Resolución de Empates |
Respecto de aquellos oferentes adjudicados que obtengan 0 puntos en el criterio “Presentación de Antecedentes formales de la licitación”, deberán adjuntar los antecedentes faltantes al momento de suscribir el respectivo contrato.
Resolución de empate: En caso de producirse empate entre dos o más oferentes, la comisión favorecerá al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio “Oferta económica”, de persistir el empate se considerarán los siguientes criterios:
I. Plazo de entrega
II. Número de líneas a ofertar
III. Presentación de antecedentes
IV. Proveedor que ingresa primero su oferta al portal
Los criterios de evaluación serán aplicados para cada línea de licitación, tal como se identifican y definen en el punto criterios de evaluación en estas bases
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Deben ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo erwin.toledo@conaf.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los antecedentes que se soliciten deberán tener carácter informativo y/o complementario, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
La Corporación podrá solicitar a los/as oferentes que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de postulación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento, de la Ley 19.886. Estás enmiendas no corresponderán cuando se trate de aspectos evaluables tales como el Anexo Económico.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Antecedentes requeridos a los oferentes |
Los antecedentes requeridos en los puntos 5 y 6 de las bases deben ser acreditados por los oferentes inscritos en Chileproveedores como los que aún no lo están. En el caso de los oferentes inscritos en Chileproveedores que tengan acreditados los antecedentes requeridos en la plataforma Chileproveedores no deben adjuntar dichos antecedentes a la oferta.
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Interpretación de las presentes bases |
Las presentes Bases Generales de Licitación, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre ellas la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a una licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del proyecto, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases de Licitación por sobre lo establecido en la Oferta del Adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los Oferentes o Adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos a un proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la adquisición del bien regida por estas Bases Generales. Por lo tanto serán de su cargo, todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretaciones de la información disponible o que se obtenga de las presentes Bases Generales, que integran aspectos administrativos y técnicos.
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Modificaciones de las bases |
Las presentes Bases podrán ser modificadas durante el proceso de licitación pudiendo los Oferentes realizar consultas de carácter administrativa o técnica que estimen necesarias dentro de los plazos establecidos para el efecto y así mismo la CONAF, tendrá la facultad de aclarar las consultas realizadas y/o agregar antecedentes técnicos o administrativos, las que darán lugar a “ACLARACIONES” o “ADICIONES” según su naturaleza. Si las modificaciones eventuales son importantes, la Corporación podrá extender cada uno de los plazos, con el propósito que los oferentes puedan realizar mejoras y ofertas más completas. Además, CONAF podrá extender el plazo de cierre de la licitación en el caso de no tener ofertas o contar con un bajo número de ofertas recibidas.
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Consultas y aclaraciones |
Las consultas referentes a las Bases Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimaré necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página Web www.mercadopublico.cl .
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Presentación de ofertas |
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al es tablecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los/as oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Se deberán adjuntar electrónicamente como documentos anexos, todos y cada uno de los antecedentes que formen parte de la oferta, como asimismo aquellos que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento.
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Responsable de la Evaluación |
Responsable de la evaluación será el Sr. Felipe Davinson Ketterer, Coordinador de los Programas GORES de la Oficina Provincial Aysén o quien lo reemplace.
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Adjudicación de la Licitación |
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Generales, y podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá, además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria indicada en estas bases; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl , señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación. Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Con este efecto la Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl , de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
El puntaje total obtenido por cada oferente en el proceso de evaluación, se obtiene de la suma de los factores ponderados (∑(Puntaje) y corresponderá al 100% de la ponderación total. Sin perjuicio de lo anterior, el puntaje mínimo requerido para ser adjudicado no podrá ser inferior a 50 puntos, de acuerdo a la asignación de puntaje detallado en punto criterios de evaluación.
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Forma de pago |
El pago de las prestaciones requeridas se llevará a cabo en moneda nacional (pesos chilenos), donde CONAF pagará los servicios dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de la recepción de la respectiva factura, previa recepción conforme del servicio aprobado por el responsable del programa PRODUCCIÓN DE PLANTAS FORESTALES DE CALIDAD EN VIVERO EL MALLÍN, PUERTO AYSÉN. Así mismo, la aprobación del mismo estará sujeta a la verificación del cumplimiento de las características técnicas, y que éstas sean acordes en tipo, cantidad y calidad con un estándar establecido por CONAF. Al momento de facturar el oferente adjudicado deberá tener especial cuidado de emitir su factura, separando los servicios exentos de los afecto a IVA. Para proceder al pago será requisito obligatorio que el oferente adjudicado se encuentre inscrito en el portal Chileproveedores. De acuerdo a lo dispuesto en el D.L N. 1263 de 1975 y lo informado en Oficio N. 08 del 01/04/2020 y Oficio N. 09 del 28/04/2020 de la Dirección de Presupuesto sobre pago centralizado, se informa que el pago a proveedores será efectuado por Tesorería General de la Republica, a contar del 01 de mayo del año 2020. Para agilizar el sistema de pago se solicita a los proveedores indicar cuenta corriente en la portada de la factura que emitan.
