Licitación ID: 4492-3-LE23
MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PENCAHUE, EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
SEGUN BASES DE LICITACION  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE
Estado:
Revocada
Descripción:
Las presentes bases administrativas generales regularán los procesos de licitación pública, análisis, adjudicación, contratación, plazos, garantías, sanciones por incumplimiento de requisitos exigidos en la etapa de licitación, ejecución de las obras y forma de pago del proyecto, financiado con recursos que aportará la Dirección de Educación Pública de acuerdo con la Partida 09 “Ministerio de Educación”, Capitulo 17 “Dirección de Educación Pública”, Programa 02, subtitulo 24, ítem 03, asignación 051, glosa 03, contempla un Fondo de Apoyo a la Educación Pública FAEP consensuadas entre el municipio y la Dirección de Educación Pública, denominado “MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE”, código BIP 40.048.676-0.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE PENCAHUE
Unidad de compra:
EDUCACION
R.U.T.:
69.110.800-7
Dirección:
Alejandro Cruz Vengara #891
Comuna:
Pencahue
Región en que se genera la licitación:
Región del Maule
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-02-2023 17:24:00
Fecha de Publicación: 03-02-2023 15:48:09
Fecha inicio de preguntas: 03-02-2023 18:37:00
Fecha final de preguntas: 06-02-2023 18:37:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-02-2023 18:37:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-02-2023 17:25:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-02-2023 17:25:00
Fecha de Adjudicación: 17-02-2023 17:25:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGUN BASES DE LICITACION
2.- SEGUN BASES DE LICITACION
Documentos Técnicos
1.- SEGUN BASES DE LICITACION
 
2.- SEGUN BASES DE LICITACION
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN BASES DE LICITACION
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento contractual anterior SEGUN BASES DE LICITACION 25%
2 Plazo de Entrega SEGUN BASES DE LICITACION 30%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 20%
4 INSCRIPCION EN REGISTROS SEGUN BASES DE LICITACION 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FAEP 2020
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: FRANCISCO FLORES
e-mail de responsable de pago: FCOFLORESLETE@GMAIL.COM
Nombre de responsable de contrato: HECTOR CONTRERAS GONZALEZ
e-mail de responsable de contrato: HECTOR.CONTRERAS.GONZALEZ@GMAIL.COM
Teléfono de responsable del contrato: 56-71-2413913-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Pencahue
Fecha de vencimiento: 30-04-2023
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Para Caucionar seriedad de la oferta del proyecto MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE, código BIP 40.048.676-0
Forma y oportunidad de restitución: La garantía por seriedad de la oferta, será devuelta a los proponentes una vez suscrito el contrato respectivo. Al Oferente adjudicatario le será devuelta dicha garantía, solo cuando ella sea sustituida por la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Pencahue
Fecha de vencimiento: 30-09-2023
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para Caucionar el Fiel Cumplimiento de contrato del Proyecto MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE, código BIP 40.048.676-0.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta una vez que la obra sea recibida y firmado el acta de recepción provisoria correspondiente y realizando la entrega de garantía de 5%, que asegure la correcta ejecución de la obra.
    Otras Garantías
Beneficiario: Garantía por la Buena Ejecución de la Obra
Fecha de vencimiento: 31-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para Caucionar la Buena Ejecución de la Obra del Proyecto MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE, código BIP 40.048.676-0.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez trascurrido el tiempo de 6 meses como mínimo desde la aprobación de la recepción provisoria.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES Licitación Proyecto : MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE. Resolución Exenta : N° 986 de fecha 24 de Agosto de 2020, de la Dirección de Educación Pública. Código BIP : 40.048.676-0 INDIVIDUALIZACION DE LA ENTIDAD LICITANTE. NOMBRE : Ilustre Municipalidad de Pencahue DOMICILIO : Alejandro Cruz Vergara N° 891 RUT : 69.110.800-7 TELEFONO : 071-2235800 REPRESENTANTE : José Miguel Tobar Aravena CORREO ELECTRONICO : pencahuesecplac@gmail.com HORARIO DE ATENCION : De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes. 1. GENERALIDADES Las presentes bases administrativas generales regularán los procesos de licitación pública, análisis, adjudicación, contratación, plazos, garantías, sanciones por incumplimiento de requisitos exigidos en la etapa de licitación, ejecución de las obras y forma de pago del proyecto, financiado con recursos que aportará la Dirección de Educación Pública de acuerdo con la Partida 09 “Ministerio de Educación”, Capitulo 17 “Dirección de Educación Pública”, Programa 02, subtitulo 24, ítem 03, asignación 051, glosa 03, contempla un Fondo de Apoyo a la Educación Pública (FAEP) consensuadas entre el municipio y la Dirección de Educación Pública, denominado “MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE”, código BIP 40.048.676-0. La contratación se efectuará mediante licitación pública regida por lo dispuesto en las presentes bases administrativas generales, especificaciones técnicas, presupuesto y por todos los antecedentes que se incluyan en ella y sus eventuales aclaraciones. Los proponentes deberán incluir en sus propuestas el 100% del proyecto considerado en la licitación, descrito en las especificaciones técnicas, presupuesto de labores y así como la totalidad de los antecedentes que se incluyan en ella. Todos los gastos en que incurra el proponente, originados en la presentación de la propuesta, serán de su cargo sin derecho a reembolso. La licitación se ajustará a la modalidad de propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes. Con todo, el oferente deberá considerar en la presentación de su oferta y/o en la ejecución de obras, el principio del buen arte de construir. Por lo tanto, aun cuando las especificaciones técnicas, planos, ingeniería, etc, hayan omitido detalles o partidas necesarias para cumplir con tal principio, el oferente deberá integrarlas en su oferta o en la ejecución misma de la obra. Lo expuesto no significará un aumento del precio del contrato, dado el carácter de “suma alzada” de la presente licitación. 2. CONTRATISTAS PARTICIPANTES 2.1. Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales o jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, y que no se encuentren afectos a una o más de las inhabilidades contempladas por la ley. 2.2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas. En caso de que el oferente no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, ChileProveedores, podrá postular, pero para el contrato deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. 3. FINANCIAMIENTO La ejecución de la obra será financiada totalmente por la municipalidad con recursos que aportará la Dirección de Educación Pública de acuerdo con la Partida 09, Capitulo 17, Programa 02 “Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública”, Subtitulo 24, Ítem 03, Asignación 051, Glosa 03, contempla un Fondo de Apoyo a la Educación Pública (FAEP), mediante transferencias conforme al estado de avance de las obras y disponibilidad presupuestaria de la Dirección de Educación Pública. 4. PRESUPUESTO DISPONIBLE Y TIPO DE CONTRATO El presupuesto disponible para la obra asciende a la suma de M$ 9.769.- impuestos incluidos. El contrato será a suma alzada, sin intereses ni reajustes. Los valores considerados en la propuesta deben incluir impuestos y gastos. Atendida la modalidad de la licitación, todos los impuestos, costos y gastos asociados a la ejecución del proyecto, aun cuando no hayan sido previstos por el proponente, se presumirán incorporados en el monto a suma alzada de la oferta, para todos los efectos legales. No obstante lo anterior, en el portal Chile-compra se deben registrar los valores netos de acuerdo a lo normado por el sistema, esto se analizará en base al comprobante de la oferta emitido por MercadoPublico. La unidad técnica tendrá expresamente la facultad de rechazar las ofertas presentadas que superen el monto oficial para esta licitación, sin derecho a reclamo e indemnización de ninguna índole por el oferente. De la misma forma, aquellos que oferten precios muy por debajo de los valores de mercado. Se deja constancia que, una vez contratadas las Obras, no se aceptarán solicitudes de aumento de obras infundadas por parte del Contratista, ello en atención a que el contratista al momento de postular, realiza un estudio acabado del proyecto, los planos, las especificaciones técnicas, el presupuesto y las condiciones del terreno. Así como tiene oportunidad de complementar su análisis con la información obtenida en el periodo de consultas y solicitar que la unidad técnica le aclare dudas respecto a los antecedentes del proyecto. Sin embargo, será de su responsabilidad cualquier obra extraordinaria necesaria para que el proyecto adjudicado quede bien ejecutado y, operando correctamente, de acuerdo a la normativa vigente y en conformidad a las leyes de la buena construcción y estética de las obras. 5. ANTECEDENTES DE LA LICITACION Todos los antecedentes entregados por la I. Municipalidad de Pencahue referidos al proyecto identificado en el punto N°1 de las presentes bases administrativas generales, tienen el carácter de INFORMATIVOS. Es de exclusiva responsabilidad de cada oferente participante en la licitación, la verificación de los antecedentes en terreno y/o confección de ellos. 