SUBCONTRATACIÓN |
El proveedor no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato. El proveedor no podrá subcontratar cuando la persona del subcontratista, o sus socios o administradores están afectas a alguna de las causas de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92 del reglamento. En ningún caso el proveedor podrá excusar su responsabilidad en la ejecución de las tareas y/o servicios subcontratados, debiendo este asumir a su costo y cargo de acuerdo con las condiciones y alcances establecidos.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En el caso de que dos o más oferentes una vez efectuado el proceso de evaluación, hubiesen coincidido y obtenido el mismo puntaje considerando un decimal, la Municipalidad de La Cruz, considerará los siguientes criterios de evaluación para seleccionar la oferta más conveniente: Se resolverá adjudicando al oferente que hubiese tenido el mayor puntaje en el Criterio “PRECIO”. Si aplicando la formula anterior aún persiste el empate entre los oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO ENTREGA EXAMENES”. Si aplicando la formula anterior aún persiste el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje el criterio “EXPERIENCIA PROVEEDOR”. Finalmente, si según lo indicado anteriormente persiste el empate se adjudicará el oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, donde consta el día y hora del ingreso de la respectiva oferta.
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EVALUACIÓN DE OFERTAS |
La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión Evaluadora nombrada exclusivamente para esta licitación mediante Decreto Alcaldicio. Esta evaluación se realizará en conformidad con la metodología establecida en las presentes Bases. Esta comisión estudiará todos los antecedentes que hayan sido presentados por los oferentes. La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta, entregada por los oferentes en los documentos anexos, eliminará automáticamente al oferente de la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
La Unidad de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de La Cruz, será la encargada de redactar el contrato en aquellos casos en que la contratación sea formalizada a través de dicho instrumento.
El adjudicatario, tendrá el plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, para concurrir a la suscripción del contrato, previa acreditación de inscripción en ChileProveedores, debiendo además hacer entrega de la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato a la Unidad Técnica.
De no cumplirse con lo estipulado, se entenderá que el proveedor adjudicado, renuncia a dicha propuesta, lo que será declarado mediante resolución, y se podrá adjudicar al oferente que le sigue en la evaluación y así sucesivamente, o bien declarar desierto el proceso por no ser conveniente a los intereses institucionales.
Las adjudicaciones menores a 1.000 UTM, se formalizarán mediante la emisión de la Órdenes de Compra y aceptación de ésta de parte del proveedor. Con respecto a las adjudicaciones superiores a 1.000 UTM, se formalizará a través de un contrato de suministro. Lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 63 del reglamento de la ley Nº19.886.
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PERÍODO DE VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN |
El servicio contratado tendrá vigencia desde el 1 de enero del 2023 tendrá una vigencia de 12 meses hasta el 31 de diciembre del 2023.
Por razones del buen servicio, las prestaciones podrían ser entregadas a contar de la fecha de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl pero son la salvedad que el pago se efectuara de forma posterior a la emisión de la respectiva orden de compra y recepción conforme del servicio.
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GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
El oferente deberá presentar en el plazo definido en portal www.mercadopublico.cl una boleta de garantía o vale vista por línea para garantizar la seriedad de la oferta equivalente a $100.000 (Cien mil Pesos), esta documentación deberá ser entrega en departamento de salud de la ilustre municipalidad de La Cruz para posterior ser enviada a tesorería y se recepcionara hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de la apertura electrónica de la licitación indicada en el portal, la glosa debe indicar “GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA, ADQUISICION EXAMEN ELECTROCARDIOGRAMA, CONSULTORIO MUNICIPAL 2023” y deberá emitirse a nombre de la Tesorería Municipal de La Cruz y tener una vigencia de 30 días a partir de la fecha de apertura. La no entrega de dicha boleta deja automáticamente al oferente fuera de Bases.
La garantía debe ser entregada en un sobre cerrado, el que indicara en el exterior lo siguiente:
*Nombre del proponente, si es persona natural y razón social, si el proponente es persona jurídica.
*Rut del proponente
*N° de documento de garantía (Boleta de Garantía o Vale Vista)
*Banco o Institución que lo emitió (Boleta de Garantía o Vale Vista)
Si la garantía es un vale vista en formato digital deber tener las mismas consideraciones que el punto anterior y se debe enviar al correo adquisiciones_salud@lacruz.cl , una vez recepcionada de forma correcta se generara un correo de confirmación.
Esta garantía se podrá hacer efectiva en cualquiera de los siguientes casos:
• Si el oferente retira su oferta o se desiste de ella dentro del periodo de validez de esta
• Si el adjudicatario no entrega en el plazo, forma y condiciones de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato que se establece en las Bases Administrativas.
• Si el adjudicatario no cumple con las obligaciones de suscripción del contrato, en el plazo, forma y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas.
• Si el oferente no reemplaza la Garantía de Seriedad de la Oferta, en el supuesto que la Municipalidad no pueda adjudicar la Licitación y requiera su reemplazo.
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GARANTÍA POR FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Será obligatorio entregar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, al momento de la suscripción del contrato o aceptación de la orden de compras, según corresponda, pudiendo ser uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza pagaderos a la vista y con carácter de irrevocable, que en conjunto representen el 5% del monto de adjudicación, tomada en pesos chilenos y extendida a nombre de la Municipalidad de La Cruz, RUT N°69.060.200-8, con la finalidad de garantizar el correcto y oportuno fiel cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del oferente, según corresponda.
Dicha garantía debe tener vigencia desde el inicio del contrato y hasta 60 días hábiles, luego de terminado el convenio, por un monto equivalente al 5% del total del presupuesto adjudicado.
El documento físico deberá entregarse en la oficina del departamento de salud municipal, ubicado en Gabriela mistral #03,La Cruz V región.
• Horario atención
• Lunes a jueves de 8:30 a 17:00
• Viernes de 8:30 a 16:00
En el evento que el oferente contratado no cumpla con las obligaciones y/o plazos que establecen las presentes bases y contrato respectivo, del Departamento de Salud de la Municipalidad de La Cruz, tendrá el derecho de hacer efectivo el cobro de la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, para con cargo a ella, cobrarse las indemnizaciones y multas causadas por el incumplimiento y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle, para el completo resarcimiento de los perjuicios efectivamente ocasionados.
Esta garantía será restituida en forma definitiva una vez cumplido el plazo total de vigencia del servicio. Lo anterior siempre y cuando así lo amerite la Inspección Técnica, debiendo para este efecto el adjudicatario, solicitar su devolución a dicha Inspección, quien dará el visto bueno para su retiro físico en el Departamento de Salud
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