Resolución de Empates |
En caso de producirse empate entre dos o más oferentes, el evaluador favorecerá al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio “Oferta económica”. De continuar el empate se considerarán los siguientes criterios:
I. Como segundo criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado “Plazo de entrega”.
II. Como tercer criterio se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado “Criterio de Sustentabilidad.”
III.- Como cuarto Criterio se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado "Presentación de antecedentes Formales".
De persistir la Igualdad de puntaje, el evaluador seleccionará aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal mercado público, considerando para esto la fecha y hora del Comprobante de Oferta de los oferentes empatados.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Deben ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo ana.carreno@conaf.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los antecedentes que se soliciten deberán tener carácter informativo y/o complementario, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
Los oferentes que no cumplan con estos requisitos, después de haber sido solicitados incluso a través de foro inverso, no serán objeto de evaluación.
La Corporación podrá solicitar a los/as oferentes que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de postulación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento, de la Ley 19.886. Estás enmiendas no corresponderán cuando se trate de aspectos evaluables tales como el Anexo Económico.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Lugar de entrega |
Deben ser entregados en el Vivero Las Lengas ubicado en Reserva Nacional Coyhaique; ubicada en el kilómetro 5 ruta 240 Coyhaique-Aysén; Región de Aysén.
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Interpretación de las presentes bases |
Las presentes Bases de licitación, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a una licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del proyecto, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases de Licitación por sobre lo establecido en la Oferta del Adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los Oferentes o Adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos a un proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la adquisición del bien regida por estas Bases Generales. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretaciones de la información disponible o que se obtenga de las presentes Bases Generales, que integran aspectos administrativos y técnicos.
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Modificaciones de las bases |
Las presentes Bases podrán ser modificadas durante el proceso de licitación pudiendo los Oferentes realizar consultas de carácter administrativa o técnica que estimen necesarias dentro de los plazos establecidos para el efecto y así mismo la CONAF, tendrá la facultad de aclarar las consultas realizadas y/o agregar antecedentes técnicos o administrativos, las que darán lugar a “ACLARACIONES” o “ADICIONES” según su naturaleza. Si las modificaciones eventuales son importantes, la Corporación podrá extender cada uno de los plazos, con el propósito que los oferentes puedan realizar mejoras y ofertas más completas. Además, CONAF podrá extender el plazo de cierre de la licitación en el caso de no tener ofertas o contar con un bajo número de ofertas recibidas.
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Consultas y aclaraciones |
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación "etapas y Plazos". Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación.
Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página Web www.mercadopublico.cl.
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Inscripción Chileproveedores |
Encontrarse inscrito en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 6 de Marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva”.
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Presentación de ofertas |
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los/as oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Se deberán adjuntar electrónicamente como documentos anexos, todos y cada uno de los antecedentes que formen parte de la oferta, como asimismo aquellos que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento.
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Apertura electrónica y evaluación de las ofertas |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del Estado y la evaluación de las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta licitación pública serán evaluadas por el Encargado Sección Bosques y cambio Climático.
Si lo estima pertinente, previo a la adjudicación, CONAF podrá solicitar por escrito a través del portal mercado público, precisiones a uno o más proponentes sobre aspectos de su propuesta “no evaluables” que no resulten suficientemente claros, en cuyo caso tanto las aclaraciones solicitadas, como las respuestas de las mismas, pasarán a formar parte integrante del contrato en caso de serle adjudicado. El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes.
El evaluador elaborará un informe de evaluación de ofertas, donde propondrá a la Director Regional(I) el oferente seleccionado para ser adjudicado.
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Adjudicación de la licitación |
La Corporación adjudicará la presente licitación pública en la fecha indicada en el punto Etapas y Plazos de la licitación, sin embargo, podrá modificar esta fecha y fijar un nuevo plazo de adjudicación.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Con este efecto la Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo con la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de las 48 horas. transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
El puntaje total obtenido por cada oferente en el proceso de evaluación se obtiene de la suma de los factores ponderados (∑(Puntaje) y corresponderá al 100% de la ponderación total.
Para ser adjudicado se requiere un mínimo de 60 Puntos.
TENER PRESENTE QUE SE DEBE POSTULAR A LA TOTALIDAD DE LOS PRODUCTOS REQUERIDOS.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación. |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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Re-adjudicación |
CONAF podrá readjudicar la licitación si el oferente seleccionado No acepta la Orden de Compra, esta es Cancelada por el Organismo demandante o por cualquier otra causal conforme a lo señalado en el Artículo 41 del Reglamento y sus modificaciones.
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Contrato |
No aplica para este caso, basta solo con la aceptación de la Orden de Compra, la cual debe realizarse por parte del adjudicatario(a) en un plazo de 48 horas luego de notificado, de lo contrario CONAF solicitará su cancelación.
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Forma de pago |
De acuerdo a lo dispuesto en el D.L N°1263 de 1975 y lo informado en Oficio N° 08 del 01-04-2020 y Oficio N° 09 del 28-04-2020 de la Dirección de Presupuesto sobre pago centralizado, se informa que el pago a proveedores será efectuado por Tesorería General de la Republica (TGR).
El pago de los productos requeridos se llevará a cabo en moneda nacional (pesos chilenos), previa recepción conforme de todos los productos requeridos en el lugar mencionado anteriormente.
El pago se hará efectivo en el plazo de 30 días corridos desde la aceptación de la Orden de Compra, previa recepción conforme de todos los productos requeridos en el lugar mencionado en las presentes bases.
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De las obligaciones del proveedor |
El proveedor seleccionado estará obligado a entregar documentación de acuerdo a lo establecido en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas y otros documentos que así lo establezcan.
El proveedor seleccionado estará obligado a entregar los productos en las fechas que ha propuesto como plazo de entrega.
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Prohibiciones |
El (la) adjudicatario(a), tiene estrictamente prohibido solicitar dineros, valores o bienes a CONAF de las actividades contempladas en el Contrato de prestación de servicios.
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Confidencialidad |
Específicamente, queda prohibido al proveedor(a), divulgar a hacer pública cualquier información entregada y/o obtenida de CONAF respecto a su actuar, administrativo, de investigación y de gestión. En consecuencia, el proveedor(a) no deberá copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente, evitando el acceso de terceros a la misma; adoptar medidas de seguridad adecuadas para conservar la propiedad de la Información confidencial, libres de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
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Propiedad intelectual |
Los resultados intelectuales o materiales, informes y productos, que con ocasión de la ejecución del presente contrato se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, son de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie para su uso, no pudiendo por tanto el proveedor(a) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización de CONAF.
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Resolución de Conflictos |
Las partes procurarán solucionar sus conflictos en forma amistosa y de común acuerdo. En caso de no prosperar o no llegar a acuerdo en los términos señalados se someterán a los tribunales ordinarios de Justicia de Coyhaique.
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Observaciones generales |
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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Definiciones |
Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:
1) Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".
2) Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
3) Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
4) Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
5) Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
6) Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sea inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
7) Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
8) Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal).
9) Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
10) Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
11) Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.
12) Renovación: Acción y resultado de volver a dar validez a un contrato o acuerdo complementario que este terminando su vigencia, por un período de tiempo determinado previamente establecido en dichos documentos.
13) Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas.
14) Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.
15) Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.
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Principio de Igualdad y No Discriminación Arbitraria. |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecerlas medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la LeyN°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socio económica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.”
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Cláusulas de Inhabilidad |
1. En relación a la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
“Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023”
2. En relación a la Ley N° 20.393 que Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.
“Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y Otros. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.”
Asimismo, y en el marco de la aplicación de la Ley 20.393, se adjunta a las presentes Bases propuesta de Anexo de Declaración Jurada sobre Sistema de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Funcionarios, para incorporar en los documentos que forman parte de la oferta.
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REQUISITOS EXCLUYENTES |
- El plazo máximo para la entrega de los productos en el lugar mencionado anteriormente Vivero Las Lengas ubicado en Reserva Nacional Coyhaique; ubicada en el kilómetro 5, Coyhaique - Aysén, será de 20 días corridos, aquel oferente que postule con un plazo mayor, no será objeto de evaluación.
- Las ofertas que superen el presupuesto máximo disponible, quedaran fuera de la evaluación.
- Tener presente que aquellos oferentes que No postulen a la totalidad de los productos solicitados NO serán evaluados
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Aceptación orden de compra y plazo de entrega. |
Se asumirá como aceptada desde el momento que se da como notificado de la emisión de la orden de compra (48 hrs posterior a la emisión de esta). De no cumplir con el plazo de entrega ofertado, se procederá a cancelar Orden de Compra. Sin perjuicio de lo anterior, la entrega de los productos no podrá exceder los 20 días corrido, desde el momento de aceptación de la Orden de Compra.
La entrega debe ser realizada por completo dentro del plazo ofertado, de no ser así se cancelara la Orden de Compra y si se efectuó alguna entrega parcializada se deberá realizar el retiro desde nuestras dependencias
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