Licitación ID: 48-4-LE24
Serv Mant Preventivo y Reparativo Ascensores
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de mantenimiento de ascensores 1 Mes
Cod: 72101506
Servicio de Mantenimiento Preventivo de Ascensores, para las unidades VICOR 1, VICOR 2, VICOR 3, VICOR 4, POLAR 1, POLAR 2 y POLAR 3.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv Mant Preventivo y Reparativo Ascensores
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “Servicio de mantenimiento preventivo y de reparación para los ascensores ubicados en dependencias de SERVIU Metropolitano”, con el propósito de mantener en óptimas condiciones estos equipos de traslado.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-02-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 18-01-2024 17:56:00
Fecha inicio de preguntas: 18-01-2024 18:15:00
Fecha final de preguntas: 23-01-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-01-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-02-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-02-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 28-02-2024 18:01:29
Fecha de entrega en soporte fisico 01-02-2024
Fecha estimada de firma de contrato 11-04-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno. Se desarrollará en Serrano 45, Santiago. El oferente deberá coordinar con los funcionarios o agentes públicos: Jorge Zapata A. (correo jzapata@minvu.cl) o con David Garrido S. (correo dgarridos@minvu.cl). 22-01-2024 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la visita a terreno que se indica más adelante, de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los antecedentes administrativos, solicitados en el literal a) y b), salvo que se encuentren disponibles y firmadas las declaraciones juradas de la Plataforma de Mercado Público. Estos antecedentes constituyen un requisito obligatorio, por tanto, en caso de que no sean presentados al momento de ofertar o de ser presentados se acompañen de forma incompleta serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación en dicha instancia de los documentos solicitados implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley N°20.393, y el Decreto Ley N°211 de 1973 como también no haber sido condenado en virtud de la ley N°21.595 sobre delitos económicos, en conformidad al artículo N°33 de dicha ley. c) Completar y firmar Anexo N°10 Programa de Integridad. Este anexo constituye requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura de las ofertas. c.1) La información contenida en el citado anexo N°10 deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente deberá adjuntar el Certificado que acredite que cuenta con el programa de integridad, el cual deberá contener un mecanismo de verificación, ya sea código verificador, N° de contacto telefónico o correo electrónico de la empresa certificadora. Este antecedente constituye un requisito obligatorio, por tanto, en caso de que no sean presentados al momento de ofertar o de ser presentado de forma incompleta será solicitado a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación en dicha instancia del documento solicitado implicará la declaración de puntaje 0 en este criterio de evaluación.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso de los anexos N°3, N°4, N°5, N°6 y N°9, éstos constituyen requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentados al momento de ofertar, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura; mientras que, los documentos solicitados en el numeral a.1, b.1, b.3, literales c y e), constituyen requisito obliga torio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta o de solicitarse aclaración respecto de ellos, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales. Mientras que, los documentos solicitados en los numerales a.1, a.2, a.6, b.1, b.3, b.5, literales d), e), f) y g) constituyen requisito obligatorio, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales” . a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N° 3, Experiencia del oferente, la cual considera la cantidad de contratos realizados en mantención y/o reparación realizados en ascensores, tanto verticales, inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas, emplazados en edificios privados o públicos, durante los últimos cincos años (diciembre de 2018 y hasta la fecha de publicación de la presente licitación) y cuya duración sea mayor o igual a 12 meses. a.1) La información contenida en el citado anexo, deberá ser debidamente respaldada, para lo cual el oferente podrá adjuntar certificados emitidos por el mandante, contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la experiencia indicada en el anexo N°3, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales extendidas por el mismo oferente, contratos, que hayan debido terminarse anticipadamente por causas imputables al ofer ente , resoluciones de adjudicación y órdenes de compra emitidas por el Portal de Mercado Publico, en un estado distinto a “aceptada” o “recepción conforme”. a.2) Cualquiera sea el documento presentado para acreditar la experiencia señalada en el anexo respectivo, deberán indicar: la prestación del servicio y corresponder al rubro de lo solicitado, la fecha o año en que fueron realizados, de lo contrario no se considerarán en la evaluación. a.3) Dichos documentos deberán figurar a nombre del oferente o, en su defecto, al de su representante legal. No se aceptarán, por ejemplo, documentos extendidos a nombre de algún integrante de la empresa. a.4) Solo se evaluará la experiencia indicada en el anexo, que este dentro del rango solicitado (diciembre 2018 hasta la fecha de publicación de la presente licitación) y que tenga un tiempo de duración igual o mayor a 12 meses. a.5) En caso de discrepancia entre lo declarado en el anexo y los documentos de respaldo, primará lo indicado en éstos últimos. a.6) Los oferentes deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Ascensores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para lo cual deberán adjuntar el certificado vigente a la fecha del cierre de esta licitación. En caso de no presentarse en forma definitiva, quedarán fuera de base y sus ofertas no serán evaluadas. b) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N° 4, “Nomina Equipo Técnico Encargado Técnico”, en el cual el oferente deberá señalar el encargado técnico que considerará en su oferta, y la experiencia que éste posea. b.1) La información consignada en el Anexo N°4, deberá ser debidamente acreditada mediante certificados emitidos por el mandante o contratos de prestación de servicios, en ambos casos debidamente firmados, o cualquier otro documento que acredite lo solicitado, a excepción de declaraciones juradas simples o notariales extendidas por el mismo profesional, resoluciones de adjudicación y órdenes de compra emitidas por el Portal de Mercado Publico, en un estado distinto a “aceptada” o “recepción conforme”. b.2) Cualquiera sea el documento presentado para la acreditación de la experiencia declarada en el citado anexo, deberá señalar la siguiente información, de lo contrario no se considerará para efectos de la evaluación : 1. Nombre del profesional. 