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BASES ADMINISTRATIVAS |
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BASES ADMINISTRIVAS
CONTRATO DE SUMINISTRO CANASTA DE GASTROENTEROLOGIA
PROGRAMA RESOLUTIVIDAD 2021
1.- GENERALIDADES
La Municipalidad de Hualqui, a través de la Dirección de Salud Municipal convoca a propuesta publica, mandada por las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos relacionados, con objeto de determinar y definir las condiciones generales que se deberán considerar en el presente proceso, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipales N°18.695 y Ley de Compras Públicas N°19.886, referido a contratos que celebre la Administración del Estado para el desarrollo de sus funciones. Es en este sentido, se requiere suscribir
CONTRATO DE SUMINISTRO 132 CANASTA DE GASTROENTEROLOGIA PROGRAMA RESOLUTIVIDAD 2021, componente N°1 que pretende otorgar prestaciones de especialidad ambulatorio de gran demanda en la APS y que presenta lista de espera y tiempos de espera significativos, los que pudieran ser resueltas en este nivel. Por un periodo de 6 meses desde julio 2021 a diciembre 2021, a contar de la fecha de suscripción del respectivo contrato.
En la presente propuesta, la Dirección de Salud Municipal de Hualqui actuará como mandante para todos los efectos originados durante la tramitación del presente proceso licitatorio. La Dirección de Salud Municipal designará el Referente Técnico quien tendrá la responsabilidad de resguardar los procesos de la adquisición y hasta el cumplimento de las garantías señaladas en la oferta del proveedor adjudicado.
2.- NORMATIVA
La normativa vigente que rige los Organismos de la Administración del Estado indica que: los contratos que celebre la Administración del Estado, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones, se ajustarán a la Ley de Compras Públicas, su Reglamento. Supletoriamente, se les aplicarán las normas de Derecho Público y en defecto de ellas, las de Derecho Privado.
De acuerdo con lo señalado en el Articulo Nº 2 de la Ley de Compras Públicas, se entenderá por contrato de suministro todo aquel mediante el cual la Dirección de Salud Municipal de Hualqui encomienda a una persona natural y/o jurídica y que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles.
El proceso de licitación, publicación, evaluación y adjudicación estará regulado por los mecanismos establecidos en la Ley N° 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus posteriores modificaciones”, Ley Nº 19.886 del 30/07/2003 y sus posteriores modificaciones, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios del Ministerio de Hacienda; Reglamento de fecha 09 de Marzo del 2004, aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de fecha 24.09.2004 y sus modificaciones; Manual de Procedimientos de Adquisiciones del Municipio, aprobados por Decreto Alcaldicio N° 4303 del 23.12.2019; Ley N° 20.285. Ley de Transparencia sobre acceso de la Información Pública.
Ante alguna discrepancia en la interpretación de las presentes Bases Administrativas, se aplicará lo establecido en la Ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y los principios señalados en la Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los procedimientos que rigen los actos de la Administración del Estado.
3.- BASES
La presente propuesta se regirá por las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentos relacionados; por las normas legales vigentes a la fecha de su apertura en cuanto le sea aplicable. Al mismo tiempo, constituirán reglas propias de esta propuesta, las aclaraciones publicadas en el portal que emita la Municipalidad, sea que ellas fueren requeridas por los participantes o bien impartidas por éstas.
Las Bases podrán ser modificadas en atención a las aclaraciones solicitadas por parte de los oferentes, según las preguntas y aclaraciones formuladas por éstos, las que serán formuladas de acuerdo a los plazos estipulados en el proceso de licitación, informado a través del portal www.mercadopublico.cl Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases.
Con todo lo anterior, las presentes Bases se considerarán como parte integrante del Contrato a que dé origen la adjudicación de la presente licitación.
Las bases estarán a disposición de los proveedores a través del portal www.mercadopublico.cl
4.- ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA:
La presente propuesta es regulada de acuerdo a las normativas señaladas precedentemente y las condiciones que se establecen en los siguientes documentos.
• Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Formularios Anexos.
• Consultas, Aclaraciones y Respuestas, si las hubiere.
• Oferta Económica presentadas por los oferentes
• Informe Técnico de evaluación de las ofertas seleccionadas en orden de prelación
• Decreto Alcaldicio que adjudique la Propuesta Pública
• Contrato que se suscriba entre las partes u emisión de orden de compra.
• Y demás documentos relacionados
Además, se entenderá formar parte integrante de todo contrato regido por las presentes bases de licitación, todas las leyes, reglamentos, normas y disposiciones relacionadas con la materia.
5.- OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR:
Podrán participar de la presente licitación todas aquellas personas naturales o jurídicas; chilenas o extranjeras que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el Reglamento de la Ley de Compras, y que se encuentren habilitadas para contratar con el Estado de Chile, conforme a lo dispuesto en el Articulo N° 4 de la Ley 19.886, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común y que se encuentren inscritas en https://www.mercadopublico.cl
En caso de ser persona jurídica, estas deberán, además, encontrarse habilitadas conforme a lo dispuesto en los artículos 8° y 10° de la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, de la ley Nº 19.886, quedarán excluidos en la presentación de Propuestas, quienes se encuentren en las siguientes causales:
a. Quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del Contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de las ofertas (Ley 20.238). Esto se acreditará por declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo Formulario N°3, - Art 9 letra a) de las presentes Bases, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Salud Municipal de Hualqui de verificar esta información en cualquier momento y en los registros pertinentes.
b. En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
c. Los funcionarios Directivos de la Dirección de Salud Municipal de Hualqui, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Las mismas prohibiciones del inciso anterior se aplicarán a la Dirección de Salud Municipal de Hualqui respecto del Alcalde y Concejales, según sea el caso.
d. Personas que se encuentren afectas a la prohibición del Art. Nº 10 de la Ley Nº 20.393, esto es, haber sido condenados, temporal o permanentemente, a celebrar contratos con los organismos del Estado, en virtud de haberse establecido su responsabilidad penal en delitos de lavado de activos, financiamiento de terrorismo y delitos de cohecho.
6.- ESPECIFICACIONES TECNICAS
Las Especificaciones Técnicas corresponden al Contrato de Suministro Canasta gastroenterología Programa Resolutividad, las que se encuentran en archivo adjunto del proceso de licitación.
7.-CALENDARIO DE LICITACION:
Los proponentes deberán estudiar la propuesta de acuerdo con las fechas del proceso de licitación, las que estarán establecidas en la plataforma www.mercadopublico.cl, de ficha electrónica, denominado “Etapas y Plazos”.
La Dirección de Salud Municipal podrá modificar (de considerar necesario) la o las fechas u horarios fijados en la plataforma www.mercadopublico.cl para el desarrollo del proceso. Así mismo podrá revocar el proceso de licitación, según corresponda, en forma unilateral, mediante el correspondiente Decreto Alcaldicio que así lo autorice, siempre y cuando exista fundamento jurídico descrito en la Ley 19.880 de Procedimiento Administrativo.
La Dirección de Salud Municipal se reserva la facultad de postergar la fecha de cierre y recepción de las ofertas por 48 hrs, en caso de que a la hora y fecha de cierre y recepción de ofertas no se hayan recibido ofertas.
8.- CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS:
Los oferentes podrán, para el mejor estudio y comprensión de los antecedentes de esta licitación, formular consultas y/o solicitar aclaraciones de carácter técnico o administrativos a través del foro dispuesto en el Sistema de Información de la plataforma www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos señalados en el presente proceso de licitación, no pudiendo tener contacto de ninguna forma con la entidad licitante o sus funcionarios durante el curso de la presente licitación.
