ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS |
a) Anexo N° 1 “Identificación del oferente”
b) Anexo N°2 “Declaración de no encontrarse inhabilitado para suscribir contratos con la Municipalidad de Negrete y aceptación de bases”
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ANTECEDENTES ECONOMICOS |
Anexo N° 5“Oferta Económica”. Documento Esencial.
Para ser considerados en el proceso de evaluación los documentos deben ser legibles, completos, extendidos a nombre del oferente y debidamente suscritos, cuando corresponda. Sin embargo, la Comisión Evaluadora podrá considerar estos documentos, siempre que esta dificultad formal no afecte la evaluación de los antecedentes y que de ellos se desprenda la exigencia del criterio evaluado. Los documentos deben haber sido extendidos en español o debe acompañarse una traducción simple del mismo.
No se considerarán para el proceso de evaluación aquellos antecedentes que no cumplan con la vigencia exigida en las presentes bases sobre la fecha de emisión del documento.
Los documentos que el oferente ingrese al portal deben ser en formato digital de uso universal, como formato JPG, PDF u otro.
Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
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ANTECEDENTES TECNICOS |
a) Anexo N° 3 “Plazo de Entrega”
b) Anexo N° 4 “Experiencia
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
La Municipalidad de Negrete realizará la apertura de las ofertas en una etapa de acuerdo con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 34 del Reglamento de la Ley N°19.886. En consecuencia, en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la económica.
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DEL RECHASO INADMISIBLE DE LAS OFERTAS |
Serán rechazadas aquellas ofertas que no acompañen los siguientes documentos:
a) Garantía de seriedad de la oferta.
b) Anexo N° 5“Oferta Económica”.
Serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que excedan el presupuesto máximo disponible para la presente licitación.
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CRITERIOS DE DESEMPATE |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO DE ENTREGA DE MATERIALES”.
Si, aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio EXPERIENCIA
Finalmente, si, pese a lo anterior, aún persiste el mismo, se preferirá la primera oferta ingresada en el portal Mercado Público
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ADJUDICACION |
La adjudicación de la licitación se hará mediante el respectivo acto administrativo municipal, y se publicará en el portal www.mercadopublico.cl en la fecha indicada en el calendario de la licitación, entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el referido Portal.
Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del plazo establecido en las Bases Administrativas, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En el evento que el adjudicatario rechazare la adjudicación o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción del mismo, la Municipalidad podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a 60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original
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TIPO DE CONTRATO |
El contrato es de precio unitario, la contratación será en pesos, sin reajustes, ni intereses, impuestos incluidos
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
La vigencia del contrato será de 12 meses a contar de la fecha del decreto que aprueba el contrato, con posibilidad de renovación por igual periodo, por única vez.
La posible renovación de contrato se fundamentaría por razones de buen servicio manteniendo la continuidad en el suministro de materiales de librería y materiales de oficina con el fin de atender de manera inmediata las carencias que presenten las distintas unidades del Depto. De Salud Municipal, además, el ahorro en costo administrativo, recursos, materiales y tecnología.
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PRORROGA DEL CONTRATO |
La prórroga del contrato, deberá ser analizada por la Dirección del Depto. De Salud Municipal, previa presentación de un informe de la unidad técnica encargada de coordinar la materia objeto de la presente licitación pública para su proposición al Alcalde
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CESION O TRANSFERENCIA DEL CONTRATO |
La Municipalidad de Negrete Depto. De Salud, señala que el proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la sesión de derechos y obligaciones. Lo anterior es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanan de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, todo esto de acuerdo a lo citado en el art. 74 del reglamento de la Ley 19.886; de compras públicas. -
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MODIFICACIONES DE CONTRATOS |
El contrato que se origine de la presente propuesta publica podrá ser modificado en cuanto a toda materia que no vulnere el principio de igualdad de los oferentes, con acuerdo entre las partes, previo informe favorable de la Dirección del Establecimiento.
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OPERATORIA DE CONTRATO |
Para la Adquisición de los material de librería, el Depto. de Salud emitirá una solicitud de Pedido de Materiales, la que será autorizada por el Encargado de Adquisiciones, Se generará una orden de compra mensual para que el oferente adjudicado pueda facturar los materiales adquiridos durante ese período, los que estarán respaldados con las Solicitudes de pedido.
