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Resolución de Empates |
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Para resolver empates entre las ofertas, se resolverá teniendo en cuenta el resultado de los criterios aplicados en el siguiente orden:
● Precio.
● Propuesta Técnica.
● Experiencia.
● Vigencia del Precio Ofertado.
● Desarrollo Económico Local.
● Programa de Integridad y Compliance.
Formalidad de la Propuesta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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A través del sistema electrónico del portal mercado público, conforme a lo establecido en la Ley de Compras Públicas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación privada, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
i) Que, el incumplimiento de cualquiera de los requisitos precedentemente señalados, implicara que la oferta sea declara inadmisible
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PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
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El proveedor que desee postular podrá ingresar su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, hasta el día y hora de recepción indicada en la Ficha-base electrónica del portal, por el monto de un peso (1$), incluyendo la siguiente documentación, en el respectivo anexo identificado en el sistema, (Administrativos – Técnicos – Económicos).
Inscripción y habilidad en Registro de Proveedores: Obligatorio
Presentar Ofertas por Sistema: Obligatorio.
No se aceptaran ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo en aquellos casos en que por indisponibilidad del sistema el oferente no pueda ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl este podrá hacer la entrega física de su oferta hasta 72 horas corridas después de la fecha de recepción de ofertas fijada en el sistema, en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Graneros, adjuntando una carta explicativa de los hechos acontecidos que imposibilitaron la presentación de la oferta. Lo anterior deberá ser ratificado a través de certificado de indisponibilidad del sistema que emite la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP), Chilecompra. La oferta será aceptada únicamente si aquello es confirmado por la DCCP, de lo contrario será declarada inadmisible.
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PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS |
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El plazo máximo de entrega de los productos será de 05 días hábiles, contados desde el envío de la Orden de Compra a través del Sistema de Informaciones.
De no indicar o indicar un plazo de entrega superior al señalado precedentemente la comisión evaluadora podrá declarar INADMISIBLE las propuestas.
El plazo de entrega se iniciará según los requerimientos de la Unidad Técnica y el Inspector Técnico del Adquisición, esto debido a que como es un contrato de suministros se irán solicitando al adjudicatario según las necesidades de la Unidad Técnica.
Al ser un contrato de suministros se solicitarán mediante Órdenes de Compra, cuya entrega de lo exigido tendrá un plazo de entrega máximo de 5 días hábiles desde la emisión de la Orden de Compra, de acuerdo a lo que el oferente indicará en la presentación de su Oferta Económica.
Asimismo, se irán requiriendo los productos hasta completar la duración del contrato de suministro o el monto total del contrato.
La duración del presente Contrato de Suministro será desde la fecha del Decreto de Adjudicación de la oferta y por un año, o hasta cuando los recursos asignados se hayan utilizado, dependiendo de cuál de los sucesos ocurra antes.
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PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO |
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El presupuesto máximo disponible para los presentes Contratos de Suministro, por cada línea de licitación es el siguiente:
• Línea N°1, Materiales de Oficina: $ 8.349.500 (ocho millones trescientos cuarenta y nueve mil quinientos pesos) IVA Incluido, con financiamiento de la Municipalidad de Graneros.
• Línea N°2, Materiales de Aseo: $ 12.571.500 (doce millones quinientos setenta y un mil quinientos pesos) IVA Incluido, con financiamiento de la Municipalidad de Graneros.
De exceder en más de un 50% el precio unitario por producto en relación a los valores de mercado, se podrá declarar inadmisible la propuesta.
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DE LOS OFERENTES PARTICIPANTES |
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Podrán participar todas las empresas, personas naturales y jurídicas del rubro, con iniciación de actividades ante S.I.I., que se encuentre inscritos y en estado hábil en Chile proveedores y que no estén afectos a las inhabilidades contemplada en la ley N°19.886 y su Reglamento.
Podrán contratar con la administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o Extranjeras, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los requisitos que este señale y con los que exige el derecho común. Quedaran excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la descripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursables establecidos en el Código Penal.
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que este tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o presentación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas
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PROHIBICIONES |
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4.1.1. Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con:
- El Personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica.
- Las personas naturales contratadas a honorarios por este organismo.
- Los cónyuges o convivientes civiles de las personas a las que aluden los numerales anteriores, así como las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- Las sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que las personas antes señaladas formen parte o sean beneficiarios finales,
- Las sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que las personas indicadas sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales,
- Las sociedades anónimas abiertas en que las apuntadas personas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, y
- Los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
- La prohibición debe entenderse respecto del personal dependiente de las misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
4.1.2. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplicará:
- Respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente,
- Respecto de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación,
- A las personas unidas a los funcionarios indicados por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y
- A las sociedades en que participen las personas anotadas en los numerales precedentes, en los términos expuestos en el párrafo anterior.
