PROPUESTA PUBLICA
BASES ADMINISTRATIVAS
“CONTRATO DE SUMINISTRO PARA SERVICIOS FUNERARIOS"
ID: 4454 - 24 - LE23
MANDANTE
|
I. MUNICIPALIDAD DE HUALQUI
|
UNIDAD ENCARGADA
|
DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO
|
RUT
|
69.150.600-2
|
DIRECCION
|
R. FREIRE Nº 351
|
PROCESO DE LICITACION
|
DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS / DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
|
- GENERALIDADES:
Las presentes Bases Administrativas tienen por objeto determinar y definir las condiciones generales que se deberán considerar en la presente Propuesta Publica que la Municipalidad de Hualqui convoca, para la suscripción de un Contrato de Suministro, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipales N°18.695 y Ley de Compras Públicas N°19.886, llamando a Propuesta Pública para suscribir un “CONTRATO SUMINISTRO DE SERVICIOS FUNERARIOS" por un periodo de 18 meses, a contar de la fecha de suscripción del mismo Contrato, con el objeto de contar con un proveedor que otorgue un servicio de calidad para atención de personas de escasos recursos que no estén en condiciones de asumir gastos funerarios, de acuerdo a las solicitudes de atención debidamente calificadas por la Dirección de Desarrollo Comunitario.
En la presente propuesta, la I. Municipalidad de Hualqui actuará como mandante para todos los efectos originados durante la tramitación del presente proceso licitatorio y durante la ejecución del Contrato originado por el presente proceso de licitación.
La Unidad Técnica a cargo de la fiscalización del Contrato será la Dirección de Desarrollo Comunitario.
- NORMATIVA:
La normativa vigente que rige los Organismos de la Administración del Estado indica que los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a la Ley de Compras Públicas y su Reglamento. Supletoriamente, se les aplicarán las normas de Derecho Público y en defecto de ellas, las de Derecho Privado.
De acuerdo con lo señalado en el Articulo Nº 2 de la Ley de Compras Públicas, se entenderá por contrato de suministro todo aquel mediante el cual la Municipalidad de Hualqui encomienda a una persona natural y/o jurídica el que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles.
El proceso de licitación, publicación, evaluación y adjudicación estará regulado por los mecanismos establecidos en la Ley N° 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones”, Ley Nº 19.886 del 30/07/2003, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios del Ministerio de Hacienda; Reglamento de fecha 09 de Marzo del 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de fecha 24.09.2004 y sus modificaciones; Manual de Procedimientos de Adquisiciones de Municipio, aprobadas por Dec. Alc. N° 4303 del 23.12.2019; Ley N° 20.285. Ley de Transparencia sobre acceso de la Información Pública y las normas establecida por el Ministerio de Salud para la prestación de servicios funerarios.
Ante alguna discrepancia en la interpretación de las presentes Bases Administrativas, se aplicará lo establecido en la Ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y los principios señalados en la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los procedimientos que rigen los actos de la Administración del Estado.
- BASES:
La presente propuesta se regirá por las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos relacionados; por las normas legales vigentes a la fecha de su apertura en cuanto le sea aplicable. Al mismo tiempo, constituirán reglas propias de esta propuesta, la aclaración publicada en el portal emitidas por la Municipalidad, sea que ellas fueren requeridas por los participantes o bien impartidas por éstas.
Las Bases podrán ser modificadas en atención a las aclaraciones solicitadas por parte de los oferentes, según las preguntas y aclaraciones formuladas por parte de los oferentes, las que serán formuladas de acuerdo a los plazos estipulados en el proceso de licitación, informado a través del portal mercado público. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases.
Con lo anterior, las presentes Bases se consideran como parte integrante del respectivo Contrato al que se de origen la adjudicación de la presente Licitación.
Las bases estarán a disposición de los proveedores a través del portal www.mercadopublico.cl
- ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA:
La presente propuesta es regulada de acuerdo a las normativas señaladas precedentemente y las condiciones que se establecen en los siguientes documentos, que para todo efecto son parte integran de las bases administrativas.
- Bases Administrativas, Términos de Referencias y Formatos Anexos.
- Consultas, Aclaraciones y Respuestas, si las hubiere.
- Oferta Económica presentadas por los oferentes
- Informe Técnico de evaluación de las ofertas seleccionadas en orden de prelación
- Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública
- Contrato que se suscriba entre las partes.
- Y demás documentos relacionados.
Además, se entenderá formar parte integrante de todo contrato regido por las presentes bases de licitación, todas las leyes, reglamentos, normas y disposiciones relacionadas con la materia.
- OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR:
Podrán participar de la presente licitación todas aquellas personas naturales o jurídicas; chilenas o extranjeras que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el Reglamento de la Ley de Compras, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común y que se encuentren inscritas en https://www.mercadopublico.cl
En el caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) se debe adjuntar acuerdo de unión temporal entre las empresas, mediante escritura pública, sin necesidad de constituir una sociedad. Esto de acuerdo al Art N° 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior plazo contractual.
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, de la ley Nº 19.886, quedarán excluidos en la presentación de Propuestas, quienes se encuentren en las siguientes causales:
- Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del Contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de las ofertas (Ley 20.238). Esto se acreditará por declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme, Art 11, Numeral 3, de las presentes Bases, sin perjuicio de las facultades de la Municipalidad de Hualqui de verificar esta información en cualquier momento y en los registros pertinentes.
- En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
- Los funcionarios Directivos de la Municipalidad de Hualqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades en comandita por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a la Municipalidad de Hualqui respecto del Alcalde y Concejales, según sea el caso.
- Personas que se encuentren afectas a la prohibición del Art. Nº 10 de la Ley Nº 20.393, esto es, haber sido condenados, temporal o permanentemente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
Para los proveedores que tengan contrato vigente en registro oficial www.chileproveedores.cl se verificara la información solicitada en el punto a), b), c) y d) y aquellos oferentes que no lo tengan acreditado los documentos (declaraciones juradas) deberán adjuntar declaración jurada simple según formatos adjuntos por cada una y subirlo en documentos anexos según lo señalado en Articulo 11.
ESPECIFICACIONES TECNICAS.
Las Especificaciones y características técnicas de los servicios funerarios para personas de escasos recursos se detallan en documento denominado Términos de Referencias.
Los servicios funerarios deberán ser de 7 (seis) tipos a solicitud de la Dirección de Desarrollo Comunitario y se realizarán de acuerdo con lo señalado en los Términos de Referencias.
- CALENDARIO DE LICITACION:
Los oferentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo con el calendario de fechas proporcionado en el sistema de información de acuerdo a la Ley de Compras Públicas, según se detalla en ficha electrónica.
Ante alguna discrepancia entre las fechas indicadas en alguno de los anexos, siempre prevalecerán las indicadas en la ficha electrónica.
Los plazos, fechas y etapas de la presente propuesta serán las informadas en la respectiva ficha electrónica de la licitación que dispone el portal electrónico www.mercadopublico.cl
- CONSULTAS, ACLARACIONES Y CONTACTO DURANTE LA LICITACION:
Los oferentes podrán, para el mejor estudio y comprensión de los antecedentes de esta licitación, formular consultas y/o solicitar aclaraciones de carácter técnico o administrativos a través del foro dispuesto en el Sistema de Información de la plataforma www.mercadopublico, dentro de los plazos señalados en el presente proceso de licitación, no pudiendo tener contacto de ninguna forma con la entidad licitante o sus funcionarios durante el curso de la presente licitación.
La Municipalidad dará respuesta a las preguntas que se formulen y que digan relación con la propuesta, mediante aclaraciones a través del sistema de información, dentro del plazo establecido en el calendario de licitación dispuesto en la plataforma, de manera de permitir que los oferentes elaboren su oferta en base a las nuevas instrucciones contenidas en las aclaraciones las que se pondrán en conocimiento de todos los oferentes interesados, sin indicar el autor de estas.
Por aclaraciones se podrá interpretar, completar, complementar y/o detallar los antecedentes de la Propuesta o determinar el correcto sentido de ellas cuando se presenten dudas y/o discrepancia.
9. MODIFICACIONES A LAS BASES:
Se podrán modificar las presentes Bases, Términos de Referencia y sus Anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a las aclaraciones solicitadas por algunos de los oferentes.
Las consultas y sus respuestas serán de conocimiento de todos los oferentes interesados de la propuesta, a través de la publicación en Sistema de Información www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas realizadas, dentro de los plazos señalados en el proceso de licitación.
Las modificaciones formarán parte integral de las Bases que regula el proceso de licitación. Se entenderán siempre conocidas y será responsabilidad de los Oferentes que participen en la licitación consultar en el Sistema de Información.
En relación a las modificaciones realizadas, la Municipalidad de Hualqui podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
- DE LA OFERTA Y SU VIGENCIA:
Los oferentes deberán presentar solo 1 (una) propuesta. En caso de que un mismo proveedor presentara más de una oferta, estas serán desestimadas.
Las ofertas tendrán una validez mínima de hasta 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta. Transcurrido dicho plazo, si no hubiese sido dictado el Decreto de Adjudicación, la Municipalidad solicitara a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual o menor período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida, por tal razón, la propuesta se declarará desierta, previo Informe de la comisión.
- FORMA Y ANTECEDENTES OBLIGATORIOS PARA PRESENTAR LA OFERTA.