2. Descripción de los servicios prestados y corresponder al rubro de lo solicitado e 3. Indicar el año o fecha de la prestación. b.3) En caso de que el oferente de esta licitación sea el empleador quien emite el documento que acredita la experiencia del encargado deberá, además de consignar la información señalada en los puntos anteriores (b.2 numerales 1 al 2), acompañar lo siguiente, de lo contrario no se considerará para la evaluación : 1. Los respaldos que acrediten que como oferente prestó los servicios declarados, y; 2. Los respaldos que acrediten que existía una relación contractual con el profesional en el tiempo que fueron realizados los trabajos. b.4) En caso de existir discrepancia entre lo declarado en el Anexo N°4 y los documentos de respaldo, primará lo señalado en éstos últimos. c) Adjuntar título o certificado de título, o copia de éstos, del técnico descrito en el Anexo N°4, emitidos por alguna universidad o instituto profesional o de técnico nivel superior, del Estado de Chile, y en caso de ser extranjero, validado por la entidad pública que corresponda, en carreras como Ingeniero Electromecánico, Ingeniero Eléctrico, Ingeniero Mecánico o afines al servicio que se está licitando , fundamentando la propuesta . d) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N°5, “Garantía de los trabajos”, en el cual el oferente deberá señalar el periodo por el cual el proveedor se compromete a garantizar los servicios realizados, tanto en mano de obra como en repuestos. e) Los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar el Anexo N° 6, “Tiempo de respuesta”, en el cual el oferente deberá señalar el tiempo en que la empresa se demorará en acudir al servicio a resolver problemas de atrapamiento, u otra emergencia de los ascensores. f) Completar, firmar y adjuntar el Anexo N°9, Criterio Inclusivo, en el cual se deberá indicar, si el oferente cuenta con trabajadores que presenten algún tipo de discapacidad o pertenezca a algún pueblo originario de Chile. f.1) Para el caso de presentar algún tipo de discapacidad el empleado debe estar inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad y el oferente deberá presentar copia simple de la “Credencial de Discapacidad” de éste o duplicado de la Credencial de Discapac idad, extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificación más copia del correspondiente contrato de trabajo vigente. f.2) Para el caso de pertenecer a algún pueblo originario el oferente deberá presentar copia simple del certificado entregado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) que acredita la calidad de indígena al ciudadano(a) chileno(a) que forma parte de la empresa, más copia del correspondiente contrato de trabajo vigente. Se hace presente que, en caso que los anexos técnicos adjuntos en la presente licitación se presenten incompletos, modificados y/o no proporci onen la información solicitada o se haga en una forma distinta a la solicitada afectando la apl icación de la metodología de evaluación, este Servicio evaluar á solo lo declarado, no solicitará la corrección del anexo en caso que dicha modificación afecte la evaluación y asignará el puntaje de 0 puntos, declarará inadmisible o fuera de bases, según corresponda. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Servicio para requerir, mediante foro de aclaración de ofertas, la corrección de errores u omisiones formales, de conformidad a lo establecido en el punto 10.3 de las presentes bases y al art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. Aplicándose, en dicho caso, puntaje cero en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos. El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al valor total neto para el servicio requerido, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°7, formulario oferta económica. Se deben indicar todos los valores solicitados en el presente anexo, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible. Asimismo, el valor total neto indicado en este Anexo debe ser coincidente con el ingresado al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Anexo. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado íntegramente, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°8, Precios Referenciales para Reparación, donde el oferente deberá indicar los valores referenciales para cada uno de los trabajos que allí se señalan. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar o de no ser completado íntegramente, dicha propuesta será rechazada al momento de la apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto 6. Antecedentes Legales para ser Contratado
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 B) Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 35%
2 C) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 5%
3 A) Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación” de las presentes Bases. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.06.001
Monto Total Estimado: 63440000
Justificación del monto estimado La relación contractual a que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuya entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Ver punto 10.6.5 Renovación y Prórroga del Contrato de las presentes Bases.
Observaciones La relación contractual a que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, cuya entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Adasme
e-mail de responsable de pago: padasme@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: René Valencia Uribe
e-mail de responsable de contrato: rvalencia@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-9013491-3491
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación del servicio requerido, producto de la responsabilidad del proveedor adjudicado en cuanto a su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 29-04-2024
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar cualquier documento de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadero a la vista, sea tomado por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable (ejemplo boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro, etc.). Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente y, en su defecto, en formato físico. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en Gestión de Proveedores del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano Nº 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de las presentes bases. Esta garantía podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde . e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación ID 48-4-LE24 Servicio de Mantenimiento Preventivo y de Reparación para los ascensores ubicados en dependencias de SERVIU Metropolitano. En caso de vale vista, deberá ser escrita al reverso de esta o en un documento debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y siempre que se haya suscrito el respectivo contrato. A los oferentes, cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Púb lico. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 22 9013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 09-07-2026
Monto: 5 %
Descripción: Esta caución o garantía podrá otorgarse de preferencia electrónicamente, y en su defecto, en formato físico, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercado publico.cl. En caso de que la garantía se presente en formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Adquisiciones del Depto. Servicios Generales, ubicada en Serrano Nº 45, piso zócalo - ala norte, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: la licitación pública N°48-4-LE24. En caso de vale vista la glosa debería estar escrita al reverso del documento, o bien, en otro documento debidamente firmado por el oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta una vez ejecutada s, de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso (se puede consultar al teléfono 2 29013338).
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Otras Cláusulas

