Licitación ID: 4375-67-LQ24
Convenio Suministro Fórmulas Lácteas
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO, Abastecimiento General
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 114
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 1080 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-409-00 Fórmula para alimentación de lactantes sanos desde el nacimiento hasta los 6 meses de edad. Debe contener DHA, AA,omega 3 y 6, prebiótico, probiótico y lactosa. Según EETT.  

2
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 1152 Frasco
Cod: 42231804
20-010-000-625-00 Fórmula Estéril para alimentación de lactantes sanos desde el nacimiento hasta los 6 meses de edad. Debe contener nucleótidos, ácido linoleico y linolenico, relación caseína/suero similar a la leche materna. Según EETT.  

3
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 1152 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-470-00 Suplemento nutricional oral SHOT listo para beber, de alta densidad energética, nutricionalmente completo para personas con desnutrición relacionada con enfermedades o riesgo a desarrollarlas. Según EETT.  

4
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 480 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-410-00 Fórmula para alimentación de lactantes sanos desde el 6° - 12° mes de vida de contener DHA, AA,omega 3 y 6, prebiótico, próbiotico y lactosa. Según EETT.  

5
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 576 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-411-00 Fórmula de seguimiento elaborada a base de leche recomendada para niños de 1 a 3 años de edad. Debe aportar AA, DHA, omega 3 y 6, taurina, colina y hierro. Según EETT.  

6
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 480 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-XXX-00 Fórmula para alimentación de lactantes prematuros desde los primeros días de vida. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, triglicéridos de cadena media. Según EETT.  

7
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 480 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-073-00 Fórmula para alimentación de lactantes prematuros desde los primeros días de vida hasta el año de nacido. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, triglicéridos de cadena media. Según EET  

8
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 4032 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-102-00 Fórmula para lactantes prematuros de bajo peso al nacer, inferior a 1500gr desde los primeros días de vida. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, Taurina, Carnitina, Nucleótidos y trig  

9
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 9600 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-559-00 Fórmula para lactantes prematuros de bajo peso al nacer, inferior a 1800gr desde los primeros días de vida. Debe contener proteínas parcialmente hidrolizadas de fácil digestión, ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturado  

10
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 24 Bolsa
Cod: 42231804
20-010-000-446-00 Formula láctea 0% materia grasa para mayores de 2 años. Modificación de grasa como único nutriente extraído. Instantánea. No debe contener saborizantes ni grasas trans. Debe resistir esterilización a 114°C .Según EETT.  

11
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 96 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-069-00 Formula láctea 26% materia grasa, para mayores de 1 año. Instantánea, no debe contener saborizantes. Debe resistir esterilización a 114°C. Según EETT.  

12
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 72 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-067-00 Fórmula modificada en hidratos de carbono para lactantes a partir del nacimiento con intolerancia a la lactosa, temporal o congénita, la lactosa debe ser sustituida totalmente por dextrinomaltosa o polímeros de glucosa, sin modificación  

13
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 792 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-344-00 Fórmula para lactantes desde el nacimiento, con proteína parcialmente hidrolizada y sin lactosa. Contiene AA, DHA, Omega 3 y 6, Antioxidantes y Prebióticos. Según EETT.  

14
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 1152 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-007-00 SABOR VAINILLA Formula nutricional polimérica para mayores de 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. Según EETT.  

15
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 2880 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-346-00 SABOR VAINILLA Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolenico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. Segú  

16
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 432 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-XXX-XX SABOR CHOCOLATE Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolenico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. Se  

17
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 1800 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-038-00 SABOR VAINILLA Formula nutricional polimérica para mayores de 10 años, de uso oral o enteral de alta densidad energética. Debe contener prebióticos y/o probióticos y ácidos grasos esenciales. No debe contener lactosa y gluten. Según EETT  

18
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 1200 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-345-00 sabor vainilla. Formula nutricional polimérica para menores de 10 años, de uso oral o enteral. Debe contener triglicéridos de cadena media. No debe contener lactosa y gluten. Según EETT.  

19
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 864 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-XXX-XX Formula nutricional polimérica para menores de 10 años, de uso oral o enteral. Debe contener triglicéridos de cadena media. No debe contener lactosa y gluten. SABOR CHOCOLATE. Según EETT.  

20
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 288 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-XXX-XX Sabor vainilla. Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolénico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. Sin gluten. Según EETT.  

21
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 204 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-025-00 Suplemento proteico a base de caseinato de calcio, de uso oral o enteral, en polvo, sin gluten. Fácil reconstitución y resistente proceso de esterilización, Según EETT.  

22
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 720 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-439-00 Suplemento calórico a base de maltodextrina, de uso oral, en polvo, sin sacarosa. Libre de trazas de leche. Según EETT.  

23
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 180 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-407-00 Triglicéridos de Cadena Media. Debe contener solo aceite de coco fraccionado y aceite de fruto de palma. Botella de 500ml. Según EETT.  

24
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 43200 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-684-00 Complemento Nutricional diseñado para suplementar leche materna de lactantes prematuros o con bajo peso al nacer. Debe ser hipo alergénico. No debe contener sacarosa ni saborizantes. Fácil disolución. Según EETT.  

25
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 300 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-026-00 Alimento en Polvo en base arroz a partir del 6° mes. Según EETT.  

26
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 48 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-482-00 Saborizante de alimentos con sabor a chocolate Aporte en 100gr. Según EETT.  

27
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 288 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-173-00 Formula especializada hipercalórico, con proteínas de AVB diseñada para pacientes en Diálisis. Apta para usar como suplementación oral y nutrición enteral completa. Libre de lactosa y gluten. Según EETT.  

28
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 288 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-348-00 Formula especializada hipercalórico e hipo proteica para pacientes con insuficiencia renal aguda o crónica en pre-diálisis. Apta para usar como suplementación oral y nutrición enteral completa. Formato listo para servir en botella, debe  

29
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 240 Unidad
Cod: 42231804
20-010-000-328-00 Formula con proteína altamente o extensamente hidrolizada para ser utilizada desde el nacimiento. Debe contener triglicéridos de cadena media, ácido linoleico y linolenico, ARA y DHA. Según EETT.  

30
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 72 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-302-00 Fórmula nutricional completa y balanceada especialmente diseñada para pacientes diabéticos y pre diabéticos con metabolismo de la glucosa alterado. Puede ser utilizado como suplemento oral o como única fuente de nutrición enteral. Según  

31
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 36 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-406-00 Formula Polimérica en polvo de bajo contenido en grasas, a base de proteína sérica de leche de vaca, aminoácidos, hidratos de carbono, grasas (80% de triglicéridos de cadena media (MCT)), vitaminas, minerales y elementos de traza. Según  

32
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 60 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-371-00Espesante de alimentos en base a almidón de maíz modificado. Debe mantener consistencia por periodo prolongado y no modificar el sabor de las formulas. Según EETT.  

33
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 72 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-774-00 Leche en polvo especialmente diseñada a base de leche semidescremada sin lactosa y además contiene probióticos, prebióticos, vitaminas y minerales esenciales acorde a los requerimientos nutricionales para niños de 1 a 3 años de edad qu  

