CRITERIOS DE DESEMPATE |
En caso de que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:
Mayor puntaje obtenido en “Oferta Económica”
Mayor puntaje obtenido en “Plazo de Implementación”
Mayor puntaje obtenido en “Programas de Integridad”
La primera de las ofertas presentadas en el portal www.mercadopublico.cl
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CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE DATOS |
Para los efectos del presente contrato, se entenderá por “Información Confidencial” a toda información, sea completa o parcial, verbal o escrita, independiente del medio en que conste o se transmita, que las partes reciban la una de la otra y que sea designada como tal.
La Información Confidencial será mantenida en estricta reserva por las partes, quienes deberán mantener la debida confidencialidad de los datos, bases de datos, documentos y a todos los archivos informáticos a que tenga acceso con motivo del presente contrato, quedándole expresamente prohibido divulgarlos, publicarlos, fotocopiarlos, copiarlos o distribuirlos a terceros extraños a este contrato o hacer cualquier uso indebido de ellos.
Estas informaciones y datos sólo podrán ser revelados por instrucción de la parte divulgadora.
No se considerará Información Confidencial (1) la información que llegue a ser de dominio público sin que medie un incumplimiento de este contrato, (2) la información que la parte receptora reciba lícitamente de otra fuente sin una obligación de confidencialidad, (3) la información que se desarrolle de manera independiente, o (4) la información que constituya un comentario o sugerencia ofrecida voluntariamente acerca del negocio, los productos o servicios de la otra parte.
El proveedor guardará especial atención y se obliga a mantener la confidencialidad de los datos a que pueda tener acceso en virtud del presente contrato. En este sentido, el proveedor no podrá recolectar, almacenar, transferir, transmitir, comunicar, tratar, ceder o usar, de cualquier forma, los datos indicados anteriormente, salvo que dichas acciones sean necesarias para el cumplimiento de las obligaciones consignadas en el presente contrato y/o que medie una autorización escrita por parte del representante legal del órgano contratante.
En ningún caso se entenderá que el proveedor tiene algún derecho sobre datos personales que se le han entregado, ni se entenderá que su titular ha prestado su consentimiento para dicho tratamiento.
El proveedor adoptará todas las medidas conducentes a resguardar la confidencialidad de la información por parte de su personal, incluyendo profesionales, consultores, contratistas o demás personas que deban tomar, hayan tomado o tengan conocimiento de la Información Confidencial del órgano contratante.
Los consultores y personal dependiente del proveedor, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios contratados, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad de la misma forma aplicable al proveedor.
Toda la Información Confidencial (incluyendo las copias tangibles y la almacenada por medios electrónicos y/o cualquier otro medio) proporcionada por el órgano contratante será devuelta a éste dentro de los 30 días corridos contados desde la recepción de un requerimiento escrito por el órgano contratante. Para dichos efectos, el proveedor entregará al órgano comprador todos los materiales que contengan o representen la Información Confidencial recibida. Hecho lo anterior, el proveedor no podrá mantener ninguna Información Confidencial del órgano contratante en su poder, debiendo eliminar de forma irreversible cualquier copia de dicha información que disponga en sus registros lógicos y físicos.
En todo momento durante el periodo de vigencia del contrato, el órgano comprador tendrá el derecho de acceder a sus datos almacenados, así como tendrá también la capacidad de extraerlos, a su cuenta y riesgo. El proveedor conservará los datos de la entidad almacenados en éste, en una cuenta con funcionalidad limitada durante los 60 días siguientes a la expiración o terminación del contrato, de tal modo que la entidad pueda extraer los datos. Una vez que finalice el periodo de conservación de 60 días, el proveedor deshabilitará la cuenta del órgano comprador y eliminará sus datos.
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SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
“El proveedor deberá adoptar todas las medidas técnicas y organizativas de seguridad que
sean efectivas para efectos de evitar que la información del órgano contratante sea
accedida por terceros no autorizados.
Lo anterior se extiende, además, a las comunicaciones electrónicas de dicha información
entre el proveedor y el órgano comprador.
En tal caso, el proveedor deberá emplear las medidas seguridad que sean necesarias y
adecuadas para que estas comunicaciones no sean interceptadas.
Para lo anterior, seguirá los estándares de seguridad establecidos en el decreto N°83, de
2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre seguridad y
confidencialidad de los documentos electrónicos, o aquella norma que lo reemplace”.
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PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES |
El proveedor se compromete a observar lo establecido en la ley N° 19.628 de Protección
de la Vida Privada y demás legislación chilena aplicable, respecto de la protección de datos
personales.
En particular, deberá destruir o eliminar los datos de carácter personal o cualquier soporte
o documento en que éstos se incorporen, a la finalización del presente contrato o por
requerimiento expreso y por escrito del órgano comprador.
Las obligaciones derivadas de la presente estipulación se extinguirán en el momento en
que los datos de carácter personal hayan sido completamente borrados o eliminados del equipo de almacenamiento de datos o de algún modo, destruidos o convertidos en
inaccesibles.
