Licitación ID: 48-37-LR23
Conv. Suministro Mezcla Asfaltica con Asfalto Modi
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asfalto 1 Tonelada
Cod: 30121601
Mezcla asfáltica con Asfalto Modificado, de acuerdo a las bases técnicas definidas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Conv. Suministro Mezcla Asfaltica con Asfalto Modi
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Convenio para el suministro de mezcla asfáltica con Asfalto Modificado”, con el propósito de conservar la Red Vial de la Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-07-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 16-06-2023 16:52:52
Fecha inicio de preguntas: 16-06-2023 17:40:00
Fecha final de preguntas: 04-07-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-07-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-07-2023 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-07-2023 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 23-08-2023 15:22:34
Fecha de entrega en soporte fisico 17-07-2023
Fecha estimada de firma de contrato 29-09-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2. Instrucciones para Presentación de Ofertas 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes administrativos solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en Chileproveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del art 62 del reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes administrativos. Los anexos y/o documentos solicitados en el presente punto constituyen requisitos obligatorios, según corresponda; en caso de que los oferentes no los adjunten o éstos se encuentren en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados en este punto, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso del anexo N°3, éste constituye requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3, plazo de entrega (en días hábiles), el que se contará desde la fecha de emisión de cada Orden de Compra. Se hace presente que, en caso de los anexos de admisibilidad, adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporcionen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la aplicación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluará solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio unitario neto, por tonelada, del suministro requerido de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para entregar el suministro con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Portal Mercado Público. El oferente debe indicar claramente en éste anexo y/o en el “Campo Especificaciones del Proveedor” al momento de ingresar su oferta económica en el Portal Mercado Publico, los impuestos aplicables al valor ofertado, o la exención de ellos. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, o de no presentarse debidamente completado y firmado, dicha propuesta no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
No hay información de requisitos para persona jurídica

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto 6 Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a) Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 15%
2 b) Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 80%
3 c) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 31.02.004.40032460-0
Monto Total Estimado: 542000000
Justificación del monto estimado La relación contractual a que dará origen la presente licitación, corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuya entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La relación contractual a que dará origen la presente licitación, corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuya entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme Santos
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Silvia Herrera Villalon
e-mail de responsable de contrato: sherrera@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-9014523-4523
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
EL proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del suministro requerido, producto de la responsabilidad de su integro cumplimiento y de la calidad del suministro.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 10-10-2023
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadero a la vista, sea tomado por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Secretaria de la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233 comuna de La Florida, indicando el número de ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de la presentes bases. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, los oferentes podrán hacer entrega de la garantía conforme a lo establecido en la Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el oferente deberá ingresar, vía correo electrónico dirigido a cbarahonat@minvu.cl, con copia a (sherrera@minvu.cl) y (jperezc@minvu.cl); los siguientes documentos: • Solicitud orden de garantía en formato PDF. • Garantía escaneada en formato PDF. • Declaración Jurada en formato PDF. • Datos ejecutivos en formato PDF. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del oferente, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica ………………………………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. En el correo electrónico donde se adjunten los antecedentes ya indicados, se deberá señalar la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de verificar esta situación. Una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará, a través del Portal de Mercado Público, la disponibilidad de recepción física de garantías de seriedad de la oferta. Esta garantía de seriedad de la oferta, podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación Pública ID 48-37-LR23: Convenio para el suministro de mezcla asfáltica con Asfalto modificado. Para el caso del vale vista, la glosa deberá ser escrita al reverso del documento o bien se deberá presentar un documento firmado con la citada glosa.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Publico. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano. En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el oferente retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaría correspondiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Serviu Metropolitano
Fecha de vencimiento: 30-12-2024
Monto: 10 Peso Chileno
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía se presente formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada del Departamento de la Planta Asfáltica de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, ubicada en Departamental N°01233, La Florida con la Sra. Silvia Herrera, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación Pública ID 48-37-LR23: Convenio para el suministro de mezcla asfáltica con Asfalto modificado. En caso de vale vista, la glosa deberá estar escrita al reverso del documento, o bien, en un documento anexo debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 29013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
otras clausulas

10.     Otras Cláusulas

10.1.  Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.  Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta y todos los requisitos de admisibilidad (ver punto 5.2.3 y 5.2.4 de las bases administrativas de licitación).