34
Fórmulas suplementarias para enfermedades pediátricas específicas 1200 Tarro
Cod: 42231804
20-010-000-248-00 Fórmula infantil en polvo con hierro para lactantes en base a aminoácidos. Es un alimento para propósitos nutricionales especiales, destinada al manejo dietético de alergia severa y/o intolerancia alimentaria. Libre de lactosa, no contie  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio Suministro Fórmulas Lácteas
Estado:
Cerrada
Descripción:
Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción tiene la necesidad de efectuar licitación pública denominada " Convenio Suministro Fórmulas Lácteas". Solicitado por la Unidad de SEDILE para cubrir la necesidad de consumo de pacientes, según planificación de consumo para año 2024. Vigencia de 12 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Unidad de compra:
Abastecimiento General
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martin 1436 Bodegas de Abastecimiento General
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-04-2024 16:21:00
Fecha de Publicación: 26-03-2024 16:20:57
Fecha inicio de preguntas: 26-03-2024 19:05:00
Fecha final de preguntas: 01-04-2024 19:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-04-2024 19:05:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-04-2024 16:22:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-04-2024 16:22:00
Fecha de Adjudicación: 17-06-2024 16:22:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en anexos adjuntos en esta propuesta: Formulario Nº1A Declaración jurada sin conflicto de intereses. (*) Formulario Nº1B Declaración jurada con conflicto de intereses con algún organismo. (**) Formulario Nº2 Declaración jurada de socios. Formulario Nº3A Declaración jurada sin deudas vigentes con trabajadores. (*) Formulario Nº3B Declaración jurada con deudas vigentes con trabajadores. (**) Formulario Nº4 Declaración jurada causales inhabilidad. Formulario Nº5 Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica. Formulario Nº6 Presentación de Oferta Económica Formulario Nº7 Identificación del Oferente Formulario Nº8 Aceptación de Condiciones Formulario Nº9 Declaración Unión Temporal de Proveedores (solo si corresponde) Formulario N°10 Clausula de proveedores de bienes y servicios Formulario N°11 Clausula de proveedores de bienes y servicios Formulario N°12 Declaración jurada difusión pacto de integridad (*) (**) Se adjunta uno o el otro. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de ingreso de oferta a través del Sistema de Información. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente. El oferente deberá presentar garantía seriedad de la oferta física a través de oficina de partes del Hospital ubicada en San Martín N° 1436, Concepción. En el caso de ser en formato digital, ésta debe ser adjunta en la oferta que realice a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los documentos administrativos. El plazo de recepción de la garantía, es hasta el día de cierre de recepción de las ofertas a las 17:00 hrs. Documento De Seriedad De La Oferta, Solo Debe Entregarse En Oficina De Partes Si Es Que Se Trata De Un Documento Bancario, En Caso De Ser Póliza De Seguro, Certificado De Fianza, Estos Deben Ser Adjuntados En Propuesta. No Se Aceptarán Documentos De Seriedad De La Oferta, Que Vengan En El Mismo Bulto De Las Muestras. Es Responsabilidad De Cada Proveedor, Derivar Esta Documentación Por Lo Canales Ya Descritos.
Documentos Técnicos
1.- El oferente deberá incluir en su oferta la información técnica, la cual es obligatoria y excluyente: 5.2.1 El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en letra B. Formulario N°7. El no cumplimiento de esto y la omisión de información, permitirá al HGGB excluir al proveedor del proceso de evaluación. 5.2.2 La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal del Sistema de Información de Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en el numeral 4. 5.2.3 Proveedor deberá presentar ficha técnica del Producto que ofertará indicando lo que se solicita en EETT. Requisito Obligatorio y Excluyente. 5.2.4 El oferente debe enviar el documento de garantía de seriedad de la oferta a Oficina de Partes del Hospital, ubicada en San Martin 1436, Concepción, En el caso de garantías electrónicas, éstas deben se deberán ajustar a lo indicado en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. 5.2.5 Todo el proceso de Licitación será en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en un idioma distinto. 5.2.6 El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en las “especificaciones técnicas” (fichas técnicas, catálogos y certificados). 5.2.7 Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo (fichas técnicas en idioma que no sea español, no serán consideradas dentro de la evaluación). 5.2.8 El proveedor que se adjudique líneas 15 y 16 debe incluir en la licitación 15 bombas de infusión continua en comodato y 120 bajadas mensuales correspondiente a la BIC.
 