10.       Otras Cláusulas

10.1.   Presentación de las Ofertas

Los oferentes por el sólo hecho de presentar su oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en el punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado todos los requisitos de admisibilidad solicitados.

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por, al menos, tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora deberán elegir un presidente entre sus miembros y no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o, la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Público, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes, a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor aplicando la siguiente metodología de evaluación:

10.3.1 Oferta Técnica OT (60%)

Sub-Criterios

Ponderación

a) Experiencia del Oferente

35%

b) Experiencia del Encargado Técnico

15%

c) Garantía de los trabajos

20%

d) Tiempo de respuesta

25%

e)  Criterio Inclusivo

3%

f)   Programas de Integridad

2%

Totales

100%

a)     Experiencia del Oferente (A) 35%:

Se evaluará la experiencia del oferente en trabajos que haya realizado en el rubro de lo solicitado, en los últimos 5 años (diciembre 2018 hasta la fecha de publicación de la presente licitación), con al menos 12 meses de duración, de acuerdo con lo señalado en el Anexo N°3, que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo al punto 5.2.3 letras a.1) a la a.6) de las Bases Administrativas de licitación.

Se asignará el puntaje de la siguiente manera:

Experiencia del Oferente

Puntaje

  10 o más trabajos debidamente acreditados

100

  Entre 7 a 9 trabajos debidamente acreditados

75

  Entre 5 a 6 trabajos debidamente acreditados

50

  Entre 3 a 4 trabajos debidamente acreditados

25

  2 o menos trabajos debidamente acreditados

10

a)     Experiencia del Encargado Técnico (B) 15%:

Para la presente evaluación se considerará lo señalado por el oferente en el Anexo N°4, que se encuentre debidamente acreditado, de acuerdo a lo establecido en el punto 5.2.3 letras b.1) a la b.4) y literal c), de las Bases Administrativas de licitación.

Para efectos de la evaluación, sólo se considerarán a aquellos profesionales que cumplan con lo solicitado en el punto 5.2.3 letra c) de las Bases Administrativas de licitación, por tanto, si al final de ésta, no se acredita al menos 1 Encargado Técnico que cumpla lo mencionado, la oferta quedará fuera de bases.

En caso de que el oferente presente a más de un Encargado Técnico, para efectos de la evaluación, se considerará a aquel que obtenga el mayor puntaje, sin perjuicio de que, para la prestación del servicio, podrán acudir todos los Técnicos ofertados, que cumplan con lo señalado en el punto 5.2.3 letra c), citado precedentemente. Se asignará puntaje de acuerdo con la siguiente tabla, y según el rubro solicitado:

Experiencia del Técnico

Puntaje

6 o más años de experiencia acreditada en el rubro

100

Entre 3 y 5 años de experiencia acreditada en el rubro

75

2 años o menos de experiencia acreditada en el rubro

0

b)     Garantía de los trabajos (C) 20%:

Para efectos de evaluar este criterio se considerará la información proporcionada en el Anexo N°5, la comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

Garantía

Puntaje

12 meses o más de garantía

100

Entre 8 y 11 meses de garantía

80

Entre 3 y 7 meses de garantía

60

Menos de 3 meses, no indica o no considera garantía.

0

c)     Tiempo de Respuesta (D) 25%:

Para efectos de evaluar este criterio se considerará la información proporcionada en el Anexo N°6, la comisión evaluadora asignará el puntaje de la siguiente manera:

Tiempo de Respuesta

Puntaje

Menos de 90 minutos

100

Entre 60 y 90 minutos

70

Entre 120 y 150 minutos

30

Más de 150 minutos

0

d)     Criterio inclusivo (E) 3%:

Este subcriterio tiene una ponderación del 3% y se evaluará en función de lo indicado por el oferente en el Anexo N°9, que se encuentre acreditado, de conformidad al punto 5.2.3 letra f.1) o f.2), según corresponda, de las Bases Administrativas de licitación.

El puntaje se aplicará de acuerdo con la siguiente tabla:

Criterio Inclusivo

Puntaje

Considera más de 1 persona con discapacidad y/o   de pueblo originario de Chile.

100

Considera y acredita al menos 1 persona con discapacidad y/o de pueblo originario de Chile.

70

No considera o no acredita al menos 1 persona con discapacidad y/o de pueblo originario de Chile.

0

e)     Programas de integridad (B) 2%

El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República en su Dictamen N° E370752/2023, donde imparte medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

Programas de Integridad

PUNTAJE

Acredita que cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal.

100 puntos

No cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal o no acredita dicha situación.

0 puntos

f)      Ponderación final para Oferta Técnica.

El puntaje final para el criterio de Oferta Técnica será determinado según la siguiente formula:

OT = (A*0,35) + (B*0,15) + (C*0,20) + (D*0,25) + (E*0,03) + (F*0,02)

Donde:

OT: Oferta Técnica.

A: Experiencia del Oferente.

B: Experiencia del Encargado Técnico.

C: Garantía de los Trabajos.

D: Tiempo de respuesta.

E: Criterio Inclusivo.

F: Programas de Integridad

10.3.2. Precio u Oferta Económica (POE) 35%:

Sub-Criterios

Ponderación

a) Precio u Oferta Económica

85%

b) Precios Referenciales para Reparación

15%

a)         Precio u Oferta Económica (A) 85%

Para la evaluación del presente criterio se considerará lo indicado por el oferente en el Anexo N°7.

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica, que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

b)        Precios Referenciales para Reparación (B) 15%

Para la evaluación del presente criterio se considerará lo indicado por el oferente en el Anexo N°8.

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo con la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación) *100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica, que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

c)            Ponderación final para Precio u Oferta Económica

El puntaje final para el criterio de Precio u Oferta Económica será determinado según la siguiente formula:

POE = (A*0,85) + (B*0,15)

Donde:

POE: Precio u Oferta Económica.

A: Precio u Oferta Económica.

B: Precios Referenciales para Reparación.

10.3.3. Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (CRFO) 100%:

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar o en la instancia posterior establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:

CRFO

PUNTAJE

Cumple con los requisitos formales en el plazo de presentación de ofertas.

