BASES ADMINISTRATIVAS |
1.- GENERALIDADES:
Las presentes Bases Administrativas tienen por objeto determinar y definir las condiciones generales que deberán considerarse en la presente Propuesta Pública de licitación que la Dirección de Salud Municipal convoca, para el CONTRATO DE SERVICIOS CONTROL DE PLAGAS QUE INCLUYE: FUMIGACION, SANITIZACION, DESINSECTACION y DESRATIZACION, por 12 meses para los Establecimiento de la Dirección de Salud Municipal Hualqui, destinado a garantizar la atención optima y eficiente a los usuarios de la Comuna de Hualqui: ID 4457-19-LE24.
CENTRO SALUD
DIRECCION
Dirección de Salud Patricio Lynch N° 675
Cesfam Bulnes N° 690
Cecosf Gabriela Mistral N° 117 villa los poetas
Sala de Rehabilitación Freire N° 476
Posta Rural Quilacoya La Puntilla S/N
Estación Medico Rural Unihue Unihue S/N
Posta Rural Talcamavida Colo Colo s/n
2.- NORMATIVA APLICABLE:
La normativa vigente que rige los Organismos de la Administración del Estado indica que: los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a la Ley de Compras Públicas, su Reglamento. Supletoriamente, se les aplicarán las normas de Derecho Público y en defecto de ellas, las de Derecho Privado.
De acuerdo con lo señalado en el Articulo Nº2 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, se entenderá por contrato de suministro todo aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos, servicios o bienes muebles.
El proceso de licitación, publicación, evaluación y adjudicación estará regulado por los mecanismos establecidos en la Ley N°18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones”, Ley Nº19.886 del 30/07/2003 y sus posteriores modificaciones, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios del Ministerio de Hacienda; Reglamento de fecha 09 de Marzo del 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº250 de fecha 24.09.2004 y sus modificaciones; Manual de Procedimientos de Adquisiciones del Municipio, aprobados por Decreto. Alcaldicio N°4303 del 23.12.2019; Ley N°20.285. Ley de Transparencia sobre acceso de la Información Pública.
Ante alguna discrepancia en la interpretación de las presentes Bases Administrativas, se aplicará lo establecido en la Ley Nº18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y los principios señalados en la Ley Nº19.880 que establece las Bases de los procedimientos que rigen los actos de la Administración del Estado.
3.- ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA:
La presente propuesta es regulada de acuerdo con las normativas señaladas precedentemente y las condiciones que se establecen en los siguientes documentos, que para todo efecto son parte integran de las bases administrativas.
• Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas.
• Consultas, Aclaraciones y Respuestas, si las hubiere.
• Oferta Económica presentadas por los oferentes.
• Informe Técnico de evaluación de las ofertas seleccionadas en orden de prelación.
• Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública.
• Envío de Orden de Compra o Contrato de suministro de control de plagas
4.- OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR:
Podrán participar de la presente licitación todas aquellas personas naturales o jurídicas; chilenas o extranjeras que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el Reglamento de la Ley 19.886 de Compras, y que se encuentren habilitadas para contratar con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el Articulo N°4 de la Ley 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común y que se encuentren inscritas en https://www.mercadopublico.cl.
En caso de ser persona jurídica, estas deberán, además, encontrarse habilitadas conforme a lo dispuesto en los artículos 8° y 10° de la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, de la ley Nº19.886, quedarán excluidos en la presentación de Propuestas, quienes se encuentren en las siguientes causales:
a. Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del Contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de las ofertas (Ley 20.238). Esto se acreditará por declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo Formulario N°4, - Art 9 letra a) de las presentes Bases, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Salud Municipal de Hualqui de verificar esta información en cualquier momento y en los registros pertinentes.
b. En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
c. Los funcionarios Directivos de la Dirección de Salud Municipal de Hualqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a la Dirección de Salud Municipal de Hualqui respecto del alcalde y concejales, según sea el caso.
d. Personas que se encuentren afectas a la prohibición del Art. Nº 10 de la Ley Nº 20.393, esto es, haber sido condenados, temporal o permanentemente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
4.1.- Unión Temporal de Proveedores (UTP): en consideración al monto de la licitación que supera las 1000 UTM Art N° 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, podrán participar la unión de personas naturales y/o jurídicas bajo la figura de “Unión Temporal de Proveedores” (UTP), en los términos previstos en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886 y de acuerdo a la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras Públicas, entendiéndose por ello la asociación de personas naturales y/o jurídicas para la presentación de una oferta.