Documentos Económicos
1.- 5.3.1 Las ofertas que superen el presupuesto disponible se declararán inadmisibles. 5.3.2 La oferta económica debe indicar el precio total neto, en pesos chilenos, por el servicio que se oferte, entregado en las dependencias del HGGB. Además, se debe explicitar los impuestos (IVA, Honorarios, o si es exento) a que está sujeto el precio total neto ofrecido. 5.3.3 La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del Portal, según lo indicado en el Calendario de la Licitación. Los oferentes deberán ingresar al Portal el valor total (por la duración del contrato) de su oferta económica expresada en pesos, sin reajustes, ni intereses, ni Impuestos y debe corresponder al costo de arriendo del sistema y gestión, incluyendo cualquier otra actividad solicitada en las presentes bases. 5.3.4 En el precio total propuesto por el oferente en el formulario respectivo, deberán estar considerados todos los costos, gastos e impuestos inherentes a la prestación de servicios licitada, incluyendo las garantías ofrecidas. Por consiguiente, no se podrán efectuar otros cobros adicionales para el desarrollo de los mismos. La Oferta Económica del Proponente debe ajustarse al formato indicado en el Formulario Nº7. 5.3.5 Aquellos proponentes que no publiquen sus ofertas en el Portal y no entreguen el formulario respectivo quedarán automáticamente excluidos, declarándose inadmisibles sus ofertas y no podrán seguir participando en la presente licitación. 5.3.6 EN COMPROBANTE DE OFERTA DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO SE DEBE INDICAR EL MONTO TOTAL NETO POR EL SERVICIO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON LO SOLICITADO EN EL FORMULARIO N°7. EN CASO CONTRARIO SERA DECLARADA INADMISIBLE.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 2 Oferta Económica Este Ítem será evaluado mediante el PRECIO MINIMO OFERTADO donde los puntajes serán asignados con la siguiente fórmula: Puntaje= (Precio mínimo ofertado)/(Precio Oferta)*70 Para el cálculo del puntaje por Precio, se utilizará la información indicada en el formulario N°7 70%
2 3 Inclusión Se debe informar en el formulario N°7 y ser demostrado mediante certificado y/o credencial SENADIS, que dentro de sus contrataciones vigentes poseen a trabajadores con algún tipo de discapacidad. Cumple y acredita 3 puntos No cumple y/o no acredita 0 pto 3%
3 1 Cumplimiento de documentación y requisitos forma Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre 5 puntos. Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud 1 punto. No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud Oferta inadmisible 5%
4 4 Plazo de entrega 1 a 2 días hábiles de despacho = 20 puntos 3 a 5 días hábiles de despacho = 7 puntos 6 días = 0 puntos Más de 6 días = Inadmisible 20%
5 5 Difusión del programa de integridad entre los tr Difusión del programa de integridad entre los trabajadores de la empresa. Este criterio evalúa la existencia de un programa de integridad y si éste fue difundido entre los trabajadores de la empresa oferente. Fórmula: Puntaje obtenido x 2 * Proveedor sí cuenta con programas de integridad y éstos son conocidos por su personal: 2 puntos * Proveedor sí cuenta con programas de integridad, pero no son conocidos por su personal, o no respalda su difusión: 1 puntos. * Proveedor no cuenta con programas de integridad: 0 puntos. Se evaluará si la empresa cuenta con programas de integridad y si éstos son conocidos por su personal, para lo cual, se considerará como respaldo de la difusión entre los trabajadores, por ejemplo: correo electrónico masivo, toma de conocimiento a través de un documento firmado por el personal. Fecha de difusión de la información tiene que ser con anterioridad a la publicación dela presente licitación. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital Dr. Guillermo Grant Benavente
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto referencial es por el total IVA incluido. El HGGB podrá adjudicar, si así lo estima, un 30% más del precio referencial, no excediendo las 5.000 UTM. De acuerdo a Anexo adjunto Presupuesto referencia más un pequeño reajuste.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Loreto Rodríguez Neira
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE 61.602.189-3
Fecha de vencimiento: 30-06-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá entregar una boleta, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por cada oferta presentada, la que podrá ser tomada por uno o varios integrantes o por un tercero, por un monto de $300.000.- en pesos, pagadera a la vista y de carácter irrevocable con una vigencia mínima de 90 días corridos, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación, en sobre cerrado en oficina de partes, ubicada en San Martin 1436 Concepción, con un plazo de entrega hasta el día y hora de cierre de la licitación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. El oferente deberá adjuntar dicho documento en su oferta a través del portal Mercado público. Y enviar documento electrónico a correo opartehggb@ssconcepcion.cl. El Hospital Guillermo Grant Benavente hará efectiva esta garantía en el evento de que el proveedor adjudicado incurre en alguna de las causales para dejar sin efecto la adjudicación, según lo indicado en la cláusula “De la Adjudicación”.
Glosa: "Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta de Convenio Suministro Formulas Lácteas ID: 4375-67-LQ24
Forma y oportunidad de restitución: A los participantes se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando en sobre cerrado la garantía endosada por el Director. Se establece el mismo plazo para el evento de declararse desierta la licitación o inadmisible las ofertas, contados desde la resolución respectiva. Lo anterior en conformidad de lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 250, Ministerio de Hacienda 2004, Reglamento de la Ley 19.886. Dicho plazo puede ampliarse en caso de re adjudicación en 60 días corridos respecto de la segunda oferta mejor evaluada.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Gmo. Grant
Fecha de vencimiento: 30-09-2025
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor adjudicado deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes o por un tercero, por un monto de 5% del valor total adjudicado (IVA incluido) en pesos, pagadera a la vista de carácter irrevocable con vigencia mínima que exceda en 60 días corridos después de la fecha de término del contrato. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en oficina de partes del Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, ubicada en San Martín 1436, Concepción dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En el caso de garantizarse mediante una boleta o documento electrónico, deberá entregarse en el mismo plazo indicado anteriormente al siguiente correo electrónico opartehggb@ssconcepcion.cl indicando la forma en que será restituida, la garantía electrónica deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, El HGGB podrá hacer efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el punto 39 N°1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de las Bases Administrativas de la propuesta. La fecha indicada de vencimiento en el portal es estimativa. Documento deberá ser en pesos. El Servicio podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, del Estado de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Servicio consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días de pagada la multa. Si se cobra la garantía por aplicación de mu
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta de Convenio Suministro Formulas Lácteas ID: 4375-67-Lq24."
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se les devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del adjudicatario informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Generalidades
Las presentes Bases Administrativas y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la contratación. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Contrato, Resolución que lo aprueba y Orden de Compra, que serán Publicadas en el Portal Mercado Público. El precio ofertado se entenderá en moneda nacional.
De la Obligación de Confidencialidad
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en las presentes bases.
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses del Hospital, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto: 1) Oferta económica 2) Plazo de entrega 3) Cumplimiento de documentación y requisitos formales 4) Inclusión Cuando se produzcan situaciones 5) Difusión del programa de integridad entre los trabajadores de la empresa.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el Portal www.mercadopublico.cl de acuerdo a lo indicado en el “comprobante de ingreso de oferta”.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Modalidad de Pago
El pago se realizará contra factura, previa recepción conforme de encargado de Bodega de Abarrotes, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura, (Según Ley N°21.131). Pago de factura será mediante transferencia electrónica, la cual se generará una vez recepcionados los bienes o servicios. Para dar cumplimiento a este sistema de pago, los bienes o servicios deberán estar entregados en las bodegas de Abastecimiento General ubicado en calle San Martín 1436 concepción., El Hospital Clínico Regional Gmo. Grant Benavente, se libera de toda responsabilidad del pago de las facturas si la mercadería o el servicio no se entregaran con sus respectivas Guías de Despacho o copia de factura, y/o si hubiese disconformidad entre lo facturado y lo recepcionado. Respecto del pago el o los proveedores podrán conocer el detalle de las facturas canceladas mes a mes a través de un link denominado "Pago de proveedores" habilitado en la página WEB del Hospital Regional de concepción. Se señala que esta será la forma de informar a los proveedores respecto del pago de las facturas, no pudiéndose suspender el despacho aduciendo el no conocer el detalle de que facturas fueron canceladas. Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. En razón de ello se requiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados. Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente: Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII. En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018 …“se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el apoderado común señalado en el formulario N°10, quien deberá emitir la factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Definiciones
* Director: Sr. Claudio Baeza Avello* Servicio: Hospital Guillermo Grant Benavente, Concepción * Mandante: Hospital Guillermo Grant Benavente. * Unidad Técnica: Abastecimiento General
Unidad técnica
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en San Martin Nº 1436, Concepción. Unidad Abastecimiento General
Documentos de la Licitación
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes: - Las presentes Bases Administrativas. - Las consultas y respuestas. - Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven. - Los Formularios. - La oferta adjudicada. - La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa. - Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del Hospital Guillermo Grant Benavente. El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases. Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al Hospital a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
De Los Proponentes
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El oferente y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
Ingreso de las Ofertas en el Portal
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases. Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse a la Entidad Licitante de manera física, de acuerdo a lo que establezcan en cada caso las Bases.
Modificación de los Documentos de la Licitación
El Hospital podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por Resolución Fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. El Hospital deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl. Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
Validez de la Oferta
a) La oferta tendrá una vigencia de 90 días corridos a partir de la fecha de apertura de la propuesta. b) No obstante cualquier declaración, las ofertas técnicas y económicas que se presenten, se entienden tener vigencia de 150 días corridos, desde la fecha de apertura. Si el HGGB no pudiere efectuar la adjudicación dentro de este plazo, podrá solicitar a los proponentes la revalidación de sus ofertas y la renovación de la garantía de seriedad de la oferta, por un nuevo plazo de 90 días corridos. En estas circunstancias, los proponentes no estarán obligados a continuar participando en la licitación y podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.
De la Comisión de Evaluación y Adjudicación
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen: • Jefe de Centro de Responsabilidad Operaciones. • Jefe de Alimentación y Nutrición. • Jefe Abastecimiento General. Publicadas las presentes Bases Administrativas en el portal Mercadopublico, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción, publicará una Resolución Exenta que individualizará a los integrantes de la comisión de Evaluación. En caso de ausencia de uno de los integrantes será reemplazado por quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, ante la imposibilidad de proceder a la evaluación de las ofertas en pleno la comisión individualizada precedentemente podrá sesionar, con la comparecencia de al menos 3 de sus miembros, de acuerdo a lo señalado en el artículo 37 inciso 4° del Reglamento de la Ley 19886, contenido en el D.S. 250/2004, del Ministerio de Hacienda. De La Precalificación De Las Ofertas Por Parte De La Comisión Serán los miembros de la comisión de evaluación, quienes serán responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios solicitados en las Especificaciones Técnicas de la presente Licitación para cada uno de los oferentes en cuestión. Finalizado este proceso de revisión, deberán firmar un acta en donde se detallará el cumplimiento o no de los requisitos obligatorios para cada oferente. Con este documento se podrá continuar con el proceso de evaluación por parte de la comisión de evaluación y adjudicación. Funciones de la comisión: a) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público. b) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”. c) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones. d) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”. e) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Hospital. f) En el caso de presentarse la situación regulada en el 42 del Reglamento de la Ley de Compras, podrá incorporar en el acta la exigencia de que el oferente respectivo mejore la garantía por el valor de la diferencia del precio con la oferta que le sigue. g) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará. h) En caso de existir discrepancias entre los miembros de la comisión, podrán solicitar asesoría al departamento Jurídico del Hospital, para que éste dirima como contraparte, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14. i) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital Guillermo Grant Benavente podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el Hospital Guillermo Grant Benavente, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible. Las aclaraciones podrán ser reiteradas máximo 2 veces.
De la Adjudicación
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Multiple; aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. b) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, o no presenta firma o el contrato dentro de los plazos establecidos en estas Bases. c) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previo a la suscripción del contrato. d) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El Hospital Guillermo Grant Benavente tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el HGGB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, lo que quedará consignado en la resolución de Adjudicación, lo anterior de conformidad con el art. 42 del Reglamento. El HGGB se reserva el derecho de: 1. Declarar desierta la propuesta si de la evaluación se determina que la o las ofertas no dan cumplimiento estricto a lo establecido en las bases administrativas y especificaciones técnicas. 2. De disminuir cantidades si de la evaluación y modificaciones presupuestarias que se estiman pertinentes. 3. Adjudicar el total de la oferta que resulte más conveniente, en términos de criterios de evaluación indicados en las Bases Administrativas. 4. La adjudicación de la propuesta corresponderá al Subdirector Administrativo del HGGB, o a quien le subrogue. 5. Una vez adjudicado, el HGGB informará a través del portal mercado público el resultado del proceso a los proponentes. El oferente adjudicado recibirá por esta misma vía la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicado en un plazo no superior a 48 hrs.
Mecanismo para la Solución de Consultas respecto de la Adjudicación
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Jefe de la Unidad Abastecimiento General y al responsable del proceso de compra karen.fuentes@ssconcepcion.cl, kmorales@ssconcepcion.cl y pluengo@ssconcepcion.cl.
Aumentar o Disminuir Partidas
Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores. Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Del Factoring y Prohibición de Cesión
El HGGB respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
Del incumplimiento y sus Sanciones
El (los) siguiente(s) incumplimiento(s), obligará (n) al Hospital para aplicar las sanciones que se detallan a continuación: La no entrega de productos dentro de los tiempos establecidos en las ofertas de cada uno de los proveedores y condiciones requeridas, obligará al Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción a aplicar una multa de 1 UF por evento, por cada día de atraso en la reposición, se aplicará una multa de 0.5 UF. Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos recibidos, dará derecho al Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción a aplicar una multa equivalente al 10% de la orden de compra con IVA incluido. En toda sanción, el Hospital Guillermo Grant Benavente deberá considerar las siguientes reglas: a) La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día en que se verificó la falta. b) Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. c) El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. d) Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. e) No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los productos contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. f) Las multas serán aplicables hasta un tope del 50% del valor neto de la orden de compra. Además de las multas, una vez superado el 50% del valor neto de la orden de compra se dará inicio al término anticipado del contrato, cobrándose el total de la garantía de fiel cumplimiento. g) Si no existiere documento de garantía o pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de quince (15) días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor.
Procedimiento para Aplicación de Sanciones
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al proveedor por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado Público y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Se hace presente que las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
De los criterios de evaluación
El Hospital se reserva el derecho de no adjudicar a la oferta que obtenga el más alto puntaje si esta correspondiere a un Proveedor mal calificado por la Unidad que solicita los artículos licitados, según informes enviados a esta Oficina de Abastecimiento, dichos informes deberán reflejar el historial de mal comportamiento de ese Proveedor, en cuanto a calidad, oportunidad, no despacho de mercadería u otros aspectos que impidan el normal funcionamiento de la unidad solicitante.
Del Contrato
1. Una vez adjudicada la propuesta; se elaborará el contrato por Unidad Abastecimiento General, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta. 2. Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 40 días corridos siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación. Dicho plazo podrá ampliarse, lo cual quedará consignado en la resolución de adjudicación, en caso de requerir alguna formalidad especial que deba presentar el proveedor adjudicado, el que podrá ser hasta por 40 días corridos adicionales, debiendo ampliarse la garantía de seriedad de la oferta en 40 días corridos más. 3. Serán parte integrante del Contrato las presentes Bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las Bases y el contenido de la oferta del adjudicatario.
De la orden de compra
Cuando la adjudicación sea superior a 1.000 UTM, el contrato se formalizará con la Resolución que aprueba el contrato entre las partes documento que será publicado en el portal Mercado Publico y permitirá enviar la orden de compra. En caso contrario que la adjudicación sea Menor a 1.000 UTM, no generara contrato y se formalizara el proceso con el solo envió de la orden de compra, la cual se entenderá notificada al adjudicatario a contar de las 24 horas siguientes a su publicación en el portal Mercado Publico, para ambos casos.
Vigencia y renovación
Vigencia: El convenio tendrá una vigencia de 12 meses, una vez publicada la Resolución Exenta que apruebe el contrato en el portal mercado público. Con todo, el Hospital Guillermo Grant Benavente de Concepción pondrá término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa previa aprobación del servicio de alimentación, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a las bases administrativas. Renovación: No se contempla renovación. Renovación: No se contempla renovación.
Del consumo
El consumo se encuentra indicado en la Hoja de Cotización del portal, de los cuales se pueden consumir todos o parte de ellos. Este consumo es estimativo, no obliga al Hospital a adquirirlos en su totalidad, ya que las cantidades se indican solamente para efectos de estimación de precios unitarios y cálculo global de la propuesta. El HGGB podrá adquirir hasta un 30% más del presupuesto total adjudicado.
De la recepción
Los bienes deberán ser recepcionados de manera conforme por Bodega de Abarrotes mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por servicio requirente, responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta
De Las Modificaciones Y Término Anticipado Del Contrato
De las modificaciones: Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste por aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (Art. 77 del Reglamento). Del Término Anticipado del Contrato: Por otro lado, el Hospital Guillermo Grant Benavente, previo procedimiento administrativo, declarará el término de la resolución que aprueba el contrato por alguna de las siguientes causales: 1) Que el valor total de las multas por atraso en el plazo de entrega de los Insumos de 1 día hábil, supere el 50% del valor neto de la orden de compra, obligará al Hospital Guillermo Grant Benavente a dar término anticipado del contrato. 2) Que el proveedor se encuentre en estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 3) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 4) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. 5) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. 6) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 8) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 7, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al proveedor por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá al cobro total de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que ponga término anticipado del contrato deberá ser publicada en el sistema de información Mercadopublico y se entenderá notificada 24 horas siguientes a su publicación. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 8 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo Exento sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
Del Plazo de entrega
Los Bienes deberán ser recepcionados conforme por Bodega de Abarrotes de Abastecimiento General mediante acta de recepción, documento requerido para proceder al pago del mismo y firmado por profesional responsable del resguardo del cumplimiento de las bases técnicas de la presente propuesta. Si el adjudicatario no da cumplimiento a la entrega de los bienes dentro de los plazos de entrega considerados en su oferta en la licitación.
De la Calidad
Los productos deberán ajustarse a los requerimientos técnicos indicados en anexo adjunto a la licitación con el nombre “Especificaciones de productos solicitados”. El hospital rechazará sin derecho a indemnización los productos que no cumplan con ellas.
Envío de Muestras
Las muestras solo serán requeridas de ser necesario para evaluar algún producto nuevo o desconocido por la comisión Adjudicadora, y serán solicitados mediante foro inverso siendo este envió obligatorio y excluyente. Los oferentes deberán enviar muestras a oficina de Abastecimiento General, Ubicado en Zócalo Edificio Monoblock Hospital Guillermo Grant Benavente, San Martin N°1436, Concepción, haciendo alusión a ejecutiva de compras Pabla Luengo Riffo, encargada de llevar dicha licitación, para fines de evaluación de la propuesta. Requisito obligatorio y excluyente.
B Especificaciones técnicas

