Licitación ID: 48-1-LP24
Serv mant. e instal aire acondi.y refrig Serviu RM
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Aires acondicionados 1 Mes
Cod: 40101701
SERVIU Metropolitano llama Licitación Pública para contratar “servicios de mantención, reparación e instalación de equipos de aire acondicionado y refrigeración en las dependencias del SERVIU Metropolitano”, con el propósito de mantener en óptimas condici  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv mant. e instal aire acondi.y refrig Serviu RM
Estado:
Revocada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama Licitación Pública para contratar “servicios de mantención, reparación e instalación de equipos de aire acondicionado y refrigeración en las dependencias del SERVIU Metropolitano”, con el propósito de mantener en óptimas condiciones estos equipos de climatización.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-02-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 19-01-2024 12:15:44
Fecha inicio de preguntas: 19-01-2024 12:31:00
Fecha final de preguntas: 29-01-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-02-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-02-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-02-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-03-2024 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 08-02-2024
Fecha estimada de firma de contrato 04-04-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
visita a terreno obligatoria segun punto 5.2.5 25-01-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. Estos antecedentes constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso de que no sean presentados al momento de ofertar o de ser presentados se acompañen de forma incompleta serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación en dicha instancia de los documentos solicitados implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley N° 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los Anexos N°3, N°4, N°5, N°6 éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas. Mientras que, los documentos solicitados en los numerales a.1 b.1, b.4, b.3, b.5, literales d), e), f) y g) constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. De no ser presentados definitivamente oferta se declarará fuera de bases. a) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3, Experiencia del oferente, el cual considera la cantidad de trabajos realizados durante los últimos cincos años (desde diciembre de 2018 hasta el día anterior a la publicación de la presente licitación) y cuya duración sea mayor o igual a 12 meses. a.1 La información contenida en el citado anexo deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente deberá adjuntar el Certificado del Mandante (Anexo N°4) correspondiente, junto con los siguientes instrumentos: - Contrato o copia de contrato, firmado y protocolizado (si el mandante es del sector privado). - Certificados de experiencia emitidos por el mandante, debidamente firmados por el representante legal de la empresa. - la Resolución Aprueba Contrato más orden de compra respectiva en estado Aceptada o recepción conforme (si el mandante es una institución pública). Cada certificado del Mandante (Anexo N°4) deberá ser acompañando por uno de los dos instrumentos antes indicados. La falta de ellos desestimará el registro para la evaluación del criterio correspondiente. a.2 Los instrumentos deberán ser posterior a la fecha de iniciación de actividades ante el SII, para lo cual el oferente deberá presentar el certificado de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos para que los documentos que acreditan la experiencia sean considerados como válidos. Si el proveedor no presentase este documento, incluso si es requerido a través del foro de aclaración de ofertas, la documentación se desestimará y el criterio de Experiencia de la Empresa será evaluada con el mínimo puntaje indicado en el punto 10.3. a.3 Solo se evaluará la experiencia indicada en el anexo, que esté dentro del rango solicitado (desde diciembre de 2018 hasta el día anterior a la publicación de la presente licitación) y que tenga un tiempo de duración igual o mayor a 12 meses. a.4 No se considerará experiencia que al cierre del presente proceso se encuentre en ejecución, aunque esta ya haya cumplido los 12 meses o más. Por el contrario, se considerará válida para aquellos contratos que correspondan a renovaciones que, por si sola, correspondan a 12 meses o más ya ejecutados, para lo cual, el oferente deberá indicar claramente el instrumento que lo declara. a.5 En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo indicado en éstos últimos. b) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, Nómina del Equipo Técnico, en el cual el oferente deberá señalar el nombre del Supervisor(a) Visitador y su experiencia en el rubro de lo solicitado (climatización), como los nombres de quienes conformarán el Equipo Residente y la experiencia de ellos en el rubro de lo solicitado (climatización). b.1 La información consignada en el Anexo N°5 correspondiente a la experiencia, tanto del Supervisor(a) Visitador como de quienes conformarán el Equipo Residente deberán ser debidamente acreditadas mediante: - Contrato de trabajo o de prestación de servicios a nombre del profesional o técnico a respaldar, o - Finiquitos debidamente tramitados. - Boleta de honorarios emitida por el profesional o técnico a respaldar Si el contrato de trabajo es a nombre del oferente, este debe ser acompañado por el pago de obligaciones previsionales (certificado de cotizaciones AFP y/o ISAPRE). b.2 Los documentos indicados deberán consignar lo siguiente: (de lo contrario no serán considerados en la evaluación). 1. Nombre del supervisor(a). 2. Descripción del servicio y corresponder a lo solicitado. 3. Fecha de inicio y de término de la prestación (d/m/a) o al menos (m/a), o bien, el tiempo de duración de la prestación de servicios, en meses. b.3 La experiencia del Supervisor(a) Visitador y quienes conformará el Equipo Residente podrán ser de empresas distintas al del oferente. Sin embargo, las personas indicadas en el Anexo N°5 deberán estar contratadas por el oferente y tener una antigüedad mínima de 6 meses. Para respaldar lo anterior, se deberá acompañar el contrato de trabajo respectivo junto con el pago de obligaciones previsionales (certificado de cotizaciones AFP y/o ISAPRE) de los periodos respectivos. b.4 Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, del Supervisor(a) Visitador y de quienes conformará el Equipo Residente indicados en el Anexo N°5, emitidos por alguna universidad o instituto profesional o de técnico nivel superior o de Escuela Industrial, del Estado de Chile, y en caso de ser extranjero, validado por la entidad pública que corresponda, en carreras del área de Climatización y/o Refrigeración o afines al servicio que se está licitando (por ejemplo, en el área mecánica industrial, eléctrica, etc.). b.5 El oferente podrá presentar más de un Supervisor(a) Visitador y/o más de dos personas que conformarán el Equipo Residente, en cuyo caso, para efectos de evaluación, se considerarán quienes hayan obtenido mayor puntaje de los presentados. b.6 Si el oferente no acredita definitivamente la formación de al menos 1 Supervisor(a) Visitador y de 2 personas que conformen el Equipo Residente, la oferta presentada será desestimada declarándola fuera de bases. c) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°6, Remuneración del supervisor visitador y equipo residente, donde los oferentes deberán indicar el porcentaje que el oferente se obligará a pagar a su personal que preste servicios a SERVIU Metropolitano por sobre el ingreso mínimo vigente a la fecha del pago de las respectivas remuneraciones. d) Presentar un protocolo de mantención de los equipos, según lo solicitado en las Bases Técnicas. Para ello, se puede completar, firmar y adjuntar el Anexo N°7. e) Presentar una programación o Carta Gantt para las mantenciones preventivas de los equipos indicados en las bases técnicas, considerando que no podrá pasar más de tres meses entre una mantención y otra para cada equipo. f) Indicar en el Anexo N°3, si el oferente cuenta o no con afiliación a alguna mutual. Para ello, deberá adjuntar el certificado de mutualidad correspondiente, en caso de no poseer mutualidad queda fuera de bases. g) Indicar en el Anexo N°3, si el oferente cuenta o no con un plan o contrato de manejo de residuos, en especial de aceites o refrigerantes desechados por efectos de mantención o reparación de equipos. En caso positivo, deberá adjuntar la acreditación o certificación que respaldo lo indicado, siendo requisito