con un personal seleccionado de acuerdo al siguiente perfil:

Buen trato al usuario y lenguaje acorde.

Conocimientos certificado de primeros auxilios

Deseable conocimiento de IAAS

Presentación personal

Deseable capacitación en cuidados para pacientes oncológicos.

Salud física y psicoemocional acorde al trabajo con pacientes oncológicos.

 

D)  SUPERVISIÓN

 

El equipo técnico efectuará una supervisión de al menos, una vez cada tres meses, sin perjuicio que

por razones de contingencia se deba realizar una visita extraordinaria, con o sin previo aviso,

calificando lo solicitado y señalado en estos lineamientos.

 

E)  RECURSO HUMANO

 

Administrador(a): con experiencia en manejo de hogares de residencia pacientes oncológicos.

Manipuladora de Alimentos: con experiencia y curso comprobable de higiene y manipulación de

alimentos.

Auxiliar de servicio Diurno: de trato cordial, con experiencia en la atención de personas.

Auxiliar de servicio Nocturno: de trato cordial, con capacidad física para realizar turnos.

Cuidadora diurna: con formación en primeros auxilios, deseable técnico paramédico o similar.

Profesional Nutricionista: con experiencia y deseable conocimiento en alimentación oncológico y

flexibilidad de adaptación a eventuales situaciones alimentarias que pudieran presentarse, por

ejemplo alergia a alimentos.

Chofer: con licencia de conducir clase A.

OPERATIVIDAD DEL CONVENIO

- El HGGB determinará a través de Unidad de Servicio Social, con participación de Enfermera Gestor

de Casos oncológicos y Enfermera del Servicio que deriva, que personas deberán hospedarse en el

centro de alojamiento. Existe protocolo de derivación.

- A cada beneficiario del servicio de alojamiento se le extenderá una ORDEN DE DERIVACION, la que

establecerá la fecha de inicio y término del tratamiento, con autorización de la Unidad de Servicio

Social de la institución.

- La Orden de Derivación, será entregada por el responsable o familiar del paciente al Administrador

del centro de alojamiento, quien deberá enviarla al establecimiento hospitalario, dentro de las 24

horas siguientes al ingreso del paciente.

-El centro de alojamiento debe registrar alergia de medicamentos, alimentos y cualquier otro

antecedente relevante del paciente y su acompañamiento, para poder mencionarlos en caso de

emergencia.

- En las posteriores derivaciones al centro de alojamiento, producto de controles, etc., el

responsable o familiar deberá portar una ORDEN DE INGRESO, con autorización del Encargado de

la Unidad de Servicio Social del HGGB.

-El Administrador del centro de alojamiento, deberá enviar a Profesional de Unidad de Servicio

social, diariamente, la lista de asistencia de los beneficiarios, en formato escaneada y

mensualmente, una planilla de cálculo, de ingreso de pacientes del HGGB, indicando allí: nombre

completo, fecha de ingreso, total de días de estadía

Formularios

FORMULARIO N° 1 A

 

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

 

Sin Conflicto de Intereses

 (Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)

Yo        ____________________________________________________________________

           

Cédula de identidad N° (RUT representante legal o persona Natural)__________________

Domicilio                      ________________________________________________________

Comuna                       ________________________________________________________

Ciudad                         ________________________________________________________

En representación de (razón social empresa)_____________________________________

RUT N°(Empresa)_______________________________, del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, no posee vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, ni con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo N°4 Inciso 6 y 8 de la Ley 19.886 establecen que:

Inciso N° 6 “Ningún órgano de la administración del Estado y de las Empresas y corporaciones del estado o en que este tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o presentación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentescos descritos  en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parten, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

Inciso N° 8 “Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso”.2° del art. 62 de la ley 18.575. Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.