La Dirección de Salud Municipal dará respuesta a las preguntas que se formulen y que digan relación con la propuesta, mediante aclaraciones a través del sistema de información, dentro del plazo establecido en el calendario de licitación dispuesto en la plataforma, de manera de permitir que los oferentes elaboren su oferta en base a las nuevas instrucciones contenidas en las aclaraciones las que se pondrán en conocimiento de todos los oferentes interesados, sin indicar el autor de estas. Por aclaraciones se podrá interpretar, completar, complementar y/o detallar los antecedentes de la Propuesta o determinar el correcto sentido de ellas cuando se presenten dudas y/o discrepancia.
La Dirección de Salud Municipal podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, Especificaciones Técnicas, Formularios y/o Anexos, para precisar su alcance. Podrán también complementar, cambiar, eliminar o interpretar algún elemento de su contenido que a su juicio no haya quedado suficientemente claro y/o dificulte el adecuado análisis para la elaboración de las ofertas. Estas aclaraciones se pondrán a disposición de los proponentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en cualquier etapa de la publicación. Con lo anterior, podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
Las respectivas aclaraciones que se realicen, a solicitud del municipio o en respuesta a consultas de los interesados, pasaran a formar parte integrante de las Bases. Por tanto, es obligación y responsabilidad del oferente revisar la plataforma www.mercadopublico.cl durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. En este sentido, el solo hecho de la presentación de la oferta significara el estudio, aceptación y adhesión por parte del proponente de las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Formularios, Anexos, Consultas y Respuestas, Aclaraciones y de cualquier otro antecedente que las acompañe.
9.- MODIFICACIONES A LAS BASES:
Se podrán modificar las presentes Bases, Especificaciones Técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a las aclaraciones solicitadas por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
10.-DE LA OFERTA Y SU VIGENCIA:
Los oferentes deberán presentar solo 1 propuesta. En caso de que un mismo oferente presentara más de una oferta, ambas serán desestimadas.
Las ofertas tendrán una validez mínima de hasta 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Dirección de Salud Municipal solicitara a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual o menos período. En caso de que no se adjudicase, las ofertas se entenderán desistidas, por tal razón, la propuesta se declarará desierta, previo Informe de la comisión.
11.-FORMA Y ANTECEDENTES OBLIGATORIOS PARA PRESENTAR LA OFERTA
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl adjuntando digitalizados todos los formatos y antecedentes indicados en las presentes bases. Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Cabe señalar que para aquellos proponentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y tengan todos o algunos de los documentos solicitados digitalizados y actualizados en dicho registro, no será necesaria la presentación de los documentos y antecedentes que se individualizan a continuación:
a) Documentos Administrativos:
1.Formulario Nº1 Identificación del oferente, firmado por el Oferente o Representante Legal.
2.Formulario Nº2 Declaración Jurada Simple de aceptación de bases, firmada por el Oferente o Representante Legal.
3.Acreditación Representación Provincia de Concepción: Acreditar representación en la provincia de Concepción a través de: Escritura Pública; Patente Comercial u otro documento legal.
4.Documentos para presentar de los Oferentes: Los Oferentes deberán acompañar copia escaneada en PDF de los siguientes antecedentes, según se trate la persona natural o jurídica, salvo que estos se encuentren actualizados en el registro de chileproveedores.
Persona natural: Fotocopia Cedula de Identidad
Fotocopia Iniciación de Actividades en Servicio de Impuestos Internos
Persona Jurídica: -Fotocopia Rut de la Empresa
-Fotocopia Cedula de identidad del Representante Legal
-Certificado de vigencia de la Sociedad con vigencia al momento de la fecha de apertura de la licitación.
-Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
4.-Requisitos de admisibilidad: -Resolución sanitaria vigente otorgada por la seremi de salud
-Copia legalizada de título profesional y de especialidad
-Certificado de Registro de prestadores individuales en salud de la superintendencia de salud.
b) Antecedentes Técnicos: El proveedor deberá completar los siguientes formularios
Formulario N°4
HORARIO DISPONIBLE
Indicar horario de atención de pacientes establecido con cupos semanales.
