Licitación ID: 4766-23-LE23
ADQUISICION DE EXAMENES ELECTROCARDIOGRAMA CONSULTORIO MUNICIPAL 2024
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ, SALUD
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 45
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Productos o servicios
1
Exámenes médicos 1 Unidad
Cod: 85122201
ADQUISICION DE EXAMENES ELECTROCARDIOGRAMA + INFORME DE MANERA TELEMATICA, SEGUN BASES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION DE EXAMENES ELECTROCARDIOGRAMA CONSULTORIO MUNICIPAL 2024
Estado:
Adjudicada
Descripción:
1. Que según solicitud nro.: 227/2022 con fecha 13/11/2022 enviado por la Sr. Diego Ramírez Evans, Director Departamento de salud, donde solicita la adquisición de servicios electrocardiograma mas informe, de manera telemática para las áreas de morbilidad y programa de salud cardio vascular para el año 2024, según solicitud adjunta.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
Unidad de compra:
SALUD
R.U.T.:
69.060.200-8
Dirección:
GABRIELA MISTRAL 03
Comuna:
La Cruz
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-12-2023 19:57:00
Fecha de Publicación: 14-12-2023 13:05:17
Fecha inicio de preguntas: 14-12-2023 15:22:00
Fecha final de preguntas: 17-12-2023 15:22:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-12-2023 15:22:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-12-2023 19:58:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-12-2023 19:58:00
Fecha de Adjudicación: 22-01-2024 10:29:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO_1_4766-23-LE23
2.- ANEXO_2_4766-23-LE23
3.- ANEXO_4_4766-23-LE23
4.- BASES TECNICAS_4766-23-LE23
5.- BASES LICITACION 4766-23-LE23
Documentos Técnicos
1.- ANEXO_5_4766-23-LE23
 
2.- ANEXO_6_4766-23-LE23
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO_3_4766-23-LE23
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
Persona jurídica
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA El puntaje máximo lo obtendrá el oferente que presente el menor valor unitario del insumo. Para la evaluación económica se aplicará el mayor puntaje la oferta más económica con 40 puntos y se determinará.: Valor Oferta más Económica __________________________________________ X 40 = (Puntos) Valor Oferta (i) Siendo Oferta (i): El valor neto total informado por cada oferente. 40%
2 PLAZO DE ENTREGA Este criterio será evaluado de acuerdo a la siguiente tabla: PLAZO DE ENTREGA EXAMENES PUNTAJE Entrega entre 24 a 48 Horas 30,00 puntos Entrega entre 49 a 72 horas 10,00 puntos Entrega entre 73 a 96 horas 8,0 puntos Entrega entre 97 horas o mas 1,0 puntos No informa o no tiene 0,0 puntos *Si el proveedor que no informa el plazo de entrega quedara inmediatamente inadmisible. 30%
3 EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR Este criterio será evaluado de acuerdo de acuerdo a los servicios adjudicados de materia de encargo y no de otras aplicaciones: EXPERIENCIA DEL PROVEEDOR PUNTAJE Proveedor presenta 10 Órdenes de compra o facturas con su certificado de recepción conforme 30,00 puntos Proveedor presenta 5 Órdenes de compra o facturas con su certificado de recepción conforme 14,00 puntos Proveedor presenta 4 Órdenes de compra o facturas con su certificado de recepción conforme 9,00 puntos Proveedor presenta 3 Órdenes de compra o facturas con su certificado de recepción conforme 4,00 puntos Proveedor presenta 1 Órdenes de compra o facturas con su certificado de recepción conforme 1,00 puntos No informa o no tiene 0,00 pts. *Si el proveedor NO adjunta Órdenes de compra y/o certificado de recepción conforme no se reconocerá como experiencia y obtendrá 0 Puntos. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PERCAPITA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: FERNANDA BARAHONA BUSTAMANTE
e-mail de responsable de pago: fernanda.barahona@lacruz.cl
Nombre de responsable de contrato: CAROL CESPDES GONZALEZ
e-mail de responsable de contrato: direccion_salud@lacruz.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-33-2317376-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor no podrá subcontratar cuando la persona del subcontratista, o sus socios o administradores están afectas a alguna de las causas de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92 del reglamento. ART.17
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: TESORERIA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
Fecha de vencimiento: 31-01-2024
