Licitación ID: 48-125-LP19
Mantención reparación aire acondicionado SERVIU RM
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de reparación, mantenimiento o reparación de aire acondicionado 1 Mes
Cod: 72102305
Valor fijo mensual neto, para el servicio de mantención preventiva de equipos de aire acondicionado y de refrigeración según el programa mensual de mantención (contemplándose para el mes al menos la mantención preventiva de 75 equipos de un total de 375 e  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención reparación aire acondicionado SERVIU RM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de mantención preventiva y correctiva de equipos de aire acondicionado y refrigeración en las dependencias del SERVIU Metropolitano”, con el propósito de optimizar el rendimiento y seguridad de sus equipos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-12-2019 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-11-2019 18:11:21
Fecha inicio de preguntas: 15-11-2019 19:30:00
Fecha final de preguntas: 21-11-2019 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-11-2019 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-12-2019 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-12-2019 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 24-01-2020 17:13:14
Fecha de entrega en soporte fisico 06-12-2019
Fecha estimada de firma de contrato 07-01-2020
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 7 Días
Visita a terreno de carácter obligatoria: 20-11-2019 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes administrativos. Los cuales constituyen requisito obligatorio, en caso de que los oferentes no los adjunten o éstos se presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Todos los documentos que se adjunten para acreditar lo solicitado en los literales a), b), c), d) y e) constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, no obstante, se aplicará el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Se hace hincapié que, para la acreditación de la experiencia del oferente y de los trabajos de los técnicos residentes, sólo serán considerados aquellos documentos que se encuentren señalados en los anexos respectivos. Asimismo, solo se requerirán a través del Foro Aclaración de ofertas, aquellos que se hayan omitido respecto de éste o que resulten ilegibles para su evaluación. a) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°3, Experiencia del oferente, en mantención y/o reparación de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración durante los últimos 4 años. Dicha experiencia deberá ser acreditada mediante documentos que respalden los trabajos realizados (certificados debidamente firmados por la empresa a quien se prestó el servicio, contratos, finiquitos, etc.). b) Los oferentes deberán adjuntar, según corresponda, certificados de título y/o certificados de cursos de especialización, o las copias de éstos, en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.), emitido por alguna escuela industrial o universidad o instituto reconocido por el estado chileno, para cada uno de los integrantes que conforman el equipo técnico residente propuesto (al menos 3 integrantes deben conformar este equipo, de acuerdo a lo establecido en el punto 2 de las bases técnicas, en caso contrario la oferta se declarará fuera de bases). c) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°4, Trabajos de los técnicos residentes, en mantenciones y/o reparaciones de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración, durante los últimos dos años. Dichos trabajos deberán ser acreditados mediante documentos que respalden para cada uno de los técnicos residente individualizado en la oferta, hayan realizado las prestaciones indicadas en el anexo, contabilizándose un máximo de 5 trabajos por cada técnico residente. d) Los oferentes deberán adjuntar copia de la licencia SEC, Superintendencia de Electricidad y Combustible, si tuvieran, los integrantes del equipo técnico residente propuesto. Para el caso del técnico residente identificado como Encargado del Equipo Técnico Residente, debe poseer licencia SEC B o C, en caso contrario la oferta se declarará fuera de bases. e) Los oferentes deberán adjuntar, si tuvieran, certificado o copia de éste, que certifique a los técnicos residentes, para realizar trabajos en altura. f) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, Mejores condiciones de empleo y remuneración, aplicable al equipo técnico residente propuesto.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio neto mensual para el servicio requerido de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, o de no presentarse debidamente completado y firmado, dicha propuesta no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver punto N° 6 de bases Administrativas ("Antecedentes Legales para ser Contratado")
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto N° 6 de bases Administrativas ("Antecedentes Legales para ser Contratado")
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a) Experiencia del Oferente La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 10%
2 b) Experiencia de los Técnicos Residentes La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 45%
3 d) Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración: La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 10%
4 e) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%
5 c) Precio La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 22.06.001
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: María Gamboa Rojas
e-mail de responsable de pago: mgamboar@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Christian Cerda Rodriguez
e-mail de responsable de contrato: ccerdar@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-29013445-3445
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad del proveedor adjudicado en cuanto a su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 07-04-2022
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del Artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónica, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 4 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en la Sección Adquisiciones ubicada en Serrano 45 piso zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: Servicio de mantención preventiva y correctiva de equipos de aire acondicionado y refrigeración en dependencias del SERVIU Metropolitano.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

10.1.               Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera. 

