Licitación ID: 4645-1-LE26
Ss. Extensionista Forestal Area La Junta 2026-2027
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Fecha de Cierre: 26-05-2026 9:33:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 73
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de extensión 1 Unidad
Cod: 70141705
SERVICIOS PROFESIONALES “EXTENSIONISTA FORESTAL AREA LA JUNTA” 2026-2027  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Ss. Extensionista Forestal Area La Junta 2026-2027
Estado:
Publicada
Descripción:
La Corporación Nacional Forestal CONAF, invita a los oferentes inscritos en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl a participar en la licitación pública para la contratación de “Servicios profesionales “extensionista forestal area La Junta” 2026-2027, según especificaciones incluidas en las presentes Bases de Licitación
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
XI Región - Area La Junta
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Patricio Linch S/N° - La Junta
Comuna:
Cisnes
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-05-2026 9:33:00
Fecha de Publicación: 14-05-2026 20:04:03
Fecha inicio de preguntas: 14-05-2026 22:59:00
Fecha final de preguntas: 21-05-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-05-2026 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-05-2026 9:34:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-05-2026 9:34:00
Fecha de Adjudicación: 29-05-2026 15:34:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
ENTREVISTA VIA ONLINE CADA MEDIA HORA POR PARTICIPANTE 26-05-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Completar, Firmar y adjuntar a la oferta siguientes Anexos 1/2A/2B/2C/2D/2E/3A/3B /4/5A/5B/5C
Documentos Técnicos
1.- Completar, Firmar y adjuntar a la oferta siguientes Anexos: 7/8/9/10/11/13/16
 
Documentos Económicos
1.- Completar, Firmar y adjuntar a la oferta Anexo 15
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 F1: Experiencia y conocimiento en entrega de asist REVISAR "Criterios de Evaluación" en Punto Requerimientos Técnico y otras Clausulas 30%
2 F2: Experiencia trabajo con pequeños y medianos pr REVISAR "Criterios de Evaluación" en Punto Requerimientos Técnico y otras Clausulas 15%
3 F3: Experiencia en la elaboración de estudios ley REVISAR "Criterios de Evaluación" en Punto Requerimientos Técnico y otras Clausulas 20%
4 F6: Cumplimiento de requisitos formales REVISAR "Criterios de Evaluación" en Punto Requerimientos Técnico y otras Clausulas 1%
5 F7: Programa de Integridad y Ética Empresarial REVISAR "Criterios de Evaluación" en Punto Requerimientos Técnico y otras Clausulas 1%
6 F4: Entrevista (Obligatoria) REVISAR "Criterios de Evaluación" en Punto Requerimientos Técnico y otras Clausulas 30%
7 F5: Oferta Económica REVISAR "Criterios de Evaluación" en Punto Requerimientos Técnico y otras Clausulas 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CONAF 05 PROGRAMA EXTENSION FORESTAL
Monto Total Estimado: 53329166
Justificación del monto estimado 26.664.583.-, con impuesto IVA incluido. Para el 2026 y 26.664.583.-, con impuesto IVA incluido. Para el 2027
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: por un periodo adicional de hasta 12 meses adicionales según presupuesto disponible, y si la Corporación lo requiere y el servicio fue prestado satisfactoriamente según comportamiento contractual e informe técnico del Depto de Bosque Respectivo territorio
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Daniel Triviño White
e-mail de responsable de pago: daniel.trivino@conaf.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La responsabilidad de dar cumplimiento al servicio recae en el adjudicatario.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS

SERVICIOS PROFESIONALES

“EXTENSIONISTA FORESTAL AREA LA JUNTA”

2026-2027

I.        CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Nombre de la licitación

SERVICIOS DE EXTENSIONISTAS FORESTALES 2026-2027

Objetivo de la licitación

La Corporación Nacional Forestal (CONAF), invita a los oferentes inscritos en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl a participar en la licitación pública para la contratación de Servicios profesionales “extensionista forestal Area La Junta” 2026-2027, según especificaciones incluidas en las presentes Bases de Licitación.

Descripción de la licitación

La Corporación Nacional Forestal, en adelante “CONAF” o “Corporación”, indistintamente, invita a los oferentes inscritos en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl a participar en la licitación pública denominada “Servicios profesionales “extensionista forestal Área La Junta” 2026-2027”según las Especificaciones Técnicas que acompañan y son parte integrante de las presentes Bases Administrativas.

Tipo de licitación

Licitación menor a 1000 UTM (LE)

Moneda a utilizar en las ofertas económicas

Pesos Chilenos

Etapas del proceso de Apertura

Una etapa

Toma de razón por contraloría

No requiere toma de razón

Publicidad de las ofertas técnicas

Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez                  realizada la apertura técnica de las ofertas.

II.     ORGANISMO DEMANDANTE

ORGANISMO DEMANDANTE

Entidad Licitante

Corporación Nacional Forestal

Unidad de Compra

Oficina Area La Junta

RUT

61.313.000-4

Dirección

Patricio Lynch SN° La Junta

Comuna

Cisnes

Región en que se genera la   licitación

XI Aysen

III.   SERVICIOS REQUERIDOS

Región

Provincia

Territorio (referencial)

Recursos Vegetacionales (Bosque Nativo- Mixto)

N° de Extensionistas

Asignación ($) Área / anual

Aysén 2026

Aysén

La Junta

Bosque Nativo

1

26.664.583

Aysén 2027

Aysén

La Junta

Bosque Nativo

1

26.664.583


IV.   
MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

Estimación en base a

Presupuesto Disponible

Monto bruto disponible

$26.664.583.-, con impuesto IVA incluido. Para el 2026 y $26.664.583.-, con impuesto IVA incluido. Para el 2027

 

Plazos de Pago

A 30 días contra la recepción conforme de la factura.

Contrato renovable

SI

Justificación de la Renovación

Renovable por un periodo adicional de hasta 12 meses adicionales según presupuesto disponible, y si la Corporación lo requiere y el servicio fue prestado satisfactoriamente según comportamiento contractual e informe técnico del Departamento de Bosque del Respectivo territorio adjudicado.

Fuente de financiamiento

CONAF

Duración del contrato

Desde suscripción del Contrato hasta el 15 de diciembre 2027

Categorías tipo contrato

Servicios

Tipo de contrato

Otros servicios

Email responsable de pago

daniel.trivino@conaf.cl

Nombre responsable del contrato

Daniel Triviño White

Teléfono

67-2212125

Prohibición de Subcontratación

Sí. La responsabilidad de dar cumplimiento al servicio recae en el adjudicatario.

V.       GARANTIAS REQUERIDAS

a) No se exigirá garantía de seriedad de oferta por tratarse de una licitación de monto menor a 5.000 UTM

(Art. 52 del Reglamento de la Ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886, de Compras Públicas).

 b) Garantía de fiel y oportuno cumplimiento


Tipo de documento

Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista Bancario, Certificado de Fianza o Póliza de Seguro

Monto / porcentaje

Valor equivalente al 5% del monto total adjudicado incluido impuestos

Beneficiario

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL, RUT.  61.313.000–4

Fecha de vencimiento

60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.

Glosa

Para garantizar el fiel y oportuno Cumplimiento del contrato de Servicios Profesionales según Licitación N° 4645-1-LE26 Ss. Extensionista Forestal Área La Junta 2026-2027

Descripción

La garantía del Fiel Cumplimiento de Contrato, tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas de la oferta y/o contrato y además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores si corresponde.

Forma y momento de restitución

Esta garantía será restituida al adjudicatario al momento de suscribir el finiquito correspondiente, previa recepción conforme de la totalidad de los servicios contratados


VI. ETAPAS Y PLAZOS

ETAPAS

Días desde publicación de la licitación

Fecha de Publicación

Indicadas en el Portal

Fecha Inicio de Preguntas

Indicadas en el Portal

Fecha Final de Preguntas

Indicadas en el Portal

Fecha Publicación Respuestas

Indicadas en el Portal

Fecha Cierre de Recepción de Ofertas

Indicadas en el Portal

Fecha de Acto de Apertura

Indicadas en el Portal

Fecha de Adjudicación (referencial)

Indicadas en el Portal

Excepcionalmente, en el caso que CONAF determine que, por razones de buen servicio, los plazos establecidos en la tabla anterior, no sean suficientes para cumplir las etapas predefinidas de este proceso licitatorio, podrá modificar los plazos con estricta sujeción a los principios de igualdad y de libre concurrencia que deben primar para todos los Oferentes, decisión que sólo deberá ser comunicada, mediante una aclaración, a través de la Plataforma de Licitaciones www.mercadopublico.cl, en el correspondiente ID del proceso de licitación.

El cierre de ofertas no podrá producirse en día inhábil o en día lunes o después de un día inhábil antes de las 15:00 horas.

En caso de vencer algún plazo en día inhábil (sábado, domingo, feriado y/o festivo), con excepción del plazo máximo para adjudicación, se entenderá prorrogado automáticamente hasta el día hábil siguiente.


1.- Consultas y aclaraciones

Las consultas referentes a las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de Etapas y Plazos de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.


2. - Modificación de las bases

La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del FORO de preguntas y respuestas, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.

VII.  ACEPTACIÓN DE BASES Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS

La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del Oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, de las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato.

Para estos efectos, el oferente deberá suscribir y presentar el Anexo n.°1 denominado Declaración Jurada Simple de conformidad con las bases.

VIII. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA

El Oferente debe completar los archivos anexos que se indican a continuación, preferentemente en formato PDF, con los siguientes antecedentes:

1.      Anexos Administrativos

1.1   Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas

1.2   Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2A (inhabilidades por condenas), adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el Oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley n.° 1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley n.° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el Oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenado con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley n.° 20.393. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.

1.3   Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2B (declaración de conformidad con el código de ética proveedores contenido en la directiva de contratación pública n.° 31).

1.4   Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2C (declaración acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios).

1.5   Anexo n.° 2D (Programa de Integridad y ética empresarial). El oferente deberá señalar en el presente anexo si cuenta con un programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal. De no presentar dicho anexo, no marcar alguna alternativa, o marcar que si cuenta con el anexo, sin adjuntarlo, se dará por entendido que el oferente no cuenta con dicho programa. En caso de que oferte una unión temporal de proveedores (UTP), este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.

En caso de ser una persona natural, debe señalar si ha completado exitosamente capacitaciones en temáticas relacionadas a Integridad y Ética Empresarial, las cuales deben haber sido llevadas a cabo por instituciones debidamente certificadas por el Estado. De no presentar dicho anexo, no marcar alguna alternativa, o marcar que si cuenta con el anexo, sin adjuntar el debido certificado, se entenderá que el oferente no cuenta con capacitaciones en Integridad y Ética Empresarial.

1.6   Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 2E (Inadmisibilidad de ofertas simultaneas). Donde el oferente declara no presentar una oferta simultanea por un mismo bien o servicio, a través de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según es inadmisible de acuerdo al artículo 9° de la Ley de Compras Públicas N°19.886.

1.7   Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 3A (Conflicto de interés), según corresponda, adjunto a las presentes Bases, donde el Oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley n.° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, y que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes.

1.8   Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo n.° 3B (deudas vigentes con trabajadores).

1.9   Declaración Jurada Simple, Anexo n.° 4 (Antecedentes Actualizados del Oferente) firmada por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes.

1.10         Anexos n.° 5A, n.° 5B, y n.° 5C: declaraciones juradas simples de No Colusión y Pago de multas pendientes. Se debe adjuntar estos anexos firmados por el Oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica.

2.   Anexos y Documentos Técnicos

2.1             Fotocopia notarial del título profesional universitario de Ingeniero (a) Forestal o del  certificado de título otorgado por la correspondiente institución de educación superior.

2.2             Currículum Vitae de quien cumplirá la función de extensionista que indique (ver Anexo 9):

2.2.1      Conocimiento y experiencia en presentación de estudios técnicos (D.L.701 y Ley 20.283), asistencia técnica y asesoría en establecimiento, manejo de bosques (plantaciones y bosque nativo) y/o formaciones xerofíticas y comercialización de productos forestales tanto madereros como no madereros (ver Anexo 9).

2.2.2      Conocimiento y experiencia en organización y trabajo con grupos productivos de pequeños y medianos propietarios[1] y la aplicación de enfoques y métodos participativos en el ámbito forestal-rural y/o de extensión forestal (ver Anexo 9).

En relación con éstas, se requiere que se incorporen datos de referencia que permitan verificar los antecedentes contenidos en el currículo (nombre, teléfono, etc.), además copia simple de los certificados, diplomas u otros documentos que permitan comprobar la participación del postulante en cursos, talleres, seminarios, entre otras. También se pueden incorporar certificados de empleadores en que conste la participación del postulante en actividades relacionadas a los requisitos mencionados. Y se pueden adjuntar cartas de recomendación de empresas o personas.