100 puntos

No cumple con la totalidad de los requisitos formales al momento de presentar la oferta.

0 puntos

10.3.4. Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio Oferta Técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 60 %, al puntaje obtenido en el criterio precio u oferta económica (POE) se le aplicará una ponderación de un 35 % y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5 % para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0, 60 + POE * 0, 35 + PCRFO * 0, 05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü POE: Puntaje Precio u Oferta Económica.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica. Finalmente, en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor haya ingresado primero su oferta en la Plataforma de Mercado Público.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.   Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30 % al presupuesto máximo disponible por SERVIU Metropolitano, se deberán explicitar en el acto adjudicatorio las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50 % al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.   Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.   Del Contrato

10.6.1.         Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado o no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido. Lo anterior también será aplicable en caso que el oferente adjudicado manifieste su intención expresa de desistirse del proceso licitatorio.

10.6.2.                        Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.                        Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.                        Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.6.5.           Renovación y Prórroga del Contrato

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento de la ley, y cuando las necesidades institucionales así lo requieran, el contrato podrá ser renovado de común acuerdo por las partes, por una única vez y al mismo precio contratado, en caso de darse una o más de las siguientes situaciones:

a) Cuando habiéndose declarado desierto un proceso licitatorio en curso y se estime necesario proceder a la renovación del contrato, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo, como, entre otros, en el caso de que habiéndose realizado llamado a licitación pública esta haya quedado desierta.

b) Cuando tratándose de un proceso licitatorio en curso, las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

c) Cuando se ha revocado o invalidado, total o parcialmente, un proceso licitatorio en curso y se estime necesario proceder a la renovación del contrato vigente, toda vez que exista el riesgo de que SERVIU Metropolitano vea interrumpido el servicio o pueda quedar desprovisto del mismo.

d) Cuando previo al vencimiento del plazo del contrato, existiendo motivos fundados y acreditados mediante informe técnico del administrador del contrato, sea menester su renovación a fin de garantizar la prestación del servicio de manera ininterrumpida. Los motivos que justifiquen la renovación deberán ser expresados en el acto administrativo que sanciona la renovación.

 

En estos casos, SERVIU Metropolitano podrá optar por la renovación del contrato, previo requerimiento de la contraparte técnica. En el caso de que SERVIU Metropolitano, de forma previa al término de la vigencia del contrato, opte por hacer efectiva la cláusula de renovación deberá contar con el consentimiento del proveedor, el cual podrá ser manifestado por cualquier medio escrito. El plazo de renovación no podrá de exceder del plazo de duración del contrato primitivo.  

 

Asimismo, SERVIU Metropolitano de común acuerdo con el proveedor podrá prorrogar el contrato por un plazo máximo de hasta seis meses, previo informe técnico fundado de la contraparte técnica. La prórroga deberá hacerse efectiva antes del término de la vigencia del contrato.

 10.7.  Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales y Previsionales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien, para estos efectos, conforme establece el artículo 183 C del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales. Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.640, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Asimismo, si durante el desarrollo del contrato, el proveedor incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimientos de leyes laborales y previsionales, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a regularizar totalmente sus obligaciones y presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de éstas. Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

10.7.2.            Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las presentes bases, dentro de los 7 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

10.7.3.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normativas vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información, excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.   De la Orden de Compra

SERVIU Metropolitano emitirá una orden de compra por el total del monto del Servicio de mantenimiento preventivo para los ascensores ubicados en dependencias de SERVIU Metropolitano indicado por el adjudicatario en el Anexo N°7, para lo cual la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, emitirá la Orden de Compra a través del Portal Mercado Público y la(s) correspondiente(s) para la mantención correctiva.

10.9.   Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las Órdenes de Compra respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato y, sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases. La glosa de la Factura o Boleta de Honorarios deberá detallar el nombre del contrato, el ID de la licitación y el número de la Orden de Compra, el mes que presta el servicio, adjuntando:

e.1)Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda, del mes anterior que se al que se presta el servicio.

e.2)Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

e.3)Copia de Orden de Compra.

e.4)Acta de recepción conforme de los trabajos realizados visada por la contraparte técnica.

e.5)Ficha técnica.

e.6)Factura Cedible. Sólo en caso de que el Administrador del Contrato no solicite el presente documento, no será considerado para el pago respectivo; en dicho caso, el Administrador del Contrato contactará con la debida antelación y mediante correo electrónico al proveedor, para comunicar la situación, no afectando en caso alguno el debido proceso de pago.

Queda estrictamente prohibido para el proveedor emitir la Factura o Boleta de Honorarios, sin que antes SERVIU Metropolitano cuente con todos los antecedentes indicados anteriormente (a excepción de la Factura Cedible). En caso de no contar con dichos antecedentes, la Factura o Boleta de Honorarios será rechazada por SERVIU Metropolitano, dentro de los 8 días corridos a su emisión.

La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico a los correos dte@chilecompra.cl y a gestionproveedores@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos para el pago, se efectuará en la Sección Adquisiciones, ubicada en Serrano 45, piso Zócalo, ala sur, teniendo en cuenta el horario de atención de público entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del proveedor entregar oportunamente para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10   Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos, las cuales en su conjunto no podrán superar el 10 % del monto total del contrato, en cuyo caso SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de éste.

SERVIU Metropolitano aplicará una multa en los siguientes casos y por evento:

CAUSAL

MONTO

A.  Retraso de 2 a 3 horas en el plazo establecido para la atención de emergencias y de solución, conforme a lo establecido en el punto 2.2.1 N°2 y N°3 de las Bases Técnicas.

2 UF

B.  Tiempo mayor a 48 horas para el envío de las cotizaciones solicitadas.

2 UF

C.  Retraso en más de 3 horas a 5 horas, en el plazo establecido para la atención de emergencias y de solución, conforme a lo establecido en el punto 2.2.1 N°2 y N°3 de las Bases Técnicas.