obligatorio para la evaluación. h) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°8, Criterio Inclusivo, en el cual se deberá indicar: Presenta algún tipo de discapacidad, o Pertenezca a algún pueblo originario de Chile. h.1 Para el caso de presentar algún tipo de discapacidad el empleado debe estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad y el oferente deberá presentar copia simple de la “Credencial de Discapacidad” de éste o duplicado de la Credencial de Discapacidad, extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificación más copia del correspondiente contrato de trabajo vigente. h.2 Para el caso de pertenecer a algún pueblo originario el oferente deberá presentar copia simple del certificado entregado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) que acredita la calidad de indígena al ciudadano(a) chileno(a) que forma parte de la empresa, más copia del correspondiente contrato de trabajo vigente. i) Completar y firmar Anexo N°10 Programa de Integridad. Este anexo constituye requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas. i.1) La información contenida en el citado anexo N°10 deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente deberá adjuntar el Certificado que acredite que cuenta con el programa de integridad, el cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora. Este antecedente constituye un requisito obligatorio, por tanto, en caso de que no sean presentados al momento de ofertar o de ser presentado de forma incompleta será solicitado a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación en dicha instancia del documento solicitado implicará la declaración de puntaje 0 en este criterio de evaluación. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes Económico. El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al valor total neto para el servicio requerido, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°9, formulario oferta económica. Se deben indicar todos los valores solicitados en el presente anexo, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible. Asimismo, el valor total neto indicado en este Anexo debe ser coincidente con el ingresado al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado íntegramente, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura. 5.2.5. Visita a Terreno El oferente deberá asistir a una visita a terreno, de carácter obligatorio y excluyente, por ende, en caso de no presentarse, la oferta será declarada inadmisible y se rechazará al momento de la apertura. La visita se desarrollará solo para las dependencias centrales del SERVIU Metropolitano (Serrano 45, Arturo Prat 42, 48 y 80) comuna de Santiago, en horario de 10:00 am horas del cuarto día hábil a contar de la publicación de la licitación en el portal Mercado Público. Para efectos de dicha visita, se considerará un margen de tolerancia de 15 minutos al inicio de cada uno de los horarios establecidos. El oferente deberá coordinar con los funcionarios o agentes públicos: Jorge Zapata A. (correo jzapata@minvu.cl) o con David Garrido S. (correo dgarridos@minvu.cl), iniciando recorrido en Serrano N°45.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6 de las bases de licitación adjuntas. Antecedentes para ser contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto 6 de las bases de licitación adjuntas. Antecedentes para ser contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 b) Oferta económica evalúa la oferta económica del oferente 35%
2 c) Oferta administrativa Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta 5%
3 a) Oferta Técnica Se compone de los siguientes Subcriterios: a) Experiencia del Oferente25% b) Equipo técnico 25% c) Condiciones Sociales del Servicio 18% d) Condiciones Técnicas del Servicio 30% e) Programa de Integridad 2% 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.06.001
Monto Total Estimado: 112610944
Justificación del monto estimado La relación contractual a que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuya entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato podrá ser renovado de común acuerdo por las partes, por una única vez y al mismo precio contratado.
Observaciones La relación contractual a que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuya entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Maurice Cepeda Grez
e-mail de responsable de contrato: mcepedag@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29014025-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad del proveedor adjudicado en cuanto a su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 08-05-2024
Monto: 4000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadero a la vista, sea tomado por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente y, en su defecto, en formato físico. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en Gestión de Proveedores del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano Nº 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de las presentes bases. Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: Servicio de Mantención, Reparación e Instalación de Equipos de Aire Acondicionado y de Refrigeración en Dependencias Del Serviu Metropolitano.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y siempre que se haya suscrito el respectivo contrato. A los oferentes, cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 04-07-2026
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso de que la garantía se presente en formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Adquisiciones del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano Nº 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: la licitación pública N°48-1-LP24
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta una vez ejecutadas, de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 29013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas
Otras Cláusulas 10.1. Presentación de las Ofertas Los oferentes por el sólo hecho de presentar su oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie. Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl. Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 10.2. Apertura de las Ofertas La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en el punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases. La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado todos los requisitos de admisibilidad solicitados. 10.3. Metodología de Evaluación La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por, al menos, tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Orden de Servicio. Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva. La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl. Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo con las condiciones que en cada caso se establecen. SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes, a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste. Las ofertas se evaluarán por proveedor aplicando la siguiente metodología de evaluación: 10.3.1 Oferta Técnica OT (60%) Factor Ponderación a) Experiencia del Oferente 25% b) Equipo Técnico 25% c) Condiciones Sociales del Servicio 18% d) Condiciones Técnicas del Servicio 30% e) Programas de Integridad 2% Totales 100% a) Experiencia del Oferente 25%: Se evaluará la experiencia del oferente en trabajos que haya realizado en el rubro de lo solicitado, en los últimos 5 años (diciembre 2018 hasta la fecha de publicación de la presente licitación), con al menos 12 meses de duración, de acuerdo con lo señalado en el Anexo N°3, que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con el punto 5.2.3 letras a.1) a la a.5), de las Bases Administrativas de licitación. Se asignará el puntaje de la siguiente manera: Experiencia del Oferente Puntaje 10 o más trabajos 100 Entre 6 a 9 trabajos 60 Entre 3 a 5 trabajos 30 2 o menos trabajos 0 b) Equipo Técnico (B) 25%: Este factor consta de dos sub-factores, Sub-Factor Ponderación b.1) Supervisor(a) Visitador 45% b.2) Equipo Residente 55% Totales 100% b.1) Supervisor(a) Técnico. Para la presente evaluación se considerará lo señalado por el oferente en el Anexo N°5 , que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo a lo establecido en el punto 5.2.3 letras b.1) a la b.5), de las Bases Administrativas de licitación. En caso de que el oferente presente a más de un Supervisor(a) Visitador, para efectos de la evaluación se considerará a aquel o aquella que obtenga el mayor puntaje, sin perjuicio de que, para la prestación del servicio, podrán acudir todos aquellos que hayan sido ofertados y que cumplan con lo exigido en el punto 5.2.3 letra b) de las bases administrativas de