 

2.3             El oferente debe acreditar mediante archivo anexo (ver Anexo 11), podrá solicitar en oficinas  de CONAF o vía correo electrónico licitacion.extensionistas@conaf.cl a más tardar 10 días corridos antes del cierre de las postulaciones), los estudios técnicos  asociados  D.L.701, y Ley 20.283 y proyectos Fondo de Conservación Ley 20.283, según corresponda. Los estudios indicados, consideran un periodo entre enero de 2009 hasta el 30 de noviembre de 2024, detallando el nombre del predio, rol, tipo de estudio técnico, entre otras variables (señalando el número de resolución), en concordancia con los reportes generados por Sistema de  Administración y Fiscalización Forestal (SAFF). En este punto, se deben considerar  todos los estudios técnicos presentados (aprobados y rechazados) a la Corporación y el correspondiente porcentaje (%) de aprobación y rechazo.

2.4             Carta dirigida a la Corporación Nacional Forestal, firmada por quien cumplirá la función de extensionista (ver Anexo 10), en la que:

2.4.1       Entregue argumentos que fundamenten el o los territorios de interés.

2.4.2       Defina el (los) territorio (s) al (los) que postula, en donde el oferente debe declarar la preferencia en el momento de postular (para el caso de personas naturales se podrá postular un máximo de dos territorios[2].

2.4.3       Indique su disposición a residir en o cerca del (los) territorio (s) al (los) que postula.

2.4.4       Indique, con detalle suficiente, el grado de conocimiento del (los) territorio (s) al (los) que postula.

2.4.5       Indique su disponibilidad para desarrollar eventuales actividades los fines de semana.

2.4.6       Haga referencia a sus aptitudes para relacionarse e interactuar con destinatarios del mundo rural chileno.

2.5             Anexo 7, Formulario evaluación desempeño del postulante último trabajo realizado donde el oferente demuestre  haber tenido un desempeño Óptimo, es decir,  el mejor grado posible en la ejecución del trabajo o Buena, es decir,  buen grado de ejecución de trabajo con observaciones factible de mejoras.

2.6             Anexo 13, Certificado cumplimiento de garantías de contrato donde el oferente demuestre  que  ha cumplido cabalmente con lo estipulado en el respectivo contrato y que no se le ha aplicado el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato (aplicable para aquellos profesionales que hayan prestado servicios previamente a CONAF)

2.7             Anexo 16, Planificación de  actividades según territorio al que postula (“Actividades licitadas según territorio o parrillas”)

3.      Anexo Económico

El Oferente deberá completar el Anexo N°15, indicando el detalle del valor cobrado por territorio adjudicado, en valor bruto.

A efectos de evaluar, se tomará en cuenta el valor bruto indicado en este anexo. En cualquier caso, en el portal, se debe postular con valor neto.

El valor bruto ofertado, por territorio, debe encontrarse entre los rangos establecidos para ofertar en el respectivo anexo económico, en la columna “Oferta monto bruto”, en caso de ofertar por un monto menor al mínimo establecido en columna “Monto bruto mínimo a ofertar” o exceder el máximo en columna “monto bruto máximo a ofertar”, su oferta será declarada inadmisible.

Adjuntar la planificación de actividades correspondiente al territorio al que postula, formulario de propuesta incluido en el sistema al que se accede desde el ambiente privado de cada proveedor u oferente (considerando que los valores entregados por CONAF no pueden ser modificados). Este documento lo debe subir al portal el oferente, en el Anexo Económico de la plataforma www.mercadopublico.cl.

4.      Persona Jurídica

En caso de postular una persona jurídica, se debe individualizar el profesional (extensionista) que estará a cargo de manera directa de las actividades a desarrollar en el territorio respectivo, el cual debe cumplir con los requisitos de las bases técnicas y administrativas de la presente licitación e incorporar todos los antecedentes asociados a las personas naturales, descritos en las presentes bases administrativas.

Todo lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados, por los proveedores ofertantes y adjudicados.

Todos los anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.

5.      Observaciones respecto a los antecedentes a incluir en la oferta

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

Los Oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.

Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del Comprobante de envío de oferta que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del Oferente.

El hecho de que el Oferente haya obtenido el Comprobante de envío de ofertas señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo comprobante.

Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta.

La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma.

6.      Unión Temporal de Proveedores

La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:

a)      Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño

b)      Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenios marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c)      Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d)      Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.

e)      Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

Para las habilidades de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores e Inhabilidades, las bases se apegan a los artículos 182 y 183 del reglamento de Ley.

7.      Presentación de la oferta

Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.

En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita la Corporación, en respuestas a las consultas que fueren requeridas por los participantes a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.

Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios deberán ser presentados a través del Portal Mercado Público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.

Por el sólo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Oferente ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.

8.      Antecedentes a incluir en la oferta

Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:

a)      Si durante el estudio de los antecedentes, el/la oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad FORO.

b)      Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el cronograma del Portal Mercado Público.

c)      Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como aclaración en el Portal Mercado Público.

9.      Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En caso de que uno o más Oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados de la petición de CONAF, a través del foro. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

10.   Apertura de las ofertas

La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas será realizada en el portal de Mercado Público, en dependencias de Oficina Central de CONAF, por una comisión compuesta por los siguientes funcionarios:

a)      El Jefe (a) del Provincial, o quien designe.

b)      El Enc.  Sefa Provincial  , o quien designe.

c)      El Jefe (a) del Departamento de Bosque y Cambio Climático, o quien designe.

d)      Abogado (a) designado por la Fiscalía de CONAF, en calidad de ministro de fe del proceso.

los anexos a las Bases de Licitación y los archivos incluidos en las ofertas técnicas serán entregados a la Comisión de Evaluación de Ofertas Regional y Central para su respectivo análisis.

11.   Observaciones a la apertura de ofertas

Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley.

12.   Consultas posteriores al cierre de la licitación

CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de «Aclaración de Ofertas» del Portal Mercado Público. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.

13.   Consultas respecto a la adjudicación

Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico al Jefe/a del Departamento de Abastecimiento daniel.trivino@conaf.cl las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas posteriores a la adjudicación.

14.   Evaluación de las ofertas aceptadas

14.1          Comisión Técnica Evaluadora Regional

Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una “Comisión Técnica Evaluadora Regional”, integrada por a lo menos los siguientes funcionarios:

a)      El Jefe (a) del Provincial, o quien designe.

b)      El Enc. Sefa Provincial  , o quien designe.

c)      El Jefe (a) del Departamento de Bosque y Cambio Climatico, o quien designe.

d)      Abogado (a) designado por la Fiscalía de CONAF, en calidad de ministro de fe del proceso.

e)      Un secretario (a) técnico designado por el Jefe del Departamento de  Bosque Nativo Regional, quien se hará cargo de la sistematización del proceso.

Esta evaluación se hará en base a la documentación presentada por cada oferente y los criterios de evaluación del presente documento. Este proceso generará una “Propuesta de evaluación” a través del sistema de información y gestión de compras públicas administrado por la dirección de Compras y contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

IX.    CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Criterio

Ponderación territorios bosque mixto

Ponderación territorios sólo bosque nativo

F1: Experiencia y conocimiento en entrega de asistencia técnica y Asesoría

30%

25%

F2: Experiencia trabajo con pequeños y medianos propietarios ,en aplicación de enfoques y métodos  participativos y/o extensión forestal

15%

15%

F3: Experiencia en la elaboración de estudios ley 20.283 (1)

20%

25%

F4: Entrevista (Obligatoria)

30%

30%

F5: Oferta Económica

3%

3%

F6: Cumplimiento de requisitos formales

1%

1%

F7: Programa de Integridad y Ética Empresarial

1%

1%

  1. Consideraciones generales

Para la evaluación de las ofertas, se considerarán las siguientes disposiciones generales:

Se considerarán dos tipos de Recursos Vegetacionales, de acuerdo a los requerimientos de la Corporación los cuales corresponden a: (1) sólo bosque nativo, Dichos Recursos Vegetacionales están definidos por la Corporación, en las respectivas Bases Técnicas.

En el caso de personas jurídicas, el proceso de evaluación, en el marco de la presente licitación, se aplicará individualmente a todos los profesionales que ejecutarán los servicios licitados.


2. Criterios e indicadores de evaluación

Factor

Sub-factor

Ponderación[3] (%)

Ponderación[4] (%)

F1. Experiencia y conocimiento en entrega de asistencia técnica y Asesoría

F.1.1

Conocimiento y Experiencia en establecimiento y manejo de plantaciones

15%

0%

F.1.2

Conocimiento y Experiencia en manejo de bosque nativo

10%

20%

F.1.3

Conocimiento y Experiencia en comercialización de productos forestales madereros y no madereros.

5%

5%

Ponderación F1

30%

25%

F2. Experiencia trabajo con pequeños y medianos propietarios ,en aplicación de enfoques y métodos  participativos y/o extensión forestal

F.2.1

Conocimiento y Experiencia en aplicación de enfoques y métodos  participativos y/o trabajo con pequeños y medianos propietarios

15%

15%

Ponderación F2

15%

15%

F3. Experiencia en la elaboración de estudios técnicos de la  ley 20.283 (1)

F.3.1

Experiencia en elaboración de proyectos del fondo de conservación, planes de manejo e informes de ejecución de actividades bonificables (Ley 20.283).

10%

15%

F.3.3

Porcentaje de aprobación de estudios técnicos (1)

10%

10%

Ponderación F3

20%

25%

F4. Entrevista (Obligatoria)

F.4.1

Entrevista Personal

30%

30%

Ponderación F4

30%

30%

F5. Oferta Económica

F.5.1

Oferta Económica

3%

3%

Ponderación F5

3%

3%

F6. Cumplimiento de requisitos formales

F.6.1

Cumplimiento de requisitos formales

1%

1%

Ponderación F6

1%

1%

F7. Programa de Integridad y Ética Empresarial

F.7.1

Programa de Integridad y Ética Empresarial

1%

1%

Ponderación F7

1%

1%

100%

100%

NOTAS: (1)   Corresponde a: [(total de solicitudes aprobadas en el periodo n) / (total de solicitudes presentadas en el  periodo n)*100].


3. 
Puntajes de acuerdo a criterios e indicadores de evaluación:

Factor

Sub-factor

Criterio y rangos

Puntaje

F1.Experiencia y conocimiento en entrega de asistencia técnica y Asesoría 

F.1.1

Igual o mayor a 5 años

100

Igual o mayor a 3 años y menor a 5 años

75

Igual o mayor a 1 años y menor a 3 años

50

Menos de 1 año

25

F.1.2

Igual o mayor a 5 años

100

Igual o mayor a 3 años y menor a 5 años

75

Igual o mayor a 1 años y menor a 3 años

50

Menos de 1 año

25

F.1.3

Igual o mayor a 5 años

100

Igual o mayor a 3 años y menor a 5 años

75

Igual o mayor a 1 años y menor a 3 años

50

Menos de 1 año

25

F2. Experiencia en trabajo con pequeños y medianos propietarios , aplicación de enfoques y métodos  participativos y/o extensión forestal

F.2.1

Igual o mayor a 5 años

100

Igual o mayor a 3 años y menor a 5 años

75

Igual o mayor a 1 años y menor a 3 años

50

Menos de 1 año

25

F3. Experiencia (N°) en la elaboración de estudios técnicos de la  Ley 20.283

F.3.1

Igual o mayor a 20 estudios técnicos

100

Igual o mayor a 15 estudios técnicos y menor a 20 estudios técnicos

75

Igual o mayor a 10 estudios técnicos y menor a 15 estudios técnicos

50

Menos de 10 estudios técnicos

25

F.3.2

Igual o mayor a 20 estudios técnicos

100

Igual o mayor a 15 estudios técnicos y menor a 20 estudios técnicos

75

Igual o mayor a 10 estudios técnicos y menor a 15 estudios técnicos

50

Menos de 10 estudios técnicos

25

F.3.3

Igual o mayor a 90%

100

Igual o mayor a 80% y menor a 90%

75

Igual o mayor a  60% y menor 80%

50

Menos de 60%

25

F4. Entrevista (Obligatoria) (1)

F.4.1

Muy buena

100

Buena

75

Regular

50

Deficiente

25

F5. Oferta Económica

F.5.1.

Oferta económica bruta del oferente en un territorio

 (Oferta económica más baja / oferta económica evaluada) * 100

F6. Cumplimiento de requisitos formales.

F.6.1

Presenta en su oferta anexos administrativos debidamente firmados (N°1, 2A, 2B, 2C, 2E, 2F, 3A, 3B, 4, 5A, 5B, 5C) antes del cierre de ofertas de la Licitación.

 

100

Completa la totalidad de anexos administrativos debidamente firmados (N°1, 2A, 2B, 2C, 2E, 2F, 3A, 3B, 4, 5A, 5B, 5C) mediante la modalidad de foro inverso, dentro de 25 horas desde solicitados por la Entidad.

50

No presenta la totalidad de los antecedentes administrativos debidamente firmados (N°1, 2A, 2B, 2C, 2E, 2F, 3A, 3B, 4, 5A, 5B, 5C) mediante la modalidad de foro inverso, dentro de 25 horas desde solicitados por la Entidad.

0

F7. Programa de Integridad y Ética Empresarial.