5.1. La licitación y adjudicación del contrato se regirá por: • Las Bases que, para todos los efectos legales, se entenderán integradas por las bases administrativas generales (BAG), bases administrativas especiales (BAE), las especificaciones técnicas, presupuesto, los planos, normativas y documentos adicionales o anexos que la unidad técnica incluya en los antecedentes de licitación; • La ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. • Las aclaraciones a las bases. Estas últimas primarán sobre las bases administrativas y documentos técnicos de la licitación, en cuanto no se opongan a la normativa legal vigente. Lo anterior, sin perjuicio de la remisión que en dichos documentos se hagan a otras normas. • El convenio de transferencia de recursos que aportará la Dirección de Educación Pública de acuerdo con la Partida 09, Capitulo 17, Programa 02 “Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública”, Subtitulo 24, Ítem 03, Asignación 051, Glosa 03, contempla un Fondo de Apoyo a la Educación Pública (FAEP) consensuado entre la Dirección de Educación Pública y la Ilustre Municipalidad de Pencahue, referente a proyecto “MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE” 5.2. Se entiende que los documentos antes referidos se complementan recíprocamente, por lo que basta que una exigencia o característica figure en uno de ellos para que se considere requisito de la propuesta y sea exigible a todos los participantes u oferentes, al momento de la ejecución de la obra. 5.3. Los antecedentes de licitación previamente individualizados se entenderán incorporados al contrato que la unidad técnica celebre con el adjudicatario, sin necesidad de mención expresa. 6. ETAPAS Y PLAZOS DE LICITACION 6.1. El llamado a licitación pública se realizará a través del portal www.MercadoPublico.cl en las etapas y plazos obligatorios, indicados en plataforma. 6.2. Desde el día de la publicación y hasta la fecha y hora de final de preguntas, vía portal mercado público, la unidad técnica recibirá las consultas y solicitudes de aclaración a las bases administrativas y antecedentes de la licitación que los participantes estimen del caso efectuar. 6.3. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente en el punto 6.2. 6.4. La unidad técnica se reserva la facultad de emitir aclaraciones a los antecedentes de licitación, durante la evaluación técnica, si ello fuese necesario en interés de la licitación. Estas serán puestas en conocimiento de todos los participantes en plataforma MercadoPublico. Todas las consultas y aclaraciones serán a través de la plataforma Mercado Público. 6.5. Si, como consecuencia de ello, resulta necesario al cumplimiento del objetivo del proceso de licitación postergar la fecha fijada para la apertura, la unidad técnica podrá modificarla comunicando de ello a todos los participantes a través del sistema de información. Cualquier tipo de comunicación válida será a través del portal, según lo determina el artículo n°27 de la ley n°19.886. 6.6. Las aclaraciones primarán sobre las disposiciones administrativas y técnicas de las bases y documentos que las integran, en cuanto no contravengan las bases administrativas generales y las condiciones técnicas de ejecución del proyecto, previstas en los antecedentes del proyecto que sirvieron de base para su recomendación por parte de la Dirección de Educación Pública. 6.7. De la sola presentación de propuesta se presume conocimiento de las respuestas a las consultas, solicitudes de aclaración y de las demás aclaraciones y/o precisiones a las bases que hayan emanado de la unidad técnica. 7. RECEPCION Y PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las propuestas se recibirán en su totalidad mediante el portal mercado público, en el horario y forma que se establece, en los siguientes párrafos. Además, se ingresará en la oficina de partes de la I. Municipalidad de Pencahue, ubicada en la calle Alejandro Cruz Vergara Nº 891, Pencahue, solo el documento original de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de que ésta garantía sea Boleta Bancaria o Vale Vista, en un sobre denominado documentos anexos hasta la hora de cierre de las ofertas en el portal mercado público. Mientras que, en caso que la garantía sea mediante una Póliza de Garantía o Certificado de Fianza, se podrá adjuntar de manera electrónica en el portal MercadoPublico, hasta la fecha y hora de cierre de las ofertas. Esto aplicará para las Garantías de Seriedad de la Oferta, Fiel Cumplimiento de Contrato y Buena Ejecución de las Obras. En el caso que sea garantía de manera física, en el sobre se indicará el nombre del proyecto, ID de la licitación pública, nombre, firma y domicilio del proponente. La sola presentación de oferta en el proceso de licitación constituirá aceptación plena de las Bases y documentos que las integran, así como de las condiciones de licitación y ejecución del equipamiento o provisión de bienes y hará presumir la aceptación y sometimiento del oferente a las normas, disposiciones y especificaciones contenidas en dichos antecedentes, sin necesidad de declaración expresa. La vigencia de la oferta será de 60 días y se presumirá de la sola presentación de la propuesta. Los contratistas que cumplan los requisitos exigidos en el punto N°2 de las presentes Bases Administrativas Generales, podrán presentar una sola propuesta y por el 100% del proyecto. No se admitirán propuestas alternativas y que en su oferta no contemple la totalidad de lo solicitado. Si en la apertura de propuestas electrónica y la de los antecedentes solicitados, se constatare que el proponente incluye más de una alternativa, sea en cuanto a los aspectos técnicos y/o económicos, la segunda propuesta se considerará fuera de bases y de ello se dejará constancia en acta de evaluación. La propuesta se presentará en un solo acto. El acto será la presentación de la Oferta a través del Portal www.mercadopúblico.cl, la que podrá efectuarse hasta el día y hora indicado como cierre de ofertas. La no presentación de los antecedentes que se detallarán a continuación, hasta el día y hora señalado anteriormente, permitirá a la comisión evaluadora declarar inadmisible la oferta, exceptuando aquellos documentos indicados como “NO OBLIGATORIO”. La totalidad de los antecedentes solicitados para esta licitación deberán ser subidos obligatoriamente en formato PDF al portal www.mercadopublico.cl. Exceptuando el presupuesto detallado, el cual se podrá subir en formato Excel editable. Todos los antecedentes solicitados y presentados deberán estar legalmente emitidos por quien corresponda. 7.1. ANEXOS ADMINISTRATIVOS 7.1.A Oferente NO Inscrito en ChileProveedores deberá adjuntar lo siguiente: Tratándose de personas naturales: • Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad por ambos lados vigente a la fecha de postulación. Tratándose de empresas o personas jurídicas: • Fotocopia del Rol Único Tributario por ambos lados. • Copia Legalizada de escritura pública de la sociedad y sus modificaciones si existiesen. • Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad por ambos lados del representante legal de la empresa vigente a la fecha de postulación. En caso de que oferente se encuentre inscrito en ChileProveedores bastará información acreditada en dicha plataforma Se deja constancia de la facultad que se reserva la Unidad Técnica de solicitar posteriormente copia autorizada de estos documentos o de otros documentos legales de existencia, modificaciones y/o representación de la sociedad, no exime al proponente de la obligatoriedad de incluir sus copias según lo exigido precedentemente o como lo estime la Unidad Técnica. 7.1. B. Tratándose de UTP Contrato UTP firmado por representante legal de cada proveedor que conforme la UTP, a través de escritura pública notarial. 7.1. C. Certificado indicando el nombre o razón social del oferente, con R.U.T, Dirección, Ciudad, Nº de teléfono y dirección postal, al igual que para el representante legal (Según Anexo n°1). 7.1. D. Documento que acredite la inscripción en algún registro de contratistas, esto es MINVU o MOP, según corresponda. NO OBLIGATORIO. 7.1. E. Certificado de la Inspección del trabajo Vigente, correspondiente a su dirección comercial, que acredite no tener deudas laborales ni previsionales pendientes, reclamos o multas por tales conceptos. Cursado a lo menos con 15 días hábiles de anticipación a la fecha de apertura de la propuesta. 7.1. F. Listado del personal que realizará las labores de obras, indicando a lo menos: Nombre, Rut, Dirección y Comuna. (Anexo nº4) 7.2. ANEXOS TECNICOS 7.2. A. Formulario declaración jurada simple (Según Anexo n°2). 7.2. B. Carta Gantt debidamente firmado por el oferente o representante legal, según formato adjunto. 7.2. C. Anexo N°5: Carta Compromiso simple medidas sanitarias por COVID-19, en el que oferente se compromete a implementar desde el inicio de la ejecución de las obras, y en la medida que sean obligatorias, hasta el fin de estas, medidas de resguardo de contagio por COVID-19, instruidas por la autoridad sanitaria correspondiente. 7.3. ANEXOS ECONOMICOS 7.3. A. Garantía que caucione seriedad de la oferta presentada por un valor de $ 200.000 con validez de a lo menos 60 días desde la presentación de la oferta, la que será devuelta una vez que esta sea adjudicada y firmado el contrato correspondiente. La garantía debe ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Pencahue Rut 69.110.800-7. Glosa: Para Caucionar la seriedad de la oferta del proyecto “MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE”, Código BIP 40.048.676-0 7.3. B. La oferta total, el plazo de ejecución (Según Anexo n°3). 