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5.7. Ingreso de la Oferta Económica en el Portal Mercado Público
La oferta económica deberá ser presentada a través del sitio web www.mercadopublico.cl, y se deberán subir todos los antecedentes señalados en este numeral de las presentes Bases.
Quienes oferten deberán constatar el envío de sus ofertas económicas través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello deben verificar el despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual debe ser impreso por la parte proponente para su resguardo (no debe adjuntarse con los antecedentes).
La única oferta económica válida será la presentada a través del Portal, debidamente establecida en el Anexo N° 4 de las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por medio distinto al establecido en estas bases, siendo declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el anexo señalado. Así también, será de responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar en forma oportuna y adecuada sus ofertas. En caso de contradicción entre la oferta señalada en el sistema Mercado Público y la presentada en el Anexo N° 4, se considerará como válida la indicada en el Anexo N° 4.
Las propuestas económicas y los antecedentes de quien oferte deben estar presentadas correctamente en tiempo y forma; de no ser así, quedarán excluidas de este proceso.
El precio señalado en la oferta económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor total neto (sin IVA). Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. Adicionalmente, se solicita que el proveedor indique si su servicio es afecto o exento de IVA. Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, incluido el IVA, si correspondiere.
Sin perjuicio de lo anterior, la parte oferente deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de ésta.
Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento establecidas en forma unilateral. Cualquier costo adicional debe ser indicado expresamente. En caso contrario, se asumirá que los costos son exclusivamente los referidos en la propuesta económica. Una vez adjudicada esta Licitación, la oferente no podrá invocar ninguna causa con el ánimo de aumentar el valor adjudicado.
5.8. Monto disponible de la licitación
El presupuesto máximo disponible para la presente licitación es $3.000.000 (Tres millones de pesos) IVA incluido, monto que se dividirá en 8 líneas de conformidad a la siguiente tabla:
LINEAS N° CANTIDAD TÍTULOS AUTORES AÑO
1 10 Cuentos inclusivos (Discapacidad, Diversidad Cultural, Interculturalidad, Pueblos Originarios, Discriminación Bullying, etc.) Varios autores 2020-2021
2 10 Libros Ilustrados, Libros Álbum (Pre-escolar, Sala Cuna, etc.) Varios autores 2020-2021
3 10 Comic en formato Infantil y Juvenil
Sobre Súper Héroes,
Historia de Chile, Historia Universal. Varios autores 2020-2021
4 10 Sagas Juveniles.
Varios autores 2020-2021
5 10 Leyendas Chilenas en formato Infantil Varios autores 2020-2021
6 10 Lectura complementaria Infantil y Juvenil (que no superen las 100 páginas). Varios autores 2020-2021
7 10 Colección de cuentos infantiles no clásicos en un solo libro. Varios autores 2020-2021
8 10 Género (Identidad de género, Equidad de Género, Discriminación, Violencia de Género, etc.) Varios autores 2020-2021
5.9. Ingreso de la Oferta Técnica en el Portal Mercado Público
La Oferta Técnica y sus correspondientes anexos deben ingresarse al portal www.mercadopublico.cl, mediante archivos adjuntos, indicando detalladamente las características importantes y/o relevantes de los productos requeridos, según el formato establecido en las Bases Técnicas.
5.10. Revocación o suspensión de la licitación
En el caso que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, el SNPC podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
6. Apertura y evaluación de las ofertas presentadas
6.1. Comisión de Evaluación
La evaluación será efectuada por la Comisión Evaluadora, la que se determinará e integrará, conforme al Manual del Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público del SNPC.
La Comisión Evaluadora analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente y en cada línea de contratación en el plazo establecido en las presentes Bases y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación.
Además, la Comisión Evaluadora podrá solicitar la asesoría y opinión experta de las materias técnicas a revisar durante el proceso de evaluación.
Las personas que integren la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés quienes presenten oferta en esta licitación, para lo cual al momento de la adjudicación se emitirá una declaración jurada firmada por sus integrantes, de acuerdo a la Directiva N° 14 de la Dirección de Compras Públicas.
6.2. Criterios de adjudicación y su ponderación
Las ofertas serán ponderadas con un 60% para los aspectos económicos, con un 36% para los aspectos técnicos, y un 4% para los requisitos formales, adjudicándose la licitación a la oferta que obtenga el mayor puntaje como consecuencia de la aplicación de los referidos criterios.