Formulario N°5
UBICACIÓN
Acreditar representación en la provincia de concepción a través de escritura Pública; Patente Comercial u otro documento legal.
Formulario N°6
EXPERIENCIA EN CONVENIOS SIMILARES Demostrar a través de Certificado de desempeño emitido por organismos públicos o privados o mediante comportamiento Contractual que acredite la correcto a prestación de servicios y cumplimiento de contratos de las características solicitadas en la presente licitación, no se consideraran órdenes de compra, ya que estas no certifican la correcta ejecución del servicio.
El certificado debe tener una vigencia no superior a 2 años es decir, emitidos desde el año 2019 en adelante.
c) Documentos Económicos: Formato Oferta Económica
Los oferentes deberán ingresar su oferta en el sistema de información www.mercadopublico.cl. se recuerda que deben ofertar en valores netos (sin impuestos incluidos), sin embargo, la oferta total (incluidos los impuestos) no debe superar el presupuesto disponible, señalado en las presentes bases de licitación.
12.- APERTURA DE LA PROPUESTA:
El Acto de Apertura de las ofertas, se realizará única y exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, el día y la hora establecida en el Sistema de Información para este proceso de licitación.
Todas las ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas serán desestimadas en el proceso de apertura.
En la eventualidad que existiera una situación de indisponibilidad técnica que afecten el Sistema de Información en la fecha y hora del acto de apertura electrónica, la Encargada de Adquisiciones de la Dirección de Salud Municipal dará fe de dicha situación y estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tale proceso y disponer su prosecución el día siguiente hábil de cuando dicho sistema se encuentre habilitado.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl
Rechazo de las Ofertas Electrónicas:
La Dirección de Salud Municipal declarara inadmisible las ofertas por las siguientes causales:
- Si el oferente no realiza su oferta en sistema de información www.mercadopublico.cl
- No adjunta ficha técnica del servicio requerido
- Si el monto de la oferta es superior a lo disponible por la Dirección de Salud Municipal de Hualqui
13.- CUMPLIMIENTOS DE REQUISITOS FORMALES:
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Dirección de Salud podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales (se entiende como error a alguna equivocación involuntaria y como omisión, a un olvido involuntario de antecedentes administrativos solicitados en Punto 11 a), en ningún caso se considerará en los antecedentes b)técnico y c) económicos), siempre y cuando las rectificaciones de dichas vicios u omisiones no les confiera a determinados oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad a los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Municipalidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo
Las respuestas que no puedan efectuarse a través del Portal, por causa fortuita acreditada a través de certificado emitido por la Dirección de Compras, o bien porque el Sistema no lo permita, se deberán ingresar en la Oficina de Partes de la Dirección de Salud ubicado en Patricio Lynch #675 de Hualqui dentro de los plazos establecidos.
La Dirección de Salud no considerara las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo, quedando las ofertas fuera de base, por lo tanto, no pasaran a proceso de evaluación.
14.-EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA OFERTAS
Durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de esta, a través de solicitudes de aclaraciones realizadas a través del sistema mercado público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro contacto con la entidad licitante.
Etapas para proceso de evaluación y adjudicación:
Las Etapas que se realizarán para el proceso de la Evaluación y Adjudicación de las propuestas serán los siguientes:
a) Criterios de Evaluación.
b) Evaluación de las Ofertas
c) Notificación de Adjudicación
d) Plazo de Adjudicación
e) Suscripción del Contrato y Emisión de la correspondiente Orden de Compra
f) Re adjudicación
a) Evaluación de las ofertas:
El proceso de evaluación será interno y se efectuara de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases Administrativas que regularon el proceso de licitación.
Ítem Observaciones Ponderación
1Oferta Económica
Precio Mínimo ofertado 100 puntos
Segundo precio mínimo ofertado 70 puntos
Tercer precio mínimo ofertado 30 puntos
Restos de los precios mínimos ofertados 10 puntos
No informa o no se puede comprobar 0 punto
10%
2 Horario de atención Disponible Los exámenes deben tomarse en horario preferentemente de lunes a viernes 9:00 a 20:00 sábado 9:00 a 17:30 hrs.