licitación. Si el Supervisor(a) Visitador no informa, no acredita o acredita una formación distinta a la exigida en el punto 5.2.3 letra b) de las Bases Administrativas de licitación quedará fuera de bases. Asimismo, si al término de la evaluación no se acredita al menos 1 Supervisor(a) Visitador. Se asignará puntaje de acuerdo con la siguiente tabla y según el rubro solicitado: Experiencia Supervisor(a) Visitador Puntaje 5 o más años 100 Entre 2 y menos de 5 años 30 Menos de 2 años 0 b.2) Equipo Residente. Para la presente evaluación se considerará lo señalado por el oferente en el anexo N°5, que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo con lo establecido en el punto 5.2.3 letras b.1) a la b.5), de las Bases Administrativas de licitación. El oferente debe presenta como mínimo 2 residentes que cumplan con lo exigido en el punto 5.2.3 letra c) de las bases administrativas de licitación. Si al término de la evaluación no se acreditan al menos dos residentes la oferta quedará fuera de bases. Se asignará puntaje de acuerdo con la siguiente tabla y según el rubro solicitado: Experiencia del Equipo Residente Puntaje 3 o más años 100 Entre 1 y menos de 3 años 60 Menos de 1 año 0 La ponderación final de este sub-factor será según la siguiente fórmula: Equipo Técnico = Supervisor(a) Técnico*0,45 + Equipo Residente*0,55 c) Condiciones Sociales del Servicio (C) 18%: Este factor consta de tres sub-factores Factor Ponderación c.1) Condiciones de Remuneración 30% c.2) Mutualidad 35% c.3) Criterio de Inclusión 35% Totales 100% c.1) Condiciones de Remuneración (30%): Este sub-factor tiene una ponderación total del 30% y se evaluará la remuneración que tendrá el Equipo Técnico, con una ponderación del 45% para el Supervisor(a) Visitador y del 55% para el Equipo Residente respectivamente. Los oferentes en el Anexo N°6 deberán indicar el porcentaje, que éste se obligará a pagar al personal que preste servicios en las dependencias del SERVIU Metropolitano, por sobre el ingreso mínimo vigente a la fecha del pago de las respectivas remuneraciones, en caso de resultar seleccionada su oferta. En dicho formato se hace la distinción entre Supervisor(a) Visitador y el Equipo Residente. De este modo, los oferentes que oferten un sueldo base inferior al ingreso mínimo vigente quedarán fuera de bases y sus ofertas no continuarán siendo evaluadas, por no ajustarse éstas a los intereses del SERVIU Metropolitano. A modo de ejemplo, el sueldo base que el proveedor seleccionado pague al personal deberá ser, durante toda la vigencia del contrato, igual o superior a: Ingreso mínimo + Porcentaje ofertado. El concepto “sueldo base” excluye cualquier otra cantidad no incluida en las liquidaciones de sueldo respectivas (como provisiones de feriado o de vacaciones o de finiquitos o indemnizaciones) y toda otra asignación que no constituya sueldo base de conformidad al Código del Trabajo y dictámenes de la Inspección del Trabajo (pago de sobresueldo, bonos, aguinaldos, horas extras y gratificación). Se asignará puntaje de acuerdo al porcentaje de aumento sobre el sueldo base mínimo legal a través de la siguiente fórmula, tanto para Supervisor Visitador y Equipo Residente: Puntaje Remuneraciones Individuales = (Oferta en evaluación/Oferta mayor porcentaje) *100. Donde:  Oferta en evaluación: Es el porcentaje a evaluar según la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación descrita precedentemente.  Oferta mayor porcentaje: Es aquella oferta que contiene el mayor porcentaje de remuneración de todas las ofertas recibidas. Finalmente, el sub- factor será ponderado según la siguiente formula: Condiciones Remuneración = Puntaje Remuneraciones Supervisor(a) Visitador * 0,45 + Puntaje Remuneraciones Equipo Residente * 0,55 c.2) Mutualidad (35%): Este sub- factor que pondera un 35%, será evaluado según lo indicado en el Anexo N°3, respaldado con el Certificado de Afiliación a Mutualidad, y será evaluado según la siguiente tabla: Mutualidad Puntaje Presenta Certificado afiliación 100 Presenta Certificado afiliación En Trámite 0 No presenta Certificado afiliación Fuera de Bases c.3) Criterio de Inclusión (35%): Este sub- factor tiene una ponderación del 35% y se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°8, que se encuentre acreditado de conformidad al punto 5.2.3 letra h.1 y h.2) de las Bases Administrativas de licitación. El puntaje se aplicará de acuerdo con la siguiente tabla: Criterio Inclusivo Puntaje Considera más de 1 persona con discapacidad y/o de pueblo originario de Chile. 100 Considera y acredita al menos 1 persona con discapacidad y/o de pueblo originario de Chile. 40 No considera o no acredita al menos 1 persona con discapacidad y/o de pueblo originario de Chile. 0 El sub-factor de Condiciones Sociales del Servicio será evaluado según la siguiente fórmula: Condiciones Sociales del Servicio = Condiciones de Remuneración*0,30 + Mutualidad*0,35 + Criterio de Inclusión*0,35 d) Condiciones Técnicas del Servicio (D) 30%: Factor Ponderación d.1) Protocolo de Mantención 30% d.2) Carta Gantt de Mantención 30% d.3) Manejo de Residuos 40% Totales 100% d.1) Protocolo de Mantención (30%). El oferente deberá presentar un documento que contenga el procedimiento o alcances preventivo para los equipos de aire acondicionados y de refrigeración. El oferente puede presentar el Anexo N°7 debidamente firmado o, un documento distinto pero que como mínimo debe contener lo indicado en dicho Anexo. Se evaluará según la siguiente tabla: Protocolo Mantención Puntaje Presenta Protocolo Mantención 100 NO Presenta Protocolo de Mantención 0 d.2) Carta Gantt de Mantención (30%). El oferente deberá presentar un documento que contenga la programación o Carta Gantt de los trabajos de mantención preventiva para los equipos de aire acondicionados y de refrigeración, para el plazo que dure el contrato adjudicado. Esta programación o Carta Gantt no podrá presentar plazos mayores a tres meses entre una mantención y la siguiente para cada equipo. Se evaluará según la siguiente tabla: Carta Gantt de Mantención Puntaje Presenta Carta Gantt de Mantención 100 NO Presenta Carta Gantt de Mantención o esta excede los 3 meses entre cada mantención para equipos 0 d.3) Manejo de Residuos (40%). Este sub-factor que pondera un 40%, será evaluado según lo indicado en el Anexo N°3, respaldado con la certificación y/o acreditación correspondiente de que cuenta con un tratamiento de residuos, en particular para los aceites y refrigerantes que se extraigan de los equipos. Esta acreditación y/o certificación deberá estar vigente entre la fecha de publicación de este proceso hasta, al menos, un mes después del término del contrato producto de esta licitación. Se evaluará según la siguiente tabla: Plan de Manejo de Residuos Puntaje Presenta contrato de manejo de residuos 100 NO Presenta contrato de manejo de residuos 0 El sub-factor de Condiciones Técnicas del Servicio será evaluado según la siguiente fórmula: Condiciones Técnicas del Servicio = Protocolo de Mantención *0,30 + Carta Gantt de Mantención *0,30 + Manejo de Residuos*0,40 e) Programas de integridad (B pondera 2%) El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República en su Dictamen N° E370752/2023, donde imparte medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas, según lo informado en el anexo N° 10. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle: Programas de Integridad PUNTAJE Acredita que cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal. 100 puntos No cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal o no acredita dicha situación. 0 puntos f) Ponderación final para Oferta Técnica. El puntaje final para el criterio de Oferta Técnica será determinado según la siguiente formula: OT = (A*0,25) + (B*0,25) + (C*0,18) + (D*0,30) + (E*0,02) Donde: OT: Oferta Técnica. A: Experiencia del Oferente. B: Equipo Técnico. C: Condiciones Sociales del Servicio. D: Condiciones Técnicas del Servicio. E: Programa de Integridad 10.3.2. Precio u Oferta Económica (POE) 35%: Para la evaluación del presente criterio se considerará lo indicado por el oferente en el Anexo N°9. Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100 Donde:  Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.  Oferta en evaluación: es la oferta específica, que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada. 10.3.3. Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO) (5%) El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar o en la instancia posterior establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle: CRFO PUNTAJE Cumple con los requisitos formales en el plazo de presentación de ofertas. 