Licitación ID: 4488-13-LP23
INSTALACION ELECTRICA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE NEGRETE, Departamento De Salud
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
contratista para la ejecución del proyecto “EJECUCION DE INSTALACION ELECTRICA EDIFICIO ANEXOS MUNICIPALES”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
INSTALACION ELECTRICA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
EJECUCION DE INSTALACION ELECTRICA EDIFICIO ANEXOS MUNICIPALES
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE NEGRETE
Unidad de compra:
Departamento De Salud
R.U.T.:
69.170.800-4
Dirección:
Ignacio Carrera Pinto S/N
Comuna:
Negrete
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-09-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 22-08-2023 12:17:00
Fecha inicio de preguntas: 22-08-2023 15:00:00
Fecha final de preguntas: 24-08-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-09-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-09-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-09-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-09-2023 13:31:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO 25-08-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Garantía seriedad de la oferta. Documento esencial. b) Anexo N°1 “Identificación del oferente” c) Anexo N°2“Declaración de no encontrarse inhabilitado para suscribir contratos con la Municipalidad de Negrete y aceptación de bases”
Documentos Técnicos
1.- a) Anexo N°3 “Declaración de Experiencia” y sus respectivos documentos de respaldo. b) Anexo N°4 “Materias de Alto Impacto Social” y sus documentos de respaldo. c) Propuesta Técnica (documento de elaboración del oferente), la que podrá considerar mejoras según los antecedentes técnicos entregados.
 
Documentos Económicos
1.- a) Anexo N°5 “Oferta Económica”. Documento Esencial. b) Anexo N°6 “Presupuesto detallado”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
No hay información de requisitos para persona jurídica

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACION ECONOMICA (impuestos incluidos) que el oferente indique en el Anexo N°5“Oferta Económica”. Para proceder a la evaluación se analizará el mínimo costo, para lo cual se determinará la oferta económica más baja y se aplicará la siguiente regla: Puntaje=(oferta mas baja)/(oferta a calificar) X 100 OE=Puntaje x 0,30 30%
2 EXPERIENCIA En este criterio se evaluará la experiencia de la oferente, declarada en el Anexo N°3 “Declaración de Experiencia”, en razón del monto total de contratos celebrados en instalaciones eléctricas de edificios públicos o privados a partir del 01 de enero de 2018. El oferente deberá indicar en el Anexo Nº3 “Declaración de Experiencia del Oferente”, el mandante, la fecha del contrato y el monto. Para acreditar la experiencia el oferente debe acompañar certificado del mandante, contrato, facturas y/o órdenes de compra. De los antecedentes acompañados se debe acreditar inequívocamente que se cumple con todas las exigencias necesarias para atribuir puntaje. La atribución de puntaje se realizará sumando las experiencias que cumplen con los requisitos exigidos, conforme a la siguiente tabla: Monto total de la experiencia acreditada Puntaje $100.000.000.- o más 100 Entre $75.000.000 y 99.999.999 - 75 Entre $50.000.000 y $74.999.999.- 50 Entre $25.000.000 y $49.999.999.- 25 $0 a $25.000.000 0 EX= 40%
3 MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL Las materias de alto impacto social ofertadas deben estar contenidas en el Anexo N° 5 “Materias De Alto Impacto Social” Se evaluará si el oferente dispone de políticas de alto impacto social y se compromete a mantenerlas si resulta adjudicado. El puntaje obtenido en este criterio de evaluación corresponderá al 15% del puntaje total del oferente. A continuación, se señalan las políticas que se consideran en las presentes bases y la forma de verificación. N° Ítem Medio de verificación 1 El oferente dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad. a. Contrato de trabajo de carácter indefinido de a lo menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses, anteriores a la fecha del cierre de la licitación, b. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN y c. Firma del trabajador autorizando el uso de la información para ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl 2 El oferente dispo 20%
4 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES Se evaluará el cumplimiento de los requisitos de forma de presentación de la oferta, conforme a la siguiente tabla de atribución de puntaje: Forma de presentación de la oferta Puntaje Al oferente no se le solicita, a través de foro inverso, la rectificación o algún documento omitido en la presentación. 100 Al oferente se le solicita, a través de foro inverso, la rectificación o algún documento omitido en la presentación. 0 CR=Puntaje x 0,05 Puntaje final. Una vez realizada la evaluación e, se procederá a determinar el puntaje final. PUNTAJE FINAL=OE+EX+MAIS+CR 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO
Monto Total Estimado: 65000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: YESICA CARCAMO LAGOS
e-mail de responsable de pago: YCARCAMOLAGOS@GMAIL.COM
Nombre de responsable de contrato: BASTIAN ROA GUTIERREZ
e-mail de responsable de contrato: ADQUISICIONESALUDNEGRETE@GMAIL.COM
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2551707-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE NEGRETE
Fecha de vencimiento: 23-10-2023
Monto: 1500000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán presentar una Garantía de Seriedad consistente en un documento pagadero a la vista, a primer requerimiento e irrevocable