10.2.               Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta.

10.3.               Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación en base a una escala de 0 a 100 puntos.

a)     Experiencia del Oferente (A):

Para la evaluación de la experiencia del oferente, se considerará la cantidad de trabajos durante los últimos 4 años, en mantención y/o reparación de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración.

Luego de constatado lo anterior, la aplicación del puntaje se hará de la siguiente manera:

Detalle Experiencia

Puntaje

Si el oferente acredita 6 o más trabajos en mantención y/o reparación de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración

100 puntos

Si el oferente acredita 5 trabajos en mantención y/o reparación de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración

75 puntos

Si el oferente acredita 4 trabajos en mantención y/o reparación de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración

50 puntos

Si el oferente acredita 3 trabajos en mantención y/o reparación de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración

25 puntos

Si el oferente acredita 2 o menos trabajos en mantención y/o reparación de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración

5 puntos

La evaluación de este punto, se hará en función de lo señalado por el oferente en su Anexo N°3, lo cual se deberá acreditar mediante documentos que expresen claramente los trabajos realizados.

b)     Experiencia de los Técnicos Residentes (B):

La experiencia de los técnicos residentes se evaluará en cuatro subcriterios: la formación de los técnicos residentes (B1), la cantidad de trabajos (B2), Licencia SEC (B3) y Trabajo en Altura (B4).

b.1)                Para el subcriterio de Formación de los Técnicos Residentes (B1), se evaluará en consideración a los certificados de título y/o certificados de cursos de capacitación, o las copias de éstos que adjunte el oferente en su oferta, respecto de cada uno de los integrantes que conforman el equipo técnico residente propuesto (al menos 3 integrantes de acuerdo a lo establecido en el punto 2 de las bases técnicas, en caso contrario la oferta se declarará fuera de bases).

El puntaje se asignará de acuerdo al detalle de la siguiente tabla:  

Descripción Formación de los Técnicos Residentes

Puntaje B1

El técnico residente no cuenta con ningún tipo de formación en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.)

0 punto

El técnico residente cuenta con curso de especialización en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.).

10 puntos

El técnico residente cuenta con título en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.), emitido por alguna escuela industrial reconocida por el estado chileno.

40 puntos

El técnico residente cuenta con título en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.), emitido por alguna escuela industrial reconocida por el estado chileno; y además, cuenta con curso de especialización en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.).

60 puntos

El técnico residente cuenta con título profesional o técnico en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.), emitido por alguna universidad o instituto reconocido por el estado chileno.

80 puntos

El técnico residente cuenta con título profesional o técnico en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.), emitido por alguna universidad o instituto reconocido por el estado chileno; y además, cuenta con curso de especialización en el área de climatización industrial (equipos de aire acondicionado y/o refrigeración) o en alguna otra de las áreas relacionadas (eléctrica, térmica, etc.).

100 puntos

Puntaje total B1 = (Spuntaje B1 asignado a cada técnico residente)/cantidad de técnicos residente.

b.2)                Para el subcriterio de Cantidad de Trabajos (B2), se evaluará en consideración a la cantidad de mantenciones y/o reparaciones de equipos de aire acondicionado y/o de refrigeración que hayan realizado los integrantes del equipo técnico residente propuesto durante los últimos dos años, contabilizándose un máximo de 5 trabajos por cada técnico residente. Se otorgarán 20 puntos por cada trabajo respaldado, mediante documentos que acrediten que el técnico residente individualizado participó en dicha prestación, y que se encuentren identificadas en el Anexo N°4.