F.7.1

Oferente adjunta a su oferta Anexo N°2D firmado y programa de integridad y ética empresarial, el cual es conocido por todo su personal o certificado de Capacitación, por institución debidamente certificada por el Estado, según corresponda.

100

Oferente no adjunta a su oferta Anexo N°2D firmado y programa de integridad y ética empresarial, el cual es conocido por todo su personal o certificado de Capacitación, por institución debidamente certificada por el Estado, según corresponda.

0

NOTAS: La experiencia será evaluada con la información y documentos de respaldo requeridos en los       Anexos de las Presentes Bases Administrativas.

(1) Rangos de criterio entrevista personal

Nivel de desempeño

Puntaje

Descripción

Muy buena

100

Respuestas completas, claras, demuestra experiencia directa y dominio del tema.

Buena

75

Respuestas adecuadas, cubre lo esencial, con ejemplos generales.

Regular

50

Respuestas parciales, poco clara o incompleta.

Deficiente

25

No responde las preguntas o demuestra desconocimiento.

F1 = Nota F.1.1 x P (F.1.1) + Nota F.1.2 x P (F.1.2) + Nota F.1.3 x P (F.1.3)

F2 = Nota F.2.1  x P (F.2.1)

F3 = Nota F.3.1 x P (F.3.1) + Nota F.3.2 x P (F.3.2) + Nota F.3.3 x P (F.3.3)

F4 = Nota F.4.1 x P (F.4.1)

F5 = Nota F.5.1  x P (F.5.1)

F6 = Nota F.6.1  x P (F.6.1)

F7 = Nota F.7.1  x P (F.7.1)


El puntaje de cada factor se obtiene de la suma de los sub-factores ponderados, de acuerdo a la siguiente  fórmula:

El puntaje total obtenido por cada oferente se obtiene de la suma de los factores ponderados, según la siguiente formula:

Puntaje total = (Puntaje F1) + (Puntaje F2) + (Puntaje F3) + (Puntaje F4) + (Puntaje F5) + (Puntaje F6) + (Puntaje F7)


Podrán pasar a la etapa de entrevista personal, aquellos postulantes que en la sumatoria de los puntajes de los factores F1+F2+F3+F5+F6+F7 superen los 45 puntos, a excepción de los siguientes casos:

a)   Que el territorio al cual postula, el oferente sea el único postulante.

b)   Ningún postulante a un territorio determinado supera los 45 puntos.

En dichos casos, aunque el postulante no supere los 45 puntos, será entrevistado.

Finalmente, se procede a la realización de la entrevista personal, en la fecha y hora indicada por la Corporación.

 Finalmente, se podrán adjudicar aquellos postulantes que en la sumatoria de los puntajes de los factores F1+F2+F3+F4+F5+F6+F7 superen o igualen los 60 puntos.


4. Criterios complementarios

a)      En caso de que un postulante haya sido mal evaluado de acuerdo al Anexo 7 (Formulario evaluación desempeño del postulante en el último trabajo realizado), es decir,  Nota 2= Mala o Nota 1= Muy Mala, puntaje total obtenido en la evaluación será castigado con un 15%.

En caso de que a un postulante  se le haya aplicado el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato de acuerdo al Anexo 13 (Certificado cumplimiento de garantías de contrato) el puntaje total obtenido en la evaluación será castigado con un 15%.


5. Criterios de desempate

En caso de empate, CONAF podrá cumplir con los siguientes criterios de desempate:

5.1             Empates oferentes a un territorio

En el caso de configurarse un empate entre dos oferentes con posibilidad de ser adjudicados, se definirá de acuerdo a las siguientes etapas secuenciales, hasta alcanzar el desempate (puntajes generados a través de los criterios e indicadores de evaluación del punto IX de las presentes Bases Administrativas):

  1. El que tenga mayor puntuación en el factor F1 “Experiencia y conocimiento en entrega de asistencia  técnica y Asesoría”.
  2. El que tenga mayor puntuación en el factor F4 “Entrevista personal”.
  3. El que tenga mayor porcentaje en el sub-factor F.3.3 “Porcentaje de aprobación de estudios  técnicos”, según corresponda a los territorios definidos por CONAF.
  4. El que tenga mayor puntuación en el factor F3 “Experiencia en la elaboración de estudios técnicos de la Ley 20.283, según corresponda a los territorios definidos por CONAF.
  5. El primero en ingresar su oferta en el Portal de Mercado Público, corroborando la información a través del “Comprobante de Ingreso de Oferta”.

5.2             Empates oferentes más de un territorio

En el caso de configurarse un empate entre dos oferentes con posibilidad de ser adjudicados, se definirá de acuerdo a las siguientes etapas secuenciales, hasta alcanzar el desempate (puntajes generados a través de los criterios e indicadores de evaluación del punto VI  de las presentes Bases Administrativas):

En caso de existir empate en dos territorios con otro postulante, tanto en puntaje, como en prioridad de territorio, los criterios que definirán la selección serán los que se indican a continuación, de forma secuencial, si el empate aún existe, quien gane el desempate quedará adjudicado en el primer territorio priorizado y quien pierda quedará en el segundo territorio priorizado:

  1. El que tenga mayor puntuación en el factor F1 “Experiencia y conocimiento en entrega de asistencia técnica y Asesoría”.
  2. El que tenga mayor puntuación en el factor F4 “Entrevista personal”.
  3. El que tenga mayor porcentaje en el sub-factor F.3.3 “Porcentaje de aprobación de estudios  técnicos”, según corresponda a los territorios definidos por CONAF.
  4. El que tenga mayor puntuación en el factor F3 “Experiencia en la elaboración de estudios técnicos     de la  Ley 20.283, según corresponda a los territorios definidos por CONAF.
  5. El primero en ingresar su oferta en el Portal de Mercado Público, corroborando la información a través del “Comprobante de Ingreso de Oferta”. 
  1. Declaración de inadmisibilidad

La Corporación Nacional Forestal declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las bases de licitación, la Ley o el reglamento.

Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en el procedimiento de licitación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas o uniones temporales de proveedores pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí.

Para estos efectos se entenderá como servicios distintos cada una de las bases de operaciones de la presente licitación.

De esta manera, la Corporación Nacional Forestal considerará para efectos de la evaluación de esta licitación pública, sólo la oferta más conveniente en cada una de las bases de operaciones, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.

La adjudicación estará determinada por la oferta técnica-económica más ventajosa para la Corporación, primando las ofertas que obtengan el mayor puntaje, según lo establecido en las presentes bases

Para estos efectos, se entenderá que dos o más oferentes, cualquiera sea su naturaleza jurídica, son del mismo grupo empresarial cuando respecto de éstos concurran alguna de las siguientes circunstancias:

a)      Una sociedad y su controlador.

b)      Todas las sociedades que tienen un controlador común, y este último.

Para estos efectos es controlador toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participa en su propiedad y tiene poder para realizar alguna de las siguientes actuaciones:

  1. Asegurar la mayoría de los votos en las juntas de accionistas y elegir a la mayoría de los directores tratándose de sociedades anónimas, o asegurar la mayoría de los votos en las asambleas o reuniones de sus miembros y designar al administrador o representante legal o a la mayoría de ellos, en otro tipo de sociedades,
  2. Influir decisivamente en la administración de la sociedad. Se entiende que una persona o grupo de personas influye decisivamente en la administración de la sociedad cuando directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas controla al menos el 25 por ciento del capital con derecho a voto de una sociedad o del capital de ella.

Se entenderá para efectos de la evaluación que dos o más oferentes son empresas o personas relacionadas en los siguientes casos:

                                               i.          Entidades que pertenecen a un mismo grupo empresarial, cualquiera sea su calidad o estructura jurídica.

                                              ii.          Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad con las definiciones contenidas en la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas.

                                             iii.        Una sociedad y sus directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores de la sociedad, y sus cónyuges, convivientes civiles o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, así como toda entidad controlada, directamente o a través de otras personas, por cualquiera de ellos.

                                             iv.          Una sociedad y toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle un 10 por ciento o más del capital o del capital con derecho a voto si se trata de una sociedad por acciones.

                                              v.          El cónyuge, conviviente civil y los parientes, ascendientes o descendientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

                                             vi.          Todas aquellas empresas que tengan la misma persona beneficiaria final, según los términos señalados en el artículo 16.

En caso de que se compruebe la no veracidad de la información ingresada en el anexo N°2E (Declaración jurada simple acerca de inadmisibilidad de ofertas simultáneas), cobrándose la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato si la Licitación se encuentra adjudicada y firmado el contrato, ya que la no veracidad será sancionada con termino anticipado del contrato.

Asimismo, se declarará desierto el procedimiento de contratación, cuando no se presenten ofertas, o cuando las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Corporación Nacional Forestal.

En todos los casos señalados la resolución de la Corporación Nacional Forestal será fundada.



7. Errores u omisiones
Durante la etapa de evaluación, CONAF podrá solicitar a los Oferentes de acuerdo, al artículo 56 del Reglamento de Compras, lo siguiente:

a)      Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

b)      La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

c)      La presentación de certificaciones o  antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.

8. Acta de evaluación de las ofertas
De la evaluación resultante, se elaborará un informe que será suscrito por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicho informe dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará al oferente que se sugiere adjudicar la licitación, o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el informe de las ofertas que fueron declaradas inadmisibles o que no fueron evaluadas de conformidad a las bases:

A lo menos, el informe deberá hacer mención a:

a)  Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas

b)      Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las bases administrativas y/o técnicas, la Ley de Compras o su Reglamento; o por corresponder a Empresas relacionadas o pertenecientes al mismo grupo empresarial (Art 60, del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda)

c)  La proposición de declaración como desierta cuando no se presenten ofertas o cuando las presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación

d)      La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación

e)      La proposición de adjudicación

X.       ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN

CONAF se reserva el derecho de adjudicar la oferta que estime más conveniente a sus requerimientos, ajustándose a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases de Licitación.

La presente licitación pública se adjudicará mediante resolución. El acto administrativo de adjudicación deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del reglamento de la Ley.

Antes de la adjudicación, CONAF podrá revocar el llamado de licitación mediante resolución. También podrá declarar desierto el proceso de licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.

Sea cual fuere la decisión de CONAF, los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.

CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases (capitulo IX) considerando como puntaje mínimo 60 puntos.

1       Fecha de la adjudicación

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del cambio de fecha e indicando un nuevo plazo, según lo indica el artículo 58, del reglamento de la Ley de Compras.

2       Observaciones posteriores a la adjudicación y readjudicación

Las reclamaciones que se interpongan en contra la resolución de adjudicación por cualquiera de los participantes de la licitación deberán formularse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, www.mercadopublico.cl, las que serán respondidas por CONAF en plazo de 5 días hábiles contados desde el ingreso del reclamo.

La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos, sin generar pago de indemnización alguna al proveedor adjudicado:

a)      Si el oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con CONAF

b)      Si el adjudicatario desistiere de firmar el contrato dentro del plazo establecido, o de aceptar la orden de compra, o no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases.

En todos los casos, CONAF podrá declarar sin efecto la adjudicación y podrá re-adjudicar al siguiente proponente que le seguía en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.

Cabe señalar que la posible re-adjudicación no moverá ni modificará el resultado de las demás líneas adjudicadas.

El plazo máximo de re-adjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de la adjudicación original.

3       Vigencia de la oferta

La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 120 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.

XI.    REQUISITOS PARA CONTRATAR AL EXTENSIONISTA ADJUDICADO

1.1   Declaración jurada simple, elementos de trabajo del oferente (ver Anexo 8), en la que  indique:

a) Manifieste disponibilidad permanente de vehículo en buen estado y adecuado a las condiciones de terreno del (los) territorio (s) adjudicado (s).

b) Disponibilidad de computador y casilla de correo electrónico.

c)   Disponibilidad de equipamiento básico de mensura forestal y GPS.

d) Disponibilidad permanente de equipo de protección personal adecuado al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, casco, lentes de protección, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes).

1.2   Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con Entidades del Estado que el mismo describe.


1.
En el caso de personas jurídicas, éstas deberán acompañar copia simple tanto de su  escritura de constitución como de la vigencia de poderes del representante legal, ambas  con un certificado de vigencia no superior a 60 días corridos. En el caso que estos documentos no consten en el Registro de Proveedores del Estado. No obstante lo anterior, la inscripción en el Registro de Proveedores y los documentos señalados serán requisitos indispensables para la contratación con los proveedores adjudicados.

2. Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con Entidades del Estado que el mismo describe.


En caso de que él o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, denominado Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación.

De no cumplir con la obligación indicada en el tiempo señalado o no tener la condición de “Habilitado” para contratar con el Estado de Chile, la Corporación podrá re-adjudicar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación de esta licitación le siga en puntaje y así sucesivamente.