DESCRIPCIÓN DE FACTORES A EVALUAR PONDERACIÓN
A Aspectos económicos (precio) 60%
B Aspectos técnicos (plazo de entrega) 36%
C Requisitos formales 4%
6.3. Evaluación de la oferta
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural podrá requerir aclaraciones a los oferentes, cuyas ofertas exijan un análisis más detallado para la evaluación correspondiente, siempre que dicha solicitud se enmarque dentro de los términos establecidos en el artículo 40 del Reglamento de la ley N° 19.886 y punto 5.3 de las presentes bases administrativas. Dichas aclaraciones formarán parte integrante de la respectiva oferta y deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl.
6.3.1. Evaluación de la oferta económica (60%)
La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la siguiente fórmula:
POE: (60%) X (OEB/OEE)
Donde:
POE = Puntaje de la oferta económica en evaluación
OEB = Oferta económica más baja
OEE = Oferta económica en evaluación
6.3.2. Evaluación de la oferta Técnica (36%)
Las ofertas Técnicas serán evaluadas respecto principalmente al plazo de entrega de acuerdo con la siguiente Pauta de Evaluación:
Plazo de Entrega (36%)
Este Ítem evaluará el plazo de entrega presentado por el oferente y expresado en días corridos, obteniendo mayor puntaje el proveedor que presente un menor plazo.
Con todo, el plazo máximo no puede exceder los 30 días corridos desde el envío de la correspondiente orden de compra. Cualquier oferta que exceda este plazo, quedará fuera de evaluación por no ser de interés para la institución.
Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula:
POE = (PM/PE) x 36%
Donde:
POE = Puntaje de oferta en evaluación
PM = Plazo menor
PE = Plazo en evaluación
6.3.3. Evaluación del cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta (4%)
Cumplimiento de Requisitos Formales PONDERACIÓN
Oferta técnica y económica (2%) 2%
Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación. 2%
Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0%
Documentos legales (2%) 2%
Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2%
Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases), a solicitud del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, en el plazo establecido en el numeral 5.3. 0%
La no entrega de los documentos señalados anteriormente, a solicitud del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural en el plazo establecido en el numeral 5.3., implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible. oferta presentada será declarada inadmisible
6.4. Mecanismos de resolución de empates
En el caso de que al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1. Se preferirá a aquella que obtenga el más alto puntaje en el precio ofertado. Si no se desempata con lo anterior,
2. Desempatará aquella que presente mayor puntaje en el plazo de entrega. Si no se desempata con lo anterior,
3. Se preferirá a aquella que presente mejor oferta técnica en su conjunto.
6.5. Adjudicación
La selección de la parte Adjudicataria será realizada por una Comisión de Evaluación formada por el personal del SNPC señalado en el numeral 6.1. de las presentes bases de licitación. La seleccionada será aquella que mejor satisfaga los requerimientos técnicos y económicos de la institución en conformidad con las Bases.
El SNPC se reserva el derecho de declarar inadmisible todas las ofertas en forma fundada, cuando estas no cumplieren los requisitos señalados en las bases, o bien, declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del SNPC.
La adjudicación podrá ser realizada en forma múltiple por línea de productos requeridos, de acuerdo al puntaje obtenido por los mejores oferentes que cumplan con lo establecido en las presentes bases de licitación. La adquisición se hará en estricto orden de prevalencia y con los valores cotizados en anexo económico, las cuales deberán mantenerse hasta el término del contrato sin variaciones ni reajustes.
Se podrá declarar desierta una línea de contratación, esto es, un programa de capacitación de esta Licitación, cuando no se presenten ofertas en él o cuando las ofertas que se presentaren no resulten convenientes para los intereses del servicio. En cualquiera de dichos casos, la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
Las personas proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
6.6. En el caso de no cumplimiento del plazo de adjudicación
En el caso que, por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, el SNPC informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
6.7. Consultas respecto del proceso de adjudicación
La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la Licitación margarita.fuentes@patrimoniocultural.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El SNPC contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación.
6.8. Readjudicación
El SNPC podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria.
b) Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente.
c) Si la parte adjudicataria no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato.
d) Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta.
e) Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
En cualquiera de los casos, el SNPC podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar al siguiente proponente mejor calificado.
7. Del Contrato
Para aquellas adjudicaciones menores a 100 UTM, la Orden de Compra actuará como contrato entre el SNPC y el adjudicatario.
8. Plazo de vigencia del Contrato
El contrato tendrá duración igual al plazo de entrega ofrecido por el proveedor, el que comenzará a regir a partir de la siguiente fecha:
La Orden de Compra se constituye como el contrato entre las partes (adjudicaciones menores a 100 UTM), el plazo comenzará a regir 48 horas después desde la fecha de emisión de la orden de compra.
Solo por razones fundadas debidamente calificadas por el SNPC, se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato.
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