BASES ADMINISTRATIVAS |
BASES ADMINISTRATIVAS
CONTRATO DE SUMINISTRO DE OXIGENO GASEOSO MEDICINAL PARA ABASTECIMIENTO DE LA UNIDAD DE SAPU, CESFAM, CECOSF Y POSTAS RURALES.-
1.- GENERALIDADES:
La normativas vigente que rige los organismo de la Administración del Estado, indica que los contratos que celebre la administración del Estado, a Titulo oneroso, para el suministro de bienes y muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustaran a la ley de Compras Públicas, y sus principios y sus Reglamentos. Supletoriamente se les aplicaran la Norma de Derecho Público y en defecto de ellas, las de derecho privado.-
De acuerdo a lo señalado en el Articulo Nº 2 de la Ley de Compra Públicas. Se entiende por Contrato de Servicio aquel mediante el cual la Dirección de Salud de Hualqui encomiendan a una persona natural o Jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles.
Conforme a lo señalado anteriormente, la Dirección de Salud Municipal de Hualqui, con el fin de dar cumplimiento, a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 18.695 y Ley Nº 19.886, llama a propuesta publica para suscribir “CONTRATO DE SUMINISTRO DE OXIGENO GASEOSO MEDICINAL PARA ABASTECIMIENTO DE LA UNIDAD DE SAPU,CESFAM ,CECOSF Y POSTAS RURALES, por un periodo de 12 meses, conforme a los requerimientos de las presentes Bases y Especificaciones técnicas.
2.- NORMATIVA:
El proceso de licitación, publicación y adjudicación estará normado por los mecanismos establecidos en la Ley N° 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones”, Ley Nº 19.886 del 30/07/2003, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios del Ministerio de Hacienda; Reglamento de fecha 09 de Marzo del 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de fecha 24.09.2004 y sus modificaciones; Manual de Procedimientos de Adquisiciones de Municipio, aprobadas por Dec. Alc. 2619 del 22.10.07; y Ley 20.285 Ley de Transparencia sobre acceso de la Información Pública, Dictámenes de la Contraloría y Condiciones de uso del Sistema Mercado público, Ley Nº 20.393 Art. Nº 10 Responsabilidad Penal.
3.- BASES:
La presente propuesta se regirá por las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos relacionados; por las normas legales vigentes a la fecha de su apertura en cuanto le sea aplicable. Al mismo tiempo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones publicadas en el portal que emita la Dirección de Salud Municipal, sea que ellas fueren requeridas por los participantes o bien impartidas por éstas.
Las Bases podrán ser modificadas en atención a las aclaraciones solicitadas por parte de los oferentes, según las preguntas y aclaraciones formuladas por estos. Las que serán formuladas de acuerdo a los plazo estipulados en el proceso de licitación, informado a través del portal mercado público. Estas modificaciones formaran parte integral de las Bases.
Con todo lo anterior, las presentes Bases se consideraran como parte integrante del Contrato a que de origen la adjudicación de la presente licitación.
Las Bases estarán a disposición de los proveedores a través del portal www.mercadopublico.cl
4.- ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA:
La presente propuesta se regirá de acuerdo a las condiciones que se establecen en los siguientes documentos, que para todos los efectos son parte integrante de las presentes Bases:
• Bases Administrativas,
• Especificaciones Técnicas y Anexos.
• Consultas, Aclaraciones y Respuestas, si las hubiere.
• Oferta Económica presentadas por los oferentes
• Informe Técnico de evaluación de las ofertas seleccionadas en orden de prelación
• Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública
• Contrato que se suscriba entre las partes.
• Y demás documentos relacionados.
