Licitación ID: 48-29-LP25
Fiscalización Técnica de Obras Agrupación 236
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Inspección de edificios 1 Global
Cod: 81141805
Fiscalización Técnica de Obras CNT para 277 beneficiarios, DS 49 y sus modificaciones, Res. ex N° 1875/2015 para la comuna de SAN JOAQUIN de la Región Metropolitana.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Fiscalización Técnica de Obras Agrupación 236
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de fiscalización técnica de obras agrupación N°236”, con el propósito de contratar, a la fiscalización técnica de Obras, en adelante “FTO”, regulado por el D.S. N°49, V. y U., del año 2011, y sus modificaciones, que se rigen por la Resolución Nº 18752015 y la Resolución N° 98662017 y sus modificaciones, para toda la Región Metropolitana. E1O2RT9.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-06-2025 15:05:00
Fecha de Publicación: 02-06-2025 17:44:40
Fecha inicio de preguntas: 02-06-2025 18:40:00
Fecha final de preguntas: 10-06-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-06-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-06-2025 15:06:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-06-2025 15:06:00
Fecha de Adjudicación: 01-08-2025 13:01:40
Fecha de entrega en soporte fisico 23-06-2025
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2. Instrucciones para Presentación de Ofertas 5.2.1. Presentación de Ofertas Las entidades oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en ChileProveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Las entidades oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si alguna entidad oferente tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 3 del Artículo 115 del Decreto N°661/2024. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información. 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren actualizadas, disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. En caso contrario, al ser requisito obligatorio, los oferentes que no los adjunten o los presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. En el caso del literal c) y, si el documento exigido no se adjunta al momento de ofertar, no se solicitará mediante foro de aclaración de ofertas y deberá ser entregado por el oferente adjudicado de acuerdo con lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases. Mientras que los literales d) y e) constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no cumplir con lo exigido, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas. a) Todas las entidades oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973. Si esta declaración se encuentra actualizada y acreditada en Chileproveedores, no será necesario adjuntarla. c) Al momento de ofertar, la entidad oferente deberá adjuntar certificado de inscripción vigente o en trámite del Registro de Consultores del MINVU regulado por D.S. N° 135, (V. y U.) de 1978 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo en el rubro IV “Prestaciones de Asistencia Técnica”, Especialidad Gestión de Proyectos Habitacionales, Subespecialidad Inspección de Obras, código 2201. d) Todos los oferentes deberán estar inscritos y encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, ChileProveedores, y encontrarse habilitado para ello, en los términos que exige el artículo N°4 de Ley de N°19.886, modificada por la Ley N°21.634. e) Respecto de las uniones temporales de proveedores (UTP), deberá adjuntarse, al momento de ofertar, la escritura pública que dé cuenta del acuerdo para participar mediante esta modalidad, en virtud del artículo 52 de la Ley N° 19.886, modificada por la Ley N° 21.634. En caso de no presentarse este acuerdo o presentarse sin las solemnidades exigidas por la ley, la propuesta será rechazada al momento de la apertura.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los anexos N°3, N°4, N°5, N°6 y N°7 constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura electrónica. En el caso de lo solicitado en los literales c.1), d.1), g) y h) éstos constituyen requisitos obligatorios, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales” y el profesional no será considerado en la evaluación. Mientras que, solo para el caso del literal g) si bien, también constituye requisito obligatorio, sin embargo, su no presentación definitiva dejará Inadmisible la oferta. a) Completar, firmar y adjuntar Anexo Nº3 “Prestaciones Adicionales”, en el cual el oferente deberá indicar las visitas especialistas y la toma de muestras y/o ensayes. De no cumplir con lo indicado la oferta quedará Inadmisible y no se continuará Evaluando. b) Completar en forma íntegra, firmar y adjuntar Anexo Nº4 “Declaración Jurada de Curriculum de Profesionales Ofertados”, de lo contrario la oferta se considerará Inadmisible. El oferente deberá indicar los profesionales ofertados para la prestación del servicio, cuyo número y régimen se deberá ajustar a lo solicitado en el cuadro del ítem 5.2.4, de lo contrario la oferta será Inadmisible. 1.1 De los profesionales que sean postulados, se deberá adjuntar al menos uno de los siguientes documentos, teniendo presente que podrá postular un profesional no inscrito en el registro, siempre y cuando este cumpla con los años de experiencia para el régimen al cual será propuesto: Para régimen A: a. Certificado de Inscripción vigente (con fecha no superior a 60 días desde la fecha de emisión del certificado), al momento del cierre, en primera categoría de la subespecialidad 2201, Inspección de Obras, de la especialidad Gestión de Proyectos Habitacionales, del Rubro IV, Prestaciones de Asistencia Técnica, del Registro Nacional de Consultores del MINVU, o; b. Declaración Jurada Curriculum de Profesionales Ofertados (ANEXO N°4) que señale experiencia de a lo menos 4 años en inspección o fiscalización de obras relacionada con la construcción de viviendas (casas o departamentos habitacionales ya sea en el ámbito público y privado) a contar de la fecha de la Titulación en el rubro declarado. Al respecto, se hace hincapié en que: 1.2. Sólo se revisará la experiencia señalada en la Declaración Jurada de Curriculum de Profesionales Ofertados (Anexo N°4). 1.3. El profesional requerido para régimen “A”, no puede contar con carga. 1.4 El oferente deberá acreditar la idoneidad del profesional, mediante cualquiera de los dos medios establecidos en el punto 1.1 precedente, de lo contrario no se considerarán, y de no cumplir con la acreditación del mínimo de los profesionales requeridos con dichos requisitos, teniendo además en consideración las opciones señaladas en el punto 1.4, su oferta será declarada fuera de bases, y no se continuará evaluando. En caso de postular más profesionales de los solicitados, se revisará en el orden que hayan sido declarados en el Anexo N°4, y hasta que se cumpla con lo solicitado, en este sentido, serán estos profesionales los que deberán prestar el servicio. 