7.3. C. El presupuesto detallado (según formato adjunto). Durante toda la licitación compete exclusivamente a la Ilustre Municipalidad de Pencahue la interpretación de estas Bases y de todos los antecedentes entregados por los oferentes. Una vez terminado el acto de apertura electrónica de los antecedentes, se procederá a su revisión y evaluación, donde se determinarán las propuestas válidas. No obstante, la I. Municipalidad de Pencahue se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, omisiones u errores, siempre y cuando no las alteren en el FONDO y no impidan respetar el principio de igualdad entre los oferentes ni la correcta evaluación de la Licitación. Se entenderá por errores u omisiones menores lo siguiente: - Errónea presentación de los antecedentes. - No inclusión de alguna firma del Representante Legal. - Errores aritméticos. - Presentación en formato distinto al solicitado. - No inclusión de firma. 8. RECEPCION DE ANTECEDENTES Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas se recibirán en su totalidad mediante el portal Mercado Público hasta la fecha y hora de cierre de las ofertas. Ante lo descrito en párrafo anterior, de aquellas ofertas y sus documentos solicitados que sean ingresadas fuera del horario indicado, se dejara estipulado en el informe técnico de evaluación que su oferta u/o documentos fueron ingresados fuera del horario establecido para esta licitación, declarando las ofertas fuera de bases y quedando excluido de la licitación. Ante cual los participantes u oferentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna, por esta causa. El Alcalde o quien él designe por decreto Alcaldicio, evaluará las ofertas presentadas y la totalidad de los DOCUMENTOS solicitados en los Anexos Administrativos, Anexos Técnicos y Anexos Económicos, más la garantía de seriedad de la indicados en el punto N°7 de las presentes Bases Administrativas Generales. La falta de presentación de los documentos señalados anteriormente, la falta de firmas en la totalidad de los documentos presentados o la omisión de cualquier exigencia en la forma de presentación de la oferta estipulada en el punto N°7 de las presentes Bases, será motivo suficiente para que la comisión pueda rechazar la propuesta que se presenta por estar fuera de Bases y quedando excluido de la licitación. Todos los proponentes se obligan a mantener vigente el monto de su propuesta durante los sesenta días siguientes a la fecha de apertura de las propuestas. Si transcurrido dicho plazo la I. Municipalidad no se pronunciare sobre las ofertas presentadas, los proponentes quedarán liberados de todo compromiso. Para este efecto se entiende como pronunciamiento de la I. Municipalidad sobre las ofertas, la comunicación escrita a los proponentes indicando el nombre del oferente adjudicado, si se aceptase alguna. 9. EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA PROPUESTA El análisis y evaluación de las propuestas se efectuará por una Comisión Técnica integrada por al menos tres funcionarios de la I. Municipalidad, en este caso será la DIRECTORA DEL DAEM, DIRECTOR DE OBRAS, DIRECTORA SECPLAC, ADEMÁS DEL SECRETARIO MUNICIPAL como ministro de fe. En caso de ausencia de alguno se designará un subrogante. Las propuestas que se ajusten a las bases serán evaluadas sobre la base de los siguientes criterios y factores, utilizándose dos decimales para la ponderación: El análisis y evaluación de propuestas se efectuará por una Comisión Técnica, conformada de acuerdo a lo establecido en las normas de contratación pública. Previo al análisis de criterios y factores de evaluación que se establecen a continuación, se hará un análisis técnico-económico de: • Propuesta detallada (presupuesto detallado). • Revisión de precios de las partidas en función del presupuesto oficial. Se facultará a la comisión técnica de dejar fuera de bases a aquellos oferentes que presenten inconsistencias en los precios de las partidas, así como también, por la presentación de costos unitarios incoherentes respecto del presupuesto aprobado del proyecto. a) PRECIO O VALOR DE LA OFERTA (20%) La propuesta que presente el precio más bajo de oferta obtendrá nota 7.0. El monto consignado en esa oferta servirá de base para calificar en relación inversamente proporcional a este factor a las demás propuestas recibidas. b) PLAZO DE LA PROPUESTA (30%) Para la evaluación del plazo se asignará nota 7.0 al menor plazo. Este plazo se utilizará como base para determinar la calificación de las demás propuestas en forma inversamente proporcional. c) COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL (25%) Este criterio será evaluado utilizando los antecedentes que se encuentren ingresados en la ficha del proveedor, publicada en el portal www.mercadopublico.cl. La nota se calcula automáticamente en www.mercadopublico.cl en base a las sanciones, multas, cobros de boletas de garantía, suspensiones temporales y términos anticipados que ocurren en la prestación de un servicio y que el comprador debe informar en la plataforma: en la ficha del proveedor cuando el contrato sea inferior a 1000 UTM o en el módulo de gestión de contrato si la compra es por más de 1000 UTM. “La nota del sistema es el promedio simple de todas las notas de los proveedores del sistema de compras públicas. Esta se calcula de manera trimestral”. Para efectuar dicho cálculo, se asignan 100 puntos a cada orden de compra y se va descontando puntaje por cada incumplimiento asociado a ella. De esta manera por cada orden de compra se obtienen puntajes que luego se suman y se dividen por la cantidad total de órdenes de compra que ese proveedor tenga registrada en la plataforma. NOTA COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL (Proveedor evaluado * 7 / Proveedor mejor evaluado) * 0,25 d) INSCRIPCIÓN EN REGISTROS (25%) Que se encuentren inscritos en el REGISTRO NACIONAL DE CONTRATISTAS MINVU Primera, Segunda, Tercera y/o Cuarta categoría (A1-A2) o registro de contratistas del MOP Obras menores o Mayores. Esta será determinada de la siguiente manera: NOTA REGISTRO EN MINVU NOTA REGISTRO MOP 7,0 2° categoría o Superior 7,0 Categoría A Superior 6.5 3° categoría 6,5 Categoría A 6,0 4° categoría 6,0 Categoría B 4,0 Sin Registro 4,0 Sin Registro *En caso de que el oferente adjunte ambos registros, se considerará la mejor categoría inscrita. La suma de las notas de cada factor, debidamente ponderadas (a x 20%) + (b x 30%) + (c x 25%) + (d x 25%) arrojará la nota final de calificación de la propuesta. Efectuada la evaluación se elaborará un informe técnico de ella, sugiriendo al Alcalde y al Concejo la adjudicación o rechazo de las propuestas, que servirá de base y antecedente para la adjudicación. El oferente deberá validar, bajo su responsabilidad, las cantidades de obra y precios. En la eventualidad que el proponente presente un error en la cubicación de su presupuesto ofertado, considerando que el proceso de contratación es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, estas diferencias producidas serán con cargo y de responsabilidad del proponente. En caso de desacuerdo, entre planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes, deberá ajustarse a lo establecido en las Bases Administrativas; en el caso que no esté estipulado en ellas, tratándose de obras de edificación, primarán las especificaciones técnicas y cuando la contradicción se produzca en el proyecto de estructura, primarán los planos. Durante el estudio de las propuestas, la Unidad Técnica, podrá solicitar a los organismos e instituciones pertinentes, cualquier documento que clarifique la situación comercial del o los oferentes u otra información que se requiera, así mismo podrá solicitar al interesado aclarar cualquier duda sobre su propuesta. El plazo para la respuesta, por parte de los oferentes, será el fijado en la misma consulta. Resuelta la adjudicación o rechazo de las propuestas, la Unidad Técnica procederá a comunicar lo resuelto, por escrito, a todos los participantes. En todo caso, la I. Municipalidad de Pencahue, cuando corresponda, se reservan la facultad de rechazar todas o algunas de las propuestas presentadas, si estima que una o ninguna de ellas satisface los requerimientos técnicos de la licitación y/o del proyecto y, de rechazar aquellas propuestas cuyo monto de la oferta sea tan inferior al presupuesto estimado que haga presumir, fundadamente y basándose en criterios técnicos y/o de costos, que la oferta no asegura que la obra pueda ejecutarse totalmente o ponga en riesgo su calidad. Lo mismo aplicará a la oferta técnica. Sin perjuicio de las demás causales establecidas en las Bases Administrativas, la Unidad Técnica podrá rechazar las propuestas que excedan de la efectiva disponibilidad presupuestaria para la ejecución del proyecto cuando corresponda y conforme a las normas que rigen a la fuente de financiamiento. 10. ADJUDICACION Y CONTRATO La adjudicación de la licitación será para aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje luego de haber aplicado los criterios de evaluación indicados precedentemente. Los puntajes obtenidos por cada oferente respecto de los distintos criterios de evaluación se incluirán en un cuadro comparativo que será parte del Informe Técnico de Evaluación. Resuelta la adjudicación o rechazo de las propuestas, la Unidad Técnica procederá a dictar el decreto que así lo resuelva y a comunicar lo resuelto, por escrito, a todos los participantes, en la forma establecida en las Bases Administrativas Generales. Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a la devolución de las Garantías de Seriedad de la Oferta, a todos los proponentes, mediante el retiro de ellas, previa constancia, desde las oficinas de la Ilustre Municipalidad de Pencahue. Resuelta la adjudicación, rechazo o declaración de inadmisibilidad de las propuestas o que la licitación sea declarada desierta, la Unidad Técnica procederá a dictar el decreto que así lo resuelva y a comunicarlo, por escrito, a todos los participantes, en la forma establecida en las Bases Administrativas Generales. En lo demás se estará a lo establecido en las Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación en los siguientes casos: • Si no se reciben ofertas. • Si todas las ofertas fuesen declaradas inadmisibles. • Si la oferta adjudicada resulta contraria a los intereses de la institución. • Si no se cuenta con aprobación presupuestaria para adjudicar. • Si las ofertas exceden el monto disponible para la ejecución del proyecto. • Si el organismo que financia la ejecución del proyecto así lo dispusiere. Resuelta la adjudicación, es decir, una vez firmado el Contrato por parte del Oferente Adjudicado, se procederá a la devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta, a todos los Proponentes. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad informará a la Dirección de Educación Pública el resultado de la licitación. RESOLUCIÓN DE DESEMPATE En caso de haber empate en el puntaje máximo final al aplicar la pauta de evaluación publicada, la Comisión de Evaluación deberá, sobre la base de condiciones objetivas, privilegiar los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden: 1) Se deberá privilegiar en primera instancia aquella oferta que presente mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. 2) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta el mayor puntaje en el criterio “COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL”. 3) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta el mayor puntaje en el criterio “PLAZO”. El proponente a quien se le adjudique la propuesta, deberá concurrir a la Municipalidad a objeto de entregar la garantía de fiel cumplimiento de contrato de las presentes Bases Administrativas Generales y a firmar el contrato correspondiente, todo esto en un plazo no superior a 15 días Corridos desde la fecha de envío de correo electrónico de la adjudicación de la licitación pública al oferente seleccionado a la dirección indicado en el “Anexo 1” de los documentos administrativos. La unidad técnica enviará correo electrónico notificando la adjudicación de la licitación, en caso contrario se procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, facultándose al Alcalde para adjudicar a otro proponente y así sucesivamente, siempre cuando las ofertas se encuentren vigentes. Los contratistas deberán encontrarse inscritos en chile proveedores y con estado Hábil al momento de la firma del contrato. De lo contrario se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta y la adjudicación de la siguiente alternativa y así sucesivamente. ANTICIPOS No se considera anticipo. RETENCIONES Se considera efectuar retenciones en cada estado de pago de al menos un 5% de su valor, monto que será definido por la Dirección de Obras. FALSEDAD DE LA INFORMACION Si se comprobase falsedad en la información contenida en la propuesta de algún oferente ó en la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato o de cualquier otro documento solicitado para la firma del Contrato, la Unidad Técnica se reserva la facultad para hacer efectivas las garantías vigentes, además de hacer responsable al proponente por los daños y perjuicios que se deriven de la situación. En tal evento, el proponente no tendrá derecho a indemnización alguna. 11. GARANTIAS 11.1 Garantía de Seriedad de la Oferta Garantía pagadera a la Vista que caucione seriedad de la oferta presentada por un valor de $ 100.000 con validez de a lo menos 60 días desde el cierre de oferta, la que será devuelta una vez que esta sea adjudicada y firmado el contrato correspondiente. La garantía debe ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Pencahue, Rut 69.110.800-7. Glosa: Para Caucionar seriedad de la oferta del proyecto MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE, código BIP 40.048.676-0. Debe ser tomada a nombre del Oferente participante y debe incluir el Rut del Oferente. No se aceptará el ingreso de dicho documento fuera de plazo, como por ejemplo en caso de existir retrasos del medio de transporte o empresa de correos elegida por los interesados para efectuar el ingreso del documento, en consecuencia, será de responsabilidad del proponente tomar los resguardos necesarios para que este documento ingrese a las dependencias del Municipio dentro del plazo y horario establecido para su recepción Esta garantía se hará efectiva en cualquiera de los siguientes casos: • Si el proponente se desiste de su oferta, no concurriendo dentro del plazo a la firma del contrato. • Si el proponente adjudicatario no entregare la garantía por fiel cumplimento de contrato en el plazo que establecen las presentes bases. Y en los demás casos que indiquen las presentes bases. La garantía por seriedad de la oferta, será devuelta a los proponentes una vez suscrito el contrato respectivo. Al Oferente adjudicatario le será devuelta dicha garantía, solo cuando ella sea sustituida por la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. La no presentación de la Garantía de seriedad en el plazo estipulado (día y hora), dará derecho a la Municipalidad a no considerar su propuesta y declararla fuera de Bases, rechazándose su propuesta, en el informe técnico de evaluación. Si la Garantía de Seriedad de Oferta no ha sido extendida correctamente (a favor de la I. Municipalidad de Pencahue), no corresponde al monto o plazo mínimo de vigencia exigidos, no incluye la glosa, o el nombre y/o el Rut del Oferente están mal extendidos, se tendrá por no presentada, produciéndose el mismo efecto que si hubiese omitido su envío, es decir, se considerará Fuera de Bases, rechazándose automáticamente su propuesta en el portal mercadopublico, lo que quedará registrado en el Informe Técnico de Evaluación. 11.2 Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Se establece una garantía para caucionar el cumplimiento del contrato por el 5% del monto total adjudicado y su período de validez no podrá ser inferior a 6 meses contados desde la fecha de firma de contrato, para caucionar el Fiel Cumplimiento del mismo. Esta garantía se extenderá a favor de la Ilustre Municipalidad de Pencahue RUT 69.110.800-7, Domicilio en Alejandro Cruz Vergara Nº 891 Comuna Pencahue. Deberá ser entregada e ingresada por la oficina de partes de esta municipalidad a más tardar al momento de suscribirse el referido contrato. Glosa: Para Caucionar el Fiel Cumplimiento de contrato del Proyecto MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE, código BIP 40.048.676-0. La no entrega de dicho documento, en la oportunidad indicada, dará derecho a la Unidad Técnica a hacer efectiva la garantía de Seriedad de la Oferta establecida en el artículo anterior. La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta una vez que la obra sea recibida y firmado el acta de recepción provisoria correspondiente y realizando la entrega de garantía de 5%, que asegure la correcta ejecución de la obra. Una vez hecha la recepción provisoria de la obra por parte de la Dirección de obras municipales, el contratista deberá presentar una garantía que caucione la correcta ejecución de la obra por el 5% del monto total de la obra y su período de validez no podrá ser inferior a seis meses contados desde la fecha del acta de recepción Provisoria. Esta garantía deberá ser ingresada en un plazo máximo de 05 días corridos posterior a la fecha del acta de recepción provisoria, de lo contrario el municipio procederá a realizar el cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de contrato. 11.3 Garantía por la Buena Ejecución de la Obra Verificada la recepción provisoria de la obra sin observaciones, por parte de la Dirección de Obras y o subsanadas las observaciones a satisfacción de la misma por parte del contratista, este deberá proceder al canje de la Garantía por el Fiel Cumplimiento de Contrato de la Obra por otra garantía a la vista que garantice la Buena Ejecución de la misma que, indicando su objeto, será extendida a favor de la Ilustre Municipalidad de Pencahue RUT 69.110.800-7, Domicilio en Alejandro Cruz Vergara Nº 891 Comuna Pencahue, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, con una vigencia de 6 meses como mínimo desde la aprobación de la recepción provisoria. Glosa: Para Caucionar la Buena Ejecución de la Obra del Proyecto MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE, código BIP 40.048.676-0. Una vez hecha la recepción provisoria de la obra por parte de la Dirección de Obras Municipales y la Comisión de recepción, el contratista deberá presentar una de garantía que caucione la correcta ejecución de la obra por el 5% del monto total de la obra y su período de validez no podrá ser inferior a seis meses contados desde la fecha del acta de recepción Provisoria. Esta garantía deberá ser ingresada en un plazo máximo de 05 días corridos posterior a la fecha del acta de recepción provisoria, de lo contrario el municipio procederá a informar al mandante, para realizar el cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento de contrato. La entrega por parte del contratista de la garantía del 5% dará derecho para que el oferente solicite la devolución de la garantía del 5% por fiel cumplimiento de contrato. De lo contrario el municipio procederá a realizar cobro de esta última. Ambas garantías deben ser documentadas mediante garantías pagaderas a la vista extendidas a nombre de la Ilustre Municipalidad de Pencahue Rut 69.110.800-7, en pesos a la fecha de la notificación de la adjudicación para la firma de contrato “Fiel Cumplimiento de Contrato” y a la fecha de recepción provisoria de la obra, para esta ultima un plazo máximo de 05 días corridos pos-recepción provisoria. La tesorería municipal será la encargada de custodiar, renovar, gestionar y cobrar las garantías de la presente licitación pública. 