Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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Servicio Nacional de Capacitación y Empleo
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Fecha de vencimiento:
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31-10-2025
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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A la fecha de la suscripción del contrato, el oferente adjudicado entregará una caución o garantía, de fiel cumplimiento del servicio contratado y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley Nº 20.238, emitida por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, cuyos datos se deben incluir en el contrato. La caución deberá tener el carácter de irrevocable y ser pagadera a la vista, a nombre del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, RUT: 61.531.000-K, con fecha de vencimiento correspondiente a lo menos 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de contrato. Podrá otorgarse física o electrónicamente (cumpliendo con todos los requisitos señalados en el presente numeral y las formalidades correspondientes para cada caso). Esta garantía podrá ser tomada por un tercero. El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar, tal como dispone el artículo 68, inciso tercero, del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
En caso de póliza de seguro deberá señalar expresamente que incluye el pago de obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista y el pago de las multas. En caso de Certificados de Fianza, deberá señalar expresamente que incluye el pago de las multas.
Para la presentación de la garantía de fiel cumplimiento, se debe considerar lo siguiente:
-Si el documento de garantía es otorgado físicamente, deberá ser entregado en las Oficinas de Partes de las Direcciones Regionales de SENCE, o en la Oficina de Partes del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) ubicada en Teatinos N°370, Santiago Centro, Región Metropolitana en días hábiles en horario de 9:00 hrs. a 14:00 hrs.
-Asimismo, el documento podrá ser enviado por correo certificado, a la Oficina de Partes Nivel Central, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) ubicada en calle Teatinos N°370, comuna de Santiago. Esta deberá enviarse en un sobre cerrado, especificando en él, nombre del proceso, ID, nombre,
R.U.T y teléfono del proveedor que remite la información.
- Si la garantía es otorgada electrónicamente, deberá adjuntarse junto a la copia del contrato firmado por el proveedor. El funcionario a cargo de la tramitación del contrato deberá remitir una copia a la casilla de la Oficina de Partes al email opacentral@sence.cl.
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Glosa:
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La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, deberá tener la siguiente glosa: “Garantía de Fiel Cumplimiento ID 45-43-LE23”, con excepción de los Vales Vista.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Dicha garantía de fiel cumplimiento será retirada por el proveedor a contar de la fecha en que el SENCE le comunique que ha recibido a satisfacción la totalidad de los servicios encomendados, y transcurridos a lo menos 60 días hábiles de terminado el contrato.
Cobro de garantía:
Sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan, el SENCE hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en los siguientes casos:
a) En caso de aplicación de multas, según lo dispuesto en las presentes Bases, el contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el SENCE podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
En caso de que el SENCE haga efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por aplicación de multas, el contratista tendrá la obligación de sustituirla dentro de los 10 días hábiles siguientes contados a partir de la solicitud de reemplazo. Dicha garantía deberá tener igual valor y características que las indicadas en el presente numeral.
b) Al terminarse anticipadamente el contrato por cualquiera de las causales señaladas en el punto 23 de las presentes Bases, imputables al proveedor.
Además, dichas garantías caucionarán el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, sin necesidad de estipulación expresa, excepto en el caso de póliza de garantía que deberá contemplarse de forma expresa.
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