Las causales de inhabilidad para la formulación de la propuesta o para la suscripción del Contrato, establecidas en la legislación vigente, afectara a cada uno de los integrantes considerados en la UTP y en ese caso, corresponderá a todos sus miembros decidir si se continua con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes participantes que pudiesen están inhábiles o si desiste de la participación conjunta en esta modalidad, es decir, cada uno de los integrantes de la Unión Temporal deberán adjuntar la acreditación descrita en letras a), b), c).
5.- ESPECIFICACIONES TECNICAS:
Se adjunta Especificaciones Técnicas para el servicio de control de plagas, Sanitización, Desinsectación, Desratización y fumigación para los Establecimientos de Salud y Oficinas administrativas de la Dirección de Salud Municipal de Hualqui.
6.- CALENDARIO DE PROPUESTA:
Los oferentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo con las fechas del proceso de licitación, las que estarán establecidas en la plataforma www.mercadopublico.cl.
La Dirección de Salud Municipal podrá modificar (de considerar necesario) la o las fechas u horario fijados en la plataforma www.mercadopublico.cl para el desarrollo del proceso. Así mismo podrá revocar el proceso de licitación, según corresponda, en forma unilateral, mediante el correspondiente Decreto Alcaldicio que así lo autorice, siempre y cuando exista fundamento jurídico descrito en la Ley 19880 de Procedimiento Administrativo.
7.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACION:
7.1.- CONSULTAS:
Los proponentes podrán, para el mejor estudio y comprensión de los antecedentes de esta licitación, formular consultas y/o solicitar aclaraciones de carácter técnico o administrativo a través del foro dispuesto en el Sistema de Información de la plataforma www.mercadopublico, dentro de los plazos señalados en el presente proceso de licitación, no pudiendo tener contacto de ninguna forma con la entidad licitante o sus funcionarios durante el curso de la presente licitación.
7.2.- RESPUESTAS:
La Dirección de Salud Municipal dará respuesta a las preguntas que se formulen y que digan relación con la propuesta, dentro del plazo establecido en el calendario de licitación dispuesto en la plataforma, de manera de permitir que los oferentes elaboren su oferta en base a las nuevas instrucciones contenidas en las respuestas, las que se pondrán en conocimiento de todos los oferentes interesados, sin indicar el autor de estas.
7.3.- DE LA OFERTA Y SU VIGENCIA:
Los proponentes deberán presentar solo 1 propuesta. En caso de que un mismo proveedor presentara más de una oferta, estas serán desestimadas.
Las ofertas tendrán una validez mínima de hasta 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta. Transcurrido dicho plazo, si no hubiese sido dictado el Decreto de Adjudicación, la Dirección de Salud Municipal solicitará a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual o menor período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida, por tal razón, la propuesta se declarará desierta, previo Informe de la comisión.
8.- FORMA Y ANTECEDENTES OBLIGATORIOS PARA PRESENTAR LA OFERTA:
La Oferta deberá ser presentada solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando escaneados todos los Formularios anexos y antecedentes indicados en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las presentes Bases. Los proponentes deben constatar que el envío de su oferta económica a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el proponente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de estos adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Cabe señalar que para aquellos proponentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y tengan todos o algunos de los documentos solicitados digitalizados y actualizados en dicho registro, no será necesaria la presentación de los documentos y antecedentes que se individualizan a continuación:
a) Documentos Administrativos:
1. Formulario Nº 1 Identificación del oferente, firmado por el Oferente o Representante Legal. En caso de las UTP, se deberá informar el nombre de los integrantes de esta y además, cada uno de los miembros de esta deberá completar, firmar y adjuntar Formulario N° 1.