12. PLAZO DE EJECUCION Y FORMA DE TRABAJO Cada contratista participante en la licitación deberá señalar en su oferta el plazo de ejecución, en días corridos, dentro del cual se compromete a ejecutar la obra. El plazo máximo estimado de ejecución de la obra será de 35 días corridos. En dicho plazo máximo, las obras deberán estar terminadas, lo que implica estar en condiciones de entregarse al uso público, libres de escombros, excedentes u otros materiales que entorpezcan su uso. En caso de atraso en el término oportuno de las obras, se aplicará la multa indicada en el Punto N° 13, de estas Bases Generales. El Oferente Adjudicado, deberá ejecutar el proyecto en un plazo establecido en su oferta, en el “Formato de Oferta Económica”. Para los efectos del cómputo de los plazos contenidos en las presentes Bases Administrativas, se entenderá que son de días corridos y correrán a partir de la medianoche del día en que principian y hasta la medianoche del último día del mismo. Para contabilizar el plazo de ejecución de la obra se contará desde el día hábil siguiente a la fecha de entrega de terreno. El Inspector técnico del proyecto en su cometido de fiscalización deberá ceñirse a lo indicado en las bases administrativas, planos, EE.TT y demás antecedentes que sirvieron de base para la evaluación y aprobación del proyecto. El rol del ITO se regirá por la disposición contemplada para la fiscalización de obras de las Ordenanzas, Decretos, Ley General de Urbanismo y Construcciones, Decreto Supremo 75 del MOP e Instructivo de postulación Fondo de Apoyo a la Educación Pública 2019. Se deberá iniciar la obra una vez obtenido el permiso de edificación (en caso de ser necesario), en caso de que no sea necesario el permiso se dará un plazo máximo de 15 días corridos. Para ello, se realizará la entrega de terreno mediante un “ACTA DE ENTREGA DE TERRENO”. Desde la fecha de la firma del decreto que aprueba contrato, si este día (entrega de terreno) coincidiere con un día sábado, domingo o feriado, el ACTA DE ENTREGA DE TERRENO será firmada el día hábil siguiente. Donde el contratista deberá comenzar de inmediato las labores. La fecha de término del proyecto será aquella establecida en el ACTA DE RECEPCION emitida por la I. Municipalidad de Pencahue. 13.- MULTAS E INSPECCION Si la entrega del proyecto considerado en el contrato, cualquier otra actividad o el cumplimiento de cualquier obligación que para el contratista emane de éste, se atrasa respecto de los plazos totales o parciales convenidos, sin causa justificada a juicio de la Unidad Técnica o, si el proveedor excediere el plazo contractual o el que se le hubiere otorgado para subsanar observaciones, incurrirá en las siguientes sanciones: 1) Por cada día de atraso en la entrega material del proyecto, sus instalaciones, en la ejecución de las actividades consideradas en el contrato con respecto a lo convenido, en que excediere el plazo total del contrato o el que se le hubiere otorgado para subsanar observaciones, el proveedor incurrirá en una multa equivalente al DOS por mil del valor total del contrato por día de atraso. Dichas multas por atraso se descontarán administrativamente del Estado de Pago único o, si se considerare más de uno, del más próximo. 2) Sin perjuicio de la multa, todo atraso imputable al contratista que a juicio de la Unidad Técnica carezca de causa justificada y que excediere, en forma continua o discontinua, del 20% del plazo establecido en el contrato para la respectiva entrega, actividad, del plazo de ejecución del contrato o del que se le hubiere otorgado para subsanar observaciones, será considerado, además, incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y facultará a la autoridad contratante para poner término unilateral y anticipado a éste, sin derecho a indemnización alguna para el contratista, procediéndose a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato vigente. La Municipalidad tendrá derecho de inspeccionar el proyecto por sí o por delegación, para lo cual el contratista queda obligado a dar todas las facilidades que aquella requiera. Así como la movilización para los traslados al momento de realizar las visitas donde se estén elaborando u/o confeccionado los proyectos. 3) La Unidad Técnica podrá aplicar una multa de 10 UTM por falta injustificada del Profesional Residente en cuanto a su permanencia en la obra, para ello podrá descontar de los estados de pago parciales dichas multas o del estado de pago final. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la Unidad Técnica de paralizar la obra si considera que la falta está afectando el desarrollo de la misma en lo concerniente a calidad, seguridad y/o plazos; entre otras consideraciones de importancia. 4) Se aplicará una multa de 6 UTM por cada hombre no contratado según la oferta indicada en el formato tipo presentado por el oferente, según lo indicado en bases administrativas generales punto 7.1.F. Esta multa se aplicará en el estado de pago final; en el caso que esta multa supere el monto de dicho estado de pago, la diferencia se cancelará con cargo la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o las retenciones. 5) La Unidad Técnica podrá cursar una multa de 5 UTM diaria por incumplimiento los plazos parciales de ejecución de la obra. Sin perjuicio de lo establecido en el punto 16 de las presentes bases. El contratista deberá someterse a las órdenes e instrucciones de la Inspección Técnica, las que se impartirán por escrito y se ajustarán al marco del contrato. El incumplimiento reiterado de las órdenes e instrucciones impartidas en la forma antedicha por la Inspección Técnica, se considerará incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y autorizará a la Unidad Técnica para poner término a éste en forma unilateral y anticipada, procediéndose, además, a hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Corresponderá a la Inspección Técnica, visar los Estados de Pago que deba presentar el contratista, aceptarlos, rechazarlos o efectuar las observaciones que éstos le merecieren, habida consideración de los documentos y antecedentes técnicos del contrato y del proyecto, así como, supervisar las actividades de capacitación y demás actividades que considere el contrato, aceptarlas o rechazarlas, atendido el cumplimiento de los requisitos y condiciones que para ellas fijen los documentos técnicos. Si la Inspección técnica acepta cursar el estado de pago, es porque el contratista ha ejecutado a total satisfacción, todas las obras indicadas en el estado de avance correspondiente al estado de pago. El Inspector Técnico del proyecto llevará un LIBRO DE OBRA tipo manifold foliado en triplicado proporcionado por el contratista, en el que se describirán los adelantos que se realicen en el proyecto y en el que se dejará constancia de las observaciones y de la forma en que deberán ser subsanadas, si las hubiera; así como también de los avances de obra y aprobaciones de cualquier tipo de modificación requerida para lograr la ejecución de las obras. 14. MATERIALES EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCION Los materiales que se empleen en la obra deberán ser de la mejor calidad y procedencia en su especie tal como se solicitan el las respectivas Especificaciones Técnicas. Antes de ser empleados en la obra deberá darse aviso al Inspector de Obra para que, en vista de análisis y pruebas del caso, resuelva su aceptación o rechazo, para continuar con la ejecución. Los ensayos de materiales así también de los hormigones requeridos por la Inspección Técnica de la Obra serán cancelados por el contratista. Se deberán certificar la totalidad de los hormigones por cada elemento estructural. 15. LEYES Y REGLAMENTOS COMPLEMENTARIOS Se consideran como parte integrante de las presentes Bases Administrativas Generales, las siguientes normas: a) La Ordenanza General de Construcciones y Urbanización. b) El reglamento General sobre instalaciones domiciliarias de alcantarillado y agua potable. c) La Ley General de Servicios Eléctricos, incluso los reglamentos internos de la Dirección General de Servicios Eléctricos y Gas. SEC. d) Decreto M.O.P. N°294/84, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y D.F.L. N°206 de 1960. e) Decreto Supremo 75 del MOP 16. RESOLUCION DEL CONTRATO El contrato se entenderá resuelto ipsofacto por cualquier incumplimiento grave por parte del contratista respecto de las obligaciones contraídas en virtud del presente contrato realizando el cobro de la garantía de Fiel cumplimiento de Contrato y especialmente en los siguientes casos: A. Cuando las entregas del proyecto u otras actividades consideradas en el contrato se paralicen o demoren sin causa justificada, más allá del plazo que, al efecto, fijaran las bases administrativas y el respectivo contrato. B. Por infracción de cualquier prohibición expresa establecida en el contrato, en las bases administrativas o cualquiera de los documentos que la integran. C. Si el contratista falleciere o surja la extinción de la personalidad jurídica del contratista. D. Cuando el contratista, a juicio de la unidad técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar las adecuaciones, equipamiento adicional o especiales que se hubiere exigido para los bienes. E. En caso de existir desacuerdo entre la Unidad Técnica y el contratista respecto a la interpretación de los documentos o por otras causas insuperables. F. En caso de que el contratista no cumpla con lo ofertado en la propuesta (plazo, personal, profesionales, avance del proyecto y todo lo relacionado a la ejecución de este). G. Si el contratista fuere declarado en quiebra o se encontrare en estado de notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia en el caso de que el contratista registrare uno o más documentos comerciales protestados, que se mantuvieren impagos durante más de 60 días hábiles o no hubieren sido debidamente aclarados dentro del mismo plazo. H. Si el contratista o proveedor reiteradamente incumpliere las observaciones o instrucciones que, para la ejecución del contrato le hiciere el inspector técnico. I. Por cualquier incumplimiento grave de las obligaciones que para el contratista emanen del contrato celebrado con la unidad técnica. J. Por cualquier otra causal expresamente establecida en las presentes bases o en caso de incumplimiento grave de las condiciones estipuladas en ellas, en las Bases Generales; en las Especificaciones Técnicas y en el contrato suscrito entre las partes. K. Si se acredita un avance inferior al 20% según avance propuesta en la carta Gantt. Una vez resuelto el contrato se mantendrán las garantías para responder del mayor precio que puedan costar los trabajos hechos por un nuevo contrato. Si resultase resuelto el contrato el contratista deberá descontar de sus utilidades los costos adicionales que resulten del nuevo contrato, para dar término al proyecto original, que excedan el valor disponible (Remanente del proyecto). Este monto deberá ser indicado al contratista y cancelado previa orden de Ingresos Municipales emitida por el departamento de Obras, donde se indicará que se ingresa monto para costear el mayor valor para dar termino al proyecto “MEJORAMIENTO ESCUELA PADRE LUIS OLIVA NAVARRETE, BATUCO, PENCAHUE” código BIP 40.048.676-0. 17. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El contratista será responsable exclusivo de los daños y perjuicios que se causare a terceros, ya sea por mala calidad de los materiales empleados, defectos de construcción, infracción a reglamentos vigentes, o en general por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes. Los gastos que origine el contrato por concepto de cancelación de derechos u otros que se presenten para la ejecución de la obra, serán de cargo del contratista. Así también, serán de su cargo las cancelaciones por concepto de revisiones que los distintos organismos tengan como norma aplicar. El contratista será responsable de la totalidad de las aprobaciones de los servicios respectivos, que involucre el proyecto, tales como: Sec, Servicio Salud del Maule, Dirección de Obras Municipales, etc. Según corresponda al proyecto en materia de ejecución y sus eventuales modificaciones que surjan al momento del desarrollo del proyecto, los cuales deberán realizarlos bajo su costo el contratista al momento de la ejecución de la obra. El contratista deberá coordinarse con todas aquellas instituciones, servicios u organismos, cuyas instalaciones sean interferidas por la ejecución de la obra. Asimismo, deberá coordinarse con otros contratistas que estuviesen desarrollando obras en la localidad, de tal forma de poder trabajar coordinadamente. El contratista será responsable de dar término al proyecto, bajo los costos que este signifique. De lo contrario si se da termino al contrato por causas indicadas en el punto Nº 16 de las bases administrativas generales, el costo que exceda el presupuesto disponible para un nuevo contrato para dar termino a dicho proyecto, lo deberá descontar de su estado de pago final, previa cancelación mediante orden de Ingresos Municipales. Permisos de Edificación Será de cargo del Contratista la tramitación, aprobación de los permisos Municipales (antes del inicio de la obra y previa autorización de la unidad técnica en el transcurso y su desarrollo) y Recepción de las Obras. Los derechos Municipales, correspondientes al presupuesto oficial de la obra y los Derechos Municipales por concepto de ocupación de vía pública, serán de responsabilidad y costa del contratista. SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: • El contratista, persona natural o los representantes de éste, si fuere persona jurídica, es responsables de supervisar y dirigir personalmente la ejecución de los respectivos contratos, entrega de bienes, trabajos de instalación y el desarrollo de las demás actividades previstas en el contrato, ciñéndose estrictamente a la propuesta, documentos y antecedentes del contrato. • Asimismo, el contratista se obliga a velar por la fiel interpretación de los antecedentes técnicos del proyecto, a revisar cuidadosamente cada uno de los bienes considerados en el contrato, con anterioridad a su ejecución, y a velar por el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones y estipulaciones del contrato suscrito con la Unidad Técnica. • El contratista se obliga, igualmente, a presentar oportunamente los informes, documentos y antecedentes de los estados de pago que deban emanar de él, para su visación y financiamiento, conforme a lo establecido en las presentes bases administrativas y antecedentes incluidos en la licitación. RESPONSABILIDADES: • Todo daño de cualquier naturaleza causado por personal dependiente, contratado por el contratista o a quien éste haya encomendado trabajos en las dependencias en que deban ser ejecutado el contrato, así como los daños que se cause a terceros con motivo de la ejecución del mismo por el contratista, personal de su dependencia o a quienes haya encomendado trabajos, traslados, etc., será de exclusiva responsabilidad del contratista. • Será de exclusiva responsabilidad del contratista tomar las providencias y contratar los seguros que caucionen daños o pérdidas en las instalaciones, bienes, equipamientos, equipos o los causados a terceros; tales como pólizas de seguros. • Los permisos y gastos que corresponda cancelar para la ejecución, contratación, liquidación y demás trámites necesarios para concretar y formalizar la ejecución del contrato, serán de cargo del contratista. 18. PROFESIONAL RESIDENTE, CARTA GANTT Y LIBRO DE OBRAS El contratista adjudicatario, deberá mantener en la faena un libro de obras consistente en un manifold foliado en triplicado, junto con esto al momento de dar inicio a los trabajos deberá ingresar formalmente a la unidad técnica una carta Gantt, indicando los plazos de ejecución de las obras según los días ofertados, para poder programar las supervisiones según las partidas, así como el avance del proyecto. Así también, deberá estar en obras un profesional residente, el cual deberá estar en jornada completa de trabajo, mientras se desarrollen las partidas y al momento de visitas de la I.T.O., para dejar establecido en el libro de obras, todas aquellas modificaciones y aprobaciones de avances, que se realicen en obra al proyecto adjudicado, antes que estas sean ejecutadas y firmadas por ambas partes, en este caso contratista y la I.T.O. El oferente deberá informar a Dirección de Obras quien será el profesional residente. LIBRO DE OBRAS: Conforme a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), se deberá llevar un libro foliado con hojas en triplicado, el que deberá estar permanentemente en la obra durante la ejecución, bajo custodia y responsabilidad del Contratista, en el cual se dejará constancia de: Las órdenes/instrucciones del ITO, de la Unidad Técnica, que dentro de los términos del contrato, se impartan al Contratista, las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos, las observaciones que pudieran estampar los proyectistas con la aprobación del ITO, cualquier otra comunicación de orden técnico que deba realizarse entre el Contratista y la Unidad Técnica y/o ITO. Toda anotación en el Libro de Obras deberá ser firmada por quien la efectúa. EL Libro de Obras deberá ser entregado a la Municipalidad al momento de la Recepción Provisoria de la Obra o al recibirse las observaciones a dicha recepción, cuando proceda; en todo caso deberá estar presente en la Obra hasta la Recepción Provisoria sin Observaciones; el no cumplimiento deberá ser sancionado con el 0.1% del monto del contrato por cada vez que se detecte su infracción, lo cual será informado por el Inspector Técnico mediante documento (libro de obras y/o oficio y/o correo electrónico). Cualquier comunicación con el Contratista, posterior a la Recepción Provisoria sin Observaciones, deberá efectuarse mediante documento (oficio y/o correo electrónico). 19. REVOCACION DE LA LICITACION La Unidad Técnica se reserva el derecho de revocar en cualquier momento, hasta antes de la adjudicación de la propuesta el presente llamado a licitación, por razones de interés comunal, error en la publicación de la licitación, disponibilidad presupuestaria o en base a una decisión fundada. El proceso de revocación de la licitación se llevará a cabo siguiendo lo dispuesto en la Ley N°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, según artículo 61. Si el llamado fuera revocado, los participantes u oferentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna, por esta causa. 20. RECLAMOS DEL PROVEEDOR O CONTRATISTA • El proveedor podrá reclamar ante el representante de la Unidad Técnica, por escrito y dentro del plazo de tercer día, de las órdenes e instrucciones que durante el desarrollo de los trabajos le impartiere la Inspección Técnica, sea sobre aspectos técnicos o sobre otros aspectos del contrato. El reclamo será puesto en conocimiento de la Inspección Técnica, para que informe por escrito respecto de él dentro del plazo de 3 días contados desde que se le hubiere requerido. • El reclamo será resuelto breve y sumariamente por el representante de la Unidad Técnica y comunicada su resolución al contratista. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de Contraloría General de la República, en la materia. • Si el proveedor no reclamare en la forma antes descrita o si su reclamo fuere rechazado y se resistiere a acatar la orden impartida por el Supervisor o Comisión Técnica, incurrirá en incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y la Unidad Técnica quedará facultada para resolver la terminación unilateral y anticipada del contrato. 21. CERTIFICADOS PARA RECEPCION PROVISORIA Y DEFINITIVA DE OBRA La comunicación del proveedor o contratista a la Unidad Técnica de la entrega material del proyecto o bienes objeto del contrato: 22.1. El contratista está obligado a comunicar por escrito a la Unidad Técnica, mediante documento que ingresará a su Oficina de Partes, de la entrega, del proyecto y/o equipos considerados en el contrato, en los lugares estipulados en las Especificaciones Técnicas del contrato, con el respectivo 100% de sus labores realizadas. 