100 puntos No cumple con la totalidad de los requisitos formales o no cumple con la totalidad de los requisitos formales respecto de la solicitud de aclaración en caso de ser procedente, dentro del plazo de 48 horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. 0 puntos 10.3.4. Cálculo Puntaje Total Ponderado: Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo con lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 60 %, al puntaje obtenido en el criterio precio u oferta económica (POE) se le aplicará una ponderación de un 35 % y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5 % para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo con la siguiente expresión: PTP = POT * 0, 60 + POE * 0, 35 + PCRFO * 0, 05 Donde:  PTP: Puntaje Total Ponderado.  POT: Puntaje Oferta Técnica.  POE: Puntaje Precio u Oferta Económica.  PCRFO: Puntaje Oferta Administrativa. La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor haya ingresado primero su oferta en la Plataforma de Mercado Público. Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado. 10.4. Adjudicación SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886. La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases. En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30 % al presupuesto máximo disponible por SERVIU Metropolitano, se deberán explicitar en el acto adjudicatorio las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora. SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50 % al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento por la diferencia de precio, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004. 10.5. Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna. 10.6. Del Contrato 10.6.1. Suscripción del Contrato Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases). El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido. 10.6.2. Documentos Integrantes del Contrato Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica. 10.6.3. Gastos del Contrato Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado. 10.6.4. Domicilio y Jurisdicción El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. 10.6.5. Renovación y Prórroga del Contrato De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato podrá ser renovado de común acuerdo por las partes, por una única vez y al mismo precio contratado, en caso de darse una o más de las siguientes situaciones: a) Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo, como, entre otros, en el caso de que habiéndose realizado llamado a licitación pública esta haya quedado desierta. b) Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo. c) Cuando se ha revocado o invalidado, total o parcialmente, un proceso licitatorio en curso y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo. d) Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, existiendo motivos fundados y acreditados mediante informe técnico del administrador del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la prestación del servicio de manera ininterrumpida. Los motivos que justifiquen la renovación deberán ser expresados en el acto administrativo que sanciona la renovación. En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo. Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor podrá prorrogar el contrato por un plazo máximo de hasta seis meses, previo informe técnico fundado de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato. 10.7. Responsabilidad del Oferente Adjudicado 10.7.1. De las Obligaciones Laborales y Previsionales El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien, para estos efectos, conforme establece el artículo 183 C del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor. En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.289, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte. Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos. Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimientos de leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a regularizar totalmente sus obligaciones y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de éstas. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado. 10.7.2. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las presentes bases, dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. 10.7.3. Confidencialidad y Seguridad de la Información El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normativas vigentes. La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información, excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan. 10.8. De la Orden de Compra SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el total del monto del Servicio de mantención, reparación e instalación de equipos de aire acondicionado y de refrigeración en dependencias de SERVIU Metropolitano indicado por el adjudicatario en el Anexo N°6, para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, emitirá la Orden de Compra a través del Portal Mercado Público y la(s) correspondiente(s) para la mantención correctiva. 10.9. Del Pago El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Órdenes de Compra respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano. SERVIU Metropolitano pagará al proveedor dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato y, sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar. El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases. La glosa de la Factura o Boleta de Honorarios deberá detallar el nombre del contrato, el ID de la licitación y el número de la Orden de Compra, el mes que presta el servicio, adjuntando: 1. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior que se al que se presta el servicio. 2. Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica. 3. Copia de Orden de Compra. 4. Acta de recepción conforme de los trabajos realizados visada por la contraparte técnica. 5. Ficha técnica. 6. Factura Cedible. Sólo en caso de que el Administrador del Contrato no solicite el presente documento, no será considerado para el pago respectivo; en dicho caso, el Administrador del Contrato contactará con la debida antelación y mediante correo electrónico al proveedor, para comunicar la situación, no afectando en caso alguno el debido proceso de pago. Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión. La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico a los correos dte@chilecompra.cl y a gestionproveedores@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos para el pago, se efectuará en la Sección Adquisiciones, ubicada en Serrano 45, piso Zócalo, ala sur, teniendo en cuenta el horario de atención de público entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos. Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo. Será responsabilidad exclusiva del proveedor o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra o en la Factura o Boleta de Honorarios. 10.10 Multas SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales en su conjunto no podrán superar el 10 % del monto total del contrato, en cuyo caso SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este. SERVIU Metropolitano aplicará una multa en los siguientes casos y por evento: CAUSAL MONTO A. No tener debidamente aprobado la programación o Carta Gantt de propuesta de mantención preventiva dentro de los 10 primeros días hábiles una vez iniciado el plazo contractual. 5 UF B. Cuando el tiempo de respuesta para la atención en terreno de una falla de equipo exceda una hora, por lo que se multará por cada hora adicional de atraso con tope de 3 horas. 5 UF C. Cuando el tiempo de reparación sea mayor a 3 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la orden de compra. Se multará por cada hora adicional hábil del siguiente día, con un tope de 8 horas. 5 UF D. Cuando el tiempo de traslado e instalación de equipo sea mayor a 3 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la orden de compra Se multará por cada hora adicional hábil del siguiente día, con un tope de 8 horas. 5 UF E. Cada vez que algún técnico del Equipo Residente abandone las dependencias antes de la jornada laboral sin previo aviso al Supervisor Operativo de la Sección de Mantención de Edificios y sin dejar un técnico de reemplazo. 5 UF F. Cada vez que se detecte falta de uno de o los técnicos residentes solicitados en las presentes bases. Se dará un margen de 2 horas corridas para que el oferente reemplace al técnico faltante. 