La Oferta deberá ser presentada solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando escaneados todos los Formularios anexos y antecedentes indicados en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las presentes Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta económica a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
a) Documentos Administrativos:
- Formulario Nº 1 Identificación del oferente, firmado por el Oferente o Representante Legal.
- Formulario Nº 2 Declaración Jurada Simple firmada por el Oferente o Representante Legal.
- Declaración Jurada disponible en numeral 4 de fichas electrónica del portal www.mercadopublico.cl: Declaración jurada ausencia conflicto de interés e inhabilidad por condenas
- Persona natural:
. Fotocopia Cedula de Identidad
. Fotocopia Iniciación de Actividad en Servicio de Impuestos Internos
- Persona Jurídica:
. Copia simple de la escritura de constitución de la Sociedad y de cada una de sus respectivas modificaciones (en caso de existir modificaciones).
. Copia del Certificado de Vigencia de la Sociedad. El oferente deberá presentar certificado de vigencia de la sociedad, otorgado por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, según sea el caso, certificado de vigencia conforme a la Ley N° 20.659, con una antigüedad no superior a 60 días a la apertura de la oferta.
. Identificación del Representante Legal. Se deberá acompañar fotocopia de la cedula de identidad del (o los) representante(s) legal(es) de la Sociedad (Anverso y reverso)
- Unión temporal de Proveedores:
. Todas las personas naturales jurídicas, chilena o extranjeras que formen parte de UTP deberán cumplir individualmente con los antecedentes que se requieran indicados para las personas naturales y/o jurídicas, según sea su naturaleza y considerar las condiciones señaladas en articulo 5 numeral 5 letra e) “Unión Temporal de Proveedores” de las presentes bases.
. Copia simple de Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores (UTP), suscrito por los integrantes de ella o sus representantes legales, en el cual se especifique:
- Las condiciones de dicha UTP, para efecto de la presentación de la oferta y la adjudicación. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
- Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes Bases, de los contenidos de su oferta y de la norma legal pertinente.
- La designación de un representante o apoderado común con poderes suficientes para ofertar y contratar con el Estado, en el recaerá las responsabilidades:
- Presentar los antecedentes para ofertar
- Subsanar solicitudes de aclaraciones
- Actuar como supervisor del contrato
- Coordinar en la ejecución de la obra de acuerdo con lo estipulado en el proceso de licitación
- Facturar
- Entregar informes, a solicitud del municipio
- Renovar o modificar documentos financieros del respectivo contrato
- Patente Comercial
Con pago al día del oferente que lo habilite para ejercer en el rubro, si es persona Jurídica deberá presentar la patente comercial de la Empresa. (para efectos de acreditar presencia provincial).
b) Antecedentes Técnicos:
- Formulario N° 3, oferta Técnica, en el que deberá indicar Especificaciones Técnicas de cada servicio, según Términos de Referencias.
- Resolución Sanitaria de autorización para ejercer el rubro de servicios funerarios.
c) Documentos Económicos
1. Formulario Nº 4, oferta Económica, según formato firmada por el Oferente o Representante Legal.
La oferta en Portal debe ser en valor neto, sin impuestos, de acuerdo a las exigencias del sistema.
Ante alguna discrepancia entre la oferta presentada en formulario de la oferta dispuesta por el sistema de información y la oferta indicada en Formulario N° 4, prevalecerá la indicada en Formulario N° 4.
Cabe hacer presente que la oferta debe ser presentada en valor neto, sin impuestos, por el total de acuerdo a las exigencias del sistema, disponiendo como monto neto referencial a ofertar de $ 12.605.042.-
- VIGENCIA DEL CONTRATO:
El Contrato tendrá una vigencia de 18 meses y comenzará a regir a partir de la suscripción y tramitación total del mismo.
- PRECIO Y PRESUPUESTO:
El precio corresponde a un contrato de Suma Alzada, sin intereses ni reajuste y por un monto mínimo de $ 15.000.000 (quince millones), con impuestos incluidos, pudiendo ser incrementado hasta un 30% del valor del contrato, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria que cuente el municipio por el periodo de vigencia del contrato.
El monto disponible considera el precio ofrecido por cada servicio y según las condiciones de la oferta adjudicada, considerando además el costo del flete, traslado, garantías y demás. En general, sin que esta enumeración sea taxativa el valor de la oferta, incluye todo el gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
El adjudicatario será el único responsable de las indemnizaciones a que pudiera dar origen por daños a personas o propiedad de tercero con motivo del cumplimiento de las obligaciones que se impongan en el contrato
Si por alguna disposición del Supremo Gobierno, se rebaje o aumente el Impuesto al Valor Agregado, automáticamente el precio de los servicios se rebajará o aumentará en las mismas proporciones en que este impuesto varíe, lo cual empezara a regir en la fecha en que la norma legal pertinente entre en vigencia.