Puntaje total B2 = (Spuntaje asignado a cada técnico residente)/cantidad de técnicos residente.

b.3)                Para el subcriterio de Licencia SEC (B3), se evaluará de acuerdo al tipo de licencia SEC que posee cada integrante del equipo técnico residente, en consideración a la documentación entregada por el oferente en su oferta e identificada en el Anexo N°5, asignándose puntaje a cada integrante del equipo técnico residente, de acuerdo a la siguiente tabla:

Descripción Licencia SEC

Puntaje B3

El técnico residente posee licencia SEC clase B

100 puntos

El técnico residente posee licencia SEC clase C

60 puntos

El técnico residente posee licencia SEC clase D

20 puntos

No posee licencia SEC

0 puntos

Para el caso del técnico residente identificado como Encargado del Equipo Técnico Residente, debe poseer licencia SEC B o C, en caso contrario la oferta se declarará fuera de bases.

Puntaje total B3 = (Spuntaje B3 asignado a cada técnico residente)/cantidad de técnicos residente.

b.4)                Para el subcriterio de Trabajo en Altura (B4), se evaluará en consideración a la documentación entregada por el oferente en su oferta, en cuanto a si acredita que del equipo propuesto, un técnicos residente puede realizar trabajos en altura. Asignándose puntaje de acuerdo a la siguiente tabla.

Descripción Trabajo en Altura

Puntaje B4

Posee acreditación para realizar trabajos en altura

100 puntos

No posee acreditación para realizar trabajos en altura

0 puntos

El puntaje total del criterio B, experiencia de los técnicos residentes, será obtenido a través de la siguiente expresión:

Puntaje B = B1*0,50 + B2*0,30 + B3*0,15 + B4*0,05

c)     Precio (D):

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje D = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100

Dónde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

d)     Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración (E):

El oferente deberá considerar en la remuneración de los integrantes del equipo técnico residente, las siguientes bonificaciones:

0.  Bono de Movilización (mensual)

1.  Bono de Colación (mensual)

2.  Aguinaldo (Fiestas Patrias, pago una única vez en el año de contrato)

3.  Aguinaldo (Navidad, pago una única vez en el año de contrato)

El oferente no podrá excluir ninguna de las mejoras señaladas precedentemente, de lo contrario, su oferta quedará fuera de bases y su propuesta no será evaluada.

Para la evaluación se considerarán los montos que hayan propuesto los oferentes en el Anexo N°6, los cuales se sumarán para la aplicación del puntaje correspondiente, según la siguiente fórmula:

Puntaje E = (Oferta en evaluación/Oferta mayor valor)*100

Dónde:

ü Oferta mayor valor: es la oferta cuyo monto total de bonificaciones corresponde al mayor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

e)     Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (F):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

f)      Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = A * 0,10  + B * 0,45 + C * 0,30 + D * 0,10 + E * 0,05

Dónde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü A: Puntaje Experiencia del Oferente.

ü B: Puntaje Experiencia del Equipo Técnico Residente.

ü C: Puntaje Precio.

ü D: Puntaje Mejores Condiciones de Empleo y Remuneración.

ü E: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la suma del criterio A, B y C. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio precio. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.               Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatorio, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.               Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.               Del Contrato

10.6.1.            Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.            Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.            Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.            Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.               Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo, el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

10.7.2.           Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si, SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.3.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose, el SERVIU Metropolitano, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose, en todo caso, a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.               De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, a más tardar al inicio del mes, emitirá una orden de compra al proveedor seleccionado, considerando en cada ocasión el período involucrado para los servicios de mantención preventiva. Para estos efectos, la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá la orden de compra a través del portal Mercado Público de acuerdo a las necesidades del Servicio. Esta orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor.

Para el caso de las mantenciones reparativas, una vez aprobada la cotización del proveedor por la Sección de Administración y Mantención de Edificios, la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra al proveedor a través del portal Mercado Publico, por el detalle y monto total indicado en la cotización correspondiente, la cual deberá ser aceptada por el proveedor.