10.3.  Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal Mercado Público, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. La aplicación del foro Aclaración de Oferta implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, para responder lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

a)    Oferta Técnica:

La Comisión Evaluadora considerará para los efectos de su evaluación técnica el criterio plazo de entrega del suministro, a evaluarse en base a una escala de 25 a 100 puntos. Las ofertas se evaluarán en consideración a la información entregada en el Anexo N°3, asignándose puntaje de acuerdo a los siguientes rangos:

ü 1 día: 100 puntos.

ü 2 días: 75 puntos.

ü 3 días: 50 puntos.

ü 4 días: 25 puntos.

En caso que algún oferente indique un plazo de entrega superior a los 4 días, la oferta se considerará como fuera de bases. Para todos los efectos, los días corresponden a días hábiles.

b)    Precio:

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

c)    Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta:

Este criterio tiene una ponderación de un 5 %, y corresponde al que el oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta (los requisitos obligatorios establecidos en el punto 5.2.2 y 5.2.3 de las presentes bases administrativas), aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

d)    Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio oferta técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 15%, al puntaje obtenido en el criterio precio (PP) se le aplicará una ponderación de un 80% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0,15 + PP * 0,80 + PCRFO * 0,05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü PP: Puntaje Precio.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica. Finalmente, si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes, de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.  Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatorio, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.  Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.  Del Contrato

10.6.1.                   Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.                   Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.                   Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.                   Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.  Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.         De las Obligaciones Laborales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

10.7.2.         Con la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

En caso de cobro de la garantía, por alguna circunstancia, que no signifique el cese de contrato, el proveedor deberá renovarla dentro del plazo de siete días hábiles siguientes a su cobro, so pena de dar por terminado anticipadamente el contrato sin indemnización.

En el evento en que se acuerde la prórroga o renovación del contrato, el proveedor deberá acompañar una nueva garantía de fiel cumplimiento por el plazo, monto y en los mismos términos exigidos para el contrato original.

De acuerdo con lo contemplado en el artículo 68 inciso 2º del Reglamento de la ley, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento caucionará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del proveedor.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. SERVIU Metropolitano requiere se gestionen por parte del proveedor las solicitudes de órdenes de garantía con al menos 30 días previos al vencimiento de estas, con la finalidad de que el proveedor mantenga al día sus compromisos contractuales.

10.7.3.         Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.  De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, emitirá una Orden de Compra al proveedor contratado indicando la cantidad de suministro para el período de vigencia del contrato,  Para lo cual la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales solicitará a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, mediante Formulario de Compra, emitir una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público de acuerdo a las necesidades del Servicio.

10.9.  Del Pago

El monto total a pagar estará determinado por el valor unitario ofertado a través del Portal Mercado Público y las cantidades efectivamente entregadas y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor contra entrega conforme del servicio adjudicado, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

a)    Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda. En caso que el proveedor no tenga a su cargo trabajadores regidos por el Código del Trabajo deberá presentar una declaración simple que señale que no cuenta con trabajadores a su cargo.

b)    Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

c)    V°B° del supervisor del Contrato, en razón de haberse prestado conforme lo señalado en las presentes bases y en estricto apego a la respectiva Orden de Compra, y recibido a satisfacción del SERVIU Metropolitano.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

La Factura o Boleta de Honorarios y los antecedentes requeridos para el pago deberán ser remitidos al correo electrónico de la contraparte técnica del contrato. En caso que el proveedor requiera entregar en forma física la Factura o Boleta de Honorarios y los antecedentes requeridos para el pago, deberá efectuarlo en la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233, comuna de La Florida, (con Silvia Herrera), teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 h y las 14:00 h. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, toda la documentación que se ha solicitado para tales efectos.