5 UF G. Si en estas inspecciones, se detecta que el oferente no cumple adecuadamente la mantención de alguno de los equipos del parque a mantener y que, en algún caso, que se detecte que la empresa que realiza las mantenciones del servicio efectúe un mal diagnóstico de alguna falla o que proponga reemplazar algún repuesto o elemento que no tenga que ver con la verdadera falla del equipo. También, se aplicará por cada equipo si se detectan fallas debido a una mantención negligente por parte de la empresa. Si dicha situación persiste, el Servicio se reservará el derecho de dejar sin efecto el contrato, hacer las denuncias respectivas a los órganos competentes y resolver el contrato con indemnización de perjuicios. 5 UF H. No disponer de un profesional en Prevención de Riesgo para la supervisión de un trabajo en altura que requiera cualquier mantención preventiva o reparativa. 5 UF I. Si algún equipo bajo garantía de 6 meses por trabajos reparativos tuviese una tercera falla dentro del periodo mencionado. 5 UF J. No cumplir en dos meses consecutivos con la programación o Carta Gantt de mantención preventiva aprobada por el Supervisor Operativo de la Sección de Mantención de Edificios. 5 UF Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor personalmente o por correo electrónico o por carta certificada indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento. No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento o sea debidamente acreditada por el proveedor. Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. 10.11. Modificaciones del Contrato Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado. Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original. 10.12 Término Anticipado del Contrato Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. b) En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo con el segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes. Se considera incumplimiento grave: b.1) No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información” de las bases administrativas. b.2) No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación” de las presentes bases administrativas. b.3) No dar cumplimiento a la prohibición de cesión establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras. b.4) Se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 10 % del monto total del contrato. b.5) No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2. de las presentes bases administrativas, en relación con la garantía de fiel cumplimiento del contrato. b.6) En caso de que el adjudicatario incurriera en 10 (diez) o más incumplimientos, de lo indicado en el punto 10.14. “Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano” de las bases administrativas. b.7) Si el adjudicatario no presta los servicios contratados durante 2 meses corridos, sin justificación y autorización previa de SERVIU Metropolitano. c) Según lo establecido en el punto N° 6 de las bases administrativas que señalan que en el caso de existir falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente para el caso en que existan presunciones fundadas de delito, el SERVIU Metropolitano deberá hacer efectivas las garantías de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento de contrato, en su caso, e incluso, de terminar inmediata y anticipadamente los contratos que corresponda, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores. d) Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados. e) En caso de disolución de la unión temporal de proveedores de corresponder al proveedor contratado. f) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. g) Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004. Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento. Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano con la decisión de terminar anticipadamente el contrato son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004. 10.13. Contraparte técnica La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá al Administrador del contrato o a quien el designe, el que realizará las siguientes actividades:  Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.  Comunicarse por cualquier vía con la contraparte técnica de la empresa a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.  Autorizar aumento o disminución del contrato.  Fiscalizar el cumplimiento de los antecedentes que la empresa debe ingresar según lo indicado en el apartado “Rotación de Personal”.  Elaborar acta de recepción conforme.  Las demás que encomienden las presentes bases. El Supervisor(A) Visitador para la ejecución del contrato tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:  Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.  Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato, en el caso que se presenten puntos críticos complejos de desarrollar.  Comprometer o ejecutar soluciones en el más breve plazo sobre las debilidades o deficiencias en el desarrollo del servicio prestado, por parte d ellos técnicos residentes, que le comunique la contraparte SERVIU Metropolitano.  Supervisar la ejecución de las mantenciones preventivas y correctivas en conjunto con los Encargados Operativos del contrato.  Atender urgencias o imprevistos que los usuarios requieran, en caso de que sean de mayor complejidad.  Realizar visitas a las dependencias, al menos 2 (dos) veces por semana, previamente coordinadas con el Equipo Operativo de Serviu RM.  Encontrarse siempre disponible, en caso de que fuera necesario para solución de algún imprevisto de mayor envergadura. El responsable técnico residente para la ejecución del contrato tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:  Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.  Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.  Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.  Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas entre las que se considerarán las contenidas en la legislación laboral en vigencia.  Atender urgencias o imprevistos que los usuarios requieran. Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado a SERVIU Metropolitano por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de 24 horas siguientes de efectuado. 10.14. Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en sus instalaciones: Normativa específica: a) Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios. b) Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales. c) Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 21 de febrero de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. d) Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. e) Toda la normativa y legislación que le aplique, según corresponda al desarrollo de actividades con SERVIU Metropolitano. Normativa complementaria: Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores. a) D.F.L. Nº 1, Mintrab, del 31 de julio de 2002, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado el Código del Trabajo. b) D.S. Nº 594, de 15 de septiembre de 2000, del Minsal, que aprueba el reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. c) Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007. d) Resolución Exenta N° 1888 del 22 de marzo del 2013, Aprueba Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional. e) Resolución Exenta N° 938/2000, de V. y U., modifica la RE N° 510/1996 que crea el departamento de prevención de riegos profesionales para el MINVU y sus Servicios dependientes; y la Resolución Exenta N° 387/2001, de V. y U., que aprueba bases del plan nacional de prevención de riesgos. Marco Legal  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece como facultad de la Autoridad Sanitaria dictar dentro de las atribuciones del Código Sanitario, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.  Decreto Nº 4, del 5 de febrero de 2020, sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.  D.S. Nº 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37, inciso primero: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que “Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria”. Procedimientos de seguridad y documentación exigible: SERVIU Metropolitano, así como también todas las empresas contratistas deberán proceder según los procedimientos, protocolos, utilizando implementos, equipos y normas de seguridad los cuales serán exigidos para cada caso en particular, con el propósito de desarrollar su labor exenta de riesgos, en forma segura, en coordinación con la contraparte SERVIU Metropolitano (Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios), bajo la supervisión y asesoría de las unidades técnicas en la materia (Equipo Prevención de Riesgos, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, experto de la Mutual de Seguridad), con el propósito de evitar poner en riesgo a las personas, instalaciones y los bienes institucionales. 