3 UF

D.  Acciones o actos que pongan en riesgo la seguridad de trabajadores, funcionarios, visitas, clientes, transeúntes, bienes y entorno de las dependencias.

3 UF

E.  Incumplimiento de las observaciones e instrucciones emitidas en la ejecución de sus trabajos por la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano.

3 UF

  1. Incumplimientos de normas de seguridad emanadas por la normativa que regula la materia (sea normativa interna o nacional).

3 UF

G.  En caso de comprobarse la pérdida, robos o daños en los bienes de SERVIU Metropolitano, que les sean imputables al adjudicatario.

3 UF

H.  Se aplicará multa por cualquier otro incumplimiento de las bases administrativas o técnicas.

3 UF

  1. Retraso en más 5 horas y menos de 7 horas, en el plazo establecido para la atención de emergencias y de solución, conforme a lo establecido en el punto 2.2.1 N°2 y N°3 de las Bases Técnicas.

4 UF

  1. Retraso en más de 7 horas en el plazo establecido para la atención de emergencias y de solución, conforme a lo establecido en el punto 2.2.1 N°2 y N°3 de las Bases Técnicas.

5 UF

K.  Si en inspecciones de la Contraparte Técnica, se detecta que la empresa adjudicada no cumple adecuadamente los servicios solicitados.

5 UF

  1. En algún caso que se detecte que la empresa, que realiza las mantenciones del servicio efectúe un mal diagnóstico de alguna falla, o que proponga reemplazar algún repuesto o elemento que no tenga que ver con la verdadera falla del equipo.

5 UF

M. Se aplicará multa por cada equipo, si se detectan fallas debido a una mantención negligente por parte de la empresa, a juicio del Encargado de Administración de Contrato.

5 UF

N.  Se aplicará una multa por cada falta a la moral (acciones indecentes, indecorosas, indignas o sin pudor), acoso o maltrato verbal y/o sexual al interior de dependencias de SERVIU Metropolitano.

5 UF

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Subdirector de Administración y Finanzas notificará al proveedor personalmente o por correo electrónico o por carta certificada indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Subdirector de Administración y Finanzas acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso.

10.11. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y, en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.12   Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)     En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información” de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación” de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.

b.4)          Se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 10 % del monto total del contrato.

b.5)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2. de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

b.6)          En caso de que el adjudicatario incurriera en 10 (diez) o más incumplimientos, de lo indicado en el punto 10.14. “Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano” de las bases administrativas.

b.7)          Si el adjudicatario no presta los servicios contratados durante 2 meses corridos, sin justificación y autorización previa de SERVIU Metropolitano.

c)     Según lo establecido en el punto N° 6 de las bases administrativas que señalan que en el caso de existir  falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar a la Fiscalía competente para el caso en que existan presunciones fundadas de delito, el SERVIU Metropolitano deberá hacer efectivas las garantías de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento de contrato, en su caso, e incluso, de terminar inmediata y anticipadamente los contratos que corresponda, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores.

d)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

e)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores de corresponder al proveedor contratado.

f)      Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

g)     Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis meses registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano con la decisión de terminar anticipadamente el contrato son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.13. Contraparte técnica

La contraparte técnica de SERVIU Metropolitano corresponderá al Administrador del contrato o a quien el designe, el que realizará las siguientes actividades:

ACTIVIDADES DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

A

Supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en las presentes bases de licitación.

B

Comunicarse por cualquier vía con la contraparte técnica de la empresa a efecto de informar las observaciones de forma y fondo sobre el desarrollo del servicio prestado, pudiendo establecer las debilidades detectadas a fin de mejorar el servicio.

C

Autorizar aumento o disminución del contrato.

D

Fiscalizar el cumplimiento de los antecedentes que la empresa debe ingresar según lo indicado en el apartado “Rotación de Personal”.

E

Elaborar acta de recepción conforme.

F

Las demás que encomienden las presentes bases.

El responsable técnico residente para la ejecución del contrato tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:

ACTIVIDADES DEL ENCARGADO TÉCNICO

A

Representar al adjudicatario en las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

B

Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de contrato.

C

Velar por el cumplimiento oportuno de la prestación del servicio.

D

Tener en consideración las medidas de seguridad personal y físicas relativas entre las que se considerarán las contenidas en la legislación laboral en vigencia.

E

Comprometer o ejecutar soluciones en el más breve plazo sobre las debilidades o deficiencias en el desarrollo del servicio prestado que le comunique la contraparte SERVIU Metropolitano.

F

Supervisar la ejecución de las mantenciones preventivas.

G

Atender urgencias o imprevistos que los usuarios requieran.

Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado a SERVIU Metropolitano por el representante legal del adjudicatario a más tardar dentro de 24 horas siguientes de efectuado.

10.14.            Seguridad y Salud Laboral en Dependencias de SERVIU Metropolitano

SERVIU Metropolitano, así como también todas las empresas contratistas y subcontratistas deberán proceder según los procedimientos, protocolos, utilizando implementos, equipos y normas de seguridad los cuales serán exigidos para cada caso en particular, con el propósito de desarrollar su labor exenta de riesgos en forma segura, en coordinación con la contraparte SERVIU Metropolitano (encargado de contratos respectivo), bajo la supervisión y asesoría de las unidades técnicas en la materia (Equipo Prevención de Riesgos, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, experto de la Mutual de Seguridad), con el propósito de evitar poner en riesgo a las personas, instalaciones y los bienes institucionales.

En cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral y previsional se especifican las siguientes normas que regulan la salud ocupacional, la seguridad e higiene industrial y el medio ambiente para todas las empresas que trabajen en las dependencias de SERVIU Metropolitano destinado a proteger a todos los trabajadores, funcionarios, personal contratado a honorarios y personal que labora bajo los regímenes de subcontratación y de servicios transitorios, que trabajan en sus instalaciones:

Normativa específica:

a)    Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 23 de enero de 1968, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sus Reglamentos y Decretos complementarios.

b)   Decreto Supremo Nº 40, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 11 de febrero de 1969, Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

c)    Decreto Supremo Nº 54, Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 21 de febrero de 1969, Aprueba el Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

d)   Decreto Supremo Nº 76, del 14 de diciembre de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Aprueba Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

e)    Toda la normativa y legislación que le aplique, según corresponda al desarrollo de actividades con SERVIU Metropolitano.

Normativa complementaria:

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios a las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir a sus trabajadores.

a)    D.F.L. Nº 1, Mintrab, del 31 de julio de 2002, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado el Código del Trabajo.

b)   D.S. Nº 594, de 15 de septiembre de 2000, del Minsal, que aprueba el reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

c)    Guía para la Confección del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas, Inscripción Registro Propiedad Intelectual Nº 162.116, Mutual de Seguridad C.Ch.C., 2007.

d)   Resolución Exenta N° 1888 del 22 de marzo del 2013, Aprueba Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, Ministerio de Vivienda y Urbanismo a nivel nacional.

e)     Resolución Exenta N° 938/2000, de V. y U., modifica la RE N° 510/1996 que crea el departamento de prevención de riegos profesionales para el MINVU y sus Servicios dependientes; y la Resolución Exenta N° 387/2001, de V. y U., que aprueba bases del plan nacional de prevención de riesgos.

Marco Legal

ü  Código Sanitario. Artículo 9 letra b) establece como facultad de la Autoridad Sanitaria dictar dentro de las atribuciones del Código Sanitario, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular que fueren necesarias para su debido cumplimiento. Artículo 67: Corresponde la Autoridad Sanitaria velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes.

ü  Decreto Nº 4, del 5 de febrero de 2020, sobre Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional por brote de COVID-19. (modificado por decreto N° 6/2020). Artículo 3° N° 8 faculta a la autoridad sanitaria para disponer la prohibición de funcionamiento de los establecimientos y lugares de trabajo que pongan en peligro a las personas que trabajan o asistan a ellos. Artículo 3 N° 23 faculta a la Autoridad Sanitaria para ordenar la utilización de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en el transporte público, salas de clases, lugares de trabajo y, en general, cualquier otro lugar de acceso público o donde exista aglomeración de personas.

ü  D.S. Nº 594 Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo” Artículo 3°: La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella. Artículo 37, inciso primero: Deberá suprimirse en los lugares de trabajo cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

ü  Ley 16.744 “Ley de Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, Artículo 68, establece que “Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente la Autoridad Sanitaria”.

Procedimientos de seguridad y documentación exigible:

SERVIU Metropolitano, así como también todas las empresas contratistas deberán proceder según los procedimientos, protocolos, utilizando implementos, equipos y normas de seguridad los cuales serán exigidos para cada caso en particular, con el propósito de desarrollar su labor exenta de riesgos, en forma segura, en coordinación con la contraparte SERVIU Metropolitano (Supervisor Operativo de la Sección de Administración y Mantención de Edificios), bajo la supervisión y asesoría de las unidades técnicas en la materia (Equipo Prevención de Riesgos, Comité Paritario de Higiene y Seguridad, experto de la Mutual de Seguridad), con el propósito de evitar poner en riesgo a las personas, instalaciones y los bienes institucionales.

10.15 Liberaciones de Presupuesto.

Las liberaciones que se generen de los montos asociados a la mantención preventiva, podrán ser utilizados en aumentar la disponibilidad de la mantención correctiva.

10.16 Pacto de integridad.

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a.      El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.

b.    El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.

c.      El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

d.     El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 21.634, de 2023, que Moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

e.     El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.

f.      El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.

g.      El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.

h.     El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.

i.       El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


Bases Técnicas

Bases Técnicas

1.      OBJETIVO Y DESCRIPCIÓN

El presente pliego de requerimientos está destinado a establecer las normas que regirán la prestación del servicio de mantención y reparación de los ascensores pertenecientes a las dependencias de SERVIU Metropolitano.

 

  1.    ESPECIFICACIÓN DETALLADA

Los ascensores se encuentran ubicados en Serrano 45 y Arturo Prat 48, ambas direcciones en la comuna de Santiago.

 

2.1.      Descripción de las máquinas:

DESCRIPCIÓN DE LAS MÁQUINAS

Dirección

Serrano 45, Santiago.

Cantidad

4

Marca

Schindler

Modelo

VICOR

Paradas

9 (VICOR 1,2,3 y 4)

Antigüedad

1999 (VICOR 1 y 2) – 2011 (VICOR 3 y 4)

Tipo de Ascensor

Pasajeros

Dirección

Arturo Prat 48, Santiago.

Cantidad

3

Marca

Schindler

Modelo

POLAR

Paradas

7 (POLAR 1 y 2) 8 (POLAR 3)

Antigüedad

1999

Tipo de Ascensor

Pasajeros

 

2.2.        Mantenimiento preventivo:

La mantención preventiva consistirá en la revisión, ajustes menores, limpieza y lubricaciones de las siete máquinas de la Institución, según protocolo de mantención establecidas por el fabricante, como, asimismo, una inspección de los dispositivos de seguridad y comando, tensiones uniformes, estado de cables de suspensión y del limitador de velocidad, siendo cargo de éste el suministro de los lubricantes para rieles y mecanismos.

 

 

2.2.1.     Programa de mantenimiento preventivo:

El proveedor deberá realizar una visita mensual, por el tiempo que dure la contratación del servicio, en ambas direcciones, durante los primeros 15 días de cada mes, de lunes a viernes de 08:30 a 18:00 horas o el sábado de 8:30 a 13:00 horas, previa coordinación con la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano.