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar en el plazo definido en portal www.mercadopublico.cl una boleta de garantía o vale vista por línea para garantizar la seriedad de la oferta equivalente a $200.000 (Doscientos mil pesos), esta documentación deberá ser entrega en departamento de salud de la ilustre municipalidad de La Cruz para posterior ser enviada a tesorería y se recepcionara hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de la apertura electrónica de la licitación indicada en el portal, la glosa debe indicar “GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA, ADQUISICION ELECTROCARDIOGRAMA” y deberá emitirse a nombre de la Tesorería Municipal de La Cruz y tener una vigencia de 30 días a partir de la fecha de apertura. La no entrega de dicha boleta deja automáticamente al oferente fuera de Bases. La garantía debe ser entregada en un sobre cerrado, el que indicara en el exterior lo siguiente: *Nombre del proponente, si es persona natural y razón social, si el proponente es persona jurídica. *Rut del proponente *N° de documento de garantía (Boleta de Garantía o Vale Vista) *Banco o Institución que lo emitió (Boleta de Garantía o Vale Vista) Si la garantía es un vale vista en formato digital deber tener las mismas consideraciones que el punto anterior y se debe enviar al correo adquisiciones_salud@lacruz.cl , una vez recepcionada de forma correcta se generara un correo de confirmación Esta garantía se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos: • Si el oferente retira su oferta o se desiste de ella dentro del periodo de validez de esta • Si el adjudicatario no entrega en el plazo, forma y condiciones de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato que se establece en las Bases Administrativas. • Si el adjudicatario no cumple con las obligaciones de suscripción del contrato, en el plazo, forma y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas. • Si el oferente no reemplaza la Garantía de Seriedad de la Oferta, en el supuesto que la Municipalidad no pueda adjudicar la Licitación y requiera su reemplazo.
Glosa: GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ADQUISICION ELECTROCARDIOGRAMA
Forma y oportunidad de restitución: EL PROVEEDOR DEBERA ENVIAR UN CORREO SOLICITANDO LA DEVOLUCION DE LA BOLETA DE SERIEDAD DE LA OFERTA AL CORREO ADQUISICIONES_SALUD@LACRUZ.CL
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: TESORERIA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
Fecha de vencimiento: 31-01-2025
Monto: 5 %
Descripción: Será obligatorio entregar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, al momento de la suscripción del contrato o aceptación de la orden de compras, según corresponda, pudiendo ser uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable, que en conjunto representen el 5% del monto de adjudicación, tomada en pesos chilenos y extendida a nombre de la Municipalidad de La Cruz, RUT N°69.060.200-8, con la finalidad de garantizar el correcto y oportuno fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del oferente, según corresponda. Dicha garantía debe tener vigencia desde el inicio del contrato y hasta 60 días hábiles, luego de terminado el convenio, por un monto equivalente al 5% del total del presupuesto adjudicado. El documento físico deberá entregarse en la oficina del departamento de salud municipal, ubicado en Gabriela mistral #03,La Cruz V región. • Horario atención • Lunes a jueves de 8:30 a 17:00 • Viernes de 8:30 a 16:00 En el evento que el oferente contratado no cumpla con las obligaciones y/o plazos que establecen las presentes bases y contrato respectivo, del Departamento de Salud de la Municipalidad de La Cruz, tendrá el derecho de hacer efectivo el cobro de la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para con cargo a ella, cobrarse las indemnizaciones y multas causadas por el incumplimiento y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle, para el completo resarcimiento de los perjuicios efectivamente ocasionados. Esta garantía será restituida en forma definitiva una vez cumplido el plazo total de vigencia del servicio. Lo anterior siempre y cuando así lo amerite la Inspección Técnica, debiendo para este efecto el adjudicatario, solicitar su devolución a dicha Inspección, quien dará el visto bueno para su retiro físico en el Departamento de Salud.
Glosa: FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ADQUISICION EXAMENES ELECTROCARDIOGRAMA
Forma y oportunidad de restitución: UNA VEZ TERMINADO EL CONTRATO EL PROVEEDOR DEBERA ENVIAR UN CORREO ELECTRONICO SOLICITANDO LA DEVOLUCION DE ESTA BOLETA AL CORRREO ADQUISICIONES_SALUD@LACRUZ.CL
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
MODIFICACIONES A LAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases, sus formularios y anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cI. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, las cuáles, estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los oferentes puedan adecuar sus ofertas.