2. Formulario Nº 2 Declaración Jurada Simple de Aceptación de Bases, firmada por el Oferente o Representante Legal.
Documentos para presentar por los oferentes: Los Oferentes deberán acompañar copia escaneada en PDF de los siguientes antecedentes, según se trate la Persona Natural, Persona Jurídica chilena / extranjera o Unión Temporal de Proveedores, salvo que estos se encuentren actualizados en el registro de chile proveedores.
Persona natural: deberán presentar los siguientes documentos:
-Fotocopia Cedula de Identidad
-Fotocopia Iniciación de Actividades en Servicio de Impuestos Internos
Persona Jurídica Constituidas en Chile: deberán presentar los siguientes documentos:
- Copia simple de la escritura de constitución de la Sociedad y de cada una de sus respectivas modificaciones
(en caso de existir modificaciones)
-Copia del Certificado de Vigencia de la Sociedad. El oferente deberá presentar certificado de vigencia de la sociedad, otorgado por el Registro de Comercio del Conservador e Bienes Raíces respectivo o, según sea el caso, certificado de vigencia conforme a la Ley N° 20.659, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días a la apertura de las Ofertas.
-Identificación del Representante Legal. Se deberá acompañar fotocopia de la cedula de Identidad del (de los) representante (s) legal(es) de la Sociedad. (Anverso y reverso)
-Personería del (de los) Representante (s) Legales: certificado de vigencia de la personería del representante legal de la Sociedad Oferente, otorgado por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo. De una antigüedad o superior a sesenta (60) días a la apertura de las ofertas. Además, debe acompañar copia de la escritura que acredite las facultades de represente con vigencia, otorgada por el Notario Público pertinente.
Personas Jurídicas constituidas en el extranjero:
-En el caso de las personas jurídicas extranjeras, ellas deberán presentar los antecedentes legales de su constitución y sus modificaciones, si las hubiere, y su representación legal, de acuerdo a la legislación que rija en su país de origen, debidamente legalizados en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 345 del Código de Procedimiento Civil, acompañando una traducción oficial al español de los mismo documentos en el caso de que los originales de tales documento se hayan emitido en lengua extranjera.
-No obstante, deberá considerar que todos estos documentos se encuentren con una vigencia similar a los documentos exigidos para las personas jurídicas constituidas en Chile.
Unión Temporal de Proveedores:
Todas las personas naturales jurídicas, chilenas o extranjera que forman partes de UTP deberán cumplir Individualmente con los antecedentes que se requieran indicado para las personas naturales y/o jurídicas.
Según sea su naturaleza y considerar las condiciones señaladas en el numeral 4 “Unión Temporal de Proveedores de las presentes Bases.
Copia simple de acuerdo de Unión Temporal de Proveedores (UTP), suscrito por los integrantes de ellos o sus representantes legales, en el cual se especifique:
Las condiciones de dicha Unión Temporal de Proveedores para efecto de la presentación de las Ofertas y la adjudicación. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su oferta y de las normas legales pertinentes.
La designación de un representante o apoderado común con poderes suficientes para ofertar y
Controlar con el Estado, en el que recaerán las siguientes responsabilidades:
• Presentar los antecedentes para ofertar
• Subsanar solicitudes de a aclaraciones
• Actuar como supervisor del contrato
• Coordinar las entregas del servicio de acuerdo con lo estipulado en el proceso de licitación
• Facturar
• Entregar informe, a solicitud de la Dirección de Salud Municipal
• Renovar o modificar documentos financieros del respectivo contrato
Sin perjuicios de lo ya expresado, en caso de resultar adjudicado, el acuerdo de Unión Temporal de Proveedores deberá ser otorgado por escritura pública ante Notario Público.
Cada una de las personas Naturales o Jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá, además
presentar los antecedentes solicitados a personas naturales y/o jurídica, según Corresponda.
En caso de las UTP, deberán adjuntar Declaración Jurada sobre Inhabilidades e Incompatibilidades, de cada uno de los integrantes de dicha Unión.