1.5 Sin perjuicio de lo señalado en el punto 1.4, el profesional ofertado no podrá desempeñar labores incompatibles con las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato entendiéndose por incompatible, por ejemplo: desempeñar trabajos de FTO o de profesional de obras en proyectos vigentes asociados al MINVU o en otras empresas que impliquen interferir en las funciones propias y habituales del profesional durante su jornada de trabajo. 1.6 Se hace presente que, solo se contabilizará aquella información declarada en el anexo respectivo, y dentro del plazo establecido para la evaluación (ver cronograma del punto 4, de las bases administrativas de la presente licitación). 1.7 Los profesionales propuestos deben tener disponibilidad para trabajar en las comunas de cualquiera de los segmentos señalados en el cuadro PROYECTOS A FISCALIZAR AGRUPACION N°236, D.S. N°49, del punto 5.2.4 de las bases administrativas. c) Completar, firmar y adjuntar Anexo Nº5 “Programa de Integridad”, correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal. c.1) La información contenida en el citado Anexo, deberá ser debidamente respaldada, por lo que el oferente deberá adjuntar alguno(s) de los siguientes documentos: a) En caso de existir certificación: Certificados o documentos que acrediten que cuenta con el Programa de Integridad, el que cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora junto al contenido del Programa de Integridad certificado. b) En caso de existir antecedentes que den cuenta de la existencia de programa de integridad conocidos por todo su personal (ya sean manuales, código de buenas prácticas, reglamentos internos, políticas de cumplimiento, charlas que respalden difusión de dichas políticas), con sus respectivos medios de verificación, como el link de su página web o intranet, donde se visualicen los contenidos publicados a los que puede acceder todo su personal. Las declaraciones juradas se aceptarán exclusivamente para acreditar que el personal conoce el Programa de Integridad, y siempre que se acompañen al programa que se declara conocer. • No bastará con la presentación de “pactos de integridad” o documentos de compromiso, debido a que no es posible tener certeza que esas estipulaciones sean conocidas y cumplidas por los trabajadores de los respectivos proveedores (Dictamen N°E370752/2023) y que alude a una difusión futura de las mismas (Dictamen N°E536097/2024). El criterio de evaluación sobre programas de integridad y compliance es un aspecto que también debe ser evaluado respecto de los oferentes personas naturales en las condiciones que indica. (Dictamen N°E586179/2024) Los antecedentes que respalden la existencia de programa de integridad constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso que no sean presentados al momento de ofertar, o de ser presentados de forma incompleta, serán solicitados a través del Foro de Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación, en dicha instancia del documento solicitado, implicará la declaración de puntaje 0 en este criterio de evaluación. d) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6 “Impacto Ambiental” correspondiente a cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo la producción limpia, así como la utilización de procesos, materiales e insumos que tienen un menor impacto ambiental en las actividades productivas, que tienen en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En éste, se debe indicar si cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por el personal. d.1) La información contenida, deberá ser debidamente respaldada, por lo que la entidad oferente deberá adjuntar cualquier documento que acredite fehacientemente que cuenta con prácticas sustentables o de impacto ambiental, el cual deberá contener un mecanismo de verificación según corresponda, de acuerdo lo declarado en el Anexo N°6. e) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, “Seguimiento digital fiscalización técnica de obras”, correspondiente a un Software de gestión para la Inspección Técnica de Obra Digital, el cual debe incluir una API REST, ya sea pública o privada, que otorgue acceso libre a esta API para extraer, como mínimo, los datos especificados a continuación, los cuales deben ser entregados en formato JSON: (Nombre Proyecto, Código, Dirección, Comuna, Entidad Patrocinante, Fecha Inicio, Fecha Termino Programada, Plazo Ejecución De Obras, Fecha Vigencia Garantía Ctto Ec,Plazo Ejecución De Cctto Fto, Fecha Vigencia Garantía Ctto Fto, Porcentaje De Avance Real Semanal Actual, Porcentaje De Avance Real Acumulado A La Fecha, Lista De Porcentajes De Avance Real Por Cada Semana Transcurrida, Lista De Porcentajes De Avance Programado, Por Cada Semana Del Proyecto Desde Su Inicio Hasta Su Fin, Certificaciones Para Obtención De Recepción Final, Clasificada Según Criterio Doe*, N° De Ingreso De Documentación Asociada A Certificaciones, Fecha De Ingreso De Documentación Asociada A Certificaciones, Plazo Normativo Asociado A Certificación, Observaciones). f) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°8, “Declaración Jurada Oferta Técnica”, en la cual se enuncian los requerimientos descritos en las presentes bases de licitación. g) Adjuntar títulos, certificados de título o copia de éstos, emitidos por alguna entidad educacional o autorizados por el órgano público competente, en caso de ser extranjeros, reconocidos por el Estado de Chile, de todos los profesionales propuestos en la Declaración Jurada de Curriculum de Profesionales Ofertados (Anexo N°4) (ver punto N°1 de las Bases Técnicas). h) Adjuntar copia Cedula de identidad del o los profesionales ofertados, solo por su anverso. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o proporcionen la información inexacta, no verosímil y/o induzca a error o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales o declarará inadmisible de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 19.886, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 56 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ofertado es propuesto por el oferente, pudiendo ser igual o menor al presupuesto máximo disponible para la contratación. Que se indica en las bases de licitación y en el anexo económico (Anexo N°9), para la prestación del servicio requerido, el valor debe estar expresado en unidades de fomento (UF), con a lo más tres cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. Si la oferta es por un valor mayor al presupuesto disponible el oferente quedará Inadmisible. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará cualquier otro monto adicional que recargue el precio de lo ofertado. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°9, formulario “Oferta Económica”. Dicho anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. El valor debe ser propuesto por el oferente, el cual puede ser igual o menor al presupuesto máximo disponible para la contratación detallado en el siguiente recuadro, pero si la oferta propuesta supera el monto disponible la oferta quedará Inadmisible. Los siguientes recuadros resumen los proyectos a fiscalizar por cada línea, indicando el monto disponible por cada uno de ellos de acuerdo a lo indicado en la, Resolución Exenta Nº 1875/2015 y sus modificaciones según corresponda: PROYECTOS A FISCALIZAR AGRUPACION N°236 DS CODIGO NOMBRE DE PROYECTO COMUNA TIPO PROY. N° VIV. EP MONTO FTO EN UF REGIMEN FTO N° DE PROFESIONALES 49 181795 RIVAS SAN JOAQUIN CNT 277 SEREY OTROS ASOCIADOS 3.457 A 1 TOTAL UF ( IMPUESTOS INCLUIDOS SEGÚN CORRESPONDA) 3.457