ANTECEDENTES QUE REGULAN LA PROPUESTA
Esta licitación pública se rige por las normas previstas en la ley Nº19.886 y su reglamento aprobado por Decreto Nº250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, las Directivas de Contratación Pública y por la siguiente documentación: 1.- Bases Administrativas, técnicas y sus respectivos formularios; 2.- Decreto de aprobación de Bases; 3.- Serie de Preguntas y Respuestas, si las hubiere; 4.- Aclaraciones a las ofertas realizadas en foro inverso; 5.- Acta de apertura; 6.- Oferta de los proveedores; 7.- Acta de evaluación; 8.- Aprobación del Concejo Municipal, en aquellos casos en que el monto de la contratación supere las 500 UTM; 9.- Decreto alcaldicio de Adjudicación; 10.- Contrato de Suministro si corresponde; 11.- Órdenes de Compra; 12.- Toda la documentación exigida al oferente presentado en tiempo y forma.
UNIDAD TÉCNICA
Para los efectos de la presente Licitación Pública se entenderán actuando como Unidad Técnica el Departamento de Salud, a través del Consultorio Municipal, para todos los fines de la administración y cumplimiento del contrato. Designándose para dichos efectos un Inspectora Técnica en donde será la Directora del consultorio del consultorio municipal.
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Cabe señalar que el monto de la oferta ($) debe ser valor nominal de $1, para efectos de postular, lo cual debe ser considerado en el momento de subir al portal mercado publico la información solicitada en lo que respecta a la oferta económica. Así mismo, es importante recordar que los contratos de suministros están sujetos previa definición del requerimiento y entrega de la cotización por parte del oferente, la cual debe estar expresada en $(pesos) y en valores netos, tal como se presenta en el portal mercado público, para luego calcular el impuesto determinado si procediere. Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de las propuestas. Si dentro del plazo antes señalado no se pudiera efectuar la adjudicación, el departamento de salud podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prorroga de validez de la misma por igual periodo. Si alguno de ello no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida. El precio por ofertar será en moneda nacional y no podrá modificarse durante toda la vigencia del contrato, por cuanto el valor ofertado no devengará intereses. Los antecedentes y documentos requeridos en las presentes bases deberán ser presentadas en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl en la fecha y hora indicada en el mismo. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Si el proponente está inscrito en Chile Proveedores y parte o la totalidad de la documentación solicitada en estas Bases se encuentra en dicho registro, no es necesario que la incluya en su oferta.
VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una vigencia mínima de 90 días. Si se lleva a cabo una Re adjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
DE LA APERTURA.
En el acto de apertura, realizado de forma electrónica en el Sistema de Compras Públicas, la Municipalidad de La Cruz a través de la comisión de evaluación sólo revisará que todas las propuestas y documentos hubiesen sido presentados vía electrónica en el portal en tiempo y forma. Posteriormente la Comisión Evaluadora será la encargada de la verificación y estudio en detalle de la información entregada en dichos documentos y/o formularios, también de los requisitos formales para su presentación. Los documentos deben venir en formato Word o PDF en idioma español. En la eventualidad que en el portal www.mercadopublico.cl no se encuentre operativo en la fecha y hora programada para la recepción y apertura de las ofertas, esta será suspendida transitoriamente hasta que las condiciones técnicas permitan realizar dicho procedimiento. Sólo se tomarán en consideración las propuestas presentadas hasta la fecha y hora señaladas en el Portal, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas, ni pedidos de explicaciones o aclaraciones por parte de los Oferentes. Los oferentes que al momento de la apertura no hayan presentado todos los formularios y antecedentes solicitados, no podrán continuar el proceso licitatorio, declarándose rechazada la oferta.
DOCUMENTOS LEGALES PARA CONTRATAR
El adjudicatario deberá cumplir con la inscripción en el registro de Chileproveedores dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación. La no suscripción configurará causal suficiente para declarar inadmisible la propuesta. En caso de que no lo hagan, esta omisión se entenderá como desistimiento de la oferta, pudiendo la Municipalidad de La Cruz readjudicar al oferente que hubiese resultado como segundo mejor evaluado, y así sucesivamente hasta incluso declarar desierta la licitación.
