DESEMPATE |
Se considerará en primer lugar el que obtuviere mejor puntuación en el criterio DESCUENTO SOBRE PIZARRA , seguido por DISTANCIA CON ESTACION DE SERVICIO si existiese empate en calidad sigue primeramente quien realizo oferta en primer lugar en la página www.mercadopublico.cl
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FORMALIZACION DEL ACUERDO |
Por tratarse de bienes y servicios de objetiva especificación, acogido el articulo 63 del reglamento de la Ley de compras públicas 19.886, la adquisición de materiales, se formalizara mediante la emisión de una orden de compra electrónica, vía sistema www.mercadopublico.cl, con el detalle y cantidad a adquirir, lugar y fecha de entrega, entre otros y; se entenderá por suscrito, con la aceptación de dicha orden de compra por parte del proveedor. El plazo del contrato comenzara a regir desde el primer día hábil siguiente a la fecha de aceptación de la orden de compra.
El proveedor tendrá un plazo no superior a 5 días corridos, para la aceptación de la orden de compra, concluido el plazo, se procederá a la cancelación de esta mediante Decreto Municipal. Si el proveedor no acepta la orden de compra en el portal electrónica, dentro de 5 días corridos siguientes a la notificación de adjudicación, por causas imputables al proveedor se procederá a anular la compra, procediéndose a readjudicar el proponente que le siga en segundo lugar de evaluación, respecto al producto que haya sido adjudicado al proveedor que no cumple.
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ADJUDICACIÓN |
El resultado de la adjudicación será confirmado a través del sistema de información www.mercadopublico.cl , de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema.
La comisión evaluadora de propuesta, en su resultado podrá proponer al Alcalde, la adjudicación total o parcial por línea de licitación a uno u otro oferente, de acuerdo a los intereses del Depto. De Salud Municipal.
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READJUDICACION |
Se realizará readjudicación en caso que el proveedor adjudicado en primera instancia no cumpla con el despacho dentro de los plazos establecidos en la orden de compra o por falta de stock o cualquier tipo de inconveniente o que su oferta sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la ley n° 19886 y su reglamento. Se adjudicará al oferente que le siga en el puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente
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CONSIDERACIONES GENERALES |
Las condiciones y requisitos administrativos y técnicos de las presentes bases se consideran mínimas.
El municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes bases.
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ENTREGA DE PRODUCTOS: |
El Depto. de Salud, emitirá las ordenes de pedido con cargo al convenio de suministro. El proveedor deberá entregar la guía de despacho o váucher firmada por el funcionario que recepcione el
producto, con los datos de fecha de emisión, precio, cantidad de litros, odómetro, datos del conductor.
El Inspector Técnico del Servicio será el encargado de velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones
contraídas por parte del proveedor.
• El conductor deberá exigir el comprobante de entrega donde quedará registrada la correspondiente transacción, comprobante que deberá ser firmado por el conductor validando la recepción conforme del producto.
• Si la Municipalidad de Negrete, Depto. Salud incorpora un nuevo vehículo a su parque
automotriz, el adjudicado deberá incorporar la patente al convenio de combustible.
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MULTAS Y SANCIONES: |
El Departamento de Salud podrá imponer sanciones por incumplimiento de contrato (orden de compra) en los siguientes casos:
• POR ATRASO EN LA ENTREGA: Si el oferente no entrega el producto en el plazo fijado, se le aplicara una multa diaria al 0.5% del monto contratado. No pudiendo exceder hasta 30 días corridos.
La acumulación de multas por atraso no podrá exceder el 15% del valor total contratado y esta multa será descontada del estado de pago. Si el valor sobrepasa el porcentaje indicado, se procederá a liquidar el contrato.
• POR INCUMPLIMIENTO DE AVISO DE USO FACTORING: el proveedor debe poner en conocimiento al municipio dentro de las 48 horas que ha tomado factoring, informando el nombre de la empresa con quien genero el factoring, los antecedentes de los documentos factorizados, de no haber efectuado el aviso, se pondrá termino al contrato haciendo exigible todos los seguros comprometidos.
• INCUMPLIMIENTO DE GARANTIAS: el incumplimiento por parte del oferente en las condiciones ofrecidas como garantía del equipo, en caso de no dar soporte por daños al equipo o no cumplir con el arreglo de este durante el periodo de garantía ofrecido, salvo que se trate de caso fortuito, fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, Se aplicara una multa equivalente al 1% del monto del contrato, por cada día corrido de retraso que exista en el reemplazo o mejora del producto entregado. Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor total.
• ATRASO EN LA EJECUCION DE CAPACITACION: el monto de la multa que se deberá aplicar será equivalente al 0.5 UTM por día de atraso en la ejecución de esta capacitación, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases y en la oferta del adjudicatario, con un tope de 10 días de atraso.
• APELACION: el oferente podrá apelar a la multa aplicada, ingresando sus descargos dentro de las 48 horas siguientes a que se haya recibido la notificación del Departamento de Salud, podrá apelar mediante carta dirigida al Alcalde quien podrá modificar la multa aplicada cuando existan argumentos que respalden la solicitud efectuada, previo informe del Departamento de Salud
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes, especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dadivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma , ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa u indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de los contratos que de ello deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos a realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquier fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetara las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PLAZO DE PAGO |
El pago será efectuado en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción de la factura correspondiente, la que deberá indicar los valores y cumplidos todos los requisitos necesarios. La entrega conforme, deberá ser acreditada por la Dirección del CESFAM Yanequen Negrete.
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