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 b) Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 40%
2 c) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 10%
3 a) Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 33.01.133.001
Monto Total Estimado: 3457
Justificación del monto estimado vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y tendrá una duración máxima para prestar el servicio, desglosados en 36 meses para la prestación del servicio, más 180 días para el cierre administrativo.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y tendrá una duración máxima para prestar el servicio, desglosados en 36 meses para la prestación del servicio, más 180 días para el cierre administrativo.
Tiempo del Contrato 42 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Cesar Quilodran Concha
e-mail de responsable de contrato: cquilodran@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-9013282-3282
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 21-11-2031
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del art 68 de la Ley 19.886. En caso que la garantía se otorgue mediante varios instrumentos financieros, podrán entregarse tantos documentos en garantía, como proyectos estén comprometidos en la licitación, debiendo, cada uno de ellos, corresponder al 5% del monto total del valor correspondiente a cada proyecto. La glosa de cada instrumento deberá consignar, además de lo ya exigido en el ítem “Glosa”, el proyecto al cual va asociado. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en un sobre como plazo máximo hasta las 13:00, en el buzón SUBDIRECCIÓN DE VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO (SDVE) ubicado en Arturo Prat 48, Santiago centro, especificando en caratula del sobre: DEPARTAMENTO DE OBRAS DE EDIFICACIÓN FIEL CUMPLIMIENTO AGRUPACIÓN 236 EQUIPO FTO
Glosa: “GTZA FC CTTO FTO D.S.49: AGRUPACION 236” En caso de vale vista, la glosa deberá estar escrita al reverso del documento, o en su defecto, en un documento adjunto, debidamente firmado por el oferente. En caso que se presente más de un instrumento financiero, y cada uno de ellos esté asociado a un proyecto en particular, la glosa deberá indicar, además, el proyecto al cual corresponde.
Forma y oportunidad de restitución: En la medida que los proveedores avancen en el cumplimiento del contrato, finalicen satisfactoriamente la fiscalización de las obras de uno o más de los proyectos adjudicados, obteniendo el pago convenido, podrán, a contar de los 60 días hábiles siguientes a la fecha del pago, solicitar la reducción de la garantía, por el porcentaje que corresponda en la misma proporción en que se reduzca el valor total del contrato y el saldo pendiente a la fecha de la solicitud; o bien, solicitar la devolución de la garantía asociada a dicho proyecto; según sea el caso. Será requisito para la reducción o devolución de la respectiva garantía, un Memorándum interno de SERVIU Metropolitano, Departamento de Obras, que indique claramente, el término de obra contra recepción municipal, la liberación del 100% de los pagos, y su conformidad y satisfacción de los servicios prestados. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente solicitar a la unidad de garantías del Departamento de Obras la devolución de la garantía por el fiel cumplimiento del contrato, la cual una vez autorizada por el departamento de contabilidad y asignado número de retiro, debe ser solicitada en tesorería ubicada Arturo Prat 48 primer piso.
    Otras Garantías
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 19-03-2032
Monto: 5 %
Descripción: El adjudicatario deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar. En caso que la garantía se otorgue mediante varios instrumentos financieros, deberán entregarse tantos documentos en garantía, como proyectos estén comprometidos en la licitación, debiendo, cada uno de ellos, corresponder al 5% del monto total del valor correspondiente a cada proyecto. La glosa de cada instrumento deberá consignar, además de lo ya exigido en el ítem “Glosa”, el proyecto al cual va asociado. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de obtener el certificado de recepción final u otro documento otorgado por la D.O.M respectiva. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en el Departamento de Obras de Edificación, de la Subdirección de Vivienda y Equipamiento, ubicada en Serrano 45 quinto piso, indicando el número de ID de la licitación. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en un sobre como plazo máximo hasta las 13:00 horas en el buzón SUBDIRECCIÓN DE VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO (SDVE) ubicado en Arturo Prat 48, Santiago centro, especificando en caratula del sobre: DEPARTAMENTO DE OBRAS DE EDIFICACIÓN BUENA EJECUCIÓN DEL CONTRATO AGRUPACIÓN 236 EQUIPO FTO
Glosa: “GZTA BE CTTO FTO D.S.49 AGRUPACION 236”. En caso de vale vista, la glosa deberá estar escrita al reverso del documento, o en su defecto, en un documento adjunto, debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: En la medida que los proveedores, finalicen satisfactoriamente la fiscalización de las obras y el año de buena ejecución de las Obras más los 90 días de la Post Venta. Será requisito para la devolución de la garantía de Buena Ejecución del contrato la entrega de un Acta de Termino de Post Venta que acredite la conformidad de las familias respecto de los trabajos de post venta ejecutados en el proyecto. De acuerdo a lo establecido en la Resolución N° 1875 (V. y U.) del año 2015 que fija el procedimiento para la prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social, en lo que respecta a la gestión técnica y social de proyectos encontrándose próxima la expiración de la vigencia de esta garantía, aún no se hubiere suscrito el certificado por causa imputable a la F.T.O., éste deberá renovarla o reemplazarla antes de su vencimiento. En caso contrario, el SERVIU Metropolitano tendrá derecho a hacer efectiva esta garantía. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
otras clausulas