Formulario Nº3: Declaración Jurada sobre Inhabilidades e Incompatibilidades para celebrar contratos con los Organismos de la Administración del Estado. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F-30) con una antigüedad no superior a 30 días al momento de la apertura de las ofertas.
Formulario Nº4 Fichas Técnicas de insumos de Fumigación.
Formulario N°5: Oferta Económica, firmada por el oferente o representante legal
Formulario Nº6: Certificado de norma ISO 9001.
La oferta económica debe realizarse señalando el precio unitario en de acuerdo al siguiente cuadro:
DEP. DE SALUD
DESRATIZACION
SANITIZACION
DESINSECTACION
FUMIGACION
DIRECCION SALUD Mensual Mensual Cuatro Veces al año Cuatro Veces al año
CESFAM HUALQUI Mensual Mensual Cuatro Veces al año Cuatro Veces al año
CECOSF Mensual Mensual Cuatro Veces al año Cuatro Veces al año
SALA REHABILITACION Mensual Mensual Cuatro Veces al año Cuatro Veces al año
POSTA QUILACOYA Mensual Mensual Cuatro Veces al año Cuatro Veces al año
ESTACION MEDICA RURAL UNIHUE Mensual Mensual Cuatro Veces al año Cuatro Veces al año
POSTA TALCAMAVIDA Mensual Mensual Cuatro Veces al año Cuatro Veces al año
El precio unitario que la Dirección de Salud pagara en forma mensual a través de Orden de Compra
9.- PRESUPUESTO:
Para la presente Licitación Pública cuenta con un presupuesto de la Dirección de Salud Municipal de $ 7.500.000, (siete millones y medio) con todos los impuestos y costos incluidos, serán los precios señalados por la vigencia total del Contrato Suministro del Servicio de control de plagas: Fumigación, Sanitización, Desratización, Desinsectación.
El Contrato corresponde a un contrato de suma alzada, sin intereses ni reajustes, entendiéndose que el oferente consideró en su oferta todos los costos asociados, tanto presente como futuro. Las ofertas se formularán en pesos, moneda nacional.
10.- GARANTIAS:
No se aceptan instrumentos financieros tomados por terceros.
a) Garantía de Seriedad de la Oferta
No hay.
b) Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, el Adjudicatario deberá presentar un instrumento financiero por un monto equivalente al 5% de lo adjudicado, valorizada en pesos chilenos, la que deberá ser extendida a nombre de Dirección de Salud Municipal de Hualqui, Rut. N°69.150.601-0, pagaderas a la vista, tener el carácter de irrevocable y tomada por el mismo oferente en un banco comercial.
En Forma Digital: en los casos en que se otorgue una garantía electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá ser ingresada antes de la fecha y hora de cierre del proceso de licitación, dentro de los anexos administrativos de la oferta, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl debiendo ser del todo legible, incluyendo su código de validación y/o verificación.
En Forma Física: Si el documento financiero no fuere electrónico, el proponente deberá hacerla llegar en forma física, o bien enviada por correo certificado hasta las 13:00 hrs de la fecha del cierre del proceso de licitación indicado en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
En este caso, la forma de entrega será en un sobre cerrado, debiendo llevar el nombre del oferente y número ID de la licitación en el anverso. Esta entrega se materializará en la secretaria de la Dirección de Salud Municipal, ubicado en Patricio Lynch N°675 Hualqui en horario de lunes a viernes desde las 8:30 hrs a 13:00 hrs.
El documento financiero deberá indicar en su glosa lo siguiente
GLOSA “GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO CONTRATO DE SUMINISTRO DE SERVICIO CONTROL DE PLAGAS DE LOS ESTABLECIMIENTO DE SALUD MUNICIPAL”.
El documento de garantía, el vale vista o depósito a la vista será aceptado como instrumentos validos de garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, sin perjuicio de poner término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Sera responsabilidad del contratado mantener vigente el documento de garantía de Fiel cumplimiento de 60 días hábiles posteriores a la culminación del respectivo contrato.
Una vez caducado el contrato, el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, se devolverá a solicitud del interesado. –
El documento financiero que garantiza el Fiel Cumplimiento del Contrato se hará efectiva en el caso de término anticipado del contrato por las causales señaladas en Art. N°20 de las presentes Bases.