- GARANTIAS
Serán aceptados como instrumentos financieros válidos para garantizar la seriedad de las ofertas y garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cualquier instrumento financiero que asegure el cobro correspondiente de la garantía de manera rápida, efectiva, pagadera a la vista y de carácter irrevocable y tendrán una vigencia mínima, indicada para cada caso, en las presentes bases.
En caso de presentar Vale o depósito a la Vista, este deberá indicar en la glosa al dorso del documento de manera indeleble.
En el caso de la Póliza de Seguro, esta será denominada "Póliza de Seguro de Caución para Licitaciones, Propuestas o Subastas Públicas o Privadas", y se incluirá la glosa señalada. Se deja expresamente establecido que no son aplicables las cláusulas de arbitraje, siendo los Tribunales de Justicia los que tendrán la competencia de resolver cualquier conflicto entre el Municipio, la Compañía Aseguradora y el oferente.
No se aceptan instrumentos financieros tomados por terceros, además, deberán ser enviados en original.
Cualquiera sea el documento financiero, la entidad financiera podrá entregarlo física o electrónicamente. En los casos que se otorgue de manera electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
14.1 Garantía de Seriedad de la Oferta
Para garantizar la Seriedad de las ofertas, todos los proponentes deberán presentar un instrumento financiero por un monto de $ 300.000.- (quinientos mil pesos chilenos), la cual deberá ser extendida a nombre de Municipalidad de Hualqui, Rut. N° 69.150.600-2, pagaderas a la vista, de pago rápido y efectivo, tener el carácter de irrevocable y tomada por el mismo oferente en un banco comercial.
- Nombre de la Licitación: “CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS FUNERARIOS – ID: 4454-24-LE23”
- Nombre del Oferente o de su representante legal.
Toda oferta que no esté acompañada físicamente del instrumento financiero Garantía de Seriedad de la Oferta o que ésta no cumpla con lo establecido, será inadmisible por no ajustarse a lo señalado en las presentes bases.
Devolución: La solicitud de devolución de documento financiero deberá ser solicitado por escrito a correo electrónico a adquisicionesmunicipalidad@gmail.cl
En los casos en que la entidad financiera otorgue un documento financiero electrónico, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma pudiendo el oferente o adjudicado ingresarla, a través de correo electrónico, en la fecha y hora que corresponda y debiendo ser del todo legible, incluyendo su código de validación y/o verificación.
Para la entrega en esta modalidad, el documento financiero deberá ingresada través de la ficha electrónica de la licitación del portal www.mercadopublico.cl, también la puede ingresar en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Hualqui a través del correos electrónico partes@munihualqui.cl o al correo del Departamento de Adquisiciones adquisicionesmunicipalidad@gmail.com.
En ASUNTO del correo, se deberá indicar “DOCUMENTO ANEXO LICITACION PUBLICA “CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS FUNERARIOS – ID: 4454-24-LE23”, adjuntando el archivo del documento financiero correspondiente en cada caso, junto con Carta de ingreso del documento financiero con el Nombre y firma del Oferente o de su Representante Legal.
Si el documento financiero no fuere otorgado en forma electrónica, el proponente deberá hacerla llegar en forma física, presencial o por correo certificado, en la fecha y hora que corresponda.
En estos casos, este deberá ser entregado en un sobre cerrado el cual debe contener el documento financiero correspondiente en cada caso, en la carátula del sobre, además, se deberá indicar a lo menos lo siguiente:
El sobre cerrado deberá ser ingresado en la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicada en calle Freire Nº351, Hualqui; antes de cumplirse la fecha y hora de cierre de licitación, indicada en “Etapas y Plazos” de la Ficha de la Licitación. El horario de Oficina de Partes, para atención de público será, de lunes a viernes desde las 8:30 a las 14:00hrs. y de 15:00 a 16:30hrs.
14.2 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato, el Adjudicatario deberá presentar un instrumento financiero por un monto de $ 750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos chilenos), la cual deberá ser extendida a nombre de Municipalidad de Hualqui, Rut. N° 69.150.600-2, pagaderas a la vista, tener el carácter de irrevocable y tomada por el mismo oferente en un banco comercial.