10. Otras Cláusulas

10.1.   Presentación de las Ofertas

Los oferentes, por el solo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.2., 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por tres Profesionales funcionarios de la Subdirección de Operaciones Habitacionales, que se designarán por Orden de Servicio de ese Subdirector de SERVIU Metropolitano, indicando nombre, RUT y cargo del funcionario que la preside. La Comisión procederá a revisar y analizar los antecedentes entregados por los oferentes de acuerdo con lo solicitado en las presentes Bases, designados por la Subdirección de Operaciones Habitacionales, mediante orden de servicio.

Todos los profesionales, independiente de su calidad jurídica, que tengan por función evaluar o calificar procesos de licitación pública o privada deberán suscribir una Declaración Jurada de ausencia de conflicto de interés por cada procedimiento en el que participe, esto en razón del Articulo 35 octies, Capitulo VII, de la Ley Nº 19.886 incorporado por la Ley Nº 21.634.

Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán elegir un presidente entre sus miembros y no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora”. Esto en razón de del artículo 35 quinquies y nonies de la Ley Nº 19.886 incorporado por la Ley Nº 21.634.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo y se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las mismas.

Las ofertas que deban declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar inadmisible al proveedor en evaluación.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”

Las entidades oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

A. Oferta Técnica (50%)

a) Sub-criterio 1: Prestaciones Adicionales (PA) 35%:

El siguiente criterio tiene una ponderación de un 35%, dentro del cual se incluyen dos sub-criterios; visitas especialistas y toma de muestras y/o ensayes.

a.1.) Sub-criterio visitas especialistas, ponderada en un 50%. Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla.

PROFESIONALES ESPECIALISTAS EN ÁREAS DE:

PUNTAJE ASIGNADO DE ACUERDO A LAS VISITAS

CADA VEZ QUE SE REQUIERA

TOPOGRAFÍA

10

MÉCANICA DE SUELOS

10

CÁLCULO ESTRUCTURAL

10

PAVIMENTACIÓN, CANALES Y DRENES

10

PREVENCIÓN DE RIESGOS

10

ALUMBRADO PÚBLICO

10

REDES PÚBLICAS AP Y AS

10

INSTALACIONES DOMICILIARIAS AP Y AS

10

INSTALACIONES DOMICILIARIAS GAS

10

INSTALACIONES DOMICILIARIAS ELÉCTRICAS

10

TOTAL PUNTAJE ACUMULADO

100 PUNTOS

ÍTEM

PUNTAJE ASIGNADO POR NO OFERTAR  VISITAS

NO OFERTA VISITAS ESPECIALISTAS

0

El oferente que proponga visitas de especialistas, deberá considerar que dichas visitas se realizarán durante la ejecución del proyecto.

En el caso de ofertar visitas de especialistas, el oferente deberá coordinar las visitas del o los especialistas con el supervisor a cargo del proyecto, durante los primeros 5 días hábiles de iniciado el servicio.

Asimismo, será decisión de cada oferente la cantidad de profesionales por especialización que designe para llevar a cabo las visitas ofertadas.

En caso de no ofertar especialistas, la oferta quedará Inadmisible y no se continuará evaluando.

En el caso de marcar todos los Ítem, incluyendo “NO OFERTA ESPECIALISTAS”, la oferta quedará Inadmisible y no se continuará evaluando.

a.2) Sub-criterio Toma de Muestras y/o Ensayes, ponderada en un 50%. Se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

ÍTEM

PUNTAJE ASIGNADO POR TOMA DE ENSAYES Y/O CONTRAMUESTRAS ADICIONALES LAB. AUTORIZADOS.

HABILITACIÓN

15

OBRA GRUESA

15

TERMINACIONES

10

URBANIZACIÓN

10

PAVIMENTACIÓN

15

REDES AP

15

REDES AS

10

DRENES

10

PUNTAJE ACUMULATIVO TOTAL

100 PUNTOS

ÍTEM

PUNTAJE ASIGNADO POR NO OFERTAR TOMA DE: ENSAYES Y/O CONTRAMUESTRAS ADICIONALES LAB. AUTORIZADOS.

NO OFERTA TOMA DE ENSAYES Y/O CONTRAMUESTRAS ADICIONALES ITEM

0

El oferente que proponga ensayes y/o tomas de muestras, en cada ítem de partidas deberá considerar que el número de ellas será determinado de acuerdo a las necesidades que presente cada proyecto.

En caso de no ofertar partidas, la oferta quedará Inadmisible y no se continuará evaluando.

En el caso de marcar todos los Ítem, incluyendo “NO OFERTA PARTIDAS”, la oferta quedará Inadmisible y no será Evaluada.

Cálculo del Puntaje Final:

C = Ʃ (puntaje visitas especialistas* 0,50) + (puntaje toma de muestras y/o ensayes * 0,50)

Donde:

C= Prestaciones Adicionales

Ʃ = Suma total

Del resultado obtenido se realizará el siguiente cálculo para obtener el puntaje final de ponderación:

Cálculo resultado ponderación= (Puntaje x0.35)

b) Sub-criterio 2: Comportamiento Contractual Anterior (CCA) 35%:

El siguiente criterio tiene una ponderación de un 35%, se asignará puntaje de 100 puntos a cada oferente si conforme a la fecha de publicación de esta licitación no tuviese multas sancionadas con resolución exenta o término de contratos anticipados hasta 25 meses antes de la publicación de la licitación.

Para el caso de empresas que cuenten con multas o términos de contrato hasta 25 meses antes de la fecha de publicación de esta licitación, se restarán puntos por cada falta cometida desde una base de 100 puntos, de forma acumulativa, según la siguiente tabla:

Comportamiento Contractual Anterior

Comportamiento contractual anterior de la Empresa

0 - 6 meses antes de la publicación de la licitación

7 - 12 meses antes de la publicación de la licitación

13 - 18 meses antes de la publicación de la licitación

19 - 24 meses o más antes de la publicación de la licitación

Ninguna

-

-

-

-

Leve:

-10

-5

-3

-2

Menos Grave:

-25

-13

-8

-5

Grave:

-50

-25

-17

-10

*De acuerdo a las sanciones aplicadas.

Para estos efectos se entenderá como:

Leve: Atraso entrega de Informe semanal, inasistencia a obra y/o reuniones citadas, no instalación de letrero en obra y el no cumplimiento a la solicitud de cambio de personal.

Menos Grave: Atraso entrega de Informe mensual, no cumplimiento de oferta técnica y errores en información no enmendada.

Grave: No cumplimiento de Instrucciones del Supervisor, no ingresar información en los sistemas, Rotación de personal, Cambio de profesional sin informar y el Término anticipado del Contrato.