22.2. Recibida por la Unidad Técnica tal comunicación, dentro del plazo que determinen las Bases Administrativas Generales, la Dirección de Obras se constituirá para verificar la entrega material total o parcial, según corresponda, dejando constancia escrita de ello y citando a la Comisión de Recepción establecida en las mismas. 22.3. Si, conforme a las Bases Administrativa, el contratista hubiere entregado, debidamente la totalidad del proyecto y/o equipos, debidamente instalados en su caso, que se consideran en el contrato y no derivaren para él otras obligaciones, la Dirección de obras procederá a la revisión de los mismos y, si corresponde, a la recepción provisoria. De lo contrario al verificarse que no se han terminado los trabajos, este incurrirá en multas por cada día de atraso en la entrega del proyecto, lo que será informado por la dirección de obras, mediante informe y decreto Alcaldicio que no procede tal recepción. RECEPCION PROVISORIA: La recepción del proyecto o adquisición es la aceptación, a completa satisfacción de la Unidad Técnica, de todas y cada una de las partes y componentes del proyecto, cumplidas las actividades de capacitación u otras, la entrega de garantías y las demás obligaciones previstas en el contrato. Ésta se formalizará en Acta de Recepción. 1) Verificada, por parte de la Dirección de obras, la total entrega del proyecto y/o equipos, las actividades de capacitación u otras que considere el contrato, la entrega de las garantías, pólizas, licencias, etc. y cumplidas la totalidad de las obligaciones que para el proveedor emanan del contrato suscrito entre el proveedor y la Unidad Técnica y dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes, se constituirá la Comisión de Recepción que efectuará las revisiones, pruebas y la recepción cuando proceda, conforme a los números siguientes. 2) Si de la revisión de la Comisión Técnica no se verificaren defectos, inconvenientes o deficiencias en el proyecto, ni en la instalación en su caso, no hubiere observaciones respecto de las actividades consideradas en el contrato y se hubiere dado cumplimiento por el contratista a todas las demás obligaciones emanadas del mismo, se procederá a levantar Acta de Recepción Provisoria que, suscrita por los integrantes de la Comisión y por el contratista, si desea suscribirla, dejará constancia de la recepción conforme y del cumplimiento de las demás obligaciones contractuales. 3) La recepción será comunicada a la autoridad superior de la Unidad Técnica, adjuntando el Acta de Recepción para su aprobación. 4) Si de la antedicha revisión, se constataren inconvenientes, deficiencias o defectos en el proyecto y/o en su instalación cuando corresponda, existieren observaciones respecto de las actividades de capacitación u otras previstas o no se hubiere dado cumplimiento a la totalidad de las obligaciones emanadas para el contratista del contrato suscrito con la Unidad Técnica, la Comisión Técnica emitirá informe haciendo presente tales observaciones o reparos a la autoridad superior de la Unidad Técnica, indicando el plazo que estima prudente otorgar para subsanarlos. 5) Las observaciones o reparos serán puestos en conocimiento del contratista mediante documento escrito de la Unidad Técnica, en el que se le indicará expresamente el plazo que se le otorga para subsanarlos. 6) El contratista deberá subsanar los reparos u observaciones dentro del plazo otorgado, el que se contará desde el día siguiente al de despacho o entrega a éste del documento referido. 7) Subsanados los reparos u observaciones, el contratista deberá comunicarlo a la Unidad Técnica por escrito y, desde la fecha de la recepción por ésta de tal comunicación, la Comisión Técnica tendrá 5 días hábiles, para constituirse nuevamente y constatar que efectivamente las observaciones y reparos hayan sido subsanados. 8) Si las observaciones y reparos hubieren sido subsanados, la Comisión procederá a la recepción, levantando el Acta de Recepción pertinente, dejando constancia en ella, en su caso, de los días en que el contratista hubiere excedido el plazo que se le hubiere otorgado para subsanar observaciones y que, por tanto, originan multas por atraso. El Acta de Recepción será puesta a disposición de la autoridad superior de la Unidad Técnica para su aprobación. 9) Si transcurrido el plazo otorgado para subsanar las observaciones o reparos formulados, el contratista no los hubiere subsanado totalmente, la Unidad Técnica quedará facultada, por este solo hecho para contratar los trabajos necesarios para subsanarlos, a costa del contratista, procediendo a hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. 10) Si las observaciones o reparos se refirieren a defectos en el proyecto y/o equipos entregados o instalados, a la falta de correspondencia de éstos con las Especificaciones o Bases Técnicas, se hubiere ordenado su reemplazo por parte del contratista y éste no hubiere cumplido con lo ordenado o los hubiere reemplazado por otros igualmente defectuosos, deficientes o de similares características y, en general, si se tratare de observaciones o reparos que, a juicio de la Unidad Técnica, no fueran susceptibles de ser subsanados en la forma indicada en los puntos precedentes, la Unidad Técnica queda facultado para poner término inmediato y anticipado al contrato a través de los procedimientos y con los efectos que para ello establecen las presentes Bases, ordenando, si lo estima del caso, el retiro de tales bienes o equipos por parte del contratista, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y de la aplicación de las multas por atraso conforme se establece en las presentes Bases. 11) Si en el contrato de suministro se considerara un plazo de marcha blanca, de garantía o de buena ejecución, mantención, soporte técnico, etc. posterior a la entrega del proyecto y ejecución de las actividades de capacitación u otras, la recepción efectuada conforme a las normas anteriores tendrá el carácter de recepción provisoria, así lo señalarán las Bases Administrativas y se procederá a la Recepción Definitiva sólo una vez vencido el plazo referido. El establecimiento de una obligación de la naturaleza de las señaladas precedentemente podrá ir asociada a retenciones o garantías, según lo establezcan las Bases Administrativas y será requisito para proceder a la Recepción Provisoria que el proveedor entregue a la Unidad Técnica el documento de garantía que las Bases exijan. 12) El contratista al momento de solicitar la recepción provisoria de las obras, deberá tener la totalidad de las aprobaciones de los distintos SERVICIOS que comprendan dicha construcción, tales como: Servicio salud del Maule, SEC (Proyecto Eléctrico T1), Gas, Compañía eléctrica que corresponda (declaración de empalme y/o conexión a red existente) y del APR de ser necesario. Además de la totalidad de los ensayes de hormigón según norma chilena Nch. 170, por cada elemento estructural o los que hayan sido solicitados por la I.T.O. Esto siempre y cuando el proyecto aprobado lo requiera. 13) En caso de existir alguna duda sobre los hormigones aplicados, la unidad técnica podrá solicitar ensayes adicionales (según corresponda) con la finalidad de asegurar la buena ejecución de las obras. El Contratista tendrá que entregar la de Garantía de Buena Ejecución de la obra dentro de un plazo de 7 días hábiles (contados desde la fecha en que el profesional a cargo en la D.O.M recibe el expediente), para tramitar el Acta de Recepción Provisoria, al Inspector Técnico de Obras. Cualquier retraso de este plazo no será impugnable al contratista, cuando se trate de demoras en la tramitación interna del Municipio, lo que será aclarado mediante un certificado que emitirá el Director de Obras Municipales acreditando esta circunstancia. De no cumplir con lo anterior, el Contratista incurrirá en una multa equivalente al 1 por mil del valor del contrato, por cada día de atraso, las que se descontarán del último estado de pago, o de las garantías existentes, según corresponda. La Recepción Provisoria de la Obra, es un requisito fundamental para la cancelación del último Estado de Pago. La tramitación del expediente de recepción de la obra debe ser realizada dentro del plazo contractual y por la Dirección de Obras. RECEPCION DEFINITIVA: La solicitud de la recepción definitiva por parte del contratista a la unidad técnica deberá ser 60 días antes de la fecha del término de la buena ejecución, de lo contario se entenderá que ciertos trabajos y materiales no cumplieron con sus resistencias por mala ejecución y se procederá al cobro de la garantía de buena ejecución previo informe emitido al contratista y dando un plazo máximo de 10 días corridos para subsanar observaciones que contemple dicha obra, de lo contrario se procederá a realizar efectiva la garantía de buena ejecución. Después de transcurridos 10 meses desde la fecha de la Recepción Provisoria, el Contratista pedirá a la Municipalidad, por escrito, la Recepción Definitiva de la Obra y devolución de garantía de buena ejecución. La Inspección Técnica de Obras, dependiente de la Dirección de Obras, examinará la obra y en caso de no encontrar reparos levantará un Acta, dejando constancia que recibe definitivamente la obra. Esta Acta deberá ser suscrita, a lo menos, por la Comisión de Inspección Técnica de Obras y el Director de Obras Municipal. Dicho documento deberá ser Aprobado mediante Decreto Alcaldicio y, copia o fotocopia de estos documentos (Acta Recepción Definitiva y su respectivo Decreto Alcaldicio), deberán ser remitidas la Dirección de Educación Pública. Esta recepción final, en ningún caso exime la responsabilidad legal que le compete al contratista por el plazo de 5 años de ejecutada la obra. Si la Dirección de Obras tuviese reparos u observaciones imputables a defectos de construcción respecto de la obra o mala calidad de los materiales empleados, deberá dejar constancia de ello en el Acta y el Contratista deberá subsanar los reparos u observaciones, a su costo, dentro del plazo que le fije la Municipalidad a contar de la fecha del Acta, todo lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad ante la ley, por vicios ocultos de construcción que resulten y se detecten con posterioridad a la fecha de Recepción Definitiva. 