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9. EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN. |
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La evaluación de las ofertas se efectuará a través de una comisión evaluadora integrada por cinco funcionarios del Departamento de Educación. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
El Departamento evaluará las ofertas y emitirá un Acta de Evaluación, la que se someterá a consideración del Sr. Alcalde o quien le subrogue, para su posterior adjudicación mediante Decreto Alcaldicio. La entidad licitante adjudicará por Decreto Alcaldicio aquellas ofertas que, en su conjunto, y conforme a los criterios de evaluación, ofrezca las condiciones más ventajosas.
Sólo podrán adjudicarse Ofertas que hayan sido recibidas a través de los Sistemas Electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Daem que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Daem, podrá mediante resolución fundada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá informar en forma inmediata el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las Ofertas, la UTP deberá informar, además, si producto de este retiro se continuará o no participando en la Licitación. La UTP podrá continuar funcionando con un mínimo de 2 integrantes.
Cabe señalar que una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, no procede que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro, aun cuando el reemplazante reúna igual o mejores características que aquel integrante retirado.
Si durante la Evaluación de las Ofertas, se retira alguno de los Integrantes de una UTP, que hubiere sido considerado como esencial para el objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser una causal de Declaración de Inadmisibilidad de la Propuesta.
Los Oferentes cuyas propuestas no fueron aceptadas, no tendrán derecho a indemnización alguna
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9.1. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse mediante correo electrónico con el encargado del contrato al correo electrónico: cdonoso@daemarauco.cl
Las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación.
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9.2. Declaración desierta y re-adjudicación: |
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La Municipalidad de Arauco-DAEM, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses; Asimismo, podrá declarar inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. En todos los casos, el oferente no tendrá derecho a indemnización.
Finalmente, la Municipalidad de Arauco - DAEM, se reserva el derecho de re-adjudicar la presente licitación, al segundo mejor puntaje y así sucesivamente en el caso que el oferente que haya obtenido el mayor puntaje rechace la orden de compra o no se encuentre en condiciones generales de ser contratado por el Estado.
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9.3. Resolución de empates. |
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En caso de empate entre 2 o más oferentes en la evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de mayor ponderación. De persistir el empate, se establece como segundo mecanismo de desempate, la adjudicación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia en el rubro”, el tercer elemento a considerar en caso de empate será el factor precio.
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9.4. Fecha de Adjudicación:(Aplazamiento) |
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Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no pueda cumplirse con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl.
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11. CONTRATO. |
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Transcurridas 24 horas desde la publicación en el Portal Mercado público www.mercadopublico.cl del Acto administrativo de la adjudicación, el oferente adjudicado contará con un plazo de 10 (diez) días hábiles para suscribir el Contrato y la entrega de los antecedentes que se requieran para la firma de éste.
Los 10 días hábiles para suscribir el contrato iniciarán luego de la revisión y aprobación por parte de JUNJI de los antecedentes de la licitación de acuerdo al punto TERCERO del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS PARA LA EJECUCION DE OBRAS; donde indica:
“La ENTIDAD antes de suscribir el contrato de obras con el contratista deberá remitir a la Dirección Regional de JUNJI, todos los antecedentes incluidas las especificaciones técnicas que regirán la ejecución de las obras y en cuya virtud se suscribirá el contrato para ser visada por la Sección de Transferencia de Capital de la JUNJI.”
El Oferente adjudicado, al momento de la Firma del Contrato deberá estar inscrito como Proveedor Oficial del Estado (ChileProveedores).
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberán todos sus integrantes estar inscritos y hábiles en ChileProveedores.
Si algunos de los integrantes de la UTP no se inscribe o se encuentra inhábil en ChileProveedores, la UTP adjudicada estará inhabilitada para suscribir el respectivo Contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retire de la UTP, pudiendo celebrarse el contrato con el resto de los integrantes de la UTP.
Si durante la ejecución del Contrato, alguna de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente para estar inscrito en Chile Proveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el Contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del Contrato por parte de la UTP, conformada por el resto de los integrantes.
El Oferente adjudicado tiene la “Obligación de comunicarse” con el Departamento de Educación de la Municipalidad de Arauco, para coordinar la firma del Contrato y la presentación de los antecedentes solicitados, esto entendiéndose que se realizará dentro del plazo estipulado.
En el supuesto, que no se dé cumplimiento a la firma del Contrato, el Departamento de Educación de la Municipalidad de Arauco, podrá hacer efectivo el cumplimiento de la Garantía de “Seriedad de la Oferta”.
El oferente que se adjudique la licitación, deberá presentar los siguientes antecedentes, al momento de la firma del contrato.
a) Garantía Bancaria por el “Fiel Cumplimiento del Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales con los Trabajadores”.
b) En Caso de Persona Natural o Jurídica, deberá presentar Certificado de Deuda Tesorería General de la República en original, extendido con una fecha no superior a 60 días, a contar de la fecha de la firma del Contrato.
c) En Caso de Persona Natural o Jurídica, deberá presentar Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo o DICOM Laboral, en original, extendido con una fecha no superior a 60 días, a contar de la fecha de la firma del Contrato.
d) En caso de la Unión Temporal de Proveedores; se deberá presentar; el acuerdo en que conste la unión temporal, materializado mediante Escritura Pública.
e) En caso de Persona Natural, deberá adjuntar Fotocopia Autorizada ante Notario del Certificado de Título y su Patente Vigente, que lo acredita como Profesional Competente y en caso de Persona Jurídica deberá presentar Fotocopia Autorizada ante Notario del Certificado de Título del Profesional Competente a cargo de las obras y su Patente Vigente, dichos documentos deberán ser autorizados, con una fecha no superior a 90 días, a contar de la fecha de la Firma del Contrato. Lo anterior de acuerdo a lo que establece la Ley general de Urbanismo y Construcción.
f) En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si estos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl).
g) En el evento que el Contrato no se firme en el plazo estipulado por causa imputable al Adjudicatario, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886, el Daem de la Municipalidad de Arauco, podrá re adjudicar la licitación al Oferente que le siga en orden, de acuerdo con el puntaje obtenido, o a declarar desierta la licitación.
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12.4 Póliza de Seguro |
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El contratista deberá asegurar las obras contra todo riesgo, mediante la contratación de una póliza de seguro por un valor equivalente al 100% del monto del contrato, de manera de proteger la inversión ejecutada a la fecha de un eventual siniestro. Asimismo, dicha póliza deberá incluir la eventual responsabilidad civil que pudiera generarse por daños a terceros en virtud de los trabajos que se ejecuten, por un valor equivalente a lo menos a un 10% del monto del contrato.
Estas pólizas deberán mantenerse vigentes durante toda la ejecución de las obras hasta la obtención de la Recepción Provisoria, por lo que será responsabilidad de unidad técnica verificar su vigencia
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