 

En relación a la capacidad de respuesta, el proveedor deberá proveer atención telefónica o mediante correo electrónico de lunes a viernes de 08:30 a 18:00 horas y el día sábado de 08:30 a 15:00 horas, a la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano.

 

En caso de emergencia debe dar cumplimiento a los tiempos de respuestas que se mencionan a continuación:

 

  1. Solicitud de visita técnica, frente a una emergencia que requiera una evaluación correctiva: Máximo 24 horas desde la solicitud hecha por SERVIU Metropolitano. De resultar necesario realizar reparaciones correctivas fuera de la instalación, el tiempo de puesta en marcha podrá ser superior al estipulado dependiendo de las acciones a realizar en cada caso, (ya sea trabajos que requieran de laboratorio, taller, maestranza etc.).

 

  1. Para la atención de emergencia, que considere pasajeros atrapados: Máximo 2 y media horas desde la solicitud de SERVIU Metropolitano, sin perjuicio de ello, si lo ofertado es un tiempo inferior, se deberá dar cumplimiento a este último para no cursar las multas respectivas.

 

 

  1. Para la atención de emergencia, sin pasajeros atrapados: Entre 3 y 4 horas desde la solicitud de SERVIU Metropolitano.

 

La atención de emergencia, cuando existan personas atrapadas en los ascensores será efectiva todos los días del año las 24 horas del día.

 

SERVIU Metropolitano otorgará un libro de registro en el cual el proveedor deberá anotar los trabajos realizados, las observaciones, sugerencias y recomendaciones pertinentes, en caso de que las hubiese.

 

La pauta de mantenimiento preventivo deberá considerar al menos los siguientes ítems:

 

 

 

MANTENIMIENTO PREVENTIVO ASCENSORES

1

Sala de Máquinas

1.1

Ventilador motor

1.2

Nivel aceite de motor (si corresponde)

1.3

Estado de descanso del motor

1.4

Nivel aceite reductor y descansos exteriores (si corresponde)

1.5

Estado rodamiento de empuje

1.6

Sistema de frenos principal (estado y ajuste)

1.7

Regulador de velocidad

1.8

Poleas ( tractoras / desvío / suspensión)

1.9

Estado máquina reductor (Si corresponde)

1.10

Cuadro de control

1.11

Estado de relés

1.12

Estado de contactores

1.13

Estado de conexiones

1.14

Estado de piso

1.15

Carteles instructivos

1.16

Acceso a la sala de máquinas

1.17

Estado de seguridades

1.18

Estado de iluminación

2

Cabina

2.1

Estado de botonera

2.2

Estado de indicación de piso en cabina

2.3

Estado de alarma y citófono

2.4

Estado de operador de puerta

2.5

Estado polines

2.6

Iluminación de cabina

2.7

Ventilador

3

Por los pisos

3.1

Estado de puertas

3.2

Estado de polines

3.3

Estado de botoneras de piso

3.4

Estado de indicadores de piso

3.5

Piolas y patines

3.6

Cable de regulador

3.7

Cables tractores

3.8

Estado de seguridades

3.9

Sistema de información magnética

3.10

Estado de zapatas de cabina

3.11

Estado de zapatas de contrapeso

4

En el pozo

4.1

Paragolpes de cabina

4.2

Paragolpes de contrapeso

4.3

Estado de seguridades

4.4

Polea de limitador Inferior

4.5

Acceso a pozo.

 

2.3         Mantención correctiva.

Éstas consistirán en reparaciones y/o sustitución de piezas o repuestos, a requerimiento según las observaciones realizadas por el proveedor en visitas de mantención preventiva que considere como necesarias de efectuar a fin de mantener el funcionamiento normal y seguro de los equipos en convenio.

 

El mantenimiento correctivo deberá considerar:

 

  1. Mantenimiento primer nivel o de línea, es decir, aquellos que realizan en terreno, con acciones de rápida ejecución y que puedan consistir en acciones operativas o correctivas de reemplazo de partes.

Ésta tiene que ver con acciones correctivas que involucran reemplazo de partes (móviles), que es posible cambiar rápidamente en terreno por constituir elementos de primera necesidad para el correcto funcionamiento de la máquina o equipos.

Estas unidades reemplazadas pueden ser reparadas con posterioridad mediante métodos que disponen de más tiempo para su ejecución.

 

  1. Mantenimiento de segundo nivel, que consiste en mantención en terreno o en laboratorio dependiendo de las facilidades de traslado de los equipos. Su reparación es a nivel de componentes, ya sea consumibles (descartables), de partes, como ajustes, limpieza, lubricación, etc., es decir, que los elementos fallados son descartados y reemplazados o son reparados si es posible.

Éstas corresponden a aquellos elementos que por su naturaleza y funcionamiento no impiden la funcionalidad esencial de los equipos de los que se puede prescindir por un lapso de tiempo no mayor a 2 días.

 

  1. Mantenimiento de tercer nivel o depósito, que consiste en aquella que se realiza en las instalaciones del proveedor o fabricante, ya que el tipo de problema requiere, ya sea de instrumental exclusivo, de conocimientos específicos o de investigación y reparaciones en instalaciones especiales.

 

Los tiempos para este tipo de mantenimiento son más largos y pueden involucrar cambios completos del elevador o piezas importantes que tomarán bastante tiempo.

 

Para la ejecución de los trabajos que involucren una reparación y/o cambio de repuestos, previamente se exigirá la presentación del presupuesto e informe técnico correspondiente y plazos de ejecución, junto con la descripción de los trabajos y repuestos a utilizar.

 

El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para enviar la cotización a la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano, la que podrá ser aceptada o rechazada en un plazo de 3 días hábiles, lo que será informado por correo electrónico al proveedor.