5.- OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR:
Podrán participar todas aquellas personas naturales o jurídicas; Chilenas o Extranjeras que acrediten su situación financiera e idoneidad técnicas conforme lo disponga el reglamento de la Ley de Compra, cumpliendo con los demás requisito que este señala y con los que exige el derecho común y que se encuentren inscrita en https://www.mercadopublico.cl
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, de la ley Nº 19.886, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:
a. Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del Contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos último años anteriores a la fecha de la presentación de la ofertas (ley 20.238). Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme al anexo Formato Nº 4, Art 11 letra a) de la presente Bases. Sin perjuicios de la facultades de la Dirección de Salud Municipal de verificar esta información en cualquier momento y en los registros pertinentes.
b. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
c. Los funcionarios directivos de la Municipalidad de Hualqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas las que aquéllos o, éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicaran a las Municipalidad de Hualqui respecto del Alcaldes y Concejales, según sea el caso.
Para los proveedores con Contrato vigente en registro oficial www.Chileproveedores.cl
se verificará la información solicitada en el punto a, b y c en el Portal y aquellos oferentes que no lo tengan acreditado deberán adjuntar declaración jurada por cada una y subirla en documentos anexos según lo señalado en el Articulo 11 letra a) punto 6 y 7 .-
6.- ESPECIFICACIONES TECNICAS
Las Especificaciones y características Técnicas del servicio adquiridos se detallan en especificaciones técnicas adjuntas.
7.- CALENDARIO DE LICITACION:
Los oferentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo al calendario de fechas proporcionado en el Sistema de Información de acuerdo a la Ley de Compras Públicas, según se detalla en ficha electrónica dispuesto por el sistema de información. Ante alguna discrepancia entre las fechas, siempre prevalecerá los indicados en la fecha electrónica del sistema, www.mercadopublico.cl
8.- CONSULTAS Y ACLARACIONES:
Los oferentes podrán, para el mejor estudio y comprensión de los antecedentes de esta licitación, formular consultas y/o solicitar aclaraciones de carácter técnico o administrativos a través del foro dispuesto en el sistema de información, dentro de los plazos señalados en el presente proceso de licitación.-
La Dirección de Salud dará respuesta a las preguntas que se formulen y que digan relación con la propuesta. Estas consultas y sus repuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el sistema, de manera de permitir que los oferentes elaboren sus ofertas en bases a la nuevas instrucciones contenidas en las aclaraciones.
9.- MODIFICACIONES A LAS BASES:
Mediante las aclaraciones, la Dirección de Salud Municipal podrá introducir las modificaciones que estime necesarias a las presentes Bases de Licitación, Especificaciones Técnicas y sus anexos.-
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl . Estas modificaciones forman parte integral de las bases de la presente licitación. Se entenderán siempre conocidas y Será responsabilidad de los Oferentes que participen en la Licitación consultar en el sistema de información.-
Las modificaciones de bases de la licitación estarán a la vista conforme las fechas indicadas en el sistema de información. Junto con aprobar las modificaciones, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los oferentes puedan adecuar sus ofertas.-
10.- VIGENCIA DE LA OFERTA:
Las ofertas tendrán una validez minima de 60 días corridos después de la fecha de apertura de la Propuesta. Si dentro del plazo ante referido no se puede efectuar la adjudicación, la Dirección de Salud puede solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prorroga de la valides de la misma por igual o menos periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida, portal razón, la propuesta se declara desierta, previo informe de la comisión.-
11.- FORMA Y ANTECEDENTES OBLIGATORIOS PARA PRESENTAR LA OFERTA
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Adjuntando escaneados todos los formatos y antecedentes indicados en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas, lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en el Articulo 62 del reglamento de la ley 19.886.-
a) Documentos Administrativos:
Formato Nº 1 Identificación del oferente, firmado por el Oferente o Representante Legal.
Formato Nº 2 Declaración Jurada Simple Aceptación de Bases, firmada por el Oferente o Representante Legal.
Patente Comercial con pago al día del oferente que lo habilite para ejercer en el rubro, si es persona jurídica deberá presentar la patente comercial de la Empresa.
De ser Persona Natural y en Ficha Electrónica no apareciere los siguientes documentos, estos deberán ser escaneados al momento de presentar su oferta lo siguiente:
• Fotocopia legalizada de su Cédula de Identidad
• Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.-
De ser Personas Jurídicas y en Ficha Electrónica no apareciere los siguientes documentos, estos deberán ser escaneados al momento de presentar su oferta, lo siguientes:
• Certificado de vigencia de la sociedad con vigencia al momento de la fecha de apertura de la licitación.