10.15 Renovación y prórroga del contrato De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato, podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y al mismo precio contratado en los siguientes casos: a) Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo. b) Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo. c) Cuando se ha revocado o invalidado un proceso licitatorio en curso, y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano, vea interrumpido el servicio o bien pueda quedar desprovisto del mismo. d) Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la continuidad del servicio de mantención, reparación e instalación de equipos de aire acondicionado y refrigeración en dependencias del Serviu Metropolitano. e) Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación del contrato, y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente. En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo. Asimismo, SERVIU Metropolitano, en los mismos términos señalados precedentemente, de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato. 10.16 Pacto de integridad. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo. b. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven. c. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. d. El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 21.634, de 2023, que Moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. e. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen. g. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado. h. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas. i. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Bases Técnicas
Bases Técnicas 1. Generalidades del Servicio a Contratar SERVIU Metropolitano requiere contratar el servicio de mantención preventiva y correctiva de equipos de aire acondicionado y de refrigeración con el fin de optimizar el rendimiento y seguridad de sus equipos. La empresa será responsable de llevar un registro de mantención de todos los equipos en el período que corresponda más la actualización del inventario. Dicho registro e inventario podrá ser solicitado por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios para su revisión. La entrega de la información tendrá que ser en formato digital, archivo Excel. El Servicio cuenta en total con 416 equipos distribuidos en sus dependencias, de los cuales 408 son de aire acondicionado y 8 de refrigeración. 2. Equipo Técnico Residente SERVIU Metropolitano requiere para la prestación del servicio un equipo de técnicos residente en su dependencia central. Este equipo deberá estar conformado por al menos 2 técnicos, de los cuales el proveedor designará a uno de ellos como Encargado del Equipo, sin perjuicio que para realizar alguna mantención preventiva o reparativa específica tenga que proporcionar los técnicos necesarios para ejecutarla, lo cual se considerará sin ningún costo adicional para SERVIU Metropolitano. Si el oferente presenta una nómina de integrantes inferior a la solicitada, su oferta quedará fuera de bases. Los dos técnicos deberán permanecer en horario continuo en SERVIU Metropolitano desde las 08:00 a las 17:30 horas de lunes a viernes. En caso de que uno de los técnicos deba ausentarse por fuerza mayor, el proveedor deberá reemplazar y notificar de esta ausencia al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios tendrá un plazo de 2 horas para reemplazar al o los técnicos y/o su Encargado residente que se ausente de la jornada. El ingreso de los técnicos a dependencias del SERVIU Metropolitano será controlado por un sistema de registro de entrada y salida. (libro de asistencia). El proveedor no podrá cambiar definitivamente a alguno de los técnicos residentes sin previo aviso al Supervisor Operativo de la Sección Administración y Mantención de Edificios. En caso de que la empresa requiera dicho cambio, deberá hacer llegar a éste, los antecedentes que certifiquen formación y experiencia del nuevo personal técnico de acuerdo con lo señalado en las bases de licitación, los que no pueden ser de menor experiencia y preparación a los evaluados para la adjudicación, en un plazo no mayor a 5 días hábiles. Así mismo, SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de solicitar el cambio de algún integrante del equipo técnico residente, si a su juicio éste no cumple con las funciones requeridas. 2.1. Equipamiento para el Equipo Técnico Residente Será de cuenta y cargo exclusivo del adjudicatario proveer a su personal (equipo técnico residente) de las herramientas, del equipamiento técnico y de seguridad, de materiales e insumos, y de todos los elementos necesarios para cumplir la función contratada. Durante su permanencia en las dependencias, el personal deberá usar su uniforme, sus elementos de seguridad personal y una credencial identificadora a la vista (nombre y apellido, logo de la empresa). Todas las herramientas deberán ser inventariadas, entregando una copia al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, las que serán de exclusiva responsabilidad del equipo técnico residente, en caso de pérdida o hurto. Para tal efecto, SERVIU Metropolitano facilitará espacio físico al interior de sus dependencias centrales para el resguardo de estos bienes durante todo el periodo que dure el contrato. Además, se deberá mantener un stock de gases refrigerantes R22-R410-R12-R33 u otro refrigerante que se requiera. La empresa adjudicada deberá proveer al equipo técnico residente de un computador. Este equipamiento debe estar previamente inventariado. El eventual retiro de especies, para ser reparadas en taller del proveedor, deberá contar con la autorización expresa del Supervisor Operativo de la Sección Administración y Mantención de Edificios, mediante un documento de salida con firma del Supervisor. Las especies deberán retornar a sus lugares originales dentro del plazo convenido en el Informe de Reparación. 2.2. Funciones del Equipo Técnico Residente Las principales funciones del equipo técnico residente son: a) Realizar la mantención de los equipos según la programación o Carta Gantt propuesta por el oferente. b) Acudir a las dependencias donde se han generado reportes diarios (urgencia y/o imprevistos). c) Atender las órdenes de trabajo que serán entregadas por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios. d) Diagnosticar y dar solución a las fallas presentadas por los equipos. e) Dar inducción o capacitación a los usuarios sobre el manejo óptimo del equipo. Mientras que el Encargado del Equipo Técnico Residente deberá cumplir las siguientes funciones: 2. Técnico Visitador El oferente deberá disponer de un técnico calificado, de experiencia demostrada , quien será la contraparte técnica en terreno del oferente, y deberá disponer de al menos medio día a la semana para concurrir a las dependencias de SERVIU Metropolitano, de modo de recorrer las instalaciones junto al Supervisor Operativo y revisar los trabajos de mantención a equipos de la semana, según la programación o carta Gantt propuesta por el oferente. También, deberá estar disponible telefónicamente para cualquier requerimiento que el Supervisor Operativo tenga en relación con mantenciones preventivas o trabajos reparativos. Sin perjuicio de lo anterior, las labores mínimas del Técnico Visitador serán: a) Representar al oferente en las materias relacionadas con la ejecución del contrato. b) Supervisar el cumplimiento del programa o carta Gantt de labores de mantención preventivas. c) Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio. d) Proponer y validar junto con el Supervisor Operativos los trabajos reparativos que sean necesarios efectuar. e) Coordinar las tareas necesarias para la realización de los trabajos reparativos, que incluyan provisión de herramientas, repuestos y mano de obra adicional, de modo que la programación de mantenciones preventivas no se vea retrasadas por la conclusión de las reparativas. f) Entregar los permisos y documentación necesaria para trabajos en altura y disponer de la asistencia de un Prevencionista de Riesgo, a cargo de la empresa, en caso de que así SERVIU Metropolitano lo requiera. g) Coordinar con el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, todos los aspectos técnicos asociados a la prestación del servicio. h) Velar por la aplicación y cumplimiento de las medidas de seguridad del equipo técnico residente. i) Realizar los informes respectivos de la situación de la institución en relación con los equipos de aire acondicionado. j) Atender los reportes diarios (urgencia y/o imprevistos) que los usuarios del SERVIU Metropolitano generen. k) Registrar las mantenciones realizadas en el período. l) Asegurar el buen funcionamiento de los equipos críticos definidos en las presentes bases. 