3. Requisitos específicos exigidos a los extensionistas:

a)     Ser profesional universitario titulado de la carrera de Ingeniería Forestal.

b) Poseer experiencia verificable en presentación de estudios técnicos (D.L.701 y Ley 20.283),  asistencia técnica y asesoría en establecimiento, manejo de bosques (plantaciones y bosque nativos) y/o formaciones xerofíticas, extensión forestal participativa y comercialización de productos forestales tanto madereros como no madereros.

c)  Residir en o cerca del (los) territorio (s) al que postula.

d) Poseer adecuado conocimiento del territorio al cual(es) postula, debidamente acreditado.

e) Con disponibilidad para desarrollar eventuales actividades los fines de semana.

f)  Disponibilidad permanente de vehículo en buen estado y adecuado a las condiciones de terreno del territorio al que postula, considerando que el monto establecido incluye todos los costos del servicio (combustible, reparaciones, mantenimiento, etc.). Además el vehículo no puede ser una restricción al cumplimiento de las actividades contractuales.

g)    Disponibilidad de teléfono móvil.

h)  Disponibilidad de computador y casilla de correo electrónico.

i)   Disponibilidad de equipamiento básico de mensura forestal y GPS.

j)  Disponibilidad permanente de equipo de protección personal adecuado al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, casco, lentes de protección, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes).

XII.  FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS

1. Formalización del contrato

En conformidad a lo dispuesto en el artículo 117, del Decreto Supremo, N°661/2024, del Ministerio de Hacienda, para formalizar la adquisición de los servicios se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado, el cual podrá ser firmado de manera digital o física, de acuerdo a como estime el procedimiento la Corporación, que señalará los servicios que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.

Los contratos serán confeccionados por abogados de las Unidades Jurídicas Regionales de la Corporación, y en ellos se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.

Los adjudicados deberán adjuntar la documentación que le requieran las Unidades Jurídicas Regionales dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el ID de la licitación del portal de compras.

Para la confección del contrato el adjudicado deberá remitir a las unidades jurídicas regionales los siguientes documentos:

Si     el     oferente       es Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores

Acreditar en el registro de proveedores

Fotocopia de su cédula de identidad.

Garantía de fiel cumplimiento del contrato

Todos los anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva

Si    el    oferente       es

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de

Persona Jurídica

Proveedores

Certificado     de    Vigencia     del    poder                     del

representante legal, con una antigüedad no

superior a 60 días corridos, contados desde

la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado  por  el  Conservador  de  Bienes

Acreditar en

Raíces correspondiente o, en los casos que

el     registro

resulte        procedente,         cualquier                   otro

de

antecedente que acredite la vigencia del

proveedores

poder del representante legal del oferente, a

la época de presentación de la oferta.

Certificado de Vigencia de la Sociedad con

una  antigüedad  no  superior  a  60  días

corridos,     contados     desde     la    fecha                  de

notificación      de     la     adjudicación,      o                       el

antecedente      que    acredite     la                        existencia

jurídica del oferente.

Fotocopia del RUT de la empresa

Documento de garantía de fiel cumplimiento del

contrato

Todos los anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica


Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las Bases de Licitación, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.

Documentos a presentar en el momento de la firma de contrato:

- Fotocopia de licencia de conducir al día vigente.
- Fotocopia de la revisión técnica vigente del vehículo que utilizará en las actividades del servicio.
- Copia de “Seguro Obligatorio de Accidentes Personales” (SOAP) del vehículo vigente, durante el periodo de duración del contrato.
- Copia de póliza de seguro de vida vigente, durante el periodo de duración del contrato.
- Garantía de Fiel de Cumplimiento del contrato.

Observaciones:

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores.

En los casos en que se solicite, la garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser entregada físicamente o de manera electrónica, según como lo indiquen las Bases. De tratarse de garantía electrónica deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá re-adjudicar.

Los derechos y obligaciones que deriven del contrato licitado, serán establecidos en las presentes Bases, en la oferta del adjudicatario, siempre y cuando no contravenga las Bases de Licitación, y se sujetaran a las siguientes condiciones contractuales:


2. Cláusulas de Contratación

a)     Plazo de Vigencia del Contrato

Se suscribirá un contrato entre CONAF y cada oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obligan a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.

El contrato se suscribirá entre el Director Regional del territorio adjudicado correspondiente y el adjudicatario; y comenzará a regir a partir de la Resolución que aprueba la suscripción del mismo y su vigencia se extenderá hasta el 15 de diciembre 2027. 

Por razones de buen servicio, el adjudicado podrá iniciar la ejecución del contrato con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, es decir, desde la fecha de suscripción del contrato. Con todo, sólo podrá procederse al pago de los servicios, una vez que el acto administrativo que sancione el contrato se encuentre completamente tramitado y la orden de compra por los servicios solicitados sea emitida y debidamente aceptada.

Las órdenes de compra, contratos y Resolución aprobatoria de los mismos, serán emitidas por cada una de las Direcciones Regionales.

Los contratos serán confeccionados por abogados de las Unidades Jurídicas Regionales de la Corporación, y en ellos se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.

b)     Facilidades y apoyo

El extensionista podrá utilizar carpetas prediales y cartografía de propiedad de CONAF, para el buen cumplimiento de las funciones para las cuales ha sido contratado.

La Corporación podrá entregar para el buen desempeño de su trabajo al adjudicatario elementos distintivos, para la debida identificación del profesional como Extensionista forestal en su accionar en terreno.

c)      Prohibiciones

El extensionista contratado no podrá, durante la vigencia de su contrato, elaborar o presentar estudios técnicos, en forma privada, relacionados con el Decreto Ley 701 o la Ley Nº 20.283 de “Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal” en el mismo territorio en que cumplirá sus funciones, salvo autorización previa y escrita del Jefe Provincial y/o la Dirección Regional de la Corporación, según corresponda. Para ello, el Prestador de Servicios deberá solicitar la autorización por escrito al respectivo Jefe Provincial y/o la Dirección Regional de la Corporación, con 30 días de anticipación.

Queda estrictamente prohibido asesorar a terceras personas que participen como demandantes o demandados en procesos judiciales en que sea parte o tenga interés la  Corporación Nacional Forestal o el Fisco de Chile.

Quedará estrictamente prohibido al extensionista, ceder a cualquier título, los derechos u obligaciones del contrato a suscribir. Sólo en casos calificados la Corporación podrá autorizar, sin expresión de causa estas posibilidades.

Queda estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a los destinatarios por las actividades contempladas en el contrato por servicios o asesorías técnicas de esta licitación.

El extensionista (persona natural), sólo podrá prestar los servicios adjudicados en un territorio. Sólo en casos calificados la Corporación  podrá autorizar, sin expresión de causa estas posibilidades.

En el caso de que una o más regiones requieran iniciar un nuevo proceso de licitación con el propósito de asignar territorios que carecen de extensionistas, se prohíbe expresamente la contratación de un mismo profesional para desempeñar dichas funciones en más de un territorio o región.

En el caso de que una o más regiones requieran iniciar un nuevo proceso de licitación con el fin de asignar territorios que carecen de extensionistas, se prohíbe expresamente a los extensionistas contratados participar en dichos procesos de licitación y/o contrataciones convocadas por otras regiones, durante toda la vigencia de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, contractuales o legales que el eventual incumplimiento de esta disposición pudiera generar.

d)     Seguros

El extensionista adjudicado, persona natural o jurídica, deberá contratar a su propio costo una póliza de seguro con cobertura de accidentes personales, con adicional de gastos hospitalarios y muerte accidental e invalidez accidental, que deberá mantenerse vigente hasta por lo menos un mes posterior al plazo de vigencia del contrato.

Asimismo, deberá contratar a su costo un seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP), este seguro exigido y regulado por la Ley N° 18.490, el cual debe ser contratado por todo propietario de un vehículo motorizado.

Ambas copias de pólizas de seguro deberán adjuntarse a la copia del contrato que quedará en poder de CONAF. Además, en el caso del seguro de vida, al momento de su entrega el adjudicatario deberá acreditar el pago total de la prima o adjuntar el pago mensual al informe mensual.

e)     Cambio del extensionista

En el caso de que el adjudicatario corresponda a una persona jurídica existirá la posibilidad de reemplazar al extensionista a solicitud del adjudicatario o de CONAF. Esta posibilidad sólo se puede ejercer después de transcurridos 3 meses desde el inicio del contrato, plazo no obligatorio en caso de que se produzca alguna de las causales establecidas en la letra P) sobre “Termino anticipado del contrato”, excepto en su numeral 3).

Esta solicitud debe efectuarse fundadamente por escrito mediante carta dirigida al Director Regional que corresponda. La respuesta a ésta será por la misma vía, de acuerdo a la calificación expresada por la Corporación.

El profesional que se proponga como reemplazo, debe ser evaluado con los mismos criterios establecidos en las Bases de licitación, y debe poseer al menos la misma experiencia y calidad profesional conforme a los antecedentes curriculares del profesional originalmente evaluado; y en la evaluación de sus antecedentes debe obtener el mismo puntaje o superior del extensionista remplazado, en relación a los criterios de evaluación de la presente licitación.


f)     
Formalidad para el pago
Los pagos serán efectuados por el Departamento de Administración y Finanzas  de CONAF XI Region, de acuerdo al territorio adjudicado, una vez ocurran las siguientes condiciones:

- Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl
- Informe Mensual de avance con los respectivos medios de verificación que den cuenta del cumplimiento de las actividades programadas que emita el extensionista, validado por su Supervisor.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente (F30), en el caso que proceda.
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales vigente (F30-1), en el caso que proceda.
- Copia de prima del seguro de accidentes y de vida.
- Recepción conforme de los servicios requeridos por la contraparte técnica.
- Emisión, Publicación y aceptación del documento tributario
- Consultas de pago contactar a cada Dirección Regional de CONAF, de acuerdo al territorio adjudicado.
La Corporación procederá al pago dentro de los 30 días de la aceptación del documento tributario, según Ley N°21.131.
La facturación / Emisión de Boleta de honorarios y su pago será contra mes vencido.


g)    
Requisitos para la facturación
- El documento tributario debe ser emitido una vez recibido conforme los Servicios a windte_dte@custodium.com.
- El proveedor debe indicar el ID de la Orden de Compra en el Campo Folio de la Referencia de la Factura.

El tipo de cambio a utilizar tratándose de operaciones expresadas en monedas extranjeras, es el vigente al momento de la emisión de la factura. Entendiéndose que la "fecha de emisión de la factura" es cuando el documento es enviado al SII y autorizado, dando inicio al plazo legal para la aceptación o reclamo de la factura (192 Horas u 8 días).

El proveedor al momento de realizar la facturación deberá incluir en las observaciones el mes facturado, ID de licitación y territorio adjudicado.

h)    
Requisitos para la emisión de boleta de honorarios  
- La boleta de honorarios debe ser emitida en moneda nacional (pesos chilenos), a través del sistema electrónico del Servicio de Impuestos Internos (SII).
 El monto de cada boleta de honorarios debe coincidir con la orden de compra asociada a la contratación. 
- Emitir boleta de honorarios una vez recibido conforme los BB y/o SS a windte_dte@custodium.com.
- La emisión de la Boleta de Honorarios se efectuará contra mes vencido, al término de cada mes, por los servicios realizados durante el mismo.
- En la descripción de la boleta de honorarios debe indicar el mes que se está cobrando, territorio e ID de la orden de compra.
- Datos para la emisión de la Boleta de Honorarios
- Corporación Nacional Forestal. - Rut: 61.313.000-4
Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
Domicilio: MANUEL MONTT SN LA JUNTA, COMUNA CISNES

Una vez emitida la Boleta de Honorarios, debe ser remitida al correo indicado por cada Oficina regional de CONAF según corresponda al territorio adjudicado. En caso de no ser remitida a los correos que serán indicados por cada oficina, la boleta no será tramitada.

El pago se realizará por período mensual, contra mes vencido, en moneda nacional (pesos chilenos), dentro de los 30 días corridos siguientes a la ocurrencia de lo indicado en capitulo XII, numeral 2, letras sobre “Formalidad para el pago” y “requisitos para la facturación” y “Requisitos para la emisión de boleta de honorarios”, según corresponda.

Previo a cada pago, el prestador de servicios deberá acreditar ante CONAF, mediante documentación consistente en liquidaciones de pago de remuneraciones u honorarios, pago de impuestos ante el SII, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de los trabajadores dependientes de él que han ejecutado labores en los servicios materia de esta licitación, cuando corresponda.

j)       Emisión de órdenes de compra

La Dirección Regional correspondiente al territorio adjudicado realizará la Resolución Aprobatoria de contrato del proveedor adjudicado. Una vez dicha Resolución sea tramitada y firmada por la autoridad respectiva, se emitirá la orden de compra correspondiente.

En caso de que el proveedor adjudicado cobre impuesto honorario, se emitirán dos órdenes de compra por año. La primera, dentro del primer mes desde emitida la Resolución aprobatoria del contrato adjudicado; y la segunda, dentro del primer mes de 2027, en consideración al porcentaje de retención correspondiente a la Boleta de Honorarios. La suma del monto de ambas órdenes de compra debe corresponder al monto del contrato bruto adjudicado.

Por otro lado, en caso de que el proveedor adjudicado cobre impuesto IVA, se emitirá solo una orden de compra por el total de los dos años de contrato, cuyo monto debe corresponder al monto del contrato bruto adjudicado.