10.9.               Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las órdenes de compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual el servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)     Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda. En caso que, el proveedor no tenga a su cargo trabajadores regidos por el Código del Trabajo deberá presentar una declaración simple que señale que no cuenta con trabajadores a su cargo.

b)     Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)     Acta Recepción Conforme del servicio prestado emitido por el supervisor operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

d)     Liquidaciones de sueldo o comprobante de pago de las bonificaciones ofertadas.

e)     Informe mensual de reportes atendidos y el Informe mensual de mantención.

La Factura o Boleta de Honorarios y los antecedentes requeridos para el pago deberán ser remitidos al correo electrónico dvergara@minvu.cl. En caso que el proveedor requiera entregar en forma física la Factura o Boleta de Honorarios y los antecedentes requeridos para el pago, deberá efectuarlo en la Sección Administración y Mantención de Edificios ubicada en Serrano 45 piso zócalo - ala norte, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, toda la documentación que se ha solicitado para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10.             Multas

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de aplicar una multa de 5 UF al proveedor en los siguientes casos, las cuales, por tipo de evento no podrán superar el cobro de 4 multas, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Por tanto, se aplicarán multas en las siguientes situaciones:

a)     Tiempo de respuesta mayor a 2 horas para la atención en terreno por una falla de equipo, sin previa justificación y autorización del mandante.

b)     Tiempo de reparación mayor a 72 horas a partir de la fecha de emisión de la orden de compra, sin previa justificación y autorización del mandante.

c)     No entregar al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, todos los repuestos que fueron cambiados en la reparación de los equipos.

d)     En caso que los técnicos residentes y/o su encargado, abandonen las dependencias antes de la jornada laboral sin previo aviso al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

e)     En caso que los técnicos residentes y/o su Encargado, se ausenten de sus labores y no sean reemplazados en un margen de 2 horas, sin la autorización del mandante.

f)      En caso de detectar cualquier otro incumplimiento de lo establecido en las presentes bases de licitación. 

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el supervisor operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al supervisor operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.

10.11.             Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.             Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.3)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.4)          Aplicar multas que, por tipo de evento, superen el cobro de 4 multas.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13             Contraparte Técnica  

La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, el que realizará las siguientes actividades:

a)     Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

b)     Comunicarse por cualquier vía con el encargado del adjudicatario, a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

c)     Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado a las presentes bases y demás documentos que rigen la presente licitación pública.

d)     Mantener un permanente control sobre la ejecución del servicio, a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto.

e)     Las demás que le encomienden las presentes bases.

10.14.             Liberaciones de Presupuesto para Mantención Correctiva

Las liberaciones que se generen de los montos asociados a la mantención preventiva, podrán ser utilizadas en aumentar la disponibilidad de la mantención correctiva, y viceversa.

10.15.             Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional, se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente, para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano, destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en nuestras instalaciones:

Normativa específica:

a)     Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios.

b)     Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

c)     Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 21 de febrero de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

d)     Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

a)     D. F. L Nº1, MINTRAB, del 31 de julio del 2002, que sistematiza el Código del Trabajo.

b)     Decreto Supremo Nº 594, de 15 de septiembre de 1999, del MINSAL, que Aprueba el reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

c)     Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.-

d)     Resolución Exenta N° 1888 del 22 de marzo del 2013, Aprueba Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional.

e)     Resolución Exenta Nº 938/2000, de V. y U., modifica la RE N° 510/1996 que crea el departamento de prevención de riegos profesionales para el MINVU y sus Servicios dependientes; y la Resolución Exenta Nº 387/2001, de V. y U., que aprueba bases del plan nacional de prevención de riesgos.

Procedimientos de seguridad y documentación exigible:

SERVIU Metropolitano, así como también todas las empresas contratistas deberán proceder según los procedimientos, protocolos, utilizando implementos, equipos y normas de seguridad los cuales serán exigidos para cada caso en particular, con el propósito de desarrollar su labor exenta de riesgos, en forma segura, en coordinación con la contraparte SERVIU Metropolitano (Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios), bajo la supervisión y asesoría de las unidades técnicas en la materia (Equipo Prevención de Riesgos, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, experto de la Mutual de Seguridad), con el propósito de evitar poner en riesgo a las personas, instalaciones y los bienes institucionales.

Bases Técnicas

1.         Generalidades del Servicio a Contratar

SERVIU Metropolitano, requiere contratar el servicio de mantención preventiva y correctiva de equipos de aire acondicionado y de refrigeración, con el fin de optimizar el rendimiento y seguridad de sus equipos. 

La empresa será responsable de llevar un registro de mantención de todos los equipos en el período que corresponda. Dicho registro podrá ser solicitado por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios para su revisión.

El Servicio cuenta en total con 375 equipos distribuidos en sus dependencias, de los cuales 367 son de aire acondicionado y 8 de refrigeración.

2.         Equipo Técnico Residente

SERVIU Metropolitano requiere para la prestación del presente servicio, de un equipo de técnicos residente en su dependencia central. Este equipo deberá estar conformado por al menos 3 técnicos, de los cuales, el proveedor designará a uno de ellos como Encargado del Equipo Técnico Residente, sin perjuicio que para realizar alguna mantención preventiva o reparativa específica tenga que proporcionar los técnicos necesarios para ejecutarla, lo cual se considerará sin ningún costo adicional para SERVIU Metropolitano. Si el oferente presenta una nómina de integrantes inferior a la solicitada, su oferta quedará fuera de bases.

Los tres técnicos deberán permanecer en horario continuo en SERVIU Metropolitano, desde las 08:00 a las 17:30 horas. En caso que uno de los técnicos deba ausentarse por fuerza mayor, el proveedor deberá reemplazar y notificar de esta ausencia al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, tendrá un plazo de 2 horas para reemplazar al o los técnicos y/o su Encargado residente que se ausente de la jornada. El ingreso de los técnicos a dependencias del SERVIU Metropolitano será controlado por un sistema de registro de entrada y salida.

El proveedor no podrá cambiar definitivamente a alguno de los técnicos residentes sin previo aviso al Supervisor Operativo de la Sección Administración y Mantención de Edificios. En caso de que la empresa requiera dicho cambio, deberá hacer llegar a éste, los antecedentes que certifiquen formación y experiencia del nuevo personal técnico de acuerdo a lo señalado en las bases de licitación, los que no pueden ser de menor experiencia y preparación a los evaluados para la adjudicación. Así mismo, SERVIU Metropolitano, se reserva el derecho de solicitar el cambio de algún integrante del equipo técnico residente, si a su juicio éste no cumple con las funciones requeridas.

2.1.     Equipamiento para el Equipo Técnico Residente

Será de cuenta y cargo exclusivo del adjudicatario proveer a su personal (equipo técnico residente), de las herramientas, del equipamiento técnico y de seguridad, de materiales e insumos y de todos los elementos necesarios para cumplir la función contratada. Durante su permanencia en las dependencias, el personal deberá usar su uniforme, sus elementos de seguridad personal y una credencial identificadora a la vista (nombre y apellido, logo de la empresa).

Todas las herramientas deberán ser inventariadas, entregando una copia al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, las que serán de exclusiva responsabilidad del equipo técnico residente, en caso de pérdida o hurto. Para tal efecto, SERVIU Metropolitano facilitará espacio físico al interior de sus dependencias centrales para el resguardo de estos bienes durante todo el periodo que dure el contrato. Además, se deberá mantener un stock de gases refrigerantes R22-R410-R12- R33 u otro refrigerante que se requiera.

La empresa adjudicada, deberá proveer al equipo técnico residente de un computador. Este equipamiento debe estar previamente inventariado.

El eventual retiro de especies para ser reparadas en taller del proveedor, deberá contar con la autorización expresa del Supervisor Operativo de la Sección Administración y Mantención de Edificios. Las especies deberán retornar a sus lugares originales dentro del plazo convenido en el Informe de Reparación.

2.2.     Funciones del Equipo Técnico Residente

Las principales funciones del equipo técnico residente son:

a)     Realizar la mantención de los equipos según programa mensual de mantenciones preventivas.

b)     Ejecutar las reparaciones de equipos aprobadas por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

c)     Acudir a las dependencias donde se han generado reportes diarios (urgencia y/o imprevistos).

d)     Atender las órdenes de trabajo que serán entregadas por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

e)     Diagnosticar y dar solución a las fallas presentadas por los equipos.

f)      Dar inducción a los usuarios sobre el manejo óptimo del equipo.

Mientras que, el Encargado del Equipo Técnico Residente, deberá cumplir las siguientes funciones:

a)     Representar al proveedor en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

b)     Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.

c)     Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

d)     Verificar que los técnicos residentes cumplan las funciones establecidas para la correcta prestación del servicio.

e)     Coordinar con el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, todos los aspectos técnicos asociados a la prestación del servicio.

f)      Velar por la aplicación y cumplimiento de las medidas de seguridad del equipo técnico residente.

g)     Realizar los informes respectivos de la situación de la institución en relación a los equipos de aire acondicionado.

h)     Coordinar con el resto del equipo técnico residente el programa de mantención entregado por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

i)      Coordinar con el resto del equipo técnico residente la ejecución de las reparaciones aprobadas por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

j)      Atender los reportes diarios (urgencia y/o imprevistos) que los usuarios del SERVIU Metropolitano generen.

k)     Registrar las mantenciones realizadas en el período.

l)      Asegurar el buen funcionamiento de los e            quipos críticos definidos en las presentes bases.

3.         Mantención Preventiva de los Equipos

El servicio de mantención preventiva tiene como objetivo prevenir desperfectos en partes o unidades que puedan degradar en forma parcial o total el funcionamiento de los equipos.

La mantención de los equipos de aire acondicionado, cámaras de frío, vitrinas y coolers se deberá realizar de acuerdo al Programa de Mantención que otorgue el Supervisor Operativo de la Sección Administración y Mantención de Edificios de SERVIU Metropolitano. El Servicio entregará al proveedor adjudicado un programa anual que incluirá la mantención de cada uno de los equipos cuatro (4) veces al año (cada 3 meses deberá ser mantenido cada equipo). El Programa anual se desglosará para la mantención de al menos 75 equipos cada mes. Los técnicos residentes deberán además atender las órdenes de trabajo que serán entregadas por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, todas las veces que les sea requerido.

En las mantenciones se deberá considerar al menos la siguiente pauta de mantenimiento:

a)     Los equipos Split deberán considerar, en caso necesario, el retiro de condensadores para la revisión completa de los componentes.

b)     Desarme y despiece de tapas de acceso a los componentes.

c)     Lavado de serpentines con agua a presión y detergente industrial apropiado en caso que sea necesario.

d)     Limpieza de la máscara interior del equipo.

e)     Chequeo de recalentamiento de línea de descarga y rendimiento del compresor.

f)      Chequeo de bobinas del motor del ventilador.

g)     Chequeo de válvula de cuatro vías de calefacción y refrigeración.

h)     Comprobación del estado del capacitor del compresor y ventilador.

i)      Revisión del protector térmico del compresor.

j)      Revisión y lubricación de bujes y rodamientos del motor del ventilador.

k)     Chequeo de consumo eléctrico del compresor y ventilador, comparándolos con los consumos de la placa esta deberá estar en los registros de mantención.

l)      Calibración del termostato.

m)   Lavado de filtros de aire, comprobando su efectividad en la retención de polvo.

n)     Chequeo y reapriete del sistema eléctrico de fuerza y control en todos los equipos.

  • o)     Limpieza de tarjeta electrónica de equipos con líquido dieléctrico.

p)     Pintura anticorrosiva para bases soportantes o equipos que presenten óxido.

q)     Revisión del sistema de amortiguación y bases de emplazamiento, a fin de reducir al mínimo ruidos molestos y la seguridad de los equipos.

r)      Limpieza de bandeja de condensación y su respectivo desagüe.

s)     Carga de gas a los equipos que lo requieran.

t)      Medición de consumo eléctrico en general.

u)     Cambio de pilas a dispositivos de control remoto, manteniendo en forma obligatoria un stock de pilas alcalinas.

v)     Revisión y, si es necesario, reposición de enchufes machos y hembras de 16Amp.

w)    Provisión y reposición de refrigerante R22, R410, R12, R33, y refrigerante, equipos ecológicos, o cualquier gas equivalente para el normal funcionamiento de estos equipos.

x)     Revisión y provisión si es necesario de automáticos (Térmicos) para equipos.

y)     Revisión y provisión de cordón eléctrico de 3x16 (Toma de Corriente). Además, chequear los cables de alimentación de los equipos y el cordón de cable de interconexión (evaporador a condensadora)

z)     Sanitización de los equipos.

SERVIU Metropolitano, define como equipos críticos los de la Sala de Servidores, Sala de UPS de Serrano 45 y los del Casino Institucional. Estos equipos deben estar operativos las 24 horas del día durante los 365 días del año, por lo que el proveedor deberá asegurar un buen funcionamiento a todo evento durante el periodo del contrato, con revisiones periódicas y permanentes de estos equipos.

También se define como equipos críticos los instalados en la Dirección y Subdirecciones de la Institución, los cuales deberán ser atendidos en forma urgente, asegurando el funcionamiento a todo evento durante el periodo del contrato. 

4.         Procedimiento para la Atención de Reportes Diarios

Ante un problema de funcionamiento de un equipo de aire acondicionado o equipo de refrigeración (Casino), el usuario de SERVIU Metropolitano, notificará esta falla al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, mediante correo electrónico.

Una vez recibido el requerimiento de atención por parte de un usuario, el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios llenará el Formulario de Atención, cuyo original y copias serán entregados a los técnicos residentes, los cuales deberán acudir a realizar la atención en un plazo no mayor a 2 horas. Una vez atendido el requerimiento, el técnico deberá solicitar el nombre, firma y timbre del usuario, entregando el original del formulario al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios y otra copia queda para el control internos de los técnicos.

5.         Instalación y/o Traslado de Equipos Nuevos o Usados

El proveedor adjudicado deberá realizar el traslado e instalación de equipos de acuerdo a las necesidades requeridas y sin costo para el Servicio. Estos trabajos deberán ser garantizados durante un año. 

6.         Mantención Reparativa de los Equipos 

Cuando un equipo presenta desperfecto y/o falla técnica y se hace necesario cambiar algunos de componentes, el proveedor deberá emitir un informe con el diagnóstico del equipo, indicando su ubicación exacta, la falla que presenta, la solución del problema, las partes y/o piezas a reemplazar o reparar y presupuesto detallado, el cual será revisado y analizado por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios. El informe del diagnóstico deberá ser firmado por el Encargado del Equipo Técnico Residente.

Una vez aprobado el presupuesto por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, se emitirá a través del portal mercado público una Orden de Compra al proveedor, la cual debe ser aceptada por éste, para luego proceder con la reparación correspondiente. El proveedor tendrá un tiempo máximo de solución de 72 horas después de emitida dicha Orden de Compra. Solo en caso justificado podrá superar el plazo señalado.

El proveedor sólo podrá facturar una vez terminados los trabajos, y luego de la recepción conforme la cual quedará plasmada en el Informe final por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, validado por la jefatura de dicha sección.

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de solicitar cotizaciones en el mercado de las partes y piezas de repuesto o insumos que el proveedor indique, en su diagnóstico y presupuesto, que deben ser cambiados y que son considerados para reparación del equipo. Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar la cotización presentada por el oferente, en caso que los valores no se ajusten al mercado o que no representen las condiciones más ventajosas para el Servicio.

El proveedor deberá garantizar los repuestos de cualquier tipo de fallas y las reparaciones realizadas por un período de 6 meses, y su eventual nuevo reemplazo será sin costo para el Servicio.

El proveedor deberá entregar al Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, todos los repuestos que fueron cambiados en la reparación del o los equipos. La no entrega de los repuestos, facultará a SERVIU Metropolitano a aplicar multas correspondientes.