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PLAZO DE ENTREGA DE LOS MATERIALES |
El proponente favorecido tendrá que entregar los productos a la brevedad posible, en el plazo indicado en la oferta. La entrega se realizará en las dependencias de la Municipalidad de Negrete, ubicada Ignacio Carrera Pinto S/N°, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 hrs. Incluyendo la descarga de los productos, previa coordinación con el Encargado de Adquisiciones.
El plazo de entrega debe tener un plazo no superior a 72 horas desde la fecha de emitido el pedido de materiales correspondiente
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PRODUCTOS NO CONCIDERADOS |
Por la naturaleza del servicio a contratar, es probable que se presenten situaciones no previstas dentro del detalle establecido en Anexo 5. Estas situaciones, en el evento que el valor del producto no exceda de las 30 utm, se resolverán de manera fluida y eficiente al precio acordado y según las características del mismo. El proveedor adjudicado presentara una cotización del producto requerido (NO PREVISTO). Los artículos o materiales del Anexo Económico sirven como referencia para la evaluación y son los más recurrentes. No obstante, durante la ejecución del contrato se adquieren otros artículos no especificados en el anexo económico, se deberá contar con la autorización del Encargado de Adquisiciones, El cual deberá revisar que los valores estén de acuerdo a los precios de mercado.
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MULTAS POR INCLUPLIMIENTO |
EL Proveedor adjudicado podrá ser sancionado con una multa de hasta el 1% del valor total del suministro, por cada día de incumplimiento en el plazo de entrega, multa aplicada que será descontada en el pago de la factura emitida, posterior a la orden de compra, dejando las constancias de rigor en el acto administrativo respectivo. No se aceptarán notas de crédito.
A su vez el proveedor adjudicado, podrá realizar apelaciones solo por una vez, señalando las razones y motivos por el retraso en la entrega de los productos, señalando la justificación respectiva, adjuntando los antecedentes fidedignos que este estime conveniente, cuyos documentos serán revisados por el jefe o encargado de la unidad, quien evaluará si procede o no la justificación entregada como medio de prueba por el proveedor, debiendo informar por escrito la decisión tomada al mandante.-
La aplicación de Multa será por resolución o decreto.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. –
Los eventos causantes de multas son los siguientes:
Situaciones Concepto Determinación de la Multa
Atraso en la fecha de
Entrega de los productos 3 UF por cada día de atraso. Con un tope máximo de 5 días; pasados los cuales se procederá a terminar el contrato. Atraso en la entrega según fecha establecida por las bases técnicas.
No provisión de algún producto 3 UF por cada producto no provisto. Con tope de 5 días máximo de entrega para completar el total. Producto no se presenta en el momento de la entrega del total solicitado. Y cada día de atraso por su entrega se aplicará multa anterior.
Insatisfacción con 1 o más productos provistos 1 UF por cada producto que no satisfaga lo solicitado en bases técnicas. Cuando uno o más productos si bien están provistos, éstos no cumplen con lo solicitado en las bases técnicas.
Cambio de productos respecto de la oferta presentada Incumplimiento grave. No afecto a multas Procederá el término anticipado del contrato.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La Municipalidad de Negrete podrá poner término administrativamente y en forma anticipada a LA RELACION CONTRATUAL, sin derecho a indemnización por perjuicios; y sin perjuicio del cobro de multas, en los siguientes casos:
• Si el proveedor o alguno de los socios de la empresa adjudicada fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o el gerente;
• Según La Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
• Si el proveedor no concurriere, dentro del plazo establecido en el presente contrato a la entrega de los materiales;
• Cuando la Municipalidad de Negrete Depto. De Salud, de común acuerdo con el proveedor, resuelve cancelar anticipadamente la orden de compra.
• Disolución de la empresa adjudicada y no tuviese continuador legal, o muerte del representante;
• Si así lo determina un órgano jurisdiccional o de control competente;
• Por incumplimiento reiterados .
• Otra deficiencia en la prestación de servicios calificada justificadamente por la I. Municipalidad Depto. De Salud. –
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. –
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