Características Técnicas:

De acuerdo a lo requerido en la especificaciones Técnicas adjunta en esta Licitación.

Favor Considerar:

­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­Especificaciones Técnicas Fórmulas Lácteas SEDILE AÑO 2024-2025 HGGB

1.- Formula de Inicio 20-000-010-409-00

Fórmula para alimentación de lactantes sanos desde el nacimiento hasta los 6 meses de edad. Debe contener DHA, AA,omega 3 y 6, prebiótico y lactosa. Similar a la leche materna. No debe contener sacarosa ni saborizantes. 100% lactosa, Alfa lactoglobulina. Debe resistir esterilización a 114°C. 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 65 kcal. 

Proteínas        1.3 gr 

Grasas totales : 3,6

Carbohidratos 7.5gr 

Hierro             0.4-0.8mg 

Lactosa:                6,7

Ácido Linoleico 0.2-0.8g/dl 

  

Presentación: Formula en Polvo 

Tarro con cierre hermético de 800-900gr.  

Cantidad Mensual 90 Tarros                                                Total Anual 1080 

 

2.- Formulas de Inicio Liquida 20-010-000-625-00

Fórmula Estéril para alimentación de lactantes sanos desde el nacimiento hasta los 6 meses de edad. Debe contener nucleótidos, ácido linoleico y linolenico, relación caseína/suero similar a la leche materna. No debe contener sacarosa ni saborizantes. 100% lactosa.  

Aporte en 100ml. 

Kcal                 64 kcal. 

Proteínas        1.3 gr 

Carbohidratos 7.0 gr 

Lípidos            3.5 gr 

Hierro             1.0-1.4mg 

 lactosa.                    6.3 gr

Presentación: Formula Liquida Estéril, lista para utilizar. 

Frasco de vidrio o plástico libre de BPA. 

 

Cantidad Mensual 96 frascos                                                          Total Anual 1152 

 

_______________________________________________________________________

3.- Fórmula Polimérica Liquida HIPERCALORICA, sabor vainilla / late 20-010-000-470-00

 

Suplemento nutricional oral SHOT listo para beber, de alta densidad energética, nutricionalmente completo para personas con desnutrición relacionada con enfermedades o riesgo a desarrollarlas. 

 

CALORÍAS 300 CAL 
PROTEINAS 12,7 GR 
H DE C 35,96 GR 
LIPIDOS 11,69 

 

 

Presentación: Formula liquida 

Envase individual 120-130cc 

 

Cantidad 96 Mensual unidades                                                                         Total Anual 1152

 

4.- Formulas de Continuación 20-010-000-410-00

Fórmula para alimentación de lactantes sanos desde el 6° - 12° mes de vida de contener DHA, AA,omega 3 y 6, prebiótico, probiótico y lactosa No debe contener sacarosa ni saborizantes. 100% lactosa. 

Debe resistir esterilización a 114°C. 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                      75kcal. 

Proteínas           2.3 gr 

Carbohidratos 8.1 gr 

Lípidos                3.6 gr 

Hierro             0.9mg-1.3mg 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarro con cierre hermético de 800-900gr. 

 

Cantidad Mensual 40 Tarros                                                                               Total Anual 480

 

 

 5.- Formulas de Crecimiento 20-010-000-411-00

 

Fórmula de seguimiento elaborada a base de leche recomendada para niños de 1 a 3 años de edad.  Debe aportar AA, DHA, omega 3 y 6, taurina, colina y hierro, importantes para el desarrollo mental, visual, físico y del lenguaje, sin azúcar.

 

Debe resistir esterilización a 114°C. 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 61-80kcal. 

Proteínas        1.9-3.3gr 

Carbohidratos 7.0-8.4gr 

Lípidos            2.6-4.0gr 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarro con cierre hermético de 800-900gr. 

 

Cantidad Mensual 48 Tarros                                                           Total Anual 576 

 

 

6.- Formulas Prematuro bajo peso al nacer proteína parcialmente hidrolizado en polvo (código nuevo) 

Fórmula para alimentación de lactantes prematuros desde los primeros días de vida hasta el año de nacido. Debe contener ácido linoleico y linolénico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, triglicéridos de cadena media. Relación caseína / suero similar a la leche materna (40/60). En relación con los carbohidratos aporte promedio 50% lactosa. Proteína completa. 

Debe resistir esterilización a 114°C 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                      73kcal. 

Proteínas           1.8 gr 

Carbohidratos 7.8 gr 

Lípidos                3.8 gr 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarro con cierre hermético de 370-400. 

 

Cantidad Mensual 40 Tarros                                                                               Total Anual 480

 

7.- Formulas Prematuro   20-010-000-073-00

 

Fórmula para alimentación de lactantes prematuros desde los primeros días de vida hasta el año de nacido. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, triglicéridos de cadena media. Relación caseína / suero similar a la leche materna (40/60). En relación a los carbohidratos aporte promedio 50% lactosa. Proteína completa. 

Debe resistir esterilización a 114°C 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                      74 kcal. 

Proteínas           2.6 gr 

Carbohidratos 10.3gr 

Lípidos                5.5gr 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarro con cierre hermético de 370-400. 

 

Cantidad Mensual 40Tarros                                                                                Total Anual 480

 8.-Formula liquida estéril para Prematuros de Extremo Peso al Nacer (proteína completa)20-010-000-102-00

Fórmula para lactantes prematuros de bajo peso al nacer, inferior a 1500gr desde los primeros días de vida. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, Taurina, Carnitina, Nucleótidos y triglicéridos de cadena media. En relación a los carbohidratos aporte mínimo 50% lactosa. Proteína completa

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 80-90kcal. 

