Licitación ID: 4459-39-LE22
ADQ. E INST. DE BALIZAS EN CRUCES PEATONALES ETAPA II
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU, Departamento de Proyectos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
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Productos o servicios
1
Señales de tránsito 1 Unidad
Cod: 46161504
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BALIZAS EN CRUCES PEATONALES, COMUNA DE PICHILEMU  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQ. E INST. DE BALIZAS EN CRUCES PEATONALES ETAPA II
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquisición de balizas peatonales a instalar en puntos a definir por la Unidad Técnica, con el objetivo de generar una alerta a los vehículos. De acuerdo a las Bases Técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU
Unidad de compra:
Departamento de Proyectos
R.U.T.:
69.091.200-7
Dirección:
Angel Gaete 365
Comuna:
Pichilemu
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-12-2022 18:00:00
Fecha de Publicación: 05-12-2022 8:25:03
Fecha inicio de preguntas: 05-12-2022 8:31:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-12-2022 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-12-2022 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-12-2022 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-01-2023 11:06:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA DESDE LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PÚBLICO, ÁNGEL GAETE 365, PISO 1, PICHILEMU 09-12-2022 14:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS a) Formato N°1. Identificación del Oferente, Persona Natural, Persona Jurídica o UTP, según corresponda. b) Formato N°2. Declaración de conocimiento y aceptación de las Bases. c) Formato N°3. Declaración Jurada Simple, Persona Natural, Persona Jurídica o UTP, según corresponda.  Si el oferente es persona natural; debe adjuntar la copia simple de la cédula de identidad (vigente). Este antecedente debe coincidir con los demás documentos y formularios presentados por el oferente.  Si el oferente es persona jurídica; debe adjuntar la copia simple de la cédula de identidad del representante legal (vigente) y fotocopia Rut de la empresa vigente conforme a Resolución Exenta N° 56 de fecha 22.06.2016, de SII. Estos antecedentes deben coincidir con los demás documentos y formularios presentados por el oferente. Además de Certificado de Vigencia en el Registro de Comercio, con no más de 30 días de antigüedad desde su emisión o su equivalente para empresas extranjeras o empresas acogidas a la Ley N° 20.659 y su reglamento.  Si el oferente es UTP (Unión temporal de proveedores); debe adjuntar el documento de UTP. Debe quedar establecido en la oferta ingresada al Portal www.mercadopublico.cl que está ofertando en Unión Temporal de Proveedores. Debe además adjuntar el documento que formaliza la UTP que debe cumplir con lo señalado para tal efecto en el Decreto N°250 que aprueba reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios (Directiva N°22 de Chilecompra).
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TÉCNICOS a) Fotocopia de Certificado de Título del profesional, del responsable y residente de las Obras (Técnico en Construcción, Ingeniero Civil, Constructor Civil, Ingeniero Constructor, Arquitecto). b) Formato N°4. Información de Mano de Obra Mensual a Contratar. El plazo para el cual se realiza la oferta de mano de obra debe coincidir con el plazo ofertado. c) Oferta Técnica. Será obligación de los oferentes señalar las características de los productos solicitados, ya sea mediante descripción simple, catálogos, fotografías, croquis u otro; el oferente deberá dar estricto cumplimiento a lo solicitado en las presentes bases y Especificaciones Técnicas que la componen.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXOS ECONÓMICOS a) Formato N°5. Oferta Económica y Plazo Ejecución. Valor total de la oferta y plazo de ejecución de la obra. Se deberá respetar el monto y plazo máximo señalados en Art. 2 de las presentes Bases. Valor Neto de su oferta debe coincidir con valor registrado en portal. b) Formato N°6. Presupuestos detallados por partida
2.- ANEXOS FÍSICOS (si corresponde) a) Garantía Seriedad de la oferta. Documento que Garantice la Seriedad de Oferta tomado en formato papel de acuerdo a lo señalado en el Art. N°6, Punto 6.1, de las presentes bases, debiendo de igual forma adjuntar copia escaneada de dicha garantía en la oferta subida al portal. b) Formato N°7. Declaración Simple de Glosa. En caso que se presente una Garantía de Seriedad de la Oferta que no le permita incorporar la glosa o bien esta no puede aparecer de la forma señalada en las presentes Bases (incompleta), de acuerdo a lo requerido en el Punto 6.1. “Seriedad de la Propuesta", deberá presentar el Formato N°8 firmado por el representante legal si el oferente es persona jurídica o UTP o por el titular si el oferente es persona natural. Dicho formulario debe acompañar la Garantía de Seriedad de la Oferta o ser adjunta en formato digital en los anexos de su oferta en el Portal www.mercadopublico.cl.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA Lo señalado en el Punto 8.4.1 de las Bases Administrativas. 50%
2 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES Lo señalado en el Punto 8.4.3 de las Bases Administrativas. 5%
3 PLAZO EJECUCION Lo señalado en el Punto 8.4.2 de las Bases Administrativas. 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: DAF
e-mail de responsable de pago: direccion.daf@pichilemu.cl
Nombre de responsable de contrato: DIRECCIÓN JURÍDICA
e-mail de responsable de contrato: direccion.juridica@pichilemu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2976942-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Pichilemu
Fecha de vencimiento: 16-01-2023
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: Lo señalado en punto 6.1 de las Bases Administrativas.
Glosa: Garantía seriedad de la oferta de la licitación “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BALIZAS EN CRUCES PEATONALES, COMUNA DE PICHILEMU, ETAPA II”
Forma y oportunidad de restitución: Lo señalado en punto 6.1 de las Bases Administrativas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Pichilemu
Fecha de vencimiento: 31-07-2023
Monto: 5 %
Descripción: Lo señalado en punto 6.3 de las Bases Administrativas. NOTA: La fecha de vencimiento será calculada a partir de la fecha de firma de contrato.
Glosa: Garantía fiel cumplimiento y buena ejecución de la obra “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BALIZAS EN CRUCES PEATONALES, COMUNA DE PICHILEMU, ETAPA II”
Forma y oportunidad de restitución: Lo señalado en punto 6.3 de las Bases Administrativas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