22. COLOCACION DE LETREROS El contratista deberá colocar un letrero indicativo del proyecto de acuerdo a las normas vigentes, según antecedentes e indicaciones de la I. Municipalidad de Pencahue el cual será de costo del contratista. Este se deberá instalar en la primera semana de trabajo y de acuerdo a lo estipulado en especificaciones técnicas que se adjuntan. 23. UNIDAD TÉCNICA, INSPECCIÓN TÉCNICA Y ENCARGADO FINANCIERO La unidad técnica de la licitación estará conformada por la comisión evaluadora, dentro de la cual, el DAEM realizará el proceso y gestión de licitación pública, mientras que el Departamento de Obras operará como unidad técnica posterior a la firma de contrato. En relación al encargado financiero, corresponderá al jefe de finanzas del DAEM, quien deberá gestionar las cuotas, rendiciones y el financiamiento para la correcta ejecución de la obra. Las comunicaciones entre el proveedor y la Inspección Técnica serán por escrito. Toda comunicación del contratista a la Inspección Técnica deberá ingresar a través de la Oficina de Partes de la Unidad Técnica. 24. OCUPACION DE BIEN NACIONAL DE USO PÚBLICO En el caso que el contratista realice actividades, acciones y labores de ocupación de bien nacional de uso público, deberá gestionar y tramitar todos los permisos correspondientes con las entidades involucradas en cada actividad y/o trabajo. Además, deberá informar a la Dirección de Obras Municipales, las gestiones realizadas con los permisos y solicitudes 25. MODIFICACIÓN DE PROYECTO La propuesta deberá comprender todas las obras detalladas en el proyecto (indicadas en las especificaciones técnicas, planos, anexos, normativas y demás antecedentes) de la licitación pública, incluso todas las obras de carácter provisorio necesarias para el desarrollo de su contrato, tales como cierros provisorios, oficinas para la I.T.O., bodegas, empalmes, etc. CAMBIO DE PROYECTO Toda modificación, actualización, complementación o mejoramiento que se plantee a los diversos proyectos de arquitectura, ingeniería y especialidades contemplados en la licitación, sólo podrán llevarse a cabo previa aprobación de dicha modificación por parte de la Dirección de Educación Pública, previo informe técnico del ITO, dependiente de la Dirección de Obras. El Contratista no podrá hacer, por iniciativa propia, cambio alguno en los planos, especificaciones, instrucciones de fábrica y cubicaciones que sirvieron de base al Contrato. Cualquiera duda que surja en el curso de la obra, deberá ponerla oportunamente en conocimiento de la Unidad Técnica a través del Libro de Obra o bien por carta, según sean sus características, pero cualquier modificación debe contar con la autorización de la Dirección de Educación Pública y del Proyectista autor del diseño, previo informe técnico del ITO. 26. DE LA VISITA A TERRENO La visita en terreno podrá ser de lunes a viernes desde las 09:00 hrs. hasta las 12:00 hrs. la cual debe ser gestionada previa coordinación, con un mínimo de 24 horas de anticipación, al correo educacionpencahue@gmail.com con copia a jamorrios@gmail.com o al número telefónico de la I. Municipalidad de Pencahue 71-2413900 / 71-2413941. Esta deberá ser gestionada por cada oferente de manera independiente, la unidad técnica emitirá antecedentes tales como, ubicación georreferencial del proyecto (archivo kmz, de Google Earth), set fotográficos del lugar a intervenir y la mayor cantidad de información disponible del terreno donde se emplazará el proyecto. Todas las consultas y dudas que presenten los oferentes deberán ser realizadas en el foro de Mercado Público de la licitación del proyecto en los plazos y horarios establecidos en la plataforma de la licitación pública. 27. DE LOS AUMENTOS DE PLAZOS Solo la unidad técnica será quien podrá otorgar un plazo mayor para dar termino al proyecto, mediante Decreto Alcaldicio, basándose en eventos de fuerza mayor o trabajos que surjan al momento de la ejecución de la obra, que a criterio y bajo informe de la I.T.O. se paralicen los trabajos. Lo que además deberá estar indicado con las fechas correspondientes en libro de obras. Solo en casos especiales, plenamente justificados, el contratista podrá solicitar aumentos del plazo de ejecución de las obras. La solicitud de aumento de plazo, debidamente fundada, deberá ser ingresada por el contratista a la oficina de partes de la Unidad Técnica, a lo menos con 10 días de anticipación al vencimiento del plazo original de ejecución. La unidad Técnica se pronunciará sobre los fundamentos invocados en informe que remitirá al Mandante, proponiendo la aceptación o rechazo de la solicitud de aumento de plazo e indicando, en caso favorable, el mayor plazo que considera prudente otorgar. 28. DE LA FORMA DE PAGO DEL CONTRATO El valor del contrato se cancelará mediante estados de pagos distribuidos en el plazo de la oferta; los estados de pago corresponderán al valor del contrato ejecutado, según avance de obra. No se podrá presentar estados de pago por materiales depositados al pie de la obra o por fabricación de elementos prefabricados. El último estado de pago será contra recepción provisoria de las obras y una vez que se haya ejecutado el 100% de avance físico programado, ejecutado y susceptible de cuantificar. Todo según disponibilidad presupuestaria de la fuente de financiamiento. En ningún caso el monto total a cancelar podrá ser superior al equivalente al avance físico de la obra. En todo caso, el último estado de pago, no podrá fijarse antes de la recepción provisoria de las obras. De este mismo modo, el último estado de pago no podrá ser inferior al 15% del monto contratado para la obra. Cada Estado de Pago deberá ser visado por el ITO. Debe ser entregado según se indica en las presentes Bases. Para dar curso al respectivo Estado de Pago, será requisito que el contratista haya ingresado a la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Pencahue, documento conductor en el que solicita el pago, al que adjuntará Factura o Boleta extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Pencahue, RUT 69.110.800-7, domicilio en Calle Alejandro Cruz Vergara Nº 891, Pencahue y los siguientes documentos: • Carátula del Estado de Pago, indicando el estado de avance físico de la obra, debidamente suscrita por el inspector Técnico de la obra, dependiente de la Dirección de Obras y el Contratista. • Fecha del estado de Pago, que debe tener fecha de emisión igual o anterior a la factura • Nombre del proyecto. • Fecha de inicio y termino contractual. • Monto del contrato. • Aumentos y/o disminuciones de contrato. • Detalle de anticipos y multas, si las hubiere. • Ficha de programación financiera. • Factura timbrada y firmada por el DOM. • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) extendido y visado por Inspección del Trabajo. • Detalle de las obras ejecutadas, visado por el Inspector Técnico y el Contratista; correspondiente al estado de pago respectivo. • Documento del contratista que indique haber solucionado las observaciones realizadas (si las hubiere) por Inspección Técnica. • Set de Fotografías (20), en un CD. Que representen el estado de avance según estado de pago. • Garantía por el 5% del valor de la oferta, que cauciona la buena ejecución de la obra según lo estipulado en el punto N°11 de las Bases Administrativas Generales, esto para el último estado de Pago. Para esta obra, según convenio de trasferencia, punto cuarto, se deberá efectuar una retención en cada estado de pago, de al menos un 5%, monto que será determinado por la Dirección de Obras. PROGRAMACION FINANCIERA Para la gestión de cada estado de pago, el adjudicatario deberá agregar el anexo Programa de Caja con la programación financiera de los requerimientos de fondos durante la ejecución del proyecto, firmado por el contratista y por el ITO de la obra. Ello permitirá además evaluar la validez y coherencia de la Carta Gantt. FACTORING Conforme al reglamento de la Ley 19.886 Las entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de Factoring suscritos por sus contratistas, siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. En consecuencia, en caso que el contratista haga uso de Factoring, deberá informar oportunamente por escrito a la Inspección Técnica, con el objetivo que se tomen los resguardos administrativos, Deberá quedar explícitamente señalado que el plazo de reclamación de la factura será de 30 días. En caso que el contratista sea sancionado con multa durante la ejecución del proyecto, ésta deberá ser aplicada inmediatamente en el estado de pago respectivo (no se efectúa el descuento en el último estado de pago) o puede el contratista pagarla separadamente emitiendo la correspondiente caratula de estado de pago y adjuntar fotocopia timbrada por el ITO del comprobante de ingreso de la multa a tesorería del municipio. 29. ORDEN DE PRELACION EXCLUYENTE DE DOCUMENTOS En relación a discrepancias entre el oferente Adjudicado y la Unidad Técnica respecto del contrato se resolverán las controversias conforme al tenor que conste en los siguientes documentos en orden preferente y excluyente uno con otros: • Contrato • Aclaraciones y Respuestas a las Consultas • Bases Administrativas Generales • Especificaciones Técnicas • Planos (los de estructura sobre los de arquitectura). • Propuesta de los Oferentes