Proteínas        2.4-3.0 gr 

Carbohidratos 8.0-8.5gr 

Lípidos            4.2-4.4gr 

 

Presentación: Formula Liquida 

Envase solido con tapa rosca de 59-90cc. 

 

Cantidad Mensual unidades 336 unidades                                     Total Anual 4032 

 

 

9.-Formula liquida estéril para Prematuros de Extremo Peso al Nacer proteína parcialmente hidrolizada 20-010-000-559-00

 

Fórmula para lactantes prematuros de bajo peso al nacer, inferior a 1800gr desde los primeros días de vida. Debe contener proteínas parcialmente  hidrolizadas de fácil digestión, ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, Taurina, Carnitina, Nucleótidos y triglicéridos de cadena media. En relación a los carbohidratos aporte mínimo 50% lactosa. 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 80-90kcal. 

Proteínas        2.4-2.9gr 

Carbohidratos 8.0-8.5gr 

Lípidos            4.0-4.4gr 

 

Presentación: Formula Liquida 

Envase solido con tapa rosca de 59-90cc. 

 

Cantidad Mensual 800 unidades                                                                      Total Anual 9600

 

 

10.- Leche Descremada 20-010-000-446-00 

Formula láctea 0% materia grasa para mayores de 2 años. Modificación de grasa como único nutriente extraído. Instantánea.  No debe contener saborizantes ni grasas trans. 

Debe resistir esterilización a 114°C 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 33-36kcal. 

Proteínas        3.0-3.5gr 

Carbohidratos 5.0-6.0gr 

Lípidos            0.3-0.5gr 

 

Presentación: Formula polvo 

Bolsa de 900 a 1000gr. 

 

Cantidad Mensual 2 Bolsas                                                              Total Anual 24 

 

11.- Leche Entera 20-010-000-069-00 

Formula láctea 26% materia grasa, para mayores de 1 año. Instantánea, no debe contener saborizantes. 

Debe resistir esterilización a 114°C 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 47-50kcal. 

Proteínas        2.5-2.8gr 

Carbohidratos 3.5-3.9gr 

Lípidos            2.5-2.8gr 

 

Presentación: Formula polvo 

Bolsa de 900 a 1000gr. 

 

Cantidad Mensual 8 bolsas                                                              Total Anual 96 

 

 

12.- Formula Sin Lactosa para lactante menor de 1 año 20-010-000-067-00

Fórmula modificada en hidratos de carbono para lactantes a partir del nacimiento con intolerancia a la lactosa, temporal o congénita, la lactosa debe ser sustituida totalmente por dextrinomaltosa o polímeros de glucosa, sin modificación del resto de los nutrientes. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga. No debe contener sacarosa. 

Debe resistir esterilización a 114°C 

 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 65-70kcal. 

Proteínas        1.3-1.4gr 

Carbohidratos 7.3-7.6gr 

Lípidos            3.2-.3.5gr 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarro con cierre hermético de 400gr. 

 

Cantidad Mensual 6 Tarros                                                             Total Anual 72 

 

 13.- Formula Comfort , parcialmente hidrolizada y libre  lactosa 20-010-000-344-00

 Fórmula para lactantes desde el nacimiento, con proteína parcialmente hidrolizada y sin lactosa. Contiene AA, DHA, Omega 3 y 6, Antioxidantes y Prebióticos. 

Aporte en 100ml. 

Kcal                 64-68kcal. 

Proteínas        1.1-1.4gr 

Carbohidratos 7.0-7.5gr 

Lípidos            3.2-.3.5gr 

 lactosa:           0.2 grs

Presentación: Formula en Polvo 

Tarro con cierre hermético de 800 –900 gr. 

 

Cantidad Mensual 66 Tarros                                                           Total Anual 792 

 

  

14.- Formula Polimérica polvo para niños mayores de 10 años   20-010-000-007-00 SABOR VAINILLA

 

Formula nutricional polimérica para mayores de 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. 

 

Aporte en 100g

Kcal:                                    400-450kcal

Proteínas:                          15-18g

Hidratos de Cabono: 55-60g

Lípidos:                               13-16g

 

Presentación: Formula en Polvo

Tarros con cierre hermético de 850grs.

Sabor Vainilla

 

Cantidad Mensual 96 Tarros                                                                Total Anual 1152

15.- Formula Polimérica polvo para niños menores de 10 años 20-010-000-346-00 SABOR VAINILLA 

 

Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolenico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. 

Sabor vainilla  

 

Aporte en 100g 

Kcal:                                   460 kcal 

Proteínas:                         13gr 

Hidratos de Cabono:   60g 

Lípidos:                               18 g 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarros con cierre hermético de 900grs. 

Sabor Vainilla 

 

Cantidad Mensual      240 Tarros                                                                          Total Anual 2880

 

 

16.- Formula Polimérica polvo para niños menores de 10 años SABOR CHOCOLATE (CODIGO NUEVO)

 

Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolenico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. 

Sabor vainilla  

 

Aporte en 100g 

Kcal:                                   460 kcal 

Proteínas:                         13gr 

Hidratos de Cabono:   60g 

Lípidos:                               18 g 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarros con cierre hermético de 900grs. 

Sabor Vainilla 

 

Cantidad Mensual      36 Tarros                                                                            Total Anual 432

 

 

17.- Formula Polimérica Hipercalórico Liquida MAYORES DE 10 AÑOS 20-010-000-038-00 SABOR VAINILLA

Formula nutricional polimérica para mayores de 10 años, de uso oral o enteral de alta densidad energética. Debe contener prebióticos y/o probióticos y ácidos grasos esenciales. No debe contener lactosa y gluten. 

 

Aporte en 100ml 

Kcal:                                   150 KCAL 

Proteínas:                         9.1 g 

Hidratos de Carbono: 4.8 g 

Lípidos:                               5-7g 

 

Presentación: Formula Liquida 

Envases solidos listos para servir de 200 a 300cc. 

 

Cantidad Mensual 150 unidades                                                                      Total Anual 1800

 

 

 

18.- Formula Polimérica Liquida para NIÑOS MENOR DE 10 AÑOS 20-010-000-345-00 sabor vainilla

 

Formula nutricional polimérica para menores de 10 años, de uso oral o enteral. Debe contener triglicéridos de cadena media. No debe contener lactosa y gluten. 

 

Aporte en 100ml 

Kcal:                           100kcal 

Proteínas:                         3.0g 

Hidratos de Cabono:   13 g 

Lípidos:                               3.9g 

 

Presentación: Formula Liquida 

Envases solidos listos para servir de 200 a 300cc. 

 

 

Cantidad Mensual     120 unidades                                                 Total Anual 1200 

 

19.- Formula Polimérica Liquida para NIÑOS MENOR DE 10 AÑOS - PLATANO (CODIGO NUEVO) 1.5 KCAL

 

Formula nutricional polimérica para menores de 10 años, de uso oral o enteral. Debe contener triglicéridos de cadena media. No debe contener lactosa y gluten. SABOR CHOCOLATE

 

Aporte en 100ml 

Kcal:                                   150 kcal 

Proteínas:                         3.8g 

Hidratos de Cabono:   18.1 g 

Lípidos:                               6.7g 

FIBRA. 1.2 GRS

 

Presentación: Formula Liquida 

Envases solidos listos para servir de 200 a 300cc. 

 

 

Cantidad Mensual      72 unidades                                                                   Total Anual 864

 

20.-Formula Polimérica polvo para niños menores de 10 años SABOR VAINILLA sin probiótico (código nuevo)

Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolénico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. Sin  gluten. 

Sabor vainilla  

 

Aporte en 100g 

Kcal:                                   460 kcal 

Proteínas:                         13gr 

Hidratos de Cabono:   60g 

Lípidos:                               18 g 

 

Presentación: Formula en Polvo 

Tarros con cierre hermético de 900grs. 

Sabor Vainilla 

Cantidad Mensual      24 unidades                                                                   Total Anual 288

 

 21- Modulo Proteico 20-010-000-025-00

 

Suplemento proteico a base de caseinato de calcio, de uso oral o enteral, en polvo, sin gluten. Fácil reconstitución y resistente proceso de esterilizacion. 

 

Aporte en 100g 

Proteínas:       90-100g 

Calcio:             1400mg 

Fosforo:          800mg 

 

Presentación: Suplemento en polvo 

Tarros con cierre hermético de 275-300gr 

Sabor Neutro 

 

Cantidad Mensual 17 Tarros                                                Total Anual 204 

 

 

22.- Modulo Calórico 20-010-000-439-00 

Suplemento calórico a base de maltodextrina, de uso oral, en polvo, sin sacarosa. Libre de trazas de leche. 