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta Licitación Pública “EJECUCION DE INSTALACION ELECTRICA EDIFICIO ANEXOS MUNICIPALES”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta se devolverá dentro de los 10 días hábiles siguientes a la formalización del contrato con el adjudicatario de la licitación, en consideración a una eventual readjudicación. Para estos efectos el oferente deberá solicitar la devolución por escrito, a través de la Oficina de Partes.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE NEGRETE
Fecha de vencimiento: 22-11-2023
Monto: 10 %
Descripción: La caución deberá ser entregada en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Negrete, ubicada en el Alberto Möller N°293, Negrete, dentro de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl. La no entrega del documento en el plazo establecido, facultará a la Municipalidad para hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y readjudicar al siguiente oferente mejor calificado.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la Licitación “EJECUCION DE INSTALACION ELECTRICA EDIFICIO ANEXOS MUNICIPALES
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato sólo podrá devolverse al contratista, una vez que tenga lugar la entrega de la garantía de correcta ejecución de la obra.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE NEGRETE
Fecha de vencimiento: 22-08-2024
Monto: 10 %
Descripción: El contratista, con posterioridad a la Recepción Provisoria de las Obras por parte de la Comisión Receptora del Municipio, deberá presentar una garantía de correcta ejecución y calidad de las obras, consistente en un documento pagadero a la vista, de carácter irrevocable y sin requerimiento de aviso previo
Glosa: Para garantizar la correcta ejecución de la obra “EJECUCION DE INSTALACION ELECTRICA EDIFICIO ANEXOS MUNICIPALES
Forma y oportunidad de restitución: La respectiva garantía de correcta ejecución y calidad de las obras sólo podrá devolverse al contratista, una vez que tenga lugar la Recepción Definitiva de las obras, sin observaciones
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 del Decreto N.º 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación. Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas para dar respuesta a las solicitudes de la Municipalidad.

Asimismo, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones inmutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, asignándoles el menor puntaje según se indica en los criterios de evaluación.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ADJUDICACION
La adjudicación de la licitación se hará mediante el respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal www.mercadopublico.cl en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal. Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del plazo establecido en las Bases Administrativas, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación o se desistiera de firmar el contrato o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del mismo, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
Todos los integrantes deben encontrase hábiles en ChileProveedores. a) Copia de la cédula de identidad de las personas naturales o RUT de las personas jurídicas integrantes de la unión temporal, distinguiendo si éstas son personas naturales o personas jurídicas. b) Deberá acompañar la copia de la cédula de identidad de quien sea el representante o apoderado común de la unión temporal de proveedores. c) Documento que dé cuenta del acuerdo según lo dispone el artículo 67 bis del Reglamento, y se designe en él al representante o apoderado común. Si resultase adjudicada una unión temporal de proveedores, conforme a lo prescrito en el artículo 67 bis del Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, el acuerdo que formalice dicha unión deberá considerar que todos los integrantes son solidariamente responsables en todas las obligaciones que hey emanan del contrato En todo caso, el adjudicatario deberá presentar al ITO, además, en el plazo que este determine: a) La Carta Gantt, que no puede exceder el plazo de ejecución del contrato, esto es, 90 días corridos. El ITO deberá prestar su aprobación a la Carta Gantt, para proceder a la suscripción del contrato. b) Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c) Antecedentes del residente de obra y experto en prevención de riesgos
SUBCONTRATACION
El contratista podrá subcontratar obras específicas a ejecutar, siempre que sea autorizado por escrito por el Municipio. Para efectos de la subcontratación, el contratista deberá presentar una solicitud fundada y acompañar los antecedentes del subcontratista, que pretende contratar. El subcontratista deberá estar habilitado para contratar con Estado. Respecto de esta solicitud el Municipio se pronunciará aceptándola o rechazándola. En el caso que se autorice, el contratista será responsable del cumplimiento de todas las obligaciones contraídas en virtud de este proceso licitatorio por parte del subcontratista. Si durante el desarrollo del contrato se determinare que el contratista tiene subcontratos no autorizados, el Municipio podrá poner término anticipado al contrato, sin que el contratista tenga derecho a indemnización de ninguna especie. El contratista será responsable de todas las obligaciones contraídas con el Municipio, como asimismo del pago de todas las obligaciones laborales y previsionales que el subcontratista no efectúe respecto de los trabajadores que se hubieren desempeñado en la ejecución de las obras. La subcontratación no podrá significar en caso alguno la cesión o transferencia de las obligaciones que asume el contratista.