Del resultado obtenido se realizará el siguiente cálculo para obtener el puntaje final de ponderación:

Cálculo resultado ponderación= (Puntaje x0.35)

c) Sub-criterio 3: Programa de Integridad (PI) 5%:

El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos por su personal, en virtud del artículo 17 del Reglamento de la Ley de Compras y a lo solicitado por la Contraloría General de la República en sus Dictámenes N°E370752/2023, N°E435864/2024, N°E536097/2024 y N°E586179/2024 y según lo informado en el Anexo N°5. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Programa de Integridad conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita programas de integridad que sean conocidos por su personal

100

La entidad oferente NO acredita o no tiene programas de integridad que sean conocidos por su personal

0

Del resultado obtenido se realizará el siguiente cálculo para obtener el puntaje final de ponderación:

Cálculo resultado ponderación= (Puntaje x0.05)

d) Sub-criterio 4: Impacto Ambiental (IA) 5%:

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°6 que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo con la letra e. del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 5%. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

 

Prácticas sustentables o de impacto ambiental conocido por el personal

Puntaje

La entidad oferente acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

100

La entidad oferente NO acredita prácticas sustentables o de impacto ambiental que sean conocidos por su personal.

0

Del resultado obtenido se realizará el siguiente cálculo para obtener el puntaje final de ponderación:

Cálculo resultado ponderación= (Puntaje x0.05)

e) Sub-criterio 5: Seguimiento digital fiscalización técnica de obras (SD) 20%:

Este criterio se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°7, este factor tiene una ponderación de 20% debidamente acreditado de acuerdo con el literal e) del punto 5.2.3. de las bases administrativas de licitación. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Seguimiento Digital Fizcalización Técnica de Obras

Puntaje

La entidad oferente acredita Software de Gestión para la Inspección Técnica de Obra Digital

100

La entidad oferente NO acredita Software de Gestión para la Inspección Técnica de Obra Digital

0

Cálculo resultado ponderación= (Puntaje x0.2)

Calculo Puntaje Oferta Técnica

La fórmula de cálculo final de la Oferta Técnica será la siguiente:

 

A= (Ʃ PA) * 0.35 + (Ʃ CCA) * 0.35 + (Ʃ PI) *0.05 + (Ʃ IA) * 0.05 + (Ʃ SD) * 0.2

 

Donde:

A= Oferta Técnica

PA: Prestaciones Adicionales.

CCA: Comportamiento Contractual Anterior.

PI: Programa de Integridad

IA: Impacto Ambiental

SD: Seguimiento digital fiscalización técnica de obras

B. Precio u Oferta Económica (40%):

El presente criterio tendrá una ponderación de 40%, se considerará lo indicado por el oferente en el Anexo N°9.

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

Del resultado obtenido se realizará el siguiente cálculo para obtener el puntaje final de ponderación:

Resultado Ponderación = (Puntaje Precio x 0.4)

C. Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (10%):

El siguiente criterio tiene una ponderación de un 10%, Presentación de la totalidad de los antecedentes requeridos y Economía procedimental.

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, o en su defecto, se haya aplicado el principio de no formalización, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 56 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024, obtendrá 0 puntos en este criterio.

Se entenderá que el oferente cumple con los requisitos formales de la oferta cuando:

  1. Complete de forma íntegra los anexos solicitados, salvo lo indicado en el punto 5.2.3 en el que se indica que en caso de no completar la información solicitada no se considerará en la evaluación.
  2. Adjunte la totalidad de los documentos que acrediten lo declarado en los citados anexos, en la y de la forma exigida en las presentes bases de licitación, y;
  3. Respete los formatos solicitados por este Servicio.

Del resultado obtenido se realizará el siguiente cálculo para obtener el puntaje final de ponderación:

Cálculo resultado ponderación= (Puntaje x0.1)

f) Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para determinar el puntaje total ponderado (PTP), se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases, para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = A * 0,50 + B * 0,40 + C * 0,10

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü A: Oferta Técnica

ü B: Precio u Oferta Económica

ü C: Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado.   El resultado del puntaje de cada proveedor no será aproximado, si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio Precio u Oferta Económica. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el Cumplimiento de Requisitos Formales. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya obtenido el mejor puntaje en el resto de los criterios, respectivamente. Finalmente, si subsiste el empate se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallando: los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirectora de Vivienda y Equipamiento, proponiendo adjudicar a aquellas ofertas que resulten con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.   Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

Para aquellos proyectos en que la FTO adjudicada tenga incompatibilidad para desarrollar este rol, según el D.S. Nº49, del V. y U., y la Resolución Exenta N°1875/2015, SERVIU Metropolitano podrá adjudicar la licitación, solo para aquellos proyectos en que se presenta dicha incompatibilidad, a los proponentes que en orden de prelación obtengan los siguientes mejores Puntaje Total Ponderado.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 61 del Reglamento de Compras D.S. N° 661/2024.

10.5.   Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más cuando no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.   Del Contrato

10.6.1. Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, los que deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 180 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado o no haber regularizado en forma oportuna su estado de inhabilidad en el registro recién mencionado, no haber acreditado la inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido, y la presentación falsa de información, o documentación.

10.6.2. Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3. Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4. Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7. Responsabilidad del Oferente Adjudicado

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 y F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

La FTO, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

Durante el transcurso del contrato, SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de verificar en terreno que la salud de los profesionales contratados por la FTO sea compatible con el cargo a ejecutar. En caso de detectarse alguna incompatibilidad, la empresa de fiscalización deberá tomar las medidas necesarias y pertinentes que aseguren el normal y total desarrollo de la fiscalización técnica. Si la empresa de fiscalización no realiza ninguna acción habiendo SERVIU Metropolitano encontrado e informado la incompatibilidad de algún profesional dentro de un plazo máximo de 5 días corridos, SERVIU Metropolitano exigirá el inmediato reemplazo del profesional, que deberá regirse por la presente bases de licitación.

La FTO también, responderá por los daños o perjuicios ocasionados a terceros por su gestión. Si por dichos daños o perjuicios cualquiera persona pretende ejercer acción contra del SERVIU Metropolitano, éste podrá repetir en contra de la FTO por las cantidades que en definitiva sea obligado a pagar, más gastos legales y administrativos.

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. SERVIU Metropolitano requiere se gestionen por parte del proveedor las solicitudes de órdenes de garantía con al menos 30 días previos al vencimiento de estas, con la finalidad de que el proveedor mantenga al día sus compromisos contractuales.

10.8.   De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando la totalidad de las viviendas y/o departamentos a fiscalizar. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

10.9.   Del Pago

El precio del contrato será el ingresado por el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público, y señalado en el Anexo de la Oferta Económica y cuyo precio ofertado puede ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el punto 5.2.4., y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal Mercado Público.  Sin perjuicio de lo anterior, SERVIU Metropolitano solo pagará al adjudicatario el total de las viviendas y/o departamentos efectivamente fiscalizados y con recepción DOM, por lo que el adjudicatario solo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

La empresa FTO deberá hacer entrega de la programación Financiera asociada a cada proyecto a fiscalizar al supervisor SERVIU designado, durante los primeros 10 días hábiles a contar de la entrega de terreno o inicio de la prestación de los Servicios indicando montos a solicitar de acuerdo al tiempo de la duración del contrato, el cual debe estar asociado al PAC (Plan de Aseguramiento de la Calidad) presentado por la empresa constructora respectiva.

Si, al inicio de la prestación de los servicios, la FTO detecta lo descrito en el punto 10.15 de las presentes bases de licitación, la empresa FTO deberá adjuntar al primer estado de pago, el informe descrito en el punto 10.15 aprobado por la supervisión SERVIU, de lo contrario no se podrá cursar cobro por dicho avance.

El SERVIU Metropolitano, a solicitud de la FTO, pagará el precio de la fiscalización, un porcentaje equivalente al avance físico del proyecto con tope del 95%, según lo establecido en la Resolución Exenta Nº 1875 (V. y U.) de 2015, con una frecuencia no mayor a un pago mensual, para lo cual el SERVIU Metropolitano deberá verificar la relación entre el porcentaje de avance físico del proyecto y los recursos ya pagados por este concepto.

El porcentaje restante será pagado contra:

  1. La conclusión del proceso de post venta y la presentación de un informe final digital de cierre (artículo 4, punto 14, letra h), confeccionado por el Fiscalizador Técnico de Obras. Dicho informe incluye Certificado de Recepción Final u otro documento otorgado por la respectiva Dirección de Obras Municipales. Además, se deberá incluir la información referida en, Resolución Exenta N° 1875, (V. y U.), de 2015 y la Resolución Exenta N° 9866 (V. y U.) de 2017.
  2. Acta reunión Inicio y Acta Reunión Termino Post Venta.
  3. Certificado actualizado emitido por la Inspección del Trabajo en que conste que no presenta reclamos ni deudas pendientes, por obligaciones laborales ni previsionales.
  4. Imagen Sistema MUNIN con registro del término de proyecto.
  5. Copia de garantía por correcta ejecución de las Obras.

Para este efecto, el Departamento de Obras de Edificación emitirá la correspondiente orden de pago una vez verificado los antecedentes anteriormente descritos.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor en forma mensual, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

Con el objeto de mantener la trazabilidad se recibirán estados de pago los días miércoles de cada semana, los que se deben enviar mediante correo electrónico a los correo ofpaserviurm@minvu.cl, al supervisor de SERVIU a cargo del proyecto y con copia al correo equipofto@minvu.cl 

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) y Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Carta conductora, informe avance obras con firma en fresco del profesional que realiza la Fiscalización técnica de obra en terreno, detalle de Pago.

ü  Resolución de Contrato (solo para el primer estado de pago).

ü  Imagen registro Sistema MUNIN con ingreso de visitas actualizados.

ü  Acta inicio de obras (solo para el primer estado de pago).

ü  Copia garantía y respectivo folio.

ü  Correo Entidad Patrocinante que ratifique mes a mes N° beneficiarios.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Lo anterior en conformidad al apartado N° 14 del Oficio Circular N° 15, de fecha 09 de abril de 2020, del Ministro de Hacienda.

Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, toda la documentación que se requiera para tales efectos. Solo se podrá emitir el documento tributario electrónico, una vez entregados todos los antecedentes que se requieren para el pago y cuando SERVIU emita la recepción conforme a través de la orden de compra de Mercado Publico. En caso de emitir la facturación sin previa autorización de SERVIU, esta será reclamada a través de SII. La Factura o Boleta de Honorarios deberá ser enviada en formato electrónico al correo ccerdar@minvu.cl  y el archivo XML debe ser enviado antes de las 72 horas desde su emisión a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com, en caso contrario el documento será reclamado automáticamente.

Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10. Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales no podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo. Por tanto, se aplicarán multas de acuerdo a su clasificación y a la siguiente tabla.

FALTA

VALOR MULTA

LEVE

 

Presentar 2 veces o más a cobro una misma fiscalización.

3 UF por evento

LEVE

 

En caso que el proveedor no cumpla con el plazo establecido para la presentación del servicio o con el plazo establecido en el punto 10.14 de las Bases Administrativas,  para el reemplazo de uno o más profesionales y/o que no cumplan con los requisitos solicitados.

3 UF por cada día de atraso.

LEVE

En los casos en que la FTO incurriere en atraso respecto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las Bases y/o no diere cumplimiento a los plazos fijados mediante las instrucciones, órdenes y obligaciones impartidas por escrito por el Supervisor del SERVIU Metropolitano, la multa procederá siempre y cuando no haya una autorización previa y expresa por parte del supervisor del Servicio.

 3 UF por cada día de atraso.

LEVE

 

En casos en que la FTO incurriere en atraso en la entrega del(los) Informe(s) Parcial(es), semanal(es), mensual(es) o Final(es), relacionado(s) con la fiscalización y/o detección de posibles errores u omisiones en el Informe de avance físico de la obra. La multa procederá siempre y cuando no haya una autorización previa y expresa por parte del supervisor del Servicio.

3 UF por cada día de atraso.

LEVE

Por cada oportunidad en que no se dé cumplimiento a la presencia personal de los profesionales que corresponda de la FTO, reuniones, citaciones u otros eventos importantes, debidamente informadas al FTO de parte del SERVIU Metropolitano. La multa procederá siempre y cuando no exista una autorización por parte del SERVIU Metropolitano.

3 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

En caso de haber ofertado visitas por especialistas, por cada oportunidad en que se detecte un incumplimiento de lo ofertado. La multa procederá siempre y cuando no exista una autorización por parte del SERVIU Metropolitano.

7 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

En caso de haber ofertado toma de muestras y el oferente no cumpla con lo solicitado por el Supervisor SERVIU Metropolitano.

7 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

 

En caso de detectarse errores y/u omisiones en la información entregada por el FTO que afecten el avance de las obras y/o retrasen la tramitación de Estados de Pago, sin una justificación y autorización previa por parte del SERVIU Metropolitano.

7 UF por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

No disponer de movilización adecuada, según bases de licitación.

7 U.F por cada incumplimiento detectado.

MEDIA

Si durante la prestación de los servicios la ITO incurriere en cualquier acto vejatorio en contra de algún funcionario o usuario SERVIU, ya sea maltrato, insulto o agresión física; se aplicará la multa correspondiente por cada evento y el supervisor podrá solicitar el cambio inmediato de la FTO.

7 UF por cada evento ocurrido.

MEDIA

Atraso en la fecha de renovación o reemplazo de la garantía correspondiente, sin el aviso y autorización previa del Servicio. 

7 UF por cada día de atraso.

MEDIA

En caso de presentar a cobro Estado de Pago por servicios FTO sin la firma en fresco del profesional a cargo de la fiscalización técnica de obras.

7 UF por cada evento ocurrido. (hasta 2 oportunidades)

GRAVE

El no cumplimiento de su oferta a cabalidad al inicio y durante el desarrollo del contrato que involucra la ejecución de todos los proyectos adjudicados. Lo anterior, siempre que no que exista un acuerdo previo entre las partes.

15 UF por cada incumplimiento detectado, hasta 3 veces.

GRAVE

En caso de detectarse errores y/u omisiones en lo informado formalmente por la FTO, siendo solicitada la corrección por parte del Supervisor, y éste no responde.

15 UF por cada evento ocurrido, hasta 3 veces.

GRAVE

Por cada oportunidad en que no se dé cumplimiento a la presencia personal de los profesionales que corresponda de la FTO en las obras de cada proyecto, de acuerdo a los regímenes de visitas establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas.

Con un tope máximo de 2 veces durante la vigencia del contrato

En caso de superar dicho tope se pondrá termino al servicio. 

15 UF por cada día de atraso, hasta 2 veces.

GRAVE

En caso que se realice el cambio de profesional durante el periodo de Post Venta, en cada proyecto, sin la autorización del Servicio. (dentro de las 2 veces, no serán considerados los cambios por feriados legal, licencias médicas y/o renuncias)

15 UF por cada evento, hasta 2 veces.

GRAVE

 

Si los servicios de fiscalización de obras son desarrollados por profesionales distintos de los comprometidos por el proveedor en cada proyecto, sin el aviso y autorización previa del Servicio.

En caso de superar dicho tope se pondrá termino al servicio.

15 UF por cada profesional y por cada mes o fracción en que ello ocurra, hasta 2 veces.

                                          

  • En caso que las observaciones indicadas por parte de la supervisión del SERVIU Metropolitano, no fuesen subsanadas y se repitiese la falta, las multas se aumentarán en un 20%.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, la supervisión de SERVIU Metropolitano notificará al proveedor mediante oficio del Jefe del Departamento de Obras, el cual será enviado por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (3) tres días hábiles para efectuar sus descargos mediante carta dirigida al Jefe del Departamento de Obras, ingresada por oficina de partes del Servicio y por correo electrónico, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor personalmente, por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.

10.11. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 129 del Reglamento de Compras D.S. N° 661/2024, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio.

Los proyectos señalados en el cuadro PROYECTOS A FISCALIZAR del punto 5.2.4 Antecedentes Económicos, se encuentran aprobados por el Departamento de Estudios de SERVIU Metropolitano, los montos máximos a pagar por proyecto se encuentran definidos en la Resolución Exenta 490/2023dependiendo del Capítulo y los proyectos asociados a estos.

La SEREMI de Vivienda ratifica los recursos según se establecen en la Resolución Exenta N°85/2024 y N° 86/2024.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12. Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 130 del Reglamento de Compras D.S. N° 661/2024, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato en las siguientes situaciones:

ü  Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

ü  En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 130 del Reglamento de Compras D.S. N° 661/2024, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considerará incumplimiento grave:

ü  Acumular multas por más de un 5% del valor total del contrato.

ü  La aplicación de tres multas clasificadas como graves.

ü  Cuando se superen el número de máximos de veces de cambio de profesional, indicadas en el punto 10.14 de las Bases administrativas.

ü  Cuando se superen los topes máximos de incumplimientos indicados en la cláusula de multas.

ü  En el caso establecido en el literal f) del punto 10.13 “Confidencialidad y Seguridad de la información” de las bases Administrativas.

ü  En el caso previsto en el literal c) del punto 5 de las Bases Técnicas.

ü  No dar cumplimiento a la obligación indicada en el noveno apartado, del punto 6 de las bases administrativas.

ü  Si SERVIU Metropolitano decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

ü  En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

ü  En caso de rechazo o revocación de inscripción en el Registro de Consultores.

ü  En caso de existir falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar al Ministerio Público para el caso en que existan presunciones fundadas de delito.

ü  Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

ü  Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 130 del Reglamento de Compras D.S. N° 661/2024.

ü  Si al hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario no presente una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que se hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

ü  Si del análisis y estudio de los informes se desprende que la Asesoría no satisface las necesidades requeridas, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, el SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de terminar anticipadamente el contrato haciendo efectiva a su favor la garantía  de fiel y oportuno cumplimiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas que resulten aplicables conforme a lo dispuesto en el Art. 43 del D.S. N° 135, de 1978, que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

ü  En caso de presentar cualquier documentación, certificación o información falsa o negligentemente tardía o inexacta, ya sea en sus ofertas, antecedentes, nóminas, informes u otros que se relacionen con los servicios a contratar, se aplicará cobro de garantía de fiel cumplimiento.

ü  En caso de declararse por los tribunales de justicia inhabilitación para contratar con el Estado, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, de 2023, de Delitos Económicos, Penas Privativas de Libertad, Penas Restrictivas de Libertad, Multa, Circunstancias Atenuantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Agravantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad penal, Comiso de Ganancias, Medio Ambiente, Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

ü  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N°19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N°19.886.

ü  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 132 del Reglamento de Compras D.S. N° 661/2024.