11. VISITA A TERRENO OBLIGATORIA:
Los oferentes que deseen participar de este proceso de licitación, deberán reunirse, en la Dirección de salud Municipal, Dirección: Patricio Lynch N°675 Hualqui, el día 15 de marzo a las 9:30 AM , para realizar visitas a terreno a Disam, Cesfam ,Cecosf , Sala Rehabilitación, Postas de Quilaco ya, Unihue y Talcamavida.
La visita a terreno se certificará mediante un acta de asistencia, en donde se consignará el nombre y cedula de identidad de los oferentes que concurran, quienes deberán firmar dicha acta en forma previa al recorrido, señalando en las dependencias visitadas.
Los interesados deberán asistir con vehículo propio para su traslado. Una vez firmado el inicio de la visita, los interesados se dirigirán a terreno en conjunto al profesional de la Unidad Técnica. El acta respectiva será publicada en el sistema de información Mercado público.
Atendiendo el objetivo de la Licitación pública ID 4457-19-LE24, la visita a terreno tendrá el carácter de Obligatorio para poder seguir participando de la propuesta publica de qué trata el presente instrumento.
Los oferentes que no asistan a esta visita, quedaran automáticamente eliminados del proceso. Por tanto, aquel oferente que no asista al lugar, día y hora fijada para la visita a terreno, no podrá seguir participando en el proceso de licitación lo que se establecerá en el informe técnico que se emita de evaluar a los oferentes.
12. APERTURA DE LA PROPUESTA:
El Acto de Apertura de las ofertas, se realizará única y exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y la hora establecida en el Sistema de Información.
Todas las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos y administrativos quedaran fuera al momento de la apertura.
Rechazo de las Ofertas Electrónicas:
La Dirección de Salud Municipal declarará inadmisibles las ofertas por las siguientes causales:
• Si el oferente no realiza su oferta en sistema de información www.mercadopublico.cl
• No adjunta ficha técnica y hoja de seguridad de los productos a utilizar en los procedimientos solicitados.
• Si el monto de la oferta es superior a lo disponible por la Dirección de Salud Municipal de Hualqui.
• Por no presentarse en visita a terreno.
• No presentar documento que acredite certificación en norma ISO 9001.
13.- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DURANTE LAS ETAPA DE APERTURA Y EVALUACION:
Cumplimiento de requisitos durante la etapa de apertura
Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes administrativos requeridos en el Art. Nº11 a) de las presentes bases de licitación. En tal sentido, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas y en caso que uno o más oferentes omitan antecedentes de carácter administrativo, la Dirección de Salud Municipal podrá solicitar a los oferentes a través del Sistema de Información, adjuntar los documentos faltantes siempre y cuando las rectificaciones de dichas omisiones no les confiera a determinados oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas para acompañar los antecedentes requeridos por la Dirección de Salud Municipal, contados desde la notificación a través del Sistema de Información. Cabe señalar que, transcurrido las 48 hrs. indicadas en el sistema de información, este queda inhabilitado para ingresar documentos.
Aclaraciones a los oferentes durante las etapas de Evaluación
Durante la etapa de evaluación, de considerarlo necesario, la Dirección de Salud Municipal podrá requerir aclaraciones a través del sistema de información www.mercadopublico.cl en link Foro Inverso a algún (os) proponente (s) sobre aspectos de la propuesta que no resulten suficientemente comprensibles. El oferente tendrá 24 horas de plazo para dar respuesta. De no recibir la (s) aclaraciones y/o antecedentes adicionales transcurrido el plazo señalado, por el mismo medio solicitado, dicha propuesta quedara fuera del proceso de evaluación de la presente licitación, siendo inadmisible su oferta.
Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasaran a formar parte integrante de las bases, en caso de ser adjudicado. Para una mejor evaluación de las ofertas, la Dirección de Salud Municipal podrá solicitar antecedentes adicionales, si lo estima conveniente, antecedentes vigentes que hayan sido obtenidos con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
La Dirección de Salud Municipal no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencidos dicho plazo, quedando las ofertas fuera de base, por lo tanto, no pasaran a procesos de evaluación.