La fecha de vigencia del documento financiero será desde la fecha de celebración del contrato y hasta 30 días corridos posterior a la fecha de término del mismo. La que deberá ser solicitada por el adjudicatario
El documento financiero deberá indicar en su glosa lo siguiente “Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de suministro de Servicios Funerarios”
El documento financiero que garantiza el Fiel Cumplimiento del Contrato se hará efectiva en el caso de término anticipado del contrato por las causales señaladas en Art. N° 14 y N° 25 letra b) y letra f) de las presentes Bases.
c) Aumento de Garantía Fiel cumplimiento del Contrato (Art N° 42 del Reglamento de ley de compras)
Si de acuerdo a la evaluación técnico – económica, un proveedor califica para adjudicar y el precio de la oferta es menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y la municipalidad verifica que los costos de dicha oferta son inconsistente económicamente, se procederá a adjudicar la oferta , debiendo el adjudicatario entregar un documento financiero adicional de Fiel cumplimiento del Contrato, de hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, el que será entregado con la firma del contrato.
15. APERTURA DE LA PROPUESTA:
El Acto de Apertura de las ofertas, se realizará única y exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y la hora establecida en el Sistema de Información para este proceso de licitación, con presencia de funcionario responsable del proceso y Secretario Municipal, quien actuará como ministro de fe o quien le subrogue.
Se entenderá por responsable del proceso de licitación, al o el funcionario(a) que ingrese toda la información necesaria incluyendo el informe elaborado por la Comisión evaluadora, al Sistema de Información.
En la eventualidad que existiera una situación de indisponibilidad técnica que afecten el Sistema de Información en la fecha y hora del acto de apertura electrónica, el Secretario Municipal dará fé de dicha situación y estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tales proceso y disponer su prosecución el día siguiente hábil de cuando dicho sistema se encuentre habilitado.
- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DURANTE LAS ETAPA DE APERTURA Y EVALUACION:
a) Cumplimiento de requisitos durante la etapa de apertura
Se considerará Ia completitud de la oferta en relación con los antecedentes administrativos requeridos en el Art. Nº 11 letra a) de estas bases de licitación. En tal sentido, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas y en caso que uno o más oferentes omitan antecedentes de carácter administrativo, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes a través del Sistema de Información, adjuntar los documentos faltantes siempre y cuando las rectificaciones de dichas omisiones no les confiera a determinados oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
b) Aclaración de las ofertas durante la etapa de Evaluación
Durante la etapa de evaluación, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes aclarar dudas en relación a las ofertas presentadas y solicitar también complementar alguna información que permita de mejor manera evaluar las ofertas y con las restricciones establecidas en el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Para complementar la información, en caso de ser necesario, solo se permiten Ia presentación de certificaciones o antecedentes, siempre que dichos certificaciones o antecedentes se hayan obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentación de ofertas y el periodo de evaluación.
Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en "trámite" o "no vigentes".
c) Procedimiento para los casos a) y b)
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas para acompañar los antecedentes requeridos por la Municipalidad, contados desde la notificación a través del Sistema de Información. Cabe señalar que, transcurrido las 48 hrs. indicadas en el sistema de información, este queda inhabilitado para ingresar documentos.
En caso que el proveedor cumpla con todos los requisitos solicitados en las Bases Administrativa (Art N° 11 letra b)que regularon el proceso de licitación, al momento de evaluar Ia oferta obtendrá 10 puntos en criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos, en caso contrario, el oferente que haya incumplido con los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta y fuesen solicitados por la Municipalidad en el proceso de apertura y/o evaluación, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre del proceso de licitación, obtendrá 0 puntos en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de Ia Ley N° 19.886.
De no ser enviada dentro de los plazos establecidos la información señalada en el articulado N° 16 letra a) de las presentes bases, la Municipalidad estará facultada para declarar inadmisible la oferta presentada, por tanto, no pasara al proceso de evaluación.
La responsabilidad de revisar el "foro inverso" disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, recae exclusivamente en los oferentes participantes.
Si por indisponibilidad de sistema o por causa fortuita acreditada a través de certificado emitido por la Dirección de Compras, el sistema no permita el ingreso de los documentos solicitados, estos deberán ser ingresados en la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicado en R. Freire 351 de Hualqui dentro de los plazos establecido en el mismo sistema.
17. EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTAS
Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, a través de solicitudes de aclaraciones realizadas a través del sistema mercado público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro contacto con la entidad licitante.
Etapas para proceso de evaluación y adjudicación:
Las Etapas que se realizaran para el proceso de la Evaluación y Adjudicación de las propuestas serán los siguientes:
a) Criterios de Evaluación.
b) Evaluación de las Ofertas
c) Adjudicación
d) Decreto Alcaldicio que adjudica la Propuesta
e) Notificación de Adjudicación
f) Fecha de Adjudicación
g) Suscripción del Contrato y Emisión de la correspondiente Orden de Compra
h) Re adjudicación
a) Criterios de Evaluación:
El proceso de evaluación será interno y se efectuara de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases Administrativas que regularon el proceso de licitación.