El proveedor se compromete a adoptar, actualizar y mantener las medidas organizativas y
técnicas que estime necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos
de carácter personal, impidiendo cualquier alteración, perdida, tratamiento, procesamiento
o acceso no autorizado. Esta obligación se desarrollará de conformidad con el estado de la
tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a los que estén expuestos ya sea que
provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
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USO DE LOS DATOS DE LA ENTIDAD PÚBLICA |
Los datos de la entidad se utilizarán únicamente para prestar al órgano comprador los
servicios contratados, incluyendo finalidades compatibles con la prestación de dichos
servicios.
El proveedor no utilizará los datos de la entidad —ni derivará información de ellos- para
finalidades publicitarias o finalidades comerciales similares. Por lo que respecta a las
partes, la entidad conserva todos los derechos, la titularidad y los intereses sobre sus datos.
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ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD |
El proveedor se compromete a cumplir el siguiente acuerdo de confidencialidad:
PRIMERO: La información que la Dirección del Trabajo proporcione al proveedor del servicio o a la que se le otorgue acceso en virtud del servicio contratado, será tratada por
el Proveedor con el máximo de confidencialidad, comprometiéndose, asimismo, a no
difundirla, entregarla o cederla a ningún título o hacer uso de ella para fines distintos al
objeto de esta adquisición.
SEGUNDO: El Proveedor del servicio se obliga a dar cumplimiento a las disposiciones
contenidas en la Ley N°19.628 de 1999, sobre Protección de la Vida Privada.
TERCERO: El Proveedor del servicio reconoce que la propiedad de la información a la cual
accede por medio de la prestación regulada en el servicio es total y exclusiva de la
DIRECCIÓN DEL TRABAJO. Su acceso a dicha información es temporal, y sólo por el
periodo contemplado en esta compra y con el objeto específico acordado por las partes en el instrumento que regule la entrega del servicio.
CUARTO: El Proveedor del servicio, respecto del tratamiento de datos al cual accede en
virtud de esta compra, se obliga a no utilizar en ninguna circunstancia, ni aún después
determinada su vigencia, la información proporcionada por la DIRECCIÓN DEL TRABAJO,
salvo en lo que diga estricta relación con la aplicación de este. Bajo esta prohibición se
incluye a todo su personal dependiente.
QUINTO: El proveedor del servicio se compromete y compromete a todo su personal, a guardar absoluta confidencialidad y reserva respecto de toda información o documentación
entregada por la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, cualquiera sea el soporte en el ésta se
encuentre contenida.
De conformidad a la Política de Gestión de Activos de la Información de la DIRECCIÓN
DEL TRABAJO, únicamente no podrá ser considerada como confidencial la información
que tal documento define como pública, esto es, aquella que puede ser conocida y utilizada
sin autorización por cualquier persona, sea funcionario de la DIRECCIÓN DEL TRABAJO
o no.
En consecuencia, toda aquella información que no cumpla con las características señaladas
en el párrafo precedente se entenderá que reviste el carácter de confidencial.
La información de carácter confidencial sólo podrá ser utilizada por el proveedor del servicio
exclusiva y únicamente para los fines para los cuales esta fue puesta en su conocimiento,
y no podrá ser revelada a terceros, salvo autorización expresa y por escrito de la
DIRECCIÓN DEL TRABAJO.
El proveedor de servicio se compromete a devolver o destruir la información recibida, de conformidad a lo que sea requerido por DIRECCIÓN DEL TRABAJO.
Además, se compromete a cumplir las siguientes obligaciones:
1. Usar los datos e información que la DIRECCIÓN DEL TRABAJO le entregue sólo
con el propósito de realizar la tarea encomendada;
2. Abstenerse de copiar toda o parte de la información que le sea entregada por la
DIRECCIÓN DEL TRABAJO;
3. En el caso que, para la realización de su labor, la DIRECCIÓN DEL TRABAJO le
asigne clave, se compromete a no divulgarla ni ponerla en conocimiento de terceros
y a usarla personalmente.
4. En el evento que el proveedor del servicio o cualquiera de sus empleados,
dependientes o no, no dieran cumplimiento a lo relativo a la confidencialidad o
reserva de la información entregada por la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, el servicio
contratado se podrá resolver de manera inmediata, de forma unilateral por parte de
la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, y de manera administrativa y sin forma de juicio, y
dará derecho a la DIRECCIÓN DELTRABAJO de hacer efectiva la(s) boleta(s) de
garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza u otro instrumento financiero que sea
pagadero a la vista, si corresponde y de ejercer todas las acciones legales que
correspondan.
SEXTO: Concluido el servicio, el proveedor del servicio deberá restituir a la DIRECCIÓN
DEL TRABAJO en un solo acto e inmediatamente, todos y cada uno de los bienes de su
propiedad, tales como documentos, informes, archivos, bases de datos y demás
antecedentes impresos o en otro tipo de soporte o archivo que se encuentren en su poder
y que sean de propiedad de la DIRECCIÓN DEL TRABAJO, relativos a la Dirección o al
servicio prestado, que le hayan sido entregados o en los cuales aparezca su nombre.
Además, deberá borrar en forma permanente todos sus archivos físicos o magnéticos
proporcionados por DIRECCIÓN DEL TRABAJO.
SÉPTIMO: Para todos los efectos legales que pudieren derivarse del presente instrumento,
las partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, y prorrogan competencia
para ante sus Tribunales de Justicia.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una
de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto
de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente
acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y, especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos
o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de las mismas.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los
contratos que de ellas se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados
a la realidad, que aseguran la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con
que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de
las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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