 

En caso de no ser aceptado el presupuesto del proveedor, SERVIU Metropolitano podrá solicitar un segundo presupuesto e informe técnico al proveedor, ajustando el presupuesto a lo que tenga mayor relevancia para el funcionamiento del ascensor.

 

Para la evaluación de los presupuestos se considerarán los precios referenciales para cada tipo de reparación, declarados en el Anexo N°8, “Formulario Precios Referenciales”:

 

Descripción

Plazo Referencial

Suministro de generador de impulsos

24 horas

Cambio de contactores en comando

24 horas

Cambio de guiadores en puerta de cabinas

24 horas

Reparación de pérdidas de aceite en máquinas tractoras

24 horas

Cambio de roldanas en puertas de piso

24 horas

Cambio de roldanas en puertas de cabina

24 horas

Cambio de correas en operador

24 horas

Cambio de lubricadores automáticos

24 horas

Suministro de horquillas para operar puertas

24 horas

Suministro de barra electrónica + fuente

24 horas

Cambio de tarjetas electrónicas de control

24 horas

 

 

 

 

   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Emitida la orden de compra el proveedor tiene 24 horas para iniciar los trabajos.

 

 

2.4.     Personal

 

El proveedor deberá contar con inscripción vigente en la especialidad instaladores/mantenedores del Registro de la Ley N°20.296. Asimismo, el Encargado Técnico, además de lo solicitado en el punto 5.2.3 letra c) de las bases administrativas, es deseable que cuente con un perfil que considere lo siguiente:

 

A.

Conocimientos Técnicos:

 

Electricidad y mecánica.

 

Funcionamiento en sistemas de ascensores (puertas, frenos, limitadores, paracaídas, comandos).

 

Ajustes de ascensores

 

Funcionamiento general y específico de ascensores y montacargas.

 

Medidas de seguridad generales para manipulación de ascensores.

 

Uso de instrumentos de medición mecánicos y eléctricos enfocado a ascensores.

 

Documentación técnica referente a mantención de sistemas de ascensores y montacargas.

B.

Experiencia laboral:

 

Inspeccionar y realizar ajustes básicos de ascensores y montacargas de acuerdo a la rutina de mantenimiento, normativa y reglamentación vigente.

 

Diagnosticar y reparar fallas mecánicas menores de acuerdo a parámetros técnicos del fabricante, normativa y reglamentación vigente.

 

Realizar reparaciones mayores mecánicas de acuerdo a parámetros técnicos del fabricante, normativa y reglamentación vigente.

 

El proveedor deberá informar a la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano, el nombre del o los encargados técnicos, conforme a lo señalado en el anexo N°4.

 

Este funcionario será quien lidere los trabajos de revisión y mantención preventiva de los ascensores, como además informar de alguna falla de carácter mayor que necesite una reparación de tiempo más prolongado. Para ello deberá llevar un libro de novedades en el cual registrará las revisiones y mantenciones de rutina como así las acciones de emergencia que se produzcan. Además, deberá ser quien efectué las capacitaciones indicadas en 2.6. El proveedor deberá contar con un teléfono de emergencia para atender las urgencias que ocurran en los ascensores durante la jornada y respetar los tiempos de atención ofertada en la licitación para no incurrir en multas.

 

2.5. Informes

 

Sin perjuicio del libro solicitado en el punto precedente, el supervisor o quien corresponda, deberá emitir un informe mensual, el cual deberá ser entregado al final de cada mantención en la Sección de Administración y Mantención de Edificios, en el cual detalle lo siguiente:

 

INFORME MENSUAL CONTENIDO MÍNIMO

Diagnóstico del estado general del ascensor

Resumen y análisis de las mantenciones realizadas, indicando cada una de las

actividades realizadas

Resumen y análisis de las fallas detectadas en el mes, fecha, sus causas, las soluciones

propuestas, los tiempos de respuesta asociadas a ellas y los costos.

Trabajos realizados en el mes con detalle de lo reparado y estimación de su duración

Observaciones y sugerencias.

 

2.6 Capacitaciones

 

El proveedor deberá coordinar previamente con el prevencionista de riesgos institucional, una capacitación para los funcionarios de la Sección de Administración y Mantención de Edificios en las dependencias de SERVIU Metropolitano, la cual se realizará durante los primeros tres (3) meses de iniciado el servicio en materias como:

a)     Rescate de pasajeros atrapados

b)     Cortes de energía eléctrica

c)     Movimientos sísmicos

d)     Incendio

e)     Inundaciones por rotura de cañerías

f)      Inducción sobre funcionamiento básico de los ascensores (componentes principales, fallas habituales y sus causas, etc.

 

Posterior a los primeros tres (3) meses de iniciado el servicio, estas capacitaciones deberán realizarse cada 2 meses, de modo de mantener actualizados en estas materias al personal SERVIU.

2.7. Aspectos de seguridad

 

La empresa deberá instalar al interior de todas las cabinas de ascensores, una señalética fija y no autoadhesiva que indique al menos la siguiente información:

ü  Cantidad máxima de personas que pueden ingresar (kilos-alarma de peso).

ü  Prohibición de bloquear puertas al momento que estas comiencen su cierre.

ü  Pasos para seguir en caso de emergencias, etc.

ü  Se deberá delimitar el espacio de mantención cada vez que estas se realicen, mediante señaléticas, conos, cintas, triángulos, limitadores, biombos, etc., para que ningún usuario pueda acceder.

2.8. Garantía de los trabajos

 

Los materiales y repuestos a utilizar serán nuevos y de calidad igual o superior al que elemento reemplazado, los que serán instalados una vez aprobados por la contraparte técnica de SERVIU Metropolitano. Los trabajos de reparación, incluidas las partes y piezas tendrán una garantía mínima de 12 meses, sin perjuicio de una garantía superior otorgada por el proveedor, la cual no será aplicable a los deterioros producidos por el mal uso o intervención de terceros.