Adicionalmente, por cada concepto de bonificación, se emitirá una orden de compra adicional, correspondiente al valor bonificado.

k) 
Contraparte Técnica y Administrativa Contraparte Técnica (Adjudicatario)

El Adjudicatario deberá informar, antes de la suscripción del contrato, el nombre del encargado/coordinador o persona a cargo, quien actuará como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica de CONAF. El responsable del proveedor adjudicatario se encargará, entre otras labores, de:

 - Asistir personalmente a todas las reuniones que convoque la Contraparte Técnica de CONAF y coordinar la labor de su equipo de trabajo
- Responder a los requerimientos y las observaciones que le formule la contraparte técnica de CONAF
- Deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones de control y supervigilancia de la contraparte técnica de CONAF

Contraparte Técnica (CONAF)
La Contraparte Técnica de CONAF ante los oferentes adjudicados, la ejercerá el jefe de Depto de Bosques y Cambio Climaticos, de la regiones que correspondan, o quienes designen en su representación.

Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
- Administrar el contrato.
- Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los bienes y/o servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
- Aprobar la recepción conforme de los estados de avance, la recepción final, y el visto bueno para el pago de la factura correspondiente.
- Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Administrativa. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
- Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
Contraparte Administrativa
La Contraparte Administrativa corresponderá a la Gerencia de Finanzas y Administración, a través de los Jefes de Departamento Finanzas y Administración de las regiones que correspondan, o quienes designen en su representación
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:

- Emitir el pago dentro de 30 días de la aceptación del documento tributario, según Ley N°21.131.
- Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra en forma oportuna.
- Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
- Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
- Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
- Comunicar al Departamento de Finanzas y a los Departamento de Finanzas y Administración regionales, el valor total de las multas para que el Departamento de Finanzas proceda a emitir la factura por concepto de multa

l)      
Modificación del contrato
La contratación podrá modificarse de mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando no se alteren los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial.
Se entenderá que éstos se alteran cuando se introducen modificaciones que alteran los principios de Estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; se modifique el equilibrio financiero del contrato y/o dé como resultado un contrato de distinta naturaleza. No se entenderán como alterados los elementos esenciales del contrato, cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual, de acuerdo a lo señalado en el artículo N°129 del Reglamento de la Ley de Compras.
La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del presente contrato, y no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria.
CONAF podrá aumentar el plazo de ejecución del contrato, junto con además, modificar los servicios contratados, siempre y cuando existan razones de interés público.
Todas las modificaciones deberán complementarse con una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en caso de que corresponda, y ser sancionadas mediante el respectivo acto administrativo.
Los servicios adicionales consisten en aumentar la cantidad de actividades previamente ofertadas y adjudicadas. En ningún caso, esto implicará un aumento en los valores unitarios por actividad adjudicados de las ofertas.

m)   Multas por incumplimiento
El incumplimiento del plazo de entrega del Informe Mensual por causas imputables al proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicada formalmente, podrá ser objeto de una multa de 1 UF por cada día hábil de atraso en la entrega del informe mensual que corresponda.
El atraso comenzará a contar del día hábil siguiente de la fecha de entrega acordada entre las partes. No serán admitidas en ningún caso justificaciones presentadas una vez producido el retraso, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea el retraso, indicando el nuevo plazo de entrega y alegando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega del Informe, o en su defecto no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.


n)     Monto máximo por cobro de multas
El monto máximo a cobrar no podrá ser superior al 15% del monto total del contrato En caso de alcanzarse el monto máximo del cobro de multas, la Corporación podrá poner término anticipado al contrato


0)Procedimiento Aplicativo de Multas
El procedimiento de aplicación de multas se detalla a continuación:
1. Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la Contraparte Técnica del contrato informará mediante un Memorándum a la Contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato, señalando los antecedentes y documentos que justifiquen las faltas incurridas.
2. El Departamento de Finanzas y Administración regional calculará y validará el monto de las multas aplicadas, y, posteriormente, notificará de ello al proveedor, visada por la contraparte técnica y la Unidad Jurídica respectiva, a través del correo electrónico único que el proveedor inscriba en el Sistema de Información e indique en su oferta, y se entenderán como notificadas una vez transcurrido el plazo de 24 horas. En dicho correo de notificación, se identificarán los correos electrónicos a los cuales deberá dirigir su defensa
3. A contar de dicha notificación el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus defensas por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime necesarios que puedan servirle de fundamento.
4. Recibidos los descargos del proveedor dirigidos al Director Ejecutivo o Director Regional o Gerente de Finanzas y Administración, según corresponda, el Departamento de Abastecimiento/Administración, deberá remitir los descargos a la contraparte técnica para que posteriormente sean enviados a la Fiscalía o Unidad Jurídica correspondiente para que pueda anualiza, rechazar o acoger total o parcialmente en un plazo de 30 días hábiles Dicha decisión será comunicada mediante resolución fundada firmada por el Director Ejecutivo o Director Regional, según corresponda, la cual informará sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan.
5. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante correo electrónico dirigido al Director Ejecutivo/Director Regional considerando los destinatarios indicados en la notificación anterior.
6. CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerse, total o parcialmente. Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por el Director Ejecutivo/Director Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existiesen; y, posteriormente, ser notificada al proveedor mediante el correo electrónico inscrito en el Sistema de Información.
7. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva a través de una Factura de Cobro emitida al Proveedor por la Unidad de Finanzas correspondiente. Dicho documento deberá ser solicitado por el área administrativa mediante memorándum, adjuntando toda la documentación que respalda la aplicación de la sanción. Por otro lado, si la sanción amerita el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dicho cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Igualmente, de acuerdo a las bases de licitación o el requerimiento, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
Nota: en caso de que el Adjudicatario no pague la multa en un plazo de 30 días hábiles se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y el monto se descontará de dicho valor, si procede.
Notificación electrónica: Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, la cual debe ser informada en el Anexo N° 4.
Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizado e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras y a la Corporación Nacional Forestal.
De cualquier manera, CONAF registrará todo incumplimiento al contrato en los antecedentes que disponga del Adjudicatario, pudiendo ser considerados negativamente en futuros procesos de licitación que la Corporación realice. Además, tales situaciones serán puestas en conocimiento de las instancias pertinentes del portal de compras del Estado.

  1. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
  2. Si el Adjudicatario se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  5. Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada.
  6. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a)      Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.

b)      Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación.

c)      Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.

9.- Disolución de la UTP.
10.- Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
11.- Muerte o incapacidad sobreviniente del adjudicatario, si fuese una persona natural
12.-Declaración de quiebra del adjudicatario.
13.- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
14.- Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
15.- El no cumplimiento con la exigencia de corrección del  informe mensual emitido por el extensionista en dos oportunidades.
16.-
Si el extensionista no diese cumplimiento reiterado al cronograma del proyecto, señalado en el Plan de Trabajo Trimestral.
17.- Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
18.- Si el extensionista obtiene dos evaluaciones trimestrales durante un año, en la escala descriptiva como “Malo”, descrita en el anexo 18 de las presentes  Bases.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Es decir, resuelto el término anticipado, solo se pagarán los servicios prestados hasta la fecha, y no la totalidad del contrato garantizado.

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

q)     Cláusula de confidencialidad y propiedad  intelectual

La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios/productos que se le encomendaren.

En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.

Toda la información que el adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada reservada, siendo prohibida su difusión por cualquier forma o medio, salvo la expresa autorización de CONAF.

En este sentido, los respectivos contratos establecerán la siguiente clausula:

“El (la) Sr. (a)…… deberá cumplir con las normas establecidas en el Manual de Seguridad de la Información de CONAF, que es expresión de la legislación y reglamentación vigente en la materia, en especial del Decreto Supremo N° 83 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial de 12 de enero de 2005. Don (doña)…. declara conocer el referido Manual, el cual se da por reproducido expresamente, sin necesidad de transcripción, entendiéndose que formara parte integrante del contrato de prestación de servicios”.

Los resultados de las actividades y procesos, así como los documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto de las actividades desarrolladas y comprometidas en el respectivo contrato, constituyen propiedad intelectual de  CONAF, y sólo podrán ser utilizadas, previa autorización por escrito y citando la fuente.
r)      Cláusula de subcontratación (Articulo 128 del Decreto 661/2024)

No se permite la subcontratación para la ejecución de los servicios licitados.

s)      Responsabilidad del proveedor


Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente.

El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.

El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.

t)     
Exclusividad

La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. CONAF podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las líneas que forman parte de la presente Licitación con otros proveedores.

u)     Trabajadores que ejecuten los servicios


Los trabajadores que intervengan en la prestación de los servicios serán dependientes exclusivos del proveedor, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que les correspondan como empleadores conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ningún vínculo laboral, ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.

v)     Pacto de integridad


El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.-  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

3.- 
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.

4.-El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.-El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.

6.-  El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.

7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


w)   
Cláusula de Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otro


En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.

x)      Principio de Igualdad y no Discriminación Arbitraria

La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:

  1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
  2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
  3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
  4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.

y)     Cesión del contrato

En virtud del principio de igualdad de los oferentes, el adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, es sin perjuicio de los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, de conformidad a lo establecido en el artículo 74 del D.S. N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

z)      Domicilio

Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Coyhaique y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

aa)  Ley 21.643, Ley Karin

En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, que modificó el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N° 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento que estableció las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada.

Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa.

Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda.

Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal.

En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento.

Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente.

Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.

bb)  Observaciones generales

En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases 44 de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato. La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación

cc)   Definiciones

Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases  Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:

1.- Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
2.- Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
3.- Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4.- Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5.- Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6.- Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener, sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
7.-
Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
8.- Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)
9.- Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10.- Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
11.- Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12.- Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado previamente establecido en dichos documentos.
13.- Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas.
14.- Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
15.- 
Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
16.- Plan Base: Corresponde a la compra que realizará la Corporación con presupuesto Institucional.
17.- Plan de Reforzamiento: corresponde a un convenio de suministro, el cual estará sujeto a necesidad y disponibilidad presupuestaria por parte de la Corporación.


XIII. ANEXOS A INCLUIR EN LA LICITACIÓN

N° Anexo

Nombre

Anexo 1

Declaración conformidad con las bases

Anexo 2A

Inhabilidad por condenas

Anexo 2B

Declaración de conformidad con el código de ética

Anexo 2C

Declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios

Anexo 2D

Programa de integridad y ética empresarial

Anexo 2E

Declaración jurada simple acerca de inadmisibilidad de ofertas simultáneas

Anexo 3A

Conflictos de interés

Anexo 3B

Deudas vigentes con trabajadores

Anexo 4

Antecedentes actualizados del oferente

Anexo 5A

No colusión para proveedor único

Anexo 5B

No colusión para unión temporal de proveedores

Anexo 5C

Pago multas pendientes

Anexo 7

Formulario evaluación desempeño del postulante último trabajo realizado

Anexo 9

Formato de Currículum Vitae

Anexo 10

Carta del postulante

Anexo 11

Ingreso de solicitudes

Anexo 13

Certificado cumplimiento de garantías de contrato (2)

Anexo 15

Anexo económico

Anexo 16

Planificación de  actividades según territorio al que postula (“Actividades licitadas según territorio o parrillas”)

NOTA 1: No se considerarán en la evaluación documentos adicionales a los indicados en el cuadro precedente.

NOTA 2: Aplicable para aquellos profesionales que hayan prestado servicios previamente a CONAF.

[1] De acuerdo a la definición establecida en la Ley 20.283

[2] En el caso de postular a más de una región, se deberá indicar en su postulación el territorio y prioridad asociada. En caso de quedar primero en la preselección en más de un territorio, el postulante quedará seleccionado en el territorio que indicó como primera prioridad.

BASES TÉCNICAS

ANTECEDENTES

La Corporación Nacional Forestal tiene como Misión “Garantizar la conservación, restauración y el manejo sustentable de los ecosistemas boscosos y xerofíticos del país, para satisfacer la demanda actual y futura por bienes y servicios ecosistémicos y contribuir al desarrollo territorial, de los pueblos originarios, las comunidades vulnerables y la conservación de la biodiversidad en un escenario de crisis climática”

Entre sus objetivos estratégicos se encuentran:

Asegurar la conservación de los ecosistemas boscosos y xerofíticos en las Áreas Silvestre es Protegidas del Estado y fuera de éstas, reduciendo el riesgo de desastres ambientales provocados por la acción antrópica y no antrópica, con un enfoque preventivo frente a los incendios y otros daños ecológicos Promover        y manejar        paisajes        y        ecosistemas boscosos y     xerofíticos     con fines multifuncionales, fomentando el manejo y la restauración de los bosques nativos y formaciones xerofíticas, soluciones basadas en la naturaleza, así también las prácticas de manejo forestal en plantaciones que protejan los componentes ambientales.