SERVIU Metropolitano realizará los pagos, a través de transferencia electrónica de fondos, en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Si esta opción no se encontrare disponible, por indisponibilidad del sistema, SERVIU Metropolitano en caso excepcional emitirá cheque nominativo al proveedor.

Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, toda la documentación que se requiera para tales efectos. Solo se podrá emitir el documento tributario electrónico, una vez entregados todos los antecedentes que se requieren para el pago y cuando SERVIU emita la recepción conforme a través de la orden de compra de Mercado Público. En caso de emitir la facturación sin previa autorización de SERVIU, esta será reclamada a través de SII. La Factura o Boleta de Honorarios deberá ser enviada en formato electrónico al correo ccerdar@minvu.cl y el archivo XML debe ser enviado antes de las 72 horas desde su emisión a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com, en caso contrario el documento será reclamado automáticamente.

Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios

10.10. Anticipos

SERVIU Metropolitano podrá otorgar anticipos hasta del 100% del monto del contrato, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 73 del Decreto N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003, y sus modificaciones legales.

Para el otorgamiento de este anticipo, el proveedor deberá garantizar los anticipos otorgados mediante garantía del mismo tipo a la establecida para el fiel cumplimiento del contrato, a nombre de SERVIU Metropolitano, con la glosa: para garantizar anticipo licitación ID correspondiente, por un monto equivalente al 100% de los recursos anticipados, con el mismo plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por SERVIU Metropolitano de los suministros que el proveedor haya entregado con cargo al respectivo anticipo, y se autorice el pago por el equivalente al 100% de los recursos anticipados, a fin de proceder a compensar dicho pago con el anticipo otorgado. También procederá devolver la garantía por anticipos en caso de que el proveedor reintegre el 100% de los recursos anticipados. También se podrán reducir estas garantías, en la misma proporción en que se reduzcan los anticipos de acuerdo a los pagos que se vayan autorizando.

10.11. Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos:

ü  Atraso en la entrega del suministro, se aplicará una multa diaria equivalente al 10% (diez por ciento) del valor de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Se entiende atraso a la no entrega del suministro de 130 toneladas mínimos diarios.

Dichas multas en su conjunto no podrán ser superiores al 10% del monto total del contrato, en caso de enterar 10 multas, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el jefe del Depto. Planta Asfáltica notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al jefe del Depto. Planta Asfáltica, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso.

10.12. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por los literales a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.13. Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)   Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)   En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)       No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)       No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)       No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

b.4)       Cuando se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 10% del monto total del contrato.

b.5)       En caso de presentar cualquier documentación, certificación o información falsa o inexacta, ya sea en sus antecedentes, nóminas, informes u otros que se relacionen con los servicios a contratar.

b.6)       No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2, de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

c)    Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)    En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)    Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)     Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.14. De la Supervisión del Contrato

Durante la vigencia del contrato, el suministro objeto de la presente licitación será supervisado por el encargado de recurso de la Planta Asfáltica y/o por quien determine el Sr. Subdirector de Pavimentación.

Este Encargado de Recurso será responsable de fiscalizar el efectivo cumplimiento a los términos del contrato y entre sus funciones se encuentran las siguientes:

a)   Revisar y controlar el avance del servicio en cualquier momento, formulando las observaciones que procedan, y disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias;

b)   Verificar los plazos de cumplimiento en la entrega del servicio que se hayan definido en el contrato y constatar su calidad;

c)   Mantener la documentación que se genere tanto en el proceso de licitación como en el desarrollo del contrato y distribuirla a quien corresponda;

d)   Solicitar que se cursen los pagos que proceda, verificando previamente la entrega conforme de los sectores intervenidos y el cumplimiento de todos los requisitos que procedan, en los términos y plazos fijados en el respectivo contrato, o bien, formular las observaciones que corresponda;

e)   Fijar reuniones de coordinación para el control del servicio licitado.

f)   Controlar boletas de garantía del servicio.

