RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En el caso de que dos o más oferentes una vez efectuado el proceso de evaluación, hubiesen coincidido y obtenido el mismo puntaje considerando un decimal, la Municipalidad de La Cruz, considerará los siguientes criterios de evaluación para seleccionar la oferta más conveniente: Se resolverá adjudicando al oferente que hubiese tenido el mayor puntaje en el Criterio “OFERTA ECONOMICA”. Si aplicando la formula anterior aún persiste el empate entre los oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO DE ENTREGA”. Si aplicando la formula anterior aún persiste el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje el criterio “EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR”. Finalmente, si según lo indicado anteriormente persiste el empate se adjudicará el oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, donde consta el día y hora del ingreso de la respectiva oferta.
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EVALUACIÓN DE OFERTAS |
La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión Evaluadora nombrada exclusivamente para esta licitación mediante Decreto Alcaldicio. Esta evaluación se realizará en conformidad con la metodología establecida en las presentes Bases. Esta comisión estudiará todos los antecedentes que hayan sido presentados por los oferentes. La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta, entregada por los oferentes en los documentos anexos, eliminará automáticamente al oferente de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta.
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DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
Los integrantes de la Comisión Evaluadora son sujetos pasivos conforme a la Ley Nº20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades.
Queda estrictamente prohibido el agendar solicitud de terceros reuniones o visitas que tengan por objeto promover, defender o presentar cualquier interés particular con integrantes de la comisión evaluadora durante el proceso de licitación.
La comisión evaluadora, requerirá para sesionar un quórum mínimo de tres integrantes, dicha comisión podrá solicitar información adicional a los oferentes con posterioridad a la recepción de las ofertas, debiendo comunicar esta situación a todos los oferentes que estén siendo evaluados a través del portal www.mercadopublico.cl.
Se podrá solicitar los denominados documentos “de forma”, es decir, aquellos que no son esenciales de la propuesta, o bien aquellos que por error u omisión de parte de la Municipalidad de La Cruz no se hayan solicitado para la presentación de las ofertas, estos sean complementarios a los exigidos, con el objeto de contar con más elementos para mejor resolver.
Todo contacto o consulta, que tenga relación con el proceso de licitación, debe obligatoriamente ser realizado a través del sistema de información de la plataforma de licitaciones de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl)
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DE LA ADJUDICACIÓN O DESERCIÓN |
La Comisión de evaluadora, propondrá a la alcaldesa adjudicar a los oferentes que obtengan el mayor puntaje en la evaluación o si existiera una mejor oferta o equipamiento técnico que beneficia a la institución la comisión de evaluación podrá selección dicha oferta, siendo aprobada dicha sugerencia mediante la dictación del decreto alcaldicio de adjudicación.
La adjudicación de la propuesta se informará a través del portal www.mercadopublico.cl en el plazo señalado, en la sección etapas y plazos de la adjudicación.
La Municipalidad de La Cruz declarará inadmisible una oferta cuando este no cumpla con los criterios establecidos en las bases administrativas y técnicas o bien no resultará conveniente para los intereses del Departamento de salud. Por su parte, declarará desierta la oferta cuando no se presenten ofertas. En ambos casos, la declaración se efectuará por resolución fundada.
En aquellos casos que la contratación supere las 500 UTM, la comisión realizará la proposición de adjudicación a la alcaldesa, previo acuerdo del Honorable Concejo Municipal,
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, la Municipalidad de La Cruz publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl indicando allí las razones que justifican el retraso. La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el portal y de acuerdo con lo que establece el artículo 41 del Reglamento de la Ley Nº19.886.
En la eventualidad que el oferente adjudicado desista de su oferta, la Municipalidad de La Cruz podrá adjudicar a otro oferente, notificando esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y/o fiel cumplimiento de contrato, según corresponda.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. |
La Unidad de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de La Cruz, será la encargada de redactar el contrato en aquellos casos en que la contratación sea formalizada a través de dicho instrumento.
El adjudicatario, tendrá el plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, para concurrir a la suscripción del contrato, previa acreditación de inscripción en ChileProveedores, debiendo además hacer entrega de la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato a la Unidad Técnica.
De no cumplirse con lo estipulado, se entenderá que el proveedor adjudicado, renuncia a dicha propuesta, lo que será declarado mediante resolución, y se podrá adjudicar al oferente que le sigue en la evaluación y así sucesivamente, o bien declarar desierto el proceso por no ser conveniente a los intereses institucionales.