• Copia legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto
• Certificado de vigencia del poder del Representante Legal.
• Copia Legalizada de las modificaciones Sociales, en caso que procede.
Formato Nº 3 Declaración Jurada Simple que no tiene Conflicto de Intereses por relaciones de Parentesco. (Art. 4º de la Ley de Compras Públicas 19.886). En caso que este documento no este en el Link de la ficha electrónica del proveedor, tal documentó deberá escanearlo al momento de presentar su oferta.
Formato Nº 4 Declaración Jurada Simple declarando que no tiene Condenas por Prácticas Antisindicales o Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador y Deudas con Trabajadores (saldos insolutos de remuneraciones y cotizaciones) Ley 20.238, En caso que este documento no este en el Link de la ficha electrónica del proveedor, tal documentó deberá ser escanearlo al momento de presentar su oferta y Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, con una data de no mas de 30 días de emitido por ese Organismo.
b) Antecedentes Técnicos
Formato Nº 5 Anexo de oferta tecnica .
Presenta el anexo completo como parte dela oferta técnica.-
c) Documentos Económicos:
Formato Nº 6 Oferta Económica.
La oferta en Portal debe ser en valor neto, sin impuestos, por el total de acuerdo a las exigencias del sistema.
12.- VIGENCIA DEL CONTRATO:
El Contrato tendrá una vigencia de 12 meses y comenzara a regir a partir de la suscripción y tramitación total del mismo,
13.- PRECIO Y PRESUPUESTO:
Las ofertas se formularan en pesos, moneda Nacional y el precio corresponderá a un contrato a suma alzada, sin interés ni reajustes. Por un monto estimado de $ 13.000.000, ( trece millones ) con todos los impuestos y costo incluidos.
Que el artículo 11 del reglamento de la ley 19886 menciona acerca del Monto de la contratación que cada entidad será responsable de estimar el posible monto de las contrataciones , para los efectos de determinar el mecanismo de contratación que corresponde. Cuando el monto adjudicado supere en mas de un 30% al monto estimado, las entidades deberán explicitar en el acto adjudicatario las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia debiendo asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora. En situaciones en donde no sea posible estimar el monto efectivo de la contratación, las entidades deberán efectuar dicha contratación a través de una Licitación Pública, para asegurar el cumplimiento de la ley de compras. En dicho caso se exigirá, además que los plazos mínimos entre el llamado y la recepción de ofertas sean lo exigibles para la contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM, en conformidad al Articulo 25 del presente reglamento. Adicionalmente , los oferentes deberán otorgar garantías de seriedad de la oferta , en conformidad al articulo 31 de este reglamento.
Que la Dirección de Salud Municipal, podrá adquirir oxígeno medicinal, arriendo de cilindro, compra y mantención de flujómetros, mantención de cilindro particular, y compra de cilindro de oxígeno de 1 m3, 4,5m3, 6m3,10m3, compra de concentración de oxigeno y arriendo de concentración de oxigeno para pacientes paliativos.
