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FORMA DE PAGO |
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Para la emisión de dicho pago el oferente deberá presentar la factura por el valor mensual del transporte, no se aceptará en caso alguno que el transportista emita su factura en forma anual o de otra forma que no sea mensual, esta deberá ser entregada en el Departamento de Administración de la Municipalidad de Negrete, dentro de los primeros cinco días de cada mes, correspondiente al servicio del mes anterior, adjuntando además certificación de que el servicio se cumplió satisfactoriamente emitido por la Encargada del Centro Educativo – cultural Semillita de Rihue.
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ESPECIFICACION DE LOS HORARIOS |
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El transporte para los niños en edad preescolar será de Lunes a Viernes, Jornada Completa; desde las 08:00 hrs. Hasta las 16: 30 hrs. Cabe destacar que este horario estará sujeto a modificación según sea la necesidad y se le comunicara al transportista de forma oportuna. Y comprenderán los sectores de: El Sifón, Rihue, San Gabriel, Villa las Estrellas, San Francisco, El Agro, Graneros, Pichirenaico, Población Emergencia, etc.
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el subcriterio "OFERTA ECONÓMICA”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el subcriterio “OFERTA TECNICA”.
Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el subcriterio EXPERIENCIA DEL OFERENTE, Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el subcriterio CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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CAUSALES DE TERMINO DE CONTRATO |
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El contrato suscrito, conforme a las presentes bases administrativas, quedará resuelto de pleno derecho, quedando el Municipio facultado para declarar administrativamente el término anticipado del mismo, en caso que ocurra alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre el proveedor y la Municipalidad.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, tales como: las malas condiciones del vehículo; el cambio de vehículo, sin autorización previa de la Municipalidad; y la no prestación del servicio, sin justificación previa. Lo anterior, en ningún caso será un listado taxativo.
c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público de la comuna.
e) Fallecimiento del contratista, si es persona natural; o disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica;
f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales con sus actuales trabajadores contratados;
l) En caso de cierre total y definitivo de los servicios educativos durante el periodo de vigencia contractual (superior a 60 días), el que deberá ser declarado en conformidad a las disposiciones sanitarias y/o educacionales.
j) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado.
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REDUCCION Y MODIFICACION DEL CONTRATO |
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Que, resulta relevante para la Municipalidad garantizar la efectiva entrega del servicio educacional público a los alumnos de la comuna de Negrete. Sin embargo, es un hecho público y notorio, la circunstancia de encontrarse nuestro país en estado de pandemia por el COVID-19, manteniéndose vigente la declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe, situación que ha motivado a las autoridades educacionales a decretar la suspensión de las clases y actividades presenciales en los establecimiento educacionales, según la fase sanitaria de la respectiva comuna.
Del mismo modo, resulta necesario tener presente que durante el año escolar 2020 y 2021, no han podido ser ejecutados íntegramente los servicios de transporte escolar.
En efecto, considerando las facultades conferidas por la normativa de compras públicas, refrendada por Contraloría General de la República, en cuanto a la posibilidad de reducir unilateralmente los contratos de servicios en caso en que no hayan podido ejecutarse los servicios por ocasión de la suspensión de determinadas funciones públicas, entre ellas las educacionales, se establece expresamente en las presentes bases la facultad del municipio de reducir el contrato en un porcentaje determinado del valor total licitado y de los respectivos servicios, en aquellos periodos en los cuales no se encuentre normalizado el funcionamiento del Jardín Infantil.
Para lo anterior, deberá el contratista dar cumplimiento a la fracción contratada, siempre que sea concerniente a satisfacer determinados servicios educativos, según el requerimiento de la respectiva Unidad Educativa; o en su caso, podrá ser el contrato suspendido por dicho periodo, siempre que no exceda a 60 días. En ambos casos, deberá suscribirse el respectivo anexo de contrato para determinar las especificidades convenidas; sin embargo, en caso que algunas de las partes no acepte las condiciones del singularizado anexo, dicho contrato quedará sin efecto en todos sus términos.
Una vez alzadas las restricciones decretadas por la autoridad educacional y/o sanitaria, el contrato de transporte escolar restablecerá su plena y completa vigencia, en todas sus partes.
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