Las adjudicaciones menores a 1.000 UTM, se formalizarán mediante la emisión de la Órdenes de Compra y aceptación de ésta de parte del proveedor. Con respecto a las adjudicaciones superiores a 1.000 UTM, se formalizará a través de un contrato de suministro. Lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 63 del reglamento de la ley Nº19.886.
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PERÍODO DE VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN |
En aquellos casos que la contratación se formalice mediante la emisión y aceptación de la Orden de Compras, la vigencia comenzará a regir desde la fecha de este último acto.
Por razones del buen servicio, el equipamiento o insumos podrían ser entregadas a contar de la fecha de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl pero con la salvedad que el pago se efectuara de forma posterior a la emisión de la respectiva orden de compra y recepción conforme del servicio.
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DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE |
Sin perjuicio del fiel, oportuno y estricto cumplimiento de las obligaciones que estas Especificaciones y el contrato impongan al proponente contratado, éste será responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar productos nuevos y con garantía si procede, para lo cual deberá contar con el transporte adecuado para la entrega de estos.
Como obligación esencial, dar cumplimiento a todo lo estipulado en el contrato, entendiéndose incluidos en el contrato, todas las bases de licitación, los Formularios, Consultas y/o Aclaraciones, si las hubiere, la oferta y demás antecedentes que forman parte de la presente propuesta.
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CAUSAS DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL SERVICIO CONTRATADO |
El contrato quedará terminado, por disposición del Departamento de Salud, quien notificará por escrito al proveedor de su decisión de rescindir o poner término unilateralmente al contrato en los casos señalados en el artículo 13 de la Ley Nº19.886 y artículo 77 del Reglamento de dicha Ley, además de los siguientes casos:
a) Si a juicio de la Unidad Técnica no se ha ejecutado el servicio ofertado o no cumple con las obligaciones estipuladas.
b) Si conforme a la autorización presupuestaria que, anualmente provienen desde el Ministerio de Salud, no existiera presupuesto disponible para el correspondiente ejercicio presupuestario.
c) Por uso anticipado del presupuesto destinado para esta licitación.
d) Resciliación o mutuo entre los contratantes.
e) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
f) En caso de quedar INHABILITADO en el registro de Chileproveedores por las causales señaladas en el reglamento de compras públicas.
g) Si el proveedor fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, en caso de ser este una sociedad colectiva o de responsabilidad civil limitada, alguno de los socios, fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, en el caso de sociedades anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación.
h) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al cobro de los productos convenidos.
i) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
j) Si el adjudicatario se excusa de poder cumplir las obligaciones emanadas del contrato, por insuficiencia del precio convenido, factor que no limitará el alcance de su oferta y vigencia del contrato.
k) Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato y/o orden de compra, se entenderá por incumplimiento si la empresa no da cumplimiento a lo estipulado en la oferta, salvo razones de fuerza mayor previamente evaluadas por el Departamento de Salud.
l) Las demás que se establezcan en las respectivas bases o en el contrato.
m) Si se verifica cualquiera de las situaciones enunciadas anteriormente, el Departamento de Salud podrá poner término al contrato, dictando la resolución correspondiente, la cual, a su vez, será publicada en el sistema de información, sin perjuicio de iniciar al mismo tiempo las acciones legales correspondientes.
n) si el proveedor adjudicado supera el límite de 30% mensual, conforme a lo estipulado “multas por incumplimiento”
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FORMA DE PAGO |
No se contempla el pago de anticipos. El pago de la factura será dentro de los 30 días siguientes previa la recepción conforme de la totalidad de los servicios de acuerdo con la Orden de Compra emitida por el Departamento de Salud y enviada por el Portal www.mercadopublico.cl.
Para proceder al pago del documento se deberá obligatoriamente adjuntar los siguientes documentos respaldo de la compra.
1.- Factura extendida a Nombre de la Municipalidad de La Cruz.
2.- Número de la orden de compra.
3.- Factura, con certificado de recepción conforme de Inspector Técnico de la licitación.
4.- Decreto Alcaldicio de Adjudicación.
5.- Copia del Contrato si correspondiera
6.- Copia de Orden de Compra Aceptada en portal Mercado Público.
7.- Disponibilidad Presupuestaria.
En caso de que la Factura presente algún error, el Departamento de Salud dispondrá de 8 días corridos para hacer las observaciones correspondientes al adjudicatario. Éste dispondrá a su vez de 10 días hábiles para subsanar los errores. La nueva factura o Nota de crédito, según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días corridos desde su recepción conforme.
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