14.- PRECIO Y REAJUSTABILIDAD:
Los precios ofertados se mantendrán inalterables por toda la vigencia del Contrato de Suministro de Oxigeno Gaseoso Medicinal para Abastecimiento de la unidad de Sapu, Cesfam, Cecosf y Postas Rurales, en los siguientes ítem a licitar:
• M3 Oxigeno
• Arriendo por Cilindro
• Flete por M3
• Servicio de llenado
• Venta de Flujómetros
• Mantención de Flujómetros
• Venta de Golillas de aluminio
• Flete por Cilindro
• Mantención de Cilindro Particulares
• Venta de Cilindro de Oxigeno de 1 m3
• Venta de Cilindro de Oxigeno de 4,5m3
• Venta de Cilindro de Oxigeno de 6 m3
• Venta de Cilindro de Oxigeno de 10 m3
• Arriendo de Cilindro de Oxigeno de 1 m3
• Arriendo de Cilindro de Oxigeno de 4,5 m3
• Arriendo de Cilindro de Oxigeno de 6 m3
• Arriendo de Cilindro de Oxigeno de 10 m3
• Venta de Equipo Concentración de Oxigeno
• Arriendo de Equipo Concentración de Oxigeno
El oferente, deberá considerar en el valor de su propuesta todas las exigencias establecidas como condiciones mínima en las especificaciones técnicas, así como todos los gastos directos e indirectos que irroguen el cumplimiento del Contrato
El adjudicatario será el único responsable de las indemnizaciones a que pudiera dar origen por daños a personas o propiedad de terceros con motivo de cumplimiento de las obligaciones que se imponen en el contrato.-
15.-SUPERVISION Y COORDINACION DEL CONTRATO POR PARTE DE LA ENTIDAD LICITANTE.
La Unidad Técnica a cargo de la Supervisión y Coordinación del Contrato, como en la ejecución y fiscalización del mismo es el CESFAM, el funcionario encargado del Servicio de Urgencia SAPU Cesfam.-
La Dirección de Salud Municipal ejercerá las siguientes funciones:
a) Redacción del Contrato de Suministro y su correspondiente Decreto que lo aprueba.
b) Supervisar, Coordinar y Fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del Contrato.
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del Contrato.
d) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones.
16.- DE LAS GARANTIAS:
No se aceptan documentos de Garantía tomados por terceros.
a) Documento Garantía de Seriedad de las Oferta
No se considera
b) Documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Previo a la firma del contrato, el proveedor adjudicado tendrá 10 día hábil siguiente desde la notificación de adjudicación a través del portal,
Para garantizar el fiel cumplimiento de este mediante documento de garantía la que se entenderá de carácter irrevocable en moneda nacional a nombre de la Dirección Salud Municipal de Hualqui. Por un monto del 5% de lo adjudicado, este documento será entregado por el adjudicatario, físicamente o bien enviada por correo certificado y recibido en Secretaria de la Dirección de Salud Municipal, ubicada en Patricio Lynch Nª 675 Hualqui, dentro de los 10 días de la notificación de la adjudicación y previo a la firma del respectivo contrato.
La fecha de vencimiento de la Garantía debe corresponder a 60 días hábiles posteriores a la fecha de términos del contrato.
Glosa: Garantizar el fiel cumplimiento de Contrato de Suministro de Oxigeno Gaseoso Medicinal para Abastecimiento de la Unidad de SAPU, CESFAM, CECOSF Y POSTAS RURALES.-
La garantía deberá ser extendida a nombre de la Dirección de Salud Municipal de Hualqui, Rut Nª 69.150.601-0, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario.
El documento de garantía será aceptado como instrumentos validos de Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En caso de cobro de la Garantía, por incumplimiento en el contrato de suministro de Oxigeno Gaseoso Medicinal para abastecimiento de la unidad de Sapu, Cesfam, Cecosf y Postas Rurales, el proveedor deberá reponer la Garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, sin perjuicios del termino anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.-
La restitución de la respectiva garantía será realizada 60 días después del término del contrato la que deberá ser solicitada por el adjudicatario.-
17.-APERTURA DE LA PROPUESTA:
El acto de Apertura de la oferta, se realizara única y exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl el día y la hora establecida en el sistema de información para este proceso de licitación, con presencia de funcionario responsable del proceso y Jefa de finanzas, quien actuara como ministro de fe o quien la subrogue.-
Se entenderá por responsable del proceso de licitación, al o el funcionario(a) que ingrese toda la información necesaria incluyendo el informe por la Comisión evaluadora, al Sistema de información.