La Corporación Nacional Forestal es la institución del Estado que administra la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

En este contexto la Gerencia de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos ha priorizado las siguientes acciones:


- Promover el aumento de superficie de bosque nativo bajo manejo forestal Sustentable de bosque nativo y formaciones xerofíticas.
- Promover la difusión de la Ley de Bosque Nativo a potenciales usuarios y usuarias, y la asistencia técnica, transferencia y difusión técnica a usuarios y usuarias de la Ley de Bosque Nativo.
- Contribuir a las metas de la Estrategia Nacional de Cambio Climático y Recursos Vegetaciones (ENCCRV) en el marco de la Contribución Nacional Determinada.


Un aporte fundamental para el desarrollo de esta tarea la realizan los Profesionales, Ingenieros(as) Forestales, que cumplen la función de “Extensionista Forestal”, con amplios conocimientos en el manejo sustentable de estos recursos, trabajo con comunidades rurales y conocimiento territorial.

En base a lo anterior los “Extensionistas Forestales” deberán desarrollar prioritariamente actividades orientadas a apoyar a pequeños y medianos propietarios con bosques nativos y formaciones xerofíticas, también a propietarios pequeños y medianos disponibles para restaurar ecosistemas forestales y que son destinatarios de los mencionados programas y políticas del Ministerio de Agricultura.

OBJETO DE LA LICITACIÓN

El objeto de la licitación es la contratación de   los  servicios  profesionales          de ingenieros(as) Forestales especializados en trabajo con comunidades rurales, manejo sustentable de bosques nativos y restauración de ecosistemas forestales, denominados “Extensionistas”,  para  que  realicen  labores  de  extensión  forestal,  asistencia técnica, asesoría en comunidades rurales con propietarios forestales beneficiarios de la Ley de Bosque Nativo y de los Programas de Plantaciones Forestales de la Corporación Nacional Forestal.

GESTIÓN TERRITORIAL DEL EXTENSIONISTA

El territorio de acción del Extensionista corresponde en forma idéntica al territorio jurisdicción de Área La Junta CONAF, vale decir, comuna de Cisnes íntegra y Comuna de Lago Verde en lo que a su extremo Norte corresponde: a partir del Río Lomas Bajas al Norte. Cada prestación de servicios 2026. Inicia con la firma del contrato hasta el 15 de diciembre del 2026.

Si el presupuesto total disponible anual en la presente licitación, no se ejecutara por completo, debido a actividades no ejecutadas y no pagadas, CONAF podrá otorgar un pago adicional de hasta el 10% del monto anual contratado, cuando el extensionista cumpla con Bonificar la superficie de 150 ha de bosque Nativo bajo el marco de la Ley 20.283.

Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá proponer la modificación o ampliación del área de trabajo, para lo cual deberá existir acuerdo de las partes, todo ello para el buen desarrollo del trabajo encomendado.


ÁMBITO DE ACCIÓN DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR

Los lineamientos técnicos para desarrollar se enmarcan en las siguientes líneas de acción:


Manejo forestal sustentable y conservación de bosque nativo y formaciones xerofíticas:
- Incorporar beneficiarios al fondo concursable de la Ley 20.283.
- Superficie bajo manejo usando instrumento de la Ley 20.283.
- Asistencia técnica en manejo sustentable bosque nativo.
-
Superficie que accede a los beneficios de la ley.
-
Otros apoyos.

Fortalecimiento de capacidades y de coordinación:
- Capacitación de profesionales.
- Reuniones de coordinación y seguimiento.

El detalle más específico de actividades y productos se presenta en la página 7.



ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO

Las especificaciones técnicas del servicio a realizar en el periodo 2026 están definidas a        través de      actividades    anuales         (distribuidas  mensualmente), con su descripción, cantidad, medio de verificación y valorización en Anexo 16 (parrilla de actividades territorio La Junta, valorizada al máximo posible). En este anexo se establecen los servicios correspondientes y su valor, los cuales pueden corresponder a la totalidad o un subconjunto de las actividades expuestas en él. Sin perjuicio de lo anterior, eventualmente, la cantidad de actividades podrá ser ajustada, teniendo en consideración que pueden existir cambios en los lineamientos institucionales a lo largo del periodo y/o factores impliquen esta modificación. externos propios del territorio que Para estos fines deberá existir un acuerdo entre las partes,  suscribiendo un acta que establezca dicho acuerdo (Anexo 17) denominada Acta de Modificación de Actividades, que regirá la gestión del profesional por el resto del periodo que quede del contrato, la cual deberá ser firmada por el Extensionista y el Supervisor directo.

PLANIFICACIÓN, SUPERVISIÓN EVALUACIÓN DE  ACTIVIDADES DEL EXTENSIONISTA  

La planificación será anual y tendrá actividades mensuales. La prestación de servicios debe ser coherente con la planificación y lineamientos que impulsa la región, que se basa en los objetivos y metas institucionales en el marco de la implementación de los programas de bosques nativos y plantaciones forestales, amparado en la legislación  en vigente.

La planificación anual (Anexo 14 al momento de firma de contrato) se implementará a través de un Plan Operativo Anual (POA), que contendrá los servicios y actividades mensuales que deberá realizar el Extensionista. Este POA se detalla en el punto 7 de estas bases. Esta planificación permitirá la adecuada ejecución y supervisión de las actividades a desarrollar por el extensionista (profesional ya adjudicado) y se elaborará por CONAF de acuerdo con un cronograma anual de trabajo para las actividades contratadas.

Esta planificación podrá ser Revisada y modificada por el Supervisor, con el objeto de efectuar ajustes a la planificación y cumplimiento de metas y objetivos. Para ello el Supervisor deberá realizar a los menos una reunión mensual de coordinación con el Extensionista para analizar el avance de las acciones realizadas y los posibles ajustes a la planificación, aspecto que deberá quedar registrado por escrito en Acta de Modificación de Actividades.

En este sentido, se debe considerar que las actividades (cantidad) establecidas en el numeral 7 de las presentes Bases, podrían eventualmente reemplazarse unas por otras, por razones de buen servicio. En todo caso, el valor a pagar de la(s) actividad(es) reemplazada(s) debe quedar cubierto por el(los) valor(es) de la(s) actividad(es) que se desarrolle(n) en su lugar.


Informe Mensual
:


En el marco de la ejecución de la planificación definida anualmente, el Informe Mensual será el instrumento que permitirá pagar por los servicios y al mismo tiempo evaluar el avance y cumplimiento de las actividades programadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Supervisor.

El Informe Mensual debe contener el conjunto de actividades realizadas mensualmente, de acuerdo con lo planificado, el grado de cumplimiento de éstas, junto con todos los medios de verificación que respalden la realización de las actividades, de acuerdo con lo establecido en el “Plan Operativo Anual”.

El Informe Mensual que emita el Extensionista, podrá ser aprobado con observaciones, las cuales deberá ser corregidas en el plazo que CONAF indique en su oportunidad, al momento de la devolución de dicho Informe. El no cumplimiento con la exigencia de corrección del referido informe en dos oportunidades podrá ser considerado como causal para poner término anticipado al contrato.  

Aún dentro del informe mensual: de las actividades de terreno dependientes exclusivamente del extensionista, como lo son las jornadas de marcación y visitas prediales de asistencia técnica, se exigirá un 75% de realizadas sobre el número  planificado. De esta forma un número por menos del 75% de realizadas en un mes particular, se considerará un elemento a corregir en el mes inmediatamente siguiente, de lo contrario se registrará como corrección incumplida y tal como se refirió en párrafo anterior: el no cumplimiento con la exigencia de corrección del referido informe en dos oportunidades, podrá ser considerado como causal para poner término anticipado al contrato.  


Supervisión
:
En relación a la Supervisión, el responsable de la supervisión por parte de CONAF será un solo funcionario designado por el Director Regional, quien se reserva el derecho de supervisar la gestión del Extensionista pudiendo, en todo momento, efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de la  calidad del trabajo en ejecución, la de las actividades. El Extensionista deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.


El Supervisor será el responsable de visar el Informe Mensual del Extensionista para proceder al pago de sus servicios.

Evaluaciones:

Respecto a las Evaluaciones de los servicios y actividades realizadas por el extensionista, se llevarán a cabo de la siguiente manera:

Evaluación Trimestral

La evaluación trimestral corresponde a la revisión que realiza el Supervisor de las actividades comprometidas en la planificación anual. Estará conformada por dos componentes: la “responsabilidad” y la “calidad”.

 

Esta evaluación trimestral será un instrumento para evaluar la continuidad contractual del Extensionista, ajustar el POA y debe ser realizada por el Supervisor directo, cada 3 meses, emitiendo un informe denominado “Evaluación Trimestral” (Anexo 6).

La evaluación trimestral tendrá cuatro categorías de  evaluación:  “óptima”,         “buena” “mala” y “muy mala”. La calificación como “mala” y/o “muy mala”, en 2 oportunidades anuales será considerada como causal de término anticipado al contrato (Anexo 5).

Evaluación anual

La evaluación anual considerará los promedios de las evaluaciones trimestrales, el porcentaje de cumplimiento de la planificación anual y la evaluación del Supervisor de acuerdo con el formulario de evaluación anual (Anexo 18). Es decir, permitirá comparar el grado de cumplimiento de las actividades planificadas y/o programadas con las actividades efectivamente realizadas por el Extensionista. El resultado de esta evaluación determinara la continuidad de la prestación de servicios del “Extensionista”.

 

PLAN OPERATIVO ANUAL

El Plan Operativo Anual (POA), que se describe a continuación, es el instrumento central para la implementación de los servicios requeridos por CONAF. El Supervisor responsable elaborará el POA y este contendrá los servicios y/o actividades que se deberá ejecutar en forma mensual y cuáles serán los medios de verificación. Cada Extensionista deberá implementar un POA. Las actividades por desarrollar se enmarcan en las siguientes 3 líneas de acción:


Plantaciones Forestales
- Sanidad Forestal.
- Asistencia técnica en manejo y recuperación.
- Restauración forestal (Forestación o revegetación)
- Otros apoyo

Manejo forestal sustentable y conservación de bosque nativo y formaciones xerofíticas:
Incorporar beneficiarios al fondo concursable de la Ley 20.283.
- Superficie bajo manejo usando instrumento de la Ley 20.283.
Asistencia técnica en manejo sustentable bosque nativo.
- Superficie que accede a los beneficios de la ley.
- Otros apoyos.

 Fortalecimiento de capacidades y de coordinación:
- Capacitación de profesionales.
- Reuniones de coordinación y seguimiento.


El detalle más específico de actividades y productos se presenta a continuación:

Cada actividad contiene un conjunto de productos que de manera complementaria y secuencial conformarán la ejecución de las líneas de acción:

PLAN OPERATIVO ANUAL

Ámbito de acción

Líneas de acción

Actividades

Productos

2

Manejo forestal Sustentable y Conservación de Bosque Nativo y Formaciones Xerofíticas

2.1

Incorporar beneficiarios al fondo concursable de la ley 20.283

Captación de propietarios

Charla de difusión

 

Visita predial de captación en bosque nativo o formación xerofítica

 

Elaboración Proyecto de plan de manejo bosque nativo.

Proyecto de plan de manejo ingresado al concurso (No asociado a plan de manejo).

 

Proyecto de plan de manejo ingresado al concurso (asociado a plan de manejo).

 

2.2

Superficie bajo manejo usando instrumento de la ley 20.283

Elaboración de planes de manejo

Plan de manejo de bosque nativo

 

Predio habilitado para manejo forestal en bosque nativo

 

Aviso de postergación de plan de manejo

 

2.3

Asistencia técnica en manejo sustentable bosque nativo

Capacitación a los propietarios

Charla técnica

 

Día de bosque

 

Jornada de marcación en bosque nativo

 

Jornada de extensión forestal en bosque nativo

 

Jornada de encadenamiento productivo y facilitación comercial en bosque nativo

 

Supervisión de actividades silviculturales

Visita predial de asistencia técnica en bosque nativo o formación xerofítica

 

2.4

Superficie que accede a los beneficios de la ley

Elaboración de informes de acreditación de bosque nativo

Aviso de inicio ejecución faenas en bosque nativo

 

Informe de ejecución de actividades bonificables

 

Superficie bonificada de bosque nativo

 

2.5

Otros apoyos

Elaboración de otros estudios

Autorización simple de corta

 

Informe de ejecución de actividades anuales

 

Declaración de existencia

 

Plan extracción de maderas muertas bosque nativo (Alerce

D.S. 490)

 

Acciones para el apoyo al proceso de comercialización

Proyecto productivo postulado a fuentes de financiamiento

 

Gestión conexión oferta y demanda (facilitación comercial, dendroenergía y/o cambio climático)

 

3

Fortalecimiento de capacidades y de coordinación

3.1

Capacitación de Profesionales

Participación en reuniones

de análisis, evaluación y capacitación

Reuniones de fortalecimiento y capacitación de profesionales

 

3.2

Reuni  nes de

coordinación y seguimiento

Participación en reuniones de coordinación y

seguimiento

Reuniones de coordinación y seguimiento

 

DEFINICIÓN DE     PRODUCTOS ESPECÍFICOS DE  LOS    SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

A continuación, se describen y detallan los requisitos mínimos para que el extensionista desarrolle los productos esperados, se especifican las actividades y los medios de verificación requeridos:

DEFINICIÓN DE PRODUCTOS ESPECIFÍCOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

2.1 Incorporar beneficiarios al fondo concursable de la ley 20.283

Charla   de   difusión:   Actividad   grupal   estandarizada   para   difundir,   capacitar   y/o asesorar  a            campesinos, productores, comerciantes, técnicos INDAP y otros funcionarios públicos, sobre una materia definida por CONAF.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en SIGEDEFF o el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Deberá establecerse con el Supervisor la materia a tratar y un número mínimo de asistentes adultos. Si realizado todos los esfuerzos de convocatoria con sus respectivos sustentantes, como: llamados telefónicos, avisos radiales, visitas u otro medio, y por alguna situación especial, el número de asistentes finalmente es inferior al establecido. Quedará a criterio del Supervisor la aprobación de la actividad.