 

Aporte en 100g 

Kcal:                380 - 450kcal 

Carbohidratos:            95-100g 

 

Presentación: Suplemento en polvo 

Tarros con cierre hermético de 400-600gr 

Sabor Neutro 

 

Cantidad Mensual 60 Tarros                                                Total Anual 720 tarros 

 

23.- Aceite Triglicéridos de Cadena Media 20-010-000-407-00 

Triglicéridos de Cadena Media. Debe contener solo aceite de coco fraccionado y aceite de fruto de palma. Botella de 500ml

 

Aporte en 100gr: 

Kcal:               855Kcal 

Lípidos:           95gr 

100% MCT 

 

Cantidad Mensual 15 Botellas                                                                    Total Anual 180 

 

24.- Fortificador de Leche Materna 20-010-000-684-00 

Complemento Nutricional diseñado para suplementar leche materna de lactantes prematuros o con bajo peso al nacer. Debe ser hipo alergénico. No debe contener sacarosa ni saborizantes. Fácil disolución. 

 

 

Con aporte en 100gr: 

Kcal:                   347-350Kcal 

Proteínas:          19-21gr 

Carbohidratos:               64-66gr 

Lípidos:           0.70-0.90gr 

 

Presentación: Sobres en polvo 1gr 

 

Cantidad Mensual 3600sobres           Total Anual 43200

 

 

25.- Cereal Espesante 20-010-000-026-00

 Alimento en Polvo en base arroz a partir del 6° mes 

 

Aporte en 100gr: 

Kcal:               384-390Kcal 

Proteínas:       5.2-5.5gr 

Carbohidratos:            88-90gr 

Lípidos:           1.2-1.5gr 

 

Presentación: Cereal en Polvo 

Bolsa de 350 gr 

 

Cantidad Mensual  Bolsas      25                                                          Total Anual 300

 

 26.- Saborizante sabor a chocolate 20-010-000-482-00

Saborizante de alimentos con sabor a chocolate Aporte en 100gr: 

Kcal:               400-410Kcal 

Proteínas:       10-11gr 

Carbohidratos:            68-72gr 

Lípidos:           9.5-9.8gr 

 

Presentación: Producto en Polvo 

Bolsa de 1000gr 

Sabor Chocolate 

 

Cantidad Mensual 4 Bolsas                                                                                  Total Anual 48 

 

 

 27.-Suplemento para pacientes en Diálisis 20-010-000-173-00

Formula especializada hipercalórico, con proteínas de AVB diseñada para pacientes en Diálisis. Apta para usar como suplementación oral y nutrición enteral completa.  Libre de lactosa y gluten  

 

Aporte en 100 ml de: 

Kcal:                200 kcal. 

Proteínas:       6-8gr 

CHO:               14-18 gr 

 

Presentación: Liquido 

Envase solido listo para servir de 200-250cc 

Sabor Vainilla 

 

Cantidad Mensual 24 Unidades                                                      Total Anual 288 

 

28.- Suplemento para pacientes pre-diálisis 20-010-000-348-00

Formula especializada hipercalórico e hipo proteica para pacientes con insuficiencia renal aguda o crónica en pre-diálisis. Apta para usar como suplementación oral y nutrición enteral completa. Formato listo para servir en botella, debe incluir bombilla. Sabor vainilla. Libre de lactosa y gluten.  

 

Aporte en 100 ml de: 

Kcal:                200 kcal. 

Proteínas:       2-4 gr 

 

Presentación: Liquido 

Envase solido listo para servir de 200-250cc 

Sabor Neutro 

 

Cantidad Mensual 24 Unidades                                                      Total Anual 288 

 

 

 

 

29.- Formula con proteínas altamente hidrolizadas y sin lactosa 20-010-000-328-00

 

Formula con proteína altamente o extensamente hidrolizada para ser utilizada desde el nacimiento. Debe contener triglicéridos de cadena media, ácido linoleico y linolenico, ARA y DHA.  

 

Aporte en 100 ml de: 

Kcal:                66-68 kcal. 

Proteínas:       1.5-1.8 

Grasa Total:    3.3-3.6 

Carbohidratos:            6.7-6.9g           

 

Presentación: Tarro de 400gr con cierre hermético 

 

Cantidad Mensual 20 Tarros                                                           Total Anual 240

 

 

30.- Formula Polimérica para paciente diabético sin gluten y lactosa 20-010-000-302-00 

Fórmula nutricional completa y balanceada especialmente diseñada para pacientes diabéticos y pre diabéticos con metabolismo de la glucosa alterado. Puede ser utilizado como suplemento oral o como única fuente de nutrición enteral. 

 

Presentación: Tarros con cierre hermético de 800 – 1000grs. 

 

Aporte en 100g 

Calorías: 400-450kcal 

Proteinas: 18-22g 

Hidratos de Carbono: 40-45g 

Lípidos: 15-18g 

 

Cantidad Mensual 6 Tarros                                                                                  Total Anual 72

 

 

31.- Formula Polimérica para Errores Congénitos del Metabolismo 20-010-000-406-00

 Formula Polimérica en polvo de bajo contenido en grasas, a base de proteína sérica de leche de vaca, aminoácidos, hidratos de carbono, grasas (80% de triglicéridos de cadena media (MCT)), vitaminas, minerales y elementos de traza. 

 

Presentación: Tarros con cierre hermético de 400 – 500grs. 

 

Aporte en 100g 

Calorías: 400-450kcal 

Proteínas: 12-15g 

Hidratos de Carbono: 60-70g 

Lípidos: 12-15g 

MCT: 80-85% 

 

Cantidad Mensual 3 Tarros                                                             Total Anual 36 

 

  

32-. Fórmula Espesante 20-010-000-371-00

Espesante de alimentos en base a almidón de maíz modificado. Debe mantener consistencia por periodo prolongado y no modificar el sabor de las formulas. 

 

Aporte en 100gr. 

Kcal                 300-340 kcal. 

Proteínas        0 gr 

Carbohidratos 80-90 gr 

Lípidos            0 gr 

 

Presentación: Tarro en polvo con cierre hermético de 200 a 400 gr. 

 

Cantidad Mensual 5 unidades                                                                    Total Anual 60 

 

33.- Formula sin lactosa para niños mayor de 1 año. 20-010-000-774-00

Leche en polvo especialmente diseñada  a base de leche semidescremada sin lactosa y además contiene probióticos, prebióticos, vitaminas y minerales esenciales acorde a los requerimientos nutricionales para niños de 1 a 3 años de edad que necesita  adecuado crecimiento y desarrollo. 

 

Mensual: 6 unidades                                     72 anual

34.Formula aminoacídica para lactantes sin lactosa 20-010-000-248-00

fórmula infantil en polvo con hierro para lactantes en base a aminoácidos. Es un alimento para propósitos nutricionales especiales, destinada al manejo dietético de alergia severa y/o intolerancia alimentaria. Libre de lactosa, no contiene leche ni productos lácteos. Desde el nacimiento.

CALORIAS503cal

PROTEINAS13.3gr

H DE C57/td>gr

LIPIDOS24.6gr

Tarros 400 -500 grs

Cantidad Mensual  unidades 100U                                                                  Total Anual 1200



C Formularios

FORMULARIO N° 1 A

 

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

 

Sin Conflicto de Intereses

 (Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)

Yo        ____________________________________________________________________

           

Cédula de identidad N° (RUT representante legal o persona Natural)__________________

Domicilio                      ________________________________________________________

Comuna                       ________________________________________________________

Ciudad                         ________________________________________________________

En representación de (razón social empresa)_____________________________________

RUT N°(Empresa)_______________________________, del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada, no posee vínculos de parentesco con los funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, ni con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo N°4 Inciso 6 y 8 de la Ley 19.886 establecen que:

Inciso N° 6 “Ningún órgano de la administración del Estado y de las Empresas y corporaciones del estado o en que este tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o presentación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentescos descritos  en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parten, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

Inciso N° 8 “Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso”.2° del art. 62 de la ley 18.575. Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.

Ciudad ___________________________

Fecha   ___________________________

__________________________

FORMULARIO N°1 B

 

DE C L A R A C I Ó N   J U R A D A

Con Conflicto de Intereses en Algunos Organismos

(Solo completar con los datos del representante legal o persona natural)

Yo____________________________________________________________________

           

Cédula de identidad N° (RUT representante legal o Persona Natural)

__________________ Domicilio _____________________________________________

___________________________ Comuna        ____________________________________

Cuidad ________________________________________________________

En representación de (razón social empresa) __________________________________

______________________________________________________________________

RUT N°(Empresa)_______________________________,  del mismo domicilio, declaro que tanto los gerentes, administradores, o directores de mi representada,  poseen vínculos de parentesco con funcionarios Directivos de los Órganos de la Administración del Estado y de las Empresas y Corporaciones del Estado, o con personas unidas a ellas por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, de acuerdo al Artículo N°4 Inciso 6 y 8 de la Ley 19.886 establecen que:

Inciso N° 6 “Ningún órgano de la administración del Estado y de las Empresas y corporaciones del estado o en que este tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o presentación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentescos descritos  en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parten, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

Inciso N° 8 “Los contratos celebrados con infracción a lo dispuesto en el inciso anterior serán nulos y los funcionarios que hayan participado en su celebración incurrirán en la contravención al principio de probidad administrativa descrito en el numeral 6 del inciso”. .2° del art. 62 de la ley 18.575. Sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que les corresponda.