18.- SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES:
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Dirección de Salud Municipal podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales ( se entenderá como error a alguna equivocación involuntaria y como omisión , a un olvido involuntario de antecedentes administrativos solicitados en Pto 11 a),en ningún caso se considerara en los antecedentes b) técnico y c) económicos), siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confiere a determinados oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es en tanto no se afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes, y se informa de dicha solicitud al restos de los oferentes a través del sistema de información.-
Se permitirá, así mismo, la presentaciones de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitidos presentar en el momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producidos u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivos requerimiento, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por esta. La Dirección de Salud no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
La respuestas a las aclaraciones solicitadas por la Dirección de Salud y que no puedan efectuarse a través del portal, por causas fortuita acreditada a través de certificado emitido por la Dirección de Compra, o bien por que el sistema no lo permita, se deberán ingresar en la oficina de secretaria de la Dirección de Salud, ubicada en Patricio Lynch Nª 675 de Hualqui, dentro de los plazo establecido.
La Dirección de Salud Municipal no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencidos dicho plazo, quedando las ofertas fuera de base, por lo tanto, no pasaran a procesos de evaluación.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases aquel o aquellos oferentes que no presentaron antecedentes administrativos solicitados en el proceso de evaluación, será evaluación con 0 ponderación en Cumplimiento de Requisitos.
19.- EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTAS:
Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con las entidad licitante para los efectos de la misma, a través de solicitud de aclaraciones realizadas a través del sistema mercado público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro contacto con la entidad licitante.
Etapa para el proceso de evaluación:
Las etapas que se realizaran para la adjudicación serán los siguientes:
a) Adjudicación de la ofertas
b) Evaluación de las Ofertas e Informe Técnico de Comisión Evaluadora
c) Adjudicación
d) Decreto Alcaldicio que adjudica la Propuesta
e) Notificación de Adjudicación
f) Suscripción del Contrato y emisión de la correspondiente Orden de Compra
g) Fecha de Adjudicación
h) Re adjudicación.
a) Evaluación de la ofertas :
El proceso de evaluación será interno y se efectuara de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y el Decreto de nombramiento de la Comisión de la licitación pública ID 4457-xxxxx-LE20,
Para la evaluación de las ofertas se consideraran los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIO DE EVALUACION:
Nº Criterios Porcentaje Observación
1 Oferta Económica 30% Precio mínimo (menor valor oferta ) 100 puntos
Segundo menor precio ofertado 60 puntos
Tercer menor precios ofertado 40 puntos
Cuarto menor precio ofertado 20 puntos
2 Cumplimiento de requisitos formales 10% 100% ofertas que presentan todos los documentos administrativos, según lo señalado en las bases administrativas, hasta la fecha de cierre de las propuestas.
0% ofertas que presentaron los documentos administrativos después de cierre de propuesta.-
3 Plazo de llenado cilindró de oxigeno 60% Plazo de llenado de cilindro de oxígeno medicinal y su entrega en Cesfam.:
a) Hasta 24 horas llenado cilindro en Cesfam Hualqui: 100 puntos
b) Hasta 48 horas llenado cilindro en Cesfam Hualqui: 50 puntos
c) Mas de 48 horas llenado cilindro en Cesfam Hualqui: 10 puntos.
Resolución de empates: En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los resultados de los criterios de evaluación plazo llenado de cilindro oxigeno + oferta económica
Si aplicando la formula anterior aún persiste el empate entre oferentes, se seleccionará al proveedor que publico primero su oferta en el portal mercadopublico.-
b) Informe técnico de Evaluación de las Ofertas seleccionadas en Orden de Prelación.
La comisión evaluadora deberá emitir un Informe dirigido al Sr. Alcalde, en el que deberá contener un resumen del proceso de licitación con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas indicando el puntaje que haya obtenido los respectivos proponentes.
La comisión tendrá un plazo de cinco días (5) hábiles para estudiar y evaluar la ofertas y emitir un informe de evaluación, en relación al análisis administrativos, técnico y económico según los criterios de evaluación establecidos, las que serán presentadas a consideración y recomendación para el Sr. Alcalde, donde señale él o los oferentes mejor evaluados y que cumple con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados, para posterior resolución de adjudicación.-
c) Adjudicación:
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación y sus ponderaciones y se adjudicara a un solo oferente. Así mismo, la Dirección de Salud declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, como también podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o quede inadmisible cuando esta no resulten conveniente a los intereses de la Dirección de Salud Municipal.
d) Decreto Alcaldicio que adjudica la propuesta Pública.