Ciudad ___________________________

Fecha   ___________________________

__________________________

FORMULARIO N°1 B

 

DE C L A R A C I Ó N   J U R A D A

Con Conflicto de Intereses en Algunos Organismos

(Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)

Yo____________________________________________________________________

           

Cédula de identidad N° (RUT representante legal o Persona Natural)

__________________ Domicilio _____________________________________________

___________________________ Comuna         ____________________________________

Cuidad ________________________________________________________

En representación de (razón social empresa) __________________________________

______________________________________________________________________

RUT N°(Empresa)_______________________________,  del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada,  poseen vínculos de parentesco con funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, o con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo N°4 Inciso 6 y 8 de la Ley 19.886 establecen que:

Inciso N° 6 “Ningún órgano de la administración del Estado y de las Empresas y corporaciones del estado o en que este tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o presentación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentescos descritos  en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parten, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

Inciso N° 8 “Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso”. .2° del art. 62 de la ley 18.575. Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.

                                  

Institución del Estado

Rut Institución del Estado

Funcionario Institución del  Estado

Funcionario Empresa

Relación de Parentesco

Ciudad ___________________

Fecha   ___________________

_____________________

_____

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal o Persona Natural>

NOTA: Todos los datos solicitados  deben ser completados por el representante legal, de faltar alguno de estos la declaración será rechazada.

 

 

 

 

FORMULARIO N°2

 

D E C L A R A C I Ó NJ U R A D A

 

Yo, <nombre de representante legal>, cédula de identidad N° <RUT representante legal> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo señalado en la ley 20.720, en los 2 últimos años.

<Ciudad>, <Fecha>

_________________________

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal>

 

 

 

 

 

FORMULARIO N°3

 

DECLARACIÓN JURADA DE SOCIOS

Instrucciones de Uso:

  1. Descargue este archivo a su computador personal.
  2. Complete los datos solicitados directamente en el archivo (Word), remplazando los textos entes paréntesis <>.
  3. En Tipo Sociedad: Registre si la sociedad a informar es una Soc. de responsabilidad Ltda, una EIRL, u otra.
  4. Registre para cada socio el Rut, nombre y porcentaje de participación en la sociedad informada. Es importante que este recuadro totalice el 100 % de la propiedad.

Para Sociedades que eventualmente constan con muchos socios, indicar solo los 12 de mayor participación, agregando una línea final de “Otros” para totalizar el 100%.

  1. Colocar Fecha de la Declaración: Esta fecha es importante porque determina la vigencia de la misma. Recuerde mantener actualizada esta información.
  2. Luego debe imprimir la declaración y traerlas a las oficinas comerciales de Chileproveedores para que sea acreditada en su ficha electrónica.
  3. La Declaración solo debe ser firmada por el Representante Legal o Gerente General; y no es necesario que se firme ante Notario.

Recuerde que la información contenida en esta declaración, tiene el carácter de “Jurada”, con los consiguientes efectos legales contemplados en la legislación.

  1. Recuerde que la Ley N° 20.285, sobre el Acceso a la Información Pública entró en vigencia el 20 de Abril de 2009, por lo que debe regularizar de forma inmediata la información de los socios de su Empresa.

Declaración Jurada de Socios

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que los siguientes son los socios vigentes a esta fecha.

Tipo de Sociedad:

Rut Socio

Nombre de los Socios

% de Participación en la Sociedad

1

2

3

4

5

Total %

Nota:

  • Esta declaración no requiere que se firme ante Notario

Fecha declaración

La vigencia corresponde a seis meses desde la fecha de la Declaración

Firma Representante Legal

RUT Rep. Legal________

 

 

FORMULARIO N°4 A

 

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

 

                                                 (Opción sin Deudas Vigentes con Trabajadores)

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

,

___________________

_______

 

FORMULARIO N°4 B

 

D E C L A R A C I Ó N J U R A D A

 

(Opción con Deudas Vigentes con Trabajadores)

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

Si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con  trabajadores

__________________________ actuales o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

Por lo anterior, se compromete a que los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

,

 

 

 

 

FORMULARIO N°5

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

(Declaración jurada causales inhabilidad.)