                                   

Institución del Estado

Rut Institución del Estado

Funcionario Institución del  Estado

Funcionario Empresa

Relación de Parentesco

Ciudad ___________________

Fecha   ___________________

_____________________

_____

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal o Persona Natural>

NOTA: Todos los datos solicitados  deben ser completados por el representante legal, de faltar alguno de estos la declaración será rechazada.

 

 

 

 

FORMULARIO N°2

 

D E C L A R A C I Ó NJ U R A D A

 

Yo, <nombre de representante legal>, cédula de identidad N° <RUT representante legal> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que mi representada no posee condenas por Prácticas Antisindicales, Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador ni condenado por delitos concursales establecidos en el Art. 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo señalado en la ley 20.720, en los 2 últimos años.

<Ciudad>, <Fecha>

_________________________

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal>

 

 

 

 

 

FORMULARIO N°3

 

DECLARACIÓN JURADA DE SOCIOS

Instrucciones de Uso:

  1. Descargue este archivo a su computador personal.
  2. Complete los datos solicitados directamente en el archivo (Word), remplazando los textos entes paréntesis <>.
  3. En Tipo Sociedad: Registre si la sociedad a informar es una Soc. de responsabilidad Ltda, una EIRL, u otra.
  4. Registre para cada socio el Rut, nombre y porcentaje de participación en la sociedad informada. Es importante que este recuadro totalice el 100 % de la propiedad.

Para Sociedades que eventualmente constan con muchos socios, indicar solo los 12 de mayor participación, agregando una línea final de “Otros” para totalizar el 100%.

  1. Colocar Fecha de la Declaración: Esta fecha es importante porque determina la vigencia de la misma. Recuerde mantener actualizada esta información.
  2. Luego debe imprimir la declaración y traerlas a las oficinas comerciales de Chileproveedores para que sea acreditada en su ficha electrónica.
  3. La Declaración solo debe ser firmada por el Representante Legal o Gerente General; y no es necesario que se firme ante Notario.

Recuerde que la información contenida en esta declaración, tiene el carácter de “Jurada”, con los consiguientes efectos legales contemplados en la legislación.

  1. Recuerde que la Ley N° 20.285, sobre el Acceso a la Información Pública entró en vigencia el 20 de Abril de 2009, por lo que debe regularizar de forma inmediata la información de los socios de su Empresa.

 

Declaración Jurada de Socios

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que los siguientes son los socios vigentes a esta fecha.

Tipo de Sociedad:

Rut Socio

Nombre de los Socios

% de Participación en la Sociedad

1

2

3

4

5

Total %

Nota:

  • Esta declaración no requiere que se firme ante Notario

Fecha declaración

La vigencia corresponde a seis meses desde la fecha de la Declaración

Firma Representante Legal

RUT Rep. Legal________

 

 

 

FORMULARIO N°4 A

 

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

 

                                                 (Opción sin Deudas Vigentes con Trabajadores)

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

,

___________________

_______

 

FORMULARIO N°4 B

 

D E C L A R A C I Ó N J U R A D A

 

(Opción con Deudas Vigentes con Trabajadores)

Yo, , cédula de identidad N°  con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

Si registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con  trabajadores

__________________________ actuales o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

Por lo anterior, se compromete a que los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

,

 

 

 

 

FORMULARIO N°5

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

(Declaración jurada causales inhabilidad.)

Nombre de representante legal >, cédula de identidad N° <RUT representante> con domicilio en <domicilio>, <comuna>, <ciudad> en representación de <razón social empresa>, RUT N° <RUT empresa>, del mismo domicilio, declaro que tanto yo como mi representada en su caso, no posee condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador o condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos 2 años.

El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:

Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: Bases Administrativas y Técnicas, Formularios de presentación de la oferta, Anexos y reglamentación sobre la materia.

Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes y que renuncia, desde el momento de la presentación de su propuesta, a cualquier recurso judicial o extrajudicial en contra del Mandante o su representante legal y el cobro de cualquier indemnización con motivo de su aplicación.

No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta de la presente Licitación Pública del Hospital Guillermo Grant Benavente,

No tiene calidad de funcionario Directivo del Hospital Guillermo Grant Benavente ni funcionario Directivo del Servicio de Salud Concepción;

No tiene calidad de persona unida a los Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

No conforma sociedades de personas con Directivos del Hospital Guillermo Grant Benavente ni Directivos del Servicio de Salud Concepción, o sus parientes, conforme a la letra anterior, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a 200 UTM. O más, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

,

FORMULARIO N°6

D E C L A R A C I Ó N   J U R A D A

(Declaración jurada Responsabilidad Penal Persona Jurídica.)

, cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro bajo juramento que la empresa que represento no ha sido condenada a alguna de las penas señaladas en la ley 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

        

,

FORMULARIO N°7

“Criterios de Evaluación”

dar cumplimiento a la propuesta ID 4375-67-LQ24, la empresa ofertante debe completar la siguiente tabla. Indicar los criterios de evaluación para el producto correspondiente:

Producto

Cantidad

Precio Unitarios

Precio Total Neto

1

Fórmula para alimentación de lactantes sanos desde el nacimiento hasta los 6 meses de edad. Debe contener DHA, AA,omega 3 y 6, prebiótico y lactosa. Similar a la leche materna. No debe contener sacarosa ni saborizantes. 100% lactosa, Alfa lactoglobulina. Debe resistir esterilización a 114°C. 

1080

 

 

2

Fórmula Estéril para alimentación de lactantes sanos desde el nacimiento hasta los 6 meses de edad. Debe contener nucleótidos, ácido linoleico y linolenico, relación caseína/suero similar a la leche materna. No debe contener sacarosa ni saborizantes. 100% lactosa.  

1152

 

 

3

Suplemento nutricional oral SHOT listo para beber, de alta densidad energética, nutricionalmente completo para personas con desnutrición relacionada con enfermedades o riesgo a desarrollarlas. 

1152

 

 

4

Fórmula para alimentación de lactantes sanos desde el 6° - 12° mes de vida de contener DHA, AA,omega 3 y 6, prebiótico, probiótico y lactosa No debe contener sacarosa ni saborizantes. 100% lactosa. Debe resistir esterilización a 114°C 

480

 

 

5

Fórmula de seguimiento elaborada a base de leche recomendada para niños de 1 a 3 años de edad.  Debe aportar AA, DHA, omega 3 y 6, taurina, colina y hierro, importantes para el desarrollo mental, visual, físico y del lenguaje , sin azúcar.

576

 

 

6

Fórmula para alimentación de lactantes prematuros desde los primeros días de vida hasta el año de nacido. Debe contener ácido linoleico y linolénico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, triglicéridos de cadena media. Relación caseína / suero similar a la leche materna (40/60). En relación con los carbohidratos aporte promedio 50% lactosa. Proteína completa. Debe resistir esterilización a 114°C . 

480

 

 

7

Fórmula para alimentación de lactantes prematuros desde los primeros días de vida hasta el año de nacido. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, triglicéridos de cadena media. Relación caseína / suero similar a la leche materna (40/60). En relación a los carbohidratos aporte promedio 50% lactosa. Proteína completa. Debe resistir esterilización a 114°C 

480

 

 

8

Fórmula para lactantes prematuros de bajo peso al nacer, inferior a 1500gr desde los primeros días de vida. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, Taurina, Carnitina, Nucleótidos y triglicéridos de cadena media. En relación a los carbohidratos aporte mínimo 50% lactosa. Proteína completa

4032

 

 

9

Fórmula para lactantes prematuros de bajo peso al nacer, inferior a 1800gr desde los primeros días de vida. Debe contener proteínas parcialmente  hidrolizadas de fácil digestión, ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga, Taurina, Carnitina, Nucleótidos y triglicéridos de cadena media. En relación a los carbohidratos aporte mínimo 50% lactosa. 

9600

 

 

10

Formula láctea 0% materia grasa para mayores de 2 años. Modificación de grasa como único nutriente extraído. Instantánea.  No debe contener saborizantes ni grasas trans. Debe resistir esterilización a 114°C 

24

 

 

11

Formula láctea 26% materia grasa, para mayores de 1 año. Instantánea, no debe contener saborizantes. Debe resistir esterilización a 114°C 

96

 

 

12

Fórmula modificada en hidratos de carbono para lactantes a partir del nacimiento con intolerancia a la lactosa, temporal o congénita, la lactosa debe ser sustituida totalmente por dextrinomaltosa o polímeros de glucosa, sin modificación del resto de los nutrientes. Debe contener ácido linoleico y linolenico, ácidos grasos poliinsaturados de cadena larga. No debe contener sacarosa. 

72

 

 

 

Debe resistir esterilización a 114°C 

 

 

 

13

 Fórmula para lactantes desde el nacimiento, con proteína parcialmente hidrolizada y sin lactosa. Contiene AA, DHA, Omega 3 y 6, Antioxidantes y Prebióticos. 