La licitación se adjudicara al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus proponentes, establecidos en las presente bases, a través de Decreto Alcaldicio,el que será publicado en el sistema www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
e) Notificación de adjudicación:
Una vez se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario a través del sistema de información mercadopublico.cl como así mismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la propuesta pública.
f) Fecha de adjudicación:
Si por causas no imputables a la Dirección de Salud Municipal, las que serán oportunamente informadas a través del sistema de información, no se puede cumplir con las fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicara una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 10 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
g) Suscripción del Contrato y emisión de la correspondiente orden de Compra:
El plazo máximo para suscribir el contrato será de 10 días corridos desde el día hábil siguiente de la notificación de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, al proveedor adjudicado, previa entrega del documento de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, Contrato que será redactado por la Dirección de Salud Municipal.-
Previo a la firma de dicho contrato, será requisito que el adjudicatario haga entrega del correspondiente documento de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
De no cumplir con lo indicado, la Dirección de Salud Municipal adjudicara al oferente cuya propuesta se estime más conveniente para los intereses de la Dirección de Salud Municipal, de entre aquellos considerados en su oportunidad por la comisión de Evaluación, según orden de prelación.
Re Adjudicación:
La Dirección de Salud Municipal podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado rechace o se rehusé a firmar el contrato, no entregue el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado y no efectué la inscripción en el registro chile proveedores ante de la firma del respectivo contrato, de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente, la Dirección de Salud Municipal dejara sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del Servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.-
20.- ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES:
El adjudicatario deberá a acreditar mediante certificado emitido por la Dirección del Trabajo , que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con su actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los último dos años.-
Este certificado deberá ser presentado cada seis meses a contar de la fecha de vigencia del contrato, sin perjuicios de ellos, esta institución también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación otros antecedentes que estime pertinente para acreditar el cumplimientos de las obligaciones laborales antes señaladas.
21.- TRASPASO DE CONTRATO:
Se prohíbe absolutamente ceder o traspasar, parcial o totalmente, a cualquier título, el contrato definitivo, que con ocasión de la presente licitación suscribieron con la Dirección de Salud Municipal y/o los derechos y obligaciones que asumen en virtud de la presente propuesta pública. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de termino del Contrato y hacer efectiva en forma inmediata de la correspondiente boleta de garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, sin perjuicios de las acciones legales que procedan, por tanto, el adjudicatario no podrá traspasar a terceros la responsabilidad contraída en este proceso de licitación y suscripción del respectivo contrato que se celebre, salvo expresa autorización de la Dirección de Salud municipal.-
22.- FORMA DE PAGO:
El precio de los Servicios a contratar, serán pagados en moneda Nacional .
El oferente deberá considerar en el valor de su propuesta todas las exigencias establecidas como condiciones mínimas de ,los solicitados en las especificaciones técnicas , así como todos los gastos directo e indirecto que irroguen el cumplimiento del contrato. A vía solo enunciativa se considera todos los gastos y en general lo necesarios para la buena y oportuna entrega de Oxigeno medicinal .
La factura deberá ser dirigida a:
Dirección de Salud Municipal de Hualqui
Rut N° 69.150.601-0
Dirección: Patricio Lynch N° 675 Hualqui
El pago que se realizara dentro de los 30 días hábiles siguiente, a la fecha de recepción de la correspondiente factura y recepción conforme.