Nombre de representante legal >, cédula de identidad N° <RUT representante> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que tanto yo como mi representada en su caso, no posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos 2 años.

El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas y Técnicas, Formularios de presentación de la oferta, Anexos y reglamentación sobre la materia.

Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes y que renuncia, desde el momento de la presentación de su propuesta, a cualquier recurso judicial o extrajudicial en contra del Mandante o su representante legal y el cobro de cualquier indemnización con motivo de su aplicación.

No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta de la presente Licitación Pública del Hospital Guillermo Grant Benavente,

No tiene calidad de funcionario Directivo del Hospital Guillermo Grant Benavente ni funcionario Directivo del Servicio de Salud Concepción;

No tiene calidad de persona unida a los Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

No conforma sociedades de personas con Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, o sus parientes, conforme a la letra anterior, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM. O más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

,

FORMULARIO N°6

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

(Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.)

, cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro bajo juramento que la empresa que represento no ha sido condenada a alguna de las penas señaladas en la ley 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

        

,

FORMULARIO N°7

“Criterios de Evaluación”

dar cumplimiento a la propuesta ID 4375-4-LP21, la empresa ofertante debe completar la siguiente tabla. Indicar los criterios de evaluación para el producto correspondiente:

Descripción

Cantidad

Precio unitario

Total Neto

Reserva de alojamiento, alimentación y transporte, en base habitación compartida. De acuerdo a lineamientos técnicos adjuntos.

2500 días

Experiencia del oferente

(Comprobable con Órdenes de compra, Contratos o Resoluciones)

Inclusión

SI / NO

(adjuntar certificado y/o credencial SENADIS)

 

Representante de la empresa:

RUT:

Firma:

Fecha:

Formulario N°8

IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA:

1.

Antecedentes Empresa

Nombre/ Razón Social

 

 

Rut

 

 

Dirección

 

 

 

 

Cuidad

 

Teléfono

 

Fax

 

Correo Electrónico

N° Cuenta Corriente y Banco (Para Transferencia bancaria de pago)

2.

Antecedentes Representante Legal

 

Nombre

Rut

 

 

Dirección

 

 

Cuidad

 

3.-

Antecedentes Responsable de la Oferta

 

Nombre/ Razón Social

 

 

Rut

 

 

Dirección

 

 

Cuidad

 

 

Teléfono

 

 

Fax

 

 

Correo Electrónico

 

NOMBRE DE LA EMPRESA :

RUT                                      :

REPRESENTANTE LEGAL  :

Nombre

Rut

 

Firma

Formulario N°9

ACEPTACIÓN DE CONDICIONES

NOMBRE PROPUESTA: _________________________________________________

El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:

1.       Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.

2.       Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el  llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes.

NOMBRE DEL OFERENTE    : _____________________________________________

R.U.T.                                        :_____________________________________________

NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL:

Concepción, ______________2020

Formulario N° 10

 

DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES

(ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)

Nombre de la Unión Temporal de Proveedores (UTP):

Integrantes de la UTP:

Razón social

RUT

INDICAR QUE ANTECEDENTES PRESENTARÁ ESTA UTP PARA SER CONSIDERADOS EN LA EVALUACIÓN RESPECTIVA:

_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________

La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y durará ___________________, es decir, cubrirá el periodo de vigencia del contrato que establecen las bases, más 60 días hábiles.[1] 

REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común de ésta, a don (ña) ___________________, Rut_____________ el (la) cual está facultado (a) para:  suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la licitación pública ID ________________, suscribir el contrato que derive la licitación indicada, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP. En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado común de ésta UTP, a don (ña) ___________________, Rut ________________, con las mismas facultades. –

NOMBRE Y FIRMA DEL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL/ APODERADO UTP:

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal o Persona Natural>

<Ciudad>, <fecha>.

[1] En caso de que las bases contemplen renovación automática del contrato, el plazo de vigencia que se incorpore, deberá incluir el plazo de la renovación.

 

 

 

Formulario N°11

 

CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

 

 

El proveedor__________________________________________________ declara conocer lo lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de activos, delitos funcionarios y Financiamiento al terrorismo del Hospital Guillermo Grant Benavente, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar al HGGB o a sus funcionarios.

El formulario se encuentra disponible en http://www.hospitalregional.cl/

 

N° CEDULA DE IDENTIDAD REPRESENTANTE LEGAL


FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

 


        

  





Del incumplimiento y sus Sanciones

El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará(n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:

Ante el (los) siguiente(s) incumplimiento(s) por parte del proveedor contratado, el Hospital deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor”.

Incumplimiento a los estándares mínimos establecidos al servicio de alojamiento (residencias, habitaciones, comedor, sala de estar, baños de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas que aseguran las condiciones mínimas a cumplir para el alojamiento de pacientes oncológicos adultos autovalentes derivados del Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción que requieran tratamientos y no cuentan con una solución de hospedaje en la Región Metropolitana, dicho incumplimiento obligará al Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción a aplicar una multa equivalente al 5% del monto Neto, respecto al valor del servicio indicado en la Orden de Compra. 

Incumplimiento a los estándares mínimos establecidos al servicio de alimentación de pacientes (rango de horarios de alimentación programados), considerando la flexibilidad horaria para pacientes que sean sometidos a terapias extraordinarias y/o tratamiento prolongado y que requieran alimentación fuera del horario programado, asegurando la disposición de todas las comidas diarias de los usuarios independiente el horario de ingreso al hogar, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas que aseguran un estándar mínimo a cumplir para la alimentación de pacientes oncológicos adultos autovalentes derivados del Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción que requieran tratamiento y no cuentan con una solución de hospedaje en la Región Metropolitana, dicho incumplimiento obligará al Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción a aplicar una multa equivalente al 5% del monto Neto, respecto al valor del servicio indicado en la Orden de Compra. 

Incumplimiento a los estándares mínimos establecidos para el servicio de  transporte de pacientes en cuanto a los atrasos injustificados en el tiempo de llegada según programación al lugar de tratamiento, No realizar exclusivamente, ruta desde las residencias al lugar de tratamiento y viceversa para los pacientes que lo requieran, dicho incumplimiento obligará al Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción a aplicar una multa equivalente al 5% del monto Neto, respecto al valor del servicio indicado en la Orden de Compra.

a) Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe de Jefe Unidad Abastecimiento General para proceder con el proceso de evaluación de multa.

b) Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.

c) El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días corridos contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. 

d) El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. 

e) Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas.

f) No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.

Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 50% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento.

En toda sanción, el Hospital Guillermo Grant Benavente deberá considerar las siguientes reglas:

g) La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día en que se verificó la falta.

h) Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo, salvo tratándose de la entrega del bien, en cuyo caso se analiza en base a los antecedentes proporcionados por bodega.

i) Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.

j) El HGGB podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el HGGB consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.

k) Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Hospital consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa.

l) Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el monto total o parcial restante, de acuerdo a la multa aplicada, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial.

m) Si no existiere documento de garantía o pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de quince (15) días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.

n) El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del HGGB para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.

ñ) Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. Una vez superado el 50% de multas se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose las garantías respectivas en los casos que procedan.

o) No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.     

Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor.
Procedimiento para Aplicación de Sanciones
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopúblico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Del Plazo de Entrega
El servicio deberá ser recepcionado conforme por Bodega de Servicios de Abastecimiento General mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por profesional responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta. Si el adjudicatario no da cumplimiento al servicio dentro de los plazos de considerados en su oferta en la licitación, deberá el Hospital aplicar las sanciones establecidas en el punto 31 “Del Incumplimiento del Proveedor y sus Sanciones” y el término anticipado, según lo dispuesto en el punto 39 “Del Término Anticipado del Contrato”.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.