14.- EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTAS
Etapas para proceso de evaluación y adjudicación:
Las Etapas que se realizarán para el proceso de la Evaluación y Adjudicación de las propuestas serán los siguientes:
a) Evaluación de las ofertas.
b) Informe Técnico de Evaluación de las Oferta
c) Decreto Alcaldicio que adjudica la Propuesta
d) Notificación de adjudicación
e) Fecha de adjudicación
f) Emisión del Contrato o de la Orden de Compra
g) Re adjudicación en caso de ser necesario
a) Evaluación de las ofertas:
El proceso de evaluación será interno y se efectuara de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases Administrativas que regulan el proceso de licitación.
Factor Porcentaje Tabla de evaluación
1.-UBICACIÒN DE LA EMPRESA
40%
Comunas con sucursal o casa matriz de la empresa. Puntaje
Chiguayante-Concepción-Hualpén-Talcahuano
60
San Pedro- Penco- Lirquén
30
Tomé- Florida
10
2.-EXPERIENCIA EN EL RUBRO
30%
Se evaluará experiencia en el rubro de los oferentes respecto a la cantidad de servicios realizados a contar del año 2022 al 2023 medido a través de contratos referentes al servicio de fumigación, sanitización, desinsectación y desratización.
Puntaje
Igual a 5 o más contratos celebrados
60
Entre 3 y 4 contratos celebrados
30
Entre 1 y 2 contratos celebrados
10
No informa
0
3- OFERTA ECONOMICA
20% Menor valor ofertado, formula a evaluar (menor precio/ precio señalado en su oferta) * porcentaje.
4- COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
10%
Se analizará el desempeño excelente, bueno o muy bueno en rubro de control de plagas a través de certificados de desempeño o certificado de comportamiento contractual que acrediten el servicio y cumplimiento de contrato de las características solicitadas.
igual o más de 5 certificados de desempeño contractual 100 puntos.
entre 1 y 4 certificados de desempeño contractual 50 puntos.
No informa o no se puede demostrar. 0 puntos.
Se considerarán válidas como contratos las ordenes compras, siempre y cuando no sean replicadas como parte integrante de un mismo contrato, en caso contrario se considerará como válida sólo una sola de ellas.
15.- RESOLUCIÓN DE EMPATES:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los resultados de los criterios de evaluación ubicación de la empresa+ experiencia en el rubro.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en la sumatoria de los criterios de oferta económica + experiencia en el rubro+ comportamiento contractual.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que haya ingresado primero si oferta en la plataforma de mercado público.
La Dirección de Salud se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluido en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar fuera de bases aquellos oferentes en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
La evaluación de las ofertas y posterior elaboración de Informe de Evaluación de la propuesta será elaborada por una comisión conformada por funcionarios designados y nombrados por Decreto Alcaldicio previo a la apertura de la Licitación, el que posteriormente será ingresado al Sistema de Información como documento anexo.
La comisión tendrá un plazo de 3 días hábiles para estudiar, analizar y aplicar la metodología o pauta de evaluación a las ofertas que cumplan con la presentación de los antecedentes requeridos para participar del proceso.
La Comisión preparara un informe de evaluación donde se indicará en orden de prelación, él o los oferentes mejor evaluados y que cumpla con todos los requisitos administrativos y técnicos solicitados, debiendo contener un resumen del proceso de licitación con todos los participantes y las evaluaciones realizadas indicando el puntaje que haya obtenido los respectivos proponentes.
Dicho informe será propuesto a Sr. Alcalde o quien lo subrogue, Informe que debe señalar el o los oferentes mejor evaluados y que cumplan con todos los requerimientos solicitados en el proceso de licitación, para su aprobación.
b) Informe Técnico de evaluación de las ofertas seleccionadas en orden de prelación.
En orden de prelación, señalando él o los oferentes mejor evaluados y que cumpla con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados, debiendo contener un resumen del proceso de licitación con todos los participantes y las evaluaciones realizadas indicando el puntaje que haya obtenido los respectivos proponentes.
c) Adjudicación:
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones.