Total horario establecido 100 puntos.
Menor al horario establecido con cupos semanales 50 puntos
No informa o no se puede demostrar 0 punto
(formulario N°4) 30%
3 experiencia en Convenios Similares Se analizará la experiencia en programas similares ejecutados con certificados de desempeño o certificado de comportamiento contractual que acredite la correcta la correcta prestación del servicio y cumplimiento de contrato de las características solicitadas.
Más de 5 Convenio realizados 100 puntos
entre 1 y 4 convenios realizados 50 puntos
No informa o no se puede demostrar 0 puntos
(formulario N°6)
40%
4 Ubicación Se ponderará con mayor puntaje a los proveedores que acrediten representación en la provincia de Concepción
Comuna de Hualqui, Chiguayante o Concepción 100 puntos
Comuna Talcahuano, San Pedro 50 puntos
Otras comunas de provincia de Concepción 10 puntos
No informa, no se puede demostrar o no corresponde a la provincia de concepcion 0 puntos
(formulario N°5) 20%
Resolución de Empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA EN CONVENIOS SIMILARES + HORARIO DE ATENCION DISPONIBLE+ OFERTA ECONOMICO. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA EN CONVENIOS SIMILARES + UBICACION + OFERTA ECONOMICA”. De mantenerse el empate, se adjudicará al oferente que haya subido su oferta a la plataforma con anterioridad.
La Dirección de Salud Municipal se encuentra facultada para revisar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar fuera de bases aquellos oferentes en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a la sumatoria de los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Así mismo, la Dirección de Salud declarará inadmisible cuando las ofertas no resulten conveniente a los intereses de la Dirección de Salud cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación y especificaciones técnicas, como también se podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
La Dirección de Salud se reserva el derecho de revocar la presente licitación cuando existan errores formales y trascendentales según corresponda en forma unilateral mediante el correspondiente decreto alcaldicio que así lo autorice, siempre y cuando exista fundamento jurídico descrito en la ley 19.880 de procedimientos administrativos.
b) Informe técnico de evaluación de las ofertas
La evaluación de las ofertas y posterior elaboración de Informe de Evaluación de la propuesta será elaborada por una comisión conformada por funcionarios designados y nombrados por Decreto Alcaldicio previo a la apertura de la Licitación, el que posteriormente será ingresado al Sistema de Información como documento anexo.
La comisión estudiará, analizará, evaluará y aplicará la metodología o pauta de evaluación a las ofertas que cumplan con la presentación de los antecedentes requeridos para participar del proceso.
La comisión evaluadora tendrá plena facultades y atribuciones para:
a) Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y/u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, las que en ningún caso podrán constituir modificaciones de la oferta ya presentada, ni afectar los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
b) Podrán solicitar a los oferentes que presenten antecedentes complementarios que aclaren o ilustren de mejor forma sus ofertas, siempre que dichos antecedentes se hayan producido y/u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
c) Podrán efectuar consultas y/o solicitar aclaraciones o precisiones a los antecedentes presentados por los oferentes, sin que exista un límite determinado de solicitudes de consulta y/o aclaraciones sobre una determinada materia.
d) Toda la comunicación con y del oferente se realizará exclusivamente a través de foro inverso disponible en el sistema de información www.mercadopublico.cl
e) Tendrá la facultad de verificar a través de cualquier medio, la debida autenticidad de cualquier documento presentado por los oferentes, especialmente aquellos que digan relación con la experiencia.
Con todo lo anterior, la Comisión preparara un informe de evaluación donde se indicará en orden de prelación, él o los oferentes mejor evaluados y que cumpla con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados, debiendo contener un resumen del proceso de licitación con todos los participantes y las evaluaciones realizadas indicando el puntaje que haya obtenido los respectivos proponentes.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Así mismo, la Dirección de Salud Municipal declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, como también podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten conveniente a los intereses de la Dirección de Salud Municipal.