Esta prohibición se extenderá durante el tiempo en que tales personas ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
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DE LA UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP) |
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Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, previo a la firma del contrato, sin que sea necesario presentarla en la oferta. No obstante, se recomienda, igualmente suscribir un instrumento privado y subirlo en su oferta, como compromiso de formalizarse posteriormente por escritura pública, una vez adjudicado.
Se exigirá la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, de cada proveedor de la UTP.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Compras Públicas.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el Capítulo XIII párrafo 2 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra.
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COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN |
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Las comunicaciones entre la entidad licitante y los oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
El oferente podrá formular todas sus consultas, a través del portal, en los plazos dispuestos para tales efectos en el cronograma de licitación.
Las observaciones al acto de apertura, también deberán realizarse en el portal, en un plazo máximo de 24 horas, a partir de dicho acto.
Los reclamos que se hagan a la entidad licitante, a causa de actos u omisiones del proceso licitatorio, deberán hacerse llegar a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las consultas, observaciones al acto de apertura o reclamos al proceso licitatorio, que se hagan llegar por vías no oficiales (llamada telefónica, correo electrónico o carta), o una vez vencidos los plazos dispuestos, no podrán ser gestionados por la entidad licitante.
Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.
Es obligación del Oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada.
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FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS FORMATOS ANEXOS SOLICITADOS |
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Todos los antecedentes requeridos en las presentes bases, deberán presentarse escaneados e ingresados por separado, sin enmiendas y entendibles. No se aceptarán formatos alterados, incompletos o sin suscripción de la firma, como así también no se aceptarán formatos que contemplen en su visación (firma) imágenes de la visación o simplemente digitado el nombre del proponente, salvo que estos hayan sido firmados mediante firma electrónica en conformidad a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
De presentarse formatos alterados o incompletos los documentos en cuestión se asumirán como faltantes, pudiendo ser requeridos en www.mercadopublico.cl sometiéndose el mismo procedimiento descrito en las presentes bases, sujetándose para ello a los descuentos explicitados en la pauta de evaluación.
Todos los documentos que conformen la Oferta Técnica y Administrativa se deberán publicar en originales, en formato Adobe Acrobat (PDF), o imagen JPEG. Dichos documentos deberán ser publicados por el oferente en el orden que se describen y de forma que permitan diferenciar e identificar a cada uno de ellos.
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FORMALIDAD DE LA PROPUESTA |
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Será considerado como incumplimiento en la formalidad de la propuesta, aplicando descuento de puntaje, según lo señalado en el respectivo factor de evaluación, lo siguiente:
a) No presentación de una oferta clara y ordenada, subiendo los documentos en forma dispersa en cualquiera de los anexos (administrativos, técnicos y económicos), disponibles en el sistema electrónico.
b) En su oferta ingresa todos los documentos requeridos, no obstante, estos presentan errores (no esenciales).
c) En su oferta omite los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos señalados precedentemente.
d) La comisión requiere aclaratoria de la oferta a través de foro inverso del portal mercado público.
e) Ingresa documentos que no están solicitados en las Bases o mayor cantidad de antecedentes de los detallados en los formatos.
f) Los antecedentes deberán ser presentados en formato PDF, WORD, JPG o EXCEL. En caso de archivos comprimidos, deben ser en formato WINRAR, ZIP o similar; será de absoluta responsabilidad del oferente que dichos archivos sean legibles, no contengan errores o se encuentren dañados.
g) De existir una discordancia entre el monto registrado en el comprobante de oferta del sistema y el valor neto del Formato de Oferta Económica.
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VERACIDAD DE LA OFERTA Y COMPROBACIÓN DE LO DECLARADO |
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Se deja expresa constancia que la Municipalidad de Graneros comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica.
La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), la entidad licitante podrá verificar la información por cada uno de los integrantes que la conforman. Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en las presentes bases de licitación, sin perjuicio, de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".
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DEL RECHAZO DE OFERTAS |
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La no presentación de cualquiera de los documentos señalados previamente en los numerales 13.1, 13.2 y 13.3, en especial de aquellos que se requieran para la evaluación técnica y económica, dará lugar a que la oferta pueda ser rechazada en la apertura electrónica del portal mercado público o en la evaluación.
Sin embargo, en caso de existir una discordancia entre los antecedentes ingresados, o cuando algún oferente no ingrese algún anexo anteriormente mencionado, la comisión podrá solicitar mediante foro inverso la incorporación o corregir errores, siempre y cuando no le confiere una condición de privilegio con respecto a los demás oferentes. Lo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 56 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras Públicas, que la comisión podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, así como certificaciones o antecedentes, que haya obtenido con anterioridad al cierre de la propuesta, siempre y cuando no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información del portal mercado público.
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