Así mismo, la Dirección de Salud Municipal declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, o especificaciones técnicas sin perjuicio a lo señalado en Art Nº14 de las presentes bases,
Como también podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten conveniente a los intereses de la Dirección de Salud. -
El oferente que resulte adjudicado deberá respetar las condiciones estipuladas en su oferta original, durante todo el periodo de vigencia del Contrato de Suministro de Fumigación, Sanitización, Desratización, Desinsectación.
Dichas declaraciones deberán concretarse a través de la dictación del respectivo Decreto Alcaldicio que adjudica la licitación.
d) Notificación de Adjudicación:
Una vez se haya adjudicado la Licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario a través del Sistema de Información Mercadopublico.cl, como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la Propuesta Pública.
e) Fecha de Adjudicación:
Si por causas no imputable a la Dirección de Salud Municipal, las que serán oportunamente informadas a través del sistema de información, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 20 días hábiles corridos adicionales al plazo ya establecido.
f) Emisión de Contrato Suministro servicio control de plagas: fumigación, sanitización, desratización, desinsectación:
El plazo máximo para emitir el Contrato de Suministro será de 10 días hábiles desde el día hábil siguiente de la notificación de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl . El contrato será redactado por la Dirección de Salud Municipal en los términos de los presentes y demás documentos del proceso. -
g) El contrato a suscribir tendrá una vigencia de 12 meses a contar de la fecha de suscripción del mismo aprobado por el respectivo Decreto Alcaldicio que lo sancione.
h) Re Adjudicación:
La Dirección de Salud Municipal podrá, en el caso de que el proveedor adjudicado rechacen o no acepte el Contrato de Suministro, no entregue documento financiero que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos; se desista de su oferta; sea inhábil para contratar con el Estado o no efectué la inscripción en el registro Chile Proveedores dentro de los 10 días después de notificada la adjudicación a través del sistema de información, de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento.
La Dirección de Salud Municipal Re adjudicara la licitación al oferente que de acuerdo con el resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses de la Dirección de Salud Municipal, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
16.- FORMA DE PAGO:
El proveedor deberá facturar de forma mensual, luego de que sea emitida la orden de compra según los valores indicados en la oferta Económica.
El pago se materializará dentro de los 30 días de la fecha de recepción de la Factura con su respectivo certificado de recepción conforme realizado por asesor en prevención de riesgos correspondiente.
El adjudicatario entregara el servicio con estricta sujeción a los estipulados en las bases administrativas, bases Técnicas y demás antecedentes que emanan de la presente licitación y su respectivo contrato. -
El proveedor deberá facturar a nombre de:
• Dirección de Salud Municipal de Hualqui
• Rut N°69.150.601-0
• Dirección Patricio Lynch N°675 Hualqui
• Fono 41-2781095
17.-MULTAS Y SANCIONES:
El incumplimiento por parte del oferente adjudicado de cualquiera de las obligaciones que contraigan en el presente procesos de licitación, facultara a la Dirección de Salud Municipal aplicara multa en UTM en:
INCUMPLIMIENTOS CONTRATO SERVICIO CONTROPL DE PLAGAS, FUMIGACION, SANITIZACION, DESISNSECTACION, DESRATIZACION
SANCION
MONTO DE MULTA EN UTM
Incumplimiento del oferente en sus obligaciones establecido en el contrato
Por cada oportunidad
2
Suspensión del servicio sin previo aviso a la Dirección de Salud Municipal
Por cada Oportunidad
2
La reiteración de incumplimiento por parte del proveedor, en el evento que incurra más de 2 veces en cualquiera de los incumplimientos señalados, el monto de cada multa sucesiva se elevará en 4 UTM en valor neto de la factura. En el evento que el proveedor acumule hasta más de 8 multas durante la ejecución del contrato, facultara a la Dirección de Salud hacer efectiva la multa y ser causal de término anticipado de este.
Las multas se harán efectivas a través de la correspondiente factura, considerando del valor total neto de esta. Para ello, la empresa deberá emitir nota de crédito para descontar el monto de la multa asociada.