DESEMPATE.

En caso de que en la Tabla de Evaluación de la Licitación, resultaren  dos o mas oferentes con  igual puntaje final, se otorgará prioridad para la adjudicación a aquel oferente que obtenga el mayor puntaje en el Criterio MENOR PRECIO, de persistir el empate se otorgará prioridad para la adjudicación al oferente que obtenga el mayor puntaje en criterio MENOR PLAZO OFERTA.

               

El Mandante se reserva el derecho a desestimar Ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases, declarando inadmisible la Oferta de acuerdo al Art. 9 de la Ley N°19.886.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ADJUDICACION
ADJUDICACIÓN 9.1. La Comisión Evaluadora elaborará un informe de acuerdo a lo señalado en Art. N°40 bis del Reglamento Ley N°19.886, incorporando una Tabla de Evaluación con los puntajes obtenidos por cada Oferente en forma decreciente, el que será presentado al señor Alcalde, quien someterá dicha propuesta al acuerdo del Concejo Municipal, en caso de corresponder. 9.2. El Informe de la Comisión Evaluadora será enviado al Alcalde, quien someterá dicha adjudicación al acuerdo del Concejo Municipal de acuerdo al Art. N°65 letra j) de la ley N° 18.695,Orgánica Constitucional de Municipalidades (contrato igual o superior a 500 UTM y/o contrato excede período Alcaldicio).De lo anterior déjese establecido que En el caso de que dicha propuesta de adjudicación no sea aprobada por el Concejo, el Alcalde podrá hacer uso de las facultades que le confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo cual no significará en caso alguno, responsabilidades civiles y penales de la Ilustre Municipalidad de Pichilemu. 9.3. Aprobada la adjudicación se procederá a la dictación de Decreto Alcaldicio de adjudicación, el cual se notificará al oferente favorecido según plazo estipulado en la ficha electrónica de licitación. 9.4. En caso que el oferente adjudicado se desistiere de firmar el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato y buena ejecución de la obra en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta, omita o no acepte la Orden de Compra correspondiente o sea inhabilitado para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su reglamento, se podrá adjudicar al calificado en el 2º lugar, dejando sin efecto la adjudicación original, de acuerdo al proceso de evaluación, quien deberá cumplir con todos los requisitos para proceder a su contratación, o en su defecto al siguiente oferente que se encuentre en igualdad de condiciones y así sucesivamente. En caso de que ninguna de los oferentes cumpla con los requisitos, se llamará a un nuevo proceso público, decisión que tomará el Mandante.