3. Mantención Preventiva de los Equipos El servicio de mantención preventiva tiene como objetivo prevenir desperfectos en partes o unidades que puedan degradar en forma parcial o total el funcionamiento de los equipos. La mantención de los equipos de aire acondicionado, cámaras de frío, vitrinas y coolers se realizará de acuerdo con una propuesta de programación o Carta Gantt de trabajos que incluirá la mantención de cada uno de los equipos con una frecuencia no mayor a tres (3) meses por cada equipo, que el oferente deberá entregar al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificio, siendo este último quien aprobará o solicitará modificaciones o mejoras a ella. Sin perjuicio de lo anterior, la cantidad de equipos a intervenir con mantenciones preventivas no podrá ser inferior a 85 equipos mensuales para proceder con el pago. La propuesta de programación de trabajos deberá estar aprobada por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificio en un plazo no mayor a 10 días hábiles de iniciado el plazo contractual de los servicios, por lo que será responsabilidad del oferente su presentación y/o modificación de ser necesaria. La propuesta de mantención preventiva, al menos, deberá considerar lo señalado en el cuadro a continuación y debe estar debidamente firmada en el Anexo N°7: ACTIVIDADES MÍNIMAS DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO N° ITEM DESCRIPCIÓN 1 Mantenimiento a compresor Revisión del nivel de aceite: Si el equipo presenta que el nivel está por debajo (menos de la mitad, con compresor funcionando), cambiar si está muy turbio. Revisión de presiones de trabajo (presión alta y baja): Si la baja está por debajo de los parámetros normales (50 psi en baja para el R-22 por ejemplo), revisar si evaporador y/o condensador está muy obstruido de hielo, ya sea en condición frio o calor; si el ventilador está detenido (revisar sistema de control y/o bobinas de motor, sensores de deshielo). Agregar refrigerante al sistema de refrigeración, si es que le falta. Medir las presiones y los consumos eléctricos del compresor, registrarlos en planilla check-list (adjunta como complemento a las presentes bases técnicas), por cada una de las fases en amperes. Si el consumo está por sobre los parámetros normales, revisar lo siguiente; voltaje al momento de la lectura, temperatura del ambiente de las oficinas. Si la presión de descarga esta alta sobre 300 psi (revisar si es por exceso de refrigerante u/o mala condensación a causa que el ventilador de condensador está detenido). Alimentación eléctrica: Se deben reapretar los conductores en las conexiones eléctricas de alimentación de motor y ventilador. Ordenamiento de los conductores en las bandejas y conduit, amarrando y canalizando. Nota: Los insumos como los aceites, refrigerante, detergentes, guaipe y todo aquello necesario para un adecuado mantenimiento debe ser incluido en el costo del mantenimiento preventivo. En el caso de falla del compresor, contactores, condensadores permanentes, capacitor de partida, relé, bobinas, válvula de tres vías, se deberán descargar los costos de la planilla de mantención correctiva eventual. Siempre y cuando el evento de falla, escape al normal funcionamiento del convenio de mantenimiento, la aprobación de tales repuestos será instruida por el Supervisor Operativo. 2 Unidad condensadora Lavado de radiador, peinado o enderezado de aletas, pintura estructural, revisión de ventilador de condensador. Se deberá lubricar el motor, tomar los consumos eléctricos en amperes, voltaje del momento y registrarlos en planilla check-list (adjunta como complemento a las presentes bases técnicas). Mantenimiento a ventilador de condensador: Lubricar y tomar los consumos eléctricos en amperes, los voltajes del momento y registrarlos en planilla check-list (adjunta como complemento a las presentes bases técnicas). De ser necesario el cambio del ventilador, se deberán descargar los costos de la planilla de repuestos de mantención correctiva eventual. Siempre y cuando el evento de falla, escape al normal funcionamiento del convenio de mantenimiento, la aprobación de tales repuestos será instruida por el Supervisor Operativo. Nota: Los insumos como detergente, pintura, aceite, guaipe y todo lo necesario para un adecuado mantenimiento, debe estar incluido en el costo de la mantención preventiva. 3 Unidad Evaporadora Realizar limpieza química de evaporador, aplicación anti hongos, lubricar ventiladores centrífugos. Registrar los consumos eléctricos en planilla check-list (adjunta como complemento a las presentes bases técnicas). Revisión de bandeja de deshielo, limpieza de filtros (cambio si corresponde). Limpieza de mascara, mantención a bomba de condensado, canalización de desagües, canalizaciones eléctricas, aplicación anti hongos, aislación de tuberías y protección de aislación. Los anteriores insumos/repuestos deben ser considerados en el costo de la mantención preventiva. De ser necesario el cambio de ventilador centrifugo, tarjetas electrónicas, bomba de condensado. Se deberá informar al Supervisor Operativo, el que autorizara el cambio y se descargaran los costos de la planilla Mantención Correctiva Eventual. Se deben lavar los filtros de evaporador. De ser necesario el cambio, se deberá informar al Supervisor Operativo, el que autorizara el cambio y se descargaran los costos de la planilla de Mantención Correctiva Eventual. De ser necesario el cambio del ventilador, sensor de deshielo, sensores de temperatura, tarjetas electrónicas, termostatos, bomba de condensado y/o unidad evaporadora. Se deberá informar al Supervisor Operativo, el que autorizara el cambio y se descargaran los costos de la planilla Mantención Correctiva Eventual. Los insumos como detergentes, guaipes y todo lo necesario para un adecuado mantenimiento, se bebe incluir en el costo de la mantención preventiva. Control remoto. Se debe capacitar a los usuarios en el manejo y la regulación de temperaturas, en condición de frio y/o calor, cada vez que se realice la mantención preventiva. Realizar limpieza, y reemplazo de baterías y/ o pilas en caso necesario. El costo de tales insumos debe considerarse en la mantención preventiva. 4 Mantenimiento estructural Se deberá pintar la unidad condensadora, reponer tornillos faltantes para evitar vibraciones y ruidos molestos. Revisar y/o reponer las uniones flexible de ductos, sellado de ductos, aislación de ductos, sellado de pasada de ductos por techumbre y/o lozas. Los insumos como guaipe, detergentes, pinturas, tornillos, silicona, manta asfáltica, aislación térmica y todo elemento necesario para un adecuado mantenimiento, se deben incluir en el costo de la mantención preventiva. 5 Mantenimiento a sistema de fuerza y control Se debe realizar revisión y limpieza de tablero, reapriete de conductores, revisión de sensores de presión, revisión sensores de temperatura y deshielo, revisión de relé de control, revisión de tarjetas electrónicas, revisión de automático de fuerza y control, Revisión de: Contactores, luces piloto, protector térmico, limpieza interna y externa de tableros. En el caso de ser necesario el cambio de alguno de estos componentes: Automático de fuerza y control, contactores, luces piloto, protector térmico. Se deberá informar al Supervisor Operativo, el que autorizara el cambio y se descargaran los costos de la planilla de Mantención Correctiva Eventual. 6 Termostato de control electrónico Revisión de parámetros de temperatura, en temporada de invierno 24ºC y 27ºC y verano 20ºC a 22ºC, se debe capacitar al usuario cada vez que realice el mantenimiento, verbalmente y con información escrita, para que pueda usar adecuadamente los equipos. De ser necesario el cambio del termostato electrónico y/o control remoto. Se deberá descargar los costos de la planilla de mantención correctiva eventual. Siempre y cuando el Supervisor Operativo lo autorice. 7 Niveles de refrigerante de los equipos Se deben revisar los niveles de refrigerante, registrando los parámetros normales de funcionamiento en condición frio y calor en planilla check-list (adjunta como complemento a las presentes bases técnicas). Se debe considerar el costo del refrigerante en el mantenimiento preventivo. Solamente cuando se produzca una mantención correctiva que escape al normal funcionamiento del mantenimiento preventivo. Se deberá descargar refrigerante de la planilla de mantenciones correctivas eventuales. Previa aprobación del Supervisor Operativo. Observaciones: Informar de manera oportuna a la Institución, la necesidad de sustituir partes, accesorios y/o materiales con el objeto de evitar la falla o mal funcionamiento del equipo. Toda instalación eléctrica deberá estar apegada a la Norma Eléctrica Chilena/2003 y sus anexos o a la que se encuentre vigente. Frecuencia de Mantenimiento: Un (1) mantenimiento preventivo cada TRES (03) meses durante la vigencia del contrato. 