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Contrato |
El documento utilizado será la emisión de la orden de compra.
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Término anticipado del Contrato |
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el/la prestador/a de Servicios, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el/la Adjudicatario/a fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en Bases, Contrato y/o Anexos Vinculantes.
c) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
d) Cuando CONAF y el/la Adjudicatario(a) del Servicios, de común acuerdo, resuelvan poner término al Contrato.
e) Si el adjudicatario/a es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Cuando en cualquier forma la Corporación Nacional Forestal considere que están siendo vulnerados sus intereses.
h) Si el proveedor no responde satisfactoriamente a las solicitudes que la Corporación imparta en interés de superar dificultades suscitadas.
i) Si concurre alguna causal de fuerza mayor o caso fortuito, la que deberá declararse por Resolución Fundada del Director Regional de CONAF.
j) Si el(la) adjudicatario(a) fuere una sociedad y se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato
k) Si durante la vigencia del contrato se detecta que el oferente seleccionado ha omitido información o la proporcionada al presentar la oferta no es veraz.
l) Si es adjudicado supera la multa total de 45 UTM se procederá a dar término del contrato, de acuerdo al punto MULTAS de las presentes bases de licitación.
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Contraparte Técnica |
La contraparte de CONAF estará representada por el encargado del programa Gore Vivero el Mallín, quién visará la calidad y los atributos técnicos del servicio y dará su visto bueno para autorizar los pagos respectivos.
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De las obligaciones del proveedor |
El proveedor seleccionado estará obligado a cumplir fielmente lo ofrecido en el portal y prestar los servicios técnicos de acuerdo a lo estipulado en estas bases generales de licitación tanto en oportunidad como calidad.
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Confidencialidad |
El contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento el proveedor(a), relativa a actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros bajo ninguna circunstancia, incluso después de la terminación del mismo. Específicamente, queda prohibido al proveedor(a), divulgar a hacer pública cualquier información entregada y/o obtenida de CONAF respecto a su actuar, administrativo, de investigación y de gestión. En consecuencia, el proveedor(a) no deberá copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente, evitando el acceso de terceros a la misma; adoptar medidas de seguridad adecuadas para conservar la propiedad de la Información confidencial, libres de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
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Multas |
Se aplicará una multa de “15 UTM” por cada día de atraso respecto de lo estipulado en el anexo F relativo al compromiso de plazo de entrega.
Se aplicará multa hasta la suma total de 45 UTM, pasado este valor se procederá a evaluar el término del contrato, por incumplimiento de éste, según punto TERMINOS ANTICIPADOS DEL CONTRATO de las presentes bases.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercado. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Sin perjuicio de lo anterior, se eximirá a la empresa del pago de multa por concepto de atrasos, cuando a juicio de CONAF, existan causas de fuerza mayor (vg.: lluvias intensas y prolongadas, derrumbes, corte de camino que impida el tránsito fluido en la zona de trabajo, u otras de similar naturaleza). Dicha exención se hará mediante resolución fundada por parte del(a) Director(a) Regional de CONAF.
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Procedimiento aplicativo de Multas |
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, según lo estime la Corporación, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico, con todos los documentos de respaldo necesarios. 2) El Departamento de Finanzas determinara las multas aplicadas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción o el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, según sea el caso, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Sr. Director Regional de CONAF, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden su apelación. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Avenida Ogana 1060, Piso 2, Coyhaique.
4) Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá rebajar o condonar dicha multa en caso de alguna circunstancia extraordinaria o especial, cuya calidad será juzgada “como tal” exclusivamente por la Corporación.
5) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada de CONAF.
6) Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Ejecutiva de CONAF tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
7) La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
8) Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
9) En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
10) En el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuento en el pago más próximo que CONAF deba efectuar al proveedor.
11) En el evento que la garantía de cumplimiento sea finalmente cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
12) Además, de acuerdo a las Bases, CONAF podrá poner término anticipado al contrato de servicios, producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud de los daños y perjuicios ocasionados.
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Resolución de Conflictos |
Las partes procurarán solucionar sus conflictos en forma amistosa y de común acuerdo. En caso de no prosperar o no llegar a acuerdo en los términos señalados se someterán a los tribunales ordinarios de Justicia de Coyhaique.
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Readjudicación |
CONAF podrá readjudicar la licitación si el oferente seleccionado. No acepta la Orden de compra o esta es Rechazada por el Organismo demandante.
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Características Técnicas Obligatorias |
Especificaciones Técnicas Obligatorias, favor de revisar formato adjunto en (OTROS ANEXOS).
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Lugar de entrega |
Km 2 ruta Aysen- Coyhaique, oficina Provincial de CONAF Aysén.
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Monto total disponible |
El monto total disponible para esta licitación es de $ 20.100.000 IVA , oferta que supere este monto no será evaluada, quedando automáticamente afuera del proceso.
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Listado de bienes y servicios requeridos |
Especificaciones listado de bienes y servicios requeridos, favor de revisar formato adjunto en (OTROS ANEXOS).
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