SUBCONTRATACIÓN
El proveedor no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato. El proveedor no podrá subcontratar cuando la persona del subcontratista, o sus socios o administradores están afectas a alguna de las causas de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92 del reglamento. En ningún caso el proveedor podrá excusar su responsabilidad en la ejecución de las tareas y/o servicios subcontratados, debiendo este asumir a su costo y cargo de acuerdo con las condiciones y alcances establecidos.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el caso de que dos o más oferentes una vez efectuado el proceso de evaluación, hubiesen coincidido y obtenido el mismo puntaje considerando un decimal, la Municipalidad de La Cruz, considerará los siguientes criterios de evaluación para seleccionar la oferta más conveniente: Se resolverá adjudicando al oferente que hubiese tenido el mayor puntaje en el Criterio “OFERTA ECONOMICA”. Si aplicando la formula anterior aún persiste el empate entre los oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO ENTREGA EXAMENES”. Si aplicando la formula anterior aún persiste el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje el criterio “EXPERIENCIA PROVEEDOR”. Finalmente, si según lo indicado anteriormente persiste el empate se adjudicará el oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, donde consta el día y hora del ingreso de la respectiva oferta.
EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión Evaluadora nombrada exclusivamente para esta licitación mediante Decreto Alcaldicio. Esta evaluación se realizará en conformidad con la metodología establecida en las presentes Bases. Esta comisión estudiará todos los antecedentes que hayan sido presentados por los oferentes. La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta, entregada por los oferentes en los documentos anexos, eliminará automáticamente al oferente de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta.
DE LA COMISIÓN EVALUADORA
Los integrantes de la Comisión Evaluadora son sujetos pasivos conforme a la Ley Nº20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades. Queda estrictamente prohibido el agendar solicitud de terceros reuniones o visitas que tengan por objeto promover, defender o presentar cualquier interés particular con integrantes de la comisión evaluadora durante el proceso de licitacion. La comisión evaluadora, requerirá para sesionar un quórum mínimo de tres integrantes, dicha comisión podrá solicitar información adicional a los oferentes con posterioridad a la recepción de las ofertas, debiendo comunicar esta situación a todos los oferentes que estén siendo evaluados a través del portal www.mercadopublico.cl. Se podrá solicitar los denominados documentos “de forma”, es decir, aquellos que no son esenciales de la propuesta, o bien aquellos que por error u omisión de parte de la Municipalidad de La Cruz no se hayan solicitado para la presentación de las ofertas, estos sean complementarios a los exigidos, con el objeto de contar con más elementos para mejor resolver. Todo contacto o consulta, que tenga relación con el proceso de licitación, debe obligatoriamente ser realizado a través del sistema de información de la plataforma de licitaciones de Mercado Publico (www.mercadopublico.cl)
DE LA ADJUDICACIÓN O DESERCIÓN
La Comisión de Evaluación, propondrá a la alcaldesa adjudicar al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, siendo aprobada dicha sugerencia mediante la dictación del decreto alcaldicio de adjudicación. La adjudicación de la propuesta se informará a través del portal www.mercadopublico.cl en el plazo señalado, en la sección etapas y plazos de la adjudicación. La Municipalidad de La Cruz declarará inadmisible una oferta cuando este no cumpla con los criterios establecidos en las bases administrativas y técnicas o bien no resultará conveniente para los intereses del Departamento de salud. Por su parte, declarará desierta la oferta cuando no se presenten ofertas. En ambos casos, la declaración se efectuará por resolución fundada. En aquellos casos que la contratación supere las 500 UTM, la comisión realizará la proposición de adjudicación a la alcaldesa, previo acuerdo del Honorable Concejo Municipal, En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, la Municipalidad de La Cruz publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl indicando allí las razones que justifican el retraso. La fecha aproximada de adjudicación será el día indicado en el portal y de acuerdo con lo que establece el artículo 41 del Reglamento de la Ley Nº19.886. En la eventualidad que el oferente adjudicado desista de su oferta, la Municipalidad de La Cruz podrá adjudicar a otro oferente, notificando esta situación a la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y/o fiel cumplimiento de contrato, según corresponda
READJUDICACIÓN