4. Equipos Críticos. SERVIU Metropolitano define como equipos críticos los de la Sala de Servidores y los del Casino de Funcionarios (cámara de frío, conservadoras y aire acondicionado). Estos equipos deben estar operativos las 24 horas del día durante los 365 días del año, por lo que el proveedor deberá asegurar un buen funcionamiento a todo evento durante el periodo del contrato con revisiones periódicas y permanentes de estos equipos. También se define como equipos críticos los instalados en la Dirección y Subdirecciones de la Institución, los cuales deberán ser atendidos en forma urgente, asegurando el funcionamiento a todo evento durante el periodo del contrato. No obstante, de ser necesario, y según lo instruido por el Supervisor Operativo del Contrato, se deberá considerar la atención de urgencia fuera del horario normal, los sábados, domingos y festivos para la mantención o reparación de estos equipos, según sea la necesidad de SERVIU Metropolitano. 5. Procedimiento para la Atención de Reportes Diarios Ante un problema de funcionamiento de un equipo de aire acondicionado o equipo de refrigeración (Casino), el usuario de SERVIU Metropolitano notificará esta falla al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, mediante correo electrónico. Una vez recibido el requerimiento de atención por parte de un usuario, el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios llenará el Formulario de Atención, cuyo original y copias serán entregados a los técnicos residentes, los cuales deberán acudir a realizar la atención en un plazo no mayor a 1 hora. Una vez atendido el requerimiento, el técnico deberá solicitar el nombre, firma y timbre del usuario, entregando el original del formulario al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios y otra copia queda para el control internos de los técnicos. 6. Instalación y/o Traslado de Equipos Nuevos o Usados El proveedor adjudicado deberá realizar el traslado e instalación de equipos de acuerdo con las necesidades requeridas y sin costo para el Servicio. Estos trabajos deberán ser garantizados durante un año. 7. Mantención Reparativa de los Equipos Cuando un equipo presenta desperfecto y/o falla técnica y se hace necesario cambiar algunos de componentes, el Técnico Visitador deberá remitir un informe con el diagnóstico del equipo, indicando su ubicación exacta, la falla que presenta, la solución del problema, las partes y/o piezas a reemplazar o reparar y presupuesto detallado, el cual será revisado y analizado por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios. Una vez aprobado el presupuesto por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, se emitirá a través del portal mercado público una Orden de Compra al proveedor, la cual debe ser aceptada por éste, para luego proceder con la reparación correspondiente. El proveedor tendrá un tiempo máximo de solución de 3 días hábiles después de emitida dicha Orden de Compra. Solo en caso justificado podrá superar el plazo señalado. El proveedor sólo podrá facturar una vez terminados los trabajos y luego de la recepción conforme, la cual quedará plasmada en el Informe final por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, validado por la jefatura de dicha sección. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de solicitar cotizaciones en el mercado de las partes y piezas de repuesto o insumos que el proveedor indique, en su diagnóstico y presupuesto, que deben ser cambiados y que son considerados para reparación del equipo. Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar la cotización presentada por el oferente, en caso de que los valores no se ajusten al mercado o que no representen las condiciones más ventajosas para el Servicio. El proveedor deberá garantizar los repuestos de cualquier tipo de fallas y las reparaciones realizadas por un período de 6 meses, y su eventual nuevo reemplazo será sin costo para el Servicio. El proveedor deberá entregar al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios todos los repuestos que fueron cambiados en la reparación del o los equipos. La no entrega de los repuestos facultará a SERVIU Metropolitano a aplicar multas correspondientes. 8. Supervisión del Contrato La ejecución y la coordinación de las labores técnicas y administrativas señaladas en la presente licitación serán supervisadas directamente por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios y la documentación resultante (factura, notas de créditos, presupuestos, cotizaciones) será visada por la jefatura de dicha sección. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de hacer inspecciones a los equipos de aire acondicionado con el fin de verificar el cumplimiento del contrato. Para tales efectos, se solicitará el apoyo de profesionales especializados del Servicio. 9. Emisión de Informes Mensuales SERVIU Metropolitano solicitará al proveedor generar 2 tipos de informes, los cuales deben ser entregados con la factura mensual. Informe Mensual de Reportes atendidos: Este informe corresponde a los reportes atendidos en el mes con su respectivo detalle marca, modelo, capacidad, consumo, usuario, ubicación, firma y timbre del usuario y firma y timbre del Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios. Informe Mensual de Mantención: Listado con el detalle de las mantenciones realizadas a los equipos de acuerdo con la Programación o Carta Gantt de Mantención aprobada por SERVIU Metropolitano. Este informe debe incluir la firma y timbre del Jefe(a) o del Encargado(a) o de un funcionario(a) usuario del equipo perteneciente a la unidad, donde se encuentre instalado éste y la firma y timbre del Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios. 10. Listado de Equipos de Aire Acondicionado y Cámaras Refrigerantes El Servicio cuenta en total estimado de 416 equipos, de los cuales 408 son de aire acondicionado y 8 de refrigeración, distribuidas en las dependencias que se señalan. LISTADO DE EQUIPOS EN SERVIU METROPOLITANO Dependencias Dirección Cantidad equipos por modelos Total de equipos Ventana Split muro Piso cielo Cassete Refrigera-dores Edificio institucional Serrano N° 45 1 163 8 14 - 186 Edificio institucional Arturo Prat N° 48 3 128 3 - - 134 Edificio institucional Arturo Prat N° 80 - 3 8 - - 11 Estacionamientos Arturo Prat N° 42 - Alonso Ovalle N° 849 - 2 - - - 2 Casino institucional Arturo Prat N° 46 - 3 1 - 8 12 Oficina San Antonio N° 255 - 13 - 13 - - - 13 Parque la Feria Tartini N° 2568 - 1 - - - 1 Dpto. Planta Asfáltica Av. Departamental N° 01233 - 8 - - - 8 OIRS Melipilla Pablo Neruda N° 0349 depto. 12 - 4 - - - 4 OIRS Talagante O´Higgins N° 1188 piso 2 - 2 - - - 2 OIRS San Bernardo O´Higgins N° 770 - 5 - - - 5 Edificio La Gloria Serrano N°89 38 38 Totales: 4 370 20 14 8 416 DESCRIPCIÓN POR TIPO Y CAPACIDAD TOTALIDAD DE EQUIPOS Tipos Marcas Capacidad BTU. Split muro Shoot, Carrier, Westpoint, York, 9.000 61 Khöne, Airwee, Tecnapec, Anwo, Clark. Shoot, Carrier, Westpoint, Khöne,Krupp, Tecnapec, 12.000 78 Frigidaire, Airsys, Tempestar, Gree, Trane, Anwo, LG, Clark. Carrier, Westpoint, Electrolux, Khöne, Anwo, 18.000 167 Krupp, Airsys, Clark, Shoot.Uniclima Carrier, Westpoint, Electrolux, Clark, Khöne, 24.000 44 Frigidaire, Trane, Anwo. Ventana Shoot, Westpoint, York, Super silent. 9.000 10 Westpoint, York, Frigidaire, Super silent. 12.000 10 Super Silent, Panasonic. 18.000 2 Piso/Cielo . Carrier. 24.000 2 Khöne, Frigidaire. 36.000 5 Westpoint, Khöne. 48.000 3 Midea, Westpoint. 60.000 12 Cassette Anwo, Airweel. 18.000 14 Refrigeradores 8 416 11. Trabajos en altura y al exterior de los edificios. Si cualquier mantención preventiva o reparativa involucren trabajos en altura, en Técnico Visitador deberá coordinar con el Supervisor Operativo, y en conjunto con Prevención de Riesgos, analicen dichos trabajos y den la autorización para el inicio de las labores a realizar. El Técnico Visitador deberá entregar la documentación que la Unidad de Prevención de Riesgos de SERVIU Metropolitano requiera para el visto bueno de las labores, y si es necesario, disponer del apoyo de un profesional en prevención de riesgo para estas tramitaciones y/o supervisión de los trabajos al momento de ser realizados, no involucrando esto costos adicionales para SERVIU Metropolitano. El oferente deberá considerar, sin costos adicionales para SERVIU Metropolitano, de los elementos de protección personal, equipamiento, herramientas, y de ser necesario, de los permisos para la ejecución de los trabajos en altura necesarios para la mantención o reparación de equipos