RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuestas que queden en primer lugar una vez terminada la evaluación. Los criterios de desempate serán los siguientes:
a. En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje en el ítem Oferta Económica.
b. En segundo lugar, en caso de persistir la igualdad entre dos o más propuestas se escogerá aquella propuesta cuyo oferente presente el mejor puntaje por Oferta Técnica
c. En caso de mantenerse el empate, se resolverá tomando en consideración el mayor puntaje en Experiencia Certificada
d. En caso de persistir la igualdad de puntajes, se escogerá aquella propuesta cuyo oferente presente el mejor puntaje en Plazo de Entrega
e. Finalmente, si aplicados todos los criterios de desempate y aún se mantiene la igualdad se resolverá adjudicando al oferente que haya sido mejor evaluado en Cumplimiento de Requisitos Formales.
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READJUDICACIÓN |
El Municipio podrá readjudicar la presente licitación en los siguientes casos:
a. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
b. Si el proveedor no acepta la orden de compra dentro del plazo establecido, por causas atribuibles al adjudicatario.
c. Si el adjudicatario desiste de su oferta.
d. Si el adjudicatario no toma y presenta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
e. Si el adjudicatario no acredita los requisitos para contratar con el municipio.
f. Si el adjudicatario está inhabilitado para contratar con el estado en los términos del artículo 4º de la Ley Nº19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
g. En caso de UTP, si cualquiera de las personas naturales o jurídicas, que la conforman están afectas a alguna de las inhabilidades indicadas en la letra f).
h. Si tratándose de una UTP, ésta no presenta escritura pública en donde conste el acuerdo de constitución, cuando corresponda.
i. En caso de UTP, cuando aquel de los asociados que aporte el criterio de mayor evaluación de la oferta se retire de la UTP.
j. Que el proveedor adjudicado, o en el caso de UTP alguno de sus integrantes no se hubiese registrado en Chileproveedores dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la licitación.
En caso de que el adjudicatario cumpla con alguna de estas razones, el municipio se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación mediante resolución fundada a través de decreto Alcaldicio, quedando facultado para readjudicar al siguiente oferente que obtuvo la puntuación más alta, y así sucesivamente, o en su defecto declarar desierto el proceso de licitación, cuando no existan más ofertas.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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CONSULTAS, RESPUESTA Y/O ACLARACIONES |
Toda consulta respecto de esta licitación, o algún punto específico de las presentes bases se efectuarán sólo a través del portal web www.mercadopublico.cl, por medio del foro establecido para tal efecto, debiendo el oferente hacer referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada (ver numeral 6).
Los oferentes no podrán contactarse de ninguna otra forma con el municipio o con sus funcionarios, en relación con el presente proceso licitatorio, durante el curso de este. Así también, las respuestas y aclaraciones que el Municipio estime necesario hacer a las bases y/o sus documentos anexos, serán entregadas por este mismo medio, conforme a las fechas establecidas en el punto anteriormente mencionado y en el formulario electrónico de la propuesta, pasando a formar parte integral de este proceso. Se deja constancia que aquellas consultas u observaciones respecto al presente proceso licitatorio, que se efectúen por una vía distinta a la estipulada, serán descartadas.
Los reclamos que se hagan a la entidad licitante, a causa de actos u omisiones del proceso licitatorio, deberán efectuarse a través del portal web de Mercado Público. Lo anterior, sin perjuicio de ejercer las acciones contempladas en las Leyes para tales efectos.
Será de responsabilidad de los interesados el oportuno examen de las consultas, respuestas y/o aclaraciones desde el portal Mercado Público y no podrán hacer reclamo alguno si su oferta no cumple por desconocimiento de ellas.
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DE LA APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las ofertas recibidas a través del portal web www.mercadopublico.cl así como la aceptación y rechazo de ofertas se realizará en forma electrónica en la I. Municipalidad de San Pedro, según fecha y horario establecido en el numeral 6 de las presentes bases administrativas en el formulario electrónico de la presente licitación. La aceptación de ofertas sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes:
a) Haber ingresado en el portal web de Mercado Público la documentación de carácter de esencial, esta es:
i. La totalidad de antecedentes requeridos en 12.2. y 12.3., antecedentes técnicos y económicos respectivamente.
b) Haber presentado una oferta económica según Anexo N°7, cuyo VALOR BRUTO TOTAL CONTRATO Línea N°” X” NO supere el presupuesto para la Línea N°” X” informado en las Bases Técnicas.
c) Haber presentado para cada línea una solución de licencias, de acuerdo a lo solicitado como mínimo en las bases técnicas.
d) Haber propuesto un plazo de entrega que no supere los 15 días corridos.
e) En el caso de una UTP, haber ingresado documento público o privado (según corresponda) que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Aquellas propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos en el párrafo anterior, serán rechazadas en el acto de apertura y declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº19.886.
La apertura será realizada con la comisión de evaluación. En dicho proceso se levantará un acta, en la cual quedará constancia de las ofertas presentadas y los antecedentes adjuntos a cada propuesta, además se consignarán las observaciones formuladas respecto de las ofertas rechazadas y los motivos del rechazo.
El municipio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o de aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación.
Aquellos oferentes cuyas propuestas no fueren aceptadas, no tendrán derecho a indemnización alguna, renunciando expresamente a toda acción que administrativa o judicialmente pudiere corresponderle, por el solo hecho de presentarse a la Propuesta.
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