792

 

 

14

Formula nutricional polimérica para mayores de 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. 

1152

 

 

15

Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolenico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. Sabor Vainilla 

2880

 

 

16

Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolenico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. No debe contener lactosa y gluten. Sabor Vainilla.

432

 

 

17

Formula nutricional polimérica para mayores de 10 años, de uso oral o enteral de alta densidad energética. Debe contener prebióticos y/o probióticos y ácidos grasos esenciales. No debe contener lactosa y gluten. 

1800

 

 

18

Formula nutricional polimérica para menores de 10 años, de uso oral o enteral. Debe contener triglicéridos de cadena media. No debe contener lactosa y gluten. 

1440

 

 

19

Formula nutricional polimérica para menores de 10 años, de uso oral o enteral. Debe contener triglicéridos de cadena media. No debe contener lactosa y gluten. Sabor Chocolate

864

 

 

20

Formula nutricional infantil polimérica de 1 a 10 años, de uso oral o enteral, en polvo, debe contener proteínas de AVB, ácido linoleico y linolénico, DHA y ARA, fibra y prebiótico. Sin  gluten. Sabor vainilla  

288

 

 

21

Suplemento proteico a base de caseinato de calcio, de uso oral o enteral, en polvo, sin gluten. Fácil reconstitución y resistente proceso de esterilizacion. 

204

 

 

22

Suplemento calórico a base de maltodextrina, de uso oral, en polvo, sin sacarosa. Libre de trazas de leche. 

720

 

 

23

Triglicéridos de Cadena Media. Debe contener solo aceite de coco fraccionado y aceite de fruto de palma. Botella de 500ml

180

 

 

24

Complemento Nutricional diseñado para suplementar leche materna de lactantes prematuros o con bajo peso al nacer. Debe ser hipo alergénico. No debe contener sacarosa ni saborizantes. Fácil disolución. 

43200

 

 

25

 Alimento en Polvo en base arroz a partir del 6° mes 

300

 

 

26

Saborizante de alimentos con sabor a chocolate Aporte en 100gr: 

48

 

 

27

Formula especializada hipercalórico, con proteínas de AVB diseñada para pacientes en Diálisis. Apta para usar como suplementación oral y nutrición enteral completa.  Libre de lactosa y gluten  

288

 

 

28

Formula especializada hipercalórico e hipo proteica para pacientes con insuficiencia renal aguda o crónica en pre-diálisis. Apta para usar como suplementación oral y nutrición enteral completa. Formato listo para servir en botella, debe incluir bombilla. Sabor vainilla. Libre de lactosa y gluten.  

288

 

 

29

Formula con proteína altamente o extensamente hidrolizada para ser utilizada desde el nacimiento. Debe contener triglicéridos de cadena media, ácido linoleico y linolenico, ARA y DHA.  

240

 

 

30

Fórmula nutricional completa y balanceada especialmente diseñada para pacientes diabéticos y pre diabéticos con metabolismo de la glucosa alterado. Puede ser utilizado como suplemento oral o como única fuente de nutrición enteral. 

72

 

 

31

 Formula Polimérica en polvo de bajo contenido en grasas, a base de proteína sérica de leche de vaca, aminoácidos, hidratos de carbono, grasas (80% de triglicéridos de cadena media (MCT)), vitaminas, minerales y elementos de traza. 

36

 

 

32

Espesante de alimentos en base a almidón de maíz modificado. Debe mantener consistencia por periodo prolongado y no modificar el sabor de las formulas. 

60

 

 

33

Leche en polvo especialmente diseñada  a base de leche semidescremada sin lactosa y además contiene probióticos, prebióticos, vitaminas y minerales esenciales acorde a los requerimientos nutricionales para niños de 1 a 3 años de edad que necesita  adecuado crecimiento y desarrollo. 

72

 

 

34

fórmula infantil en polvo con hierro para lactantes en base a aminoácidos. Es un alimento para propósitos nutricionales especiales, destinada al manejo dietético de alergia severa y/o intolerancia alimentaria. Libre de lactosa, no contiene leche ni productos lácteos. Desde el nacimiento.

1200

 

 

Inclusión

SI / NO

(adjuntar certificado y/o credencial SENADIS)

Plazo de entrega (Horas y/o días)

Pacto de Integridad

 

Representante de la empresa:

RUT:

Firma:

Fecha:

Formulario N°8

IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

NOMBRE PROPUESTA PÚBLICA:

1.

Antecedentes Empresa

Nombre/ Razón Social

 

 

Rut

 

 

Dirección

 

 

 

 

Cuidad

 

Teléfono

 

Fax

 

Correo Electrónico

N° Cuenta Corriente y Banco (Para Transferencia bancaria de pago)

2.

Antecedentes Representante Legal

 

Nombre

Rut

 

 

Dirección

 

 

Cuidad

 

3.-

Antecedentes Responsable de la Oferta

 

Nombre/ Razón Social

 

 

Rut

 

 

Dirección

 

 

Cuidad

 

 

Teléfono

 

 

Fax

 

 

Correo Electrónico

 

NOMBRE DE LA EMPRESA :

RUT                                      :

REPRESENTANTE LEGAL  :

Nombre

Rut

 

Firma

Formulario N°9

ACEPTACIÓN DE CONDICIONES

NOMBRE PROPUESTA: _________________________________________________

El proponente, abajo firmante, por el sólo hecho de presentar su oferta, declara y acepta explícitamente lo siguiente:

1.       Haber estudiado todos los antecedentes de la propuesta y verificado la concordancia entre ellos. Haber revisado los términos de la presente licitación: las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Especificaciones Técnicas, Formularios de presentación de la oferta y reglamentación sobre la materia.

2.       Estar conforme con las condiciones generales de la propuesta, aceptar las condiciones y procedimientos, tanto en lo administrativo como en lo técnico, establecidos en: Las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, respuestas, aclaraciones y todo otro documento oficial que haya servido de base para el  llamado a licitación, en el entendido que formarán parte del contrato que firmen las partes.

NOMBRE DEL OFERENTE     : _____________________________________________

R.U.T.                              :_____________________________________________

NOMBRE Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL:

Concepción, ______________2024

Formulario N° 10

 

DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES

(ESTE FORMULARIO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)

Nombre de la Unión Temporal de Proveedores (UTP):

Integrantes de la UTP:

Razón social

RUT

INDICAR QUE ANTECEDENTES PRESENTARÁ ESTA UTP PARA SER CONSIDERADOS EN LA EVALUACIÓN RESPECTIVA:

_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________

La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y durará ___________________, es decir, cubrirá el periodo de vigencia del contrato que establecen las bases, más 60 días hábiles.[1]           

REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común de ésta, a don (ña) ___________________, Rut_____________ el (la) cual está facultado (a) para:  suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la licitación pública ID ________________, suscribir el contrato que derive la licitación indicada, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP. En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado común de ésta UTP, a don (ña) ___________________, Rut ________________, con las mismas facultades. –

NOMBRE Y FIRMA DEL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL/ APODERADO UTP:

<Firma>

<Nombre>

<Representante Legal o Persona Natural>

<Ciudad>, <fecha>.

[1] En caso de que las bases contemplen renovación automática del contrato, el plazo de vigencia que se incorpore, deberá incluir el plazo de la renovación.

 

 

Formulario N°11

 

CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

 

El proveedor__________________________________________________ declara conocer lo lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de activos, delitos funcionarios y Financiamiento al terrorismo del Hospital Guillermo Grant Benavente, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar al HGGB o a sus funcionarios.

El formulario se encuentra disponible en http://www.hospitalregional.cl/

 

N° CEDULA DE IDENTIDAD REPRESENTANTE LEGAL


FIRMA REPRESENTANTE LEGAL

 


       

  

 

D. ANEXOS

ANEXO N°1

FORMATO PRESENTACIÓN DESCARGOS DE MULTA

_________________________________ (Nombre persona natural o representante legal), _____________________ (cédula de identidad), _______________________ (nombre empresa si corresponde), __________________ (RUT), con domicilio en ___________________, dentro del plazo otorgado, vengo a presentar los descargos por la multa notificada mediante:

Ordinario N° __________ de fecha _________

Orden de compra ID_____________________

Los argumentos que justifican los descargos son los siguientes: (indicar argumentos que digan relación con caso fortuito o fuerza mayor y concluir si acepta o no la aplicación de la multa)

Acompaño los documentos que individualizo a continuación: (obligatorio, para respaldar argumentos

NOMBRE Y FIRMA

REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL: __________________

Ciudad, fecha.



ANEXO N°2

FORMATO RECURSO DE REPOSICIÓN

_________________________________ (Nombre persona natural o representante legal), _____________________ (cédula de identidad),_______________________ (nombre empresa si corresponde), __________________(RUT), con domicilio en ___________________, dentro del plazo otorgado, vengo a presentar recurso de reposición en contra del acto administrativo que aplica multa mediante resolución Exenta n° 3N1/_________ de fecha __________, en base a los siguientes argumentos de hecho y de derecho que expongo a continuación:

Argumentos de Hecho:

Argumentos de Derecho: