Licitación ID: 48-18-LQ20
Serv. Fiscalización Técnica de Obras Agrup. 138
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Servicio de Fiscalización Técnica de Obras Agrupación 138, según especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. Fiscalización Técnica de Obras Agrup. 138
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de fiscalización técnica de obras agrupación N°138”, con el propósito de contratar, a valor unitario por producto, la Fiscalización Técnica de Obra, en adelante “FTO”, para proyectos CNT, MP, CZR, PC y CSP, regulado por el D.S. N° 49, V. y U., del año 2011, y sus modificaciones, que se rigen por la Resolución Nº 53397 V. y U. la Resolución Nº 18752015 y la Resolución N° 98662017 y sus modificaciones, el D.S. N° 10, V. y U. del año 2015, reglamento que regula el programa de habitabilidad Rural y por el D.S. N° 255 y sus modificaciones, para toda la Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-05-2020 15:01:00
Fecha de Publicación: 22-04-2020 19:15:56
Fecha inicio de preguntas: 22-04-2020 19:21:00
Fecha final de preguntas: 28-04-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-04-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-05-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-05-2020 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 04-06-2020 2:06:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del art. 62 del propio Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes administrativos. Los cuales, a excepción del literal c) del presente punto, constituyen requisito obligatorio, en caso de que los oferentes no los adjunten o éstos se presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N° 1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N° 2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393. c) Al momento de ofertar, el oferente podrá adjuntar certificado de Inscripción Vigente o Certificado en trámite del Registro de Consultores MINVU, regulado por el D.S. N° 135, (V. y U), de 1978, en 1ª categoría, en el Rubro IV “Prestaciones de Asistencia Técnica”, Especialidad Gestión de Proyectos Habitacionales, Subespecialidad 2201 Inspección de Obras y el certificado de Inscripción Vigente o Certificado en trámite del Registro de Consultores MINVU, de todos los profesionales propuestos para la presente licitación pública. En caso que este documento no se adjunte a la oferta deberá ser entregado por el oferente adjudicado de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los anexos N°3 y N°4, constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Mientras que, los documentos solicitados para acreditar la experiencia del oferente, constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta o de requerirse información respecto de ésta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”, y sólo serán considerados aquellos que acrediten lo señalado en el anexo respectivo. Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos: a) Adjuntar los siguientes documentos para acreditar la experiencia del oferente, en labores relacionadas con la fiscalización y/o inspección técnica de edificación o viviendas en los últimos 3 años. a.1) Para acreditar la experiencia como FTO, se deberá adjuntar, copulativamente: a.1.1) Resolución de Contrato. a.1.2) Recepción DOM respectiva. Cuando se trate de proyectos ejecutados para SERVIU Metropolitano, el oferente podrá acreditar experiencia mediante Certificado emitido por SERVIU Metropolitano sin necesidad de adjuntar los antecedentes señalados en las a.1.1 y a.1.2. a.2) Para acreditar la experiencia ITO, se deberá adjuntar, copulativamente: a.2.1) Certificado, debidamente firmado, emitido por la entidad contratante que certifique claramente: Nombre del proyecto, número de viviendas o departamentos, monto del contrato, y/o el Contrato respectivo. a.2.2) Recepción DOM. Respecto de lo solicitado en los puntos a.1) y a.2), se hace hincapié en que: 1. Solo se aplicará el Foro Aclaración de Ofertas, cuando el oferente haya presentado, al menos uno de los documentos exigidos para acreditar determinada experiencia. Es decir, si el oferente adjunta en su propuesta el literal a.1.1) o a.1.2) o certificado SERVIU de corresponder a experiencia FTO, y/o el literal a.2.1) o a.2.2) de corresponder a experiencia ITO. 2. Solo se contabilizarán los contratos por Fiscalización Técnica para FSEV, Fondo Solidario Elección de Vivienda, que posean recepción municipal de la DOM respectiva. 3. La experiencia solicitada debe corresponder a la experiencia asociada al RUT o RUN del oferente, sea éste persona natural o jurídica, y no a la experiencia individual de quienes la integran. 4. Solo se considerará la experiencia hasta 3 años (36 meses) antes de la fecha de publicación de la licitación, y siempre que cuente con N° de recepción DOM. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de verificar la información entregada por el oferente. En caso de detectarse discrepancias respecto a la información declarada, el oferente será excluido del proceso de Licitación, sin perjuicio de las sanciones que corresponda aplicar al Registro Nacional de Consultores del MINVU. b) Completar, firmar y adjuntar Anexo Nº 3, en el cual el oferente deberá indicar las visitas especialistas y las visitas especialistas y la toma de muestras y/o ensayes. c) Completar, firmar y adjuntar Anexo Nº 4, Declaración Jurada Oferta Técnica. En la cual se enuncian los requerimientos descritos en las presentes bases de licitación.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al monto total máximo del contrato, que se indica en las bases de licitación y en el anexo económico (Anexo N° 5), para la prestación del servicio requerido, de acuerdo a los valores indicados en las presentes bases, y estar expresado en unidades de fomento (UF), con a lo más tres cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará cualquier otro monto adicional que recargue el precio de lo ofertado. Completar, firmar y adjuntar Anexo N° 5, formulario oferta económica. Dicho anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. El precio total neto a ofertar debe ser exactamente igual a la suma total de los montos indicados en la columna “Monto Max a Pagar FTO en UF” detallada en el siguiente recuadro, de lo contrario la oferta quedará fuera de bases. El recuadro siguiente resume los proyectos a fiscalizar, indicando el valor a pagar por cada uno de ellos de acuerdo a lo indicado en la Resolución Nº 533/1997 (V. y U.), Resolución Exenta Nº 1875/2015 y Resolución Exenta N° 9866/2017, sus modificaciones según corresponda: *ver cuadro Proyectos a inspeccionar 5.2.5. Entrega de Garantía de Seriedad de la Oferta De preferencia, se solicita que los oferentes presenten garantía de seriedad de la oferta electrónica, de acuerdo a lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases, debiendo adjuntar el documento digital en su oferta administrativa. La no presentación de este documento digital por parte del oferente, implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá presentar garantía de seriedad de la oferta en formato físico, debiendo realizarlo de acuerdo a lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases. La no presentación de este documento por parte del oferente, implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada por instrumentos independientes, en los términos indicados en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías” de las presentes bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del Oferente La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto "Otras Cláusulas"- Metodología de la Evaluación, de las presentes bases de licitación. 15%
2 Comportamiento Contractual Anterior La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto "Otras Cláusulas"- Metodología de la Evaluación, de las presentes bases de licitación. 12%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto "Otras Cláusulas"- Metodología de la Evaluación, de las presentes bases de licitación. 3%
4 Prestaciones adicionales La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto "Otras Cláusulas"- Metodología de la Evaluación, de las presentes bases de licitación. 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 7985
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Maria Gamboa Rojas
e-mail de responsable de pago: mgamboar@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Ximena Montalva sanchez
e-mail de responsable de contrato: xmontalva@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-29013361-3361
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Region Metropolitana
Fecha de vencimiento: 03-08-2020
Monto: 50 Unidad de Fomento
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en el Departamento de Obras de Edificación, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano 45, quinto piso, indicando el número ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de las presentes bases. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, los oferentes podrán hacer entrega de la garantía conforme al procedimiento establecido en la, Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el oferente deberá ingresar, vía correo electrónico dirigido a xmontalva@minvu.cl; los siguientes documentos: • Solicitud orden de garantía en formato PDF. • Garantía escaneada en formato PDF. • Declaración Jurada en formato PDF. • Datos ejecutivos en formato PDF. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del oferente, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica …………………………….………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. En el correo electrónico donde se adjunten los antecedentes ya indicados, se deberá señalar la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de verificar esta situación. En caso que el oferente haya recurrido al procedimiento excepcional señalado, y una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará, a través del Portal de Mercado Público, la disponibilidad de recepción física de garantías de seriedad de la oferta, debiendo los oferentes hacer ingreso en el Departamento de Obras de Edificación, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano 45, quinto piso, indicando el número ID de la licitación, dentro de 2 días hábiles contados desde dicha publicación, en horario de 09:00 hrs., hasta 13:00 hrs. Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: Servicio de fiscalización técnica de obras agrupación N° 138 .
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 22 9013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano. En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el oferente retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaría correspondiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Region Metropolitana
Fecha de vencimiento: 15-09-2023
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en el Departamento de Obras de Edificación, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano 45, quinto piso, indicando el número ID de la licitación. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, el adjudicatario podrá hacer entrega de la garantía conforme al procedimiento establecido en la, Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el adjudicatario deberá ingresar, vía correo electrónico dirigido a xmontalva@minvu.cl; los siguientes documentos: • Solicitud orden de garantía en formato PDF. • Garantía escaneada en formato PDF. • Declaración Jurada en formato PDF. • Datos ejecutivos en formato PDF. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del proveedor adjudicado, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica …………………………….………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. El proveedor deberá señalar al administrador del contrato la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de su verificación. En caso que el adjudicatario haya recurrido al procedimiento excepcional señalado, una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará al proveedor, mediante correo electrónico, debiendo este último hacer ingreso del documento en el Departamento de Obras de Edificación, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano 45, quinto piso, indicando el número ID de la licitación, dentro de 2 días hábiles contados desde dicha publicación, en horario de 09:00 hrs., hasta 13:00 hrs.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: Servicio de fiscalización técnica de obras agrupación N° 138”.
Forma y oportunidad de restitución: En la medida que los proveedores avancen en el cumplimiento del contrato, finalicen satisfactoriamente la fiscalización de las obras de uno o más de los proyectos adjudicados, obteniendo el pago convenido, podrán, a contar de los 60 días hábiles siguientes a la fecha del pago, solicitar la reducción de la garantía, por el porcentaje que corresponda en la misma proporción en que se reduzca el valor total del contrato y el saldo pendiente a la fecha de la solicitud; o bien, solicitar la devolución de la garantía asociada a dicho proyecto; según sea el caso. Será requisito para la reducción o devolución de la respectiva garantía, un Memorándum interno de SERVIU Metropolitano, Departamento de Obras, que indique claramente, el término de obra contra recepción municipal, la liberación del 100% de los pagos, y su conformidad y satisfacción de los servicios prestados. Será responsabilidad del oferente solicitar a la unidad de garantías del Departamento de Obras la devolución de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato, la cual una vez autorizada por el departamento de contabilidad y asignado número de retiro, debe ser solicitada en tesorería ubicada Arturo Prat 48 primer piso. En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el proveedor retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaría correspondiente.
    Otras Garantías
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Region Metropolitana
Fecha de vencimiento: 13-12-2024
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar. En caso que la garantía se otorgue mediante varios instrumentos financieros, deberán entregarse tantos documentos en garantía, como proyectos estén comprometidos en la licitación, debiendo, cada uno de ellos, corresponder al 5% del monto total del valor correspondiente a cada proyecto. La glosa de cada instrumento deberá consignar, además de lo ya exigido en el ítem “Glosa”, el proyecto al cual va asociado. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de obtener el certificado de recepción final otorgado por la D.O.M. respectiva. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en el Departamento de Obras de Edificación, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano 45 quinto piso, indicando el número ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar la buena ejecución del contrato y oportuno cumplimiento del servicio de Post Venta: Servicio de fiscalización técnica de obras agrupación N° 138.
Forma y oportunidad de restitución: En la medida que los proveedores, finalicen satisfactoriamente la fiscalización de las obras y el año de buena ejecución de las Obras más los 90 días de la Post Venta. Será requisito para la devolución de la garantía de Buena Ejecución del contrato la entrega de un Acta de Término de Post Venta que acredite la conformidad de las familias respecto de los trabajos de post venta ejecutados en el proyecto. De acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 1875 (V. y U.) del año 2015 que fija el procedimiento para la prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social, en lo que respecta a la gestión técnica y social de proyectos encontrándose próxima la expiración de la vigencia de esta garantía, aún no se hubiere suscrito el certificado por causa imputable a la F.T.O., éste deberá renovarla o reemplazarla antes de su vencimiento. En caso contrario, el SERVIU Metropolitano tendrá derecho a hacer efectiva esta garantía. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 22 9013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Clausulas

10.                   Otras Cláusulas

10.1.               Presentación de las Ofertas

Los oferentes, por el solo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

 

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

 

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

 

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.               Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

 

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta.

 

 

10.3.               Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Vivienda y Equipamiento, mediante Orden de Servicio.

 

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

 

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

 

Las ofertas solo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

 

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

 

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

 

Las ofertas se evaluarán por proveedor considerándose todas las líneas de servicio, y aplicando la siguiente metodología de evaluación:

  1. Experiencia del Oferente (A):

Se considerarán los trabajos realizados en labores relacionadas con la fiscalización y/o inspección técnica en viviendas o edificación habitacional en los últimos 3 años (36 meses), con recepción DOM correspondiente. En caso de ser necesario, se solicitará en cualquier momento los antecedentes que respalden la experiencia señalada por el oferente. La evaluación de la oferta presentada será en relación al n° de viviendas o departamentos fiscalizados e inspeccionados según la siguiente tabla:

 

N° VIVIENDAS

0 a 100

101 a 500

501 a 900

901 a 1500

1501 a 2000

más de 2000

Puntaje

20

40

60

80

90

100

 

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar fuera de bases al proveedor en evaluación y presentar a cobro la garantía de seriedad de la oferta.

  1. Comportamiento Contractual Anterior (B):

Se asignará puntaje de 100 puntos a cada oferente si conforme a la fecha de publicación de esta licitación no tuviese multas sancionadas con resolución exenta o término de contratos anticipados hasta 25 meses antes de la publicación de la licitación.

 

Para el caso de empresas que cuenten con multas o términos de contrato hasta 25 meses antes de la fecha de publicación de esta licitación, se restarán puntos por cada falta cometida desde una base de 100 puntos, de forma acumulativa, según la siguiente tabla:

 

Comportamiento Contractual Anterior

Comportamiento contractual anterior de la Empresa

0 - 6 meses antes de la publicación de la licitación

7 - 12 meses antes de la publicación de la licitación

13 - 18 meses antes de la publicación de la licitación

19 - 24 meses o más antes de la publicación de la licitación

Ninguna

-

-

-

-

Leve:

-10

-5

-3

-2

Menos Grave:

-25

-13

-8

-5

Grave:

-50

-25

-17

-10

*De acuerdo a las sanciones aplicadas.

 

Para estos efectos se entenderá como:

 

Leve: Atraso entrega de Informe semanal, inasistencia a obra y/o reuniones citadas, no instalación de letrero en obra y el no cumplimiento a la solicitud de cambio de personal.

 

Menos Grave: Atraso entrega de Informe mensual, no cumplimiento de oferta técnica y errores en información no enmendada.

 

Grave: No cumplimiento de Instrucciones del Supervisor, no ingresar información en los sistemas, Rotación de personal, Cambio de profesional sin informar y el Término anticipado del Contrato.

 

c)   Prestaciones adicionales(C):

El siguiente criterio tiene una ponderación de un 70%, dentro del cual se incluyen dos sub-factores de carácter acumulativo, es decir, de acuerdo a la propuesta del oferente, se irán sumando los puntos que determinarán su puntaje final.

c.1.) Sub- criterio visitas especialistas, ponderada en un 60%. De acuerdo a la siguiente tabla.

PROFESIONALES ESPECIALISTAS

PUNTAJE DE ACUERDO A LAS VISITAS

1 VEZ AL MES

C/15 DÍAS

TOPOGRAFO

3

5

ING. MÉCANICO DE SUELOS

5

10

ING. CALCULISTA

5

10

INGENIERO CIVIL PAVIMEMTACIÓN

5

10

PREVENCIONISTA DE RIESGOS

2

5

INGENIERO CIVIL ELÉCTRICO ALUMBRADO PÚBLICO

5

10

INGENIERO CIVIL SANITARIO REDES PÚBLICAS AP Y AS

5

10

INGENIERO CIVIL PAVIMENTACIÓN, CANALES Y DRENES

5

10

PROYECTISTA DOMICILIARIO AP Y AS

5

10

PROYECTISTA DOMICILIARIO GAS

5

10

PROYECTISTA DOMICILIARIO ELÉCTRICO

5

10

NO OFERTA ESPACIALISTAS

0

0

TOTAL PUNTAJE ACUMULADO

50 PUNTOS

100 PUNTOS

 

El oferente que proponga visitas de especialistas, ya sea de forma quincenal o mensual, deberá considerar que dichas visitas se realizarán durante la ejecución de las partidas asociadas a cada especialidad, y las veces que sea requerido dependiendo de las complejidades propias de cada proyecto. Asimismo, será decisión de cada oferente la cantidad de profesionales por especialización que designe para llevar a cabo las visitas ofertadas.

c.2) Sub-criterio Toma de Muestras y/o Ensayes, ponderada en un 40%. De acuerdo a la siguiente tabla:

ITEM

PUNTAJE ENSAYES Y/O CONTRAMUESTRAS ADICIONALES LAB. AUTORIZADOS.

HABILITACIÓN

15

OBRA GRUESA

15

TERMINACIONES

10

URBANIZACIÓN

10

PAVIMENTACIÓN

15

REDES AP

15

REDES AS

10

DRENES

10

NO OFERTA PARTIDAS

0

PUNTAJE ACUMULATIVO TOTAL

100 PUNTOS

 

Cálculo del Puntaje Final:

C = Ʃ (puntaje visitas especialistas* 0,60) + (puntaje toma de muestras y/o ensayes * 0,40)

Donde:

C= Equipo de Profesionales

Ʃ = Suma total

 

El oferente que proponga ensayes y/o tomas de muestras, en cada ítem de partidas deberá considerar que el número de ellas será determinado de acuerdo a las necesidades que presente cada proyecto.

 

 

Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (D):

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

  1. Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para determinar el puntaje total ponderado (PTP), se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

 

PTP = A * 0,15 + B * 0,12 + C * 0,70 + D * 0,03

 

Donde:

  • PTP: Puntaje Total Ponderado.

  • A: Experiencia del Oferente.

  • B: Comportamiento Contractual Anterior.

  • C: Prestaciones adicionales.

  • D: Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

 

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Equipo Profesional. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio Comportamiento Contractual Anterior. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

 

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallando: los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Vivienda y Equipamiento, proponiendo adjudicar a aquellas ofertas que resulten con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.               Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

 

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

 

Para aquellos proyectos en que la FTO adjudicada tenga incompatibilidad para desarrollar este rol, según lo dispuesto en la Resolución Nº 533, (V. y U.), de 1997, Resolución Exenta Nº 1875, (V. y U.), de 2015 y la Resolución Exenta N° 9866, (V. y U.) de 2017, el SERVIU Metropolitano podrá adjudicar la licitación, solo para aquellos proyectos en que se presenta dicha incompatibilidad, a los proponentes que en orden de prelación obtengan los siguientes mejores Puntaje Total Ponderado.

 

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.               Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más cuando no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

 

10.6.   Del Contrato

10.6.1.            Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, los que deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

 

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado o no haber regularizado en forma oportuna su estado de inhabilidad en el registro recién mencionado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

 

 

10.6.2.            Documentos Integrantes del Contrato

 

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

 

 

10.6.3.            Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

 

 

10.6.4.            Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

 

10.7.               Responsabilidad del Oferente Adjudicado

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

 

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 y F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

 

La FTO, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

 

Durante el transcurso del contrato, SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de verificar en terreno que la salud de los profesionales contratados por la FTO sea compatible con el cargo a ejecutar. En caso de detectarse alguna incompatibilidad, la empresa de fiscalización deberá tomar las medidas necesarias y pertinentes que aseguren el normal y total desarrollo de la fiscalización técnica. Si la empresa de fiscalización no realiza ninguna acción habiendo SERVIU Metropolitano encontrado e informado la incompatibilidad de algún profesional dentro de un plazo máximo de 5 días corridos, SERVIU Metropolitano exigirá el inmediato reemplazo del profesional, que deberá regirse por la presente bases de licitación.

 

La FTO también, responderá por los daños o perjuicios ocasionados a terceros por su gestión. Si por dichos daños o perjuicios cualquiera persona pretende ejercer acción contra del SERVIU Metropolitano, éste podrá repetir en contra de la FTO por las cantidades que en definitiva sea obligado a pagar, más gastos legales y administrativos.

 

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

 

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.8.               De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando la totalidad de las viviendas y/o departamentos a fiscalizar. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

10.9.               Del Pago

El precio del contrato será el ingresado por el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público, cuyo precio ofertado debe ser exactamente igual a la suma indicada en el punto 5.2.4., y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal Mercado Público. Sin perjuicio de lo anterior, SERVIU Metropolitano solo pagará al adjudicatario el total de las viviendas y/o departamentos efectivamente fiscalizados y con recepción DOM y el adjudicatario solo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano. Lo anterior, teniendo presente que los montos finales a pagar por parte del SERVIU Metropolitano a la FTO están determinados por la Resolución N° 533, (V. y U.) de 1997, punto 46 y/o la Resolución Exenta N° 1875, (V. y U.) de 2015 y/o la Resolución Exenta N° 9866 (V. y U.) de 2017; la resolución respectiva que asigna los montos de asistencia técnica por proyecto y los valores unitarios a pagar por vivienda fiscalizada.

 

La empresa FTO deberá hacer entrega de la programación Financiera asociada a cada proyecto a fiscalizar durante los primeros 10 días hábiles a contar de la entrega de terreno o inicio de la prestación de los Servicios indicando montos a solicitar de acuerdo al tiempo de la duración del contrato, el cual debe estar asociado al PAC (Plan de Aseguramiento de la Calidad) presentado por la empresa constructora respectiva.

 

El SERVIU Metropolitano, a solicitud de la FTO, pagará el precio de la fiscalización, un porcentaje equivalente al avance físico del proyecto con tope del 90%, según lo establecido en el artículo 3º de las Resolución Nº 533 (V. y U.) de 1997 y/o Resolución Exenta Nº 1875 (V. y U.) de 2015, con una frecuencia no mayor a un pago mensual, para lo cual el SERVIU Metropolitano deberá verificar la relación entre el porcentaje de avance físico del proyecto y los recursos ya pagados por este concepto. El porcentaje restante será pagado contra:

 

  1. Presentación de un Informe Final de Cierre confeccionado por la FTO en digital, el cual incluye la recepción final efectuada por la Dirección de Obras Municipales, el cual deberá incluir la información referida en la Resolución N° 533, (V. y U.), de 1997, Resolución Exenta N° 1875, (V. y U.), de 2015 y la Resolución Exenta N° 9866 (V. y U.) de 2017.

  2. Acta reunión Inicio Post Venta.

  3. Certificado actualizado emitido por la Inspección del Trabajo en que conste que no presenta reclamos ni deudas pendientes, por obligaciones laborales ni previsionales.

  4. Solicitud cambio de garantía por correcta ejecución de las Obras.

 

Para este efecto, el Departamento de Obras de Edificación emitirá la correspondiente orden de pago una vez verificado los antecedentes anteriormente descritos.

 

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

 

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

 

  • Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) y Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda.

  • Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

  • Carta conductora, informe avance obras, detalle de Pago, Resolución de Contrato.

     

    La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos se efectuará en la Sección Control Egresos ubicada en Arturo Prat 48 entrepiso, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

     

    Los pagos se harán en las dependencias del SERVIU Metropolitano, mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Es opción de SERVIU Metropolitano realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para éste como para el proveedor.

     

    Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

    10.10.             Multas

    SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales, en su conjunto no podrán superar el 15% del monto total del proyecto, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Por tanto, se aplicarán multas de acuerdo a su clasificación y a la siguiente tabla.

     

FALTA

VALOR MULTA

LEVE

 

Presentar 2 veces o más a cobro una misma fiscalización.

3 UF por evento

LEVE

 

En caso que el adjudicatario no cumpla con el plazo establecido para la presentación del Anexo N°6 “Nomina y Experiencia de los Profesionales” o con el plazo establecido para el reemplazo de uno o más profesionales de dicho anexo que no cumplan con los requisitos solicitados.

3 UF por cada día de atraso.

LEVE

 

En los casos en que la FTO incurriere en atraso respecto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Bases y/o no diere cumplimiento a los plazos fijados mediante las instrucciones, órdenes y obligaciones impartidas por escrito por el Supervisor del SERVIU Metropolitano, la multa procederá siempre y cuando no haya una autorización previa y expresa por parte del supervisor del Servicio.

 3 UF por cada día de atraso.

LEVE

 

En casos en que la FTO incurriere en atraso en la entrega del(los) Informe(s) Parcial(es), semanal(es), mensual(es) o Final(es), relacionado(s) con la fiscalización y/o detección de posibles errores u omisiones en el Informe de avance físico de la obra. La multa procederá siempre y cuando no haya una autorización previa y expresa por parte del supervisor del Servicio.

3 UF por cada día de atraso.

LEVE

 

Por cada oportunidad en que no se dé cumplimiento a la presencia personal de los profesionales que corresponda de la FTO, ya sea en las obras, reuniones, citaciones u otros eventos importantes, debidamente informadas al FTO de parte del SERVIU Metropolitano. La multa procederá siempre y cuando no exista una autorización por parte del SERVIU Metropolitano.

3 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

 

En caso de haber ofertado visitas por especialistas, por cada oportunidad en que se detecte un incumplimiento de lo ofertado. La multa procederá siempre y cuando no exista una autorización por parte del SERVIU Metropolitano.

7 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

 

En caso de haber ofertado toma de muestras y el oferente no cumpla con lo solicitado por el Supervisor SERVIU Metropolitano.

7 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

 

El no ingresar la información diaria en los sistemas SNAT, MUNIN y trazabilidad correspondiente a cada mes, sin una justificación y autorización previa por parte del SERVIU Metropolitano.

7 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

 

En caso de detectarse errores y/u omisiones en la información entregada por el FTO que afecten el avance de las obras y/o retrasen la tramitación de Estados de Pago, sin una justificación y autorización previa por parte del SERVIU Metropolitano.

7 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

 

No disponer de movilización adecuada, según bases de licitación.

7 U.F por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

 

Si durante la prestación de los servicios la ITO incurriere en una falta de respeto como maltrato, insulto, agresión física que cause lesiones desde menos graves a graves. En este caso se aplicará la multa correspondiente y el supervisor podrá solicitar el cambio inmediato de la FTO.

7 UF por cada evento ocurrido.

MEDIA

 

Atraso en la fecha de renovación o reemplazo de la garantía correspondiente, sin el aviso y autorización previa del Servicio. 

7 UF por cada día de atraso.

GRAVE

 

El no cumplimiento de su oferta a cabalidad al inicio y durante el desarrollo del contrato que involucra la ejecución de todos los proyectos adjudicados. Lo anterior, siempre que no que exista un acuerdo previo entre las partes.

15 UF, por cada incumplimiento detectado.

GRAVE

 

En caso de detectarse errores y/u omisiones en lo informado formalmente por la FTO, siendo solicitada la corrección por parte del Supervisor, y éste no responde.

15 UF por cada evento ocurrido.

 

GRAVE

 

El no cumplimiento en el reemplazo del profesional en forma oportuna, (ver punto 10.14 de las bases administrativas) sin la autorización previa del Servicio.

15 UF por cada día de atraso.

GRAVE

 

En caso que se realice por más de 3 veces el cambio de profesional durante la vigencia original del contrato, sin la autorización del Servicio.

15 UF por cada evento.

GRAVE

 

Si los servicios de fiscalización de obras son desarrollados por profesionales distintos de los comprometidos por el proveedor, de acuerdo a lo informado en el anexo Nº 4, sin el aviso y autorización previa del Servicio.

15 UF por cada profesional y por cada mes o fracción en que ello ocurra.

                                          

  • En caso que las observaciones indicadas por parte de la supervisión del SERVIU Metropolitano, no fuesen subsanadas y se repitiese la falta, las multas se aumentarán en un 20%.

  • Las multas en su conjunto no podrán superar el 15% del monto total del proyecto, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

     

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, la supervisión de SERVIU Metropolitano notificará al proveedor mediante oficio del Jefe del Departamento de Obras, el cual será enviado por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (3) tres días hábiles para efectuar sus descargos mediante carta dirigida al Jefe del Departamento de Obras, ingresada por oficina de partes del Servicio y por correo electrónico, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

 

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente, correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

 

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

 

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.

10.11.             Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio.

 

SERVIU Metropolitano podrá modificar el contrato respectivo con la FTO, aumentando o disminuyendo el número de viviendas que deberá atender en los casos señalados en el artículo 3° de la Resolución N° 533, (V. y U.), de 1997 y/o Resolución Exenta N° 1875, (V. y U.), de 2015 y/o ante las posibles renuncias y/o fallecimientos de beneficiarios de subsidios.

 

Los proyectos señalados en el cuadro PROYECTOS A FISCALIZAR del punto.5.2.4 Antecedentes Técnicos, se encuentran calificados condicionales en proceso de calificación definitiva, tal como se establece en el decreto D.S. 49 artículo 15, por lo tanto,  los montos máximos a pagar por proyecto, así como el monto final del contrato, podría ser inferior al presupuestado en función de los ajustes o variaciones que puedan sufrir las resoluciones de la SGAT, Sección de Gestión de Asistencia Técnica de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, la cual ratifica los recursos según se establecen en la Resolución Exenta N° 1875, (V. y U.), de 2015.

 

 

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12.             Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

 

  • Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

     

  • En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

     

    Se considerará incumplimiento grave:

  • Acumular multas por más 15% del valor total del proyecto.

  • La aplicación de tres multas clasificadas como graves.

  • Cuando SERVIU Metropolitano haya solicitado al adjudicado el reemplazo de uno o más de sus profesionales luego de la revisión del Anexo N°6, y éste nuevamente no cumpla con los requisitos solicitados.

     

  • Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

     

  • Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

     

  • Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

 

  • Si al hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario no presente una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que se hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

 

  • Si del análisis y estudio de los informes se desprende que la Asesoría no satisface las necesidades requeridas, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, el SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato haciendo efectiva a su favor la garantía  de fiel y oportuno cumplimiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas que resulten aplicables conforme a lo dispuesto en el Art. 43 del D.S. N° 135 de 1978 que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

     

  • En caso de presentar cualquier documentación, certificación o información falsa o negligentemente tardía o inexacta, ya sea en sus ofertas, antecedentes, nóminas, informes u otros que se relacionen con los servicios a contratar, se aplicará cobro de garantía de fiel cumplimiento.

     

    Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

     

    Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

    10.13.             Confidencialidad y Seguridad de la Información

     

  1. Los Proveedores que presten servicios al SERVIU Metropolitano y que se encuentren físicamente en nuestras dependencias deberán conocer y cumplir con la Política de Seguridad de la Información disponible en la Página Web del SERVIU Metropolitano (www.serviurm.cl).

 

  1. El Proveedor que tiene acceso a información del SERVIU Metropolitano deberá considerar que dicha información siempre tendrá el carácter de confidencialidad, y no podrán ser difundidas, a excepción que existan cláusulas específicas en el contrato.

     

  2. El Proveedor que tenga acceso a la información confidencial durante la prestación del contrato, contenida en los sistemas computacionales, documentada e impresas, deberá entender que dicha información es estrictamente confidencial y sin que ello le confiera derecho alguno de posesión, titularidad o copia de estas.

     

  3. Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten trabajos en las distintas dependencias de SERVIU Metropolitano, no podrán acceder a las distintas áreas del Servicio sin previa autorización de su contraparte técnica (Fiscalización Técnica de Obras, Comisión Técnica, Administrador del Contrato o Unidad correspondiente), y solo podrán realizar el trabajo encomendado en el área asignada, sin acceder a información, equipos y bienes allí disponibles.

     

    El Proveedor deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios. El proveedor deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

     

  4. La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

     

  5. Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.14.            De los Profesionales

 

El oferente adjudicado deberá completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, por cada proyecto, en el cual se deberá indicar la nómina de profesionales y su experiencia, que deberá ajustarse al siguiente cuadro por régimen solicitado. Éste anexo solo deberá ser presentado por el oferente adjudicado, cuando haya sido notificado por SERVIU Metropolitano del inicio de uno o más proyectos.

 

 

Régimen A

 

 

El profesional deberá haber fiscalizado 5 o más proyectos de 71 casas o más, en fiscalización o inspección de viviendas y/o edificios habitacionales.

 

 

Régimen B

 

 

El profesional deberá haber fiscalizado 3 o más proyectos de 31 casas o más, en fiscalización o inspección de viviendas y/o edificios habitacionales.

 

 

Régimen C

 

 

El profesional deberá haber fiscalizado 2 o más proyectos de 10 casas o más, en fiscalización o inspección de viviendas y/o edificios habitacionales.

 

 

Para acreditar la experiencia de los profesionales propuestos en el Anexo N°6, el adjudicatario deberá adjuntar documentos como:

 

        1. Contratos de trabajo, finiquitos o certificados emitidos por la empresa donde prestó los servicios

           

    1. En los documentos deberá:

       

  1. Figurar claramente el nombre del profesional.

  2. Mencionar la función desempeñada la cual debe corresponder explícitamente a fiscalización o inspección técnica en construcción de viviendas o edificación habitacional.

  3. Estar debidamente firmados por el mandante y;

  4. Señalar la cantidad de viviendas o edificaciones habitacionales.

     

    En los casos en que sea el adjudicatario de esta licitación, quien emita el certificado de experiencia del profesional, en su calidad de empleador del mismo, éste deberá presentar: los documentos que acrediten que como oferente participó en dichos trabajos y el contrato de trabajo o cualquier otro documento que acredite su relación contractual durante el periodo que señala fueron realizados los trabajos.

     

    Al respecto, se hace hincapié en que:

     

  1. Solo se revisará la experiencia señalada en el Anexo N°6.

  2. La información señalada en el anexo debe coincidir con lo expresado en los documentos de respaldo, en caso contrario solo se considerará lo expresado en éstos últimos.

  3. Los profesionales no podrán, al momento de presentar la propuesta, formar parte de la nómina de profesionales que se hayan ofertado para otras licitaciones en curso o cuyos contratos aún se encuentren en proceso de certificación y con fichaje en proceso. No obstante, cuando se trate de contratos cuyo proceso de certificación aún está en curso, pero con fichaje recibido por la comisión de SERVIU Metropolitano, el oferente podrá proponer a dicho profesional. Para acreditar lo anterior el oferente deberá adjuntar el acta de la comisión SERVIU Metropolitano que respalde situación del proyecto.

  4. El adjudicatario deberá respetar el número de profesionales solicitados, (ver cuadro PROYECTOS A FISCALIZAR, del punto 5.2.4 de las bases administrativas), en caso contrario solo se revisará aquel que figure en primer lugar en el anexo respectivo.

  5. No se considerará la experiencia que el profesional haya tenido como autocontrol, profesional de obra o ayudante de profesional o fiscalizador del D.S N° 255 y D.S N°10, salvo que en éstos últimos dos, exista recepción DOM asociada.

     

  1. Adjuntar títulos, certificados de título o copia de éstos, emitidos por alguna entidad educacional o autorizados por el órgano público competente, en caso de ser extranjeros, reconocidos por el Estado de Chile, de todos los profesionales propuestos en el Anexo Nº 6. (ver punto N°1 de las Bases Técnicas).

 

  1. Adjuntar, si tuviera, certificado de curso MITO DITEC u otros cursos relacionados con el rubro, que tengan un periodo de duración igual o superior a 24 horas pedagógicas, pos-títulos, diplomados, magister o doctorado, que estén asociados al rubro solicitado.

El o los profesionales ofertados deberán ejercer sus funciones como F.T.O. en caso de ser adjudicados, de acuerdo al régimen de fiscalización señalado en cuadro PROYECTOS A FISCALIZAR del punto 5.2.4. de las bases administrativas.

 

Una vez que SERVIU Metropolitano establezca la fecha para el inicio de uno o más proyectos, informará vía correo electrónico al oferente adjudicado, quien tendrá un plazo de 3 días hábiles, desde el envío del correo electrónico por el Encargado de Licitaciones del DOE o quien lo subrogue, para presentar:

 

  1. El o los anexos N°6, dependiendo de si es 1 o más proyectos.

  2. Todos los antecedentes solicitados en los numerales 1, 2 y 3 (este último solo si los tuviera)

     

Los documentos deben ser ingresados por Oficina de Partes, ubicada en Serrano 45, zócalo sur, en horario de 9:00 a 14:00 horas, e ir dirigidos a la jefatura del Departamento de Obras de Edificación. Asimismo, éstos deben ser enviados por correo electrónico al Encargado de Licitaciones de dicho departamento.

 

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de verificar la información entregada por el oferente respecto de la experiencia de los profesionales.  En caso de detectarse discrepancias en la información declarada sobre éstos o que éstos no cumplan con los requisitos solicitados, SERVIU Metropolitano podrá rechazar al o los profesionales propuestos y solicitar su reemplazo, para lo cual tendrá un plazo de 2 días hábiles, luego de lo cual se aplicará la multa de acuerdo al procedimiento correspondiente.

 

Se hace hincapié, que, SERVIU Metropolitano solicitará, por una única vez, el reemplazo de uno o más profesionales luego de entregado el anexo N°6, si a pesar de ello el adjudicado no cumple, se podrá dar término anticipado del contrato.

 

El Profesional contratado no podrá desempeñar labores incompatibles con las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato entendiéndose por incompatible, por ejemplo: desempeñar trabajos de FTO o de profesional de obras en proyectos vigentes asociados al MINVU o en otras empresas que impliquen interferir en las funciones propias y habituales del profesional durante su jornada de trabajo.

 

Sin perjuicio de lo anterior, SERVIU Metropolitano se reserva el derecho a disponer el cambio de uno o más de los profesionales que prestan los servicios de fiscalización, en caso que ocurra lo establecido en el cuadro del punto 10.10 de las bases administrativas y/o los servicios prestados por estos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente.

 

Si durante la vigencia del contrato o durante la ejecución de los proyectos, alguno de los integrantes del Equipo de Profesionales tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado, la empresa podrá proponer su reemplazo por otro de igual nivel o superior, adjuntando los antecedentes que acrediten que el nuevo FTO cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada por él o por los profesionales que formen parte del equipo de fiscalización técnica de obra que se haya adjudicado la propuesta, previa autorización por escrito del  Supervisor de SERVIU Metropolitano.

 

Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles, en el intertanto la FTO deberá adoptar las medidas correspondientes para que la obra durante este período mantenga la fiscalización. Si lo considerase necesario, SERVIU Metropolitano puede exigir documentos anexos a los requeridos por las presentes bases. El cambio de profesional se puede realizar como máximo 3 veces, durante la vigencia del contrato, en caso que esta rotación de personal sea mayor a la mencionada; se aplicará la multa indicada en el cuadro de multas en el punto 10.10 de las presentes bases de licitación.

 

También podría existir el caso de sustituir un profesional en situaciones como temporada de vacaciones, licencias médicas o alguna otra justificada; en este caso el FTO para la sustitución debe ser del mismo nivel o superior que el FTO original y debe cumplir con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada por él o por los profesionales que formen parte del equipo de fiscalización técnica de obra que se haya adjudicado la propuesta. Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles, en el intertanto la FTO deberá optar las medidas correspondientes para que la obra durante este periodo mantenga la fiscalización.

10.14.1.         Para Solicitar Cambio de Profesionales por Motivo de Vacaciones

EL proveedor debe ingresar carta por oficina de partes y vía correo electrónico dirigida al Jefe del departamento de obras y en atención a la supervisión y encargado de Licitaciones, con al menos 20 días hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De lo contrario se procederá a aplicar multa (multa grave).

10.14.2.         Para Solicitar Cambio de Profesionales por Renuncias/Licencias Médicas

EL proveedor debe ingresar carta por oficina de partes y vía correo electrónico dirigida al Jefe del departamento de obras y en atención a la supervisión y encargado de Licitaciones, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar profesional propuesto por al menos 5 días hábiles mientras se resuelve en forma definitiva dicha contingencia. Si después de dicho plazo no se ha regularizado la situación se procederá a aplicar multa.

 

 

10.15.   Renovación y prórroga del contrato

 

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato de servicio de fiscalización técnica de obras agrupación N° 138 podrá ser renovado o prorrogado de común acuerdo por las partes, según sea el caso, por una única vez y sin que ello implique pagos adicionales, en los siguientes casos:

 

  1. Cuando existan razones debidamente fundadas que justifiquen la renovación o prórroga del contrato, exista un informe técnico del administrador del contrato, que lo justifique y estas sean expresadas en el acto administrativo correspondiente.

     

    En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación, deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.

     

    Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor, podrán prorrogar el contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.

     

     

     

     

    Bases Técnicas

    1.         Requerimientos para la FTO

    El personal de la FTO, deberán ser profesionales según define el Art. 1.1.2 de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (O.G.U.C.), y cualquier profesional Ingeniero relacionado del área de la construcción en edificación que haya realizado labores de FTO de viviendas sociales, edificación y construcción, debiendo en consecuencia:

     

  • Revisar semanalmente información de terreno, realizando los reportes y recomendaciones pertinentes al Supervisor SERVIU, por escrito, en formato físicos (documento en papel) y digital (correo electrónico).

 

  • Obtener semanalmente información de terreno, verificar los avances de obra, tanto físicos como financieros, de tal forma de permitir un adecuado control de las obras y de los pagos asociados.

     

  • Ingresar avance diario en los sistemas: MUNIN, Trazabilidad, Snat, según corresponda.

 

  1. Régimen de Fiscalización A: Bajo este régimen, quien ejerza las funciones de fiscalizador técnico de obras, podrá operar bajo la modalidad de fiscalizador residente, o bien visitar la obra a lo menos 5 veces por semana, según lo determine el SERVIU Metropolitano, debiendo el profesional que cumpla tal función encontrarse inscrito en primera categoría de la subespecialidad 2201, Inspección de Obras, de la especialidad Gestión de Proyectos Habitacionales, del Rubro IV, Prestaciones de Asistencia Técnica, del Registro Nacional de Consultores del MINVU, regulado por D.S. N° 135 (V. y U.), de 1978, y contar, con la experiencia solicitada en el punto 10.14 de las bases administrativas.

     

Para el régimen de fiscalizador residente se considerará por parte del supervisor SERVIU Metropolitano una permanencia correspondiente a 45 hrs. distribuidas de lunes a viernes de acuerdo al horario de cada Obra.

 

  1. Régimen de Fiscalización B: Bajo este régimen, el fiscalizador técnico de obras deberá visitar la obra a lo menos 3 veces por semana, debiendo el profesional que ejerza esta función encontrarse inscrito en primera categoría de la subespecialidad y rubro señalado precedentemente, del Registro Nacional de Consultores del MINVU, y contar, con la experiencia solicitada en el punto 10.14 de las bases administrativas.

     

Para el régimen de fiscalización B el supervisor SERVIU Metropolitano podrá solicitar visitar la obra 3 días por semana, correspondiente a 27 horas semanales y cuyo horario se ajustará al de cada obra o según lo determine la supervisión del SERVIU Metropolitano.

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          

  1. Régimen de Fiscalización C: El fiscalizador técnico de obras deberá visitar la obra a lo menos 2 veces por semana, debiendo el profesional que ejerza esta función encontrarse inscrito en la subespecialidad y rubro ya singularizado del Registro Nacional de Consultores del MINVU, y contar, con la experiencia solicitada en el punto 10.14 de las bases administrativas.

     

Dependiendo de la complejidad del proyecto el supervisor de SERVIU Metropolitano podrá solicitar visitar las obras 2 días por semanas en horario de obra.

                                                                                                                                                                         Las actividades de la FTO, deberán desarrollarse en forma compatible con la legislación y reglamentación vigente, las normas técnicas (NCh), y especificaciones técnicas propias de cada proyecto.

 

Las labores de la FTO deberán desarrollarse de acuerdo a lo indicado en estas Bases, complementado con lo especificado en el D.S. 85/2007 Manual de Inspección Técnica de Obras (MITO) y en la Resolución Nº 533 (V. y U.) de 1997, la Resolución Exenta Nº 1875 (V. y U.) de 2015 y la Resolución Exenta N° 9866 (V. y U) de 2017 y sus modificaciones legales.

 

Cada Visita debe ser informada al Supervisor de SERVIU Metropolitano y registrada en el Libro de Inspección (L.I.) del proyecto y por correo electrónico durante el transcurso del día de la visita realizada.

 

Para complementar la labor de la Fiscalización Técnica, la FTO deberá cumplir con lo siguiente:

 

  • Aplicar la metodología establecida en el Manual de Fiscalización Técnica de Obras.

  • Estudiar cada contrato del proyecto objeto de Fiscalización Técnica, adaptando, en lo que pudiera corresponder, los prototipos de las herramientas de control.

  • Hacer participar al contratista en la formulación de los antecedentes de planificación y control, dado que como responsable de la materialización del contrato, es el principal beneficiario del Sistema de Fiscalización Técnica de Obras de acuerdo a la metodología del Manual.  Para él representa un modo de trabajo y gestión que a la postre, es conveniente a sus intereses.

  • Antes del inicio de la obra la FTO debe verificar los antecedentes del contrato, entre otros, las especificaciones técnicas, verificadores de control, parámetros de aceptación o rechazo, programaciones financieras y de obra, así como aquellos que afecten a la ejecución y control de la obra. 

  • Incorporar en los elementos de control todas aquellas actividades que puedan identificar fallas, omisiones o defectos de planificación o construcción que se detecten como "epidémicos" (repetitivos), supliendo debilidades de las bases, del proyecto o de los hábitos constructivos.

  • Coordinar su trabajo con los profesionales de SERVIU Metropolitano que se desempeñan como Supervisores, Coordinadores y Jefaturas.

  • A requerimiento de SERVIU Metropolitano, la FTO deberá llenar planillas, bases de datos u otorgar información en sistemas on-line o software dedicado, tanto para SERVIU Metropolitano, SEREMI o MINVU.

  • Tendrá la obligación de informar e ingresar toda la información solicitada por SERVIU Metropolitano mediante los sistemas de información MUNIN, SNAT III, trazabilidad o cualquier otro sistema indicado por SERVIU Metropolitano.

  • La FTO deberá prestar al SERVIU Metropolitano servicios del más alto nivel de calidad y control de los costos de la obra.

 

Tanto para los proyectos y su aplicación se deberán considerar aquellas disposiciones del Manual de Fiscalización Técnica que aseguren la buena ejecución de las partidas críticas que defina el SERVIU en el Libro de Anotaciones (L.A) del supervisor de SERVIU u otro canal de comunicación.

2.         Deberes de la FTO en el Desempeño de su Función

La FTO será responsable de la fiscalización del contrato de construcción, debiendo exigir que las obras se ajusten a los planos y especificaciones técnicas del respectivo proyecto, en los plazos previstos, con materiales de la calidad definida y con una ejecución e instalación ajustada al contrato, normas y reglamentos pertinentes.

 

Cabe tener presente que la labor de fiscalización que ejerce la FTO no libera al contratista de la responsabilidad contractual y técnica que le corresponde como constructor de la obra y, su labor, no constituye en ningún caso dirección ni aprobación parcial o total de la ejecución de las obras.

 

Es deber de la FTO, antes del inicio de la obra, dejar detallado y acordado con el contratista, y con Vº Bº de SERVIU Metropolitano, los antecedentes del contrato, tales como especificaciones técnicas, verificadores de control, programaciones financieras y físicas de obras, que afecten a la ejecución y control de la obra.

 

 

2.1      Servicio Post Venta

La FTO tendrá la responsabilidad durante un año y 90 días a partir de la recepción D.O.M.

 

Para lo cual deberá atender los siguientes requerimientos:

 

  • Acta Inicio Post Venta FTO:

Para esto la supervisión de SERVIU Metropolitano, Equipo Post Venta Departamento de Obras de Edificación, la Entidad Patrocinante la Empresa Constructora, la Empresa de Fiscalización Técnica de Obras deben levantar un acta de reunión para coordinar los trabajos de post venta establecida en las presentes bases de licitación.

 

Para tales efectos, la Empresa FTO entregará el último día hábil de cada mes un informe a la Supervisión de SERVIU Metropolitano con el seguimiento efectuado por las partes antes mencionadas respecto a los requerimientos de post venta hasta cumplir el plazo fijado en las presentes bases de licitación.

 

 

  • Acta Término Post Venta

     

Una vez finalizado el proceso de post venta, la FTO deberá entregar un informe final a la Supervisión de SERVIU Metropolitano el cual debe acreditar la conformidad por parte de las familias de la ejecución de los trabajos de post venta. Dicho documento deberá ser ingresado en Oficina de Partes del SERVIU Metropolitano, ubicada en calle Serrano N° 45, piso zócalo.

 

El acto administrativo que sancionará el cierre del proceso de post venta antes señalado se realizará mediante el Acta de Término de Proceso de Post Venta la cual será firmada por las partes involucradas.

 

En términos específicos la FTO debe cumplir con lo siguiente:

  1. Verificar que el contratista cumpla con los aspectos normativos y legales que rigen las obras de edificación en cuanto a:

  • Reglamentos y Ordenanzas sobre ejecución de obras de edificación y urbanización; pavimentación comunal; señalización de tránsito y otras.

  • Aprobación de planos del proyecto por parte de la Dirección de Obras Municipales, Servicios Sanitarios, Gas, Electricidad, Canales y otras.

  • Pagos de derechos por conceptos de aprobación y recepción de obras, con sus respectivos certificados, por parte de los organismos externos, Municipalidades, Servicios Sanitarios, Canalistas, Gas, Electricidad y otros.

  • Mínimos constructivos que establece el Itemizado Técnico del MINVU o Itemizado Técnico Regional si, lo hubiere.

  • Normativa NCh.  sobre Seguridad Industrial y Legislación de Seguridad del Trabajo.

  • Obligaciones que le impone el propio contrato de obras.

  • Reglamento del Programa Habitacional bajo el cual se otorgaron los subsidios correspondientes.

  • MFTO (Manual de Fiscalización Técnica de Obras).

  1. Efectuar el control administrativo del contrato en lo que corresponde a las siguientes actividades principales:

  • Establecer un Libro de Fiscalización por cada proyecto como medio de comunicación oficial entre FTO, proyectistas y contratistas.

  • Mantener al día y ordenadamente la documentación del contrato en cuanto a: Planos, Especificaciones, Certificados, Cartas, Formularios y toda otra información relacionada con el (los) proyectos, desde que éste (estos) se inicia(n) hasta su liquidación final.

  • Verificar el cumplimiento por parte del contratista, de los programas de avance de obra, plazos y fechas, sean estos parciales, totales o finales, todo conforme a contrato.

  • Remitir en forma mensual a la coordinación de la FTO y al supervisor, ambos de SERVIU Metropolitano, el Informe de Avance de las Obras, comunicando el estado de desarrollo físico y económico de la obra, los hechos más relevantes producidos y situaciones de conflicto presentes y/o previsibles.

  • Efectuar las labores propias de la gestión de la FTO que se refieren a recepción de las obras.

  • Informar oportunamente al supervisor de SERVIU Metropolitano, de situaciones de conflicto o irregularidades y en forma inmediata respecto a cualquier accidente con consecuencias graves que haya ocurrido en la obra.

  • Preocuparse, en general, por el registro y actualización permanente de las diferentes actividades contractuales que desarrolla el contratista.

  • Estudiar el contrato y configurar el conjunto de herramientas preestablecidas de planificación, control y verificación, traspasando aquellas que corresponden al contratista e instruyéndolo respecto a los procedimientos de su aplicación.

  • Visar los pagos de anticipos de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 174 (V. y U.), de 2006 y D.S. Nº 49 (V. y U.), de 2011, D.S. N° 255 y sus modificaciones.

  • Asistir puntualmente a las visitas, reuniones o cualquier otro tipo de citación, realizada por SERVIU Metropolitano.

  • Dar una respuesta oportuna a las inquietudes realizadas por SERVIU Metropolitano, según su importancia.

  • De acuerdo a la entrega del Informe Final del Proyecto este quedará supeditado a las labores de Servicio Post Venta en donde la FTO tendrá la responsabilidad durante un año a partir de la entrega de este informe final, debiendo mantener la boleta de garantía vigente por Fiel Cumplimiento y Buena Ejecución del Contrato por un año más noventa días.

  1. Realizar el control técnico de las construcciones correspondiente a las siguientes actividades:

  • Fiscalización selectiva durante la ejecución de la obra, en cada visita inspectiva sin desmedro que al momento de la recepción de obras sea el responsable del 100% de esta.

  • Estudiar las bases, planos y especificaciones del proyecto técnico de construcción, verificando que esté completo y consistente para su materialización, antes del inicio de la obra y ante cualquier modificación durante la ejecución de la obra.

  • Revisar el presupuesto presentado por la empresa, en cuanto al porcentaje de incidencia de las partidas y acordar con la EGIS y con el contratista, el presupuesto a utilizar en la ejecución de la obra, con Vº Bº de SERVIU Metropolitano, el que se empleará para los efectos del giro de los anticipos.

  • Comunicar al supervisor de SERVIU Metropolitano los defectos, omisiones y contradicciones que presente el proyecto antes y durante la ejecución de las obras y solicitar a la EGIS, las soluciones correspondientes y/o instrucciones respectivas.

  • Planificar y aplicar las actividades del sistema de aseguramiento de calidad de las obras, utilizando las herramientas de verificación y registro de la obra en terreno e instruyendo al contratista en los procedimientos que le competen y permitan predecir los resultados de la misma.

  • Verificar que las obras que ejecuta el contratista corresponden al proyecto en cuanto a ubicación, cantidad y características de calidad especificadas.

  • Velar porque el contratista realice conforme a lo programado y ceñido a procedimientos, las actividades de autocontrol a los materiales y obras de terreno. Comprobar que la información es valedera y se ajusta a la realidad.

  • Verificar que el contratista solicite a laboratorios especializados y declarados oficiales por el MINVU, los ensayes convenidos, estudiar sus resultados y aprobar (o rechazar) su utilización en la obra.

  • Dejar constancia en el Libro de Fiscalización y de Obras de las diferentes actividades producidas en terreno y de la información relevante asociada a la construcción de las obras.

  • Tomar conocimiento, y confirmar si corresponde, las observaciones o notificaciones impartidas por los profesionales autores del proyecto, EGIS, y de otros servicios (Sanitarios, Servicio de Seguro Social, Electricidad, Laboratorios, etc.).

  • Verificar el término de las obras, cuando el contratista lo solicite por escrito, e informar a la EGIS y al Supervisor de SERVIU Metropolitano.

  • Comprobar que el contratista dio cumplimiento a las observaciones indicadas en el Acta de Recepción, en la forma y el plazo, e informar a la EGIS y al Supervisor SERVIU Metropolitano.

  • Comunicar oportunamente a la EGIS y al Supervisor de SERVIU Metropolitano de cualquier situación anómala que amenace la factibilidad técnica del proyecto y los resultados esperados.

  • Exigir instalaciones de faenas de acuerdo a normativas laborales y de prevención de riesgos.

  • Tramitar la documentación necesaria ante SERVIU Metropolitano para realizar los pagos correspondientes por avance de obra, contando para ello con la aprobación de la EGIS.

  • Exigir a la Empresa Constructora que cumpla las normativas laborales de contratación de trabajadores y subcontratistas.

3.         Atribuciones de la FTO en el Ejercicio de sus Funciones

  • Informar e instruir por escrito (Libro de Inspección) al contratista de cualquier aspecto que contravenga los términos de las bases del contrato o que, a juicio de la FTO, ponga en riesgo el buen resultado de la obra.

  • Rechazar por escrito aquellas partidas de obra y materiales que no cumplen con los requerimientos establecidos en las especificaciones del contrato y/o contemplados en el Manual.

  • Solicitar al contratista, en caso de incertidumbre, ensayes de materiales adicionales a los programados para la partida, para verificar y autorizar su aplicabilidad en la obra. Si el ensayo es negativo deberá pagarlo el contratista a su costa. Si el ensayo es positivo (aprueba la muestra) se deberá modificar el plan de ensayo para compensar el costo del ensayo solicitado.

  • Informarse del reemplazo del profesional encargado de la obra como representante del contratista en terreno, para lo que el contratista deberá enviar carta a la FTO con copia al SERVIU Metropolitano, posteriormente la FTO deberá evaluar la idoneidad del reemplazo e informar a SERVIU Metropolitano.

  • Requerir de la EGIS la concurrencia e intervención de un profesional experto para situaciones que ameriten una opinión o verificación especializada.

  • Aprobar, con la autorización previa de la autoridad que corresponda, el ingreso y trabajo a la faena de terceros contratistas, en casos de grave negligencia por parte del contratista principal o que los trabajos constituyan peligro; evaluar el costo del daño provocado. 

  • Recepcionar las partidas de obra definidas en el programa de actividades de control técnico de calidad, dejando constancia de ello en el Libro de Inspección.

  • Informar a la EGIS, con copia al supervisor de SERVIU Metropolitano, aquellas situaciones, que, a su juicio, recomiendan una paralización de la obra.  Del mismo modo podrá operar respecto a una medida de separación, suspensión o sustitución de un subcontratista, trabajador o encargado de la obra del contratista principal.

  • Exigir las instalaciones, equipamiento y elementos de trabajo, conforme a lo establecido en el contrato.

     

4.         Prohibiciones de la FTO en el Ejercicio de sus Funciones

  • La FTO no podrá suspender o eliminar ni impartir órdenes directas, a empleados y trabajadores pertenecientes a la empresa contratista. Cuando estime que corresponde aplicar una medida de suspensión o cambio, deberá solicitarlo a través de la EGIS.

  • A la FTO le está vedado mantener relaciones comerciales de cualquier naturaleza con el contratista o con empleados o trabajadores y directivos o administradores de éste. No podrá tampoco recibir materiales ni encargarse del pago de operarios, proveedores y casas comerciales por cuenta o a petición del contratista.

  • La FTO deberá abstenerse de participar con fines de lucro en los contratos correspondientes a las obras que están bajo su fiscalización; de recomendar al contratista determinadas empresas y/o productos firmas o personal; de mantener con éste una relación de negocio de cualquier índole, y en general, de todo acto que pudiera restarle independencia en las actuaciones fiscalizadoras del contrato a su cargo.

  • En el desempeño de su trabajo está impedido de paralizar la obra o de autorizar aumentos o disminuciones de obra u obras extraordinarias.

  • La FTO no está facultada para introducir modificaciones durante el desarrollo de las obras, en los planos y especificaciones técnicas, que alteren los diseños de cualquier tipo.

  • La FTO no está facultada para solicitar cambio de profesional del proyecto, solo informará a SERVIU Metropolitano para que éste proceda.

  • La FTO no podrá ser contratista de las obras correspondientes al proyecto en que se desarrolla como tal, ni respecto de esas obras estar relacionada directamente o indirectamente con el contratista o con la Entidad Patrocinante, ni tener con estos vínculos de matrimonio o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el 2° grado inclusive. Tampoco podrá ser contratista de otras obras en la misma región en que se desempeña como FTO, para las cuales SERVIU Metropolitano contrate esos mismos servicios.

     

     

     

    5.    Mantenimiento de Informes, Libros y Archivos Actualizados

     

  1. Informe Mensual por Proyecto

Consiste en un conjunto de documentos elaborados por la FTO con la información básica relativa al estado de situación de la obra en un determinado momento de su desarrollo.

 

Los informes deberán ser entregados por correo electrónico al Supervisor de SERVIU Metropolitano, como fecha de cierre debe considerarse el día 25 del mes correspondiente y como fecha de entrega el día 28 del mes informado. Deben contar con la aprobación del Supervisor de SERVIU Metropolitano, en caso contrario deberán ser modificados o complementados a más tardar dos días hábiles de recibida la disconformidad por parte del Supervisor de SERVIU Metropolitano, que puede ser por oficio o correo electrónico. Este archivo digital debe estar con firma del FTO encargado de realizar el informe.

 

Esta información resumen se recopilará cada mes, a fin de remitirla al SERVIU Metropolitano, con copia a la EGIS, y su contenido se ajustará a la siguiente estructura tipo:

 

  • Identificación de la obra, del contratista y del FTO, con indicación de la fecha y periodo a que corresponde.

  • Número de visitas a las obras durante el mes, con su correspondiente fecha.

  • Fecha de visitas proyectadas a la obra en el mes siguiente.

  • Resumen de los hechos más relevantes que se hayan producido en la obra.

  • Enumeración de aspectos pendientes y críticos para el normal desarrollo de la construcción.

  • Dentro de cada Informe Mensual y como anexo, deberá incluirse fotografías, en donde se muestren los sistemas de trabajo, los avances de la obra y los problemas observados en la obra.

  • Control de avance físico. Situación de avance por partidas.

  • Extracto de las principales anotaciones realizadas en el Libro de Obras.

  • Copia de los certificados de ensayes de laboratorios y/o de calidad de los materiales realizados durante el período, de acuerdo a las medidas de gestión y control de calidad.

  • Control de avance financiero. Programa Financiero y cuadro resumen de estados de pago y/o anticipos.

  • Comentario final y juicio crítico respecto a cumplimiento de metas, calidad de las obras y comportamiento del contratista.

  • Representación gráfica de las curvas “S” del proyecto inspeccionado, que, según el avance del proyecto en función del tiempo, compararen el avance real con el avance programado y estado financiero.

  • Cuadro de seguimiento de las herramientas de control presentes en el Manual de Fiscalización Técnica de Obras (MFTO MINVU).

 

Los puntos señalados anteriormente pueden ser reemplazados solo por un formato tipo que SERVIU Metropolitano entregará a las empresas adjudicadas y que deben ceñirse al formato diseñado.

 

  1. Informe Semanal por Proyecto

Debe entregarse un informe semanal de las condiciones de obra de acuerdo con el formato acordado con el Supervisor de SERVIU Metropolitano el último día hábil de la semana. Este informe corresponde ser entregado por correo electrónico al Supervisor de SERVIU Metropolitano y debe contar con la aprobación de éste. En caso contrario deberán ser modificados o complementados a más tardar dos días hábiles de recibida la disconformidad por parte del Supervisor de SERVIU Metropolitano, que puede ser por oficio o correo electrónico.

 

Este informe deberá contener como mínimo:

 

  • Identificación de la obra, del contratista y del FTO, con indicación de la fecha y periodo a que corresponde.

  • Número de visitas a las obras durante la semana, con su correspondiente fecha.

  • Resumen de la visita realizada.

  • Control de avance financiero. Programa Financiero y cuadro resumen de estados de pago y/o anticipos.

  • Cantidad de trabajadores que se encuentran en obra.

 

Si lo considerase necesario y por razones de urgencia, SERVIU Metropolitano puede exigir informes de manera fortuita que deben ser entregados con no más de un día hábil desde hecha la solicitud, que puede ser por oficio o correo electrónico.

 

  1. Informe Final por Proyecto

La FTO deberá confeccionar un informe final que resuma todos los antecedentes del contrato de construcción, así como las labores efectuadas por la FTO. Este Informe deberá detallar:

 

  • Número total de visitas realizadas a la obra con su correspondiente fecha.

  • Resumen ejecutivo que detalle los hechos más relevantes registrados en el Libro de Obras. 

  • Certificados de ensayes de laboratorios y/o de calidad de materiales, de acuerdo a pruebas realizadas durante la ejecución de la obra, cuando corresponda.

  • Registro fotográfico digital que muestre un avance secuencial de las obras inspeccionadas. Este registro deberá incluir fotos de la etapa de excavaciones y fundaciones, de la obra gruesa hasta estructura de techumbre y de las terminaciones de las viviendas.

  • Modificaciones efectuadas al contrato (disminuciones, aumentos y obras extraordinarias).

  • Tratos directos asociados a la línea de financiamiento y su detalle.

  • Copias de Planos As Built.

  • Avances Físicos y Financieros desarrollados durante la ejecución de las obras.

  • Dificultades de la Ejecución de las Obras.

  • Copia de informe resumen de multas aplicadas.

  • Evaluación de la aplicación del Manual.

 

Además, si de los informes solicitados se desprende que la FTO no satisface las necesidades, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada. SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato de manera unilateral, haciendo efectiva las garantías que caucionan su cumplimiento y los anticipos, en su caso.

 

De acuerdo a la entrega del Informe Final del Proyecto este quedará supeditado a las labores de Servicio Post Venta en donde la FTO tendrá la responsabilidad durante un año a partir de la entrega de este informe final, debiendo mantener el documento de garantía vigente por Buena Ejecución del Contrato.

 

  1. Libro de Fiscalización y de Obras (L.I.L.O)

Es el instrumento mediante el cual se establece la comunicación habitual, permanente y oficial con el contratista, trasmitiéndose en el todas las instrucciones y observaciones que le merezca la marcha de los trabajos y las órdenes que se le impartan a éste. A su vez es el medio escrito en que también el contratista debe anotar sus observaciones, apelaciones, respuestas o requerimientos hacia la FTO.

 

Se deberá mantener en el lugar de la obra, en forma permanente y actualizada este Libro de Obras, según el artículo 143 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en el cual se consignarán, debidamente firmadas y fechadas las observaciones sobre el desarrollo de la construcción por parte de los profesionales proyectistas, el representante del contratista, los profesionales de los servicios públicos y los inspectores municipales, cuando corresponda.

 

El libro debe quedar bajo la custodia del contratista y este será responsable de su extravío, enmendaduras, raspaduras, desglose de hojas o destrozos que contenga.  Será, asimismo, obligación mantener dicho libro en sitio adecuado, para los efectos de la anotación oportuna de las órdenes o instrucciones que imparta la FTO. En los proyectos CSP, CSR, PC y DP, el Supervisor SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el contratista y la FTO, elegirá donde quedará el Libro de Inspección.

 

Las anotaciones llevarán la fecha, nombre y firma del profesional de la FTO y la del contratista, no siendo indispensable la de este último para la validez del acto.

 

El libro en referencia tendrá sus hojas foliadas y dispuestas en forma de poder desprender una copia para la FTO y otra para el contratista.

 

  1. Libro de Anotaciones del Supervisor SERVIU (L.A.)

Deberá mantenerse en obra en forma permanente y actualizada una copia de la hoja del libro de anotaciones del Supervisor de SERVIU Metropolitano, el cual consignará debidamente firmadas y fechadas las observaciones sobre el desarrollo de la construcción de la obra y la labor de la FTO.

 

Este libro será de uso exclusivo del Supervisor de SERVIU Metropolitano, obligando a la FTO a obedecer las instrucciones que en este libro queden anotadas.

El Supervisor de SERVIU Metropolitano definirá donde se mantendrá este Libro para los proyectos tanto CNT, CSR o DP.

6.      Equipamiento

Para desarrollar su labor, cada profesional y administrativo perteneciente a la empresa de Fiscalización técnica, deberá contar con al menos uno de los siguientes equipos, cuyas características mínimas se definen a continuación (aceptándose otras marcas de los equipos o implementos indicados y que sean de similares características, de igual o superior calidad):

 

  • Acceso a Internet banda ancha, Computador notebook con procesador Intel o AMD que soporte Windows XP o Windows 7, que posea conexión para Wi-Fi, con programa Microsoft Office.

  • Tablet de procesador de doble núcleo de 1GB de RAM mínimo, y de pantalla de 7” mínimo con Microsoft Office.

 

La empresa de Fiscalización técnica además deberá contar y disponer obligatoriamente con los siguientes equipos para el desempeño de la FTO en labores de terreno:

 

  • Para el registro fotográfico de las obras solicitadas, los profesionales de la FTO deberán contar con Cámara Digital Fotográfica 6.0 megapíxeles, pantalla LCD, zoom óptico de 3x, o de características similares o superiores.

  • Teléfono Celular el cual siempre deberá estar habilitado para recibir llamadas y contar con internet móvil.

  • Para el traspaso a formato digital de toda la información relativa al contrato a lo largo de la FTO, los profesionales deberán contar con 1 Scanner tipo Hewlett Packard, HP scanjet 2400 o similar.

  • Impresora a inyección de tinta o láser.

 

Estos equipos quedarán en poder del mismo proveedor y la responsabilidad de la custodia, cuidado y adecuado funcionamiento de los mismos será de exclusiva responsabilidad de éste durante toda la vigencia del contrato, Los proveedores no podrán cobrar precio, arrendamiento, cargo, flete, derecho, incremento del precio o suma alguna por concepto de la adquisición, arrendamiento, almacenaje u otro cargo relativo a dichos bienes.

 

Se le exigirá a la FTO para su contratación:

 

  • Previo a la suscripción del contrato se deberá acreditar ante SERVIU Metropolitano, el cumplimiento de todas las exigencias relativas a los equipos e instrumentos mencionados.

 

  • La FTO deberá contar desde el inicio del contrato, con todo el equipo de seguridad para la fiscalización técnica de obras, el cual incluirá al menos los siguientes implementos por FTO:

    • Chalecos reflectantes.

    • Cascos de seguridad, color blanco, tipo North con arnés y orejeras tipo 3M 1450.

    • Un par de bototos de seguridad tipo Caterpillar, Modelo Report, o similar calidad.

    • Anteojos de seguridad.

 

  • El oferente FTO deberá disponer de vehículos de movilización para la fiscalización en terreno quedando excluidos los vehículos citycar. A solicitud del Supervisor del SERVIU Metropolitano deberá proveer el traslado a obras. Además, los vehículos utilizados en la fiscalización deben contar con identificación visible que establezca que es parte de FTO de SERVIU Metropolitano. Dichos vehículos deberán contar con seguros de responsabilidad por daños materiales y personales, causados tanto a terceros, conductores o los pasajeros y no deberán tener más de tres años de antigüedad, estos vehículos deberán contar con aire acondicionado para las distintas estaciones del año, se podrán ofertar: sedan, camionetas con o sin pick up, suv o todo terreno.

 

  • El oferente debe contar con los implementos, herramientas y equipos necesarios para realizar chequeos topográficos, de calidad, revisión de partidas en obra, medidas, etc.

 

Todo el equipo descrito anteriormente es para uso en las labores de la fiscalización técnica de obras y su disposición será total para esos fines, lo cual será permanentemente supervisado por SERVIU Metropolitano. La FTO deberá dar todas las facilidades para que SERVIU Metropolitano tenga libre acceso a los equipos y a la información contenida en ellos, durante todo el periodo de vigencia del contrato y/o hasta el término de las obras.

 

El buen uso de todos los elementos a disponer por la FTO será permanentemente supervisado por el SERVIU Metropolitano.

 

SERVIU Metropolitano no se hará responsable por el deterioro, mala manipulación, robo o hurto de los equipos indicados en los puntos anteriores, siendo responsabilidad de la FTO garantizar por todo el período de vigencia del Contrato, la tenencia en buen estado de estos equipos.



7.     Evaluación del Oferente.

Una vez finalizado cada proyecto, SERVIU Metropolitano realizará una evaluación del comportamiento contractual del oferente respecto del cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas en las presentes bases de licitación.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.