PROHIBICION DE CESION DE CONTRATO
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCION
El plazo de vigencia del contrato que se celebre comenzará una vez notificado el decreto que lo aprueba hasta la liquidación de éste. El plazo de ejecución de las obras no podrá superar los 90 días corridos la cual se ejecutará fuera del horario laboral de las oficinas en cuestión, en los horarios entregados por la contraparte técnica. Al momento de iniciar la ejecución, se deberá levantar el acta e indicar en el Libro de Obras, la fecha de inicio y el plazo para la obtención de las recepciones correspondientes. Procederá la suspensión de los plazos en los siguientes casos: a) En aquellos casos en que el contratista sea autorizado por el Municipio, para lo cual deberá presentar una solicitud fundada de la necesidad de suspender la obra debido a alguna circunstancia que afecte la ruta crítica de la ejecución de las obras, de manera que éstas deban paralizarse en su totalidad. b) En aquellos casos que digan directa relación con disposiciones de las autoridades por la pandemia provocada por Covid-19. En estos casos no se contabilizará dentro del plazo total de la ejecución de la obra, el tiempo que se ha autorizado la suspensión. De toda suspensión en la ejecución de las obras, se debe dejar constancia en el Libro de Obra indicando la fecha, motivo y, en el caso que se encuentre determinada, la fecha de reanudación de la obra. La reprogramación de las obras deberá ser aprobada por el ITO. Terminada la ejecución de las obras, se procederá a la Recepción Provisoria de la misma, en conformidad a lo establecido a las bases técnicas. El plazo para la Recepción Definitiva de las obras es de 12 meses, contado desde la Recepción Provisoria, sin observaciones.
TIPO DE CONTRATO
El contrato es a suma alzada. La contratación será en pesos, sin reajustes ni intereses, impuestos incluidos. En consecuencia, el monto es un precio total, fijo, obligatorio e invariable a cambio de la ejecución de la totalidad de las obras encomendadas. Esto implica que las cantidades requeridas, se entienden inamovibles y son de exclusiva responsabilidad del contratista las cubicaciones que realice, asumiendo aquel las diferencias que pudieran existir y con ello la contingencia de ganancia o pérdida del contrato. La suma alzada conllevará todo costo necesario para la correcta ejecución de las obras, cumplimiento íntegro del contrato y las utilidades del contratista.
ESTADOS DE PAGO
La recepción conforme se realizará por el Inspector Técnico de Obra (ITO) quien deberá verificar que el contratista haya ejecutado las obras cumpliendo con lo establecido en las bases técnicas, lo ofertado y el contrato. La Inspección Técnica, para cada estado de pago deberá emitir un informe de avance de las obras, incluyendo los hitos más relevantes.
PAGO
Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa la institución que paga y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de las obligaciones cumplidas por el contratista. No se procederá al pago íntegro de la factura a la empresa de factoring en caso de que existieran multas pendientes de cumplimiento por parte del contratista. El contratista deberá notificar por escrito, dentro de las 48 horas siguientes de realizada la cesión, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura, sin perjuicio de los medios establecidos por el SII para conocer la cesión. Por tratarse de un contrato a suma alzada se emitirá una sola orden de compra por la totalidad del monto, la que deberá ser aceptada por el contratista en el plazo que el ITO solicite.