El medio de verificación será:

  • Lista de asistentes en formato proporcionado por CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Visita predial de captación en bosque nativo o formación xerofítica: Concurrir a los predios de propietarios que han manifestado interés en participar de actividades de manejo en bosque nativo en el marco de la Ley 20.283. Tiene por objeto verificar el compromiso del propietario, la factibilidad técnica y legal para incorporar al propietario a los beneficios del fondo concursable.

La actividad implica:

  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.
  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Recorridos por el sector de interés para el propietario.
  • Dejar prescripción técnica y/o legal, en relación a la realidad de su predio, recurso forestal y sus requerimientos.

El medio de verificación será:

  • Formato tipo talonario en formato entregado por CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Proyecto de plan de manejo ingresado al concurso (NO asociado a plan de manejo): Corresponde a la elaboración y presentación de proyectos a los concursos el Fondo concursable de Conservación, Recuperación y Manejo Sustentable del Bosque Nativo de la Ley N°20.283 (FCBN). Los proyectos no están asociados a un plan de manejo aprobado.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.
  • Los proyectos deberán ser visados por el Supervisor previo al ingreso al sistema de concurso del Fondo.

El medio de verificación será:

  • Comprobante de ingreso del proyecto en la página WEB del FCBN. http://www.concur HYPERLINK "http://www.concursolbn.conaf.cl/"s HYPERLINK "http://www.concursolbn.conaf.cl/"olbn.conaf.cl/
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Proyecto de plan de manejo ingresado al concurso (asociado a plan de manejo): Corresponde a la elaboración y presentación de proyectos a los concursos del fondo concursable de conservación, recuperación y manejo sustentable del bosque nativo vinculados con planes de manejo ya aprobados y/o ejecutados.

La actividad implica:

  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.
  • Considera como requisito una coordinación previa con el propietario.
  • En su elaboración, el proyecto debe ser homologado al contenido del plan de manejo y que sus actividades sean concordantes con las bases y tablas de valores vigentes del FCBN.

El medio de verificación será:

  • Comprobante de ingreso del proyecto en la página WEB del FCBN. http://www.concur HYPERLINK "http://www.concursolbn.conaf.cl/"s HYPERLINK "http://www.concursolbn.conaf.cl/"olbn.conaf.cl/
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

2.2 Superficie bajo manejo usando instrumentos de la Ley 20.283:

Plan de manejo de bosque nativo: Estudio técnico que se realiza según lo estipulado en la Ley 20.283 y los procedimientos nacionales y regionales establecidos, relacionado a proyectos del FCBN de la Ley 20.283, en sus literales a), b) o c). El plan de manejo podrá variar según las siguientes variables: literal, rango de superficie solicitada, área específica dentro del territorio, tipo de formulario, entre otras.

La actividad implica:

  • El estudio técnico deberá ser consistente con la información del proyecto correspondiente y ajustado a los requisitos de la Ley 20.283.
  • En caso de rechazos de los estudios técnicos, se entiende que el extensionista se compromete a realizar la corrección a su costo.

(1*) Al existir un desfase entre el ingreso de un plan de manejo y su Resolución de hasta 90 días, se opta por efectuar el pago del 50% del número de ellos del contrato anual contra el medio de verificación: Registro o Comprobante de ingreso y el resto de Planes de Manejo ingresados, será contra medio de verificación: Resolución Aprobatoria.

Por ejemplo si la parrilla de actividades anual solicita 7 planes de manejo, los primeros 4 serán pagados contra el medio de verificación Comprobante de Ingreso y los 3 últimos serán aprobados de pago, contra verificación de la Resolución aprobatoria de cada uno de ellos.

DEFINICIÓN DE PRODUCTOS ESPECIFÍCOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

En caso de que éste no tenga solución, se remplazará por otro estudio de similares características previamente acordado con el supervisor. Finalmente, de no ocurrir estas acciones correctivas, CONAF hará efectiva la garantía que posee para el fiel cumplimiento de contrato.

  • La entrega al propietario de copia del plan de manejo, la cartografía y resolución aprobatoria será obligatoria una vez resuelta cada solicitud por CONAF, por parte del extensionista.
  • Las superficies mínimas solicitadas deben ser revisadas y definidas con el supervisor directo y deben orientarse al cumplimiento de las metas asociadas al territorio.

El medio de verificación será:

  • (1*) Copia del Registro de Comprobante de Ingreso en CONAF o Resolución Aprobatoria.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Predio habilitado para manejo forestal en bosque nativo: Corresponde a un predio el cual se caracteriza por:

a) Contar con un proyecto al Fondo Concursable de la Ley 20.283 presentado en al año “t”, que se registrará en los formatos correspondientes vía plataforma web del concurso. Los proyectos contratados se registrarán exclusivamente bajo la categoría de “Extensionista” evitando ingresarlos bajo otra categoría como “Consultor”, “Propietario”, “otro”, y b) Contar con un Plan de Manejo o Norma de Manejo ingresado en el año “t” relacionado directamente al Proyecto del Fondo Concursable de la Ley 20.283 mencionado en el punto a).

Los estudios técnicos se realizarán según lo estipulado en la Ley 20.283 y los procedimientos nacionales y regionales establecidos.

La actividad implica:

  • La Captación, reconocimiento y toma de datos para la confección del proyecto y el estudio técnico.
  • Una carta compromiso de asistencia técnica según formato proporcionado por CONAF.
  • Cada pr puesta de proyecto deberá ser visada con firma del supervisor, previo al ingreso al sistema de concurso de la ley 20.283.
  • En caso de inadmisibilidad del proyecto, se entiende que el extensionista se compromete a realizar la corrección a su entero costo durante los plazos establecidos.
  • Se establece como plazo máximo de presentación de los proyectos, quince (15) días hábiles antes de la fecha de cierre que se establezca para el concurso del año en curso.
  • En el caso de los estudios técnicos (plan de manejo o norma), junto con la elaboración de éste, se considera el ingreso del aviso inicio de ejecución de faenas, la postergación de actividades y las modificaciones al plan de manejo original si fuese necesario, entre otros estudios relacionados.
  • Para el caso de los estudios técnicos, se deberán establecer al menos una parcela demostrativa en terreno de 500 m2, en donde se observe la prescripción técnica de manejo, identificando los árboles a extraer y los árboles residuales.
  • En caso de rechazos de los Estudios Técnicos, el Extensionista se obliga a realizar la corrección a su entero costo las veces que sea necesario.
  • En el caso de que el predio no resultase habilitado por las siguientes causales: a) el proyecto resulte al término del proceso

concursal “no procesable” o “Inadmisible”, o b) las acciones correctivas del plan de manejo o norma no resultasen exitosa; CONAF hará efectiva la garantía que posee para el fiel cumplimiento de contrato.

  • En el caso de que el predio no resultase habilitado al final del proceso concursal por que el proyecto, aun cuando fuese declarado “admisible”, resulte finalmente en categoría de “no adjudicado”, se entiende que este motivo corresponde al

sistema de concursabilidad.

  • Se asocia o relaciona directamente al indicador GEDEFF 12
  • El extensionista deberá hacer entrega obligatoria al propietario de la copia del Proyecto, el Plan de Manejo o Norma, la cartografía y resolución aprobatoria.
  • Las instrucciones de operación de este producto serán entregadas por Of. Regional.

El medio de verificación será:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Carta compromiso de asistencia técnica según formato proporcionado por CONAF.
  • El proyecto visado previamente con firma del supervisor.
  • Comprobante de ingreso del proyecto en la página WEB del FCBN. http://www.concur HYPERLINK "http://www.concursolbn.conaf.cl/"s HYPERLINK "http://www.concursolbn.conaf.cl/"olbn.conaf.cl/
  • El comprobante de ingreso del plan o norma de manejo emitido por el sistema SAFF institucional.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Aviso de postergación de plan de manejo: Corresponde al formato dispuesto para este fin en web CONAF. Este podrá efectuarse tanto a propietarios con plan de manejo.

La actividad implica:

  • Previamente acordado con el supervisor CONAF.

DEFINICIÓN DE PRODUCTOS ESPECIFÍCOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

  • De acuerdo a prescripciones técnicas y formularios entregados por CONAF.

El medio de verificación será:

  • Copia del registro de ingreso en CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

2.3 Asistencia técnica en manejo sustentable del Bosque Nativo

Charla técnica: Actividad grupal estandarizada para difundir, capacitar y/o asesorar a campesinos, productores, comerciantes, técnicos INDAP y otros funcionarios públicos, sobre una materia definida por CONAF.

La actividad implica:

  • Deberá establecerse con el Supervisor la materia a tratar y un número mínimo de asistentes adultos. Si realizado todos los esfuerzos de convocatoria con sus respectivos sustentantes, como: llamados telefónicos, avisos radiales, visitas u otro medio, y por alguna situación especial, el número de asistentes finalmente es inferior al establecido. Quedará a criterio del Supervisor la aprobación de la actividad.
  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

El medio de verificación será:

  • Lista de asistentes en formato proporcionado por CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Día de bosque: Actividad grupal realizada en terreno, con el fin de asesorar y capacitar a interesados de programas de CONAF en distintas técnicas y experiencias de manejo en bosque nativo. Quedará a criterio del supervisor la aprobación de la actividad (participantes, temas, transporte, lugares, logística, etc.).

La actividad implica:

  • Previamente acordado con el supervisor CONAF.
  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Apoyo en la convocatoria y preparación de la actividad.

El medio de verificación será:

  • Lista de asistentes en formato proporcionado por CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Jornada de marcación en bosque nativo: Consiste en una actividad destinada a la marcación demostrativa del rodal asociado a manejo del predio. El rango de jornadas en el caso de asesorías en bosque nativo tendrá un mínimo de 0,5 ½   jornadas.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Previamente acordado con el supervisor CONAF.
  • Selección y marcación del bosque.
  • Explicación del plan de manejo (lenguaje simple).
  • La actividad estará destinada al propietario y la(s) persona(s) que ejecutará(n) las faenas, ya que existe la posibilidad que estas personas sean distintas al propietario del predio, como por ejemplo un mediero, una cuadrilla de prestación de servicios, entre otros.
  • Orientados a replicar las prescripciones técnicas establecidas en el estudio técnico de bosque nativo respectivo.
  • Conducentes a la intervención y/o bonificación.

El medio de verificación será:

  • Formato tipo talonario en formato entregado por CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines (recorrido-track en dato gps).

Jornada de extensión forestal en bosque nativo: Corresponde a la prestación de servicios específicos para la ejecución de actividades temáticas de bosque nativo definidas por CONAF en el área de encadenamiento productivo, gestión comercial, fortalecimiento organizacional, participación ciudadana, gestión de proyectos, levantamiento de información territorial o predial, capacitación y asistencia técnica, otros estudios relativos a la normativa vigente, jornadas de apoyo a la gestión de CONAF, entre otras. Su objetivo será gestionar la solución y/o resolver situaciones específicas de los habitantes rurales u organizaciones sociales territoriales y/o gestionar su solución, la que podrá involucrar vínculos con otras instituciones. Así mismo, se considerarán en este

ítem la coordinación entre el extensionista y CONAF en eventos programados, fortalecimiento de capacidades para una mejor atención de usuarios y jornadas de administración, en un nú ero que asegure la correcta ejecución del programa.

La actividad implica:

  • Todas las acciones a desarrollar como jornada de extensión serán parte de un programa de trabajo presentado por el extensionista y autorizado en acuerdo entre el supervisor y el DEFOR Regional.
  • Un programa de trabajo anual – mensual que establecerá las actividades a desarrollar por el extensionista. Este programa

DEFINICIÓN DE PRODUCTOS ESPECIFÍCOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

será sancionado en acuerdo entre el supervisor y el DEFOR Regional.

  • Se establecerá un número máximo de Jornadas de Extensión Forestal al mes en un número que asegure la correcta ejecución de los demás productos contratados.
  • Las instrucciones de operación de este producto serán entregadas por Of. Regional.

El medio de verificación será:

  • Un reporte profesional en formato proporcionado por CONAF.
  • Un set fotográfico, que registre y de cuenta de la actividad realizada, si fuese necesario.
  • Lista de asistentes en formato proporcionado por CONAF (si corresponde).
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Jornada de e cadenamiento productivo y facilitación comercial en bosque nativo: Prestación de servicios específicos para la ejecución de actividades temáticas de bosq e nativo definidas por CONAF en el área de encadenamiento productivo, gestión comercial, gestión de proyectos, levantamiento de información territorial o predial, capacitación y coordinación, entre otras que se determinen. Su objetivo preferente será gestionar la solución y/o resolver situaciones específicas de los habitantes rurales u

organizaciones sociales territoriales y/o gestionar su solución, la que podrá involucrar vínculos con otras instituciones.

La actividad implica:

  • Un programa de trabajo anual – mensual que establecerá las actividades a desarrollar por el extensionista. Este programa será sancionado en acuerdo entre el DEFOR Regional y/o supervisor.
  • Las instrucciones de operación de este producto serán entregadas por el supervisor.

El medio de verificación será:

  • Un reporte profesional en formato proporcionado por CONAF.
  • Un set fotográfico, que registre y de cuenta de la actividad realizada, si fuese necesario.
  • Lista de asistentes en formato proporcionado por CONAF (si corresponde).
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Visita predial de asistencia técnica en bosque nativo o formación xerofítica: Corresponde a la visita predial en bosque nativo efectuada al rodal para facilitar y verificar avances en superficie y/o kilómetros construidos según lo propuesto en el plan de manejo forestal respectivo. Además, se reforzarán aspectos según las prescripciones técnicas del plan de manejo, seguimiento y cuantificación de los productos obtenidos.

La actividad implica:

  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.
  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Explicación o reforzamiento del plan de manejo en lenguaje simple, de las materias no comprendidas.
  • Revisión de acuerdos respecto del manejo del bosque, conducente a la obtención de una acreditación Forestal y/o al registro de avances de intervención.

El medio de verificación será:

  • Formato tipo talonario en formato entregado por CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

2.4 Superficie que accede a los beneficios de la ley

Aviso de inicio de ejecución de faenas en bosque nativo: Estudio técnico correspondiente al formulario dispuesto para este fin en web CONAF, que se realizarán según Ley 20.283 y los procedimientos regionales establecidos.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • De acue do a prescripciones técnicas y formulario entregados por CONAF.
  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.

El medio de verificación será:

  • Copia del comprobante de ingreso en CONAF.
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Informes de ejecución de actividades bonificables: Estudio técnico correspondiente a los formularios dispuestos para este fin en web CONAF, que se realizarán según Ley 20.283 y los procedimientos regionales establecidos. El informe de ejecución de actividades bonificables podrá variar según: literal, rango de superficie solicitada, área específica dentro del territorio, tipo de formulario, entre otras.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.

DEFINICIÓN DE PRODUCTOS ESPECIFÍCOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

  • En caso de rechazos de los estudios técnicos, se entiende que el extensionista se compromete a realizar la corrección a su entero costo. En caso de que éste no tenga solución, se remplazará por otro estudio de similares características. Finalmente, de no ocurrir estas acciones correctivas, CONAF hará efectiva la garantía que posee para el fiel cumplimiento de contrato.

El medio de verificación será:

  • Copia del comprobante de ingreso en CONAF./Resolución aprobatoria PM
  • Reporte de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Superficie bonificada de bosque nativo: Superficie bajo manejo de bosque nativo de acuerdo a la normativa forestal vigente. La superficie bonificada se relaciona a la elaboración y sanción aprobatoria de un Informe de ejecución de actividades bonificables (IEAB), el cual se rige por la normativa y procedimientos regionales y nacionales establecidos.

La actividad implica:

  • Debe estar previamente acordado con el Supervisor CONAF.
  • Para la consecución de este producto se podrá efectuar la revisión de planes de manejo y normas del territorio del año “t” o anteriores vigentes.
  • Una carta compromiso de asistencia técnica según formato proporcionado por CONAF.
  • Considera efectuar elaboración de estudios técnicos, asistencia y acompañamiento técnico, chequeo de superficies, verificación de la ejecución y toma de datos para la confección del Informe de Ejecución de Manejo de Plantaciones, entre otras.
  • Se deberán realizar las parcelas mínimas establecidas por el programa de Extensión por rodal, las que se identificarán en terreno y en cartografía. Las parcelas de muestreo serán incorporadas en estudios técnicos y en el Informe de ejecución de manejo de plantaciones si fuese necesario.
  • Se deberá levantar un acta predial simple de productos forestales (bienes y servicios) disponibles para su comercialización.
  • La superficie mínima a acreditar será de 2,0 hectárea. La superficie máxima no tiene restricción.
  • CONAF determinará un número mínimo de usuarios a atender con la finalidad de asegurar la cobertura de atención.
  • Las instrucciones de operación de este producto serán entregadas por Of. Regional.

El medio de verificación será:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Carta compromiso de asistencia técnica según formato proporcionado por CONAF.
  • Copia de resolución del IEAB para el predio, emitida por CONAF
  • Copia del bono emitido por CONAF a Tesorería, visado con firma del propietario, que de esta manera toma conocimiento de su incentivo
  • Acta predial simple de productos forestales. .(Formato proporcionado por CONAF)
  • Reporte de la actividad (medios de verificación) en el medio que CONAF disponga para estos fines.

2.5 Otros apoyos

Autorización simple de corta: Estudio técnico a elaborar cuando se requiera intervenir bosque nativo para el aprovechamiento o corta de una cantidad reducida de árboles destinados al autoconsumo o a mejoras prediales, según lo dispuesto en la Ley N° 20.283.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Elaboración de estudio y su cartografía.
  • Marcación de un 50 % de los árboles a extraer.

El medio de verificación será:

  • Copia del registro de Ingreso en CONAF.
  • Reporte de la actividad (medios de verificación) en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Informe de ejecución de actividades anuales: Corresponde al formato dispuesto para este fin en web CONAF. Este podrá

efectuarse tanto a propietarios del programa como propietarios externos a este, a los que no se les elaboro Plan de Manejo.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Previamente acordado con el supervisor CONAF.
  • De acue do a prescripciones técnicas y formulario entregados por CONAF.

El medio de verificación será:

  • Copia del Registro de Ingreso en CONAF.
  • Reporte de la actividad (medios de verificación) en el medio que CONAF disponga para estos fines.

DEFINICIÓN DE PRODUCTOS ESPECIFÍCOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

Declaración de Existencias: Procedimiento simplificado considerado en la Ley para extracción de árboles muertos, aislados o sectores quemados, con fines de que este registro permita la obtención de guías de libre tránsito.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Previamente acordado con el supervisor CONAF.
  • Identificación de los sectores en cartografía simplificada.
  • Deberá xplicar con nitidez al propietario las obligaciones que emanan de este instrumento.

El medio de verificación será:

  • Copia del registro de Ingreso en CONAF.
  • Reporte de la actividad (medios de verificación) en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Planes de extracción de Maderas Muertas, Bosque Nativo (alerce muerto D.S 490): Procedimiento considerado en la Ley para extracción de árboles muertos, con fines de que este registro permita la obtención de guías de libre tránsito.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Previa ente acordado con el supervisor CONAF.
  • Identificación de los sectores en cartografía simplificada.
  • Deberá explicar con nitidez al propietario las obligaciones que emanan de este instrumento.

El medio de verificación será:

  • Copia del registro de Ingreso en CONAF.
  • Reporte de la actividad (medios de verificación) en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Proyecto productivo postulado a fuentes de financiamiento: Corresponde a un documento que tiene por finalidad concretar financiamiento y/o asesoría para la inserción o mejora de la cadena productiva de un bien o servicio de los habitantes rurales u organizaciones productivas de pequeña escala.

La actividad implica:

  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.
  • Previamente acordado con el supervisor CONAF.
  • La formalización del proyecto con las partes involucradas.
  • Los contenidos deberán ser socializados y validados por las partes involucradas.
  • Completar el formulario y antecedentes asociados según requerimiento de la institución a la que se postula.

El medio de verificación será:

  • Ficha registro actividad, según formato CONAF
  • Formulario en formato correspondiente a la fuente de financiamiento postulado.
  • Comprobante de presentación del proyecto y admisibilidad de la institución receptora
  • Reporte de la actividad (medios de verificación) en el medio que CONAF disponga para estos fines.

Gestión conexión oferta y demanda (facilitación comercial, dendroenergía y/o cambio climático): Se realiza con el objetivo de promover el encadenamiento productivo en terreno, conect ndo la oferta de productos forestales, maderables y no maderables,

con la demanda de ésta.

La actividad implica:

  • Realizar conexión entre oferta y demanda, obteniendo resultados positivos para el productor.
  • Contar con información de la demanda local por productos forestales

El medio de verificación será:

  • Ficha de registro de actividad, según formato CONAF

3        Fortalecimiento de capacidades y de coordinación

3.1 Capacitación Profesionales

Reuniones de fortalecimiento y Capacitación Profesionales: Se consideran la asistencia obligatoria del extensionista a actividades programadas por CONAF. El número de jornadas a utilizar en esta actividad será predeterminado por CONAF para cada ocasión, considerando el tiempo empleado y los costos asociados.

La actividad implica:

  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.
  • En el caso que la actividad requiere incurrir en gastos de alojamiento, se deberá agar como doble jornada
  • Presentación de avance y comentarios a su Plan de Trabajo.

El medio de verificación será:

DEFINICIÓN DE PRODUCTOS ESPECIFÍCOS DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS PARA CADA LÍNEA DE ACCIÓN

  • Programa de los temas tratados.
  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

3.2 Reuniones de coordinación y seguimiento

Reuniones de coordinación y seguimiento: Se consideran en este ítem, las reuniones de seguimiento y coordinación entre el extensionista con el Supervisor y personal de CONAF, para revisar y verificar el cumplimiento o ajuste de su Plan de Trabajo y actividades con otros organismos público‐privados.

La actividad implica:

  • Previamente acordado con el Supervisor CONAF.
  • Presentación de avance y comentarios a su Plan de Trabajo.

El medio de verificación será:

  • Programa de los temas tratados.
  • Planificación de la actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines/foto de la actividad.

SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN DE ACTIVIDADES

Rol del Supervisor:

El Supervisor directo del Extensionista trimestrales, es decir el POA. Definirá sus acciones anuales, mensuales y El Supervisor será responsable de la totalidad de las actividades ejecutadas en el marco del contrato y del presente plan de trabajo. Para estos fines deberá contemplar dentro de su planificación, las actividades necesarias para revisar tanto en terreno como en gabinete las actividades y productos desarrollados por el o los extensionistas a su cargo.

Se definen los siguientes niveles de supervisión y actividades: evaluación del cumplimiento de las actividades,  Supervisará la gestión desarrollada por el extensionista, sin requerir de autorizaciones previas, en consideración a que el contrato tiene carácter regional y podrá ser delegada a nivel provincial.

La supervisión se ejecutará durante el período de trabajo del  extensionista          y se informará en un Formulario de Supervisión de Actividades conocido por el extensionista.

Al cabo de cada período a pago de los servicios, el extensionista deberá presentar todos los respaldos de las actividades realizadas, señalados en el subtítulo “Medios de verificación” de cada actividad en el medio que CONAF disponga para estos fines.

La aprobación de informes y gestionar los pagos serán responsabilidad del supervisor directo el cual llevará el control y medios de verificación de dichas actividades.

En este contexto se realizarán reuniones de supervisión, para revisar avances de carta Gantt. Todas las actividades desarrolladas deberán ser incorporadas con sus respectivos medios de verificación en informe de resultados en estos fines.

 

GESTIÓN DEL EXTENSIONISTA

El extensionista deberá   dar     cumplimiento          a los    compromisos y actividades comprometidos en su contrato y respectivo Plan Operativo Anual o POA, acciones que estarán sometidas a supervisión y evaluación permanente por parte de la Corporación.

En este contexto es primordial la coordinación y apoyo con su respectivo Supervisor, para lo cual debe estar siempre disponible y ubicable, para velar por el cumplimiento de compromisos y actividades planificadas mensualmente (Contacto semanal).

La  información  de  propietarios,  predios,  superficies  afectas  a  los  programas, visitas prediales, proyectos de Bosque Nativo, planes de manejo, asesorías en ejecución, visita de seguimiento de ejecución, acreditaciones y avances de intervención entre otras, serán registradas en el medio que CONAF disponga para estos fines, con énfasis en las que requieren visto bueno (VB) previa a la ejecución.

Será condición para que CONAF proceda al pago de las actividades ejecutadas, el registro previo de éstas en el medio que CONAF disponga para estos fines, junto a la correcta ejecución de estas.

El Extensionista y CONAF acordarán metas anuales para solicitudes de planes de manejo y  bonificaciones, las cuales estarán asociadas a una superficie mínima o una superficie establecida previamente con el supervisor, estableciéndose además un número mínimo de propietarios atendidos para estas actividades. Todo lo anterior se refiere a actividades que deben ser aprobadas legal y técnicamente por la Corporación y no sólo a la presentación de estudios técnicos. Complementariamente, se indica que las metas individuales, serán acordadas entre el profesional Extensionista y CONAF, señalándose expresamente en el respectivo POA.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.