7.         Supervisión del Contrato

La ejecución y la coordinación de las labores técnicas y administrativas señaladas en la presente licitación serán supervisadas directamente por el Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios, y la documentación resultante (factura, notas de créditos, presupuestos, cotizaciones) será visada por la jefatura de dicha sección.

SERVIU Metropolitano, se reserva el derecho de hacer inspecciones a los equipos de aire acondicionado con el fin de verificar el cumplimiento del contrato. Para tales efectos, se solicitará el apoyo de profesionales especializados del Servicio.

8.         Emisión de Informes Mensuales  

SERVIU Metropolitano, solicitará al proveedor generar 2 tipos de informes los cuales deben ser entregados con la factura mensual.

Informe Mensual de Reportes atendidos: Este informe corresponde a los reportes atendidos en el mes con su respectivo detalle marca, modelo, capacidad, consumo, usuario, ubicación, firma y timbre del usuario y firma y timbre del Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

Informe Mensual de Mantención: Listado con el detalle de las mantenciones realizadas a los equipos de acuerdo a la Programación Mensual de Mantención entregado por SERVIU Metropolitano. Este informe debe incluir la firma y timbre del Jefe(a), o del Encargado(a), o de un funcionario(a) usuario del equipo, perteneciente a la unidad donde se encuentre instalado éste y la firma y timbre del Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios.

9.         Listado de Equipos de Aire Acondicionado y Cámaras Refrigerantes

El Servicio cuenta en total estimado de 375 equipos, de los cuales 367 son de aire acondicionado y 8 de refrigeración, distribuidas en las dependencias que se señalan.

Dependencias

Dirección

Cantidad equipos por modelos

Total de equipos

Ventana

Split muro

Piso cielo

Cassete

Refrigera-dores

Edificio institucional

Serrano N° 45

18

154

8

14

-

194

Edificio institucional

Arturo Prat N° 48

3

121

3

-

-

127

Edificio institucional

Arturo Prat N° 80

-

3

8

-

-

11

Estacionamientos

Arturo Prat N° 42 - Alonso Ovalle N° 849

-

2

-

-

-

2

Casino institucional

Arturo Prat N° 46

-

3

1

-

8

12

Oficina

San Antonio N° 255 - 13

-

10

-

-

-

10

Parque la feria

Tartini N° 2568

-

1

-

-

-

1

Dpto. planta asfáltica

Av. Departamental N° 01233

1

9

-

-

-

10

OIRS Melipilla

Pablo Neruda N° 0349 depto. 12

-

2

-

-

-

2

OIRS Talagante

O´higgins N° 1188 piso 2

-

4

-

-

-

4

OIRS San Bernardo

Freire N° 473

-

2

-

-

-

2

Totales:

22

311

20

14

8

375

DESCRIPCION POR TIPO Y CAPACIDAD

TOTAL DE EQUIPOS

Tipos

Marcas

Capacidad BTU.

Split muro

Shoot, Carrier, Westpoint, York,

9.000

61

 Khöne, Airwee, Tecnapec, Anwo, Clark.

Shoot, Carrier, westpoint, Khöne,krupp, Tecnapec,

12.000

73

Frigidaire, Airsys, Tempestar,

Gree, Trane, Anwo, LG, Clark.

Carrier, Westpoint, Electrolux, Khöne, Anwo,

18.000

139

 Krupp, Airsys, Clark, Shoot.

Carrier, Westpoint, Electrolux, Clark, Khöne,

24.000

38

Frigidaire, Trane, Anwo.

Ventana

Shoot, Westpoint, York, Super silent.

9.000

10

Westpoint, York, Frigidaire, Super silent.

12.000

10

Super silent, Panasonic.

18.000

2

Piso/cielo

Carrier.

24.000

1

khöne, Frigidaire.

36.000

5

Westpoint, Khöne.

48.000

3

Midea, Westpoint.

60.000

11

Cassette

Anwo, Airweel.

18.000

14

Refrigeradores

8

375


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.