Criterios de Evaluación:
Criterios
|
Porcentaje
|
Observación
|
Oferta Económica
|
40%
|
Se asignará el mayor puntaje a la oferta más económica
Formula de Evaluación: (menor precio/precio total ofertado)*40
|
Presencia en la Provincia de Concepción
|
30%
|
30 Ptos, con Presencia en la comuna Hualqui
20 Ptos. con Presencia en la comuna de Chiguayante
10 Ptos. con Presencia en otras comunas de la provincia de Concepción
|
Servicios Adicionales
|
20%
|
Se ponderará por cada servicios adicional sin costo en relación a los 6 servicios mencionados, según formulario adjunto:
5 Servicios adicionales: 20 ptos.
4 Servicios adicionales: 16 ptos.
3 Servicios adicionales: 12 ptos.
2 Servicios adicionales: 8 ptos.
1 Servicio adicional: 4 ptos.
|
Cumplimiento de Requisitos
|
10%
|
10 Ptos. Ofertas que presentan todos los documentos administrativos, según lo señalado en las bases administrativa, hasta la fecha de cierre de la propuesta
0 ptos. Ofertas que presentan los documentos administrativos después del cierre de propuestas
|
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los resultados de los criterios de evaluación Oferta Económica + Presencia en la provincia de Concepción.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios de evaluación Oferta Económica + Servicio Adicionales
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios de evaluación Oferta Económica + Servicio Adicionales + Cumplimiento Requisitos.
b) Evaluación de las ofertas.
La evaluación de las ofertas y posterior elaboración de Informe de Evaluación de la propuesta será elaborada por una comisión conformada por funcionarios designados y nombrados por Decreto Alcaldicio previo a la apertura de la Licitación, el que posteriormente será ingresado al Sistema de Información como documento anexo.
La comisión tendrá un plazo de cinco días (5) hábiles para estudiar, evaluar las ofertas y emitir un informe evaluación, en relación al análisis administrativo, técnico y económico según los criterios de evaluación y Especificaciones Técnicas de los servicios señalados.
La Comisión indicara en orden de prelación, señalando él o los oferentes mejor evaluados y que cumpla con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados, debiendo contener un resumen del proceso de licitación con todos los participantes y las evaluaciones realizadas indicando el puntaje que haya obtenido los respectivos proponentes por rubro ofertado.
Dicho informe será propuesto a Sr. Alcalde o quien lo subrogue, informe que debe señalar el o los oferentes mejor evaluados y que cumplan con todos los requerimientos solicitados en el proceso de licitación, para su correspondiente aprobación, según corresponda.
c) Adjudicación:
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Así mismo, la Municipalidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio a lo señalado en Art Nº 16 de las presentes bases, como también podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten conveniente a los intereses del municipio.
Se considerara como puntaje mínimo de 70 ptos., para la adjudicación y/o readjudicación.
El oferente que resulte adjudicado deberá respetar las condiciones estipuladas en su oferta original, durante todo el periodo de la vigencia del contrato.
Dichas declaraciones deberán concretarse a través de la dictación del respectivo Decreto Alcaldicio que adjudica la licitación.
d) Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública.
La licitación se adjudicará al proponentes que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de Decreto Alcaldicio, el que será publicado en el sistema www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
e) Notificación de Adjudicación
Una vez se haya adjudicado la Licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario a través del Sistema de Información Mercadopublico.cl, como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la Propuesta Pública.
f) Fecha de Adjudicación:
Si por causas no imputable a la Municipalidad, las que serán oportunamente informadas a través del sistema de información, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 20 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
g) Suscripción de Contrato y emisión de la correspondiente Orden de Compra.
El plazo máximo para suscribir el contrato será de 10 días hábiles desde el día hábil siguiente de la notificación de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl , previa entrega de documento financiero que garantice el Fiel Cumplimiento del Contrato. Contrato que será redactado por la Municipalidad.
h) Re Adjudicación:
La Municipalidad podrá, en el caso de que el proveedor adjudicados rechacen o se rehúsen a firmar el contrato, no entregue documento financiero que garantice el fiel cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos; se desista de su oferta; sea inhábil para contratar con el Estado o no efectué la actualización en el registro Chile Proveedores (en caso de no estar vigente) dentro de los 10 días después de notificada la adjudicación a través del sistema de información y previo a la firma del respectivo contrato, de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento. En estos casos, también se hará efectivo el documento financiero que garantice la Seriedad de la Oferta.
Si se trata de Unión Temporal de Proveedores, todos los integrantes de ella deberán estar inscritos y con contrato vigente en el registro electrónico oficial de Chileproveedores a la fecha de la firma del Contrato.