MULTAS
El respectivo inspector técnico, mediante informe fundado, comunicará al Director del Departamento de Salud, la eventual infracción cometida por el contratista, indicando la procedencia o no de aplicación de multas por incumplimiento del contrato. El director analizará los antecedentes remitidos, debiendo resolver si procede la aplicación de multas. Se notificará personalmente o por carta certificada al contratista dicha circunstancia, indicando los hechos que originan la multa y su monto y de ello quedará constancia en el respectivo libro de obra. Si existiesen estados de pago pendientes, el monto de la multa podrá ser retenida precautoriamente del egreso de dichos estados de pago. De la aplicación de la multa, el contratista podrá interponer recurso de reposición ante el mismo Director que la cursó y, en subsidio, el recurso jerárquico ante el Alcalde o, solamente este último. En la acción de impugnación presentará sus descargos y acompañará todos los antecedentes que acrediten fehacientemente, que no le ha cabido responsabilidad en los hechos que originan la aplicación de la multan o la atenúan. Los recursos deberán ser presentados en la Oficina de Partes, en sus horarios de funcionamiento, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la aplicación de la multa. La resolución que recaiga sobre el recurso de reposición y/o el recurso jerárquico, en su caso, será notificado por carta certificada. En caso de que el o los recursos sean acogidos total o parcialmente, se ordenará la devolución de las retenciones precautorias si existiesen en el monto que corresponda. Las notificaciones a que se refiere este procedimiento se practicarán en conformidad a los artículos 46 y 47 de la Ley Nº 19.880.
CAUSALES TERMINO CONTRATO
Sin perjuicio de lo señalado en los artículos 13 de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y el artículo 77 del Decreto Nº250 que aprueba su Reglamento, se podrá terminar anticipadamente un contrato: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. c) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. d) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se entenderá que el contratista incumple gravemente sus obligaciones si:  Acumula el 5% del monto total del contrato en multas ejecutoriadas, durante la ejecución del contrato.  Ha subcontratado sin autorización del Municipio.  No comienza la ejecución de la obra dentro del plazo de 5 días corridos contados desde la fecha del Acta de Entrega de Terreno, sin causa justificada.  Suspende por 5 días corridos las obras, sin autorización del ITO.  No ha efectuado la remoción y reemplazo de materiales, en el plazo indicado por la Inspección Técnica, en el Libro de Obras o por cualquier otro medio oficial.  Si existe riesgo de la correcta ejecución de la obra, lo que consta en un informe fundado de la Inspección Técnica, que da cuenta de la transgresión de una o más obligaciones contenidas en las presentes bases de licitación.  Acompañe o presente al Municipio documentos falsificados o adulterados.
LIQUIDACION Y FINIQUITO CONTRACTUAL
Sin perjuicio de lo señalado en los artículos 13 de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y el artículo 77 del Decreto Nº250 que aprueba su Reglamento, se podrá terminar anticipadamente un contrato: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. c) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores. d) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista. Se entenderá que el contratista incumple gravemente sus obligaciones si:  Acumula el 5% del monto total del contrato en multas ejecutoriadas, durante la ejecución del contrato.  Ha subcontratado sin autorización del Municipio.  No comienza la ejecución de la obra dentro del plazo de 5 días corridos contados desde la fecha del Acta de Entrega de Terreno, sin causa justificada.  Suspende por 5 días corridos las obras, sin autorización del ITO.  No ha efectuado la remoción y reemplazo de materiales, en el plazo indicado por la Inspección Técnica, en el Libro de Obras o por cualquier otro medio oficial.  Si existe riesgo de la correcta ejecución de la obra, lo que consta en un informe fundado de la Inspección Técnica, que da cuenta de la transgresión de una o más obligaciones contenidas en las presentes bases de licitación.  Acompañe o presente al Municipio documentos falsificados o adulterados.