El oferente que resulte adjudicado deberá respetar las condiciones estipuladas en su oferta original, durante todo el periodo de la vigencia del contrato.
Dichas declaraciones deberán concretarse a través de la dictación del respectivo Decreto Alcaldicio que adjudica la licitación.
c)Notificación de adjudicación
El oferente adjudicado será notificado a través del sistema www.mercadopublico, transcurrida las 24 horas de ingresado el Decreto Alcaldicio que Adjudica la presente licitación, como asimismo a los demás oferentes que hubiesen participados en la presente licitación pública.
c)Suscripción del contrato
El plazo máximo para suscribir el contrato será en 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación previa entrega de documento de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si por cualquier causa, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento, por lo tanto, la Dirección de Salud tendrá las atribuciones de adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.
d)Plazo de Adjudicación:
El plazo para adjudicar la presente licitación podrá ser de 10 días contados desde el cierre esta. Si por causas no imputable a la Dirección de Salud Municipal, las que serán oportunamente informadas a través del sistema de información, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 20 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
e)Re adjudicacion:
La Dirección de Salud podrá, cuando fuera procedente, readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, la Dirección de Salud dejará sin efecto la adjudicación anterior y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y así sucesivamente, en el caso de que el proveedor adjudicado:
-Rechacen o no acepte la orden de compra.
-No entregue documento financiero que garantice el fiel y oportuno cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos; se desista de su oferta.
-Sea inhábil para contratar con el Estado o no efectué la inscripción en el registro Chile Proveedores dentro de los 10 días después de notificada la adjudicación a través del sistema de información, de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento.
15.- TRASPASO DE CONTRATO:
Se prohíbe absolutamente ceder o traspasar, parcial o totalmente las obligaciones que asuman en virtud de la presente propuesta pública. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, por tanto, el adjudicatario no podrá traspasar a terceros la responsabilidad contraída en este proceso de licitación y suscripción de respectivo Contrato que se celebre, salvo expresa autorización de la Dirección de Salud.
16.-ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES
El adjudicatario deberá acreditar mediante Certificado emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Este Certificado deberá ser presentado cada 6 meses a contar de la fecha de vigencia del contrato. Sin perjuicio de ello, la Dirección de Salud Municipal también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
El Adjudicatario deberá cumplir con todas las obligaciones previsionales, de salud, accidentes del trabajo y en general, de todas aquellas contempladas en nuestra legislación laboral vigente y por legislar, del personal contratado para el cumplimiento de los Servicios adjudicados, el que serán de su única y exclusiva responsabilidad.
17.-VIGENCIA DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá una vigencia de 5 meses, a contar de la fecha de suscripción del mismo, no obstante, a través de un anexo de contrato aprobado por Decreto Alcaldicio, se podrá aumentar la cantidad de prestaciones y su disponibilidad presupuestaria, así como disminuir la cantidad de esta asociada al contrato.
El proveedor tendrá la obligación de mantener los precios ofertados y adjudicados. La vigencia del contrato será hasta el 30 de diciembre 2021.
18.- FINANCIAMIENTO:
El financiamiento para el CONTRATO DE SUMINISTRO EXAMENES GASTROENTEROLOGIA, PROGRAMA RESOLUTIVIDAD EN APS 2021, es por un monto de $18.480.000 (dieciocho millones cuatrocientos ochenta mil pesos) con todos los impuestos y costos incluidos.