La Municipalidad readjudicara la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, la Municipalidad dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga según su prelación y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del municipio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
18. TRASPASO DE CONTRATO:
Se prohíbe absolutamente ceder o traspasar, parcial o totalmente, a cualquier título, el contrato definitivo, que con ocasión de la presente licitación suscribiere con el Municipio y/o los derechos y obligaciones que asuman en virtud de la presente propuesta pública. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término anticipado del contrato y hacer efectiva en forma inmediata del correspondiente documento bancario que garantiza el Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, por tanto, el adjudicatario no podrá traspasar a terceros la responsabilidad contraída en este proceso de licitación y suscripción de respectivo Contrato que se celebre, salvo expresa autorización de la Municipalidad.
- ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES
El adjudicatario deberá acreditar mediante Certificado emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Este Certificado deberá ser presentado en los estados de pagos mensuales. Sin perjuicio de ello, esta Institución también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
El adjudicatario deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales, de salud, seguridad en el trabajo y en general de todas aquellas contempladas en nuestra legislación laboral vigente y por legislar, del personal contratado para los servicios funerarios, siendo obligación de la Dirección de Desarrollo Comunitario velar y certificar el cabal cumplimiento de la normativa vigente relativa a las leyes 20.123 y 16.744.
En caso que el Certificado que emita la Dirección del Trabajo exprese que existe reclamos de los trabajadores en contra del adjudicatario, el municipio ejercerá el derecho a retención, conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto N° 319 de 2006 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Las sumas adeudadas por el prestador del servicio serán descontadas de o los Estados de Pagos que correspondan.
Dentro del plazo de 10 días corridos, contados dese la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá acompañar una nómina de los trabajadores que prestaran el servicio, con indicación de su nombre completo, cedula nacional de identidad y cargo o función en la empresa, adjuntando a dicha nomina, copia de los contratos de trabajo debidamente firmado.
- SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE LA ENTIDAD LICITANTE:
Dirección de Desarrollo Comunitario:
- Dirección responsable de ordenar los servicios requeridos al proveedor adjudicado.
Dirección de Administración y Finanzas:
- Dirección responsable de gestionar los correspondientes pagos de acuerdo a los antecedentes remitidos por la Dirección de Desarrollo Comunitario.
El adjudicatario ejecutara los servicios con sujeción estricta a lo estipulado en las Bases Administrativas, Términos de Referencias y demás antecedentes que emanen de la presente licitación y su contrato.
El adjudicatario será responsable de los vicios en la entrega de los servicios y del incumplimiento de las obligaciones del contrato, del correcto funcionamiento de la implementación técnica requerida para la entrega del servicio requerido.
21. FORMA DE PAGO:
El pago de los Servicios Funerarios lo gestionará la Dirección de Administración y Finanzas con cargo a fondos municipales del Programa Asistencia Social, mediante pagos mensuales de acuerdo con la cantidad de servicios prestados, según corresponda.
Para la revisión de los Estados de Pago, la factura deberá ser ingresada a la Oficina de Partes de la Municipalidad de Hualqui, quien los remitirá al Depto. de Adquisiciones de la Municipalidad, encontrándose sujeto a las condiciones suspensivas de acompañarse los siguientes documentos que serán de cargo del acreedor.
Si el adjudicatario se tratase de una Unión Temporal de Proveedores, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago correspondiente.
Documentos que debe adjuntar en los estados de pago:
- Factura por mes vencido de los servicios prestados dirigida a:
I. Municipalidad de Hualqui – Administración y Finanzas.
Rut N°: 69.150.600-2
Dirección: Freire N° 351 Hualqui
Fono: 41-2101107
- Guías de despacho con nombre del fallecido
- Certificado de defunción
- Orden de Solicitud de Servicio Funerario emitida por la Dirección de Desarrollo Comunitario
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales otorgado por la Inspección del Trabajo o institución competente
Una vez recepcionada la correspondiente factura y sus demás documentos respaldatorios, se solicitará a la Dirección de Desarrollo Comunitario un Acta de Recepción Conforme, adjuntando recibo de entrega firmado por algún familiar directo del fallecido.
La factura debe ser emitida de acuerdo a los servicios realizados durante el periodo mensual, de acuerdo a los valores ofertados y establecidos en el correspondiente contrato. En caso de alguna incongruencia en cuanto al monto, contenido., falta total o parcial en la entrega de la prestación del servicio y demás antecedentes en ella incluidos, se procederá a devolverla al momento de su entrega o en el plazo de 8 días.
- MULTAS Y SANCIONES:
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega del servicio o por incumplimiento del servicio del tipo de servicio, de conformidad con las presentes bases.
Las multas por atraso en la entrega del servicio (parcial o total) o por incumplimiento del tipo del servicio estipulado en las Especificaciones Técnicas, será de un 5 % del valor neto del contrato por cada servicio considerado en la producción del evento.