PROFESIONALES REQUERIDOS
El contratista deberá considerar el personal idóneo para el desarrollo y coordinación del proyecto objeto de esta licitación. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista deberá contar un residente de la obra y un experto en prevención de riesgos. El contratista deberá proporcionar, dentro de los documentos necesarios para la redacción del contrato, los antecedentes del residente de obra y el experto en prevención de riesgos al ITO, quien deberá aprobarlo antes de levantar el Acta de Entrega de Terreno. El contratista deberá informar dentro de los 5 días corridos siguientes al Acta de Entrega de Terreno, el resto de los profesionales y trabajadores de la obra acompañando el currículum vitae y certificados respectivos, acreditando el cumplimiento de las obligaciones contraídas en su oferta, si procediere. Los profesionales no pueden ejercer más de un rol en la obra y el residente de la obra tendrá el carácter de exclusivo no pudiendo desempeñarse en la misma labor en ninguna otra clase de obra.
RESIDENTE DE OBRAS
El contratista deberá asignar en forma permanente un profesional residente de obra Este profesional tendrá la responsabilidad técnica y administrativa de la ejecución de las obras. Sin perjuicio de lo anterior las funciones administrativas pueden compartirse o asignarse a personal de apoyo al residente. El residente de obra deberá poseer un título de arquitecto, constructor civil, ingeniero en construcción, ingeniero civil en obras civiles, Ingeniero Eléctrico. El profesional debe contar con una experiencia mínima de 3 años y con los conocimientos técnicos necesarios para velar por la adecuada ejecución de la obra.
CAMBIO PROFESIONALES
En caso de que el contratista requiera del cambio del residente de obra residente de la obra, el experto en prevención de riesgos y/o el encargado de calidad, deberá presentar una solicitud escrita al ITO, acompañando los antecedentes que acrediten que el profesional propuesto cumple con las exigencias de las bases. El ITO se pronunciará por escrito aceptando o rechazando la solicitud. La Municipalidad estará facultada para solicitar el cambio de cualquiera de estos profesionales, a requerimiento escrito y fundado del ITO.
INSPECCION TECNICA
El Municipio designará uno o más funcionarios Municipales, que se hará cargo de la Inspección Técnica de la Obra. Son funciones de la Inspección Técnica de la Obra: a) Llevar el control del cumplimiento del contrato de acuerdo con la programación del proyecto. b) Realizar las labores administrativas del contrato. c) Hacer cumplir todo lo establecido en las bases administrativas, especificaciones técnicas, planos y demás documentos técnicos que integran el expediente completo de los antecedentes necesarios para la ejecución de las obras, según los plazos previstos. d) Velar porque la obra se ejecute con materiales de calidad definida y de acuerdo a las normas y reglamentos vigentes. e) Dentro de la etapa previa al inicio de las obras el ITO debe gestionar con la empresa adjudicada los documentos necesarios para la redacción del respectivo contrato. f) Participar activamente durante la vigencia del mismo, de las reuniones y visitas a terreno. g) Velar porque la obra se ejecute según los plazos previstos, con materiales de la calidad definida y con una ejecución e instalación ajustada al contrato, normas y reglamentos vigentes. h) Realizar el control técnico de las construcciones encargadas.
PROGRAMACION DE OBRAS
18.1. Horarios de Trabajo. Las obras se ejecutarán después que las dependencias no están siendo ocupadas por los funcionarios. 18.2. Carta Gantt. El contratista deberá entregar la programación detallada contenida en una carta Gantt de obras. Sin perjuicio de lo anterior, el programa de obras deberá ser actualizado y entregado en formato digital al ITO por el adjudicado antes de la suscripción del contrato, el cual debe venir impreso a escala suficiente que permita su correcta legibilidad y deberá estar dispuesto en uno de los muros de la oficina de obra, donde se reflejará el diagrama de trayectoria crítica. La programación de obras debe mantenerse actualizada. 18.3. Modificación del programa de trabajo Cuando circunstancias especiales lo aconsejen, se podrá modificar el programa de trabajo (Carta Gantt). Si la modificación implica un aumento de plazo, deberá ser autorizada por la ITO de la Obra.
CALIDAD DE LOS MATERIALES
Los certificados de calidad de los materiales deben ser entregados y aprobados por el ITO, una vez que lleguen a la obra, de forma previa a su instalación. La totalidad de los materiales debe ajustarse estrictamente a las normas y ensayes concebidos para cada uno de ellos. Todos los materiales deberán ser de primera calidad, nuevos, respetando las exigencias técnicas propias de cada uno de ellos, de acuerdo a las EETT del proyecto. Todos los materiales los proporcionará el contratista. Su provisión y empleo deberá ajustarse a las normas consignadas para cada uno de ellos y las especificaciones del fabricante y/o proveedor. El ITO podrá solicitar antecedentes y certificaciones que respalden la calidad de los mismos y el tipo de trabajo efectuado. Cualquier material que sea retirado de un sector no podrá ser reutilizado; de detectarse estos procedimientos el contratista será obligado a retirarlo a la brevedad y reemplazarlos por material nuevo. No obstante, si durante el período de la construcción o durante el plazo de garantía de la correcta ejecución de la obra, se comprobare que el material aceptado por el ITO ha resultado deficiente en el hecho, el contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstruir por su cuenta y a su costa la obra en que fue empleado. La corroboración de la calidad de los materiales será definida por los resultados de los distintos ensayos de laboratorios referidos a rellenos y hormigones que deberá tramitar y presentar el contratista. Cuando se trate de equipos técnicos, herramientas o maquinarias, deberá además incluir los requerimientos, empresas autorizadas y costos de las mantenciones asociadas.
SEGURIDAD
El contratista, deberá tomar todas las medidas necesarias para no provocar accidentes y/o daños a trabajadores, personas ajenas a las obras, o bienes de dominio público o privado y/o del espacio público por cualquier daño que los trabajos puedan ocasionar, como así mismo respecto del personal propio que trabajará para este servicio. El contratista deberá considerar todas las medidas de seguridad tanto para el personal como para las instalaciones, durante el desarrollo de la obra. El contratista deberá cumplir con toda la legislación vigente respecto de Seguridad e Higiene Industrial.
EJECUCION Y OBRAS
El contratista, deberá tomar todas las medidas necesarias para no provocar accidentes y/o daños a trabajadores, personas ajenas a las obras, o bienes de dominio público o privado y/o del espacio público por cualquier daño que los trabajos puedan ocasionar, como así mismo respecto del personal propio que trabajará para este servicio. El contratista deberá considerar todas las medidas de seguridad tanto para el personal como para las instalaciones, durante el desarrollo de la obra. El contratista deberá cumplir con toda la legislación vigente respecto de Seguridad e Higiene Industrial.
ENTREGA DE TERRENO
Una vez emitido el decreto que aprueba el contrato, el ITO municipal, comunicará al contratista el día en que se hará la entrega del terreno. De la entrega, se dejará constancia en un acta. El plazo de ejecución de la obra se contará a partir del día de la entrega del terreno. La demora por más de 5 días corridos en la iniciación de los trabajos o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure otro tanto y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante la ITO, dará derecho al Municipio para dar término anticipado al contrato.
INSTALACION DE FAENAS
El contratista deberá tramitar el permiso correspondiente a la instalación de faenas, y de ser necesario de las demás obras preliminares conforme a lo señalado precedentemente. Para la instalación de faenas se deberá tomar como referencia lo indicado en el plano de entrega de terreno. El contratista deberá tomar todas las medidas necesarias para cautelar la seguridad de los transeúntes y del personal de la obra, mediante cierros, cuidadores y toda otra acción pertinente para lograr el objetivo. El ITO está facultado para hacer requerimientos especiales para la correcta ejecución de las funciones de la obra
RECEPCION DE OBRAS PROVISORIA
El contratista debe presentar la solicitud de Recepción Provisoria de las obras al ITO por escrito, mediante anotación en el libro de obras respectivo, dentro del plazo de ejecución de la obra. El ITO verificará en terreno el fiel cumplimiento de los planos, especificaciones y demás condiciones del contrato. El ITO determinará en el Libro de Obra la fecha en la que el contratista puso término a ésta. El contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes a su solicitud: a) El certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para todo el periodo que abarcó la ejecución de la obra, acreditando que no existen reclamos pendientes relativos a esta obra. Este documento también será exigible para los subcontratistas. b) Ficha técnica de materiales, manuales, planes de mantención, controles y todo requerimiento establecido para este propósito por el ITO del contrato, en lo pertinente. c) Planos As Built firmados por lo profesionales competentes, tres copias por cada documento. d) En general, todos los antecedentes que el ITO estime procedentes para completar los anteriores y que serán pre - requisito para efectuar la recepción Posteriormente, el ITO solicitará la constitución de la Comisión Receptora. Una vez constituida, podrá pronunciarse de acuerdo con los escenarios que a continuación se señalan.
