La comisión, posterior al acto de apertura y dentro de los 2 días hábiles siguientes, podrá solicitar a los oferentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 40 del reglamento, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afectan los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar el momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar estas y el periodo de evaluación, con la excepción de las garantías y los indicados en el párrafo dos del Articulo 7.1 de las presentes B.A.E.
El plazo de corrección de las omisiones es de 24 horas, contado desde aquel en que se hubiere efectuado el requerimiento a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. De no existir respuesta por parte del oferente en ese plazo establecido precedentemente, se procederá a declarar fuera de base la oferta presentada por el proponente incumplidor y/o según sea el caso se le restara puntaje de acuerdo a la pauta de evaluación.