La Municipalidad de La Cruz, procederá a la Readjudicación en los siguientes casos: 1.- En caso de que el oferente inicialmente adjudicado desista formalmente de la contratación, ya sea que rechace o no acepte la Orden de Compra enviada a través del Sistema de Información o a su vez, manifieste a través de una comunicación escrita y formal las razones de dicho desistimiento. 2.- En caso de que el oferente no cumpla lo dispuesto en las presentes bases de licitación, respecto de las condiciones para contratar. 3.- En caso de que la comisión evaluadora hubiese cometido algún error en la evaluación de las propuestas, y este error a su vez, modifique la decisión inicial a través del respectivo Decreto Alcaldicio. 4.- Sí se constata que el o los adjudicatarios presentaron documentación falsa o alterada. 5.- Si el adjudicatario no entrega Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato. 6.- Si el contrato si corresponde no se firmase en el plazo establecido. 7.- Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado. 8.-Si el o los adjudicatarios es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4 de la Ley Nº19.886 o no proporción los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. En las situaciones descritas antes, se procederá a readjudicar al oferente que obtuvo en segundo lugar en puntaje al adjudicatario original y así sucesivamente si así lo amerita. El plazo máximo será de 120 días corridos desde la publicación de la adjudicación original.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La Unidad de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de La Cruz, será la encargada de redactar el contrato en aquellos casos en que la contratación sea formalizada a través de dicho instrumento. El adjudicatario, tendrá el plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, para concurrir a la suscripción del contrato, previa acreditación de inscripción en ChileProveedores, debiendo además hacer entrega de la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato a la Unidad Técnica. De no cumplirse con lo estipulado, se entenderá que el proveedor adjudicado, renuncia a dicha propuesta, lo que será declarado mediante resolución, y se podrá adjudicar al oferente que le sigue en la evaluación y así sucesivamente, o bien declarar desierto el proceso por no ser conveniente a los intereses institucionales. Las adjudicaciones menores a 1.000 UTM, se formalizarán mediante la emisión de la Órdenes de Compra y aceptación de ésta de parte del proveedor. Con respecto a las adjudicaciones superiores a 1.000 UTM, se formalizará a través de un contrato de suministro. Lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 63 del reglamento de la ley Nº19.886.
PERÍODO DE VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN
El servicio contratado tendrá vigencia desde el 1 de enero del 2024 tendrá una vigencia de 12 meses hasta el 31 de diciembre del 2024. Por razones del buen servicio, las prestaciones podrían ser entregadas a contar de la fecha de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl pero son la salvedad que el pago se efectuara de forma posterior a la emisión de la respectiva orden de compra y recepción conforme del servicio
DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE
Sin perjuicio del fiel, oportuno y estricto cumplimiento de las obligaciones que estas Especificaciones y el contrato impongan al proponente contratado, éste será responsable del cumplimiento de todas las disposiciones tendientes a entregar un servicio de excelente calidad, para lo cual deberá contar con una dependencia adecuada, insumos y/o equipos u otros objetos necesarios para el desarrollo de las actividades materia de encargo. Como obligación esencial, dar cumplimiento a todo lo estipulado en el contrato, entendiéndose incluidos en el contrato, todas las bases de licitación, los Formularios, Consultas y/o Aclaraciones, si las hubiere, la oferta y demás antecedentes que forman parte de la presente propuesta
MULTAS
La I. Municipalidad de La Cruz se reserva el derecho de aplicar y cobrar por vía administrativa multas al oferente contratado cada vez que exista incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La dirección del consultorio municipal podrá aplica multa de 3 UF por el incumplimiento y de persistir la observación se pondrá termino anticipado al contrato, de acuerdo a Art.Nº29 de las presentes bases administrativas Las multas que se cursen estarán de acuerdo con las disposiciones de las Bases Administrativas, Técnicas y demás formularios en el transcurso del periodo de vigencia del Contrato. 28.1. Por Incumplimiento de su oferta y atraso en la entrega. El adjudicatario está obligado a cumplir con todo lo estipulado en las presentes bases de licitación con los plazo de entrega comprometido en el plan de trabajo, si se produjere un atraso injustificado o incumplimiento de los preceptos contemplados en las bases administrativas o técnicas a juicio de la autoridad correspondiente. El valor de la multa por incumplimiento se descontará de la factura por escrito siendo causal de la respectiva multa, la cual se aplicará mediante una anotación en el respectivo informe, debiendo contar este documento con la firma del inspector técnico designado, y una copia de este documento se les hará llegar al proveedor adjudicado se establece las siguientes multas por incumplimiento de las bases de licitación que rigen el servicio: Si las multas superan el 30% del pago mensual por los servicios prestados, se procederá a dar termino al contrato. Así mismo, independiente del cobro de multas o sanciones, la Municipalidad de La Cruz, se reserva también el derecho de hacer efectiva la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y/o aplicar la resolución del Contrato de acuerdo con lo estipulado en las presentes Bases. El proveedor podrá apelar ante la Municipalidad dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha en que la Inspección Técnica de servicio haya formulado una instrucción. 