Para este caso, la comunicación será informada al proveedor a través de coordinador representante de la empresa, donde se notificará vía formal (correo certificado y/o correo electrónico institucional) el detalle y el monto de la multa. Ante la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito de acuerdo al Art N° 45 del Código Civil) u otras circunstancias no imputable al proveedor, debidamente acreditados y formulados por el adjudicatario antes del vencimiento del plazo de entrega señalado en la oferta presentada, la Dirección de Salud Municipal de Hualqui podrá acordar un aumento del plazo de entrega señalado en la oferta presentada, Si la Dirección de Salud Municipal de Hualqui considerase que existe merito suficiente para la aplicación de uno o más de las multas establecidas en el presente documento, lo comunicara por escrito dicha decisión al adjudicado, especificando el monto y el fundamento de la misma. Este tendrá un plazo de 5 días hábiles para formular su descargo, acompañando todos los antecedentes que estime procedentes. Transcurrido el plazo ante indicado, habiéndose formulado o no descargo, la Municipalidad de Hualqui, a través de su alcalde dictara el Decreto Alcaldicio Fundado de Aplicación de Multa, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren. El respectivo Acto Administrativo será debidamente publicado en el sistema de Información de Mercado Publico.
Sin perjuicio de lo anterior, en contra del Acto Administrativo de Aplicación de Multa, procederán los recursos que dispone la Ley 19.880.
18.- DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS:
La empresa deberá contar con los servicios mensuales, y será de responsabilidad de la empresa adjudicada velar por los trabajadores que ejecuten la preparación y aplicación de pesticida hagan uso correcto del equipo necesario de protección personal.
19.- CONFIDENCIALIDAD:
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o cualquier actividad relacionada con este.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del servicio licitado, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, etc.
20.- SOLUCION DE CONTRAVERSIAS Y LEGISLACION:
La Dirección de Salud Municipal de Hualqui deja expresamente constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el proveedor adjudicatario, ya sea por materias tributarias, laborales u otras, será de exclusiva responsabilidad de este.
Sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Salud Municipal de Hualqui, deberá tenerse presente las atribuciones que el ordenamiento jurídico confiere a la Contraloría General de la Republica y al Tribunal de Contratación Pública.
Cualquier duda, conflicto o problema en la ejecución, aplicación e interpretación del presente proceso de licitación, será resuelto de común acuerdo por los representantes legales de las partes contratantes. En su efecto, le corresponderá conocer y resolver a los Tribunales Ordinarios de Justicia, para lo cual, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción y se someten a la competencia de sus tribunales. Por razones administrativas, no se devolverá a los oferentes los antecedentes que fueron entregados para la evaluación e las ofertas, con excepción de los documentos que garantizan la Seriedad de la Oferta.
21.- TERMINO ANTICIPADO DEL PRESENTE CONTRATO
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato servicio control de plagas, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurren algunas de las causales que se señala a continuación:
a) Si el adjudicatario fuere declarado en procedimiento concursal de liquidación o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada y/o cambia de razón social
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a los suministros de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato siempre y cuando no exista una causal que la exime de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
e) No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento.
f) Por incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad establecida en las presente bases.
g) Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del respectivo contrato. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Resuelto el termino anticipado del contrato, no operara indemnizaciones algunas para el adjudicatario, debiendo la Dirección de Salud concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas de la fecha de liquidación al contrato.
22. PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas del mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
● El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
● El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
● El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
● El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
● El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
● El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
● El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
● El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directo
o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes, en relación a las Leyes Laborales.
23.- ARTICULO FINAL:
Con la sola presentación de la Oferta a la propuesta a través de Mercado Público, se entiende que el oferente conoce y acepta las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones a la Propuesta, Ley Nº19.886 y su Reglamento y en general, todos los antecedentes que la conforman, y no podrá alegar desconocimiento de ellas, bajo ninguna circunstancia, estando obligado a cumplirlas cabalmente.
Las presentes Bases y posterior Contrato se regirán por las leyes de la República de Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurara resolverse amistosamente. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
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