10.13. Confidencialidad y Seguridad de la Información

a)     Los Proveedores que presten servicios al SERVIU Metropolitano y que se encuentren físicamente en nuestras dependencias deberán conocer y cumplir con la Política de Seguridad de la Información disponible en la Página Web del SERVIU Metropolitano (www.serviurm.cl).

b)     El Proveedor que tiene acceso a información del SERVIU Metropolitano deberá considerar que dicha información siempre tendrá el carácter de confidencial y no podrá ser difundida, a excepción que existan cláusulas específicas en el contrato.

c)     El Proveedor que tenga acceso a la información confidencial durante la prestación del contrato contenida en los sistemas computacionales, documentada e impresa, deberá entender que dicha información es estrictamente confidencial y sin que ello le confiera derecho alguno de posesión, titularidad o copia de estas.

d)     Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten trabajos en las distintas dependencias de SERVIU Metropolitano, no podrán acceder a las distintas áreas del Servicio sin previa autorización de su contraparte técnica (Fiscalización Técnica de Obras, Comisión Técnica, Administrador del Contrato o Unidad correspondiente), y solo podrán realizar el trabajo encomendado en el área asignada, sin acceder a información, equipos y bienes allí disponibles.

e)     El Proveedor deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios. El proveedor deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

f)      La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

g)     Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.14. De los Profesionales

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho a disponer el cambio de uno o más de los profesionales que prestan los servicios de fiscalización, en caso que ocurra lo establecido en el cuadro del punto 10.10 de las bases administrativas y/o los servicios prestados por estos no fueren satisfactorios en los términos que exigen las presentes bases y la normativa vigente.

En los casos en que la empresa FTO requiera reemplazar o cambiar el o los profesionales a cargo de los proyectos, deberá presentar vía correo electrónica al supervisor a cargo con copia al Equipo FTO, el formulario: “Solicitud de Cambio de Profesional”. El cual una vez autorizado recién entonces se podrá materializar el cambio del profesional en el respectivo proyecto.

Si durante la vigencia del contrato o durante la ejecución de los proyectos, alguno de los integrantes del Equipo de Profesionales tuviera impedimentos fundados para no realizar el trabajo encomendado, la empresa podrá proponer su reemplazo por otro que  cumpla con el mínimo de los mismos requisitos establecidos en las presentes bases, de acuerdo al régimen y categoría solicitados, adjuntando los antecedentes que acrediten que el nuevo FTO cumple con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada por él o por los profesionales que formen parte del equipo de fiscalización técnica de obra que se haya adjudicado la propuesta, para lo que el proveedor debe ingresar al Supervisor SERVIU a cargo del proyecto el formulario de Solicitud de Cambio de Profesional, la que debe ser enviada al correo ofpaserviurm@minvu.cl, con copia al equipo encargado de licitaciones, comunicando que se hará dicha solicitud previamente por escrito al Supervisor de SERVIU Metropolitano.

Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles, en el intertanto la FTO deberá adoptar las medidas correspondientes para que la obra durante este período mantenga la fiscalización. Si lo considerase necesario, SERVIU Metropolitano puede exigir documentos anexos a los requeridos por las presentes bases. El cambio de profesional se puede realizar como máximo 3 veces, durante la vigencia del contrato, en caso que esta rotación de personal sea mayor a la mencionada; se aplicará la multa indicada en el cuadro de multas en el punto 10.10 de las presentes bases de licitación.

También podría existir el caso de sustituir un profesional en situaciones como temporada de vacaciones, licencias médicas o alguna otra justificada; en este caso el FTO para la sustitución debe ser del mismo nivel o superior que el FTO original y debe cumplir con las mismas exigencias establecidas en las bases del llamado de licitación y la misma experiencia acreditada por él o por los profesionales que formen parte del equipo de fiscalización técnica de obra que se haya adjudicado la propuesta. Este proceso de cambio de profesional no puede durar más de 5 días hábiles, en el intertanto la FTO deberá optar las medidas correspondientes para que la obra durante este periodo mantenga la fiscalización.

10.14.1. Para Solicitar Cambio de Profesionales por Motivo de Vacaciones

El proveedor debe ingresar carta vía correo electrónico a ofpaserviurm@minvu.cl, dicho documento debe ser  dirigida al jefe del departamento de obras y en atención a la supervisión a cargo  y encargado de Licitaciones, con al menos 20 días hábiles de anticipación para su respectiva evaluación. De lo contrario se procederá a aplicar multa (multa grave).

10.14.2. Para Solicitar Cambio de Profesionales por Renuncias/Licencias Médicas

El proveedor debe ingresar carta vía correo electrónico a ofpaserviurm@minvu.cl, dicho documento debe ser  dirigida al jefe del departamento de obras y en atención a la supervisión a cargo y encargado de licitaciones, al día siguiente de informada dicha renuncia, desvinculación o licencia en la cual se debe informar el profesional propuesto por al menos 5 días hábiles mientras se resuelve en forma definitiva dicha contingencia. Si después de dicho plazo no se ha regularizado la situación se procederá a aplicar multa.

10.15   Obras con Avance Físico previo al inicio del Servicio FTO

Si al momento de iniciar los Servicios de Fiscalización, la FTO detecta ejecución de obras o intervención en el terreno, esta debe realizar un levantamiento completo de todo lo detectado (respaldar con fotografías) e informar por escrito a la supervisión SERVIU Metropolitano, respecto de la situación: Administrativa, Financiera y Técnica de la Obra a objeto de verificar la correcta ejecución y fiscalización previa de esta. De acuerdo a la normativa vigente, Itemizado Técnico de construcción, D.S. 85 del año 2007, Resolución Nº 1875/2015y sus modificaciones.

Dicho informe debe ser presentado vía correo electrónico, dirigido al Jefe del Departamento de Obras y a la supervisión del SERVIU Metropolitano, con copia al Equipo FTO, durante los primeros 15 días corridos de iniciado el servicio, este documento debe ser aprobado por la supervisión SERVIU.

La aprobación de este informe debe ser adjuntada con el primer cobro de estado de pago de FTO.

10.16 Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a.        El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

b.        El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

c.        El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d.        El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, incorporado por la Ley N° 21.634 de 2023, que Moderniza la Ley de Compras y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

e.        El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

f.         El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

g.        El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

h.        El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

i.    El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


Bases Técnicas
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10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.