28.2 Procedimiento Para Aplicación De Multas La Inspección Técnica informará mediante un oficio al Director del Departamento de Salud con copia a la Unidad de Finanzas y al Oferente Adjudicado de las faltas observadas durante el período. Cabe mencionar que todas las faltas deberán quedar consignada en un registro. En el informe a emitir por la Inspección Técnica respecto al particular se deberá especificar lugar, día de las faltas observadas, tipo de actividad incumplida, si los hubiere, y monto de las multas a aplicar, debiendo presentar al Oferente Adjudicado copia de éste. La Unidad de Finanzas del Departamento de Salud efectuará los descuentos que correspondan del estado de pago (factura de la mensualidad) más cercano a aquel mes en que se hayan cursado las multas, excepto el último mes del Contrato, en que las multas serán descontadas del último estado de pago. Esto se realizará si existe autorización mediante decreto alcaldicio el cobro de estas. Así mismo, independiente del cobro de multas o sanciones, el Departamento de Salud de la Municipalidad de La Cruz, se reserva también el derecho de hacer efectiva la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y/o aplicar la resolución del Contrato de acuerdo con lo estipulado en las presentes Bases. El proveedor podrá apelar ante al Departamento de Salud de la Municipalidad de la Cruz dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha en que la Inspección Técnica de servicio haya formulado una instrucción
CAUSAS DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL SERVICIO CONTRATADO
El contrato quedará terminado, por disposición del Departamento de Salud, quien notificará por escrito al proveedor de su decisión de rescindir o poner término unilateralmente al contrato en los casos señalados en el artículo 13 de la Ley Nº19.886 y artículo 77 del Reglamento de dicha Ley, además de los siguientes casos: a) Si a juicio de la Unidad Técnica no se ha ejecutado el servicio ofertado o no cumple con las obligaciones estipuladas. b) Si conforme a la autorización presupuestaria que, anualmente provienen desde el Ministerio de Salud, no existiera presupuesto disponible para el correspondiente ejercicio presupuestario. c) Por uso anticipado del presupuesto destinado para esta licitación. d) Resciliación o mutuo entre los contratantes. e) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. f) En caso de quedar INHABILITADO en el registro de Chileproveedores por las causales señaladas en el reglamento de compras públicas. g) Si el proveedor fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, en caso de ser este una sociedad colectiva o de responsabilidad civil limitada, alguno de los socios, fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, en el caso de sociedades anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación. h) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al cobro de los productos convenidos. i) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. j) Si el adjudicatario se excusa de poder cumplir las obligaciones emanadas del contrato, por insuficiencia del precio convenido, factor que no limitará el alcance de su oferta y vigencia del contrato. k) Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones derivadas del contrato y/o orden de compra, se entenderá por incumplimiento si la empresa no da cumplimiento a lo estipulado en la oferta, salvo razones de fuerza mayor previamente evaluadas por el Departamento de Salud. l) Las demás que se establezcan en las respectivas bases o en el contrato. m) Si se verifica cualquiera de las situaciones enunciadas anteriormente, el Departamento de Salud podrá poner término al contrato, dictando la resolución correspondiente, la cual, a su vez, será publicada en el sistema de información, sin perjuicio de iniciar al mismo tiempo las acciones legales correspondientes. n) si el proveedor adjudicado supera el límite de 30% mensual, conforme a lo estipulado “multas por incumplimiento” El Ejercicio de la atribución antes señalada, no dará lugar a derecho de indemnización de ningún tipo a favor del proveedor, por este hecho o de cualquier otro que haya participado en el desarrollo del contrato, perdiendo como sanción tan pronto como se ponga término anticipado al contrato de la Garantía que avala el cumplimiento de este.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
: FORMA DE PAGO
No se contempla el pago de anticipos. El pago de la factura será dentro de los 30 días siguientes previa la recepción conforme de la totalidad de los servicios de acuerdo con la Orden de Compra emitida por el Departamento de Salud y enviada por el Portal www.mercadopublico.cl. Para proceder al pago del documento se deberá obligatoriamente adjuntar los siguientes documentos respaldo de la compra. 1.- Factura extendida a Nombre de la Municipalidad de La Cruz. 2.- Número de la orden de compra. 3.- Factura, con certificado de recepción conforme de Inspector Técnico de la licitación. 4.-Certificado F-30 (Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales) 4.- Decreto Alcaldicio de Adjudicación. 5.- Copia del Contrato si correspondiera 6.- Copia de Orden de Compra Aceptada en portal Mercado Público. 7.- Disponibilidad Presupuestaria. En caso de que la Factura presente algún error, el Departamento de Salud dispondrá de 8 días corridos para hacer las observaciones correspondientes al adjudicatario. Éste dispondrá a su vez de 10 días hábiles para subsanar los errores. La nueva factura o Nota de crédito, según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días corridos desde su recepción conforme.
GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente deberá presentar en el plazo definido en portal www.mercadopublico.cl una boleta de garantía o vale vista por línea para garantizar la seriedad de la oferta equivalente a $200.000 (Doscientos mil pesos), esta documentación deberá ser entrega en departamento de salud de la ilustre municipalidad de La Cruz para posterior ser enviada a tesorería y se recepcionara hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de la apertura electrónica de la licitación indicada en el portal, la glosa debe indicar “GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA, ADQUISICION ELECTROCARDIOGRAMA” y deberá emitirse a nombre de la Tesorería Municipal de La Cruz y tener una vigencia de 30 días a partir de la fecha de apertura. La no entrega de dicha boleta deja automáticamente al oferente fuera de Bases. La garantía debe ser entregada en un sobre cerrado, el que indicara en el exterior lo siguiente: *Nombre del proponente, si es persona natural y razón social, si el proponente es persona jurídica. *Rut del proponente *N° de documento de garantía (Boleta de Garantía o Vale Vista) *Banco o Institución que lo emitió (Boleta de Garantía o Vale Vista) Si la garantía es un vale vista en formato digital deber tener las mismas consideraciones que el punto anterior y se debe enviar al correo adquisiciones_salud@lacruz.cl , una vez recepcionada de forma correcta se generara un correo de confirmación Esta garantía se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos: • Si el oferente retira su oferta o se desiste de ella dentro del periodo de validez de esta • Si el adjudicatario no entrega en el plazo, forma y condiciones de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato que se establece en las Bases Administrativas. • Si el adjudicatario no cumple con las obligaciones de suscripción del contrato, en el plazo, forma y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas. • Si el oferente no reemplaza la Garantía de Seriedad de la Oferta, en el supuesto que la Municipalidad no pueda adjudicar la Licitación y requiera su reemplazo.
GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Será obligatorio entregar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, al momento de la suscripción del contrato o aceptación de la orden de compras, según corresponda, pudiendo ser uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable, que en conjunto representen el 5% del monto de adjudicación, tomada en pesos chilenos y extendida a nombre de la Municipalidad de La Cruz, RUT N°69.060.200-8, con la finalidad de garantizar el correcto y oportuno fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del oferente, según corresponda. Dicha garantía debe tener vigencia desde el inicio del contrato y hasta 60 días hábiles, luego de terminado el convenio, por un monto equivalente al 5% del total del presupuesto adjudicado. El documento físico deberá entregarse en la oficina del departamento de salud municipal, ubicado en Gabriela mistral #03,La Cruz V región. • Horario atención • Lunes a jueves de 8:30 a 17:00 • Viernes de 8:30 a 16:00 En el evento que el oferente contratado no cumpla con las obligaciones y/o plazos que establecen las presentes bases y contrato respectivo, del Departamento de Salud de la Municipalidad de La Cruz, tendrá el derecho de hacer efectivo el cobro de la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para con cargo a ella, cobrarse las indemnizaciones y multas causadas por el incumplimiento y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle, para el completo resarcimiento de los perjuicios efectivamente ocasionados. Esta garantía será restituida en forma definitiva una vez cumplido el plazo total de vigencia del servicio. Lo anterior siempre y cuando así lo amerite la Inspección Técnica, debiendo para este efecto el adjudicatario, solicitar su devolución a dicha Inspección, quien dará el visto bueno para su retiro físico en el Departamento de Salud.