Estas multas se aplicarán por incumplimiento de los niveles de servicio, considerando factores como tiempo de respuesta o de solución, número de incidentes en cada evento, según lo dispuesto en Formulario Oferta Económica de las presentes Bases.
El monto de la multa será rebajado del valor neto de la correspondiente factura del estado de pago. Para ello, la productora deberá emitir una Nota de Crédito rebajando el monto de la multa asociada a la correspondiente factura.
Para este caso, la comunicación de notificación de la aplicación de multas será a través del coordinador responsable de la empresa, donde se le comunicará a través de correo electrónico, el detalle y monto asociado.
Procedimiento de Presentar Descargos a la Aplicación de Multas.:
El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar de Ia fecha de notificada por parte del municipio, para presentar sus descargos, acompañando todos los antecedentes pertinentes, debiendo ser ingresada por Oficina de Partes del Municipio.
Si el adjudicatario hubiera presentado sus descargos en tiempo y forma, Ia Municipalidad tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles a contar de Ia fecha de recepción de estos, para rechazar o acoger total o parcialmente los descargos presentados, notificándose de la decisión que se determinara para el caso, mediante el correspondiente Acto Administrativo dirigida al proveedor.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante. Ante la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito (de acuerdo con el Art. N° 45 del Código Civil) u otras circunstancias no imputables al proveedor, debidamente acreditadas por éste, las multas quedaran sin efecto.
- CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con este.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del servicio licitado, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, etc.
El adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Municipalidad el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes
- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN
Se establece, además, que el respectivo Contrato se regirá por las leyes de la República de Chile y cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurará resolverse amistosamente en el plazo que las mismas estimen. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
- TERMINO ANTICIPADO DEL PRESENTE CONTRATO.
El contrato de prestación de servicios funerarios suscrito conforme con las presentes Bases, podrá terminar anticipadamente por las sigtes causales:
a) Resciliacion o Mutuo Acuerdo entre las partes
Si existiese el acuerdo por los contratantes de poner término al contrato en forma anticipada, se evaluaran los servicios entregados y se procederá a su pago correspondiente a los servicios realizados que correspondan.
Para este caso, se requerirá evaluar previamente la propuesta por parte de la Dirección de Desarrollo Comunitario en conjunto con la Dirección de Administración y Finanzas, levantando para esto un Acta en la que se expliciten los servicios entregados y que han recibido conforme.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante
Si el proveedor no diera cumplimiento a las condiciones pactadas en el contrato o se negará a dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Dirección de Desarrollo Comunitario, la Municipalidad podrá disponer resolver administrativa del contrato.
Para los efectos de las presentes bases, resolver administrativamente un contrato implica la facultad que tiene la Municipalidad para poner término anticipado al contrato, sin necesidad de recurrir a la justicia ordinaria para tales efectos, habida consideración de la aceptación de proveedor por el solo hecho de suscribir el contrato correspondiente.
La Municipalidad podrá declarar resuelto administrativamente el contrato, sin forma de juicio y hacer efectiva de inmediato el documento financiero de Fiel cumplimiento del Contrato que obren en la Municipalidad, en los siguientes casos:
- Por incumplimiento de las ordenes instrucciones impartidas por la Dirección de Desarrollo Comunitario, relacionada con la entrega de los servicios.
c) Por exigirlo el interés público o de seguridad nacional
A solicitud del municipio, en caso que esto se deba a una situación de interés público, debidamente fundada, para lo cual se deberá dar aviso previo al adjudicatario con a lo menos 30 días corridos de anticipación.
d) En caso de fallecimiento del adjudicatario
En caso de fallecimiento del adjudicatario, el contrato quedará de hecho resuelto, y se procederá a la liquidación de los servicios contratados.
e) A solicitud del Municipio
A solicitud de la Municipalidad, por razones fundadas, para lo cual deberá dar aviso previo al adjudicatario con a lo menos 30 días hábiles de anticipación.
f) En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores
- La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal constituyen dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de esta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros
- Inhabilidad sobreviniente de algunos de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
- Disolución de la Unión Temporal de Proveedores
26. PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas del mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes, en relación a las Leyes Laborales.
27. ARTICULO FINAL:
“Con la sola presentación de la Oferta a la propuesta a través de Mercado Público, se entiende que el oferente conoce y acepta las Bases Administrativas, Términos de Referencias, Aclaraciones a la Propuesta, Ley Nº19.886 y su Reglamento y en general, todos los antecedentes que la conforman, y no podrá alegar desconocimiento de ellas, bajo ninguna circunstancia, estando obligado a cumplirlas cabalmente.
Las presentes Bases y posterior Contrato se regirán por las leyes de la República de Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurara resolverse amistosamente en el plazo que las mismas estimen. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción