Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:
1.- La propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta técnica.
2.- La propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación de la oferta económica.
3.- La propuesta que tenga mayor puntaje en el factor “Servicio Pre y Post Venta”, contenido en los criterios de evaluación de la oferta técnica.
4.-Si persistiere la igualdad, será la Comisión quien dirimirá el empate, debiendo expresar los fundamentos de su decisión.
La UMCE adjudicará la propuesta más ventajosa, considerando todos los criterios de evaluación antes señalados, con sus correspondientes ponderaciones, “no estando obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea aquella de menor valor, sino a la oferta que resulte mejor evaluada”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Teniendo presente el Informe de Evaluación y Cuadro comparativo mencionado en la cláusula N°21, la Rectora de la Universidad Metropolitana Ciencias de la Educación, procederá a adjudicar la propuesta a través de la dictación del acto administrativo correspondiente, que aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación señalados en las presentes bases de licitación, con sus correspondientes puntajes.
En caso de que la evaluación requiera más tiempo producto de la complejidad de la misma, esta podrá ser prorrogada por un plazo máximo de 30 días adicionales a la fecha original de la ficha de mercado público. Posterior a ese plazo, la unidad requirente deberá solicitar al Departamento Jurídico que redacte una resolución que permita ampliar la fecha de adjudicación o bien declarar la licitación desierta según corresponda.
La Universidad se reserva el derecho de declarar desierta la licitación mediante acto administrativo fundado, en la medida que ninguna de las ofertas sea conveniente para los intereses de la institución, atendidas las condiciones de mercado, aun cuando estén dentro del límite máximo de tasa establecido en las presentes bases.
En caso que el oferente seleccionado se niegue a suscribir el contrato respectivo, se dejará sin efecto el acto administrativo de adjudicación, y la Universidad quedará facultada para proceder a adjudicar a la siguiente oferta mejor evaluada, o a llevar a cabo un nuevo proceso de contratación de acuerdo a las normas generales, en caso de no existir más ofertas convenientes a sus intereses en la licitación.
La adjudicación será informada tanto a la entidad adjudicataria como a los demás oferentes cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas, mediante la publicación del acto administrativo de adjudicación, junto con los antecedentes de la evaluación de ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl.
En caso de que los participantes requieran formular consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas dentro de plazo de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicataria, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. La Universidad dispondrá del mismo plazo para dar respuesta a dichas consultas.
1.- CONTRATO
El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo de veinte (20) días hábiles siguientes a la notificación del decreto de adjudicación, mediante el portal www.mercadopublico.cl.
Se entenderá qué si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado, se desiste de la propuesta, y procederá a adjudicar la licitación la siguiente oferta mejor evaluada, o se encontrará facultada para llevar a cabo un nuevo proceso de contratación de acuerdo a las normas generales, en caso de no existir más ofertas convenientes a sus intereses en la licitación.
A la fecha de suscripción del contrato, el proponente adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado "hábil" en el portal www.mercadopublico.cl. y deberá hacer entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según lo dispuesto en la cláusula N°25 de las presentes bases.
En caso de que la empresa que se adjudique la licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El monto definitivo del contrato corresponderá al adjudicado por la Universidad.
No obstante, lo anterior, no procederá efectuar pago alguno por los bienes y/o servicios prestados mientras no se encuentre totalmente tramitado el correspondiente acto administrativo aprobatorio.
El contrato no podrá contener cláusulas que contravengan los principios de continuidad del servicio y de eficacia, contenidos en los artículos 3° y 5°, respectivamente, de la Ley N°18,575, de Bases Generales de la Administración del Estado.
Las estipulaciones contempladas en el contrato, no podrán restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni pueden traducirse en renuncias a derechos y acciones que no están permitidos en el ordenamiento jurídico.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
En caso de que la empresa que se adjudique la licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
En caso de que la empresa que se adjudique la licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Las consultas que los proponentes quisieran formular deberán ser realizadas a través del foro electrónico disponible en el portal web www.mercadopublico.cl con el ID correspondiente a la presente licitación, dentro de la fecha y horarios que en él se establezcan.
Las respuestas y aclaraciones serán emitidas por la Universidad, dentro de los días y horarios que se fijen en el portal www.mercadopublico.cl para conocimiento de todos los interesados, sin indicar el autor de las preguntas. Sólo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y la Universidad.
Las preguntas y respuestas deberán estar relacionadas estrictamente con el proceso licitatorio y las bases que lo regulan.
Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones, si existieren, se entenderán incorporadas a las presentes bases administrativas.
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