Concluido el objeto del contrato, el Encargado de Recurso deberá revisarlo, requerir las correcciones pertinentes y pre aprobar el informe final del proveedor, si procede.

A mayor abundamiento, deberá conservar toda la documentación y antecedentes que se generen durante la ejecución y al término del contrato.

Para la supervisión técnica, el Proveedor Adjudicatario deberá disponer de un vehículo con chofer con antigüedad máxima de 3 años, para visita a terreno del Encargado de Recurso de la planta asfáltica.

A mayor abundamiento, deberá conservar toda la documentación y antecedentes que se generen durante la ejecución y al término del contrato.

Para la supervisión técnica el Proveedor Adjudicatario deberá disponer un vehículo con chofer para visita a terreno del supervisor.

10.15. Cobros Adicionales

SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará intereses, reajustes, multas, fletes y/o cualquier partida adicional que recargue el precio de lo ofrecido.

Bases Técnicas

Bases Técnicas

“CONVENIO PARA EL SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA CON ASFALTO MODIFICADO”.

1.- mezcla asfáltica

La mezcla asfáltica a utilizar será del tipo IV–A-12 realizada con Asfaltico modificado con polímeros, de acuerdo con la siguiente Banda Granulométrica.

BANDA GRANULOMÉTRICA DE ARIDOS

DENOMINACION

IV –A- 12

TAMICES

(NCh)            (ASTM)

% QUE PASA EN PESO

40      mm     (1 ½")

     25      mm      ( 1")

20      mm     (3/4")

100

     2,5     mm     (1/2")

80 – 95

10      mm     (3/8")

70 – 85

       5      mm     (Nº 4)

43 – 58

     2,5     mm     (Nº 8)

28 – 42

    0,63    mm     (Nº 30)

13 – 24

    0,315  mm    (Nº 50)

8 – 17

    0,16    mm    (Nº 100)

6 – 12

    0,08    mm    (Nº 200)

4 – 8

Las propiedades de las mezclas se determinarán según el Método LNV 24 (Deformación plásticas de mezclas bituminosas usando el aparato Marshall), y su diseño se realizará por método Marshall LNV Nº 46.

La mezcla asfáltica para carpeta de rodadura deberá cumplir con las siguientes exigencias relativas al Método Marshall de diseño (ASTM D. 1559):

DISEÑO DE MEZCLA

Tránsito ³ 106 EE

Estabilidad (N)

entre 9.000 y 14.000

Fluencia (0.25 mm)

entre 8 y 14

Estabilidad / Fluencia 

entre  2.400  y 4.300

Huecos en la mezcla

4 % ± 1

Marshall (compactación briquetas)

75 golpes/cara

Vacíos Agregado Mineral, VAM (mínimo)

13 %

VFA (vacíos llenos de asfalto)

65 – 75%

Partículas Chancadas

100% min 97%

TABLA DOTACIÓN MINIMA DE CEMENTO ASFALTICO

           TIPO DE CAPA

     TIPO DE MEZCLA

DOTACIÓN MÍNIMA  (%)

            RODADURA

          SEMIDENSA

5,3 +/- 0.3  (MAS MENOS)

El diseño de la mezcla asfáltica a utilizar en el servicio deberá ser informado mediante certificados de laboratorios especializados con inscripción vigente MINVU y contar con V° B° del Supervisor del Servicio, antes que el suministrador inicie la fabricación de la mezcla. El 100% de los controles exigidos deberán ser pagados por el Suministrador.

Se solicita además el reporte del ensayo de Microscopía de Epiflourecencia, para la visualización de la compatibilidad Betún-Modificador, aceptando una inversión en el rango “Buena” a “Regular”, cuestión que de no cumplirse será razón para el rechazo del betún.

Los contenidos de asfalto, la granulometría de las capas y el % de partículas chancadas en estas, se determinará según LNV-11, LNV-15 y LNV-3, respectivamente, cuyos valores se verificarán cada 250 m3 o fracción tomando muestra de la mezcla según LNV-14, por parte del suministrador.  se considerará para tal efecto los m3 de mezcla suministrada. No se consideran muestras tomadas en planta. Para la toma de las muestras se deberá calcular aproximando a la unidad siguiente la décima si tuviera. Los certificados de laboratorios deberán tener inscripción vigente MINVU y contar con V° B° del Supervisor del Servicio.  Los informes de laboratorio deberán ser como mínimo uno por comuna.

Se deberán extraer testigos especificando densidad y espesor según diseño, los cuales se extraerán, según LNV-13 y LNV-14, a razón de uno por cada 500m2 o fracción de pavimento y considerando 1 testigo por calle como mínimo en caso de que la superficie sea inferior a 500 m2, el 100% de los testigos deberá ser por laboratorio acreditado y contar con inscripción vigente en el MINVU y aprobados por el Supervisor del Contrato.

Las guías de despacho de la mezcla asfáltica modificada deberán ser enviadas diariamente digitalizadas al supervisor del suministro.

2.       De la Entrega del Suministro

La mezcla asfáltica será retirada por camiones tolva y/o bateas de la Planta Asfáltica de SERVIU Metropolitano en la Planta Procesadora del proveedor, que debe estar ubicada dentro de la zona urbana de la Región Metropolitana, debe ser entregada dentro de la zona urbana, de la Región Metropolitana.

Durante la vigencia del contrato, el suministro objeto de la presente licitación será supervisado por el encargado de recurso de la Planta Asfáltica y/o por quien determine el Sr. Subdirector de Pavimentación.

Este Supervisor de Suministro será responsable de fiscalizar el efectivo cumplimiento a los términos del contrato y entre sus funciones se encuentran las siguientes:

a)   Revisar y controlar el avance del servicio en cualquier momento, formulando las observaciones que procedan, y disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias.

b)   Verificar los plazos de cumplimiento en la entrega del servicio que se hayan definido en el contrato y constatar su calidad.

c)   Mantener la documentación que se genere tanto en el proceso de licitación como en el desarrollo del contrato y distribuirla a quien corresponda.

d)   Solicitar que se cursen los pagos que proceda, verificando previamente la entrega conforme de los sectores intervenidos y el cumplimiento de todos los requisitos que procedan, en los términos y plazos fijados en el respectivo contrato, o bien, formular las observaciones que corresponda.

e)   Fijar reuniones de coordinación para el control del servicio licitado.

Concluido el objeto del contrato, el Supervisor de Suministro deberá revisarlo, requerir las correcciones pertinentes y pre aprobar el informe final del proveedor, si procede.

A mayor abundamiento, deberá conservar toda la documentación y antecedentes que se generen durante la ejecución y al término del contrato.

Para la supervisión técnica el Proveedor Adjudicatario deberá disponer un vehículo con chofer con antigüedad máxima de 3 años, para visita a terreno de Supervisor Suministro.

3.       Responsabilidad del Adjudicatario

A fin de llevar el Control de Avance de la entrega del suministro, deberá remitirse un informe semanal. La información respectiva deberá enviarse al correo del supervisor del Contrato asignado, para lo cual el Servicio acordará un formato de informe con el respectivo Proveedor en un plazo no superior al 2º día hábil de aprobado el contrato.

     

Deberá dar íntegro cumplimiento a las disposiciones reglamentarias vigentes, relativas a condiciones básicas en lugares de trabajo, higiene y proveer de alimentación a sus trabajadores, conforme sus jornadas lo requieran.