CRITERIOS DE EVALUACION |
Los criterios de evaluación utilizados se establecen en conformidad a lo dispuesto en la Ley 19.8865 y su Reglamento. A cada uno de ellos se le asigna un puntaje que refleja y permite obtener un puntaje ponderado y/o directo y cuya integración permite tener un puntaje final por oferta comparado en igualdad de condiciones, su conveniencia técnico-económica con respecto de las otras ofertas.
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CRITERIOS DE DESEMPATE |
Se considerará en primer lugar el que obtuviere mejor puntuación en el criterio Precio, seguido por Oferta Técnica y tercer lugar Plazos de entrega
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ADJUDICACION |
El resultado de la adjudicación será confirmado a través del sistema de información www.mercadopublico.cl , de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema.
La comisión evaluadora de propuesta, en su resultado podrá proponer al Alcalde, la adjudicación total o parcial por línea de licitación a uno u otro oferente, de acuerdo a los intereses del Depto. De Salud Municipal.
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READJUDICACION |
Se realizará readjudicación en caso en que el proveedor adjudicado en primera instancia no cumpla con el despacho dentro de los plazos establecidos en la orden de compra o por falta de stock o cualquier tipo de inconveniente o que su oferta sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la ley n° 19886 y su reglamento. Se adjudicará al oferente que le siga en el puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente
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CONSIDERACIONES GENERALES |
Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las presentes bases se consideran mínimas.
El municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes bases.
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ENTREGA |
El proveedor deberá entregar en el plazo máximo de 10 días hábiles corridos(lunes a sábado), directamente al Cesfam Yanequen Negrete ubicado en calle Ignacio Carrera Pinto s/N Comuna de Negrete. El costo de entrega y transporte será de cargo del proveedor
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MULTAS Y SANCIONES |
22.1 El proveedor deberá cumplir cabalmente con el plazo señalado en su oferta. En caso de incumplimientos de las obligaciones que impliquen retraso no deseado, la Unidad técnica emitirá informes y notificará la infracción detectada y propondrá la aplicación de las multas que correspondan.
22.2 La aplicación de multa será administrativamente, sin forma de juicio y será descontada de su facturación respectiva.
22.3 Oferente que incumpliere los plazos de entrega como la reposición de las mismas se aplicará una multa de 10% del total de su oferta, por cada día de atraso en la entrega de estas
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APELACION A SANCIONES Y/O MULTAS |
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida a la Directora de la Dirección de Salud Municipal respectiva, en el plazo de 3 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción.
Dicha comunicación deberá ingresarse en la Oficina de Partes de la Dirección de Salud Municipal respectiva en horario desde las 09:00 horas hasta 14:00 horas de lunes a viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Directora, Jefe de Finanzas y Funcionario área Contable de la Dirección de Salud Municipal. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el adjudicado
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FACTOR EXCLUYENTE |
Los Requisitos, exigencias o características de carácter excluyente, donde el no cumplimiento de cualquiera de ellas dejará fuera de concurso a dicha oferta son:
• No presentar los anexos incluidos en la presente licitación debidamente completado.
• No presentar certificados de trabajos anteriores
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PAGO DEL SERVICIO |
El pago se realizará con cheque nominativo/transferencia, para lo cual el proveedor adjudicado, enviará factura con el monto total del producto entregado, la cual deberá indicar la respectiva orden de compra enviada.
El proveedor adjudicado deberá facturar al Departamento de Salud de acuerdo al siguiente detalle:
Razón Social: Municipalidad de Negrete Departamento de Salud
Rut: 69.170.800-4
Dirección: Ignacio Carrera Pinto s/n
Giro: Administración Pública
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NOTA FINAL |
Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834 y 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886, de Compras y Contratación Pública y su Reglamento.
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