19.-FORMA DE PAGO
El pago de los documentos (factura o boleta etc.) se materializarán dentro de los 30 días hábiles desde la fecha de recepción conforme por parte del Encargado de Programa; el documento podrá ser ingresado a la secretaria de la Dirección Salud o enviada vía correo electrónico a asilva@saludhualqui.cl
El proveedor deberá factura a nombre de:
DIRECCION DE SALUD MUNICIPAL HUALQUI
RUT :69150601-0
DOMICILIO :PATRICIO LYNCH 675 HUALQUI
20.-LA SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN DEL CONTRATO
Para todos los efectos de la presente licitación, la contraparte de la Dirección de Saluda Municipal del contrato estará a cargo de la Srta. Camila Alarcón Olivera o quien le subrogue; Enfermera encargada del Programa de Resolutividad y tendrá la responsabilidad de la supervisión del contrato y ejercer en derecho la obligación de fiscalizar el desarrollo y la correcta ejecución en materia de la presente licitación y en general, velar por el cumplimiento del contrato y quien tendrá entre otras, las siguientes funciones:
A) Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del Contrato y de todos los aspectos considerados en las bases.
B) Mantener comunicación constante con el encargado del contrato de parte del proveedor.
C) Velar por el correcto desarrollo del contrato, informando por escrito a su Superior, en caso de que se debe aplicar multas.
D) Dar vistos bueno y gestionar recepción conforme de los servicios, como así mismo dar tramitación a los pagos de facturas y multas.
20.-MULTAS:
La Dirección de Salud aplicará una multa por la vía administrativa la que será notificada mediante carta CERTIFICADA dirigida al domicilio del oferente en los siguientes casos:
INFRACCION SANCION
Atraso en el cumplimiento de los horarios, (en el caso que la empresa adjudicada tenga en 3 oportunidades atrasos en la atención por más de una hora se podrá realizar cobro de la multa del 0.5% de lo adjudicado.
0.5%
La inasistencia del profesional a una hora de atención programa y sin aviso. (situacion que se repite en 3 oportunidades se realizara cobro del 0.5% de lo adjudicado. 0.5%
No cumplir con el envío de las nóminas y la documentación. situación que se repite en 3 oportunidades se realizara cobro del 0.5% de lo adjudicado.
0.5%
El oficio indicará detalladamente los hechos constitutivos de la infracción, la fecha y monto de la eventual multa a aplicar, el que será enviado por carta certificada el adjudicatario, quien dispondrá de 10 días para efectuar sus descargos. Una vez transcurrido los 10 días, la Dirección de Salud, a través del Director y Encargado de Programa o quienes los subroguen, analizaran dicha información, la que en un plazo de 20 días hábiles se decidirá si se acepta o se rechaza los argumentos enviados por el adjudicatario.
21.-GARANTIAS:
Serán aceptados como instrumentos financieros válidos para garantizar la seriedad de las ofertas y garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva. En caso de ser Vale a la Vista, esta deberá indicar la glosa al dorso del documento de manera indeleble.
En el caso de la Póliza de Seguro, esta será denominada "Póliza de Seguro de Caución para Licitaciones, Propuestas o Subastas Públicas o Privadas", y se incluirá la glosa señalada. Se deja expresamente establecido que no son aplicables las cláusulas de arbitraje, siendo los Tribunales de Justicia los que tendrán la competencia de resolver cualquier conflicto entre el Municipio, la Compañía Aseguradora y el oferente.
No se aceptan instrumentos financieros tomados por terceros, siendo estos enviados en original.
Cualquiera sea la garantía, podrán ser entregada física o electrónicamente, en los casos que se otorgue de manera electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Devolución: La solicitud de devolución de documento financiero deberá ser solicitada por escrito dirigido a la Dirección de Salud Municipal o bien a correo electrónico dashualqui.jefefinanzas@gmail.com.
En Forma Digital: en los casos en que se otorgue una garantía electrónica, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá ser ingresada a lo menos 24 horas antes de la suscripción del contrato respectivo debiendo ser del todo legible, incluyendo su código de validación y/o verificación.
En Forma Física: Si el documento financiero no fuere electrónico, el proponente deberá hacerla llegar en forma física, o bien enviada por correo certificado hasta las 13:00 hrs.
En este caso, la forma de entrega será en un sobre cerrado, debiendo llevar el nombre del oferente y número ID de la licitación en el anverso. Esta entrega se materializará en la secretaria de la Dirección de Salud Municipal, ubicado en Patricio Lynch N° 675 Hualqui en horario de lunes a viernes desde las 8:30 hrs a 13:00 hrs.
a)Garantía Seriedad de la Oferta.
No Hay
b)Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
El proponente deberá adjuntar un instrumento financiero, por un monto de $ 924.000.- (novecientos veinticuatro mil pesos chilenos), el cual deberá ser extendido a nombre de Dirección de Salud Municipal de Hualqui, Rut. N° 69.150.601-0, pagadero a la vista, de pago rápido y efectivo, tener el carácter de irrevocable y ser tomado por el mismo oferente en una entidad financiera. El documento financiero deberá indicar en su glosa lo siguiente: “GARANTIZAR FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LICITACION ID 4457-23-LE21”.
La Dirección de Salud Municipal estará facultada para hacer efectiva la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato cuando se cumplen las infracciones descritas en el punto 20 de las presentes bases administrativas
• Atraso en el cumplimiento de los horarios
• La inasistencia del profesional a una hora de atención programa y sin aviso
• No cumplir con el envío de las nóminas y la documentación
22.- CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido; así como su personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, etc.
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Municipalidad el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
23.-SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN
Se establece, además, que el respectivo Contrato se regirá por las leyes de la República de Chile y cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurará resolverse amistosamente en el plazo que las mismas estimen. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
24.- TERMINO ANTICIPADO DEL PRESENTE CONTRATO. El contrato de Suministro de exámenes endoscópico digestivo La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurren algunas de las causales que se señala a continuación:
a) Si el adjudicatario fuere condenado en procedimiento concursal de liquidación, o presentare manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada y/o cambia de razón social
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a los suministros de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato siempre y cuando no exista una causal que la exime de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. Del mismo modo, se considerará como incumplimiento grave de las obligaciones el evento que el proveedor acumule más de 8 multas durante la ejecución del contrato.
d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
e) Por incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad establecida en las presente bases.
f) Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del respectivo contrato. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Resuelto el término anticipado del contrato, no operara indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Dirección de Salud concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas de la fecha de liquidación al contrato.
25.- PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas del mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.-El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.-El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.-El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.-El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.-El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.-El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad
de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.-El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes, asesores, agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes, en relación a las Leyes Laborales.
26.-ARTICULO FINAL
Con la sola presentación de la Oferta a la propuesta a través de Mercado Público, se entiende que el oferente conoce y acepta las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Aclaraciones a la Propuesta, Ley Nº19.886 y su Reglamento y en general, todos los antecedentes que la conforman, y no podrá alegar desconocimiento de ellas, bajo ninguna circunstancia, estando obligado a cumplirlas cabalmente, aunque en ellas no se señalen en forma tácita ni expresa en estas Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas”.
Las presentes Bases y posterior Contrato se regirán por las leyes de la República de Chile. Cualquier desacuerdo que se presente entre las partes, procurara resolverse amistosamente en el plazo que las mismas estimen. De no resultar posible el acuerdo y de así corresponder, el conflicto será sometido a los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para todos los efectos legales, judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Concepción, sometiéndose así en todo a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Concepción.
1.-LLÁMESE a Propuesta Publica a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, Chilecompra, portal www.mercadopublico.cl en los términos de políticas y condiciones del Sistema del portal.
2.-IMPUTESE el gasto que demande la aplicación del presente decreto a la cuenta 215.22.11.999.003 “RESOLUTIVIDAD” del presupuesto vigente de la Dirección de Salud Municipal.
3.- PUBLIQUESE, en el portal www.mercadopublico.cl el presente Decreto que aprueba el presente llamado a licitación pública ID 4457-23-LE21, conforme lo establecido en la Ley Nº 19.886 y Art Nº 50 de su Reglamento.
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