En caso que la empresa cede una factura a alguna entidad financiera (factoring), el proveedor deberá hacerlo con la autorización del Jefe de Finanzas o quien la subrogue del Departamento de Salud Municipal de Hualqui
23.- DE LAS SANCIONES Y MULTAS:
El incumplimiento por parte del oferente adjudicado, de acuerdo a las obligaciones que contraiga, facultara a la Dirección de Salud a hacer efectiva la Garantía por fiel cumplimiento del Contrato y podrá poner término a este en forma anticipada y sin forma de juicio. Este hecho acreditara por documento extendido por Director Cesfam o quien lo subrogue, certificado por contraparte técnica.-
INFRACCION
SANCION
MONTO DE MULTA EN UTM
Incumplimiento en los llamados de asistencia
Por cada oportunidad
2 UTM
No efectuar las mantenciones preventivas y reparativas necesarias indicada por el fabricante y bajo su propio estándares de calidad.
Por cada oportunidad
1 UTM
Por demorar mas de 24 horas en entrega de suministro de oxígeno domiciliarios a pacientes paliativos.
Por cada oportunidad
1 UTM
La reiteración de incumplimiento por parte del proveedor, en el evento que incurra más de 2 veces en cualquiera de los incumplimientos señalados, el monto de cada multa sucesiva se elevará en la UTM en valor neto de la factura. En el evento que el proveedor acumule hasta más de 8 multas durante la ejecución del contrato, facultara a la Dirección de Salud hacer efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y ser causal de término anticipado de este.
En el caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, el Encargo Contrato de Suministro de Oxigeno Gaseoso Medicinal para Abastecimiento de la Unidad de Sapu, Cesfam, Cecosf y Postas Rurales, informará a la Dirección de Salud Municipal y le propondrá la aplicación de las multas que procedan. El Director de Salud Municipal, con los antecedentes a la vista, estará facultado para calificar, aplicar y notificar al proveedor la multa correspondiente. Esta multa solo podrá ser reclamada al Director de la Dirección de Salud Hualqui dentro del plazo de 10 días hábiles una vez recibida la notificación, quien evaluara la situación y resolverá de manera inapelable.
24.- CONFIDENCIALIDAD:
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato o cualquier actividad relacionada con este.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del servicio licitado, en cualquiera de su etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dicho servicios.-
La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, etc.
El adjudicatario debe dar garantía respecto al resguardo de la confidencialidad de la información reservándose la Dirección de Salud, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, dé acuerdo a las norma legales vigentes.
25.- SOLUCION DE CONTRAVERSIAS Y LEGISLACION:
Se establecerá el respectivo contrato que este se regirá por las leyes de la República de Chile y cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurara resolverse amistosamente en el plazo de las misma. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales ordinarios de Justicia de Concepción.
26- TERMINO ANTICIPADO DEL PRESENTE CONTRATO:
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurren algunas de las causales que se señala a continuación:
a) Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada y/o cambia de razón social
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a los suministros de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato siempre y cuando no exista una causal que la exime de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
e) No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento.-
f) Por incumplimiento de las obligación de confidencialidad establecida en las presente bases.
g) Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del respectivo contrato. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
h) En caso de caer en inhabilidad durante la vigencia del contrato, y de no regularizar dicha situación dentro de los 15 días hábiles, el contrato será causal de termino del contrato aludido.-
i) Considerar el no cumplimiento de plazo de entrega, considerando en las especificaciones técnicas.
j) La Dirección de Salud municipal está facultada para declarar administrativamente el termino anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado con aviso en 60 días.-
Para la aplicación de todas las causales de termino anticipado previamente señaladas, salvo la de la letra d), procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulada en el numeral 15 letra b) de las presente bases.
27.- PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza oclusivo, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes, en relación a las Leyes Laborales .-
29.-ARTICULO FINAL:
Con la sola presentación de la Oferta a la propuesta a través de Mercado Público, se entiende que el oferente conoce y acepta las Bases Administrativas, Especificaciones técnicas, Aclaraciones a la propuesta, Ley N° 19.886 y su Reglamento y en general, todos los antecedentes que la conforman, y no podrá alegar desconocimiento de ellas, bajo ninguna circunstancia, estando obligado a cumplirlas cabalmente, aunque ella no se señalen en forma tácita ni expresa en estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales que se deriven con motivo del contrato la Municipalidad y el Oferente adjudicado fijan domicilio en la ciudad de Concepción.-
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