OBRA NO TERMINADA Y RECHAZADA POR LA COMISION
Si de la inspección de la obra que haga la Comisión Receptora resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad con las Bases y Especificaciones Técnicas y afecten a la obra, la Comisión no dará curso a la Recepción Provisoria y fijará un plazo definido para que el contratista ejecute a su costa los trabajos o reparaciones que ella determine. Si transcurrido dicho plazo definido el contratista no ha finalizado el proceso de subsanación de observaciones, la ITO podrá cursar multa por día de atraso. En ningún caso el contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a reconstruirlos bajo pretexto de haber sido aceptados por la ITO. Si el contratista no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro de un plazo que fije la Comisión Receptora de acuerdo a la cantidad de obras pendientes, el Municipio podrá llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del contratista. Lo anterior, sin perjuicio del cobro de multas que hubiere lugar, de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento. Una vez subsanados los defectos observados por la comisión, ésta deberá efectuar la Recepción Provisoria, estimándose como fecha de término de las obras, la fecha de esta recepción final efectiva.
RECEPCION CON OBSERVACIONES
Cuando los defectos que se observen no afecten la eficiente utilización de la obra y puedan ser remediados fácilmente, la Comisión Receptora procederá a recibirla con reservas que especifique en un Acta de Recepción Provisoria municipal con observaciones, el mismo día en que se ha reunido. Al mismo tiempo la Comisión Receptora fijará al contratista un plazo perentorio, no mayor a 60 días corridos, contados desde la fecha en que se ha reunido por primera vez la Comisión Receptora, para que éste efectúe las reparaciones indicadas y podrá autorizar el uso inmediato de la obra. Una vez vencido el plazo, la Comisión receptora deberá constituirse nuevamente para constatar la ejecución de las reparaciones y levantar un Acta de Recepción Provisoria, sin observaciones, fijándose como fecha de término de las obras, la fecha en que se hayan resuelto las observaciones. En el caso que el contratista no haya dado cumplimiento a las reparaciones indicadas, éstas podrán ser ejecutadas por el municipio con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
RECEPCION PROVISORIA SIN OBSERVACIONES
En caso de no existir observaciones, o existiendo, éstas hayan sido subsanadas, se levantará un Acta de Recepción Provisoria, sin observaciones, se dará por finalizada la ejecución de las obras y se deberán ingresar las garantías de correcta ejecución, una vez ingresadas, se podrá autorizar la devolución de las garantías de fiel cumplimiento de las obras o del saldo, en su caso. De lo señalado precedentemente se levantará un acta, la que deberá ser firmada por el contratista y por los funcionarios de la comisión de recepción.
RECEPCION DEFINITIVA
Previo el plazo de 12 meses desde la Recepción Provisoria sin observaciones, la Comisión verificará el estado de obras ejecutadas no presenten observaciones durante el período antes señalado. La reparación o sustitución de las fallas, deterioros o daños provocados a las instalaciones que sean responsabilidad del contratista, serán de su cargo y deberán realizarse dentro del plazo que la Comisión determine, de acuerdo con la magnitud de la reparación o sustitución. Aquellos hechos que no tengan ninguna relación con la calidad de las obras ejecutadas no serán responsabilidad del contratista. Si vencido el plazo concedido para la subsanación de las observaciones emitidas por la Comisión el contratista no hiciera oportunamente las reparaciones y cambios que se indicaron, o sólo los hizo parcialmente, procederá el cobro de la garantía. Verificado lo anterior, la Comisión levantará el "Acta de Recepción Definitiva Sin Observaciones", procediendo la devolución de la Garantía por correcta ejecución de las obras.